MUNICIPIO DE EBÉJICO DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
|
|
- José María Godoy Vera
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 DECRETO NÚMERO 017 (Febrero 05 de 2.011) POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD DE CARÁCTER POLÍTICO. El Alcalde Municipal de Ebéjico Antioquia, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 29 de la Ley 130 de 1994, y CONSIDERANDO Que corresponde al Alcalde Municipal, regular la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches, vallas y elementos publicitarios destinados a difundir propaganda electoral, a fin de garantizar el acceso equitativo de los partidos y movimientos, agrupaciones y candidatos a la utilización de estos medios, en armonía con el derecho de la comunidad a disfrutar del uso del espacio público y la preservación de la estética. Que el inciso segundo del artículo 24 de la Ley 130 de 1994 dispone que la propaganda electoral únicamente podrá realizarse durante los tres (3) meses anteriores a la fecha de elecciones. Que mediante ley 140 de 1994 se reglamentó la Publicidad Exterior Visual en el territorio nacional. Que por Resolución el Consejo Nacional Electoral señaló el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales y Juntas Administradoras Locales, a celebrarse el día 30 de octubre del año DECRETA DEFINICIONES ARTICULO 1. Para efectos del presente decreto se debe entender por: VALLA: Todo anuncio permanente o temporal utilizado como medio de difusión con fines informativos o con propósitos similares de interés general, dispuesto para su apreciación visual en sitios exteriores, que está montado sobre una
2 estructura metálica u otro material estable, con sistemas fijos o de movimientos, decorado sobre acrílico, lámina, plástico u otro material, iluminado en forma fija por reflectores, iluminación interior o sin iluminación. La estructura debe estar. completamente separada o independiente de las edificaciones o localizada en campo abierto. PENDON, PANCARTA O PASACALLE: Todo aviso pintado en tela que se coloca sobre las fachadas de las edificaciones o que atraviese la vía pública. AVISO: Todo anuncio, advertencia o propaganda con fines políticos, que se coloque en los frentes de las edificaciones o en lugar que dé a la vía pública o sea visible desde ella, mediante tableros, placas, vidrios, carteles, tablas, láminas o similares proyectados, iluminados, o reflectantes. MURAL: Todo anuncio o aviso pintado sobre paredes, muros fachadas de casas y edificaciones, cerramientos y similares. ESPACIO PUBLICO: El conjunto de inmuebles públicos y los elementos naturales de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación, a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que trascienden, por tanto los límites de los intereses individuales de los habitantes. PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL: El medio masivo de comunicación destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público bien sea peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas. FUENTE MOVIL: La que por razón de uso o propósito es susceptible de desplazarse como los automotores, vehículos de transporte a motor de cualquier naturaleza. PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL ARTICULO 2. Publicidad en el área urbana. Cada partido, movimiento político, o candidato independiente tendrá derecho a instalar y/o publicitar en la cabecera municipal la siguiente cantidad de publicidad política: Transmitir hasta diez (10) cuñas radiales diarias con duración máxima de un (01) minuto, distribuidos libremente entre las radiodifusoras con cubrimiento en la localidad, sin exceder en ningún caso lo autorizado.
3 Cuatro (04) vallas con tamaño máximo de seis por seis en lotes terrazas, cubiertas y culatas de inmuebles construidos, no costados laterales de estos. Tres (03) pasacalles y/o pendones, en ningún caso se permitirá cruces de las vías arterias. Tres (03) avisos de hasta seis metros cuadrados (6m2). Por cada vivienda o local comercial se permitirá máximo dos afic Tres (03) murales de hasta seis metros cuadrados (6m2). sin construir; y en debe superar los la ubicación en los PARÁGRAFO 1. Las cuñas que por cualquier causa no sean emitidas en un determinado día, no podrán ser acumulables para emisiones de días posteriores. PARÁGRAFO 2. Podrán ubicarse vallas, pancartas, pasacalles o pendones con una distancia no inferior a sesenta (60) metros una de otra. ARTICULO 3. Publicidad en el área rural. Cada partido, movimiento político, o candidato independiente tendrá derecho a instalar en zona rural la cantidad de: Cinco (5) pasacalles y/o pendones, en ningún caso se permitirá la ubicación en los cruces de las vías arterias. Tres (03) murales de hasta seis metros (6 m2). Por cada vivienda o local comercial se permitirá máximo dos afiches Dos (02) vallas con tamaño máximo de seis por seis ARTICULO 4. Requisitos de inscripción. El movimiento, partido político con personería jurídica o candidatos avalados o independientes, interesados en hacer inscripción en el registro para instalación de publicidad política, deberá presentar la solicitud por escrito a la Secretaría General y de Gobierno, señalando: Nombre completo, identificación, dirección y teléfono del peticionario. Dimensiones y características de los avisos, vallas, pasacalles o murales. Sitio o lugar de ubicación. Incluir autorización por escrito del propietario del predio donde se ubique publicidad indicando dirección y documento de identidad. PARÁGRAFO: La Secretaría General y de Gobierno contará con un término de cinco (05) días, para registrar o no la solicitud de inscripción. ARTICULO 5. Los pasacalles o pancartas podrán sujetarse en los postes de apoyo de redes eléctricas y telefónicas, sin que se adhieran en forma permanente. hes.
4 ARTICULO 6. Retiro de la publicidad. Toda publicidad exterior visual deberá ser retirada antes del día 27 de octubre del año ARTICULO 7. Mantenimiento. A toda la publicidad exterior visual deberá dársele adecuado mantenimiento, de tal forma que no se presenten condiciones de suciedad, inseguridad o deterioro. ARTÍCULO 8. Manifestaciones populares. Las manifestaciones populares con fines políticos serán autorizadas por la Secretaría General y de Gobierno, para lo cual el movimiento, partido político con personería jurídica o candidatos avalados o independientes, interesados deberán presentar solicitud por escrito con el siguiente contenido: Nombre completo e identificación del peticionario, 76 horas antes del evento. Día y hora de realización Permiso de la empresa de energía, si a ello hubiere lugar, donde se especifique la manera de pagar la luz consumida. PERIFONEO ARTICULO 9. Requisitos. El perifoneo con fines políticos será autorizado por la Secretaría General y de Gobierno, para lo cual el movimiento, partido político con personería jurídica o candidatos avalados o independientes, interesados deberán presentar solicitud por escrito con el siguiente contenido: Nombre completo e identificación del peticionario Día y hora de realización Placas del vehículo Nombre e identificación del conductor. ARTICULO 10. Expedición de permisos. La Secretaría General y de Gobierno contará con un día hábil para el análisis y la modificación de la solicitud y la expedición del respectivo permiso. ARTICULO 11. Intensidad horaria. Señalase como intensidad horaria de utilización de altoparlantes y amplificadores en zona de uso público la cantidad de tres (03) horas semanales de perifoneo móvil con fines políticos por candidato, sin exceder una hora diaria.
5 ARTICULO 12. El sonido de los equipos utilizados para la ejecución del perifoneo deberán conservarse dentro de los decibeles autorizados y sólo podrá hacerse en el horario comprendido de 08:00 A.M. a 12:00 M. y de 02:00 P.M. a 06:00 P.M. entre los días comprendidos de Lunes a Viernes, y para los días Sábados, domingos y Lunes festivos se extenderá por cuatros horas más el permiso, iniciando a las 8:00 am y finalizando a las 8:00 pm PARÁGRAFO. Los comando de policía acantonados en nuestra jurisdicción, deberán adoptar las medidas pertinentes para asegurar el cumplimiento del presente artículo. SEDES POLITICAS ARTICULO 13. Se autoriza la apertura de una sede política por cada movimiento, o partido político con personería jurídica las cuales para su funcionamiento sus representantes deberán solicitar el registro ante la Secretaría General y de Gobierno, señalando el nombre del movimiento, la dirección y el número telefónico de la sede del movimiento político. PARÁGRAFO. Las sedes o directorios políticos que se ubiquen en el marco del parque principal únicamente podrán identificarse en su respectiva fachada con nombre del candidato, movimiento al que pertenece y número en el tarjetón. PROHIBICIONES ARTICULO 14. Zona restringida para la instalación de publicidad exterior visual. Queda prohibido instalar cualquier clase de publicidad política exterior visual en las siguientes zonas: Los parques principales del municipio. Alrededor del Coliseo, de las instituciones educativas o cualquier espacio de recreación de carácter público PARAGRAFO. Las sedes de los directorios políticos que estén ubicados dentro de la zona electoral restringida, no podrán funcionar el día 30 de octubre de 2010, fecha en la cual se llevarán a cabo los comicios electorales. ARTICULO 15. Zona restringida para la realización del perifoneo. Queda Prohibido realizar perifoneo con fines políticos en las siguientes zonas:
6 En los parques principales del Municipio. Alrededor de la Casa de la cultura. En los alrededores de la iglesia y del asilo ARTICULO 16. Queda prohibido adherir afiches, pintar avisos, murales e instalar vallas en los bienes de uso público, tales como postes, muros, señales de tránsito, árboles, puentes, parques, zonas verdes y demás elementos naturales y de amueblamiento urbano, centro religiosos, culturales, estatales y cívicos. ARTICULO 17. El día de las elecciones no se podrá exhibir camiseta o prenda de vestir alguna con publicidad política, ni afiches, volantes o documentos similares que inviten a votar por un determinado candidato. SANCIONES ARTICULO 18. Toda violación a lo establecido en el presente decreto será objeto de las sanciones establecidas en la Ley 140 de 1994, Código Nacional de Policía y demás normas concordantes, sin perjuicio de su retiro por parte de la Secretaría General y de Gobierno en coordinación con la Secretaría de Planeación e Infraestructura Municipal, a costa del infractor. ARTICULO 19. Las infracciones a cualquiera de las regulaciones y restricciones con relación al perifoneo se sancionarán de acuerdo a lo establecido en el Capítulo XI del Decreto 948 de ARTICULO 20. En caso de flagrancia, la Policía deberá decomisar los elementos publicitarios vetados mediante la presente providencia. ARTICULO 21. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Expedido en el municipio de Ebéjico Antioquia a los cinco (05) días del mes de febrero del año dos mil once (2011). JAIME Alcalá NCHEZ POSADA unicipal
ALCALDÍA MUNICIPAL GUADALAJARA DE BUGA SECRETARÍA DE GOBIERNOY CONVIVENCIA CIUDADANA. RESOLUCION DAM No 1125-2011 16 de Junio de 2011
RESOLUCION DAM No 1125-2011 16 de Junio de 2011 POR MEDIO DE LA CUAL SE SEÑALA EL NUMERO DE CUÑAS RADIALES, DE AVISOS EN PUBLICACIONES ESCRITAS Y DE VALLAS QUE PUEDEN HACER USO LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS
Más detallesDEPARTAMENTO DE NARIÑO ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO. DECRETO No. 0867 DE 2009 ( 22 DE DIC 2009 )
EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE PASTO En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el articulo 29 de la Ley 130 de 1994, La Resolución 001142 de 2009 proferida por
Más detallesDECRETO No. 007 CONSIDERANDO:
DECRETO No. 007 Por el cual se regula la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual en el municipio de San Marcos, Sucre, destinados a difundir
Más detallesDecreto N 050 (6 de agosto de 2011) "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA INSTALACiÓN DE PUBLICIDAD ELECTORA~ EN EL MUNICIPIO DE HELlCONIA"
Decreto N 050 (6 de agosto de 2011) "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA INSTALACiÓN DE PUBLICIDAD ELECTORA~ EN EL MUNICIPIO DE EL ALCALDE DE HELlCONIA ANTIOQUIA, en uso de sus facultades constitucionales y legales,
Más detallesALCALDÍA MUNICIPAL REGISTRADURÍA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL RETIRO ANTIOQUIA RESOLUCIÓN 001. (12 de noviembre de 2005)
ALCALDÍA MUNICIPAL REGISTRADURÍA MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL RETIRO ANTIOQUIA RESOLUCIÓN 001 (12 de noviembre de 2005) Por medio de la cual se establece la reglamentación municipal para la fijación de publicidad
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA Departamento de Cundinamarca Municipio de Gachancipá
DECRETO No. 136 DE 2015 (JULIO 21) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE PUBLICIDAD POLÍTICA ELECTORAL EN EL MUNICIPIO DE GACHANCIPÁ, PARA ELECCIONES QUE SE LLEVARÁN A CABO EL DÍA 25
Más detallesDECRETO N 60 (09 de julio de 2015)
DECRETO N 60 (09 de julio de 2015) Por el cual se señala el número máximo de cuñas radiales, televisivas, avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los Partidos
Más detallesDECRETO No. 013 MARZO 24 DE 2015
DECRETO No. 013 MARZO 24 DE 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EN EL MUNICIPIO DE CUMARAL META LA PROPAGANDA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DE GOBERNADOR, ALCALDES, CONCEJALES, DIPUTADOS DE COLOMBIA
Más detallesDECRETO No. 047 JULIO 01 DE 2.015 EL ALCALDE MUNICIPAL DE CHAGUANÍ - CUNDINAMARCA
DECRETO No. 047 JULIO 01 DE 2.015 Por la cual se señala el número de vallas publicitarias, cuñas radiales, publicaciones escritas, pasacalles y avisos impresos de que pueden hacer uso los Partidos y Movimientos
Más detallesDEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA MUNICIPIO DE CAICEDONIA VALLE SECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPAL
POR MEDIO DEL CUAL SE REGULA LA PROPAGANDA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES PARA CONGRESO, PARLAMENTO ANDINO Y PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, EN EL DEL CAUCA. El Alcalde del Municipio de Caicedonia Valle del
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL TOLIMA MUNICIPIO PALOCABILDO NIT: 800,002.637-5. RESOLUCIÓN N 342 (Julio 24 de 2015)
NIT: 800,002.637-5 RESOLUCIÓN N 342 (Julio 24 de 2015) "POR MEDIO DEL CUAL SE REGULA LA PUBLICIDAD POLÍTICA O PROPAGANDA ELECTORAL AUTORIZADA PARA LAS ELECCIONES DE GOBERNADORES, DIPUTADOS, ALCALDES Y
Más detallesCONSIDERANDO: e el Artículo 29 de la Ley 130 de 1994, señala: W Carrera 12 No 10-36!,,,..,.. PBXT392333 Fax 6384303
DECRETO No. U U U ^ 1 4 ENF 2014 "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL, RADIAL Y ESCRITA O PROPAGANDA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, A REALIZARSE
Más detallesRESOLUCIÓN No. 0117 DE 2007. ( 21 de febrero )
RESOLUCIÓN No. 0117 DE 2007 ( 21 de febrero ) Por la cual se señala el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los Partidos y Movimientos
Más detallesSJA-121-32-007!V Versión: 1.0 1. DECRETO No. 00486 Julio 21 de 2015
SECRETARIA JURIDCA Y ASUNTOS ADMINiSTRATNOS 1!V Versión: 1.0 1 EL ALCADE MUNICIPAL DE SAN ANTERO, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESPECIALMENTE LAS SEÑALADAS EN LA LEY 130 DE MARZO 23 DE 1994, LEY 1475
Más detallesDECRETO No. 035 -----
DECRETO No. 035 ----- 2 5 "Por medio del cual se toman disposiciones en materia de Publicidad Política o Propaganda electoral autorizada para las elecciones del 2015." EL ALCALDE MUNICIPAL DE HONDA TOLIMA
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL VAUPÉS ALCALDÍA DE MITÚ. DECRETO No. 038 DE 2015 (23 DE JULIO) EL ALCALDE ENCARGADO DE MITÚ, CONSIDERANDO:
DECRETO No. 038 DE 2015 (23 DE JULIO) Por el cual se regula la Publicidad Política o Propaganda electoral de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos
Más detallesDECRETO No. 029 de 2015 ( 17 de abril )
DECRETO No. 029 de 2015 ( 17 de abril ) POR EL CUAL SE REGULA LA PUBLICIDAD POLÍTICA O PROPAGANDA ELECTORAL AUTORIZADA PARA ELECCIONES, Y SE DICTAN OTRAS DETERMINACIONES EL ALCALDE MUNICIPAL DE CAPARRAPÍ
Más detallesDECRETO N 063 (06 de julio de 2015)
DECRETO N 063 (06 de julio de 2015) "POR EL CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DESTINADAS A DIFUNDIR PROPAGANDA
Más detallesRepública de Colombia / Departamento de Cundinamarca Alcaldía de La Calera. RESOLUCIÓN No 279 Fecha: 24 de julio de 2015
RESOLUCIÓN No 279 Fecha: 24 de julio de 2015 POR MEDIO DE LA CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN DE VALLAS, PASACALLES, PENDÓN, AFICHE O CARTEL, PERIFONEO Y
Más detallesDepartamento del Valle del Cauca Alcaldía Municipal de Ginebra Despacho NIT 800.100.520-1
El suscrito Alcalde Municipal de Ginebra - Valle, en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Artículo 40 de la Constitución Política, Ley 130 de 1994, Ley 140 de 1994, Ley 1475
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CAQÜETÁ MUNICIPIO DE SAN VICENTE DEL CAGUÁN. DECRETO MUNICIPAL No.099 (Julio 29 de 2015)
DECRETO MUNICIPAL No.099 (Julio 29 de 2015) "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN PARCIALMENTE LOS ARTICULOS 3" y 4' DEL DECRETO MUNICIPAL 085 DE JULIO 03 DE 2015". EL SUSCRITO ALCALDE DEL CAGUETA, en ejercicio
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CAREPA NIT N 890.985.316-8 DESPACHO ALCALDE
ille la 1111C011 el RESOLUCION Nro 4 6 8o1 1 1 DIC 2013 Por medio del cual se regula la publicidad exterior visual en las jornadas electorales programadas para elecciones al congreso de la Republica en
Más detallesDepartamento de La Guajira Municipio de Barrancas Alcaldía Municipal
DECRETO No. 039 DE 2011 JULIO...27 Por Medio del cual se establecen el número de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias, utilización de perifoneo y otros medios de reproducción
Más detallesALCALDIA DE LANDAZURI SANTANDER PARQUE PRINCIPAL
DECRETO No. 024 DE 2.014 21 DE ABRIL POR EL CUAL SE REGULA LA PUBLICIDAD POLÍTICA O PROPAGANDA ELECTORAL AUTORIZADA PARA LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES DEL 25 DE MAYO DE 2014, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES
Más detallesC O N S I D E R A N D O:
200.18.57 DECRETO No. 057 (24 de Julio de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD Y LA OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO EN EL MUNICIPIO DE PULÍ CUNDINAMARCA DURANTE EL PERIODO DE LA CAMPAÑA ELECTORAL
Más detallesQue los incisos primero y segundo del artículo 29 de la Ley 130 de 1994 señalan lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO 0236 DE 2015 (marzo 3) por la cual se señala el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos
Más detallesCONSIDERANDO: Que los incisos primero y segundo del Artículo 29 de la Ley 130 de 1994, sobre Propaganda en espacios públicos señalan lo siguiente:
SINCELEJO DECRETO N 2015 LLEVARAN A CABO EL 25 DE OCTUBRE DE 2015 EL ALCALDE DE SINCELEJO, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en artículo 315 Constitución Política, la Ley 136
Más detallesCONSIDERANDO: Que el artículo 35 de la Ley estatutaria 1475 de 2011, define la propaganda electoral así:
- ' PITAILOM. ; t. CODIGO: F-GD-00-02 VERSION: 1 LE No. 5 5 1 21 JiJI 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN DE CARTELES, PASACALLES, PENDONES,
Más detallesMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN Jr. Gregorio Delgado Nº 260, Tarapoto Telf. 52-2351
ORDENANZA N 015-2010-A/MPSM Tarapoto, 22 de Junio de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN: POR CUANTO El Concejo Municipal Provincial de San Martín, en Sesión de fecha 22 de Junio
Más detallesDECRETO No 046. 24 de Julio de 2015)
DECRETO No 046 24 de Julio de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD Y10 PROPAGANDA ELECTORAL PARA LAS ELECCiONES LJ GOBERNADORES, DIPUTADOS, ALCALDES, CONCEJALES Y JUNTAS ADMINISTRADORAS
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO DE BOLIVAR ALCALDÍA MUNICIPAL DE ACHI Nit: 800037371-1 DECRETO N 012. ENERO 28 DE 2013.
DECRETO N 012. ENERO 28 DE 2013. Por medio del cual se adoptan las disposiciones pertinentes para el Municipio contenidas en la Resolución N 00832 del 05 del mes de marzo de 2013 del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
Más detallesDECRETO NÚMERO 193 22 DE JULIO DE 2015
..11~11.31~ MUNICIPIO DE ALEJANDRÍA NIT: 890.983.701-1 DECRETO NÚMERO 193 22 DE JULIO DE 2015 Código: PDO Versión: 01 Página 1 de 8 "POR EL CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICA, LUGARES Y CONDICIONES
Más detallesDECRETO MUNICIPAL No CONSIDERANDO
DECRETO MUNICIPAL No ( 12SEP. 2011 ) o300 "Por medio de la cual se adoptan normas reglamentarias sobre publicidad política electoral en el Municipiode Tunja, para las elecciones que se llevaran a cabo
Más detallesMunicipio de Tipacoque Alcaidía Municipal Nit. 800.099.187-6. DECRETO NÚMERO 037 (06 de Agosto de 2015)
Alcaidía Municipal Nit. 800.099.187-6 DECRETO NÚMERO 037 (06 de Agosto de 2015) Por el cual se regula la Publicidad Política o Propaganda electoral autorizada para las elecciones del 25 de octubre de 2015,
Más detallesACUERDO No POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DEL MUNICIPIO DE ITAGUI.
ACUERDO NO. 24 ITAGUÍ, 21 DE AGOSTO DE 1998 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DEL MUNICIPIO DE ITAGUI. EL HONORABLE CONOCEJO MUNICIPAL DE ITAGUI, en USO de SUS atribuciones
Más detallesDECRETO No 112 (03 de diciembre de 2013)
DECRETO No 112 (03 de diciembre de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLITICA, ELECTORAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES PARA LA ELECCION DE DIGNATARIOS. El Alcalde del Municipio de
Más detallesDECRETO No. 037 DE 2015 (Julio 22 de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLÍTICA EN EL MUNICIPIO DE SIMACOTA - SANTANDER
NIT. 890.208.807-0 Página 1 de 6 DECRETO No. 037 DE 2015 (Julio 22 de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLÍTICA EN EL MUNICIPIO DE SIMACOTA - SANTANDER La Alcaldesa Municipal de Simacota
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO MUNICIPIO DE ORITO DESPACHO ALCALDE NIT 800102896-2. DECRETO No. 061 (23 de julio de 2015)
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO MUNICIPIO DE ORITO DESPACHO ALCALDE NIT 800102896-2 DECRETO No. 061 (23 de julio de 2015) Por medio del cual se reglamenta el número máximo de cuñas radiales,
Más detallesDECRETO No. ^ 7 2 2 JUL 2015
DEPARTAMENTO DE BOYACA A L C A L D I A MUNICIPAL DE T I B A S O S A PROCESO D E LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN Código; A-03-01-F1 Versión: 1 Pág. 1 DECRETO No. ^ 7 8 ~ 2 2 JUL 2015 "POR EL CUAL SE REGLAMENTA
Más detallesREGLAMENTO DE LA PROPAGANDA POLITICA Y ELECTORAL EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO CAÑETE ORDENANZA Nº 02-2006 - MDSA
REGLAMENTO DE LA PROPAGANDA POLITICA Y ELECTORAL EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO CAÑETE ORDENANZA Nº 02-2006 - MDSA San Antonio 14 de Febrero de 2006 POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Antonio de Cañete,
Más detallesPÚBLICA DE COLOMBIA - DEPARTAMENTO DE BO MUNICIPIO DE RAMIRIQUÍ ESPACHO. DECRETO 040 (12 de Junio de 2015)
PÚBLICA DE COLOMBIA - DEPARTAMENTO DE BO FR- 1000-05-V1 VIGENCIA: 2015 DECRETO 040 (12 de Junio de 2015) Por el cual se regula la Publicidad Política o Propaganda electoral autorizada para las elecciones
Más detallesDECRETO. DECRETO NÚMERO 049 DE 2015 (Julio 22 de 2015)
NÚMERO 049 DE 2015 (Julio 22 de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN DISPOSICIONES PERTINENTES PARA EL MUNICIPIO DE GÉNOVA QUINDÍO, SE REGLAMENTE EL USO DE PROPAGANDA ELECTORAL, PARA LAS ELECCIONES DE ALCALDE,
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA MUNICIPIO DE SOTAQUIRA
DECRETO No.052 (Diciembre 12 de 2013) "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLÍTICA EXTERIOR, PARA LAS ELECCIONES DE CONGRESO DE LA REPÚBLICA Y PARLAMENTO ANDINO PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2014-2018,
Más detallesMUNICIPIO DE BOAVITA
DECRETO 009 Enero 20 de 2014. POR EL CUAL SE SEÑALA EL NUMERO DE VALLAS PUBLICITARIAS Y DE AVISOS EN PUBLICACIONES ESCRITAS DE QUE PUEDEN HACER USO LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS CON PERSONERÍA JURÍDICA
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE VITERBO
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE VITERBO DECRETO No. 025 DE JUNIO 10 DE 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN LOS PARAMETROS PARA EL MANEJO DE LA PUBLICIDAD POLITICA EN LAS CONTIENDAS
Más detallesGobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pujilí GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUJILÍ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pujilí GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PUJILÍ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Al ser función del gobierno autónomo descentralizado municipal
Más detallesRESOLUCIÓN No.029. Bogotá, D.C., 01 de Septiembre de 2011
RESOLUCIÓN No.029 Bogotá, D.C., 01 de Septiembre de 2011 "Por la cual se regula la divulgación política y propaganda electoral en el Partido Social de Unidad Nacional, Partido de la U con ocasión de las
Más detallesDECRETO NÚMERO 024 O 2 MAY 2014
Municipio de La Unión POR EL CUAL SE REGULA LA FORMA. CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL EN EL MUNICIPIO DE LA UNION ANTIOOUIA, DESTINADOS
Más detallesMUNICIPIO DE BELTRAN Departamento de Cundinamarca
DECRETO N 110-05-060-2015 (23 de Julio de 2015) POR EL CUAL SE REGULA EL USO DE LA PUBLICIDAD POLÍTICA O PROPAGANDA ELECTORAL EN EL MUNICIPIO DE BELTRÁN CUNDINAMARCA, PARA LAS ELECCIONES DEL 25 DE OCTUBRE
Más detallesDECRETO NUMERO. Q_48 de_2015 (24 de; Julio de 2015)
DEPARTAMENTO /)/ / SANTANDl-R ALCALDÍA MUNICIPAL DE VELEZ DECRETO NUMERO. Q_48 de_2015 (24 de; Julio de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGULA LA FORMA, CARACTERÍSTICAS, LUGARES Y CONDICIONES PARA LA FIJACIÓN
Más detallesDEPARTAMENTO DE SANTANDER MUNICIPIO DE PINCHOIE. Fecha: 2009 NIT. 890204265-0
DEPARTAMENTO DE SANTANDER MUNICIPIO DE PINCHOIE Fecha: 2009 Version: 1 Pag. 1 de 6 NUMERO N 027 (17 de Julio de 2015) "Por el cual se regula la Publicidad Politica o Propaganda electoral autorizada para
Más detallesRESOLUCIÓN 002444 DE 2003 (Mayo 7)
RESOLUCIÓN 002444 DE 2003 (Mayo 7) "Por la cual se reglamenta la ubicación, colocación, características y medidas de las vallas publicitarias y promociónales, letreros y avisos". EL MINISTRO DE TRANSPORTE,
Más detallesSISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN PROCESO GESTIÓN DOCUMENTAL DECRETO
Página 1 de 11 100.24 No. 134 DE (20 15 POR EL CUAL SE ADOPTAN NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE PUBLICIDAD POLÍTICA ELECTORAL EN EL MUNICIPIO DE YOPAL, PARA LAS ELECCIONES QUE SE LLEVARAN A CABO EL DÍA VEINTICINCO
Más detallesREGLAMENTO DE PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL EN EL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ
REGLAMENTO DE PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL EN EL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ DECRETO 959 DE 2000 (Noviembre 1º) "Por el cual se compilan los textos del Acuerdo 01 de 1998 y del Acuerdo 12 de 2000, los cuales
Más detallesDepartamento del Cesar República de Colombia ''Oportunidad para Todos"...
Que de conformidad con el artículo 22 de la ley 130 de 1994, los partidos, movimientos políticos y candidatos a cargos de elección popular, podrán hacer divulgación política y propaganda electoral a tiavés
Más detallesValledupar 0 0 0 26 I 1 6
Valledupar A L C A L D IA E n tre to do s la e s ta m o s tra n s fo rm a n d o 0 0 0 26 I 1 6 EL Alcalde del Municipio de Valledupar, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las
Más detallesRepública de Colombia Departamento de Bolívar Alcaldía Santa Cruz de Mompox 'Alianza por el Rescate de Mompox' NIT 890480643-3
'Alianza por el Rescate de Mompox' DECRETO No 09122013-01 (09 DE DICIEMBRE DE 2013) "POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD RADIAL, DE AVISOS EN PUBLICACIONES ESCRITAS Y DE VALLAS PUBLICITARIAS DE QUE
Más detallesDE LA MANO CON LA COMUNIDAD Edificio CAM, Calle Principal Teléfono (092)8466709-8466766 contactenos@buenosaires-cauca.gov.co
(8 de Enero de 2014) POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLÍTICA EXTERIOR, PARA LAS ELECCIONES DE CONGRESO DE LA REPÚBLICA Y PARLAMENTO ANDINO PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2014-2018, A CELEBRARSE
Más detallesACUERDO No. 01 DE 1998 Por el cual se reglamenta la publicidad Exterior Visual en el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá
ACUERDO No. 01 DE 1998 Por el cual se reglamenta la publicidad Exterior Visual en el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá EL CONCEJO DEL DISTRITO CAPITAL DE SANTA FE DE BOGOTÁ En ejercicio de sus facultades
Más detallesACUERDO No. 02 DEL 2003 CONSIDERANDO: ACUERDA:
ACUERDO No. 02 DEL 2003 POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL, MULTAS Y SANCIONES EN EL MUNICIPIO DE TOCANCIPÁ CUNDINAMARCA EL CONCEJO DEL MUNICIPIO DE TOCANCIPÁ- CUNDINAMARCA En ejercicio
Más detallesDEROGA DECRETO NUMERO 1.206, de 1963, Y APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTICULO 16º DEL DFL. Nº 206, DE 1960
Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : DTO-1319 Fecha de Publicación : 25.10.1977 Fecha de Promulgación
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA. Municipio de Aguachica. Alfredo Vega Quintero
DECRETO No. 519 (9 DE DICIEMBRE DE 2013) por el cual se reglamenta la publicidad política exterior, para las elecciones de congreso de la república y parlamento andino, a celebrarse en año 2014 y se adoptan
Más detallesDECRETO No. 069 DE 2015 (23 de julio de 2015)
DECRETO No. 069 DE 2015 (23 de julio de 2015) "POR EL CUAL SE REGULA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL Y REALIZACIÓN DE EVENTOS PÚBLICOS DESTINADOS A DIFUNDIR PROPAGANDA ELECTORAL DE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS
Más detallesDECRETO N 1683 DE 2003. (Diciembre 5)
DECRETO N 1683 DE 2003 (Diciembre 5) Por el cual se reglamenta la publicidad exterior visual y los avisos publicitarios en el Municipio de Medellín. EL ALCALDE DE MEDELLÍN, En uso de sus facultades legales,
Más detallesTERCERO. Que el artículo 3Q de la ley 1383 de 2010, estableció como autoridades de Tránsito a los Alcaldes Municipales.
f ALCALDÍA DE AGUAZUL Hechos de Gobierno por Aguazul DECRETO Nro. 26 DIC 20H POR EL CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA MEJORAR EL ORDENAMIENTO DEL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS POR LAS VÍAS PÚBLICAS EN EL ÁREA URBANA
Más detallesAjuntament de Sant Lluís
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA PARA EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL O UTILIZACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES PUBLICITARIAS Artículo 1 Concepto Haciendo uso de
Más detallesDictan disposiciones sobre el registro de control de asistencia y de salida en el régimen laboral de la actividad privada
Dictan disposiciones sobre el registro de control de asistencia y de salida en el régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO Nº 004-2006-TR Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PDF. (*) De conformidad
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE ESTACIONAMIENTOS PARA VEHÍCULOS UTILIZADOS POR PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA.
ORDENANZA REGULADORA DE ESTACIONAMIENTOS PARA VEHÍCULOS UTILIZADOS POR PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nuestra ciudad como todas las ciudades históricas de Andalucía presenta una
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA CONSTRUCCIÓN Y EL USO DE PISCINAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TURÉGANO
José Ignacio Hernangómez Barahona, Secretario del Ayuntamiento de Turégano, del que es Alcalde Presidente D. Juan Montes Sacristán, CERTIFICO: Que transcurrido el plazo para presentación de alegaciones
Más detallesSECCIÓN IV VALLAS. 1. Su instalación sólo podrá realizarse luego de obtenido el correspondiente permiso de vallas de que trata el presente decreto.
Señores: VALLASYAVISOS Ciudad La Normatividad de Publicidad Exterior Visual en el Municipio de Bucaramanga se encuentra regulada mediante el Decreto Municipal No. 0264 del Veintisiete (27) de Diciembre
Más detallesDECRETO NÚMERO 0005 22 DE ENERO DE 2014
DECRETO NÚMERO 0005 22 DE ENERO DE 2014 Por el cual se regula la Publicidad Política o Propaganda electoral autorizada para las elecciones del 09 de Marzo de 2014, y se toman otras determinaciones EL ALCALDE
Más detallesEl expediente Nº 2268-ST-05; y
ORDENANZA Nº 1724/05 TITULO: CARTELERÍA VISTO: El expediente Nº 2268-ST-05; y CONSIDERANDO: Que; es necesario realizar modificaciones y ampliaciones a las normas establecidas en las ordenanzas Nº 949/99,
Más detallesEVALUACION DE RUIDO RESOLUCION 0627 DE 2006. Ing. SANDRA MILENA CHAVARRO F. Contratista Dirección Territorial Caquetá 2012
EVALUACION DE RUIDO RESOLUCION 0627 DE 2006 Ing. SANDRA MILENA CHAVARRO F. Contratista Dirección Territorial Caquetá 2012 OBJETIVOS Describir con base a la Resolución 627 de 2006 la evaluación de emisión
Más detallesPOLÍTICA DE AVISOS Y LETREROS PUBLICITARIOS EN EL CENTRO COMERCIAL
1 de 7 POLÍTICA DE AVISOS Y LETREROS PUBLICITARIOS EN EL CENTRO COMERCIAL ELABORÓ: REVISÓ: APROBÓ: Usuario o Líder del Proceso Líder de Calidad Gerencia 2 de 7 1. OBJETIVO Mejorar la presentación y uso
Más detallesIntervenciones de Asociaciones / O.N.G. VOLUNTARIADO / COLABORACIÓN ONG
I 03 / 98 TP Asunto: Intervenciones de Asociaciones / O.N.G. Área de Aplicación: REINSERCIÓN SOCIAL Descriptores: VOLUNTARIADO / COLABORACIÓN ONG Introducción: La Constitución establece que la privación
Más detallesIlustrísimo Ayuntamiento de la. Villa de ESTEPONA. Gabinete de Comunicación. El alcalde de Estepona emite un Bando en materia de publicidad exterior
Ilustrísimo Ayuntamiento de la Villa de ESTEPONA Gabinete de Comunicación ALCALDÍA El alcalde de Estepona emite un Bando en materia de publicidad exterior Con carácter general, la Ordenanza prevé que,
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN 1122 DE 2005 ( 26 de Mayo de 2005 ) Por la cual se establecen medidas especiales para la prevención de la accidentalidad de los vehículos de transporte
Más detallesPROYECTO DE LEY NUMERO DE 2015 SENADO
PROYECTO DE LEY NUMERO DE 2015 SENADO Por la cual se establece como obligatorio de concepto previo para la instalación, puesta en operación y cobro de multas con los mecanismos de foto multas y otros medio
Más detallesReglamentan la propaganda política en el distrito ORDENANZA N 106/MVMT. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARlA DEL TRIUNFO;
Reglamentan la propaganda política en el distrito Villa María del Triunfo, 30 de enero de 2010 ORDENANZA N 106/MVMT EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO; POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL
Más detallesDe igual forma, los resultados concentrados se publicarán en boletines informativos y, en su caso, podrán hacerse publicaciones en prensa.
INFORMACIÓN SOBRE MONITOREO DE MEDIOS CAMPAÑAS ELECTORALES FEDERALES 2006 I. Presentación El Instituto Federal Electoral, atento a sus atribuciones constitucionales y legales, así como a la preservación
Más detallesMéxico2015. MANUAL DEL EXPOSITOR 12, 13 y 14 de Agosto de 2015 World Trade Center, Centro de Convenciones Salón Maya 1+2 México DF, México
México2015 MANUAL DEL EXPOSITOR 12, 13 y 14 de Agosto de 2015 World Trade Center, Centro de Convenciones Salón Maya 1+2 México DF, México Tabla de Contenido 1. Comité Organizador 2. Plano 3. Componentes
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL Nº 02-2008 CONCEJO MUNICIPAL DE MANAGUA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 02-2008 CONCEJO MUNICIPAL DE MANAGUA CONSIDERANDO: I Que basados en el Arto. 7 de la Ley de Municipios, es deber de esta Municipalidad rescatar y proteger el patrimonio arqueológico,
Más detallesACUERDO No. 006 (MAYO 29 DE 2012)
ACUERDO No. 006 (MAYO 29 DE 2012) POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN ALGUNOS ARTICULOS DEL ACUERDO NÚMERO 012 DE 2011 MEDIANTE EL CUAL SE DETERMINA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SUTAMARCHÁN
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL N 026-2011-MDJLBYR EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO.
ORDENANZA MUNICIPAL N 026-2011-MDJLBYR J. L. Bustamante y Rivero, 2011 diciembre 02. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO. POR CUANTO: El Concejo Municipal,
Más detallesÁREA DE GESTIÓN TRIBUTARIA E INFORMACIÓN TERRITORIAL
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR INSTALACIÓN DE ANUNCIOS Y ELEMENTOS PUBLICITARIOS OCUPANDO TERRENOS O VUELO DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL, ASÍ COMO POR EL REPARTO DE PUBLICIDAD EN LA VÍA PÚBLICA
Más detallesRESOLUCIÓN o. 51 Once (11) de abril de 2016.
I Código I 1-10 - 6902 - F06 Fecha de Elaboración I-- D ía I_; Mes i Año 15, 09 ' 2015,,---- --I T Día I Mes l Año ' 1 1 i 1 l Página 40 de 45 1 ersonería :".")c Awácapl.; RESOLUCIÓN o. 51 Once (11) de
Más detallesAPRUEBAN RÉGIMEN MUNICIPAL DE PROTECCIÓN Y CONTROL DE TABACO ORDENANZA N 219-MSI
APRUEBAN RÉGIMEN MUNICIPAL DE PROTECCIÓN Y CONTROL DE TABACO ORDENANZA N 219-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO, Visto en Sesión Ordinaria de fecha 21
Más detallesCONDOMINIO TURISTICO SANTA TERESITA NIT 900.300.740-4
PROCEDIMIENTO PARA INICIO DE OBRA BASADO EN EL REGLAMENTO DE CONTRUCCION Y PAISAJISMO CONDOMINIO SANTA TERESITA OBJETO La conveniencia de reglamentar el proceso de construcción al interior del condominio
Más detallesLineamientos para la colocación de publicidad exterior en la Universidad de Costa Rica
Lineamientos para la colocación de publicidad exterior en la Universidad de Costa Rica I. Definiciones y objetivo I.1 Definiciones* Anuncio: Todo letrero, escritura, impreso, imagen generada por medios
Más detallesObligaciones y requisitos de actuación de las. Agencias de Colocación. Normativa y otros documentos de referencia
Obligaciones y requisitos de actuación de las Agencias de Colocación Normativa y otros documentos de referencia Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo (LE) Ley 3/2012, de 6 de julio, de Medidas urgentes
Más detallesEXPERTOS EN EDUCACIÓN, CULTURA Y SEGURIDAD VIAL. www.lagit.com.co info@lagit.com.co
EXPERTOS EN EDUCACIÓN, CULTURA Y SEGURIDAD VIAL www.lagit.com.co info@lagit.com.co NUESTROS CLIENTES Organismos de Tránsito. Entidades del Estado en General. Instituciones Educativas. Empresas que desean
Más detalles1. NORMATIVA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
APARCAMIENTO EN LA ZONA AZUL DE SEVILLA CON TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA A continuación presentamos un breve resumen de la normativa que regula
Más detallesREGLAMENTO DE LOS PROCESOS INTERNOS DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS Y PRECAMPAÑAS DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE
REGLAMENTO DE LOS PROCESOS INTERNOS DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS Y PRECAMPAÑAS DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE JALISCO. 1 REGLAMENTO DE LOS PROCESOS INTERNOS DE SELECCIÓN
Más detallesTASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PUBLICA PARA APARCAMIENTO.
ORDENANZA FISCAL NUMERO 23 TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PUBLICA PARA APARCAMIENTO. I FUNDAMENTO Y NATURALEZA Artículo 1 En uso de las facultades concedidas
Más detallesREGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONES DE SERVICIO DE COMBUSTIBLES LIQUIDO Y GASIFICADO PARA EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA
REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE ESTACIONES DE SERVICIO DE COMBUSTIBLES LIQUIDO Y GASIFICADO PARA EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente
Más detallesPROYECTO DE LEY CONTRA LA CONTAMINACIÓN VISUAL PRESENTADO POR CRISTINA LIZARDO MEZQUITA SENADORA PROVINCIA SANTO DOMINGO
PROYECTO DE LEY CONTRA LA CONTAMINACIÓN VISUAL PRESENTADO POR CRISTINA LIZARDO MEZQUITA SENADORA PROVINCIA SANTO DOMINGO SEPTIEMBRE 2007 EL CONGRESO NACIONAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA LEY No. CONTRA LA
Más detallesOficialía Mayor Dirección General de Recursos Humanos Dirección de Comunicación Interna y Prestaciones Sociales Lineamientos de Comunicación Interna
Contenido I. Presentación II. Marco normativo III. Ámbito de aplicación IV. Servicios de Comunicación Interna V. Difusión de información de Comunicación Interna VI. Medios de difusión VII. Redacción y
Más detallesORDENANZA N 270-MDMM. Magdalena del Mar, 26 de Junio de 2006
ORDENANZA QUE REGULA ASPECTOS ADMINISTRATIVOS RELACIONADOS A LA INSTALACIÓN Y/O EXHIBICIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
Más detallesREGLAMENTO PARA LA COLOCACION DE AVISOS VISIBLES DESDE LOS CAMINOS NACIONALES
REGLAMENTO PARA LA COLOCACION DE AVISOS VISIBLES DESDE LOS CAMINOS NACIONALES Aprobado/a por: Decreto Nº 378/996 de 25/09/1996 artículo 1. Artículo 1.- La colocación de avisos, anuncios o letreros de publicidad
Más detalles