Consejo de la Magistratura

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Consejo de la Magistratura"

Transcripción

1 Consejo de la Magistratura RESOLUCION Nº 617/05 En Buenos Aires, a los 15 días del mes de diciembre del año dos mil cinco, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, con la Presidencia del Dr. Eduardo D. E. Orio, los señores consejeros presentes, VISTO: El expediente /05, caratulado Informe s/ modificación normativa de viáticos y; CONSIDERANDO: 1º) Que ante la diversidad y antigüedad de las disposiciones que regulan la materia, resulta necesaria su revisión y actualización. 2º) Que tal proceder permitiría dar un adecuado marco legal a las situaciones que se presentan en el cumplimiento de las funciones propias de este Poder Judicial de la Nación. 3º) Que la unificación normativa facilitará la individualización y comprensión del régimen legal y de los procedimientos administrativos aplicables a cada caso en particular. Por ello, SE RESUELVE: CAPÍTULO I: ANTICIPOS Y REINTEGROS DE VIÁTICOS. 1º) Los viáticos son la asignación diaria fija que se otorga a los magistrados, funcionarios y empleados del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, para atender los gastos personales que le ocasione el desempeño de una comisión de servicio en un lugar situado a más de 50 (cincuenta) kilómetros de su asiento habitual o que, aún cuando esté ubicado a una distancia menor, obligue al agente a pernoctar en el sitio de su actuación provisional, por exigirlo así el cumplimiento de la misma o la falta de medios apropiados de movilidad. Se considerarán comprendidos en la presente

2 disposición, las personas que se desempeñen en cargos de planta permanente, adscriptos, contratados y también aquellos que cumplan funciones ad honorem asignadas por autoridad competente. 2º) Los viáticos deben ser utilizados para aquellas necesidades de hospedaje, comida y transporte, respetando los principios de racionalidad, economía y prudencia. En ese sentido no corresponde destinarlos a la atención de gastos por la compra de artículos que son de uso habitual en la vida cotidiana cuya necesidad no se genera por el traslado a la localidad en donde se desarrolla la comisión de servicio. 3º) Se entiende por asiento habitual (a los efectos previstos en el artículo 1º), la localidad donde se encuentre instalada la dependencia en la cual se presta efectivo y permanentemente servicio. 4º) El importe del viático diario será el equivalente a la veinteava parte de la remuneración y adicionales que con carácter general correspondan a la categoría escalafonaria que posea el solicitante, con prescindencia de los que obedecen a las características individuales de revista de la persona. Cuando la comisión de servicio deba realizarse fuera de los límites territoriales de la República Argentina y el costo de vida del país de destino resulte evidentemente más oneroso, el importe del viático diario previsto en el párrafo anterior se considerará expresado en la moneda de curso legal del lugar de destino, y, por lo tanto, se deberá liquidar la cantidad de pesos necesaria para afrontar la diferencia de cambio que origine la respectiva conversión monetaria. El viático diario a ser liquidado no podrá ser inferior al correspondiente al cargo de Jefe de Despacho (P.A.T.). 5º) El otorgamiento del viático se ajustará a las siguientes normas: a) Comenzará a devengarse desde la hora en que el agente sale de su asiento habitual para desempeñar la comisión de servicio, hasta la hora de su regreso, ambas inclusive. b) Se liquidará viático completo cada 24 horas

3 Consejo de la Magistratura de comisión o cuando al menos se superen las 12 horas desde el inicio de la comisión y se haya pernoctado en la localidad en donde se desarrolla la misma. c) Si la comisión de servicio no pudiera ajustarse a lo señalado en el apartado anterior, se liquidará el 50% del viático diario sólo cuando su duración supere las 8 horas. d) Al personal que se desempeña en los tribunales u organismos con carácter ad honorem y que en virtud de las funciones que cumple, deba realizar comisiones fuera de su asiento habitual, se le liquidarán viáticos en función de lo dispuesto en el presente capítulo. 6º) A las personas que deban desplazarse en cumplimiento de comisiones de servicio se les otorgará los correspondientes pasajes aéreos (clase turista o común) y/o terrestres, según corresponda. 7º) Cuando se utilicen para el cumplimiento de comisiones de servicio vehículos autorizados por la Administración General del Poder Judicial de la Nación para uso oficial (de carácter permanente o sólo afectado a una comisión específica), se les podrá anticipar con cargo de rendir cuenta y a efectos de afrontar los gastos de combustibles, lubricantes, peajes y eventuales desperfectos mecánicos, la suma equivalente al 25% del valor oficial establecido para el litro de nafta especial por cada kilómetro a recorrer, sobre la base del viaje de ida y vuelta. 8º) Procede el reintegro de los gastos de traslado de las pertenencias y de los restos de los agentes que fallezcan en el cumplimiento de comisiones de servicios, hasta la localidad donde residía habitualmente, dentro del territorio nacional. También se otorgarán los pasajes para los familiares que hubiesen estado a cargo del extinto y que necesariamente deban trasladarse para realizar los trámites relacionados con su fallecimiento. 9º) Corresponde la liquidación de viáticos y pasajes para los agentes dependientes del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación que deban presentarse en el Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder

4 Judicial de la Nación, como así también para las personas que deban trasladarse conjuntamente, cuando ello responda a razones debidamente fundadas y autorizadas por la superioridad. 10) Cuando la comisión de servicio no reúna los requisitos exigidos en el artículo 1º) o tenga una duración inferior a la prevista en el inciso c) del artículo 5º), sólo se podrá solicitar la asignación de los pasajes previstos en los artículos 6º) y 7º), cuando su costo no pueda afrontarse con los fondos disponibles para la atención de los gastos de funcionamiento. 11) Los pedidos de viáticos y/o pasajes se ajustarán a las siguientes pautas: a) Se formalizarán mediante oficio suscripto por el titular del juzgado u organismo solicitante, y deberá contener los nombres, apellidos y cargos escalafonarios de las personas afectadas a la comisión de servicio, los motivos que justifican su realización, el lugar donde se va a desarrollar la misma, las fechas de inicio y finalización y el medio de transporte que se va a utilizar. La necesidad de uso de vehículos particulares, deberá estar pormenorizadamente justificada e indicarse su marca, modelo y número de dominio. b) Según corresponda, dicho oficio deberá ser intervenido de conformidad por la respectiva cámara nacional o federal, los tribunales orales u organismos que integran el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. Cumplido, se enviarán las correspondientes actuaciones a la Dirección General de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación a fin de adoptar los recaudos presupuestarios y elevar a consideración de la Administración General del Poder Judicial de la Nación el pertinente proyecto de resolución. c) No se dará curso a aquellos trámites de asignación de viáticos y pasajes que no cumplan con la totalidad de los requisitos enunciados en el presente artículo. d) Asimismo, se hace saber a los señores magistrados y funcionarios que extremen los recaudos para circunscribir las comisiones de servicio y los gastos que las

5 Consejo de la Magistratura mismas demanden, a aquellas que resulten imprescindibles para el cumplimiento de sus funciones. No se dará curso a las solicitudes de anticipos o reintegros de viáticos de magistrados y funcionarios por asistencia a jornadas, congresos o conferencias, aún cuando hubieren sido comisionados por las respectivas autoridades de superintendencia. 12) Dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la finalización de la comisión de servicio, sus integrantes deberán rendir cuenta de la misma enviando a la Dirección General de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura, un oficio brindando los datos indicativos de dicha comisión y de la liquidación por la que se asignaron los fondos y el o los formularios de planilla de viático que se incluye como ANEXO I. Dicho formulario deberá ser confeccionado individualmente por cada una de las personas comisionadas, contener toda la información requerida y estar firmado por el interesado y por el titular del tribunal u organismo que solicitó la asignación de viáticos. Asimismo, se deberá adjuntar los comprobantes originales de los pasajes que se detallen en el rubro: medio de transporte utilizado. Cuando el traslado se haya efectuado en vehículos afectados al uso oficial en los términos del artículo 7º), se acompañarán los comprobantes de los gastos incurridos durante el viaje que deberán cumplir con los requisitos exigidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos para su emisión. 13) Cuando el importe de los viáticos no alcance para cubrir el total de las erogaciones incurridas durante la comisión de servicio que respondan a los parámetros fijados en el artículo 2º), se podrá requerir el reintegro de lo abonado en exceso. A tal efecto deberá seguirse el siguiente procedimiento: a) El solicitante dará cumplimiento a las disposiciones del artículo 12) y además, completará los datos requeridos en la planilla que se agrega como ANEXO II

6 detallando cada uno de los gastos atribuibles a su persona durante la comisión, adjuntando los originales de los respectivos comprobantes que deben reunir los requisitos exigidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos para su emisión. b) El titular del tribunal u organismo bajo cuya supervisión se realizó la comisión de servicio, enviará a la Dirección General de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura la documentación mencionada en el apartado a), expresando su opinión respecto a la razonabilidad del reintegro de los mayores gastos. CAPÍTULO II: VIÁTICOS Y PASAJES PARA TESTIGOS. 14) Son los destinados a cubrir los gastos de traslado y estadía de las personas que deban testificar o declarar en una causa judicial, independientemente de la situación procesal en que se encuentren. Dichas erogaciones deben responder a los principios de racionalidad, economía y prudencia en la administración de fondos. Por tal motivo, se exhorta a los señores magistrados y funcionarios a restringir al máximo la asignación de las citadas partidas de gastos. 15) El importe del viático diario será el equivalente a la veinteava parte de la remuneración y adicionales que con carácter general correspondan a la categoría presupuestaria de Jefe de Despacho (P.A.T.). Su asignación se efectuará de acuerdo a las disposiciones del artículo 5º) del CAPÍTULO I. 16) El presente régimen se hará extensivo a las personas que indispensablemente deban concurrir o acompañar a menores de edad o incapacitados. 17) Los pasajes que se otorgarán serán en micro o ferrocarril. Sólo en casos excepcionales fundados en razones de urgencia, distancia a recorrer o economía procesal, se podrá usar el traslado vía aérea en clase turista o común. 18) Los pedidos de viáticos y pasajes se solicitarán a la Dirección General de Administración Financiera del Consejo

7 Consejo de la Magistratura de la Magistratura, mediante oficio suscripto por el titular del tribunal donde se dejará constancia: a) La carátula de la causa. b) Nombre, apellido y número de documento de la/s persona/s que deba/n prestar declaración. c) Fecha de inicio y finalización y el medio de transporte que se va a utilizar. 19) No se dará curso a aquellas solicitudes que no reúnan la totalidad de los requisitos enunciados en el artículo anterior. Asimismo, se hace saber a los señores magistrados que extremen los recaudos para circunscribir los pedidos a aquellos que resulten imprescindibles. 20) Dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la finalización de la declaración, se presentará ante la Dirección General de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura la pertinente rendición de cuentas con la siguiente documentación: a) Las actuaciones por la que se tramitó la asignación de fondos. b) Oficio del titular del tribunal donde señale el número de la liquidación objeto de la rendición, su importe y un detalle de los montos erogados. c) Recibo de los conceptos e importes percibidos, suscripto por cada testigo, con aclaración de firma y número de documento de identidad. CAPÍTULO III: ASIGNACIÓN DE PASAJES AL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN EL SUR DEL PAÍS. 21) El personal que presta servicios en los tribunales y organismos sitos en la Provincia de Tierra del Fuego y en el Juzgado Federal de Río Gallegos, tendrán derecho al otorgamiento a su favor, de un pasaje aéreo ida y vuelta en clase turista o común por año para su traslado a cualquier punto de la República, siempre que éste sea el lugar de residencia de sus familiares directos, entendiéndose como tales, para el agente casado, su cónyuge y/o hijos; para el agente soltero, sus padres. Aquellos que cumplan sus funciones habituales al norte del paralelo 26 y al sur del paralelo 42, podrán acceder

8 a tal beneficio, cada dos años. 22) Las órdenes oficiales de pasaje que se emitan al efecto, tendrán una vigencia de dos años calendario, caducando todo derecho a su renovación una vez vencido dicho plazo. 23) Cuando el personal al que se refiere el artículo 21) optare por trasladarse por vía terrestre en vehículos de su propiedad, tendrá derecho al reintegro del importe del pasaje aéreo pertinente, cuyo valor no será superior al que corresponde hasta la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 24) A tales efectos, el interesado deberá dejar constancia de tal circunstancia en la solicitud de licencia, como asimismo del número de patente del automóvil y lugar de destino. A su regreso el interesado deberá presentar el certificado policial en el que conste su permanencia en el lugar de destino con el vehículo denunciado, el que será remitido a la Dirección General de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura, con certificado del titular del tribunal en el que acredite el uso efectivo de la licencia por parte del agente y la orden oficial de pasaje que se pretende reemplazar por el efectivo. Con dicha documentación, la citada Dirección procederá a la liquidación de la suma consignada en el artículo 23). CAPÍTULO IV: GASTOS DE MUDANZA Y PASAJES. 25) El personal transferido de su asiento habitual, siempre que el desplazamiento implique su cambio de domicilio, tendrá derecho a la extensión de las órdenes oficiales de pasaje para su traslado al nuevo destino y el de sus familiares a cargo. Si el traslado se realiza por vía aérea, sólo se reconocerá el costo de los pasajes en clase turista o común. 26) Asimismo, se abonarán los gastos de mudanza de los muebles y efectos personales del grupo familiar, hasta un máximo de kilogramos. A fin de tramitar la pertinente asignación de fondos, el interesado deberá solicitarlo mediante oficio dirigido a la

9 Consejo de la Magistratura Dirección General de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura, acompañando 3 (tres) presupuestos de casas del ramo, dejando constancia, en caso contrario, de las razones que impidieron proceder así. 27) El Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación no se hará responsable por el deterioro, pérdida o robo que pudieran sufrir los muebles y efectos personales con motivo de su mudanza. 28) Dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a concretarse el traslado de las personas y bienes, y mediante oficio de estilo, el interesado presentará ante la Dirección General de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura los originales de los pasajes utilizados y de las facturas y/o recibos extendidos por la empresa que realizó la mudanza, que deberán cumplir con los requisitos exigidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos para su emisión. CAPÍTULO V: DEVOLUCIÓN DE RECURSOS NO INVERTIDOS. 29) Los remanentes de las partidas de fondos asignados por el presente régimen deberán ser reintegrados a la Dirección General de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura conjuntamente con la correspondiente rendición de cuentas, mediante un cheque extendido a nombre de: PJN 05/320 D.A.F. C. MAGIST. PPTO. JUDICIAL y firmado por las personas autorizadas al efecto por la entidad bancaria. Dentro de las 72 horas de asentada su fecha de emisión, el cheque debe ser remitido a la citada Dirección, a fin de realizar los trámites internos de registración contable y su posterior depósito bancario, dentro del plazo de vigencia de dicho documento. CAPÍTULO VI: DISPOSICIONES VARIAS. 30) Dejase sin efecto toda disposición en contrario con el régimen dispuesto en la presente. Regístrese y por intermedio de la Dirección General de Administración Financiera, comuníquese a todos los tribunales y organismos dependientes del Consejo de la Magistratura. Firmado por ante mí, que doy fe.

10 Fdo.: Joaquín Pedro da Rocha - Juan C. Gemignani - Ricardo Gómez Diez - Claudio M. Kiper - Carlos M. Kunkel - Eduardo D. E. Orio - Lino E. Palacio - Luis E. Pereira Duarte - Victoria P. Pérez Tognola - Miguel A. Pichetto - Beinusz Szmukler - Pablo G. Hirschmann (Secretario General).

Consejo de la Magistratura RESOLUCIÓN N 617/05

Consejo de la Magistratura RESOLUCIÓN N 617/05 Consejo de la Magistratura RESOLUCIÓN N 617/05 En Buenos Aires, a los 15 días del mes de diciembre del año dos mil cinco, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial

Más detalles

REGLAMENTO PARA OTORGAR DIETAS,

REGLAMENTO PARA OTORGAR DIETAS, COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO UNIÓN MERCEDARIA LTDA. REGLAMENTO PARA OTORGAR DIETAS, VIATICOS, MOVILIZACIÓN Y SUBSISTENCIA La Asamblea General de Socios y el Consejo de Administración de la Cooperativa

Más detalles

E L CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO

E L CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO E L CONSEJO POLITÉCNICO DE LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO Que, los artículos 226 al 231 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa

Más detalles

REGLAMENTO DE VIATICOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

REGLAMENTO DE VIATICOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA REGLAMENTO DE VIATICOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Acuerdo Ministerial 396 Registro Oficial 220 de 27-nov-2007 Estado: Vigente NOTA GENERAL: Por Resolución de la SENRES No. 80, publicada en Registro

Más detalles

ochenta (380,00. ) Resto del País: Pesos, cuatrocientos ($400,00. )

ochenta (380,00. ) Resto del País: Pesos, cuatrocientos ($400,00. ) VIÁTICOS Ac. 63/09 ACORDADA NUMERO SESENTA Y TRES: En la ciudad de Posadas, capital de la Provincia de Misiones, República Argentina, a los veintiséis días del mes de agosto de dos mil nueve, se reúnen

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO REGIMEN DE VIATICOS UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO Aprobado por Resolución UNM-R Nº 503/12 Diciembre de 2012 MORENO, 28 DIC 2012 VISTO el Expediente Nº UNM:0000893/2012 del Registro de la UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155

D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155 D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155 ORDEN de 31 de agosto de 2006 por la que se convocan ayudas para la realización de prácticas reconocidas en los planes de estudios conducentes a la obtención de

Más detalles

LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS TARIFAS APROBADAS PARA LA AFECTACIÓN DE LAS PARTIDAS DE VIÁTICOS Y GASTOS DE CAMINO

LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS TARIFAS APROBADAS PARA LA AFECTACIÓN DE LAS PARTIDAS DE VIÁTICOS Y GASTOS DE CAMINO LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS TARIFAS APROBADAS PARA LA AFECTACIÓN DE LAS PARTIDAS DE VIÁTICOS Y GASTOS DE CAMINO ABRIL DEL 2006 1 LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS

Más detalles

Decreto- Ley N 656/78 y sus modificatorias.-

Decreto- Ley N 656/78 y sus modificatorias.- Decreto- Ley N 656/78 y sus modificatorias.- TEXTO ORDENADO NUEVO RÉGIMEN DE VIÁTICOS, MOVILIDAD, INDEMNIZACIONES, SERVICIOS EXTRAORDINARIOS, GASTOS DE COMIDA Y ÓRDENES DE PASAJES Y CARGAS, PARA EL PERSONAL

Más detalles

CAPÍTULO I GENERALIDADES

CAPÍTULO I GENERALIDADES CONSIDERANDO Legislación universitaria Que la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas, no cuenta con un reglamento que norme las tarifas para la aplicación de viáticos y pasajes del personal académico

Más detalles

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08 1-2013 Junio, 2013 ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN APROBADO EL 24 DE MAYO DE 2013, RELATIVAS A LA FACILITACIÓN DE LA ENTRADA Y PERMANENCIA EN ESPAÑA

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades

Más detalles

ANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS

ANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS ANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS Número de Contrato: Número de Punto de Suministro: Tipo de Gas: Localidad: Fecha: El consumidor..., con documento nacional de identidad/código de

Más detalles

CÁMARA DE COMPENSACIÓN DE CHEQUES Y OTROS DOCUMENTOS EN MONEDA NACIONAL EN EL PAIS

CÁMARA DE COMPENSACIÓN DE CHEQUES Y OTROS DOCUMENTOS EN MONEDA NACIONAL EN EL PAIS III.H.1-1 CÁMARA DE COMPENSACIÓN DE CHEQUES Y OTROS DOCUMENTOS EN MONEDA NACIONAL EN EL PAIS I. DISPOSICIONES GENERALES 1. La Cámara de Compensación de Cheques y Otros Documentos en Moneda Nacional en

Más detalles

CAPÍTULO I VIÁTICOS. Art. 5.- Para el cómputo de los viáticos dentro del país, se

CAPÍTULO I VIÁTICOS. Art. 5.- Para el cómputo de los viáticos dentro del país, se REGLAMENTO PARA EL PAGO DE VIÁTICOS, MOVILIZACIONES, SUBSISTENCIAS Y ALIMENTACIÓN PARA PROFESORES, FUNCIONARIOS Y DEMÁS SERVIDORES DE LA ESPOL EN EL INTERIOR DEL PAÍS 2505 REGLAMENTO PARA EL PAGO DE VIÁTICOS,

Más detalles

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En

Más detalles

Tema: LIQUIDACIONES 003.- Subtema: VIATICOS Y GASTOS EVENTUALES 05.- 1. CONTENIDO: Compensaciones por viáticos y gastos eventuales.

Tema: LIQUIDACIONES 003.- Subtema: VIATICOS Y GASTOS EVENTUALES 05.- 1. CONTENIDO: Compensaciones por viáticos y gastos eventuales. 1. CONTENIDO: Compensaciones por viáticos y gastos eventuales. 2. OBJETIVOS: Regular los procedimientos para la liquidación y pago en concepto de viáticos y gastos eventuales. 3. RESPONSABILIDAD: Dirección

Más detalles

ADMINISTRACIÓN DE RECINTOS FISCALIZADOS. Registro de Empresas Transportistas de Mercancías en Tránsito

ADMINISTRACIÓN DE RECINTOS FISCALIZADOS. Registro de Empresas Transportistas de Mercancías en Tránsito Registro de Empresas Transportistas de Mercancías en Tránsito Si usted lleva a cabo la introducción o extracción de mercancías de comercio exterior bajo el régimen aduanero de tránsito interno o internacional,

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO ( )

RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se reglamenta y se establece la forma, contenido y términos para el Registro de los Contratos de Importación de Tecnología ante la DIAN. EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS

Más detalles

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY Marco legal de las estadísticas oficiales Buenos Aires, 25 de enero de 1968 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

Más detalles

REGLAMENTA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE AVELLANEDA DE ASPIRANTES MAYORES DE 25 AÑOS.

REGLAMENTA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE AVELLANEDA DE ASPIRANTES MAYORES DE 25 AÑOS. REGLAMENTA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE AVELLANEDA DE ASPIRANTES MAYORES DE 25 AÑOS. VISTO Lo establecido por los artículos, 1 y 6 de la Ley 26543, de creación de la Universidad Nacional de Avellaneda

Más detalles

El Concejo Municipal ACUERDA: Aprobar el siguiente DECRETO NÚMERO CINCUENTA Y CUATRO.

El Concejo Municipal ACUERDA: Aprobar el siguiente DECRETO NÚMERO CINCUENTA Y CUATRO. SESIÓN EXTRAORDINARIA, 30 DE OCTUBRE DE 2009. 4) Vista la solicitud de aprobación del Reglamento de Viáticos de la Alcaldía Municipal de San Salvador. El Concejo Municipal ACUERDA: Aprobar el siguiente

Más detalles

Región de Murcia D I S P O N G O

Región de Murcia D I S P O N G O Región de Murcia DECRETO 24/1997 de 25 de abril, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración Pública de la Región de Murcia (BORM nº 102 de 6 de mayo) El Decreto 119/1993,

Más detalles

Que la citada ley, faculta a esta Administración Federal a. percibir el impuesto mediante la retención en la fuente.

Que la citada ley, faculta a esta Administración Federal a. percibir el impuesto mediante la retención en la fuente. Asunto: IMPUESTO A LAS GANANCIAS Actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores. Régimen de retención. Su instrumentación. BUENOS AIRES,22 de mayo de 2006 VISTO la

Más detalles

Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz

Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz 1 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE Art. 1º: Art. 2º: Art. 3º: O R D E N A N Z A El objeto de la presente ordenanza es regular el ejercicio

Más detalles

ANEXO I PROTOCOLO DE DENUNCIAS DE SINIESTROS CONSIDERACIONES GENERALES

ANEXO I PROTOCOLO DE DENUNCIAS DE SINIESTROS CONSIDERACIONES GENERALES ANEXO I PROTOCOLO DE DENUNCIAS DE SINIESTROS CONSIDERACIONES GENERALES 1. PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA El procedimiento de denuncia deberá realizarse según lo establecido para cada uno de los riesgos asegurados

Más detalles

UNASUR/CMRE/RESOLUCIÓN N 014/2015 PRINCIPIOS Y PROCEDIMIENTOSPARA GESTIÓN DE VIAJES Y ESCALA DE VIÁTICOS APLICABLE EN UNASUR

UNASUR/CMRE/RESOLUCIÓN N 014/2015 PRINCIPIOS Y PROCEDIMIENTOSPARA GESTIÓN DE VIAJES Y ESCALA DE VIÁTICOS APLICABLE EN UNASUR UNASUR/CMRE/RESOLUCIÓN N 014/2015 PRINCIPIOS Y PROCEDIMIENTOSPARA GESTIÓN DE VIAJES Y ESCALA DE VIÁTICOS APLICABLE EN UNASUR VISTO: El Presupuesto Anual de UNASUR, que, con base en el Clasificador Presupuestario

Más detalles

Ilstre Colegio Oficial de Médicos de Almería. Primera colegiación Licenciados en España

Ilstre Colegio Oficial de Médicos de Almería. Primera colegiación Licenciados en España Ilstre Colegio Oficial de Médicos de Almería Primera colegiación Licenciados en España Formularios e información necesaria para los médicos que se quieran inscribir en el Colegio por primera vez y han

Más detalles

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 2006- Año de homenaje al Dr. Ramón CARRILLO A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA COMUNICACIÓN A 4605 18/12/2006 Ref.: Circular Camex 1-567 Pagos anticipados y a la vista

Más detalles

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L.

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L. REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE CORPORACIÓN DE MEDIADORES DE SEGUROS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. PREÁMBULO La Orden de 11 de marzo de 2004 del Ministerio de Economía ECO/734/2004 regula los

Más detalles

Bogotá D.C., Doctor Nombre Cargo Empresa Dirección. Ciudad

Bogotá D.C., Doctor Nombre Cargo Empresa Dirección. Ciudad 4000 Bogotá D.C., Doctor Nombre Cargo Empresa Dirección Tel: &&& Ciudad Referencia Fax No. &&&& Sin número de radicación anterior 931 Servicios Generales 50 Solicitud Presentación Con anexos CONTRATACION

Más detalles

Consejo de la Magistratura

Consejo de la Magistratura RESOLUCION Nº 387/05 En Buenos Aires, a los 8 días del mes de septiembre del año dos mil cinco, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, con la

Más detalles

CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO

CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS DE PAGO ÚNICO A LOS PADRES Y/O MADRES POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO/A CON RESIDENCIA EN ESTE AYUNTAMIENTO. El artículo

Más detalles

MANUAL DE VIÁTICOS NACIONALES E INTERNACIONALES

MANUAL DE VIÁTICOS NACIONALES E INTERNACIONALES PARTICIPACION CIUDADANA movimiento cívico no partidista MANUAL DE VIÁTICOS NACIONALES E INTERNACIONALES Aprobado en la sesión del Consejo Nacional del 22 de enero, 2013. 1 INDICE 1. VIÁTICOS NACIONALES

Más detalles

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO CALP 2175 APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS El Ayuntamiento Pleno,

Más detalles

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR SUBDIRECCIÓN GRAL. DE GESTIÓN DE LA INMIGRACIÓN

Más detalles

de Medicina Preventiva y Laboral, quien al referirse al procedimiento adecuado para arribar al resultado que figura en el informe en cuestión, indica

de Medicina Preventiva y Laboral, quien al referirse al procedimiento adecuado para arribar al resultado que figura en el informe en cuestión, indica RESOLUCIÓN N 16/07 En Buenos Aires, a los 21 días del mes de marzo del año dos mil siete, sesionando en la Sala del Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación con la Presidencia del Dr. Miguel

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y NORMAS ADMINISTRATIVAS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y NORMAS ADMINISTRATIVAS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y NORMAS ADMINISTRATIVAS TITULO: PROCEDIMIENTO DE PAGO A PROVEEDORES LOCALES REVISION: 1.2 VIGENCIA: 01/01/2012 CONTENIDO: 1 OBJETO El presente procedimiento tiene por objeto establecer

Más detalles

Que han surgido dificultades administrativas en la aplicación de la misma, por lo que resulta procedente efectuar algunas modificaciones.

Que han surgido dificultades administrativas en la aplicación de la misma, por lo que resulta procedente efectuar algunas modificaciones. S.S. DE JUJUY, 24 de febrero de 2000 VISTO, la Resolución R.Nº 475/95 de fecha 26 de junio de 1995, mediante la cual se pone en vigencia a partir de la citada fecha, los Manuales de Procedimientos al que

Más detalles

CAPITULO V. De la Asistencia y Puntualidad

CAPITULO V. De la Asistencia y Puntualidad CAPITULO V De la Asistencia y Puntualidad 266) Los empleados registrarán personalmente la entrada y la salida diaria en el reloj de la dependencia, si lo hubiera, o en planillas mensuales que se llevarán

Más detalles

I.- DISPOSICIONES GENERALES

I.- DISPOSICIONES GENERALES AÑO XXXV Núm. 80 27 de abril de 2016 9129 I.- DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Sanidad Orden de 21/04/2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento para el reintegro de

Más detalles

Número 35 / Viernes 20 de Febrero de 2015 Página 136. Toril

Número 35 / Viernes 20 de Febrero de 2015 Página 136. Toril Número 35 / Viernes 20 de Febrero de 2015 Página 136 Toril EDICTO. Aprobación definitiva del Reglamento municipal regulador del registro contable de facturas Al no haberse presentado reclamaciones durante

Más detalles

La recepción de la facturación se realiza SIN EXCEPCIÓN del 01 al 10 del mes siguiente al facturado.

La recepción de la facturación se realiza SIN EXCEPCIÓN del 01 al 10 del mes siguiente al facturado. FACTURACION de PRESTACIONES por DISCAPACIDAD AÑO 2016. INSTRUCTIVO. (CONFECCION DE FACTURAS, NOTAS DE CREDITO Y RECIBOS). La recepción de la facturación se realiza SIN EXCEPCIÓN del 01 al 10 del mes siguiente

Más detalles

MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO Y COMPROBACIÓN DE VIÁTICOS

MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO Y COMPROBACIÓN DE VIÁTICOS MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO Y COMPROBACIÓN DE VIÁTICOS PRESIDENCIA 2009-2012 TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN CRECEMOS JUNTOS" 2015. 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN CRECEMOS JUNTOS 2015. 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO. BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN CRECEMOS JUNTOS" 2015. 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO. 1º.-Las presentes bases regulan el procedimiento en régimen de

Más detalles

Manual de Gestión de Proyectos Ejecutados por el Gobierno RECURSOS HUMANOS

Manual de Gestión de Proyectos Ejecutados por el Gobierno RECURSOS HUMANOS Pág. 29 de 36 III. RECURSOS HUMANOS 1. Las políticas y normas que se presentan son de aplicación en los Proyectos ejecutados por el Gobierno, excepto: a. cuando el Gobierno y el PNUD hubieran acordado

Más detalles

2. Solicitud, Pago y Comprobación de Viáticos

2. Solicitud, Pago y Comprobación de Viáticos OBJETIVO Regular la solicitud, autorización, pago y comprobación de viáticos, pasajes, peaje y combustible requeridos por los Servidores Electorales para el desempeño de las comisiones necesarias para

Más detalles

25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos

25 de marzo de 2015. Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos 25 de marzo de 2015 Procedimiento para conflictos de interés y operaciones vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos Índice TÍTULO PRELIMINAR. DEFINICIONES 3 TÍTULO I. DE

Más detalles

COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS

COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de julio de 2014 RESOLUCION N 799 VISTO: El Expediente Nº 1173/2014 Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) c/ Municipalidad de Hurlingham

Más detalles

c) Formalizados por la persona física beneficiaria de los dividendos los datos que figuran en el formulario, aquélla procederá de la siguiente

c) Formalizados por la persona física beneficiaria de los dividendos los datos que figuran en el formulario, aquélla procederá de la siguiente ORDEN de 28 de abril de 1978 sobre aplicación de determinados artículos del Convenio entre España y Francia para evitar la doble imposición en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio

Más detalles

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIOSANITARIA

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIOSANITARIA 11479 CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIOSANITARIA DECRETO 63/2015, de 7 de abril, de concesión directa de una subvención a ASPACE para la prestación de los servicios de centro ocupacional y centro de

Más detalles

Reglamento Premium Partners 2015

Reglamento Premium Partners 2015 Reglamento Premium Partners 2015 1. Ámbito: El Programa de Incentivo para Socios Comerciales de Meridional Seguros Premium Partners 2015 (en adelante el Programa ) será de aplicación dentro del territorio

Más detalles

PROYECTO DE ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES

PROYECTO DE ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES RINCÓN LA VICTORIA PROYECTO ORNANZA GENERAL REGULADORA SUBVENCIONES CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y finalidad. La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de las bases

Más detalles

Universidad Nacional del Nordeste Rectorado

Universidad Nacional del Nordeste Rectorado RESOLUCION Nº130/11 CORRIENTES,23/03/11 VISTO: El Expte. Nº01-08709/10 por el cual la Dirección de Posgrado eleva propuesta de modificación al Procedimiento Administrativo para la Tramitación y Otorgamiento

Más detalles

EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO

EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO REGLAMENTO PARA OTORGAR Y LIQUIDAR VIÁTICOS, MOVILIZACIONES, SUBSISTENCIAS, ALIMENTACIÓN Y GASTOS DE TRANSPORTE A LOS SERVIDORES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE MILAGRO. EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

Más detalles

TITULO PRIMERO Disposiciones generales

TITULO PRIMERO Disposiciones generales ACUERDO ADMINISTRATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESPAÑA Y SUIZA DE 13 DE OCTUBRE DE 1969 Y EL PROTOCOLO ADICIONAL DE 11 DE JUNIO DE 1982, FIRMADO EN BERNA EL 19 DE ABRIL

Más detalles

ANEXO V SISTEMA DE GESTIÓN DE MERCANCÍAS

ANEXO V SISTEMA DE GESTIÓN DE MERCANCÍAS ANEXO V SISTEMA DE GESTIÓN DE MERCANCÍAS 1. CONCEPTOS BÁSICOS. 3 1.1. TIPOS DE INSTALACIONES LOGÍSTICAS SEGÚN SU FUNCIÓN. 3 1.1.1. UNIDAD DE CONSUMO (UCO). 3 1.1.2. ALMACÉN GENERAL. 3 1.1.3. ALMACÉN INTERMEDIO.

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 29 de enero de 2014

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 29 de enero de 2014 Real Decreto 945/2001, de 3 de agosto, sobre la gestión financiera de determinados fondos destinados al pago de las adquisiciones de material militar y servicios en el extranjero y Acuerdos internacionales

Más detalles

Generalitat de Catalunya Departament de Salut Direcció General de Recursos Sanitaris

Generalitat de Catalunya Departament de Salut Direcció General de Recursos Sanitaris MODELO DE CONTRATO PARA ENSAYOS CLÍNICOS CON MEDICAMENTOS CONTRATO ENTRE (nombre de la entidad promotora) Y EL (nombre del centro donde se realizará el ensayo) PARA LA REALIZACIÓN DEL ENSAYO CLÍNICO (título

Más detalles

REGLAS A QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO EN LA REALIZACIÓN DE SUS OPERACIONES

REGLAS A QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO EN LA REALIZACIÓN DE SUS OPERACIONES TEXTO COMPILADO de las Reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1º de septiembre de 1992, su modificación dada a conocer el 18 de diciembre de 1992 en el referido Diario Oficial y su

Más detalles

H. Cámara de Diputados de la Nación Comisión de Legislación General

H. Cámara de Diputados de la Nación Comisión de Legislación General Expte. Nº 0016-PE-07 DICTAMEN DE LAS COMISIONES Honorable Cámara: Las comisiones de Legislación General y de Acción Social y Salud Pública han considerado el Mensaje Nº 1353 del 4 de octubre de 2007 y

Más detalles

Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales

Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales Zurich Vida Compañía de Seguros, SA Objeto La compañía se obliga a pagar los gastos por Servicios Funerarios hasta la suma asegurada contratada

Más detalles

FACTURACION de PRESTACIONES por DISCAPACIDAD AÑO 2015. INSTRUCTIVO.

FACTURACION de PRESTACIONES por DISCAPACIDAD AÑO 2015. INSTRUCTIVO. FACTURACION de PRESTACIONES por DISCAPACIDAD AÑO 2015. INSTRUCTIVO. La recepción de la facturación se realiza sin excepción del 01 al 10 del mes siguiente al facturado. Av. de Mayo 945, Ciudad Autónoma

Más detalles

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Régimen de compensaciones por "viáticos", "reintegro de gastos", "movilidad", "indemnización por traslado", "indemnización por fallecimiento", "servicios extraordinarios",

Más detalles

Incorporación al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

Incorporación al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Buenos Aires, Martes 3 de Junio de 2008 Nº 1418 Práctica laboral Incorporación al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). 1. Qué es SUAF? Es el Sistema a través del cual ANSES liquida en forma

Más detalles

LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL REPÚBLICA DE COLOMBIA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC- ACUERDO No. 116 (1º de octubre de 2009) Por el cual se modifica y adiciona al Artículo 22 del Acuerdo 18 de 2008 y por el cual se adiciona

Más detalles

MANUAL DEL SUBPROCESO DE GESTIÓN FINANCIERA DE VIÁTICOS, SUBSISTENCIAS, MOVILIZACIÓN Y ALIMENTACIÓN DENTRO DEL PAÍS CA-CGAF-02-P01-03

MANUAL DEL SUBPROCESO DE GESTIÓN FINANCIERA DE VIÁTICOS, SUBSISTENCIAS, MOVILIZACIÓN Y ALIMENTACIÓN DENTRO DEL PAÍS CA-CGAF-02-P01-03 MANUAL DEL SUBPROCESO DE GESTIÓN FINANCIERA DE VIÁTICOS, SUBSISTENCIAS, MOVILIZACIÓN Y ALIMENTACIÓN DENTRO DEL PAÍS CA-CGAF-02-P01-03 Versión 1.0 13/07/2015 FINANCIERA DE VIÁTICOS, Página: Página 1 de

Más detalles

INFORME: PAGO DE LAS DEUDAS POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS

INFORME: PAGO DE LAS DEUDAS POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS INFORME: PAGO DE LAS DEUDAS POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Con la entrada en vigor de la Ley 15/2010 de 5 de julio se introduce un nuevo régimen en el pago de las facturas por partes de las

Más detalles

El Proyecto solo puede autorizar viajes en auto particular cuando el consultor tenga tarjeta verde o azul a su nombre con seguro al día.

El Proyecto solo puede autorizar viajes en auto particular cuando el consultor tenga tarjeta verde o azul a su nombre con seguro al día. PROYECTO ARG 08/002, liquidación de viáticos y pasajes Resumen explicativo Detallamos en este texto los principales puntos a tener en cuenta a fin de realizar una comisión de servicio para facilitar a

Más detalles

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos: ORDEN DE 14 DE MARZO DE 1988 PARA LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 104/1988, DE 29 DE ENERO, SOBRE HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA

Más detalles

Y por su artículo 2 se especifica la correspondiente imputación presupuestaria.

Y por su artículo 2 se especifica la correspondiente imputación presupuestaria. REGIMEN DE CONTRATACIONES DEL ARTICULO 9º DE LA LEY MARCO DE REGULACION DE EMPLEO PUBLICO NACIONAL N 25.164. EQUIPARACION CON ADICIONAL POR GRADO. RECAUDOS. Toda experiencia que el agente ha acumulado

Más detalles

http://www.editorialgpt.cl

http://www.editorialgpt.cl CUÁL ES EL TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS GASTOS DE VEHÍCULOS PUESTOS A DISPOSICIÓN DE LA EMPRESA CUANDO SON DE PROPIEDAD DE LOS TRABAJADORES? 1 El tratamiento tributario de los gastos de vehículos puestos

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA APERTURA, MANEJO Y CONTROL DE FONDOS FIJOS DE CAJA CHICA DE LOS FINES Y OBJETIVOS

REGLAMENTO PARA LA APERTURA, MANEJO Y CONTROL DE FONDOS FIJOS DE CAJA CHICA DE LOS FINES Y OBJETIVOS 1 REGLAMENTO PARA LA APERTURA, MANEJO Y CONTROL DE FONDOS FIJOS DE CAJA CHICA DE LOS FINES Y OBJETIVOS Artículo 1º El presente reglamento tiene por finalidad constituirse en el marco normativo y de aplicación,

Más detalles

RESOLUCIÓN SRT N 475-2011

RESOLUCIÓN SRT N 475-2011 Página1 RESOLUCIÓN SRT 475/11 Programa: Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad Modifícase la Resolución N 559/09. (Publicado en el B.O. de fecha

Más detalles

NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS

NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS Martes 28 de julio de 2009 Gaceta Oficial Nº 39.229 NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Más detalles

Consejo de la Magistratura

Consejo de la Magistratura Consejo de la Magistratura RESOLUCION N 613/09 En Buenos Aires, a los 26 días del mes de noviembre del año dos mil nueve, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial

Más detalles

MANEJO DE CAJAS CHICAS

MANEJO DE CAJAS CHICAS MANEJO DE CAJAS CHICAS Código: POL/PRO-TES02 Versión: 16 Enero 2015 Fecha de aprobación: 25 de julio 2009 Reemplaza a: POL/PRO-TES02 versión 15 Revisado por: Jefatura Financiera y Dirección Ejecutiva Aprobado

Más detalles

POR ELLO, EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE:

POR ELLO, EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESUELVE: VISTO: REGISTRADO CSU-900 Corresponde a Expte.900/2009. BAHÍA BLANCA, 9 de diciembre de 2010. La nota presentada por el Secretario General de Relaciones Institucionales y Planeamiento en la que solicita

Más detalles

Consejo de la Magistratura

Consejo de la Magistratura Consejo de la Magistratura RESOLUCION N 342/09 En Buenos Aires, a los 6 días del mes de agosto del año dos mil nueve, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial

Más detalles

Punto 14.- Convocatoria y bases para la concesión de subvenciones destinadas a la Mejora del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible 2007.

Punto 14.- Convocatoria y bases para la concesión de subvenciones destinadas a la Mejora del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible 2007. A instancias del Sr. Presidente de la Comisión Informativa del Área de Medio Ambiente y Articulación Territorial, le doy traslado del dictamen emitido en el punto 14 del Orden del Día, en la sesión de

Más detalles

Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe

Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe Diputadas y Diputados de Santa Fe: La Comisión de Promoción Comunitaria ha considerado el Proyecto de Ley Nº 25307 D.B., de los diputados Marcelo Gastaldi, Marcelo Brignoni, Gabriel Real, Estela de Demichelis,

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO El Ayuntamiento de Pizarra reconoce al movimiento asociativo como el conjunto de

Más detalles

CONVENIO DE PASANTÍA UNIVERSIDAD DE MORÓN

CONVENIO DE PASANTÍA UNIVERSIDAD DE MORÓN CONVENIO DE PASANTÍA UNIVERSIDAD DE MORÓN Entre la FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DE MORON, con domicilio en Cabildo Nº 134 de Morón (C.P. 1708) Provincia de Buenos Aires, representada por su Apoderado el Sr. Carlos

Más detalles

CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CORRECTA CONTRATACIÓN Y PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS EN LA BNE

CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CORRECTA CONTRATACIÓN Y PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS EN LA BNE SECRETARIA DE ESTADO DE CULTURA MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE BIBLIOTECA BIBLIOTECA NACIONAL NACIONAL DE ESPAÑA DE ESPAÑA CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CORRECTA CONTRATACIÓN Y PARA LA

Más detalles

El CUPS, la designación de los suministros, su dirección y tarifa de acceso se especifican en el Anexo I.

El CUPS, la designación de los suministros, su dirección y tarifa de acceso se especifican en el Anexo I. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE GAS NATURAL CANALIZADO EN LOS EDIFICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO ÍNDICE: 1. Objeto del contrato. 2. Ámbito de

Más detalles

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones Manual básico de gestión económica de las Asociaciones El control económico de una Asociación se puede ver desde dos perspectivas: Necesidades internas de información económica para: * Toma de decisiones

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES.

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES. REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES. Artículo 1.- La Excma. Diputación de Segovia crea la Caja Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios Municipales,

Más detalles

ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006

ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006 Acuérdase emitir el REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006 Guatemala, 2 de marzo de 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

Pontificia Universidad Católica Argentina SANTA MARÍA DE LOS BUENOS AIRES

Pontificia Universidad Católica Argentina SANTA MARÍA DE LOS BUENOS AIRES Criterios para la asistencia financiera a Profesores para la realización de viajes para asistir a Congresos, Jornadas, Simposios o reuniones académicas similares. I. Objeto. El Proyecto Institucional 2001-2006

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DEL REGIMEN DE CONCESION DE SUBVENCIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES DE PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y USO DEL EUSKERA.

NORMATIVA REGULADORA DEL REGIMEN DE CONCESION DE SUBVENCIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES DE PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y USO DEL EUSKERA. NORMATIVA REGULADORA DEL REGIMEN DE CONCESION DE SUBVENCIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES DE PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y USO DEL EUSKERA. Artículo 1º.- Ambito A través de las presentes bases, se fija el

Más detalles

PROCEDIMIENTO. GASTOS DE VIAJE DE EMPRESA SUPERVISORAS Revisado por: Isaac Maguiña Soriano

PROCEDIMIENTO. GASTOS DE VIAJE DE EMPRESA SUPERVISORAS Revisado por: Isaac Maguiña Soriano Elaborado por: José Chang Romero PROCEDIMIENTO GASTOS DE VIAJE DE EMPRESA Revisado por: Isaac Maguiña Soriano : 023 Página : 1 de 9 Aprobado por: Julio Salvador Jácome «jsalvador» Gerente de Administración

Más detalles

Primera.- Objeto. Segunda.- Régimen Jurídico.

Primera.- Objeto. Segunda.- Régimen Jurídico. Resolución, de 17 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Gestión de Personal, por la que se convoca en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, procedimiento especial

Más detalles

NUEVAS TECNOLOGÍAS. Primera. Objeto.

NUEVAS TECNOLOGÍAS. Primera. Objeto. Convocatoria para la concesión de (4) becas para la formación informática destinadas a informáticos de la provincia de Zaragoza del ejercicio 2016 Primera. Objeto. La Diputación Provincial de Zaragoza

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA Núm. 70 Lunes 22 de marzo de 2010 Sec. III. Pág. 27676 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUSTICIA 4723 Resolución de 5 de marzo de 2010, del Centro de Estudios Jurídicos, por la que se convocan becas

Más detalles

NORMAS A APLICAR EN LAS CONTRATACIONES QUE REALICE LA ENTIDAD CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

NORMAS A APLICAR EN LAS CONTRATACIONES QUE REALICE LA ENTIDAD CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO Instrucción Paseo de la Castellana, 32 28046 MADRID TEL: 91 339 55 00 FAX: 91 339 55 79 UNIDAD DE ORIGEN FECHA 16 de abril de 2008 SECRETARÍA GENERAL CÓDIGO DE IDENTIFACIÓN SG-26/2008 TÍTULO NORMAS A APLICAR

Más detalles

Comisiones bancarias y medios de pago.

Comisiones bancarias y medios de pago. n Campaña de Actuación Septiembre Comisiones bancarias y medios de pago. Línea de actuación: Comisiones bancarias y medios de pago. Las comisiones bancarias son las cantidades que las entidades de crédito

Más detalles

PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA DE TURISMO. Resolución Nº 997/2007. Bs. As., 6/11/2007

PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA DE TURISMO. Resolución Nº 997/2007. Bs. As., 6/11/2007 PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA DE TURISMO Resolución Nº 997/2007 Bs. As., 6/11/2007 VISTO la Ley Nº 25.997 de Turismo, y su Decreto Reglamentario Nº 1297 de fecha 27 de septiembre de 2006; la Ley

Más detalles

1.- Normativa aplicable:

1.- Normativa aplicable: RESOLUCION RECTORAL R 33/2009, DE 27 DE ENERO, POR LA QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Régimen de compensaciones por "viáticos", "reintegro de gastos", "movilidad", "indemnización por traslado",

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Régimen de compensaciones por viáticos, reintegro de gastos, movilidad, indemnización por traslado, ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Régimen de compensaciones por "viáticos", "reintegro de gastos", "movilidad", "indemnización por traslado", "indemnización por fallecimiento", "servicios extraordinarios",

Más detalles