QUEMA DE RESIDUOS A CIELO ABIERTO Y EL CONVENIO DE ESTOCOLMO 1

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1 1 QUEMA DE RESIDUOS A CIELO ABIERTO Y EL CONVENIO DE ESTOCOLMO 1 Contenido Introducción 2 Antecedentes 3 Disposiciones de los Convenios y Organismos Internacionales 3 Disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 7 Ejemplos de Arreglos Institucionales Destinados a Fortalecer la Capacidad de Gestión de los Residuos en México 13 Perspectivas 20 1 Este documento elaborado por Cristina Cortinas de Nava, Coordinadora Nacional Técnica del Proyecto para Habilitar a México a formular el Plan Nacional de Implementación (PNI) para dar cumplimiento al Convenio de Estocolmo, no constituye una opinión oficial y es solo la responsabilidad de la autora.

2 2 Introducción Los inventarios preliminares de las emisiones de contaminantes orgánicos persistentes (principalmente dioxinas y furanos), elaborados por el Centro Nacional de Investigación y Capacitación Ambiental (CENICA), del Instituto Nacional de Ecología (INE), de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), identifican entre las principales fuentes de emisión de estos compuestos (COPs) a la quema de residuos a cielo abierto, tanto en los vertederos como a nivel doméstico. En el inventario formulado empleando como base los factores de emisión establecidos por la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA), dichas fuentes ocupan el segundo y tercer lugar de importancia, con emisiones de: y gteq respectivamente. Mientras que con el método desarrollado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Tool-Kit), la quema de residuos en vertederos ocupa el primer lugar y la que ocurre a nivel doméstico el tercero, con valores muy superiores que alcanzan: y gteq respectivamente. De acuerdo con las Guías elaboradas por el Grupo de Expertos del Convenio de Estocolmo en relación con la quema a cielo abierto de residuos: Es un proceso ambientalmente inaceptable que genera los productos químicos indicados en el Anexo C del Convenio y otros numerosos contaminantes derivados de una combustión incompleta. De manera consistente con el Anexo C, Parte V, sección A, subpárrafo (f) del Convenio citado, la mejor orientación para eliminar esta práctica es la de reducir la cantidad de materiales sujetos a disposición final mediante este método apuntando a su eliminación total. Otras técnicas capaces de producir mejoras en este sentido, en lo que hace a los materiales a quemar, comprenden: evitar la inclusión de materiales nocombustibles, como vidrio y metales a granel, desechos húmedos y materiales de baja combustibilidad; evitar las cargas de desechos con altos contenidos de cloro, ya sean cloruros inorgánicos tales como la sal o compuestos orgánicos clorados como el PVC; y evitar materiales que contienen metales catalíticos como cobre, hierro, cromo y aluminio, aún en pequeñas cantidades. Los materiales a quemar deberían ser secos, homogéneos o bien mezclados, y de baja densidad, como los desechos no compactados. Con respecto al proceso de quema, los objetivos deberían apuntar a: proveer aire suficiente; mantener la quema estacionaria o la tasa de pérdida de masa constante; minimizar la recuperación térmica, posiblemente mediante extinción directa; y limitar la quema a fuegos pequeños, bien ventilados y activamente removidos en lugar de hacerlo en contenedores o vaciaderos grandes, pobremente aireados

3 3 Lo antes expuesto llama la atención sobre la importancia que tiene para México eliminar o reducir la quema de residuos a cielo abierto, así como tener en cuenta las recomendaciones del Grupo de Expertos del Convenio de Estocolmo para hacerlo, reconociendo que esto no podrá lograrse de un día para otro y sin establecer primero programas exitosos para la reducción, reutilización, reciclado, tratamiento y disposición final ambientalmente adecuados de los residuos. El presente documento tiene como propósito revisar el estado actual del conocimiento y de la legislación en la materia, para identificar oportunidades para eliminar o reducir la práctica de la quema de residuos a cielo abierto y dar cumplimiento al Convenio de Estocolmo, en el marco del Plan Nacional de Implementación del mismo. Antecedentes Disposiciones de los Convenios y Organismos Internacionales Como se indica en las Guías del Grupo de Expertos, en la Parte II del Anexo C, el Convenio de Estocolmo identifica a los incineradores de desechos como una categoría de fuente con posibilidad de formación y liberación relativamente elevadas de los productos químicos enumerados en dicho Anexo. En particular, se identifica a la quema a cielo abierto de desechos, incluida la quema en vertederos como otra fuente que resulta de preocupación en cuanto a la formación y liberación de los productos químicos indicados en el Anexo de referencia. Así mismo, el Grupo de Expertos refiere lo siguiente: La consideración de las mejores técnicas disponibles y las mejores prácticas ambientales para tecnologías de tratamiento de desechos debe ser apropiadamente encarada dentro del marco más amplio de una política de gestión/manejo de desechos. Este abordaje fue anticipado en el Anexo C, Parte V, sección A del Convenio de Estocolmo titulado Medidas generales de prevención relativas a las mejores técnicas disponibles y a las mejores prácticas ambientales.esta sección comienza con una declaración general: Debe asignarse prioridad al estudio de criterios para evitar la formación y la liberación de los productos químicos incluidos en la Parte I [del Anexo C]. Continúa luego con un listado de medidas útiles posibles, entre las que se encuentra el subpárrafo (f), que enfoca específicamente el tema de la gestión/manejo de desechos: (f) Mejoramiento de la gestión/manejo de desechos con miras a poner fin a la incineración de desechos a cielo abierto y otras formas incontroladas de incineración, incluida la incineración de vertederos. Al examinar las propuestas para construir nuevas instalaciones de eliminación de desechos, deben considerarse alternativas como, por ejemplo, las actividades para reducir al mínimo la generación de desechos municipales y médicos, incluidos la regeneración de recursos, la reutilización, el reciclado, la

4 4 separación de desechos y la promoción de productos que generan menos desechos. Dentro de este criterio deben considerarse cuidadosamente los problemas de salud pública. El Convenio de Basilea, del que México es Parte, ha adoptado asimismo orientaciones en áreas relacionadas, incluyendo principios a tener en cuenta en el desarrollo de estrategias sobre desechos peligrosos y otros desechos (Secretaría del Convenio de Basilea, 1993). Éstas incluyen: El principio de reducción de fuentes, mediante el cual debe minimizarse la generación de desechos en términos de su cantidad y potencial para causar contaminación. Ello puede lograrse mediante el adecuado diseño de plantas y procesos ; El principio de ciclo de vida integrado, mediante el cual deben diseñarse y manejarse las sustancias y productos de manera tal de generar un impacto ambiental mínimo durante su producción, uso, recuperación y disposición final. En líneas generales, una sociedad debería prestar una cuidadosa consideración al rango completo de opciones y aspectos de gestión/manejo de desechos, antes de alcanzar una decisión respecto a inversiones en gran escala para la construcción de algún nuevo incinerador, rellenamiento/relleno sanitario/vertedero controlado, tratamiento mecánico o biológico, u otras inversiones similares, o para readecuar una instalación existente para tales propósitos. La primera prioridad en materia de opciones de gestión/manejo de desechos es la reducción en la fuente minimización tanto de la cantidad de los desechos como de su toxicidad y demás características de peligrosidad. Ésta es una responsabilidad compartida por todos los sectores de la sociedad. Se trata de responsabilidades que generalmente no son exclusivas y se superponen, aunque resultan también diferenciadas y pueden variar de acuerdo a las capacidades de los distintos actores (partes interesadas) y sus respectivos roles y posiciones dentro de la sociedad. Dentro de los actores relevantes puede citarse a productores, usuarios, consumidores, gobierno en sus diferentes niveles, grupos de interés público y otros. Los productores y otros actores relacionados poseen responsabilidades que pueden ser establecidas a través de abordajes como el del borrador de la Unión Europea Integrated Product Policy and Thematic Strategy on the Prevention and Recycling of Waste (Política Integrada de Productos y Estrategia Temática sobre la Prevención y Reciclado de Desechos), el Programa de Responsabilidad Extendida del Productor de la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OCED 2000), el concepto de administración de producto, o a través de otros medios. En general, resulta útil impedir embalajes innecesarios y promocionar productos durables y reutilizables, como así también emplear diseños de materiales y productos que eviten la toxicidad y demás características de peligrosidad, permitiendo la remanufactura al fin de su ciclo de vida, la recuperación de materiales y el reciclado. Un buen etiquetado y una buena información ambiental del producto ayudan a consumidores y usuarios a tomar decisiones bien fundamentadas.

5 5 Los usuarios, consumidores y demás actores deben evitar el empleo de productos que generan muchos desechos, pudiendo contribuir a la minimización de éstos mediante la separación del material descartado en la fuente. Los materiales orgánicos compostables deberían ser separados de los demás materiales de descarte, debiendo alentarse cualquier otra ulterior separación. Los gobiernos, y demás actores relacionados, deberían considerar la utilización de instrumentos económicos y otros medios para alentar la minimización de desechos. La responsabilidad de establecer infraestructuras apropiadas de gestión/manejo de desechos y basura que faciliten la minimización citada recae a menudo en los gobiernos locales, distritales o nacionales. Para algunas corrientes de desechos, los productores y usuarios pueden resultar responsables del establecimiento y mantenimiento de la infraestructura de gestión/manejo correspondiente. Los grupos de interés público y otros actores, por su parte, pueden apoyar las acciones de concientización, proporcionando educación y promoviendo actividades que apunten a maximizar la recuperación de descartes para propósitos útiles. Varios sectores de la sociedad pueden cooperar para crear mercados de recursos provenientes de los desechos, incluidos los materiales reciclables. En muchos países en vías de desarrollo, estos recursos pueden constituir importantes materias primas para actividades de remanufactura y de recuperación de recursos en pequeña escala, actividades éstas que deben alentarse. Una vez hecho esto, deben centrarse los esfuerzos en promover mejoras en materia de salud y seguridad de este sector, que en muchos países constituye hoy en día un sector informal. Una medida del éxito alcanzado es el porcentaje de material descartado que puede ser desviado de los incineradores o rellenamientos sanitarios. En algunos países se están concentrando los esfuerzos en promocionar políticas de Cero Desecho, cuyo objetivo es alcanzar un 100% de desvío. En varias localidades, este desvío alcanza tasas de un 50% y hasta un 75%, apuntándose a lograr porcentajes mayores. Una buena política sobre desechos conducirá a un enfoque integrado de la minimización del consumo de recursos naturales por parte de la sociedad y de la reducción de la carga ambiental tanto como sea posible. En algunas situaciones, la decisión de construir una nueva instalación de tratamiento de desechos en gran escala, como es el caso de un nuevo incinerador, un nuevo relleno sanitario o una nueva planta de tratamiento mecánico o biológico, tenderá a minar los esfuerzos en materia de minimización de residuos o de recuperación de recursos derivados de éstos. Los que invierten en estas nuevas instalaciones se verán presionados, a menudo, para asegurar un ingreso suficiente de desechos que les permita recuperar sus inversiones. Cuando ello ocurre, la nueva instalación puede convertirse en un contrapeso y un desincentivo en lo relativo a los esfuerzos dirigidos a la minimización de residuos. Por tal motivo, toda consideración al respecto debe ser

6 6 llevada a cabo dentro del marco de las políticas holísticas de gestión/manejo de desechos. Por estas y otras razones, las Partes del Convenio de Estocolmo deben contemplar la necesidad de seguir políticas y prácticas que apunten a minimizar la generación de desechos, ya que ello puede contribuir a evitar y reducir los vuelcos y quemas a cielo abierto, como así también proveer a menudo alternativas preferibles a la construcción de nuevas instalaciones de tratamiento. Tanto las Partes del Convenio de Estocolmo, como diversas organizaciones intergubernamentales y de otro tipo, alientan a la Secretaría del mismo para que, en ulteriores trabajos, desarrolle y promocione técnicas de minimización de desechos. Se han propuesto varias técnicas y tecnologías como posibles alternativas a la incineración y combustión de residuos. Por otro lado, se requieren mayores esfuerzos para probar, verificar y demostrar las posibles alternativas existentes como asimismo para desarrollar otras nuevas. Durante la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible celebrada en Johannesburgo en el año 2002, los gobiernos adoptaron el Plan de Implementación, cuyo párrafo 22 establece: Evitar la producción de desechos o reducirla al mínimo y aumentar al máximo la reutilización, el reciclado y el empleo de materiales alternativos inocuos para el medio ambiente, con la participación de las autoridades gubernamentales y de todos los interesados, con objeto de reducir al mínimo los efectos adversos para el medio ambiente y aumentar el rendimiento de los recursos, y prestar asistencia financiera, técnica y de otra índole con ese fin a los países en desarrollo. Ello entrañaría la adopción, en todos los planos, de medidas encaminadas a: (a) Establecer sistemas de gestión/manejo de desechos que asignen la más alta prioridad a prevenir o reducir al mínimo la generación de desechos y a reutilizarlos y reciclarlos, así como instalaciones para la eliminación ecológicamente racional de los desechos; idear tecnologías para aprovechar la energía de los desechos; promover iniciativas para el reciclado de desechos en pequeña escala que faciliten la gestión/manejo de los desechos urbanos y rurales y ofrezcan oportunidades de generar ingresos, y obtener apoyo internacional para los países en desarrollo a este respecto; (b) Fomentar la prevención y la reducción al mínimo de la generación de desechos, alentando la producción de bienes de consumo reutilizables y de productos biodegradables y estableciendo la infraestructura necesaria. El Documento de Orientación sobre la Preparación de Directrices Técnicas para la Gestión/manejo Ambientalmente Racional de Desechos Sujetos al Convenio de Basilea (Secretaría del Convenio de Basilea, 1993) se refiere a las responsabilidades de la Partes de dicho Convenio en materia de gestión/manejo de desechos y desechos peligrosos, declarando: De importancia prioritaria, las obligaciones de las Partes incluyen la de evitar la generación de desechos peligrosos a través de la utilización de métodos de producción limpia.

7 7 Se enfatiza un principio básico, el de Ciclo de Vida Integrado, por ejemplo, el diseño y la gestión/manejo de sustancias y productos deben ser llevados a cabo de manera tal de lograr la vida más larga posible y causar el mínimo impacto ambiental durante su producción, uso y disposición final. Disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Como lo indica el artículo 1º de esta Ley: sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación, así como establecer las bases para, entre otros: I. Aplicar los principios de valorización, responsabilidad compartida y manejo integral de residuos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, los cuales deben de considerarse en el diseño de instrumentos, programas y planes de política ambiental para la gestión de residuos; II. Determinar los criterios que deberán de ser considerados en la generación y gestión integral de los residuos, para prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente y la protección de la salud humana; III. Establecer los mecanismos de coordinación que, en materia de prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de residuos, corresponden a la Federación, las entidades federativas y los municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; En su artículo 5 la Ley introduce la definición siguiente de Manejo Integral : Las actividades de reducción en la fuente, separación, reutilización, reciclaje, coprocesamiento, tratamiento biológico, químico, físico o térmico, acopio, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos, individualmente realizadas o combinadas de manera apropiada, para adaptarse a las condiciones y necesidades de cada lugar, cumpliendo objetivos de valorización, eficiencia sanitaria, ambiental, tecnológica, económica y social Así mismo, la Ley define a la Responsabilidad Compartida como sigue: Principio mediante el cual se reconoce que los residuos sólidos urbanos y de manejo especial son generados a partir de la realización de actividades que satisfacen necesidades de la sociedad, mediante cadenas de valor tipo producción, proceso,

8 8 envasado, distribución,. consumo de productos, y que, en consecuencia, su manejo integral es una corresponsabilidad social y requiere la participación conjunta, coordinada y diferenciada de productores, distribuidores, consumidores, usuarios de subproductos, y de los tres órdenes de gobierno según corresponda, bajo un esquema de factibilidad de mercado y eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social Entre las atribuciones que la Ley establece a la Federación, relativas a la gestión de los residuos sólidos y de manejo especial, se encuentran las siguientes previstas en su artículo 7º: Atribuciones de Autoridades Federales Formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de residuos así como elaborar el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y el de Remediación de Sitios Contaminados con éstos, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, establecido en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Expedir las normas oficiales mexicanas relativas al desempeño ambiental que deberá prevalecer en el manejo integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial; XI. Promover, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, de otras dependencias y entidades involucradas, la creación de infraestructura para el manejo integral de los residuos con la participación de los inversionistas y representantes de los sectores sociales interesados; XV. Promover la participación de cámaras industriales, comerciales y de otras actividades productivas, grupos y organizaciones públicas, académicas, de investigación, privadas y sociales, en el diseño e instrumentación de acciones para prevenir la generación de residuos, y llevar a cabo su gestión integral adecuada, así como la prevención de la contaminación de sitios y su remediación; XVI. Promover la educación y capacitación continua de personas, grupos u organizaciones de todos los sectores de la sociedad, con el objeto de modificar los hábitos negativos para el ambiente de la producción y consumo de bienes; XIX. Suscribir convenios o acuerdos con las cámaras industriales, comerciales y de otras actividades productivas, los grupos y organizaciones sociales, públicos o privados, para llevar a cabo acciones tendientes a cumplir con los objetivos de esta Ley; XX. Diseñar y promover mecanismos y acciones voluntarias tendientes a prevenir y minimizar la generación de residuos, así como la contaminación de sitios; XXI. Diseñar y promover ante las dependencias competentes el establecimiento y aplicación de incentivos económicos, fiscales, financieros y de mercado, que tengan por objeto prevenir o evitar la generación de residuos; su valorización; su gestión integral y sustentable, así como prevenir la contaminación de sitios por residuos y, en su caso, su remediación; XXIII. Coadyuvar con las entidades federativas para la instrumentación de los programas para la prevención y gestión integral de los residuos, otorgando asistencia técnica; y XXV. Convocar a entidades federativas y municipios, según corresponda, para el desarrollo de estrategias conjuntas en materia de residuos que permitan la solución de problemas que los afecten. Respecto a las autoridades de las entidades federativas, el artículo 9º de la Ley, les establece entre otras- las siguientes atribuciones relacionadas con la gestión de los residuos, que pueden ser útiles para erradicar la quema de residuos a cielo abierto:

9 9 Atribuciones de Autoridades de Entidades Federativas I. Formular, conducir y evaluar la política estatal, así como elaborar los programas en materia de residuos de manejo especial, acordes al Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y el de Remediación de Sitios Contaminados con éstos, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, establecido en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; II. Expedir conforme a sus respectivas atribuciones, y de acuerdo con las disposiciones de esta Ley, los ordenamientos jurídicos que permitan darle cumplimiento conforme a sus circunstancias particulares, en materia de manejo de residuos de manejo especial, así como de prevención de la contaminación de sitios con dichos residuos y su remediación; III. Autorizar el manejo integral de residuos de manejo especial, e identificar los que IV. dentro de su territorio puedan estar sujetos a planes de manejo; Verificar el cumplimiento de los instrumentos y disposiciones jurídicas referidas en la fracción anterior en materia de residuos de manejo especial e imponer las sanciones y medidas de seguridad que resulten aplicables; I. VII. Promover, en coordinación con el Gobierno Federal y las autoridades correspondientes, la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y residuos peligrosos, en las entidades federativas y municipios, con la participación de los inversionistas y representantes de los sectores sociales interesados; II. III. IV. VIII. Promover programas municipales de prevención y gestión integral de los residuos de su competencia y de prevención de la contaminación de sitios con tales residuos y su remediación, con la participación activa de las partes interesadas; XI. Promover la participación de los sectores privado y social en el diseño e instrumentación de acciones para prevenir la generación de residuos de manejo especial, y llevar a cabo su gestión integral adecuada, así como para la prevención de la contaminación de sitios con estos residuos y su remediación, conforme a los lineamientos de esta Ley y las normas oficiales mexicanas correspondientes; XII. Promover la educación y capacitación continua de personas y grupos u organizaciones de todos los sectores de la sociedad, con el objeto de contribuir al cambio de hábitos negativos para el ambiente, en la producción y consumo de bienes; V. XV. Suscribir convenios y acuerdos con las cámaras industriales, comerciales y de otras actividades productivas, los grupos y organizaciones privadas y sociales, para llevar a cabo acciones tendientes a cumplir con los objetivos de esta Ley, en las materias de su competencia; VI. VII. VIII. XVI. Diseñar y promover ante las dependencias competentes el establecimiento y aplicación de instrumentos económicos, fiscales, financieros y de mercado, que tengan por objeto prevenir o evitar la generación de residuos, su valorización y su gestión integral y sustentable, así como prevenir la contaminación de sitios por residuos y, en su caso, su remediación; XVIII. Someter a consideración de la Secretaría, los programas para el establecimiento de sistemas de gestión integral de residuos de manejo especial y la construcción y operación de rellenos sanitarios, con objeto de recibir asistencia técnica del Gobierno Federal para tal fin; XIX. Coadyuvar en la promoción de la prevención de la contaminación de sitios con materiales y residuos peligrosos y su remediación.

10 10 Conforme lo establece el artículo 10 de la Ley, y entre otras: Los municipios tienen a su cargo las funciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos, que consisten en la recolección, traslado, tratamiento, y su disposición final, conforme a las siguientes facultades: Facultades de las Autoridades Municipales I. Formular, por sí o en coordinación con las entidades federativas, y con la participación de representantes de los distintos sectores sociales, los Programas Municipales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, los cuales deberán observar lo dispuesto en el Programa Estatal para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos correspondiente; II. Emitir los reglamentos y demás disposiciones jurídico-administrativas de observancia general dentro de sus jurisdicciones respectivas, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley y en las disposiciones legales que emitan las entidades federativas correspondientes; III. IV. Controlar los residuos sólidos urbanos; Prestar, por sí o a través de gestores, el servicio público de manejo integral de residuos sólidos urbanos, observando lo dispuesto por esta Ley y la legislación estatal en la materia; V. Otorgar las autorizaciones y concesiones de una o más de las actividades que comprende la prestación de los servicios de manejo integral de los residuos sólidos urbanos; VI. VII. Establecer y mantener actualizado el registro de los grandes generadores de residuos sólidos urbanos; Verificar el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos jurídicos en materia de residuos sólidos urbanos e imponer las sanciones y medidas de seguridad que resulten aplicables; I. X. Efectuar el cobro por el pago de los servicios de manejo integral de residuos sólidos urbanos y destinar los ingresos a la operación y el fortalecimiento de los mismos. Por su parte, el artículo 96 de la Ley prevé que: Las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, con el propósito de promover la reducción de la generación, valorización y gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, a fin de proteger la salud y prevenir y controlar la contaminación ambiental producida por su manejo, deberán llevar a cabo las siguientes acciones: Acciones que las Entidades Federativas y los Municipios Requieren Desarrollar I. El control y vigilancia del manejo integral de residuos en el ámbito de su competencia; II. Diseñar e instrumentar programas para incentivar a los grandes generadores de residuos a reducir su generación y someterlos a un manejo II. III. IV. integral; Promover la suscripción de convenios con los grandes generadores de residuos, en el ámbito de su competencia, para que formulen e instrumenten los planes de manejo de los residuos que generen; Integrar el registro de los grandes generadores de residuos en el ámbito de su competencia y de empresas prestadoras de servicios de manejo de esos residuos,

11 11 así como la base de datos en la que se recabe la información respecto al tipo, volumen y forma de manejo de los residuos; V. Integrar la información relativa a la gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, al Sistema Nacional de Información Ambiental y Recursos Naturales; VI. Elaborar, actualizar y difundir el diagnóstico básico para la gestión integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial; VII. Coordinarse con las autoridades federales, con otras entidades federativas o municipios, según proceda, y concertar con representantes de organismos privados y sociales, para alcanzar las finalidades a que se refiere esta Ley y para la instrumentación de planes de manejo de los distintos residuos que sean de su competencia; VIII. Establecer programas para mejorar el desempeño ambiental de las cadenas productivas que intervienen en la segregación, acopio y preparación de los residuos IX. sólidos urbanos y de manejo especial para su reciclaje; Desarrollar guías y lineamientos para la segregación, recolección, acopio, almacenamiento, reciclaje, tratamiento y transporte de residuos; X. Organizar y promover actividades de comunicación, educación, capacitación, investigación y desarrollo tecnológico para prevenir la generación, valorizar y lograr el manejo integral de los residuos; XI. XII. Promover la integración, operación y funcionamiento de organismos consultivos en los que participen representantes de los sectores industrial, comercial y de servicios, académico, de investigación y desarrollo tecnológico, asociaciones profesionales y de consumidores, y redes intersectoriales relacionadas con el tema, para que tomen parte en los procesos destinados a clasificar los residuos, evaluar las tecnologías para su prevención, valorización y tratamiento, planificar el desarrollo de la infraestructura para su manejo y desarrollar las propuestas técnicas de instrumentos normativos y de otra índole que ayuden a lograr los objetivos en la materia, y XII. Realizar las acciones necesarias para prevenir y controlar la contaminación por residuos susceptibles de provocar procesos de salinización de suelos e incrementos excesivos de carga orgánica en suelos y cuerpos de agua. Más específicamente, el artículo 100 de la Ley dispone que: La legislación que expidan las entidades federativas, en relación con la generación, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos podrá contener las siguientes prohibiciones: I. Verter residuos en la vía pública, predios baldíos, barrancas, cañadas, ductos de drenaje y alcantarillado, cableado eléctrico o telefónico, de gas; en cuerpos de agua; cavidades subterráneas; áreas naturales protegidas y zonas de conservación ecológica; zonas rurales y lugares no autorizados por la legislación aplicable; II. Incinerar residuos a cielo abierto, y III. Abrir nuevos tiraderos a cielo abierto. En lo que respecta a la participación social en la gestión de los residuos a nivel local, los siguientes dos artículos de la Ley, establecen medidas a adoptar para facilitar y organizar dicha participación.

12 12 Disposiciones Relativas a la Participación Social en la Gestión de los Residuos Artículo 35.- El Gobierno Federal, los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, en la esfera de su competencia, promoverán la participación de todos los sectores de la sociedad en la prevención de la generación, la valorización y gestión integral de residuos, para lo cual: I. Fomentarán y apoyarán la conformación, consolidación y operación de grupos intersectoriales interesados en participar en el diseño e instrumentación de políticas y programas correspondientes, así como para prevenir la contaminación de sitios con materiales y residuos y llevar a cabo su remediación; II. Convocarán a los grupos sociales organizados a participar en proyectos destinados a generar la información necesaria para sustentar programas de gestión integral de residuos; III. Celebrarán convenios de concertación con organizaciones sociales y privadas en la materia objeto de la presente Ley; IV. Celebrarán convenios con medios de comunicación masiva para la promoción de las acciones de prevención y gestión integral de los residuos; V. Promoverán el reconocimiento a los esfuerzos más destacados de la sociedad en materia de prevención y gestión integral de los residuos; VI. Impulsarán la conciencia ecológica y la aplicación de la presente Ley, a través de la realización de acciones conjuntas con la comunidad para la prevención y gestión integral de los residuos. Para ello, podrán celebrar convenios de concertación con comunidades urbanas y rurales, así como con I. diversas organizaciones sociales, y VII. Concertarán acciones e inversiones con los sectores social y privado, instituciones académicas, grupos y organizaciones sociales y demás personas físicas y morales interesadas. Artículo 36.- El Gobierno Federal, los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, integrarán órganos de consulta en los que participen entidades y dependencias de la administración pública, instituciones académicas, organizaciones sociales y empresariales que tendrán funciones de asesoría, evaluación y seguimiento en materia de la política de prevención y gestión integral de los residuos y podrán emitir las opiniones y observaciones que estimen pertinentes. Su organización y funcionamiento, se sujetarán a las disposiciones que para tal efecto se expidan. Entre 2003 y 2005 diversas entidades federativas han legislado la gestión de los residuos siguiendo el enfoque de la Ley General, ya sea a partir de leyes específicas en la materia (como es el caso del Distrito Federal, Querétaro, Veracruz y Guanajuato) o como disposiciones contenidas en leyes estatales ambientales más amplias (como en el caso de Nuevo León). Asimismo, entidades como el Distrito Federal ya han publicado su Programa para la prevención y gestión integral de los residuos e implantado planes de manejo para minimizar y valorizar los residuos, así como para lograr su manejo ambientalmente adecuado.

13 13 Ejemplos de Arreglos Institucionales Destinados a Fortalecer la Capacidad de Gestión de los Residuos en México Aspectos financieros El Banco Nacional de Obras (BANOBRAS) es una institución que cuenta con una Dirección de Promoción y Proyectos 2 y un Fondo de Inversión en Infraestructura (FINFRA), creado en 1995: Con el propósito de promover una mayor participación del sector privado en el desarrollo de la infraestructura básica concesionada. En el año 2002, el Comité Técnico de FINFRA, autorizó el establecimiento del Programa de Residuos Sólidos (PRORESOL), cuyos objetivos son: Impulsar la eficiencia en la operación de los servicios de limpia. Proveer recursos de largo plazo conforme la maduración de los proyectos. Fortalecer las haciendas públicas de estados y municipios. Actualizar el marco jurídico y regulatorio relativo a los servicios de limpia pública De acuerdo con BANOBRAS: Para coadyuvar a reducir los problemas ambientales y de salud que genera el inadecuado manejo de los residuos sólidos, financia acciones de recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición sanitaria de los residuos sólidos municipales y el fortalecimiento institucional de los organismos responsables de este servicio. Asimismo, BANOBRAS otorga financiamiento para modernizar el servicio público de limpia, el tratamiento y disposición final de los residuos sólidos, la adquisición de equipo de limpia y la construcción, ampliación o rehabilitación de infraestructura para el manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos (ver cuadro siguiente). Obras y proyectos que BANOBRAS puede financiar Adquisición de Equipo: o Recolección o Barrido o Transferencia de residuos sólidos. o Tratamiento y disposición final Construcción, ampliación o rehabilitación de: o Rellenos sanitarios o Estaciones de transferencia o Planta de tratamiento de residuos sólidos o Plantas de reciclaje, composta e incineración 2 Dirección de Promoción y Proyectos. Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Av. Javier Barros Sierra No. 515, Pisos 5, 6 y 8, Col. Lomas de Santa Fe. CP Tels

14 14 Saneamiento. o Clausura de tiraderos irregulares o Saneamiento de cauces y otros sitios La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), por su parte, instrumenta desde el año 2003 el Programa Hábitat para atender a la población en situación de pobreza que habita en las ciudades y zonas metropolitanas mediante la aplicación conjunta de programas sociales y de desarrollo urbano. Hábitat combina acciones de mejoramiento de infraestructura, equipamiento de las zonas urbano marginadas y prevención de desastres, con la entrega de servicios sociales y de desarrollo comunitario. En 2004 el Programa Hábitat se ha diversificado en tres vertientes: fronteriza, general y centros históricos; y ampliado sus modalidades, que incluyen los aspectos y acciones señalados a continuación: Ordenamiento del Territorio y Mejoramiento Ambiental: Construcción de infraestructura y provisión de equipamiento para instalar y fortalecer los sistemas de recolección y disposición de desechos sólidos domésticos. Planeación Urbana y Agencias de Desarrollo Hábitat Formulación de planes de desarrollo comunitario y proyectos ejecutivos para aplicar acciones agrupadas en las modalidades de Mejoramiento de Barrios, Ordenamiento del Territorio y Mejoramiento Ambiental, y Equipamiento Urbano e Imagen de la Ciudad. Capacitación, asesoría y orientación que fortalezcan las capacidades institucionales de instancias responsables de la planeación urbana, equipamiento, servicios esenciales, así como de las dependencias gubernamentales y organizaciones sociales. Coordinación intersectorial y cooperación intermunicipal mediante la identificación, planeación, promoción, difusión y gestión de proyectos y obras estratégicas. Cruzada por un México Limpio La Cruzada Nacional por un México Limpio de la Semarnat constituye un esfuerzo del gobierno federal, en el curso de la presente administración, para motivar y comprometer a todos los sectores de la población a reducir la generación de residuos sólidos desde su origen, promover su reúso, reciclaje y tratamiento, siempre y cuando sea ambiental, social y económicamente factible, así como para brindar un eficaz servicio público de barrido, almacenamiento, recolección, transferencia y disposición final de los residuos y lograr la limpieza, saneamiento y mejoramiento de la imagen del entorno nacional.

15 15 Objetivos de la Cruzada por un México Limpio Convocar y coordinar esfuerzos de los tres niveles de gobierno y la sociedad en general. Crear sinergias entre todos los sectores de la sociedad para tener un México Limpio, al propiciar un cambio cultural y conductual hacia el manejo de los residuos. Fortalecer el marco regulatorio, estableciendo los papeles de los distintos actores, para orientarlo hacia el manejo integrado de los recursos y promover su cumplimiento. Promover la asignación y correcta aplicación de recursos económicos, tanto públicos como privados. Eliminar los riesgos ambientales y a la salud, así como la contaminación visual. Promover la construcción y la habilitación de la infraestructura necesaria para disponer adecuadamente de los residuos. Impulsar políticas públicas orientadas a fortalecer el papel de los municipios. Alrededor de 1,500 municipalidades han sido involucradas hasta ahora en esta Cruzada, a través de cursos de entrenamiento a funcionarios municipales, en materia de gestión integral de residuos. Ejemplos de Manuales, Videos y Cursos para Sustentar la Gestión Integral y la Valorización de los Residuos Sólidos Ejemplos de Manuales Relacionados con la Gestión de los Residuos Sólidos Título del Manual Origen Guía para la Gestión Integral de los Residuos Subsecretaría de Gestión para la Protección Sólidos Municipales Ambiental Manual de manejo adecuado de residuos sólidos Manual para determinar la Factibilidad de Reducción y Reuso de Residuos Sólidos Municipales Manual de Capacitación para Minimizar Residuos a Nivel Municipal, a Través de Reducir, Reutilizar y Reciclar (3R) Manual de Valorización de Residuos, Participación Social e Innovación en su Gestión Semarnat Centro de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable Semarnat Dirección General de Infraestructura y Equipamiento Secretaría de Desarrollo Social Red Queretana de Manejo de Residuos Cámara de Diputados LVIII Legislatura Ejemplos de Videos Relacionados con la Gestión de los Residuos El camino y destino de la basura en la Ciudad de México,* Dirección General de Servicios Urbanos, GDF. / Tel ext.101. Nuestro horizonte común,* Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal. / Tel Coahuila Limpio, Instituto Coahuilense de Ecología. / Tel y Dir. de Educación y Cultura Ambiental. Los elementos,* Semarnap, / Coordinación General de Comunicación Social Cápsula del reciclaje de PET,* ECOCE.

16 16 El CENICA-INE, con el apoyo de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), ha venido desarrollando Cursos Regionales Sobre Manejo Adecuado de Residuos Sólidos y Peligrosos (actualmente imparte el cuarto), en los cuales participan principalmente funcionarios de entidades federativas y municipios de México involucrados en la gestión de los residuos, así como de gobiernos de otros países de Centro América, el Caribe y América del Sur. Aunado a ello, y en el marco de la Cruzada Nacional por un México Limpio, la Semarnat promueve cursos-talleres a nivel de las distintas entidades federativas, como el referido en el cuadro siguiente. Curso-Taller: Cruzada Nacional por un México Limpio: Escuela Limpia Ejemplo de los Aspectos que Cubre el que se Imparte en la Ciudad de México Hora Actividad Propósito 8:30 a 9:00 Registro 9:00 a 9:15 Inauguración: autoridades estatales y federales 9:15 a 10:00 Aplicación de la encuesta de entrada y encuadre del taller 10:00 a 13:00 Visita al relleno sanitario y/o tiradero municipal 13:00 a 13:30 Videodebate El camino y destino de la basura. 13:30 a 14:00 Conceptos básicos y consumo sustentable. 14:00 a 15:00 Receso 15:00 a 16:00 Visión sistémica del ciclo de los residuos sólidos. 16:00 a 17:00 Taller La Tiendita de compras inteligentes. Identificar los conocimientos previos con los que cuenta el grupo de participantes. Proporcionar información sobre las actividades y tiempos del taller. Conocer las condiciones en que llegan a su destino final los residuos sólidos generados, así como identificar la magnitud de la problemática. Informar a los participantes acerca de la situación actual del manejo de los residuos sólidos en la Ciudad de México. Motivar la reflexión y el análisis en relación con los beneficios de participar en el manejo adecuado de los residuos sólidos. Unificar criterios y presentar conceptos básicos a los participantes en torno al consumo sustentable. Identificar los diferentes factores socioeconómicos y políticos que intervienen en la recolección y disposición final de los residuos sólidos. Analizar las causas que propician la excesiva generación de residuos sólidos, así como las alternativas para su reducción. Distinguirán los beneficios de realizar compras inteligentes, es decir, amigables con el ambiente. 17:00 a 18:00 Teatro guiñol. Identificar las acciones cotidianas en las que consumimos en exceso.

17 17 Redes Intersectoriales de Manejo Ambiental de Residuos La Red Mexicana de Manejo Ambiental de Residuos (REMEXMAR) es un esfuerzo nacional que facilita la coordinación entre el sector productivo y social generador de residuos, el gobierno como autoridad en la materia, las instituciones académicas y organismos involucrados en actividades científicas, tecnológicas y de servicios relacionados con su manejo, así como los grupos de interés social. Esta Red, se constituyó a invitación de la Red Panamericana de Manejo Ambiental de Residuos (REPAMAR), cuya integración fue promovida por la Agencia Alemana de Cooperación Técnica GTZ y el Centro Panamericano de Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Ambiente (CEPIS), de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), y de la cual forman parte las redes nacionales de Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Panamá y Perú, con el propósito de intercambiar información, conocimientos y experiencias en la materia a través de medios electrónicos. La REMEXMAR, por su parte, tiene como objetivo general abrir vías de comunicación, principalmente a través de portales electrónicos y comunicación por Internet y otros medios, entre los diversos sectores que desarrollan actividades relacionadas con la gestión de los residuos, a fin de establecer vínculos y mecanismos que ayuden a sumar esfuerzos y magnificar los logros en torno a la prevención, minimización, valorización y manejo ecológicamente racional de los mismos, en el marco del desarrollo sustentable al que aspira el país. Los objetivos particulares de la Red Nacional son: Generar e intercambiar información, conocimientos y experiencias relativos a la gestión integral y ambientalmente efectiva de los residuos a través de portales de Internet y otros medios; como por ejemplo los de las redes de Jalisco, Morelos, San Luis Potosí, Querétaro y el Estado de México citados a continuación: am.gob.mx, Promover y desarrollar capacitación en temas relacionados con la regulación y gestión de los residuos, tendientes a su prevención, valorización y manejo integral sustentables. Fomentar la investigación interdisciplinaria y el desarrollo tecnológico en este campo. Estimular la formulación e instrumentación de proyectos de demostración, basados en el enfoque seguido por los Centros de Producción Más Limpia (( y las Mesas de Prevención de la Contaminación ( Contribuir a la identificación de líneas prioritarias de acción, enmarcadas en la política nacional, relacionadas con la prevención, valorización y manejo integral de los residuos.

18 18 Contribuir a la educación y participación ciudadana encaminadas a facilitar el logro de los objetivos y metas de las políticas y programas para la prevención y gestión integral de los residuos. Brindar y promover el acceso a asesoría y asistencia técnica en aspectos relacionados con la gestión de los residuos en general y con los planes de manejo de los mismos, en particular (aprovechando entre otros los avances logrados en los planes de acción sobre residuos comprendidos en los programas de auditorías ambientales promovidas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente). Apoyar en el desarrollo de propuestas técnicas de regulaciones, políticas y programas en la materia que den cumplimiento a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. La REMEXMAR se constituyó a nivel nacional el 1º de noviembre de 1996, promovida por el Instituto Nacional de Ecología de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (Semarnap), a través de la creación de Núcleos Técnicos de la misma en diferentes entidades del país. En la actualidad, dichas redes se han estado reactivando y ampliando con el apoyo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental y las distintas Delegaciones (ver figura siguiente), a fin de que estas redes ayuden a llevar a la práctica la nueva legislación en la materia en cada entidad federativa, por lo que se les ofrece un cursotaller al respecto al final del cual se lleva a cabo el proceso de integración o reactivación de la red correspondiente. Redes de la REMEXMAR Creadas o Reactivadas por la Semarnat en el Periodo en las Entidades que Aparecen en Amarillo en el Mapa

19 19 Ejemplos de iniciativas de gestión de los residuos por entidad federativa 2002 Entidad Federativa Iniciativa Aguascalientes Manejo Integral de Residuos (MIRES) Baja California Fomento de reciclaje de llantas de desecho en el estado )a partir de 1996: Mexicali-Tijuana-Ensenada) Campeche Programa Campeche la Ciudad Más Limpia de México Todos Unidos Contra la Basura ( ), Ciudad del Carmen Distrito Federal Selección y aprovechamiento de residuos sólidos Procesamiento de residuos orgánicos Programa Reciclable por Naturaleza (a partir de 1993) Programa Escuela Limpia (a partir de 1999) Programa para la Separación de Residuos Sólidos Nuestros Residuos Separemos Cruzada Nacional por un México Limpio en la Escuela Durango Programa domiciliar de separación de residuos sólidos en la ciudad de Durango Estado de México Manejo de Residuos Sólidos Municipales en el Estado de México Campaña de recolección de envases vacíos de refrescos (PET) para su reciclaje (a partir de 2002) Actualización permanente de funcionarios a nivel municipal Guanajuato Manejo Integral de Residuos Sólidos Municipales No Peligrosos Guerrero Programa Zi-Recicla. Zihuatanejo Morelos Mi Pueblo Unido Mi Pueblo Limpio. Municipio de Ayala Campaña de educación ambiental, separación y reciclaje de residuos sólidos domésticos del Municipio de Jiutepec y Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos Programa Composteo. Jiutepec ECOPAPEL. Cuernavaca Nuevo León Programa Nuevo León Recicla Querétaro Esquema para el Manejo Integral de Residuos Sólidos en todo el Estado Promoción del reciclaje y del composteo de residuos sólidos no peligrosos en todo el estado Centros de acopio y composteo Programa Separa tu Basura! Programa Campo Limpio, Implementación del Bono Verde para el manejo ambiental de envases vacíos de plaguicidas Programa de Formación a la Sustentabilidad; Subprogramas de Mejoramiento Comunitario y Educación Ambiental en la Sierra Gorda Quintana Roo Akumal Limpio Yum Balam Limpio Bacalar Limpio Chetumal Limpio: Espacio Municipal de Composteo (EMCo) Tlaxcala Metamorfosios por la Ecologia a Limpiar Tlaxcala Elaboración de composta Francisco y Madero Veracruz Producción de lombricomposta a partir de subproductos orgánicos. Teocelo

20 20 Perspectivas Este repaso panorámico de la situación en relación con la quema de residuos a cielo abierto indica que: 1. Constituye una de las fuentes principales de emisiones de dioxinas y furanos en México y requiere atención prioritaria. 2. De acuerdo con el Convenio de Estocolmo (y su Grupo de Expertos), así como del Convenio de Basilea, de los que México es Parte, se trata de un problema a erradicar, a reducir sus emisiones contaminantes mientras se erradica y a combatir a través del fortalecimiento de la capacidad de gestión de los residuos en los lugares en los que es una práctica común. 3. México cuenta con una legislación en materia de prevención y gestión integral de los residuos que establece bases legales para erradicar la quema de basura a cielo abierto, mediante alternativas más sustentables de valorización y manejo de los residuos sólidos. 4. Se están desarrollando en el país múltiples actividades tendientes a lograr el fortalecimiento de la capacidad de gestión municipal de los residuos que es preciso vincular para crear sinergias y acelerar la erradicación de la quema de basura a cielo abierto. Por lo antes expuesto, se anticipa que la acción a desarrollar como parte del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo, debe estar orientada a promover iniciativas para lograr lo que se plantea en el inciso 4 antes citado. Así mismo, y para mejorar los inventarios de emisiones de COPs y de fuentes emisoras prioritarias, podría realizarse una encuesta a nivel nacional para determinar qué tan frecuente es la quema de residuos a cielo abierto, identificar los municipios en los que ocurre más frecuentemente y promover en ellos el desarrollo de acciones tendientes a erradicarla con el apoyo, entre otros de las redes de la REMEXMAR, las de educadores ambientales establecidas por el CECADESU y las de promotores ambientales promovidas en el marco de la Cruzada por un México Limpio, u otras redes similares.

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