HEZKUNTZA, HIZKUNTZA POLITIKA ETA KULTURA SAILA DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA

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1 RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2013, de la Viceconsejera de Educación, por la que se convoca a los centros públicos de Educación Primaria y Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la realización de proyectos de actuación en el ámbito de la coeducación y la prevención de la violencia de género a desarrollar en los cursos , y El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura quiere promover un proceso de transformación de un modelo de escuela mixta a un modelo de escuela coeducativa que contribuya a prevenir la violencia de género y cualquier manifestación de violencia en cuyo origen está el sexismo. Para ello, el Departamento ha elaborado el Plan Director para la coeducación y la prevención de la violencia de género en el sistema educativo. Entre sus objetivos se encuentra: impulsar que los centros incorporen la perspectiva de género en su cultura, políticas y prácticas, contando con los diferentes agentes de la comunidad escolar. La violencia de género es la máxima consecuencia de un sistema basado en el sexismo y en la desigualdad de mujeres y hombres. La escuela puede contribuir a la transformación de relaciones de poder entre el alumnado y puede realizar los cambios necesarios para asegurar una socialización en relaciones igualitarias, que respete la diversidad de identidades existentes y permita el desarrollo personal tanto de las alumnas como de los alumnos. La Ley 1/1993 de 19 de febrero, de la Escuela Pública Vasca, en su artículo 3 punto 1, define la escuela como plural, bilingüe, democrática, al servicio de la sociedad vasca, enraizada social y culturalmente en su entorno, participativa, compensadora de las desigualdades e integradora de la diversidad. Y señala como uno de sus fines: asegurar el carácter coeducador de la enseñanza que se imparta. Por su parte la Ley 4/2005 de 18, para la igualdad de Mujeres y Hombres, amplia y profundiza en este fin, y en su artículo 28 insta al sistema educativo al desarrollo de un modelo coeducativo. En concreto señala que las políticas públicas educativas deben ir dirigidas a conseguir un modelo educativo basado en el desarrollo integral de la persona al margen de los estereotipos y roles en función de sexo, el rechazo de toda forma de discriminación y la garantía de una orientación académica y profesional no sesgada por el género. Por ello se potenciará la igualdad real de mujeres y hombres en todas sus dimensiones: curricular, organizativa y otras. En relación al currículo, la Ley de Igualdad 4/2005, de 18 de febrero, recoge en su artículo 29 que la Administración educativa incentivará la realización de proyectos coeducativos e integrará objetivos coeducativos en el diseño y desarrollo curricular de todas las áreas de conocimiento y disciplinas de las diferentes etapas educativas. 1

2 Por todo ello, y en el marco de las competencias atribuidas, RESUELVO Primera. Objeto de la convocatoria y recursos económicos 1. El objeto de la presente convocatoria es convocar a los centros públicos de Educación Primaria y Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi a la presentación de proyectos de actuación en el ámbito de la coeducación y la prevención de la violencia de género para su desarrollo en los cursos , y Se seleccionarán un máximo de 50 centros públicos para que, durante el curso escolar , diseñen un plan de actuación que abarque los cursos , y , y que les permita abordar la coeducación y la prevención de la violencia de género de manera global, sistemática e integrada en su centro educativo. 3. El proyecto de actuación podrá formar parte del Plan de Convivencia. Segunda. Distribución 1. La selección de los proyectos se ajustará a la distribución territorial y por etapas que se establece en la siguiente tabla: Territorio Educación Primaria Educación Secundaria Obligatoria Total Álava Bizkaia Gipuzkoa Total No obstante, se autoriza a modificar la distribución por etapas dentro de cada territorio, si las solicitudes seleccionadas para una etapa no alcanzaran el número de plazas previstas. Asimismo, si aún persistiera un exceso de plazas, éstas pasarán a incrementar el número de plazas asignadas a la misma etapa en los otros territorios. Tercera. Requisitos Para participar en el proceso de selección, la solicitud deberá cumplir los siguientes requisitos: 2

3 a) Contar con el compromiso de participación de, al menos, el 60% del profesorado de la RPT del centro. b) Obtener la aprobación de la realización del proyecto por el OMR. c) Recoger el acuerdo del OMR del centro de integrar, en el caso de ser seleccionado, el proyecto en el Plan Anual de Centro. d) Tener identificada la persona responsable de coeducación y prevención de violencia de género en el centro, que deberá reunir las condiciones idóneas para ello por su estabilidad y conocimiento del centro, sensibilidad, implicación, formación y competencias para dinamizar, coordinar y liderar el proceso. A dicha persona se le adjudicará el crédito horario. e) Tener nombrada la persona representante de igualdad en el Órgano Máximo de Representación (OMR) del centro. f) Contar con una Comisión de Igualdad con representación de toda la Comunidad Educativa, o comprometerse a constituirla. Cuarta. Asignación 1. A los centros seleccionados se les asignarán 3 horas de crédito horario semanal durante cada uno de los tres cursos escolares a los que hace referencia esta convocatoria. Para facilitar la gestión y rentabilizar el crédito horario se contempla la posibilidad de que el centro solicite la acumulación de las horas que se conceden en un único curso. En tal caso, el centro deberá comprometerse y posibilitar que la persona responsable del proyecto pueda desarrollar sus tareas a lo largo de los 3 cursos. La Dirección de Innovación Educativa concretará con los centros seleccionados los términos en los que gestionará el crédito horario. 2. Las personas responsables de coeducación y violencia de género de los centros seleccionados participarán en los seminarios zonales, y en el asesoramiento directo del Berritzegune zonal durante todo el proceso. 3. El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura ofrecerá formación a las personas representantes de igualdad de los centros seleccionados. 4. Los centros de Educación Primaria seleccionados que así lo soliciten (Anexo III) tendrán acceso al programa Nahiko!, para trabajar en el aula la coeducación y la prevención de la violencia de género. Para ello, Emakunde ofrecerá a estos centros: Acceso gratuito al material Nahiko!. Sesiones de formación a las tutoras o tutores. 3

4 Durante el curso para los materiales de 1º, 3º y 5º de Primaria. Durante el curso para los materiales de 2º, 4º y 6º de Primaria. Coordinación, seguimiento, asesoramiento y apoyo en la aplicación del Programa Nahiko!. Apoyo y materiales para que los centros trabajen el Programa con las familias. 5. Los centros de Educación Secundaria seleccionados que así lo soliciten podrán acceder al Programa Beldur Barik para trabajar en el aula la coeducación y la prevención de la violencia de género. Para ello, Emakunde ofrecerá a estos centros: Acceso gratuito al material Beldur Barik. Sesiones de formación del profesorado en prevención de la violencia sexista en general y para la utilización del material de cada ciclo en particular: Durante el curso para los materiales de 1º y 3º de ESO. Durante el curso para los materiales de 2º y 4º de ESO. Coordinación, seguimiento, asesoramiento y apoyo en la aplicación del Programa Beldur Barik. Apoyo y materiales para que los centros trabajen el Programa con las familias. Quinta. Solicitud y documentación 1. Se deberá presentar la solicitud ajustada al modelo normalizado que figura en el Anexo I de la presente circular. 2. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación siguiente: a) Certificado de la directora o director del centro sobre el número de profesores y profesoras que participan en el desarrollo de este proyecto y de identificación de la persona responsable. b) Acta del Claustro en el que se haga constar expresamente que conoce el citado proyecto, y que asume las repercusiones que el mismo pueda tener para la organización interna del centro, así como todos los compromisos y requisitos de la convocatoria. 4

5 c) Acta del Órgano Máximo de Representación del centro escolar, en la que conste su conformidad con la solicitud, se certifique la implicación en el proyecto de las diferentes personas que componen la comunidad escolar y se adopte el compromiso de implementar el Plan de actuación que se derive del trabajo que se desarrolle en el marco de esta convocatoria. d) Documento en el que se justifique la necesidad y las razones que motivan al centro a abordar la coeducación y la violencia de género, y a presentarse a esta convocatoria. e) Síntesis de la actuación educativa, de los últimos 5 años, que el centro ha desarrollado en las siguientes materias: coeducación, igualdad de mujeres y hombres, prevención de violencia de género, diversidad sexual, relaciones afectivo sexuales. f) Currículum de la persona responsable de coeducación y prevención de violencia de género, en el que se deberá detallar conocimiento, experiencia en materia de coeducación, igualdad de mujeres y hombres, violencia de género y experiencia en coordinación y dinamización de grupos, proyectos, etc. Sexta. Plazo y lugar de presentación Las solicitudes, dirigidas a la Dirección de Innovación Educativa, deberán presentarse antes del día 21 de noviembre en las Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía, Zuzenean, o Delegaciones Territoriales de Educación. También podrá utilizarse para la presentación de solicitudes cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que los o las solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea sellada por el funcionario o la funcionaria de Correos, antes de ser certificada. Séptima. Comisión de selección 1. Una comisión de selección baremará las solicitudes, elaborará la relación de centros seleccionados y elevará su propuesta a la Viceconsejera de Educación. 2. La comisión de selección estará compuesta por: a) La Directora de Innovación Educativa o persona en quien delegue, que ejercerá la presidencia. b) Los Responsables Territoriales de Innovación Educativa o personas en quienes deleguen. 5

6 c) Un/a Inspector/a d) La persona responsable en el Berritzegune Central de Escuela Inclusiva (diversidad género). e) Una persona del servicio de innovación pedagógica, que actuará como secretaria. 3. La Comisión de evaluación, para el mejor ejercicio de sus funciones, podrá recabar el asesoramiento de personas expertas en materia de políticas de igualdad de mujeres y hombres. Octava. Resolución 1. Examinada la propuesta de la comisión de selección, la Viceconsejera de Educación dictará la resolución provisional, que se hará pública el día 29 de noviembre de 2013, frente a la que los centros podrán presentar las reclamaciones que consideren oportunas hasta el 5 de diciembre de 2013, inclusive. 2. La Viceconsejera de Educación dictará resolución definitiva, tras examinar las alegaciones presentadas, que se publicará el día 13 de diciembre de Contra la resolución definitiva, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación. Novena. Criterios de valoración y selección 1. Las solicitudes presentadas serán valoradas por la Comisión de selección de 0 a 30 puntos). Se valorará, con un máximo de 10 puntos, el grado de adecuación del documento de justificación al Plan Director para la Coeducación y la Prevención de la Violencia de Género en el sistema educativo : /es/contenidos/informacion/dig_publicaciones_innovacion/es_conviven/adju ntos/coeducacion/920006c_pub_ej_hezkidetza_plana_c.pdf Se valorará hasta un máximo de 10 puntos la trayectoria del centro en los últimos 5 años, en el impulso de actuaciones, programas, proyectos, formación, etc. en las siguientes materias: coeducación, igualdad de mujeres y hombres, prevención de violencia de género, diversidad sexual, relaciones afectivo sexuales. Se valorará, hasta un máximo de 4 puntos, que el centro haya participado en los seminarios Educar para la igualdad y prevenir la violencia de género organizados por los Berritzegune en los últimos 5 años. 6

7 Se valorará, hasta un máximo de 4 puntos, que el centro haya participado en el Programa Nahiko! y/o el Programa Beldur Barik. Se valorará, hasta un máximo de 2 puntos, el currículum de la persona responsable de coeducación y prevención de la violencia de género, tanto su experiencia en materia de coeducación, igualdad de mujeres y hombres, violencia de género como su experiencia en coordinación y dinamización de grupos, proyectos, etc. 2. Se seleccionarán hasta 50 centros en función de la puntuación obtenida, de mayor a menor, y los criterios de distribución. Décima. Obligaciones de los centros 1. Al finalizar el curso , el centro habrá esbozado un proyecto de actuación que les permita abordar la coeducación y la prevención de la violencia de género para los cursos , y Realización cada curso de un plan de trabajo y de su correspondiente memoria. Ambos documentos formarán parte del Plan anual y de la Memoria anual del centro, respectivamente. 3. Posibilitar a la persona responsable de coeducación y prevención de violencia de género del centro la asistencia al seminario zonal y a las actividades de formación que organice el Departamento. 4. Participación de la persona responsable de coeducación y prevención de violencia de género en los seminarios zonales de los Berritzegune, que servirán de punto de encuentro, coordinación y asesoramiento de los centros participantes en esta convocatoria. 5. Participación de la persona representante de igualdad del centro en la formación que impartirá el Departamento. 6. Los centros que participen en Nahiko! a) Participar en el programa dos años, los correspondientes al ciclo de Primaria elegido. b) Asistencia de al menos una tutora o tutor del nivel educativo del ciclo en el que se aplicará el programa Nahiko! a la jornada (de uno o dos días) de formación (sesión formativa, taller y seguimiento e intercambio con otros centros) de profesorado en coeducación e igualdad de alumnas y alumnos. Es decir, durante el curso , al menos una tutora o tutor de 1º, 3º o/y 5º de Primaria respectivamente. Dichas jornadas tendrán lugar en una sede o delegación del Gobierno Vasco. 7

8 c) Utilizar con el alumnado los materiales didácticos de las tres unidades didácticas según las indicaciones de sus guías didácticas correspondientes, observar las reacciones y comportamientos de su alumnado y evaluar tanto el desarrollo del programa y sus materiales como los aprendizajes de su alumnado al respecto. d) Convocar y organizar una reunión informativa con las familias de cada ciclo que participe en el programa Nahiko! durante el primer trimestre (antes de que reciban en casa el cuaderno familiar de la unidad didáctica correspondiente). 7. Los centros que participen en Beldur Barik a) Participar en el programa dos años, los correspondientes al ciclo de Secundaria elegido. b) Asistencia de las tutoras o tutores del nivel educativo del ciclo en el que se aplicará el programa Beldur Barik a las jornadas de formación (sesión formativa, taller práctico y seguimiento e intercambio con otros centros). c) Utilizar con el alumnado los materiales didácticos según las indicaciones de sus guías didácticas correspondientes, observar las reacciones y comportamientos de su alumnado y evaluar tanto el desarrollo del programa y sus materiales como los aprendizajes de su alumnado al respecto. d) Convocar y organizar una reunión informativa con las familias de cada ciclo que participe en el programa Beldur Barik durante el primer trimestre. VItoria Gasteiz, a 5 de noviembre de 2013 LA VICECONSEJERA DE EDUCACIÓN Fdo: Arantza Aurrekoetxea Bilbao 8

9 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN ANEXO I CÓDIGO CENTRO Don/Doña con DNI... en calidad de director/a y presidente/a del Órgano Máximo de Representación del centro EXPONE: Que, conociendo los términos de la Resolución de la Viceconsejera de Educación por la que se convoca a los centros públicos de Educación Primaria y Educación Secundaria de la CAPV, para solicitar la realización de proyectos de actuación que les permita abordar la coeducación y la prevención de la violencia de género para los cursos , y , el Centro al que representa quiere participar. CERTIFICA QUE: 1) El Claustro en sesión celebrada el día... manifiesta que al menos el 60% del profesorado de la RPT del centro ha votado a favor de participar en la elaboración del plan de intervención, que todo el profesorado conoce la documentación presentada y que asume las repercusiones que la misma pueda tener en la organización interna del centro, así como los compromisos referidos a la realización del plan de intervención, a la formación y al seguimiento y evaluación. 2) El Órgano Máximo de representación en sesión celebrada el día... aprueba la solicitud de participación y adquiere el compromiso, en caso de ser aprobado, de incluir el proyecto de elaboración del plan de intervención en el plan anual y en la memoria anual, así como de elaborar el Plan de actuación.. 3) La persona responsable de coeducación del centro es :, la persona representante de igualdad en el Consejo Escolar es, perteneciente al estamento., y que el centro tiene creada o creará una Comisión de Igualdad con representación de toda la comunidad escolar. En..., a... de...de 2013 LA DIRECTORA / EL DIRECTOR (firma y sello) DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN EDUCATIVA 9

10 ANEXO II a) Justificación de la necesidad y las razones que motivan al centro a abordar la coeducación y la violencia de género, y a presentarse a esta convocatoria. b) Síntesis de la actuación educativa que el centro ha desarrollado para impulsar la coeducación y la prevención de la violencia de género y su incidencia en el centro. c) Curriculum de la persona responsable de coeducación y prevención de violencia de género. 10

11 ANEXO III Solicitud de participación en los Programas Nahiko! o Beldur Barik Solicita participar en el Programa Nahiko! Sí No Niveles 1º Educación Primaria 3º 5º Solicita participar en el Programa Beldur Barik Sí No Niveles Educación Secundaria Obligatoria 1º 3º 11

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