RESUMEN EJECUTIVO. Postulantes con puntajes en el Registro Social e ingresos familiares superiores a los permitidos
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- Marta Sáez Rivas
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1 RESUMEN EJECUTIVO EQUIPO AUDITOR Supervisor: José Igllón Carrillo Jefe de Equipo: Javier González G. Operativos: ENTIDAD: Fernanda Herrera Lorena Aguas Valeria Saa Edwin Vinueza Rogelio Camañero Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda TIPO DE EXAMEN Examen Especial ALCANCE : Examen especial a las postulaciones, calificación, emisión y pago del bono para la adquisición de viviendas urbanas por medio de proyectos inmobiliarios, en el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda. Período examinado: Desde: Hasta: TITULO COMENTARIO, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Postulantes con puntajes en el Registro Social e ingresos familiares superiores a los permitidos Conclusión Los Técnicos de las Direcciones Provinciales de Pichincha y Manabí, debido a la falta de claridad y consistencia de la normativa establecida en el Acuerdo Ministerial 109, en el período del 25 de julio de 2012 al 11 de julio de 2013, receptaron 14 postulaciones de personas que se encontraron en la base del Registro Social con puntajes superiores a o con ingresos del grupo familiar que superaron los 2.5 Salarios Básico Unificados; y en 46 postulaciones, correspondientes a 22 y 24 de las provincias de Pichincha y Manabí, en su orden, en la base del Registro Social los beneficiarios no constaron, y sus ingresos familiares superaron los 2.5 Salarios Básicos Unificados, y los Directores Provinciales de Pichincha y Manabí, y del Director de Control de Vivienda no obtuvieron instrucciones específicas de la aplicación de esta normativa; lo que ocasionó que se haya evaluado y calificado postulaciones con requisitos desactualizados contenidos en el Acuerdo Ministerial 009 vigente hasta el 24 de julio de Dispondrá a los Directores Provinciales, coordinar con los Técnicos de Vivienda
2 Urbana de cada unidad administrativa, para que previo al ingreso de las postulaciones en el Sistema Integral de Información de Desarrollo Urbano y Vivienda SIIDUVI verifiquen el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente a la fecha de presentación de la carpeta; procedimiento que permitirá identificar las omisiones en el desarrollo del proceso, las que serán de conocimiento del Subsecretario de Vivienda, quien dispondrá los correctivos pertinentes. 2. Dispondrá al Director de Tecnologías de la Información, coordine permanentemente la parametrización del Sistema Integral de Información de Desarrollo Urbano y Vivienda SIIDUVI, ajustándolo a los requisitos y condiciones establecidos en las normas que regulan la entrega de bonos de adquisición de vivienda urbana; del nivel de cumplimiento será el Subsecretario de Vivienda el responsable, de solicitar por escrito los justificativos correspondientes. 3. Dispondrá al Director de Control de Vivienda y Directores Provinciales, ejerzan un control y monitoreo periódico del cumplimiento de las normas y regulaciones vigentes, inherentes a la entrega de bonos para adquisición de viviendas urbanas, con la finalidad de garantizar la oportuna detección de omisiones e implementar acciones correctivas para fortalecer la eficiencia y eficacia en la entrega de bonos para adquisición de viviendas urbanas. Entrega de bonos para vivienda que superaron los rangos establecidos en la normativa Conclusiones 14 postulaciones para viviendas de USD hasta USD en proyectos que recibieron pago anticipado de bonos, se realizaron posterior al 11 de octubre de 2012; 9 postulaciones para viviendas de USD hasta USD para proyectos SIV, fueron posterior al 14 de julio de 2011, situaciones ocasionadas por cuanto los Técnicos de las Direcciones Provinciales de Pichincha y Manabí receptaron y calificaron carpetas de postulantes en fechas posteriores a las establecidas en el Decreto Ejecutivo 821 de 14 de julio de 2011 para bonos SIV, y Acuerdo Ministerial 117 de 31 de agosto de 2012 para bonos con pagos anticipados; además, por la falta de control y supervisión de los Directores Provinciales de Pichincha y Manabí, y Director de Control de Vivienda, ocasionando que sean beneficiarios de los bonos personas naturales que no cumplieron las condiciones y requisitos establecidos en la normativa citada y la falta de información no facilitó su control y seguimiento posterior. 76 expedientes de la provincia de Pichincha, no contienen la copia del bono y promesa de compra venta del inmueble a ser adquirido a través del bono de vivienda urbana nueva, estos son archivados por los Técnicos de las Direcciones Provinciales de Pichincha y Manabí, después que el beneficiario solicitó el pago del mismo, además, la normativa vigente no determinó cual es el contenido documental de las carpetas de postulación, lo que imposibilitó determinar el valor de la solución habitacional a ser adquirida en el momento de la verificación en el expediente. 4 Promotores Inmobiliarios presentaron 16 postulaciones en los plazos previstos en la normativas vigentes; y fueron ingresadas y registradas en el sistema informático SIIDUVI por los Técnicos de la Dirección Provincial de Pichincha con retraso de 14 hasta 370 días, situación que se originó por cuanto en el momento
3 de las postulación no se entregó ningún comprobante de recepción de documentos, ocasionando que se evalúe dichas postulaciones con la normativa que no corresponde a la fecha real de postulación. 4. Dispondrá a la Coordinadora General Jurídica, elabore un proyecto de Acuerdo Ministerial, en el cual se determinará el contenido documental para cada una de las etapas del proceso de entrega de bonos para viviendas urbanas, procedimiento que permitirá disponer de documentación de sustento suficiente y pertinente de acuerdo a las necesidades institucionales y de verificación y control posterior, documento que será puesto en conocimiento del Ministro para su revisión y aprobación. 5. Dispondrá a la Coordinadora General Jurídica, elabore un proyecto de Acuerdo Ministerial, en el cual se determinará el contenido documental para cada una de las etapas del proceso de entrega de bonos para viviendas urbanas, procedimiento que permitirá disponer de documentación de sustento suficiente y pertinente de acuerdo a las necesidades institucionales y de verificación y control posterior, documento que será puesto en conocimiento del Ministro para su revisión y aprobación. 6. Solicitará al Director de Tecnologías de la Información y Comunicación, implemente dentro del sistema informático SIIDUVI, una aplicación para la entrega de comprobantes de recepción de carpetas de postulación, situación que permitirá mantener un control continuo de la información de los ingresos de las postulaciones así como la fecha real de recepción, procedimiento que facilitará la evaluación de la misma de acuerdo con la normativa que corresponda. Entrega de bonos anticipados para la adquisición de viviendas urbanas Conclusiones El Subsecretario de Vivienda autorizó la transferencia de USD, por concepto de bonos anticipados entregados a 16 y 10 Promotores Inmobiliarios de Pichincha y Manabí, en su orden, los cuales justificaron bonos por USD, devolvieron 12 por USD, sin justificar 935 bonos anticipados por USD, y los intereses no pagados por la representante legal de la proyecto Splendor 1 por ,58 USD; tampoco se evidenció que el citado Subsecretario de Vivienda haya realizado gestiones oportunas para su recuperación, ocasionando que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda no disponga de los recursos financieros y los correspondientes intereses, para continuar financiando programas de vivienda urbana a nivel nacional. Se entregó USD correspondientes a bonos anticipados para la adquisición de vivienda urbana de hasta USD, los promotores inmobiliarios justificaron 952 por USD, devolvieron 1 bonos por USD, y de los restantes 724 bonos por USD, el Subsecretario de Vivienda, no exigió la justificación mediante postulaciones o devolución, y de estos últimos existen 657 bonos por USD que se encuentran con
4 garantías vencidas, debido a que no ejerció un monitoreo oportuno y no emitió disposiciones expresas del plazo límite para la presentación de postulaciones para este tipo de bonos que financian viviendas de hasta USD, situación que ocasionó que no se mantenga un control de las postulaciones recibidas y de los bonos pendientes de justificar. Existen 147 pólizas de seguros presentadas por 7 promotores inmobiliarios, como garantías de bonos por USD, que se encuentran vencidas a pesar de los requerimientos efectuados por la Tesorera, documentos que no fueron renovadas por las aseguradoras Centro Seguros y Porvenir, debido a que se encuentran en liquidación forzosa; lo que ocasionó que el MIDUVI no disponga de dichas garantías para poder recuperar estos valores mediante su ejecución, al presentarse incumplimientos por parte de los promotores inmobiliarios. 7. Emitirá disposiciones escritas sobre la actualización de la información de los proyectos inmobiliarios en los casos que existan modificaciones sustanciales, a fin de que las Direcciones Provinciales y promotores inmobiliarios presenten la documentación necesaria, lo cual permitirá obtener un control de todas las fases de entrega de bonos. 8. Realizará gestiones que garantice la recaudación de 935 bonos anticipados por USD más los correspondientes intereses, que están pendientes de justificar por parte de 26 promotores inmobiliarios de las provincias de Pichincha y Manabí; así como a nivel nacional que mantiene saldos pendientes de justificar, el resultado será de conocimiento de la Coordinadora General Jurídica, quien iniciará las acciones legales tendientes a la recuperación del monto de los bonos y los intereses calculados a la fecha de devolución de los bonos; procedimiento que permitirá disponer de recursos para futuros programas de vivienda urbana a nivel nacional. 9. Instrumentará los procedimientos administrativos y plazos límites para la justificación y/o devolución de los bonos entregados por anticipado a promotores inmobiliarios para financiar viviendas de hasta USD, que permita obtener un control exacto de las postulaciones recibidas y de los bonos pendientes de justificar, con la finalidad de disminuir el déficit habitacional existente. 10. Requerirá por escrito a los promotores inmobiliarios cuyas garantías se encuentra caducadas, presenten en el plazo definido por el MIDUVI, la respectiva renovación por la cantidad de bonos que se les fue transferidos, del incumplimiento de esta disposición pondrá en conocimiento de la Coordinadora General Jurídica a fin de que adopte las medidas legales que correspondan, con la finalidad de que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda mantenga respaldos financieros sobre los recursos públicos entregados. Levantamiento de garantías Conclusión De postulaciones presentadas por los promotores inmobiliarios, estos realizaron el trámite de devolución de 523 garantías registradas, no así de garantías pendientes
5 de ser levantadas, situación presentada por la ausencia de control de parte del Subsecretario de Vivienda, quien no exigió a los citados promotores la presentación oportuna de los documentos que habiliten el levantamiento de las garantías como las escrituras públicas de compraventa inscritas en el registro de la propiedad del cantón que corresponda, lo que ocasionó que no haya un control y monitoreo oportuno a la entrega de viviendas, y no permita determinar el cumplimiento de la política gubernamental inherente a subsidiar los costos de viviendas urbanas a través de la entrega de bonos. Recomendación 11. Solicitará a los promotores inmobiliarios la presentación de la documentación establecida en el reglamento vigente, previo a autorizar el trámite de devolución de garantías pendientes de levantar; y, dispondrá a los Directores Provinciales y Director de Control de Vivienda, proceda con el análisis y levantamiento en el menor plazo, a fin de mantener un control y monitoreo oportuno. Expedientes de beneficiarios sin documentación suficiente Conclusión Expedientes de los beneficiarios en las Direcciones Provinciales de Pichincha y Manabí no cuentan con la documentación suficiente, que les permita disponer de la información completa de las postulaciones y la falta de control de los Técnicos de las Direcciones Provinciales de Pichincha y Manabí durante la presentación de las postulaciones, ocasionó que se califique y entregue los bonos para la adquisición de soluciones habitacionales nuevas en el sector urbano de estas provincias sin disponer de toda la documentación de soporte; además, no facilitó su control y seguimiento posterior. 12. Elaborará un proyecto de reglamento para normar los procedimientos administrativos y documentación requerida en todo el proceso de otorgamiento de bonos de la vivienda, lo cual permita disponer de evidencia documental suficiente, pertinente y legal de las operaciones de forma íntegra, confiable y exacta, posibilitando su seguimiento y verificación antes, durante y después de su ejecución, documento que será puesto en conocimiento del Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda para su análisis y aprobación. 13. Dispondrá a los Directores Provinciales instruya a los técnicos, previo a la recepción de postulaciones, verifiquen que las carpetas contengan toda la documentación necesaria como: certificado de ingresos mensuales del postulante, certificado de estar o no afiliado al IESS, promesa de compra-venta definitivo, declaración juramentada correctamente realizada, certificado de ahorro equivalente al 10% del valor de la vivienda, para su posterior registro en el formulario de postulación, el nombre del servidor y fecha de recepción de la carpeta, adicionalmente entregarán un ticket automático con el número de trámite para su calificación, procedimiento que permita verificar el cumplimiento de la reglamentación a la fecha real de postulación.
6 Al Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda 14. Gestionará ante el Director General del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, un acuerdo de cooperación interinstitucional, con la finalidad de que los servidores encargados de la recepción de postulaciones y su calificación cuenten con acceso de consulta a la base de información del historial laboral, con la finalidad de verificar que los certificados laborales guarden correspondencia con los registros del IESS. RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES No consta en el informe seguimiento de recomendaciones
El monto analizado en el presente examen asciende a USD $ 968.266,37 según se presenta a continuación:
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