LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Nombramiento del Responsable de Seguridad

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1 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Nombramiento del Responsable de Seguridad En VALENCIA, a... de... de Yo, D. HUGO SANFELIX HANCOCK, con DNI C, en nombre y representación propia, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y con el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, con efectividad inmediata, me nombro Responsable de Seguridad, haciéndome cargo de las tareas relacionadas a continuación: Actualizar el Documento de Seguridad y adecuación del mismo a la normativa vigente. Mantener una relación actualizada de los usuarios del sistema, indicando sus derechos de acceso. Adoptar las medidas necesarias para que el personal conozca aquellas obligaciones en materia de seguridad que afectan al desarrollo de sus funciones y las consecuencias que pudiesen incurrir en caso de incumplimiento. Establecer mecanismos para evitar que un usuario acceda a datos o recursos con derechos distintos a los autorizados. Verificar la definición y correcta aplicación de los procesos de realización de las copias de seguridad y recuperación de datos. Establecer un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que trate de acceder al sistema de información y verificar que el mismo esté autorizado. Mantener una relación del personal autorizado para conceder, anular o alterar derechos de acceso, conforme a los criterios establecidos. Adoptar las medidas correctoras como consecuencia de las deficiencias detectadas en un proceso de auditoría y aprobadas por la Dirección. Autorizar por escrito la ejecución de los procesos de recuperación de los datos. Mantener una relación del personal con acceso autorizado al lugar donde se almacenan las copias de seguridad. Mantener una relación del personal autorizado para acceder a los locales donde se encuentren ubicados los sistemas de información. En prueba de conformidad, firmo el presente documento en el lugar y fecha indicados en el encabezado. HUGO SANFELIX HANCOCK

2 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Acceso a datos a través de redes de comunicación En HUGO SANFELIX HANCOCK no existe ninguna conexión remota a los sistemas informáticos. En el supuesto de que terceras empresas o trabajadores de HUGO SANFELIX HANCOCK accedan remotamente a los sistemas de información, la entidad adoptará las medidas legalmente establecidas y lo hará constar debidamente en dicho anexo.

3 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Régimen de trabajo fuera de los locales de ubicación del fichero En HUGO SANFELIX HANCOCK existen 1 dispositivo portátil, autorizados previamente siguiendo la política mencionada a continuación y relacionada en la tabla que sigue. Los empleados de HUGO SANFELIX HANCOCK que tienen acceso a los dispositivo portátil, son informados de la prohibición, a excepción de aquellos casos autorizados, de almacenar datos de carácter personal en los discos duros de los dispositivos y de la obligación de trabajar con datos de carácter personal únicamente sobre las unidades lógicas definidas en el servidor de aplicaciones, además deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas que queden definidas en el Documento de Seguridad. Será obligatorio que en los dispositivos se habiliten los mismos criterios establecidos sobre identificación, autentificación y control de acceso definidos en el Documento de Seguridad siempre que se conecten a la red local o accedan remotamente. DISPOSITIVO USUARIO UBICACIÓN SALIDA SOPORTE FICHERO ORDENADOR NOELIA BLASCO SORIANO No

4 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Identificación y autentificación - Gestión de usuarios Alta de usuarios Únicamente el Responsable de Seguridad tiene competencias para dar de alta los identificadores de usuarios y asociarlos a los perfiles definidos por los diferentes niveles de acceso a las aplicaciones y ficheros. Los Responsables directos de los usuarios que tengan que dar de alta un nuevo usuario con acceso al sistema o a las aplicaciones, deberán notificarlo al Responsable de Seguridad utilizando el modelo establecido al efecto, indicando en la solicitud los derechos de acceso deseados. Será la Dirección de la empresa quien tenga la última decisión sobre los derechos de acceso de los usuarios. Una vez realizada el alta, el Responsable de Seguridad lo comunicará al nuevo usuario y al Responsable que autorizó la solicitud indicando los datos de éste y el identificador de usuario asignado. Para el primer acceso del usuario al sistema, el Responsable de Seguridad le comunicará de forma confidencial su identificador y su contraseña de acceso inicial, según lo establecido en el siguiente apartado Identificación y autentificación Usuarios del sistema. Además deberá tener presentes las siguientes normas en la asignación de identificadores: No se reutilizará nunca un identificador. Utilizar al menos cuatro caracteres en la composición del identificador del usuario. Se tienen que mantener únicamente aquellos nombres de usuario propios de los sistemas operativos y de las aplicaciones de software que no puedan ser modificadas. Baja de un usuario HUGO SANFELIX HANCOCK se encargará de cancelar el usuario y sus derechos de acceso. El Responsable de Seguridad almacenará información descriptiva sobre los perfiles de acceso de los usuarios que se den de baja durante el tiempo requerido para el cumplimiento de las obligaciones legales y para la realización de auditorías. Modificación de permisos de un usuario La modificación de los derechos o permisos de acceso de un usuario requerirá de la misma autorización jerárquica, descrita en el protocolo de alta. Por ello, el procedimiento enunciado en el apartado de alta de usuarios será extensible a este punto de modificación de permisos. Reactivación de usuarios La reactivación de usuarios exige un procedimiento diferenciado respecto al resto de protocolos, enunciados anteriormente, puesto que parte de la premisa de la existencia de un alta previa y no requiere un cambio de permisos del usuario en el sistema.

5 En aquellos casos en los que el acceso del usuario al sistema se haya revocado por causas accidentales, como por ejemplo, el olvido de la contraseña, un periodo prolongado de inactividad o un excesivo número de intentos fallidos; la reactivación del usuario exigirá su comunicación al Responsable de Seguridad para resolver la situación. Registros El Responsable de Seguridad mantendrá actualizada la documentación en lo referente a: Perfiles de acceso e identificadores asociados por el usuario. Altas, bajas, revocación y modificación de usuario por fechas. Datos sobre usuarios: Nombre y apellidos completos. Empresa, en el caso de tratarse de personal externo. Área, Departamento y servicio. Cualquiera de estos datos se podrá utilizar en la localización de usuarios y en la reactivación de usuarios revocados, para su control, uso o modificación.

6 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Identificación y autentificación Usuarios del sistema Generación Cada usuario tiene un identificador que se autentifica mediante contraseña. Los identificadores de usuario y las contraseñas de acceso asociadas son de uso personal e intransferible y no pueden ser compartidas. Privacidad Las contraseñas tienen que ser conocidas exclusivamente por el usuario propietario de ésta. Es responsabilidad del usuario asegurar la confidencialidad y custodia de la contraseña. HUGO SANFELIX HANCOCK ha establecido las siguientes pautas para definir las contraseñas y que deberán ser aplicadas por los usuarios del sistema: 1. Se evitarán nombres comunes o cualquier otra combinación que pueda identificar al usuario fácilmente, tales como fecha que nacimiento, matrículas de vehículos, etc. 2. La contraseña contendrá un mínimo de cinco caracteres alfanuméricos. 3. Las contraseñas deberán cambiarse en un plazo, que en ningún caso, será superior a un año. 4. Los sistemas o aplicaciones de HUGO SANFELIX HANCOCK que realizan la autentificación del usuario, permiten la limitación del número de intentos fallidos para accesos de usuarios no autorizados. 5. Se evitará la comunicación escrita que revele la contraseña de cualquier usuario. Almacenamiento Las contraseñas se almacenarán cifradas y solo el Responsable de Seguridad tendrá acceso a su descodificación. Mantenimiento Todas las contraseñas deben ser modificadas por el usuario al menos con la frecuencia establecida en el apartado anterior. En los entornos en los que sea posible se automatizará este requerimiento de caducidad. Cuando no sea posible, el usuario será responsable del cambio sistemático. En caso de olvido o cualquier dificultad relacionada con contraseñas, los usuarios deberán comunicarlo al Responsable de Seguridad con la finalidad de ser atendidos. Distribución La comunicación de contraseñas siempre se realizará por parte del Responsable de Seguridad al usuario, ya sea personalmente o vía telefónica.

7 FECHA ALTA FECHA BAJA IDENTIFICADOR NOMBRE Y APELLIDOS DNI APLICACIONES A LAS QUE ACCEDE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Identificación y autentificación Relación de usuarios En este anexo HUGO SANFELIX HANCOCK incluye la relación de usuarios actualizada con acceso autorizado a cada sistema de información.

8 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Control de acceso físico del personal externo En HUGO SANFELIX HANCOCK no hay terceras empresas que accedan periódicamente a sus instalaciones, en el caso de que se produjera un acceso de éste tipo, el personal ha sido informado de su obligación de control y el Responsable de Seguridad se encargará de la autorización previa al acceso, garantizando de éste modo la seguridad de los datos. En dicha tabla aparecerá la relación de accesos. PRESTADOR DEL SERVICIO CIF PERIODICIDAD

9 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Contratos de prestación de servicios En el presente anexo se recoge una relación de los datos tratados por terceros como consecuencia de un contrato de prestación de servicios en el que HUGO SANFELIX HANCOCK es Responsable del Fichero. PRESTADOR DEL SERVICIO JOSE IGNACIO PALLARDO CALATAYUD JOSE IGNACIO PALLARDO CALATAYUD DATOS FACILITADOS Datos de clientes, proveedores y empleados Datos de empleados Datos de clientes y empleados FINALIDAD Asesoramiento fiscal de la entidad Asesoramiento laboral de la entidad

10 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Gestión de soportes Registro de entrada Fecha y hora de entrada del soporte: SOPORTE Tipo de soporte y número Tipo de información Fecha creación Finalidad FINALIDAD Y ORIGEN Origen FORMA DE ENVÍO Modo de envío Remitente Precauciones para el transporte AUTORIZACIÓN Persona responsable de la recepción Cargo/Lugar Estado del soporte Observaciones Pendiente de proceso / Custodiado / Reutilizado / Destruido Firma

11 Solicitud de autorización para la salida de soportes: Datos peticionario: Nombre completo:... DNI:. Cargo: Con el beneplácito del Responsable de Seguridad se solicita a Dirección la salida del siguiente soporte: Soporte:. Finalidad:.. En VALENCIA, a... de... de Firma peticionario Firma Responsable de Seguridad HUGO SANFELIX HANCOCK AUTORIZACIÓN: Concedida No concedida Firma: RESPONSABLE DEL FICHERO HUGO SANFELIX HANCOCK

12 Registro de salida Fecha y hora de salida del soporte: SOPORTE Tipo de soporte y número Tipo de información Fecha creación Ficheros de donde proceden los datos FINALIDAD Y DESTINO Finalidad Destino Destinatario FORMA DE ENVÍO Modo de envío Remitente Precauciones para el transporte AUTORIZACIÓN Persona responsable de la entrega Persona que autoriza Cargo / Lugar Observaciones

13 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Salida de soportes autorizados La Dirección de HUGO SANFELIX HANCOCK ha aprobado la relación de salidas periódicas de soportes que contienen datos de carácter personal que han sido autorizadas por la entidad. A continuación se presenta la relación que será actualizada cada vez que se produzcan modificaciones al respecto. DATOS ENVIADOS DESTINATARIO PERIODICIDAD Necesarios para cumplimentar modelo AGENCIA TRIBUTARIA Anual 190 Necesarios para cumplimentar modelo AGENCIA TRIBUTARIA Trimestral 111 Necesarios para cumplimentar modelo AGENCIA TRIBUTARIA Anual 347 Necesarios para cumplimentar modelo AGENCIA TRIBUTARIA Anual 390 Necesarios para cumplimentar modelo AGENCIA TRIBUTARIA Trimestral 303 Necesarios para realizar el cobro de BANCOS Y CAJAS Mensual recibos a clientes Necesarios para cumplimentar modelo SEGURIDAD SOCIAL Mensual TC1 y TC2 Necesarios para realizar el pago de las nóminas a los empleados BANCOS Y CAJAS Mensual

14 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Procedimiento de copias de seguridad y recuperación HUGO SANFELIX HANCOCK se encarga de realizar copias de seguridad de los datos de carácter personal EN UN DISCO DURO EXTERNO. La ejecución de estos procesos se realiza SEMANALMENTE. HUGO SANFELIX HANCOCK se encarga de custodiar las copias de seguridad que se han realizado y almacenarlas inventariadas EN SU DOMICILIO. Procedimientos de recuperación En aquellas situaciones que no supongan un riesgo para la disponibilidad de las aplicaciones, se tendrá que seguir, inexcusablemente, los siguientes pasos: - Cumplimentación de una solicitud por parte del peticionario que deberá contar con el beneplácito del Responsable de Seguridad. - Se procederá a trasladar el orden de recuperación al personal autorizado, enviando copia al solicitante, indicando la aprobación o denegación. - El Responsable de Seguridad anotará el hecho en el registro de incidencias. - Toda la documentación original será archivada por el Responsable de Seguridad.

15 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Estructura de los ficheros inscritos en el Registro General de Protección de Datos En HUGO SANFELIX HANCOCK los ficheros sujetos a las medidas de seguridad establecidas en éste Documento, con indicación del nivel de seguridad correspondiente, son los siguientes: NOMBRE DEL FICHERO ALUMNOS CLIENTES COLABORADORES LABORAL PROVEEDORES RECURSOS HUMANOS PADRES Y/O TUTORES FECHA DE NOTIFICACIÓN CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN NIVEL MEDIDAS DE SEGURIDAD BÁSICO BÁSICO BÁSICO BÁSICO BÁSICO BÁSICO BÁSICO

16 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Inventario de aplicaciones por entorno HUGO SANFELIX HANCOCK recogerá en el presente anexo la relación de aplicaciones existentes para el tratamiento de datos de carácter personal en cada uno de los distintos equipos informáticos existentes. NOMBRE APLICACIÓN FINALIDAD

17 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Ficheros no automatizados CRITERIO DE ARCHIVO El archivo de los soportes o documentos se realiza de acuerdo con los criterios previstos en su respectiva legislación. Estos criterios garantizan la correcta conservación de los documentos, la localización y consulta de la información y posibilitan el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición del tratamiento. En aquellos casos en los que no exista norma aplicable, el responsable del fichero deberá establecer los criterios y procedimientos de actuación que deban de seguirse para el archivo. Los contratos, albaranes, presupuestos, facturas, currículums vitae o cualesquiera otros documentos que contengan datos de carácter personal se archivarán en compartimentos cerrados con llave a los que sólo tenga acceso personal autorizado y que permitan a su vez su fácil y pronta recuperación para el caso en que se requiera. DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO Los dispositivos de almacenamiento de los documentos que contengan datos de carácter personal deberán disponer de mecanismos que obstaculicen su apertura. Cuando las características físicas de aquéllos no permitan adoptar esta medida, el responsable del fichero o tratamiento adoptará medidas que impidan el acceso de personas no autorizadas. CUSTODIA DE LOS SOPORTES Mientras la documentación con datos de carácter personal no se encuentre archivada en los dispositivos de almacenamiento establecidos en punto anterior, por estar en proceso de revisión o tramitación, ya sea previo o posterior a su archivo, la persona que se encuentre al cargo de la misma deberá custodiarla e impedir en todo momento que pueda ser accedida por persona no autorizada.

18 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL COMUNICADO INTERNO El objeto de la presente circular es la difusión de las funciones y obligaciones del personal de HUGO SANFELIX HANCOCK, en materia de protección de datos de carácter personal. Tanto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE 14/12/1999) como en su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre), se establecen las medidas de seguridad a aplicar en el tratamiento de datos de carácter personal contenidos en ficheros automatizados y no automatizados. El Reglamento contiene, entre otros, los siguientes aspectos: El deber de cumplimiento de las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad que deben reunir los ficheros, centros de tratamiento, locales y personas que intervienen en el tratamiento de los datos de carácter personal. La necesidad de la existencia de un DOCUMENTO DE SEGURIDAD donde se recojan las medidas para garantizar lo dispuesto en el Reglamento. La calificación como falta leve, grave o muy grave, según el caso, del incumplimiento de las medidas de seguridad descritas en el Reglamento, que pueden sancionarse por parte de la Agencia Española de Protección de Datos con multas de 900 a La normativa de seguridad descrita en el DOCUMENTO DE SEGURIDAD es de obligado cumplimiento por parte de todo el personal con acceso a los datos de carácter personal y a los sistemas de información que los tratan. El DOCUMENTO DE SEGURIDAD está al alcance de quien lo desee consultar, previa solicitud al Responsable de Seguridad. No obstante, a continuación se presenta un resumen de sus aspectos más relevantes: 1. El empleado deberá tratar de forma diligente y cumpliendo con las reglas de la buena fe la información a la que tenga acceso durante el desarrollo de sus funciones en HUGO SANFELIX HANCOCK y guardar confidencialidad de la misma. 2. Queda prohibido utilizar información obtenida por la condición de empleado de HUGO SANFELIX HANCOCK y que no sea necesaria en el desarrollo del trabajo o destinar dicha información a una finalidad distinta que no sea la de desarrollar las funciones encomendadas como empleado. 3. Bajo ningún concepto puede revelarse a persona ajena a HUGO SANFELIX HANCOCK la información referida con anterioridad ni facilitar soportes que contengan datos obtenidos en el desarrollo de las funciones propias del empleo sin la correspondiente autorización. 4. La salida de soportes (disquetes, CDs, listados, etc.) fuera de la Organización precisa de previa autorización. En el DOCUMENTO DE SEGURIDAD se describe el procedimiento para obtenerla.

19 5. Toda incidencia en materia de seguridad de datos deberá comunicarse, siguiendo las instrucciones determinadas en el DOCUMENTO DE SEGURIDAD. 6. Todos los ficheros temporales que los usuarios mantengan deberán ser eliminados una vez finalizada la función que dio lugar a su creación. 7. Queda terminantemente prohibida la creación de nuevos ficheros que traten datos de carácter personal así como la cesión de los mismos sin previa autorización del Responsable del Fichero. 8. Queda prohibida la utilización de los recursos del sistema de información a los que se tenga acceso para uso privado o para cualquier otra finalidad diferente de la estrictamente laboral. 9. Todos los compromisos anteriores se mantendrán incluso después de haberse extinguido la relación laboral con HUGO SANFELIX HANCOCK, en éste caso, el empleado deberá devolver a HUGO SANFELIX HANCOCK toda la información que conserve en su poder. Así mismo, el empleado queda informado de que su incumplimiento puede generar el ejercicio de acciones disciplinarias por parte de HUGO SANFELIX HANCOCK, tal y como establece el artículo 58 de la Ley del Estatuto los Trabajadores así como la sustracción o revelación de información propiedad de HUGO SANFELIX HANCOCK puede ser una acción constitutiva de ilícito penal de acuerdo con el artículo 197 del Código Penal. HUGO SANFELIX HANCOCK

20 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD - ADMINISTRADOR El abajo firmante,..., con DNI., como administrador de HUGO SANFELIX HANCOCK, se compromete a: Tratar diligentemente y de acuerdo a las reglas de la buena fe toda aquella información de carácter corporativo a la que pueda tener acceso como administrador de HUGO SANFELIX HANCOCK y a no revelar a ninguna persona ajena a HUGO SANFELIX HANCOCK, sin el consentimiento debido dicha información, excepto en aquellos casos en los que sea necesario para dar el debido cumplimiento a sus obligaciones o por habérsele requerido por mandato legal o de la autoridad competente. Estas obligaciones se desprenden del deber de secreto recogido en el artículo 232 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, así como del artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (a partir de ahora LOPD), cuando se trate de datos de carácter personal, y deberán ser observados durante la vigencia del cargo e incluso, cuando se extinga, por cualquier causa, la relación que le une a HUGO SANFELIX HANCOCK. Utilizar la información que se menciona en el apartado anterior únicamente para el exclusivo desarrollo de sus funciones como administrador de HUGO SANFELIX HANCOCK y a no utilizarla de otra forma o con otra finalidad. Cumplir, en el desarrollo de sus funciones, la normativa vigente, autonómica, nacional o comunitaria, relativa a la Protección de Datos de Carácter Personal, y en particular, la LOPD y disposiciones complementarias o cualquier otra norma que las sustituya o modifique en el futuro. El administrador declara así mismo conocer que el incumplimiento de este compromiso puede generar el ejercicio de acciones de responsabilidad por parte de la sociedad, de acuerdo con la regulación del Capítulo V del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. A los efectos de la LOPD, HUGO SANFELIX HANCOCK informa que los datos personales del Administrador incluidos en cualquier documento derivado de la relación que le une a la Sociedad, serán incluidos en un fichero bajo la responsabilidad de HUGO SANFELIX HANCOCK. El administrador declara que facilita voluntariamente estos datos para establecer la representación legal pertinente con la empresa, siendo necesaria esta cesión para el mantenimiento y cumplimiento de la relación, así como para llevar a cabo las gestiones de personal, contable y administrativa de la empresa. El administrador podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito al siguiente domicilio: C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA. De acuerdo con el artículo 4 de la LOPD, en el caso de producirse alguna modificación de sus datos, el administrador se compromete a comunicarlo por escrito, con la finalidad de mantener los datos actualizados.

21 El administrador a partir de la aceptación de su nombramiento debe tomar consciencia de sus derechos y obligaciones de acuerdo al tratamiento de datos de carácter personal que realiza en el ejercicio de sus funciones. En VALENCIA, a... de... de Firma del administrador

22 LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD - TRABAJADOR CONTRATADO POR ETT El abajo firmante,..., con DNI..., en el marco de la relación que le une con HUGO SANFELIX HANCOCK, se compromete a: No revelar a ninguna persona ajena a HUGO SANFELIX HANCOCK, sin el consentimiento debido, información a la que haya tenido acceso en el desarrollo de sus funciones, excepto en aquellos casos en los que sea necesario para dar el debido cumplimiento a sus obligaciones o por habérsele requerido por mandato legal o de la autoridad competente. Utilizar la información que se menciona en el apartado anterior únicamente en la forma que exige el desarrollo de sus funciones en HUGO SANFELIX HANCOCK y a no utilizarla de otra forma o finalidad. No utilizar de ninguna otra manera cualquier información que haya podido obtener y que no sea necesaria para el desarrollo de sus funciones. Cumplir, en el desarrollo de sus funciones, la normativa vigente, autonómica, nacional o comunitaria, relativa a la Protección de Datos de Carácter Personal, y en particular, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y disposiciones complementarias o cualquier otra norma que las sustituya o modifique en el futuro. Cumplir los compromisos anteriores aún cuando se extinga, por cualquier causa, la relación que le une a HUGO SANFELIX HANCOCK. A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, HUGO SANFELIX HANCOCK informa que los datos personales incluidos en el currículo vitae o en cualquier otro documento derivado de la relación que le une a la empresa, serán incluidos en los ficheros LABORAL y RECURSOS HUMANOS, creados bajo la responsabilidad de HUGO SANFELIX HANCOCK. El abajo firmante, declara que facilita voluntariamente estos datos a la empresa de trabajo temporal que le contrató para prestar sus servicios en HUGO SANFELIX HANCOCK, siendo necesaria esta cesión para el mantenimiento y cumplimiento de la relación, así como para llevar a cabo las gestiones de personal, contable y administrativa de la empresa. Queda informado de que los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, pueden ser ejercitados en el siguiente domicilio: HUGO SANFELIX HANCOCK; C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA. En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, el empleado se compromete a comunicarlo por escrito, con la finalidad de mantener los datos actualizados, según el articulo 4 de la Ley Orgánica 15/1999. Firma el presente compromiso, en VALENCIA a... de... de Firma del interesado

23 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD El abajo firmante,...., con DNI.., en el marco de la relación laboral que le une a HUGO SANFELIX HANCOCK, se compromete a: Tratar diligentemente y de acuerdo a las reglas de la buena fe toda aquella información de carácter corporativo a la que pueda tener acceso como empleado de HUGO SANFELIX HANCOCK y a no revelar a ninguna persona ajena a HUGO SANFELIX HANCOCK, sin el consentimiento debido dicha información, excepto en aquellos casos en los que sea necesario para dar el debido cumplimiento a sus obligaciones o por habérsele requerido por mandato legal o de la autoridad competente. Estas obligaciones se desprenden del deber de confidencialidad y secreto recogidos en el artículo 5.1 a) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (a partir de ahora LET), así como del artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (a partir de ahora LOPD), cuando se trate de datos de carácter personal, y deberán ser observados durante la vigencia de dicha relación laboral e incluso, cuando se extinga, por cualquier causa, la relación laboral que le une a HUGO SANFELIX HANCOCK. Utilizar la información que se menciona en el apartado anterior únicamente para el exclusivo desarrollo de sus funciones como empleado de HUGO SANFELIX HANCOCK y a no utilizarla de otra forma o con otra finalidad. Cumplir, en el desarrollo de sus funciones, la normativa vigente, autonómica, nacional o comunitaria, relativa a la Protección de Datos de Carácter Personal, y en particular, la LOPD y disposiciones complementarias o cualquier otra norma que las sustituya o modifique en el futuro. El empleado declara así mismo conocer que el incumplimiento de este compromiso puede generar el ejercicio de acciones disciplinarias por parte de HUGO SANFELIX HANCOCK, tal y como establece el artículo 58 LET. A los efectos de la LOPD, HUGO SANFELIX HANCOCK informa que los datos personales incluidos en el contrato laboral, en el currículum vitae o en cualquier otro documento derivado de la relación laboral, serán incluidos en un fichero bajo la responsabilidad de HUGO SANFELIX HANCOCK. El empleado declara que facilita voluntariamente estos datos para establecer la relación laboral pertinente con la empresa, siendo necesaria esta cesión para el mantenimiento y cumplimiento de la relación, así como para llevar a cabo las gestiones de personal, contable y administrativa de la empresa. El empleado podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito al siguiente domicilio: C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA. De acuerdo con el artículo 4 de la LOPD, en el caso de producirse alguna modificación de sus datos, el empleado se compromete a comunicarlo por escrito, con la finalidad de mantener los datos actualizados.

24 HUGO SANFELIX HANCOCK, mediante la difusión de un Comunicado Interno a todos sus empleados, ha dejado patente la implantación en la empresa de todas las medidas de seguridad exigidas por la normativa en materia de protección de datos, con el objeto también de que el empleado tome consciencia de sus derechos y obligaciones de acuerdo al tratamiento de datos de carácter personal que realiza en el ejercicio de sus funciones. En VALENCIA, a... de... de Firma del empleado

25 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CARTA INFORMATIVA ANTIGUOS ALUMNOS En VALENCIA, a... de... de Muy señores nuestros: A fecha de 14 de enero del 2000, entró en vigor la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. HUGO SANFELIX HANCOCK mantiene desde hace años una rigurosa política de privacidad con los datos de aquellas personas con las que mantiene relaciones de negocios. Continuando con esta política de protección de la privacidad, le remitimos este escrito para informarle de los tratamientos que se realizarán con sus datos personales y para solicitarle su consentimiento. De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 15/1999, le informamos que sus datos han sido incorporados en un fichero bajo la responsabilidad de HUGO SANFELIX HANCOCK con la finalidad de poder atender los compromisos derivados de la relación que mantenemos con usted. Puede ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante un escrito a la dirección: C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA. Si en el plazo de 30 días no nos comunica lo contrario, entenderemos que sus datos no han sido modificados, que se compromete a notificarnos cualquier variación y que tenemos el consentimiento para utilizarlos con la finalidad anteriormente mencionada. HUGO SANFELIX HANCOCK

26 VALENCIA, a... de... de LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON CLIENTES REUNIDOS De una parte, HUGO SANFELIX HANCOCK, con DNI C, en nombre y representación legal propia y con domicilio en C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA, de ahora en adelante ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, y de otra,, con DNI, como representante legal de la empresa.., con CIF... y con domicilio en.., de ahora en adelante RESPONSABLE DEL FICHERO, Los comparecientes, reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente contrato y cumplir las condiciones que en el mismo se prevean, EXPONEN I. Que el Responsable del Fichero ha encomendado al Encargado del tratamiento la prestación de los servicios que a continuación se detallan: II. Que para la correcta prestación de los servicios relacionados con anterioridad el Responsable del Fichero pondrá a disposición del Encargado del Tratamiento ficheros automatizados o no automatizados que contienen datos de carácter personal. III. Que en cumplimiento del artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, ambas partes acuerdan libremente regular el acceso y tratamiento de los datos de carácter personal mencionados, de conformidad con los siguientes:

27 PACTOS Primero.- OBJETO Los ficheros que contengan datos de carácter personal puestos a disposición del Encargado del Tratamiento se encuentran debidamente legalizados y legitimados. El acceso por parte de éste a los datos del Responsable del Fichero no se considerará comunicación de datos, ya que el mismo resulta indispensable para la prestación de los servicios encargados. Segundo.- FINALIDAD DEL TRATAMIENTO El acceso por parte del Encargado del Tratamiento a los datos de carácter personal que se encuentran en los ficheros del Responsable, será única y exclusivamente para dar cumplimiento a las finalidades relacionadas en el expositivo I. Tercero.- GARANTÍA Y PROTECCIÓN DE LOS DATOS En el tratamiento de estos datos personales, el Responsable del Fichero y el Encargado del Tratamiento, se comprometen a garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas afectadas y, especialmente, su honor y su intimidad familiar y personal. Cuarto.- DELEGACIÓN DE FUNCIONES El Responsable del Fichero facilita y delega las funciones propias que ostenta al Encargado del Tratamiento para que realice los servicios contratados. Quinto.- OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DEL FICHERO 1ª. El cumplimiento de todas las medidas técnicas y organizativas necesarias con la finalidad de garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. 2ª. Declarar la existencia del Encargado del Tratamiento a la Agencia Española de Protección de Datos y atender los posibles derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que se le puedan dirigir. 3ª. Comunicar al Encargado del Tratamiento cualquier variación que se produzca en los datos de carácter personal facilitados, para poder actualizarlos. Sexto.- OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO 1ª. Adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias, según el nivel de seguridad de los datos tratados, establecidas en el Real Decreto 1720/2007, que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. El Responsable del Fichero se reserva el derecho a poder efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el efectivo cumplimiento de las medidas de seguridad exigidas legalmente y de los acuerdos regulados en este contrato. 2ª. Tratar los datos conforme a las instrucciones del Responsable del Fichero, no haciendo uso de los datos para finalidades diferentes a las acordadas en el pacto segundo.

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29 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CLÁUSULA INFORMATIVA ALBARANES O FACTURAS De conformidad con lo que establece la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos personales serán incorporados a un fichero bajo la responsabilidad de HUGO SANFELIX HANCOCK, con la finalidad de poder atender los compromisos derivados de la relación que mantenemos con usted. Puede ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante un escrito a la dirección: C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA. Si en el periodo de 30 días no nos comunica lo contrario, entenderemos que sus datos no han sido modificados, que se compromete a notificarnos cualquier variación y que tenemos su consentimiento para tratarlos para la finalidad mencionada con anterioridad así como, para poder enviarle información de carácter promocional o publicitario, que consideremos pueda ser de su interés, a la dirección de correo postal que nos ha proporcionado.

30 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CLÁUSULA CONTRATOS De acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que los datos recabados serán incorporados a un fichero bajo la responsabilidad de HUGO SANFELIX HANCOCK con la finalidad de atender los compromisos derivados de la relación que mantenemos con usted. Así mismo, le informamos que puede ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante un escrito a nuestra dirección: C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA. Mientras no nos comunique lo contrario, entenderemos que sus datos no han sido modificados, que usted se compromete a notificarnos cualquier variación y que tenemos el consentimiento para utilizarlos con el objeto de dar continuidad a nuestra relación contractual. También solicitamos su consentimiento para la comunicación de los datos a otras empresas cuando esta comunicación sea necesaria para la ejecución del presente contrato o pueda suponer una mejora en la relación entre ambas partes, así como para poder enviarle información de carácter promocional o publicitario, que consideremos pueda ser de su interés, a la dirección de correo postal que nos ha proporcionado.

31 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CLÁUSULA MATRICULACIÓN ALUMNOS En VALENCIA, a... de... de De acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que los datos recogidos a partir del presente formulario serán incorporados a un fichero bajo la responsabilidad de HUGO SANFELIX HANCOCK con la finalidad de atender los compromisos derivados de la relación que mantenemos con usted. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, y oposición mediante un escrito a nuestra dirección: C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA. Mientras no nos comunique lo contrario, entenderemos que sus datos no han sido modificados y que se compromete a notificarnos cualquier variación y que tenemos el consentimiento para utilizarlos con la finalidad de impartir la formación en la que usted se ha matriculado y poder cumplir con las obligaciones propias de un centro de educación, entre las cuales se encuentra la gestión de su expediente académico y su evaluación. A partir de la firma del presente formulario usted autoriza expresamente el tratamiento de sus datos de carácter personal, para la finalidad especificada, por parte de HUGO SANFELIX HANCOCK. Nombre y apellidos del interesado: DNI: Firma del interesado

32 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CLÁUSULA MATRICULACIÓN ALUMNOS MENORES En VALENCIA, a... de... de De acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que los datos de su hijo/a recogidos a partir del presente formulario serán incorporados a un fichero bajo la responsabilidad de HUGO SANFELIX HANCOCK con la finalidad de atender los compromisos derivados de la relación que mantenemos con usted y su hijo/a. Puede ejercer sus derechos, y los de su hijo/a, de acceso, rectificación, cancelación, y oposición mediante un escrito a nuestra dirección: C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA. Mientras no nos comunique lo contrario, entenderemos que sus datos y los de su hijo/a no han sido modificados y que se compromete a notificarnos cualquier variación y que tenemos el consentimiento para utilizarlos con la finalidad de impartir la formación en la que usted ha matriculado a su hijo/a y cumplir con las obligaciones propias de un centro de formación, entre las cuales se encuentran la gestión del expediente académico de su hijo/a y su evaluación, así como la remisión de aquellas circulares informativas a los padres. A partir de la firma del presente formulario usted autoriza expresamente el tratamiento de sus datos de carácter personal y los de su hijo/a, para la finalidad especificada, por parte de HUGO SANFELIX HANCOCK. Nombre y apellidos del menor: DNI: Nombre y apellidos del tutor legal: DNI: Firma del tutor legal

33 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CARTA INFORMATIVA PROVEEDORES Proveedor: En.., a de. de 20 Muy señores nuestros: A fecha de 14 de enero del 2000, entró en vigor la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. HUGO SANFELIX HANCOCK mantiene desde hace años una rigurosa política de privacidad con los datos de aquellas personas con las que mantiene relaciones de negocios. Continuando con esta política de protección de la privacidad, le remitimos este escrito para informarle de los tratamientos que se realizarán con sus datos personales y para solicitarle su consentimiento. De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 15/1999, le informamos que sus datos han sido incorporados en un fichero automatizado bajo la responsabilidad de HUGO SANFELIX HANCOCK con la finalidad de poder atender los compromisos derivados de la relación que mantenemos con usted. Puede ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante un escrito a la dirección: C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA. Si en el plazo de 30 días no nos comunica lo contrario, entenderemos que sus datos no han sido modificados, que se compromete a notificarnos cualquier variación y que tenemos el consentimiento para utilizarlos a fin de poder fidelizar la relación entre las partes. HUGO SANFELIX HANCOCK

34 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EJERCICIO DE DERECHOS La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su Título III, relativo a los derechos de las personas, determina los términos y requisitos que se deben cumplir para que el Responsable del Fichero pueda hacer efectivo el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición a los datos, por parte de los titulares de los mismos. El artículo 23 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son personalísimos, así que sólo podrán ser ejercidos por el afectado, acreditando siempre su identidad. En caso de incapacidad o minoría de edad, serán ejercidos por el representante legal. También podrán ser ejercitados por representante voluntario. Para el ejercicio de dichos derechos deberá concederse al interesado un medio sencillo y gratuito. Estas instrucciones se detallan con más precisión en el Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio así como en la Instrucción 1/1998, de 19 de enero, de la Agencia Española de Protección de Datos, relativa al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación. Para que el Responsable del Fichero pueda ejercer correctamente estos derechos, es necesario tener en cuenta los siguientes aspectos. Los plazos para el ejercicio de los derechos son los siguientes: Para el derecho de acceso será de un mes para contestar a partir de la recepción de la solicitud y, en el caso que proceda y no falte ningún requisito formal, 10 días más para hacerlo efectivo. Para el ejercicio de los derechos de cancelación y rectificación el plazo será de 10 días. Si los datos van a ser comunicados a terceros, se les deberá informar para que puedan proceder a su rectificación o cancelación. Para el ejercicio del derecho de oposición no se establece plazo reglamentario hasta la aprobación del correspondiente reglamento, si bien es recomendable hacerlo efectivo en un plazo máximo de 10 días. La carta remitida por el titular de los datos que solicite el ejercicio deberá de cumplir los siguientes requisitos legales: Nombre, apellidos del interesado y copia del DNI. En los excepcionales casos en que se admita la representación, será también necesaria la identificación por el mismo medio de la persona que le representa, así como el documento acreditativo de la representación. La fotocopia del DNI podrá ser sustituida siempre que se acredite la identidad por cualquier otro medio válido en derecho.

35 Petición en que se concreta la solicitud. (Ejercicio que se solicita o información a la que se quiere acceder). Si no hace referencia a un fichero concreto se le facilitará toda la información que se tenga de la empresa a su nombre. Si solicita información de un fichero en concreto, solo la información de este fichero. Si solicita información relativa a un tercero nunca se podrá facilitar. Si lo solicita por teléfono se le indicará que lo haga por escrito y se le informará de cómo lo puede hacer y la dirección a la que tiene que enviarlo. Nunca se le dará información por teléfono. Domicilio a efecto de notificaciones. Fecha y firma del solicitante Documentos acreditativos de la petición que formula. El interesado debe utilizar cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción de la solicitud. De acuerdo con el artículo 25.2 del Reglamento, el Responsable del Fichero deberá contestar la solicitud que se le dirija en todo caso, con independencia de que figuren o no datos personales del afectado en sus ficheros. Si le falta algún requisito, se le contestará indicando el requisito que falta para que lo subsane. Se recomienda utilizar cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción (correo certificado con acuse de recibo, como medio de prueba ante una posible apertura de Tutela de Derechos). El Responsable del Fichero deberá adoptar las medidas convenientes para garantizar que todas las personas de su organización que tengan acceso a datos de carácter personal puedan informar a los titulares de los datos del procedimiento a seguir para el correcto ejercicio de sus Derechos.

36 LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CLÁUSULAS LEGALES De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal en su artículo 5, los interesados a los que se les soliciten datos de carácter personal tienen derecho a ser informados previamente de modo expreso, preciso e inequívoco de la existencia de un fichero, de la finalidad de la recogida de los datos, de los destinatarios de la información, de la identidad y dirección del Responsable del Fichero y de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. En este sentido, la Ley determina que cuando se usen cuestionarios u otros impresos para la recogida de los datos, figurarán en los mismos, de forma clara, las citadas advertencias. En el caso en que los datos no hayan sido recabados directamente del interesado, éste deberá ser informado por el Responsable del Fichero, dentro de los tres meses posteriores al registro de los datos. Cuando los datos procedan de fuentes accesibles al público y se destinen a publicidad o prospección comercial, se le informará en cada comunicación del origen de los datos, de la identidad del Responsable del Fichero así como de los derechos que le asisten. Excepto casos puntuales, para poder llevar a cabo la comunicación o cesión de los datos deberá solicitarse el consentimiento previo del interesado. Así mismo, solo podrán tratarse con el consentimiento por escrito del afectado, datos especialmente protegidos como la ideología, afiliación sindical, religión y creencias, así como el origen racial, salud o vida sexual. HUGO SANFELIX HANCOCK, como Responsable del Fichero, deberá incluir las pertinentes cláusulas de información y/o consentimiento, en todos y cada uno de los formularios o documentos, que se usen para la recogida de datos personales, debiendo ser firmados. Para cada uno se ha diseñado una cláusula legal que permite cumplir la normativa sobre el derecho a la información y petición de consentimiento. A continuación se especifican cada una de las cláusulas diseñadas al efecto.

37 CLÁUSULA PARA INTRODUCIR EN LOS FORMULARIOS DE SOLICITUD DE PUESTO DE TRABAJO La presente cláusula será incorporada a los formularios que utilice HUGO SANFELIX HANCOCK para recoger los datos de carácter personal de aquellos candidatos a empleados. De conformidad a la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal le informamos que los datos recogidos en el presente formulario serán incorporados al fichero RECURSOS HUMANOS, del cual es responsable HUGO SANFELIX HANCOCK. Solicitamos su consentimiento con la finalidad de formar parte en los procesos de selección de personal que se lleven a cabo. En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, pedimos nos lo comunique debidamente por escrito con la finalidad de mantener su solicitud actualizada. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos que establece la Ley, a la dirección: C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA.

38 CARTA DE CONTESTACIÓN A LOS CURRíCULUM VITAE PARA CUANDO SE RECIBA UNA SOLICITUD HUGO SANFELIX HANCOCK podrá utilizar la cláusula que se relaciona a continuación para informar a aquellos candidatos a empleados que han enviado su currículum vitae y por lo tanto, no han sido informados aún. En VALENCIA a de de 20 Apreciado Sr. /Sra.: Acusamos recibo de su currículum vitae fechado en. De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le comunicamos que sus datos serán incorporados al fichero RECURSOS HUMANOS, del que es responsable HUGO SANFELIX HANCOCK, con el objetivo de formar parte en eventuales procesos de selección de personal llevados a cabo por la entidad. La empresa también le informa que sus datos podrán ser comunicados a empresas de trabajo temporal; a otras empresas de selección de personal o a cualesquiera otras empresas, con la finalidad exclusiva de participar en los procesos de selección de personal que se lleven a cabo en las mismas. En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, le rogamos que nos lo comunique por escrito. Si no estuviera conforme con alguno de los puntos mencionados, rogamos nos lo comunique por escrito en el plazo de 30 días, de otro modo, entenderemos que muestra su conformidad al respecto, otorgando su consentimiento para los tratamientos y cesiones señalados. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos establecidos en la Ley, a la dirección C/ MINISTRO LUIS MAYANS, Nº31-BAJO 46009, VALENCIA Agradecemos la confianza depositada en nuestra entidad y aprovechamos la ocasión para saludarle. Firmado:

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