REGLAMENTO ACADÉMICO INSTITUCIONAL (RAI)

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1 GOBIERNO DE CÓRDOBA MINISTERIO DE EDUCACIÓN SECRETARIA DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR INSTITUTO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN FÍSICA Avda Cárcano s/n - Chateau Carreras - Córdoba Tel /95/96 secretaria@ipef.edu.ar REGLAMENTO ACADÉMICO INSTITUCIONAL (RAI) En el marco del Régimen Académico de la Provincia de Córdoba, el Instituto Provincial de Educación Física (IPEF) presenta su Régimen Académico Institucional. (R.A.I), para la aprobación de la Autoridad Jurisdiccional. El mismo es el resultado de un proceso participativo, sostenido en valores democráticos, donde tuvieron oportunidad de participar miembros del Consejo Institucional, Coordinadores Académicos y de Áreas Institucionales; Personal de Asuntos Estudiantiles; Profesores, Estudiantes y autoridades del Instituto; promoviendo la apropiación crítica, significativa y contextualizada de la normativa institucional. El proceso de construcción del RAÍ y las decisiones tomadas en su producción pretenden aportar mayor dinamismo a las trayectorias estudiantiles, promoviendo recorridos y formatos propios del Nivel de Educación Superior con el fin de garantizar una formación profesional de calidad, adecuada a las demandas y requerimientos de la sociedad y el sistema educativo. COMPONENTES DEL RAI Este Régimen Académico Institucional, incorpora en su estructura formal los siguientes componentes: 1. Ingreso 2. Trayectoria Formativa 3. Permanencia y Promoción 4. Complementarias

2 1. INGRESO El ingreso al primer año a las carreras que dicta el Instituto Provincial de Educación Física, está determinado por un límite en la cantidad de estudiantes a ingresar. Esta situación genera un debate ideológico, político y social que es imposible desconocer; pero que se justifica en la necesidad de lograr un equilibrio en la relación entre el número de estudiantes por cursos, docentes, infraestructura y recursos materiales, posibilitando que los procesos de enseñanza-aprendizaje se desarrollen en condiciones adecuadas así como la inserción democrática de los estudiantes en la vida de la institución. Por tal motivo el IPEF propone una instancia de ingreso (Cursillo de Ingreso) que se constituye en un espacio igualitario y equitativo en oportunidades; donde los estudiantes puedan recuperar saberes previos y/o construir aquellos que se consideran básicos para avanzar en una carrera de nivel superior que requiere determinadas habilidades. El Cursillo de Ingreso, es obligatorio y ofrece un espacio formativo y nivelador de las diferentes trayectorias previas que los aspirantes a ingresar expresan, tanto en sus capacidades cognitivas como en las motrices y corporales. La participación en el mismo permite acceder a los estudiantes a un examen de ingreso, a partir del cual se define un orden de mérito para completar el cupo permitido. Este examen NO ES ELIMINATORIO en si mismo, ya que no existe un valor mínimo o piso, a partir del cual un estudiante no puede ingresar a la institución. El límite lo pone el cupo establecido para cada una de las carreras. Lejos de las representaciones sociales, que objetan esta modalidad por considerarla discriminatoria, el examen de ingreso reconoce el esfuerzo, el trabajo y dedicación que algunos jóvenes ponen de manifiesto a la hora de decidir cursar una carrera de nivel superior ACOMPAÑAMIENTO A LOS ESTUDIANTES Con el objetivo de acompañar el paso de los estudiantes del Nivel Secundario al Nivel de Educación Superior, el IPEF se propone desarrollar estrategias de acción que promuevan la inclusión y el compromiso responsable de los estudiantes y formadores desde el inicio de la Carrera y durante toda la trayectoria formativa, conforme a los requerimientos de la especialidad de las Carreras de Nivel Superior. Por lo que los educadores, directivos y demás agentes educativos del Instituto se reconocen co-responsables del acompañamiento de los estudiantes durante toda la Carrera y especialmente en este período de iniciación. En este acompañamiento, se prestará especial atención a la alfabetización académica requerida para el Nivel de Educación Superior, a las

3 exigencias de la profesionalización, a la construcción de trayectorias propias y a las posibilidades o necesidades que puedan presentarse en el transcurso de la Carrera. A tal fin, los estudiantes ingresantes, participarán de los TALLERES DE ALFABETIZACIÓN ACADÉMICA E INSTITUCIONAL, en diferentes momentos del primer año de cursado. Sostenidos en los propósitos de: Fortalecer los saberes culturales de los futuros docentes en tanto sujetos de lenguaje, constructores de sistemas de comunicación y significación, lectores, escritores, locutores e interlocutores de múltiples lenguajes. Generar un espacio sistemático de experiencia y reflexión que habilite diferentes modos de acceso al conocimiento. Promover el conocimiento de los marcos regulatorios que acompañaran su trayectoria formativa Facilitar el acceso a la cultura institucional, los sujetos, los espacios, los modos de comunicación, etc. Los talleres se organizan en torno a tres temáticas: El taller de TICs, incluye saberes y prácticas inherentes a la alfabetización académica a través del uso de las TICs y las posibilidades que estas otorgan para el acceso al conocimiento. El taller de Biblioteca: permite el acceso al mundo de la biblioteca, constituyéndose en una experiencia de formación significativa en el trayecto de acceso, participación y permanencia en la cultura letrada. El Taller de los marcos normativos: se introduce a los estudiantes a la lectura y comprensión del RAI y aquellos marcos académicos/regulatorios (como el mapa de correlatividades; equivalencias, formatos de UC, sistema de aprobación, etc) que atraviesan y normatizan sus trayectorias formativas En estos talleres, queda implicado un primer acercamiento, a saberes institucionales que serán luego retomados y profundizados en la continuidad del trayecto de formación REQUISITOS DE INGRESO AL NIVEL SUPERIOR Son requisitos de ingreso para iniciar estudios en el IPEF: a. El certificado de estudios debidamente reconocido y legalizado que acredite haber aprobado el Nivel Secundario

4 Los mayores de 25 años que no reúnan la condición anterior, podrán ingresar en el marco de lo establecido por la normativa vigente (Resol 25/02 y 128/02) Aquellos estudiantes que adeuden asignaturas del Nivel Secundario podrán inscribirse con carácter condicional. Dicha condicionalidad se extenderá hasta el mes de julio del año de inscripción, debiéndose presentar, a esa fecha, el certificado provisorio de finalización de estudios secundarios. En el caso de los estudiantes de Provincias donde el receso escolar concluya el 31 de Julio, la fecha de presentación del certificado provisorio de estudios secundarios, se extenderá hasta el 15 de Agosto. Los estudiantes que certifiquen fehacientemente que están concluyendo sus estudios secundarios en el Plan Finnes, podrán presentar el certificado de estudios secundarios completos hasta el 30 de septiembre. El certificado analítico deberá ser presentado antes de finalizar el ciclo lectivo. Caso contrario, perderá automáticamente la condición de estudiante. b. Documento Nacional de Identidad (actualizado) c. El Certificado de Salud Psicofísica de acuerdo con la Carrera en la que se inscribe, realizado en Instituciones públicas o privadas. La presentación del certificado psicofísico es un requisito excluyente para el ingreso al IPEF. En el mismo un medico responsable debe dejar constancia de la APTITUD PSICOFISICA del estudiante para participar de las exigencias de las carreras que el IPEF ofrece. En el caso que el medico certificante otorgara un APTO PROVISORIO, se permitirá el ingreso al estudiante, siempre que en el mismo conste el tiempo de provisionalidad, los motivos por los que no se otorga un APTO PLENO y las posibilidades de participación del estudiante en actividades motrices. En el momento de la preinscripción se entregará a los estudiantes una FICHA MEDICA, que deberá ser devuelta completa antes del Cursillo de Ingreso. En la misma, constará la información solicitada en cada uno de los estudios médicos, certificada con firma y sello del médico actuante. Asimismo, la declaración jurada de antecedentes médicos deberá ser firmada por el estudiante, en caso de ser mayor de edad, o sus padres en el caso de ser menor y certificado por el médico que otorga el apto. Cuando el resultado del Certificado de Salud psicofísico entre en contradicción con las exigencias académicas y los requerimientos para el ejercicio de la profesión, (APTO RESTRINGIDO) deberá ser informado fehacientemente al estudiante, constando en acta. La

5 misma será remitida a. una Comisión ad hoc designada por la DGES para indicar a las autoridades de los IES los procedimientos a seguir. Esta Comisión estará formada por un representante de la Dirección de Regímenes Especiales, un especialista en la problemática por la que se labra el acta, un docente y un directivo de la Institución en cuestión. Estas situaciones serán acompañadas en el marco de las posibilidades que brinda cada IES, sabiendo que no existe la alternativa de adaptaciones curriculares que impliquen recortes en las Carreras de Educación Superior. (RAM. Cap. 2; Art. 9) d. Aquellos estudiantes extranjeros, que deseen ingresar al Nivel Superior, deberán presentar sus Certificados de estudio debidamente legalizados (Res. ME Nº 1208/05) y la documentación personal pertinente, mencionados en puntos b y c INSTANCIAS DE INGRESO REGULACIONES DE LAS INSTANCIAS DE INGRESO. Según lo dispuesto por el Régimen Académico Marco de la Dirección de Educación Superior de la Provincia de Córdoba, (RAM- Resolución Ministerial 412/10), cada Instituto de Enseñanza Superior debe diseñar un periodo de iniciación que preste especial atención a la alfabetización académica requerida para el Nivel de Educación Superior, a las exigencias de la profesionalización, a la construcción de trayectorias propias y a las posibilidades o necesidades que puedan presentarse en el transcurso de la carrera. En el IPEF el cursillo de ingreso ha sido elaborado como un proceso de iniciación e integración al Nivel de Educación Superior, tanto desde el punto de vista académico como de la formación personal. No reduciendo su finalidad a un sentido utilitario e instrumental (como preparación para las pruebas motoras y cognitivas); sino abordado desde un enfoque más amplio. Esto implica comprenderlo como una instancia de formación intelectual, corporal y afectivo-social, de tal forma que trascienda la propia circunstancia del cursillo y sea reconocida como una experiencia significativa en su formación personal y de fortalecimiento de su elección vocacional.

6 OBJETIVOS DEL CUI EN EL IPEF Proveer a los estudiantes de un marco de referencia acerca de la Educación Superior, y de la Educación Técnica Profesional de Nivel Superior, sus finalidades, demandas y posibilidades. Introducir al campo académico y laboral de la Educación Física y de la Actividad Física, proporcionando elementos que les permitan diferenciar y confirmar su decisión vocacional. Acercar a los estudiantes a la cultura institucional, al proyecto educativo y a la alfabetización académica que requiere el desempeño en el Nivel Superior de Educación. Brindar un espacio para el reconocimiento de la propia disponibilidad corporal que le permita, durante la formación, el aprendizaje de tareas motrices específicas y de complejidad creciente. Construir una aproximación diagnostica sobre las realidades, posibilidades, experiencias y saberes de los que son portadores los estudiantes, que permita diseñar estrategias y dispositivos de acompañamiento en el primer año de la carrera. 2. TRAYECTORIA FORMATIVA La trayectoria formativa refiere a: La construcción de recorridos propios por parte de los estudiantes en el marco de los diseños curriculares. La organización institucional y las condiciones normativa que la posibilitan; promoviendo procesos e instancias de intercambio y producción de saberes y experiencias que hacen a la formación profesional La construcción de una identidad profesional basada en la autonomía, el vínculo con la sociedad y el compromiso ético. Para la construcción de las trayectorias formativas, se promoverá la articulación entre: Los saberes académicos propios de las Carreras; Las instancias de participación de los estudiantes en la vida institucional;

7 Las posibilidades de selección personal de recorridos formativos por parte de los estudiantes, algunos de los cuales y en el caso que corresponda, serán acreditados por el sistema de créditos REQUISITOS ACADÉMICOS Durante la trayectoria formativa, cada estudiante deberá: Matricularse en la institución. Inscribirse en las UC y/o EC que desee cursar, siendo su responsabilidad respetar el régimen de correlatividades vigente. Conocer en profundidad el Plan de Estudio de la Carrera de Educación Superior que ha elegido, las UC y/o EC que están comprendidas en dicho Plan, los horarios, las formas de evaluación, las modalidades de cursado y toda información pertinente. Comprometerse en un proceso participativo de construcción del conocimiento significativo, científico y profesional, propio del Nivel Superior LA PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL. El IPEF promueve y facilita la participación de los estudiantes en distintos espacios académicos y/o organismos institucionales, tales como: CONSEJO INSTITUCIONAL, con 4 consejeros estudiantiles, representantes de ambas carreras. CEIPEF (Centro de Estudiantes de Educación Física) PROYECTO DE POLITICAS ESTUDIANTILES Es política del IPEF alentar y favorecer la participación activa de los estudiantes en diferentes proyectos, programas, y acciones de la vida cotidiana del instituto; así como el otorgar la palabra en la toma de decisiones que los involucren, tales como el diseño de dispositivos de comunicación e información; organización de horarios; eventos recreativos; problemáticas gremiales que los afecten, entre otros LA PARTICIPACIÓN EN LA VIDA ACADÉMICA Los estudiantes podrán participar en proyectos institucionales de extensión, investigación, docencia, publicación, experiencias educativas con la comunidad y/o tutorías de estudiantes de los primeros años, entre otros.

8 Espacios de participación en la vida académica: Estudiante Ayudante en unidades curriculares Estudiante tutor y/o auxiliar en Cursillo de Ingreso Estudiante de voluntariado y extensión Estudiante investigador Estudiante deportistas Otros RECORRIDOS FORMATIVOS Y SISTEMA DE CRÉDITOS En los planes de estudio del Profesorado de Educación Física y en el de Tecnicatura Superior en Actividades Físicas, no están contempladas horas para créditos, no obstante las Unidades Curriculares podrán implementarlas, considerando que los créditos se computan como horas cátedra. En estos casos se requiere que en el Proyecto Curricular Anual de las Unidades Curriculares que propongan un sistema de créditos, se le asignen horas cátedra a cada recorrido propuesto, según su extensión y complejidad. 3. PERMANENCIA Y PROMOCIÓN 3.1. PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES La permanencia de los estudiantes refiere a las condiciones académicas requeridas para la prosecución de los estudios en el Nivel de Educación Superior, como así también a las garantías jurisdiccionales e institucionales para el cumplimiento de las mismas, promoviendo una formación académica y profesional de calidad ESTUDIANTE REGULAR DE LA CARRERA. Se considerará estudiante regular de una Carrera aquel que apruebe al menos una UC y/o EC por año académico, según lo establece la Resolución 72/08 del Consejo Federal de Educación. Aquellos estudiantes que hayan perdido la condición de regular en la Carrera deberán solicitar su readmisión por escrito a la Dirección del IPEF y presentar la documentación que certifique la trayectoria previa.

9 Una vez receptado el pedido, será resuelto por el Consejo Institucional, según el análisis de cada caso. Podrán solicitar la readmisión: Estudiantes de 1er. Año que aprobaron el ingreso, se matricularon y luego perdieron la condición de estudiante regular por razones fortuitas y personales. Se admitirá su reincorporación en el año siguiente sin tener que cursar y rendir el examen de ingreso. Una vez superado el periodo de un año, deberán hacer nuevamente el curso de ingreso. Estudiantes de 2do., 3ro y/o 4to. año que hayan perdido la regularidad en el Plan de estudio vigente (663/09 Profesorado, 62/07 Tecnicatura) Estudiantes de planes anteriores. En cuyo caso de ser readmitidos deberán adecuar su situación al plan de estudios vigentes, y si fuera necesario, rendir un examen de actualización académica en las UC que así lo requirieran. No se le otorgara la readmisión a los: Estudiantes de 1er. Año que hayan perdido la regularidad por no haber aprobado las materias del secundario. En ese caso deberán cursar y rendir nuevamente el ingreso, dado que su regularidad era condicional hasta tanto cumpliera con el requisito anterior (Art. 9 del RAM) SISTEMA DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS UC Y/O EC Las instancias evaluativas y de acreditación de las UC y/o EC, se deberán desarrollar en un marco de responsabilidad, transparencia y profesionalidad; de modo que cada una de estas instancias se constituyan en un recurso formativo, un momento mas del aprendizaje y no en algo ajeno, en lo cual los estudiantes no puedan establecer previsiones. Por lo cual, la presentación de las evaluaciones, independientemente de su modalidad (teórico, práctico, escrito, oral, domiciliarios, etc.) deberán explicitar: Lo que se quiere evaluar: los conocimientos, procedimientos, valoraciones, las formas, la presentación, etc. El modo y los instrumentos en se que van a evaluar los aprendizajes construidos. Los criterios de corrección y la forma de acreditación Las consignas, el tiempo y el espacio de trabajo.

10 La bibliografía obligatoria La aprobación se realizará por cada UC y/o EC (asignaturas, talleres, seminarios, entre otras) que conformen los diseños o Planes de Estudio de las Carreras; y se obtendrá con una puntuación de 4 (cuatro) o más puntos para las asignaturas, y 7 (siete) o más puntos para los talleres y seminarios. El proceso evaluativo de una UC y/o EC anual comprenderá un mínimo de 4 (cuatro) instancias evaluativas acreditables. En las UC y/o EC cuatrimestrales, se considerarán como mínimo 2 (dos) instancias evaluativas. Dichas instancias evaluativas deberán realizarse a través de distintas estrategias (producciones individuales o grupales, coloquios, portafolios, diseño y realización de ciases de ensayo entre pares, trabajos de campo, producciones escritas, exposiciones orales, etc) a. CONDICIÓN DE ESTUDIANTE REGULAR PARA APROBAR UNA UNIDAD CURRICULAR Para ser considerado estudiante en condición de regular de una unidad curricular, se requiere: 70% de asistencia a las clases dictadas por el/la profesor/a. Este porcentaje corresponde a todas las UC, independientemente de su formato. Las ausencias por licencias medicas; licencias deportivas y autorizadas por resoluciones internas no se considerarán dentro de ese porcentaje; sin embargo las ausencias de los estudiantes provocadas por estas causales y/u otras, no podrán exceder el 60% del total de clases dictadas. La condición de los estudiantes trabajadores se contempla en el momento de la inscripción, siendo los únicos que tienen oportunidad de seleccionar turnos y horarios de cursado según su conveniencia. Otras situaciones excepcionales que se pudieren presentar, serán analizadas institucionalmente.

11 FORMATO CURRICULAR Asignatura REGULARIDAD y APROBACION 70% Asistencia. 5 o más instancias evaluativas aprobadas con 4 o más. Aprobar el 80% de estas instancias. Se pueden recuperar todas las instancias evaluativas. El estudiante regular tiene hasta 7 turnos consecutivos para rendir ante una mesa examinadora o tribunal. Los turnos consecutivos se refieren a febrero, julio y diciembre, y no incluyen el desdoblamiento de tumos, como tampoco las mesas extraordinarias de abril/mayo y septiembre (excepto cuando el estudiante se presente a rendir en dichas ocasiones, por tratarse de las últimas 3 UC para recibirse). Obtener una calificación de 4 o más en esta instancia. De no aprobar dentro de este plazo, el estudiante queda en condición de libre o recursa la unidad curricular. PROMOCION Tener aprobada la correlativa anterior. 70% Asistencia. 5 o más instancias evaluativas aprobadas con 7 o más. Aprobar el 100% de estas instancias. Se pueden recuperar hasta 2 (dos) instancias evaluativas. En caso de desaprobación y de ausentes debidamente justificados. Aprobar con 7 o más un examen de promoción, que podrá ser rendido en noviembre/diciembre o en los turnos de febrero/marzo. Si el estudiante no aprueba con 7 o más o no se presenta a rendir en las fechas estipuladas, queda en condición de regular. b. APROBACIÓN DE TALLER O SEMINARIO FORMATO CURRICULAR Taller y/o Seminario CURSADO Y APROBACION 70 % de asistencia 4 o más instancias evaluativas de proceso, que podrán ser calificadas cualitativa o cuantitativamente según estipule el conjunto de los profesores de la UC, y fehacientemente informada a los estudiantes al comienzo del año. Aprobar el 100% de dichas instancias. Todas podrán ser recuperadas. 1 (una) instancia Evaluativa Final Integradora (EFI) que deberá ser aprobada con 7 o más, incluida dentro del período de cursado. Los estudiantes que no logren la calificación estipulada en la EFI, pero que obtuvieran 4 o más puntos, deberán rendir un examen final (coloquio) en los turnos de exámenes de diciembre y/o febrero, que le siguen al periodo del cursado,

12 consecutivamente o indistintamente. Este coloquio deberá ser aprobado con 7 (siete) o más. El estudiante debe RECURSAR la unidad curricular cuando: a- En el EXAMEN INTEGRADOR FINAL obtiene 1,2 o 3. b- Habiendo llegado a la instancia de COLOQUIO no aprueba con 7 (siete) en ninguna de las dos oportunidades. b.1. EXAMEN FINAL INTEGRADOR DE SEMINARIOS Y TALLERES Es un examen final que se toma durante el periodo de clases. Es INTEGRADOR, de todos los contenidos trabajados en el año Puede tener diferentes formas o modalidades: trabajos escritos; orales; teóricosprácticos; producciones individuales; grupales; presenciales y/o domiciliarias. Conceptuales y/o de análisis de situaciones didácticas, etc. Los profesores tienen que dar a conocer a los estudiantes los criterios e indicadores con que se va a evaluar No es EL PROMEDIO de las instancias evaluativas anteriores. No es una instancia de recuperación de otras instancias evaluativas. Si el estudiante faltara al EXAMEN FINAL INTEGRADOR por causas fehacientemente justificadas 1 se podrá tomar un recuperatorio en la semana de recuperatorios, que se definirá institucionalmente, figurando en el cronograma anual. b.2. APROBACION DE LOS SEMINARIOS DE LOS DEPORTES COLECTIVOS El Seminario de Didáctica de los Deportes Colectivos es una UC dictada en forma conjunta por los profesores de Deporte Colectivo I y II y Deportes Colectivos III y IV, por lo tanto los estudiantes deben cumplir la carga horaria del mismo (36 hs.), cursando con los dos profesores. Las condiciones de aprobación: 70% de asistencia a las clases que dicta cada profesor 100% de instancias evaluativas aprobadas (máximo 2 evaluaciones, que pueden ser recuperadas) 1 Enfermedad con presentación de certificado médico; muerte de un familiar directo con presentación de certificación; licencia deportiva solicitada en tiempo y forma; paro de transporte; hecho fortuito constatable (Por ej. un accidente de transito)

13 EXAMEN FINAL INTEGRADOR, aprobado con 7 (siete) o más, dentro del periodo de cursado. El EFI deberá representar los contenidos abordados por ambos profesores. Los estudiantes que no logren la calificación estipulada en la EFI, pero que obtuvieran 4 o más puntos, podrán rendir un examen final (coloquio) en los turnos de exámenes de diciembre y/o febrero consecutivamente o indistintamente. Este coloquio deberá ser rendido con los dos profesores que dictaron el Seminario en el mismo curso y sección; y aprobado con 7 (siete). El estudiante debe RECURSAR la unidad curricular cuando: - En el EXAMEN FINAL INTEGRADOR se saca 1,2 o 3. - Habiendo llegado a la instancia de COLOQUIO no aprueba con 7 (siete) en ninguna de las dos oportunidades. b.3. TALLERES INTEGRADORES DE PRÁCTICA DOCENTE FORMATO CURRICULAR Taller Integrador de Practica Docente APROBACION SON OBLIGATORIOS PARA LOS ESTUDIANTES QUE CURSAN PRACTICA DOCENTE I, II Y III. 100% Asistencia. Aprobación del TI con una evaluación cualitativa o cuantitativa. Si el estudiante de PD faltara al/los TALLER/ES INTEGRADOR/ES por causas fehacientemente justificadas los profesores deberán garantizar instancias de recuperación de los contenidos tratados. La participación y evaluación de los estudiantes que cursan otras UC que participan del TI, pero que no son estudiantes regulares de Practica Docente, queda a criterio de los profesores de dichas UC b.4. APROBACION DE LA UNIDAD CURRICULAR VIDA EN LA NATURALEZA I Y II Dada el formato taller de la unidad curricular Vida en Naturaleza, y la particularidad de los contenidos y las actividades que requiere el cursado, la Dirección del Instituto y los Profesores de dicha unidad curricular, acuerdan en: 1. Incorporar en el RAI una cláusula que autorice a los estudiantes que cursan dichas unidades curriculares, a completar las actividades de campo (caminatas,

14 acantonamientos, campamentos) en el año siguiente al que cursó, en el caso de no haberlas podido cumplimentar por razones de causa mayor debidamente justificadas y certificadas 2 2. Incluir en esta situación de excepcionalidad, a aquellos estudiantes que hayan cumplimentado y aprobado todas las otras actividades y evaluaciones previstas en el programa de la UC.; incluida la EFI; dejando suspendida la aprobación definitiva del taller hasta tanto el estudiante acredite las actividades planificadas. 3. Dada esta situación, habilitar la inscripción en el taller de Vida en la Naturaleza de 3er año a los estudiantes de 2do. Año que se encuentren contemplados en 1 y 2. La inscripción se deberá hacer en febrero, una vez que hayan concluido las instancias de coloquio. 4. En el caso que el estudiante no apruebe la EFI, y tampoco lo haga en los coloquios de diciembre y/o febrero del año siguiente, deberá recursar la materia en su totalidad, quedando sin efecto lo especificado en 1 5. Para el registro administrativo de lo planteado en 1, 2 y 3, los profesores deberán, presentar por escrito el listado de estudiantes que se encuentran en las situaciones planteadas a Asuntos Estudiantiles, en el mes de febrero, una vez que concluyeron los coloquios. Asimismo, una vez que el estudiante cumplimentó con las actividades pendientes, deberán informarlo por escrito a Asuntos Estudiantiles quien será el área responsable de registrar la aprobación de la UC. 6. Establecer como normas para otorgar esta excepcionalidad, además de las anteriormente declaradas, que: Los/las estudiantes que se encuentren comprendidos en esta situación, deberán realizar la actividad que correspondiera con el/la profesora con que curso el año anterior, de modo de garantizar la continuidad del proceso pedagógico iniciado el año anterior. Deberán solicitar a los profesores el cronograma de actividades previstas al inicio de clases, asistir a las clases previas a las salidas y participar de las instancias de preparación y organización de las mismas 2 Enfermedad, accidentes, fallecimientos de familiares. Licencias por embarazo, licencias deportivas. Por trabajo, con certificado de trabajo y/o declaración jurada de la relación de dependencia.

15 3.4. CONDICIÓN DE ESTUDIANTE LIBRE Existen dos formas de acceder a la condición de estudiante libre: En la primera situación, es considerado estudiante libre aquel que perdió la condición de estudiante regular en una asignatura. La segunda situación, es cuando el estudiante opta por esta condición en alguna asignatura. Para acreditar una asignatura en condición de estudiante libre deberá aprobar ante una Comisión Evaluadora, una instancia escrita con 4 (cuatro) o más puntos y posteriormente una instancia oral que deberá aprobar también con 4 (cuatro) o más puntos. Las UC y/o EC de Práctica Docente y Práctica Profesional como así también los seminarios y talleres no podrán acreditarse en condición de estudiante libre. El estudiante que pierda la condición de estudiante regular podrá rendir a partir de diciembre del año en que perdió su regularidad. El estudiante que se encuentre recursando una materia, tendrá la opción de rendirla libre en el turno de Julio del mismo año de cursado. Si no aprueba podrá continuar con el cursado regular. El estudiante que opte por la condición de libre podrá rendir en cualquier turno de exámen, siempre que esté matriculado en la Institución, respete la correlatividad y se inscriba en tiempo y forma en el tumo de exámen, según lo indique la Secretaría de la Institución. Quedan exceptuados de la condición de matriculación para rendir en condición de libres, los estudiantes que habiendo concluido con el cursado de toda la carrera, solo le quede el 10% de UC para aprobar. Sólo se podrán rendir en calidad de libre hasta el 30% de las UC y/o EC de la Carrera. Para el Profesorado de Educación Física equivale a 10 (diez) unidades curriculares. En la Tecnicatura Superior de Actividades Física a 5 (cinco) El IPEF prevé la posibilidad de ser estudiante oyente, sin estar sujeto a los requisitos del cursado regular, como una estrategia de acompañamiento a los estudiantes libres; así como, en el caso de contar con personal, organizar instancias de tutorías y horarios de consulta

16 3.5. COMISIÓN EVALUADORA La Comisión Evaluadora se conformará con el docente que esté a cargo de la UC y/o EC y con dos vocales, profesores de la Carrera, preferentemente de UC y/o EC afines. El estudiante que haya desaprobado en dos instancias con el mismo docente a cargo de la UC y/o EC, podrá solicitar la constitución de una nueva Comisión Evaluadora, previa presentación de nota al Consejo Institucional, explicando los motivos de su solicitud TURNOS DE EXÁMENES EXTRAORDINARIOS Los turnos de exámenes extraordinarios se establecerán en los meses de abril/mayo y septiembre para los estudiantes que haya finalizando con cursado de la Carrera y adeuden hasta el 10% de las UC y/o EC. Para el Profesorado de Educación Física equivale a 3 (tres) unidades curriculares. En la Tecnicatura Superior de Actividades Física a 2 (dos) Para el caso de los estudiantes que vean afectada su trayectoria formativa por Cambio de Plan de estudio de una carrera, se definirán condiciones institucionales acordes a lo establecido por el RAM (Cap. 5 Art. 34) 3.7. ESTUDIANTE RECURSANTE Es considerado estudiante recursante, aquel que cursa por segunda o más veces una UC y/o EC en cuestión. Los equipos docentes de las UC podrán diseñar trayectos diferenciados para estos estudiantes que completen y/o complementen el proceso desarrollado en la primera oportunidad. En esos casos se requiere que en el Proyecto Curricular Anual de las Unidades Curriculares se establezcan las instancias y/o modalidades de cursado requeridas al estudiante recursante ESTUDIANTE REGULAR ESPECIAL. Los estudiantes regulares especiales son profesionales egresados del Nivel de Educación Superior que optan por actualizarse en las UC y/o EC de los Planes de estudio de las Carreras de los ÍES. Para acreditar la UC y/o EC elegidos deberá cumplir con la asistencia y las instancias evaluativas previstas. Quienes cumplimenten con todos los requisitos de

17 aprobación tendrán una certificación avalada por la DGES, la DGIPE o la DGETyFP. (Memorando DGES 04/10) REQUISITOS DE INSCRIPCION: Fotocopia del Titulo o constancia de Titulo en trámite (la presentación definitiva del Título se deberá hacer antes del cierre del ciclo lectivo) Fotocopia del DNI Ficha Medica (los interesados podrán presentarla hasta el 30 de Abril del año de inscripción) Abonar Cooperadora LA INSCRIPCION SE REALIZARÁ EN ASUNTOS ESTUDIANTILES A PARTIR DEL 1 de MARZO DE CADA AÑO Y HASTA EL DIA DE INICIO DE CLASES. La inscripción e inicio de cursado posterior a esa fecha se considerará dentro del 70% de asistencia para regularizar la UC CORRELATIVIDADES Las correlatividades son las definidas por la Dirección del Nivel, en los Planes de Estudio aprobados. En los Planes aprobados con anterioridad al 2008 se mantendrá la definición institucional de las correlatividades. Para las correlatividades, se tomará como criterio la relación epistemológica entre las distintas UC y/o EC en cuestión y en congruencia con la práctica profesional. Para acreditar una UC y/o EC, deberá tener aprobada la/el correlativa/o anterior EQUIVALENCIAS Todo estudiante podrá solicitar el reconocimiento de equivalencias de UC y/o EC que se encuentren comprendidos en el Plan de Estudio de la Carrera que cursa, aprobadas en otros Institutos de Educación Superior o en Universidades, con reconocimiento oficial. Las equivalencias podrán solicitarse desde el 1 de diciembre de cada año hasta la fecha en que inician las clases. La respuesta se entregará al estudiante dentro de los 30 (treinta) días siguientes. A tal fin, el estudiante deberá:

18 a. Dirigir nota-solicitud al Director de la Institución; b. Acompañar documento original y fotocopia expedida por la Institución correspondiente con las UC y/o EC aprobadas; c. Adjuntar los programas analíticos autenticados de las referidas UC y/o EC. d. En el caso de estudios realizados en el exterior, deberán realizar el trámite para su reconocimiento, en el Departamento de Validez Nacional de Títulos y Estudios del Ministerio de Educación de la Nación. Mientras dure el tramite de equivalencia, el estudiante deberá inscribirse y cursar la UC que solicita sea reconocida. Toda vez que, si la equivalencia no le es reconocida, no se admitirá la inscripción a la UC fuera de término. Las equivalencias podrán darse de modo total o parcial, conforme a la formación, según el contenido, la extensión, complejidad y orientación general de las UC y/o EC a considerar. Para las equivalencias de modo parcial, se establecerá en cada caso los contenidos que restan medíante una instancia evaluativa definida por el docente de la UC y/o EC. Se considerará de la UC y/o EC presentada/o como equivalente, el tiempo transcurrido desde su aprobación, contemplando que los conocimientos acreditados como aprobados, sean significativos, válidos y actualizados. Se podrá solicitar equivalencias hasta un 45 % del total de las UC y/o EC de la Carrera que se cursa RECONOCIMIENTO DE SABERES RELATIVOS A LAS CARRERAS DE FORMACIÓN TÉCNICA Los estudiantes de la Carrera de Técnico Superior en Actividades Físicas, que hayan realizado una actividad laboral y/o hayan recibido capacitación, de acuerdo con UC y/o EC contempladas en los Planes de Estudio, podrán solicitar reconocimiento de sus saberes, siempre que: - Los saberes adquiridos estén en consonancia con los saberes que se imparten en las UC y/o EC. - Apruebe una instancia evaluativa en una Comisión Evaluadora, siendo obligatorio cumplimentar una instancia escrita y una instancia oral, debiendo el estudiante obtener una calificación mínima de (7) siete o más puntos, resultado que se computará para obtener el promedio de egreso. Para iniciar el tramite de reconocimiento de recorridos formativos personales, el estudiante deberá dirigir una nota al Director, solicitando el reconocimiento de dichos

19 trayectos, fundamentando el pedido y presentando la documentación respaldatoria; en el periodo que va desde el 1 de diciembre de cada año hasta la fecha en que inician las clases. La respuesta se entregará al estudiante dentro de los 30 (treinta) días siguientes. Mientras dure el tramite de reconocimiento de saberes técnicos, el estudiante deberá inscribirse y cursar la UC que solicita sea reconocida. Toda vez que, si la solicitud no le es reconocida, no se admitirá la inscripción a la UC fuera de término. 4. COMPLEMENTARIAS 4.1. REQUISITOS PARA LA ELECCIÓN DE ABANDERADOS Para la elección de los abanderados se considerará: El compromiso ético que exige la profesión, su compromiso con la actividad académica, sus capacidades ciudadanas y solidarias, el compromiso con el proyecto institucional y las calificaciones obtenidas. Haber aprobado más del 70% de las unidades y/o espacios curriculares del Pían de Estudio Haber cursado en la Institución el 50% de UC y/o EC..La elección del abanderado será anual con la participación de docentes y estudiantes ESTUDIANTE DE CARRERAS A TÉRMINO. Los estudiantes de las Carreras a término tendrán, al igual que en el resto de las Ofertas formativas, el mismo plazo de (7) siete turnos consecutivos para la aprobación de las UC y/o EC, en condición de regular. Dicho estudiante tiene el derecho de acceder a la condición de libre, tal como se especificó previamente. El Ministerio de Educación, a través de sus Direcciones Generales, garantizará que los Institutos que oferten Carreras a término, diseñen espacios de acompañamiento para los estudiantes una vez finalizado el tiempo de cursado CAMBIO DE PLAN DE ESTUDIOS DE UNA CARRERA Cuando se implemente un cambio de Planes de Estudio en una Carrera, el Ministerio de Educación, a través de sus diferentes Direcciones, establecerá los criterios y los procedimientos

20 para garantizar la finalización de la Carrera de los estudiantes que se encuentren cursando en el Plan anterior. Dichos procedimientos considerarán la flexibilización de los plazos de las regularidades y de las correlatividades, diseño de programas de acompañamiento a estudiantes que deban rendir exámenes regulares y libres, fijar mesas extraordinarias de exámenes y definición de régimen de equivalencias entre las UC y/o EC del Plan nuevo y las del Plan que caduca. Para estos estudiantes, se establece un plazo de 3 (tres) años, desde el final del dictado del último año de la Carrera del Plan que cierra CAMBIO DE INSTITUCIÓN. Aquellos estudiantes que deseen cambiar de una Institución de Educación Superior a otra, en la misma Jurisdicción, con igual Plan de estudio, deberán presentar la documentación que certifique la aprobación de las UC y/o EC. Para tal fin, la Institución y Carrera de origen deberá estar inscripta en el Registro Federal de Ofertas e Instituciones correspondiente. La incorporación de dichos estudiantes en la nueva Institución deberá ser con la aceptación total de las UC y/o EC ya aprobadas en la Institución de origen. Las UC y/o EC de opción institucional, que no tengan equivalencia con el Plan de la Institución de origen, deberán ser cursados y aprobados o rendirse libre, si el Plan lo permite. Los estudiantes que cursaron otros Planes de estudio, de la misma o distinta Jurisdicción, deberán enmarcarse en el régimen de equivalencias. Los estudiantes que provengan de distintas Jurisdicciones y de la misma Carrera, deberán atenerse al régimen de equivalencias, dada la diversidad de Planes de estudio para las mismas Carreras en!as distintas provincias. Los estudiantes de la misma o distinta Jurisdicción que acrediten materias regularizadas (pero no aprobadas), deberán rendir con una Comisión Evaluadora con el/los programa/s del IPEF.

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