IN RE: ESTABLECIMIENTO DEL LOCAL DE LA JUNTA DE INSCRIPCION CEERS PERMANENTE DE SAN LORENZO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "IN RE: ESTABLECIMIENTO DEL LOCAL DE LA JUNTA DE INSCRIPCION CEERS-15-3 1 PERMANENTE DE SAN LORENZO"

Transcripción

1 COMISION ESTATALDE ELECCIONES ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO IN RE: ESTABLECIMIENTO DEL LOCAL DE LA JUNTA DE INSCRIPCION CEERS PERMANENTE DE SAN LORENZO I. TRASFONDO IF RESOLUCION El 8 de diciembre de 2015, en reunion ordinaria de la Comisión Estatal de Elecciones (Comisio'n o CEE) se trajo ante la consideraciôn de los Comisionados Electorales la selecciôn de una de las propuestas de arrendamiento sometidas por varios dueños de locales para el establecimiento de una Junta de lnscripcion Permanente (JIP) en el Municiplo de San Lorenzo. Dicha acción surgiô luego que los integrantes de la Comisiôn Local sometieran sus recomendaciones dentro del término de cinco dias (5) que le habia otorgado la Comisiôn mediante Resolución CEE-RS para que se expresaran sobre la conveniencia de establecer la JIP en uno de los locales presentados, y la Oficina de Planificación y Seguridad Interna de la Comisión presentaran sus respectivos informes sobre la viabilidad de los locales propuestos. Cabe destacar que el arrendador del local donde estaba ubicada la JIP anteriormente ordeno el desalojo de la Comisiôn por no estar dispuesto a renegociar el contrato de arrendamiento para reducir un 10% en la mensualidad del Canon como sugiere la Ley de Sostenibilidad Fiscal y Operacional del Gobierno, Ley 66 de 2014, y esta no haber satisfecho el pago de unos cânones de arrendamiento que estaban vencidos a consecuencia de la determinación del Tribunal Supremo de Puerto Rico en Vicar Builders Development Inc. Vs. Estado Libre Asociado de Puerto Rico, 2015 TSPR 13, que estableció que una agencia gubernamental no estaba obligada a pagarle a un arrendador unos cánones de arrendamiento vencidos por no tener efecto en los contratos del gobierno la figura de la tácita reconduccion. Discutido el asunto en Comisión, el Comisionado del Partido Popular Democrático (PPD) el licenciado Guillermo San Antonio Acha votô a favor de situar la JIP en el local de la Calle Jose' De Diego #125, fundamentado en el hecho de que el referido local posee un amplio estacionamiento, que incluye espacios para personas con impedimentos y está localizado en un area cercana a una escuela intermedia y superior de San Lorenzo, lo que facilita a la Comisión ofrecer sus servicios a la población estudiantil sin necesidad de movilizar a sus funcionarios. Además, sostiene que el local cuenta con tres baños. No obstante, hace la observaciôn que el referido local requiere limpieza, pintura, instalaciôn de losetas, reparaciôn de ventanas, y extension de una rampa de acceso para personas con impedimentos con sus respectivas barandas de seguridad. Con relación al local de la Calle Muñoz Rivera #107 sostiene que el mismo no cuenta con estacionamiento, y el acceso vehicular está limitado por una ordenanza municipal (Nu'm. 06-OA-Serie ), que reorganiza el tráfico en las avenidas Muñoz Rivera, De Diego y la Calle Tous Soto.

2 Por otra parte, los Comisionados Electorales del Partido Nuevo Progresista (PNP), Partido Independentista Puertorriqueno (PIP) y Partido del Pueblo Trabajador (PPT), el lngeniero Jorge Dávila Torres, el Sr. Roberto I. Aponte Berrios y el Dr. Jose' Côrdova lturregui votaron a favor del establecimiento de la JIP en el local situado en la Calle Muñoz Rivera #107, basado en que el mismo está en condiciones para comenzar a ofrecer sus servicios inmediatamente y es ma's econômico que el local, de la Calle De Diego #125. Al no haber unanimidad de los Comisionados Electorales la controversia quedo sometida ante nuestra consideraciôn para su disposición y resoluciôn pertinente. El 10 de diciembre de 2015, el Tercer Vicepresidente, Carlos Avilés Vázquez, refiriô a nuestra atenciôn una propuesta de arrendamiento enmendada sobre el local ubicado en la calle José De Diego #125, igualando su oferta económica a $ dôlares. lnforma el asunto de la Propuesta Enmendada en la reunion ordinaria de la Comisiôn el 15 de diciembre de 2015, sostuvieron su votaciôn del 8 de diciembre de II. ESTABLECIMIENTO DE LA JUNTA DE INSCRIPCION PERMANENTE De conformidad con la Sección 2, Articulo II de la Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado el pueblo de Puerto Rico tiene un derecho fundamental al sufragio universal, igual, directo y secreto, que debe ser protegido contra toda coacción en el ejercicio del mismo para que las leyes garanticen la expresión de su voluntad democrática. Es por eso que el Articulo VI, Secciôn 4, supra, establece, entre otras cosas, los requisitos minimos para ser elector y la protecciôn contra las acciones de privarlos del derecho al voto por no saber leer o escribir o por no poseer propiedad. Además, reconoce la amplia facultad de la Asamblea Legislativa para legislar sobre los asuntos electorales. Para darle vigencia a este mandato Constitucional el legislador creó la Electoral del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley 78 de 2011, la cual dispuso en su Articulo (q), la obligaciôn que tiene la Comisiôn de promover la inscripciôn de nuevos electores y reinscripción de electores. Y viabilizó por medio de su Articulo 5.006, supra, la existencia de unas oficinas Ilamadas JIP que estarian integradas con representantes de no ma's de tres partidos politicos en cada precinto o municipio. Entre las funciones principales de estas, el mencionado precepto, estableció los siguientes deberes, conjuntamente de los dispuestos en otros Articulos de dicha Ley Electoral, supra, o los Reglamentos de la Comisiôn: 1. llevar a cabo un proceso continuo de inscripciôn, transferencia y reubicación de electores; 2. llevar a cabo un proceso continuo de fotografia de nuevos electores, de electores inscritos que no estén fotografiados y de electores que mediante declaraciôn jurada declaren que han extraviado su tarjeta de identificaciôn electoral; esta declaraciôn podrá ser jurada por cualquier persona autorizada por ley para tomar juramentos o ante la Junta de lnscripciôn Permanente siempre y cuando la misma esté debidamente constituida; de esta misma forma las Juntas de lnscripciôn Permanente, en aquellos casos que mediante

3 3 resolucion la Comisiôn asi lo autorice, podrán tomar declaraciones juradas para todos los fines electorales necesarios; 3. asignar los electores inscritos a su correspondiente Unidad Electoral, conforme por reglamento disponga la Comisión; 4. preparar un informe diario de todas las transacciones electorales; 5. presentar mensualmente para la aprobación de las comisiones locales concernidas un informe de las operaciones realizadas durante el mes el cual contendrá todas las transacciones electorales procesadas y los informes diarios segun se dispone en el inciso (4) de este articulo. Por otro lado, la Secciôn 2.10 y 2.11 del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones Locales y Juntas de Inscripción Permanente dispone que la Comisiôn Local le recomendará a la Comisión la ubicación de las oficinas de las JIP, tomando en consideración los siguientes criterios: 1. Que sea accesible a todos los electores del precinto, electores de a pie, los que utilizan automóviles privados y los que utilizan transportación püblica. 2. Que hayan espacios disponibles para estacionamiento de automôviles para uso de los electores y hasta donde sea posible, para los funcionarios. 3. En lo posible, deberá estar ubicado fuera de las arterias principales de tránsito de tal forma que no se le dificulte el libre acceso de las personas hacia la JIP. 4. Que esté prudentemente separada de establecimientos que expendan bebidas alcohólicas. 5. Que no hayan comités de Partidos Politicos a menos de 100 metros lineales de distancia. 6. Que la zona donde se ubique esté clasificada como comercial o en su defecto que no haya oposición al establecimiento de la oficina. 7. Libre de barreras arquitectónicas que impidan el libre acceso a personas con impedimentos. Los locales deben cumplir con los requerimientos de Ley Help American Vote Act (HAVA) para personas con impedimentos. 8. La pintura sera' colores neutrales o distintos a los partidos politicos. 9. En los aspectos de seguridad deberán tener puerta de escape, rejas en puertas y ventanas, sistema de alarmas, paredes hasta el techo, facilidades para instalar tormenteras, facilidades para instalar plantas de energia eléctrica (transfer switch). 10. Que en lo posible, cubra un area minima de por lo menos 600 pies cuadrados, sin divisiones internas que dificulten el control visual y auditivo del area de trabajo de los Oficiales de lnscripción Que este equipado con acondicionadores de aire. 12. Que el contrato de arrendamiento sea por un término no mayor de cinco (5) años y que su renovaciôn no coincida con el año electoral. 13. La copia del contrato del local sera' tramitada por la Oficina del Tercer Vicepresidente a los Oficiales de lnscripción y estará archivada en la JIP.

4 4 14. Ante cualquier incumplimiento con dicho contrato por el dueño del local, los Oficiales o el Supervisor Auditor correspondiente deberán completar el anejo 2-A y se enviará a la Oficina del Tercer Vicepresidente o Representante de la Comisión. El anejo 2-A sera para uso exclusivo de la Oficina del Tercer Vicepresidente. 15. El arrendador entregará a los Oficiales de lnscripcion la factura mensual por concepto de alquiler y éstos remitirán la misma, a través de los Supervisores Auditores, a la Oficina del Tercer Vicepresidente o Representante Autorizado de la Comisiôn para la certificaciôn. La factura certificada sera sometida a la Division de Finanzas, por conducto de la Oficina del Tercer Vicepresidente, para el trámite del pago correspond iente. La Comisión proveerá el modelo de factura (ver anejo 2). Asimismo la referida Sección 2.11 dispone que de no conseguirse un local apropiado que cumpla con los criterios anteriormente establecidos, el funcionario designado por la Comisiôn, de comón acuerdo con la ComisiOn Local, tendrá facultad para negociar fuera de dichos criterios, velando siempre por los mejores intereses del Pueblo de Puerto Rico. De lo anterior podemos colegir que las JIP se crean estatutariamente para ejercer una función constitucional de viabilizar la participaciôn democrática del pueblo en los procesos electorales para que las leyes expresen la voluntad del pueblo en las urnas. Por eso Ilevan a cabo un proceso continuo de inscripciôn, transferencia y reubicaciôn de electores y asignan a estos a su correspondiente Unidad Electoral. En el caso de autos, de una lectura simple de las Actas de Incidencias que obran en el expediente, se desprende que la Comisiôn Local del Precinto 086 de San Lorenzo celebró una vista ocular en la que no hubo consenso. En esta el señor Omar Santos, Comisionado Local del PPD, recomendó la ubicaciôn de la JIP en el local de la José De Diego fundamentado en que el mismo tiene ma's espacio, mejor acceso, estacionamiento, no tiene casa arriba ni tampoco negocio de bebidas alcohólicas a su alrededor. Por otra parte, la señora Arleen Barreto, Comisionada Local Alterna del PNP, recomendó instalar la JIP en el local ubicado en la Calle Luis Muñoz Rivera # 107 debido a que el local de la Jose' De Diego requiere ma's arreglos, no cumple con las especificaciones de seguridad de Administraciôn de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) y ADA, y está cercano a yenta de bebidas alcohôlicas. Mientras el senor Gilberto Torruellas Comisionado Local Alterno del PIP recomendô ambos locales, y dejô el asunto sometido para que sea la Comisiôn la que lo decida de acuerdo a su evaluaciôn. En esta reunion estuvo presente la supervisora Sheila Méndez Cotto. La Comisión Local del Precinto 087 de San Lorenzo por su parte celebrô otra vista ocular, en la que hubo consenso, entre los Comisionados Locales, el señor Orlando de JesUs Comisionado Local del PPD, la señora Yamilelle Ramirez Comisionada Local del PNP, y la señora Isabel Reyes Ramirez Comisionada Local Alterna del PIP en que se esperara la determinación de la CEE. En el referido conclave estuvo también presente la Supervisora Sheila Mendez Cotto, además de funcionarios de la Comisiôn, el Tercer Vicepresidente, Carlos Avilés Vázquez y miembros de los cuatro (4) partidos. Por otra parte, con relación al informe presentado por la Oficina de Planificaciôn de la Comisiôn luego de la vista ocular se desprende que el local de la Calle Muñoz Rivera #107 cuenta con

5 5 dos (2) baños, uno de los cuales posee las barandas para personas con impedimentos. Ademâs, el ancho de la puerta de dicho baño es de 35 pulgadas lo que lo hace accesible y espacioso para personas en silla de ruedas. La entrada al local es a través de una rampa ancha en excelentes condiciones y con pasamanos. Sobre el local de la Calle De Diego #125, señala que ninguno de los baños cumple con los requerimientos de la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos (OPPI), ya que los espacios de estos son pequenos lo que los hace inaccesibles para personas en sillas de ruedas. De igual forma la rampa para acceder al local desde el estacionamiento es empinada y tampoco cumple con los requisitos de OPPI. Es necesario aclarar que como uso y costumbre en la Comisiôn los baños de las JIP son para uso de los empleados. Sin embargo, en los nuevos locales que se están estableciendo las JIP estamos tratando de atemperar estas facilidades con los requerimientos de OPPI, ya que podriamos tener empleados, Comisionados Electorales y Presidentes de Comisiones Locales con algün impedimento. Finalmente, del Informe presentado por la Oficina de Seguridad Interna luego de la vista ocular se desprende que el local de la Calle De Diego #125, aparenta estar enfermo, tiene filtraciones o manchas de filtración en todo el techo; la rampa de impedimentos estâ muy elevada; los baños y sus puertas son muy pequeñas factor que hace que no cumpla con las especificaciones de OPPI; tiene una puerta de cristal rota; no tiene sistema de alarmas; tiene la cableria eléctrica expuesta; y no está apto para mudar la JIP al local. Mientras que el local de la Calle Muñoz Rivera #107 no tiene rampa de impedidos para entrar por la puerta principal; tiene un cristal roto en la ventana de la entrada principal aunque tiene rejas; no tiene alarma, solo uno de los baños está diseñado para personas con impedimentos y el techo le faltan cartones acusticos. Sin embargo, tiene una puerta de salida de emergencia de metal con candados y un "rolling door" en la entrada principal que sirve de tormentera. Como podemos observar los Comisionados Locales evaluaron las instalaciones propuestas por los arrendadores segün los criterios del Reglamento para el establecimiento de una JIP en un Precinto o Municipio, además la Oficina de Planificación y Seguridad lnterna de la ComisiOn emitieron sus recomendaciones sobre la viabilidad de los locales propuestos en el mencionado Municipio de San Lorenzo. De un análisis integral de los locales propuestos se desprende que ambos requieren modificaciones. No obstante, de conformidad con lo expuesto por los Comisionados Electorales, los Comisionados Locales, la Oficina de Planificación y la Oficina de Seguridad de la ComisiOn que estuvieron presentes e inspeccionaron el lugar a ser arrendado para ubicar la JIP el local de la Calle Muñoz Rivera #107 se encuentra en mejores condiciones para comenzar inmediatamente a ofrecer sus servicios a la comunidad que el local de la Calle De Diego #125, que requiere, entre otras cosas, unas mejoras en pintura, reparaciôn de ventanas, y extension de una rampa de acceso para personas con impedimentos con sus respectivas barandas de seguridad. En vista de que estamos en un año electoral en el que los servicios de las JIP son esenciales para garantizar la inscripción, transferencia y reubicaciôn de electores aun cuando el mencionado local de la Calle Muñoz Rivera # 107 no tiene estacionamiento, y el acceso de automôviles está limitado por una ordenanza municipal, NUm. 06-OA-Serie , que regula el tráfico ordenamos la contrataciôn de dicho local. No obstante, lo hacemos por un periodo de doce (12) meses para evaluar si estos factores del estacionamiento y tráfico vehicular inciden en la inscripciôn de electores que a fin de cuentas es el propôsito legislativo principal que viabiliza el mandato constitucional.

6 A base de lo anterior, emitimos la siguiente: III. CONCLUSION Se ordena la contrataciôn del local que ubica en la Calle Muñoz Rivera # 107 por un periodo de doce (12) meses a un canon de $ dolares mensuales ya que de los informes presentados y las vistas oculares celebradas por los funcionarios de la Comisiôn, se desprende que el mismo estâ en mejores condiciones que el local de la Calle De Diego #125 que requiere unas inversiones para habilitarlo para uso de la JIP y nos permite darle continuidad a los servicios de inscripciôn, transferencia y reubicación de electores sin afectar los servicios de los electores. Se ordena a la Oficina del Tercer Vicepresidente coordinar con todas las oficinas concernidas para asegurase que la mudanza al nuevo local se complete en los próximos diez (10) dias. En ese mnterin se ordena que los servicios de la JIP se presten, segün acordado, con la Unidad Móvil en el Municipio de San Lorenzo para evitar que la inscripción de los electores se yea afectada en año electoral. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. En San Juan, Puerto Rico, hoy 5 de enero de Nx4000, /elez CERTIFICO: Que he notificado copia de esta Resoluciôn a todas las partes interesadas. De usted no estar conforme con esta Resoluciôn se le informa que a tenor con el ArtIculo de la Ley Electoral de Puerto Rico, segün enmendada, tiene derecho a acudir en revision judicial ante el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico dentro de los diez (10) dias de la notificacion de la misma, haciéndose constar que copia de esta ResoluciOn ha sido archivada en autos el 5 de enero de En San Juan, Puerto Rico a 5 de enero de Waltef Vélez Martinez Secretario

LEY NUM. 282 15 DE AGOSTO DE 2008

LEY NUM. 282 15 DE AGOSTO DE 2008 (P. de la C. 4007) (Conferencia) LEY NUM. 282 15 DE AGOSTO DE 2008 Para enmendar el inciso (g) del Artículo 4, añadir un nuevo inciso (m) a dicho Artículo a los fines de aclarar los requisitos que deben

Más detalles

Documento 23 Tema: Socios, derechos y responsabilidades

Documento 23 Tema: Socios, derechos y responsabilidades Documento 23 Tema: Socios, derechos y responsabilidades Hacemos referencia a su comunicación de 29 de marzo de 2006, recibida en nuestras oficinas el día 7 de abril del año en curso. En la misma le consulta

Más detalles

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (25 DE AGOSTO DE 2014) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (25 DE AGOSTO DE 2014) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. (TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) ( DE AGOSTO DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ra. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE MAYO DE 0 Presentado

Más detalles

IN RE: CEE-RS-12 \'t Co. Normas de Interpretaciôn de Voto Mixto RESOLUCION

IN RE: CEE-RS-12 \'t Co. Normas de Interpretaciôn de Voto Mixto RESOLUCION COMISION ESTATAL DE ELECCIONES ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO IN RE: Normas de Interpretaciôn de Voto Mixto CEE-RS-12 \'t Co RESOLUCION Durante la reunion en sesiôn permanente de la ComisiOn Estatal

Más detalles

LEY NUM. 136 DE 27 DE JULIO DE 2015

LEY NUM. 136 DE 27 DE JULIO DE 2015 Para enmendar el Artículo 2, Artículo 3, Artículo 4, los Artículos 5 y 6 y añadir un nuevo Artículo 7 a la Ley Núm. 293 de 1999, Ley de la Junta Interagencial para el Manejo de las Playas de Puerto Rico.

Más detalles

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (16 DE ABRIL DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (16 DE ABRIL DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. (TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (6 DE ABRIL DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE NOVIEMBRE DE 0 Presentado

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL DECLARACIÓN SOBRE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA. No. 2

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL DECLARACIÓN SOBRE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA. No. 2 DECLARACIÓN SOBRE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA No. 2 SOLICITUD DE INFORMACIÓN AL ABOGADO DEL CLIENTE GENERADORES DE CONFIANZA!!! 1 SOLICITUD DE INFORMACION AL ABOGADO DEL CLIENTE INTRODUCCION 1.

Más detalles

DECLARACIÓN SOBRE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA DNA 2. SOLICITUD DE INFORMACIÓN AL ABOGADO DEL CLIENTE

DECLARACIÓN SOBRE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA DNA 2. SOLICITUD DE INFORMACIÓN AL ABOGADO DEL CLIENTE DECLARACIÓN SOBRE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA DNA 2. SOLICITUD DE INFORMACIÓN AL ABOGADO DEL CLIENTE INTRODUCCION 1. Esta declaración proporciona una guía de los procedimientos que un contador

Más detalles

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GERENCIA Y PRESUPUESTO PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA DE PUERTO RICO

GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GERENCIA Y PRESUPUESTO PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA DE PUERTO RICO GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE GERENCIA Y PRESUPUESTO PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA DE PUERTO RICO Artículo 1.- Título Este reglamento se conocerá como Reglamento para Garantizar la Accesibilidad

Más detalles

Datos sobre FSMA. Norma propuesta sobre las acreditaciones de los auditores externos. Sumario

Datos sobre FSMA. Norma propuesta sobre las acreditaciones de los auditores externos. Sumario Datos sobre FSMA Norma propuesta sobre las acreditaciones de los auditores externos Sumario El 26 de julio de 2013, la FDA publicó para comentarios públicos su norma propuesta para establecer un programa

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES ACERCA DEL REGISTRO DE AGENTES INMOBILIARIOS DE CATALUÑA

PREGUNTAS FRECUENTES ACERCA DEL REGISTRO DE AGENTES INMOBILIARIOS DE CATALUÑA PREGUNTAS FRECUENTES ACERCA DEL REGISTRO DE AGENTES INMOBILIARIOS DE CATALUÑA 1. Qué se entiende por agente inmobiliario? Son agentes inmobiliarios las personas físicas o jurídicas que se dedican de manera

Más detalles

Documento 13 Tema: Comité de Supervisión

Documento 13 Tema: Comité de Supervisión Documento 13 Tema: Comité de Supervisión Hacemos referencia a su comunicación de 30 de marzo de 2006, recibida en nuestras oficinas el día 3 de abril del año en curso. En la misma solicita a la Corporación

Más detalles

LEY 230 12 DE AGOSTO DE 1999

LEY 230 12 DE AGOSTO DE 1999 (P. del S. 1569) LEY 230 12 DE AGOSTO DE 1999 Para añadir un nuevo sub-inciso (x) al Artículo 7.010 (1), y adicionar el Capítulo 42 a la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 150. 9 de enero de 2009. Presentado por el señora Vázquez Nieves

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 150. 9 de enero de 2009. Presentado por el señora Vázquez Nieves ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ta Asamblea ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 9 de enero de 009 Presentado por el señora Vázquez Nieves Referido a las Comisiones de

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2785 27 DE ENERO DE 2016. Presentado por el representante Matos García

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2785 27 DE ENERO DE 2016. Presentado por el representante Matos García ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa 7ma. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 78 7 DE ENERO DE 06 Presentado por el representante Matos García Referido a la

Más detalles

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Hacienda Área de Contabilidad Central de Gobierno Carta Circular Año Fiscal 2006-2007 Núm. 1300-28-07 A los Secretarios de Gobierno, Directores de Dependencias

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013:

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: NUEVAS NORMAS PARA LAS AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE SANITARIO POR CARRETERA Estimado amigo: Por la presente le informo de la publicación en el BOE correspondiente al día 29

Más detalles

Cesión de datos de pasajeros a la Dirección General de Aviación Civil. Informe 526/2006

Cesión de datos de pasajeros a la Dirección General de Aviación Civil. Informe 526/2006 Cesión de datos de pasajeros a la Dirección General de Aviación Civil. Informe 526/2006 La consulta plantea si resulta conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección

Más detalles

RESOLUCIÓN. Conforme la prueba desfilada ante este Departamento y el expediente administrativo se formulan las siguientes: DETERMINACIONES DE HECHOS

RESOLUCIÓN. Conforme la prueba desfilada ante este Departamento y el expediente administrativo se formulan las siguientes: DETERMINACIONES DE HECHOS Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Apartado 41059- Estación Minillas San Juan, Puerto Rico, 00940-1059 Fax 725-7406 QUERELLANTE QUERELLA NÚMERO ANGELITA SANABRIA

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1028. 10 de agosto de 2009. Presentado por el señor Rivera Schatz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1028. 10 de agosto de 2009. Presentado por el señor Rivera Schatz ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ta Asamblea da Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 0 0 de agosto de 00 Presentado por el señor Rivera Schatz Referido a la Comisión de Educación

Más detalles

CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE. Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos

CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE. Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos Resolución 2CP/10 CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos París, 1º de enero de 2011 - 2 - Extracto

Más detalles

Generalitat de Catalunya Departament de Salut Direcció General de Recursos Sanitaris

Generalitat de Catalunya Departament de Salut Direcció General de Recursos Sanitaris MODELO DE CONTRATO PARA ENSAYOS CLÍNICOS CON MEDICAMENTOS CONTRATO ENTRE (nombre de la entidad promotora) Y EL (nombre del centro donde se realizará el ensayo) PARA LA REALIZACIÓN DEL ENSAYO CLÍNICO (título

Más detalles

Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11

Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11 Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11 Introducción Propósito. Mantener y alcanzar una apropiada protección de los activos del Ministerio del Interior, en donde

Más detalles

PLAN DE DESALOJO DE EMERGENCIA

PLAN DE DESALOJO DE EMERGENCIA PLAN DE DESALOJO DE EMERGENCIA Introducción El propósito de este Plan de Desalojo de Emergencia es proteger a nuestra comunidad universitaria de lesiones serias, pérdida de vida o propiedad, en caso de

Más detalles

Equipos a Presión. Condiciones de Seguridad Industrial y Laboral. Marco Normativo. Calderas. Lugo, 25 de octubre de 2011 1 CAMPAÑA EUROPEA SOBRE MANTENIMIENTO SEGURO Principales Objetivos: Sensibilizar

Más detalles

LEY NUM. 20 23 DE ENERO DE 2006

LEY NUM. 20 23 DE ENERO DE 2006 (Sustitutivo de la Cámara al P. del S. 281) LEY NUM. 20 23 DE ENERO DE 2006 Para enmendar los incisos (i) y (l) y añadir el inciso (n) del Artículo 4 y enmendar los Artículos 7 y 8 de la Ley Núm. 14 de

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009 Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros

Más detalles

SOLICITUD DE PENSIÓN POR INCAPACIDAD

SOLICITUD DE PENSIÓN POR INCAPACIDAD ASR-DI-018 Rev.Ene.13 P O BOX 42003 SAN JUAN PUERTO RICO 00940-2203 Teléfono 787-777-1500 SOLICITUD DE PENSIÓN POR INCAPACIDAD Ley 305 Participantes del Programa de Cuenta de Ahorro para el Retiro (Reforma

Más detalles

PROGRAMAS DE FORMACIÓN FORMACIÓN BIENAL

PROGRAMAS DE FORMACIÓN FORMACIÓN BIENAL PROGRAMAS DE FORMACIÓN FORMACIÓN BIENAL INSTRUCCIÓN número IS-06, de 9 de abril de 2003, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se definen los programas de formación en materia de protección radiológica

Más detalles

BASES REGULADORAS AYUDAS A LA COMPRA DE LA PRIMERA VIVIENDA PARA JÓVENES

BASES REGULADORAS AYUDAS A LA COMPRA DE LA PRIMERA VIVIENDA PARA JÓVENES BASES REGULADORAS AYUDAS A LA COMPRA DE LA PRIMERA VIVIENDA PARA JÓVENES TLF. 96 2455072 DEPARTAMENTO DE URBANISMO E X C M O. A Y U N T A M I E N T O D E A L Z I R A 0.- INTRODUCCION Desde hace ya tiempo,

Más detalles

Cometarios sobre el Fundamento.-

Cometarios sobre el Fundamento.- Estado Plurinacional de Bolivia Comentarios y Contribuciones al documento Marco para la Colaboración con los Agentes no Estatales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) El Estado Plurinacional de

Más detalles

ESTÁNDARES DE NYSE ESTÁNDARES DE NASDAQ NUESTRAS PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO

ESTÁNDARES DE NYSE ESTÁNDARES DE NASDAQ NUESTRAS PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO De acuerdo con la sección 303A.11 del Manual de Compañías listadas en la Bolsa de Valores de Nueva York (NYSE) y la regla 4350(a) (1) del Stock Market, Inc. Las Reglas

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2320 9 DE FEBRERO DE 2015

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2320 9 DE FEBRERO DE 2015 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 0 DE FEBRERO DE 0 Presentado por el representante De Jesús Rodríguez Referido a las

Más detalles

El derecho fundamental de huelga

El derecho fundamental de huelga AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 238

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 238 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 16 ta Asamblea 1 ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 238 15 de enero de 2009 Presentado por el señor Dalmau Santiago Referido a las Comisiones

Más detalles

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS 30.11.2010 Diario Oficial de la Unión Europea C 323/1 I (Resoluciones, recomendaciones y dictámenes) DICTÁMENES SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS Dictamen del Supervisor Europeo de Protección de

Más detalles

GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION

GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION DISEÑO DE SISTEMAS DE TOMA DE DECISIONES CON APOYO: UNA GUÍA PARA EL DIÁLOGO Febrero de 2009 INTRODUCCIÓN El artículo 12 de la Convención de

Más detalles

Nos corresponde resolver si el Patrono violó o no el Convenio Colectivo al

Nos corresponde resolver si el Patrono violó o no el Convenio Colectivo al ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS NEGOCIADO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PO BOX 195540 SAN JUAN PR 00919-5540 TEL. 787-754-5302 A 5317 BACARDÍ CORP (Compañía)

Más detalles

Análisis del Control Interno (Diseño & Implementación) correspondiente al Ciclo de Negocios de Inventarios para el caso de una Cooperativa Médica

Análisis del Control Interno (Diseño & Implementación) correspondiente al Ciclo de Negocios de Inventarios para el caso de una Cooperativa Médica Análisis del Control Interno (Diseño & Implementación) correspondiente al Ciclo de Negocios de Inventarios para el caso de una Cooperativa Médica Tipo de empresa: IAMC (Cooperativa Medica) Área temática:

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PR ORDENANZA NÚM. 31 SERIE 2010-2011

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PR ORDENANZA NÚM. 31 SERIE 2010-2011 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PR GOBIERNO MUNICIPAL AUTÓNOMO DE PONCE 1Legíslatura ;fflunírípal APARTADO 331709 PONCE PR 00733-1709 ORDENANZA NÚM. 31 SERIE 2010-2011 PARA AUTORIZAR A LA ALCALDESA A NEGOCIAR

Más detalles

Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A.

Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A. Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A. Í N D I C E Capítulo I. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Preliminar Objeto Interpretación Modificación Capítulo II. Artículo

Más detalles

JUNTA DE SÍNDICOS UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO CERTIFICACIÓN NÚMERO 44 2005-2006

JUNTA DE SÍNDICOS UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO CERTIFICACIÓN NÚMERO 44 2005-2006 JUNTA DE SÍNDICOS UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO CERTIFICACIÓN NÚMERO 44 Yo, Salvador Antonetti Zequeira, Secretario de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico, CERTIFICO QUE: La Junta de Síndicos

Más detalles

Facultades del Apoderado

Facultades del Apoderado Facultades del Apoderado Qué es un poder? El poder es un documento legal, por medio del cual usted autoriza a otra persona para que ejecute algo en su nombre. Cuando usted da esa facultad a otra persona,

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2333 17 DE FEBRERO DE 2015. Presentado por el representante Matos García

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2333 17 DE FEBRERO DE 2015. Presentado por el representante Matos García ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CAMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE FEBRERO DE 0 Presentado por el representante Matos García Referido a las Comisiones

Más detalles

EXPOSICION DE MOTIVOS

EXPOSICION DE MOTIVOS (P. del S. 1578) LEY NUM. 213 13 DE AGOSTO DE 2004 Para adicionar los nuevos incisos (e), (f) y (g) al Artículo 2, los nuevos Artículos 12-A, 12-B, 12- C y 12-D y enmendar el Artículo 7 de la Ley Núm.

Más detalles

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (29 DE SEPTIEMBRE DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (29 DE SEPTIEMBRE DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. (TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) ( DE SEPTIEMBRE DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE FEBRERO DE 0 Presentado

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1177

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1177 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea ta. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. de agosto de 0 Presentado por el señor Fas Alzamora Referido a las Comisiones de Gobierno,

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO AUTONOMO DE BAYAMON A V I S O D E V I S T A 24 DE JUNIO DE 2011

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO AUTONOMO DE BAYAMON A V I S O D E V I S T A 24 DE JUNIO DE 2011 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO AUTONOMO DE BAYAMON A V I S O D E V I S T A 24 DE JUNIO DE 2011 SOBRE 1. CONSULTA DE UBICACIÓN PARA UN PROYECTO DE CUATRO

Más detalles

MODIFICACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS DE AGUAS SUBTERRÁNEAS PRIVADAS Y SU TRANSFORMACIÓN EN CONCESIONES

MODIFICACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS DE AGUAS SUBTERRÁNEAS PRIVADAS Y SU TRANSFORMACIÓN EN CONCESIONES - Ponencia - MODIFICACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS DE AGUAS PRIVADAS Y SU TRANSFORMACIÓN EN CONCESIONES JORDI CODINA ROIG Abogado Asociación Española de Usuarios de Aguas Subterráneas jordi.codina@codinadvocats.cat

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones

Más detalles

CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín

CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín MODULO I LA CREACIÓN DE UNA ASOCIACIÓN Para qué crear una asociación? Para compartir una idea. Para

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 76 Miércoles 30 de marzo de 2011 Sec. I. Pág. 33041 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 5714 Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las

Más detalles

CÓDIGO DE ÉTICA GUBERNAMENTAL Ley Núm. 12 del 24 de julio de 1985 Según Enmendada

CÓDIGO DE ÉTICA GUBERNAMENTAL Ley Núm. 12 del 24 de julio de 1985 Según Enmendada CÓDIGO DE ÉTICA GUBERNAMENTAL Ley Núm. 12 del 24 de julio de 1985 Según Enmendada Artículo 3.2 Prohibiciones Éticas de Carácter General (a) (b) (c) (d) (e) (f) (g) Ningún funcionario o empleado público

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2015/012

INFORME UCSP Nº: 2015/012 MINISTERIO COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2015/012 FECHA 10.02.2015 ASUNTO Impartición de formación específica por parte de los centros de formación del personal de seguridad

Más detalles

Es política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico reconocer,

Es política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico reconocer, Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS OFICINA DEL SECRETARIO Avenida Muñoz Rivera Núm. 505 San Juan Puerto Rico 00918 REGLAMENTO PARA ACREDITAR EL TIEMPO DEDICADO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 296 Lunes 10 de diciembre de 2012 Sec. III. Pág. 84753 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 14968 Resolución de 21 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de

Más detalles

CLÁUSULA 3ª. EXTORNO DE PRIMA POR RESCISIÓN DEL CONTRATO DE ALQUILER

CLÁUSULA 3ª. EXTORNO DE PRIMA POR RESCISIÓN DEL CONTRATO DE ALQUILER Ref: 06/107484.9/15 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONCERTACIÓN DEL SEGURO POR IMPAGO DE RENTAS DE ALQUILER DEL PLAN DE DINAMIZACIÓN DEL ALQUILER

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 149

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 149 GOBIERNO DE PUERTO RICO ma Asamblea ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. de enero de 0 Presentado por el señor Rivera Schatz Referido a la Comisión de Infraestructura, Desarrollo

Más detalles

ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Folleto Informativo

ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Folleto Informativo ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS Folleto Informativo ASPECTOS GENERALES Dónde está regulado el adiestramiento de animales potencialmente peligrosos La Ley 50/1999, de 22 de diciembre,

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES De conformidad con lo establecido en la Ley del Mercado de Valores, TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. comunica el siguiente HECHO RELEVANTE En cumplimiento de lo previsto

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS

Más detalles

Servicio de hospedaje de servidores

Servicio de hospedaje de servidores Servicio de hospedaje de servidores Tomás P. de Miguel Gabinete de Informática y Comunicaciones ETSIT Madrid, 18 de Marzo de 2004 1. Introducción Cada día se hace más necesaria la utilización de nuevas

Más detalles

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Página 1 de 5 DICTAMEN Nº 8 # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Expediente relativo al proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Radio Televisión

Más detalles

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015

Operación 8 Claves para la ISO 9001-2015 Operación 8Claves para la ISO 9001-2015 BLOQUE 8: Operación A grandes rasgos, se puede decir que este bloque se corresponde con el capítulo 7 de la antigua norma ISO 9001:2008 de Realización del Producto,

Más detalles

León, a 14 de marzo de 2012

León, a 14 de marzo de 2012 León, a 14 de marzo de 2012 Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León Ilmo. Sr. Secretario General Plaza de Castilla y León, Nº 1 47071 - VALLADOLID Expediente: 20111915 Asunto: Denegación

Más detalles

1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya

1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya 1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA LEY 20/2015, de 29 de julio, de modificación de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos. El

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2614. 21 de abril de 2010. Presentado por el representante Perelló Borrás

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2614. 21 de abril de 2010. Presentado por el representante Perelló Borrás ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ta Asamblea ra Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. de abril de 00 Presentado por el representante Perelló Borrás Referido a Comisión de

Más detalles

Estacionamiento Accesible

Estacionamiento Accesible Llámenos gratis al: 1-800-949-4232 Voz/TTY Para identificar su Centro regional acceda a: www.adata.org Estacionamiento Accesible Nuevas Disposiciones sobre las Regulaciones de la Ley ADA El Departamento

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2638 30 DE ABRIL DE 2010. Presentado por el representante Aponte Hernández

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2638 30 DE ABRIL DE 2010. Presentado por el representante Aponte Hernández ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 16ta. Asamblea Legislativa Ordinaria 3ra. Sesión CAMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 2638 30 DE ABRIL DE 2010 Presentado por el representante Aponte Hernández Referido

Más detalles

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

4.4.1 Servicio de Prevención Propio. 1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con

Más detalles

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO A raíz del contenido de las consultas que en relación al Real Decreto 1000/2010, de 5

Más detalles

Manual de Calidad. Capítulo 1 : Objetivo y Campo de Aplicación. Capítulo 2 : Normas para Consulta. Capítulo 3 : Términos y Definiciones

Manual de Calidad. Capítulo 1 : Objetivo y Campo de Aplicación. Capítulo 2 : Normas para Consulta. Capítulo 3 : Términos y Definiciones Manual de Calidad Capítulo 1 : Objetivo y Campo de Aplicación Capítulo 2 : Normas para Consulta Capítulo 3 : Términos y Definiciones Capitulo 4 : Requerimientos del Sistema de Calidad Capítulo 5 : Responsabilidad

Más detalles

ÍNDICE. Introducción. Alcance de esta NIA Fecha de vigencia

ÍNDICE. Introducción. Alcance de esta NIA Fecha de vigencia NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PARRAFOS DE ÉNFASIS EN EL ASUNTO Y PARRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE (En vigencia para las auditorías de estados financieros por los

Más detalles

LEY No. 786. El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO

LEY No. 786. El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO A sus habitantes, Sabed: LEY No. 786 El Presidente de la República de Nicaragua Que, LA ASAMBLEA NACIONAL CONSIDERANDO I Que las mujeres se encuentran en situación de desigualdad en los diferentes ámbitos

Más detalles

El Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos,

El Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos, El Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y el Protocolo concerniente a ese Arreglo: Objetivos, Características Principales, Ventajas Publicación de la OMPI No. 418(S) ISBN 92-805-0741-9

Más detalles

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas

Más detalles

=. Cintrón Rivera, M. Miembro y Secretario

=. Cintrón Rivera, M. Miembro y Secretario DEPARTAMENTO DE ESTADO CERTlFlCAClON NUMERO 1 O1 Yo, Angel A. Cintrón Rivera, Miembro y Secretario de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico, CERTIFICO:... Que la Junta de Síndicos, en su

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 312 Viernes 26 de diciembre de 2014 Sec. I. Pág. 105463 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 13470 Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia

Más detalles

Posibilidad de reclamar a la Junta de Extremadura la deuda por el canon de caza y aplicación de intereses 317/12

Posibilidad de reclamar a la Junta de Extremadura la deuda por el canon de caza y aplicación de intereses 317/12 ASUNTO: ACTIVIDADES Posibilidad de reclamar a la Junta de Extremadura la deuda por el canon de caza y aplicación de intereses 317/12 FD ************ INFORME I. ANTECEDENTES. Según los datos aportados por

Más detalles

Reglamento para el Funcionamiento de Restaurantes en el cantón central Heredia

Reglamento para el Funcionamiento de Restaurantes en el cantón central Heredia Reglamento para el Funcionamiento de Restaurantes en el cantón central Heredia MUNICIPALIDAD DE HEREDIA De conformidad con la sesión ordinaria Nº 90-2007, artículo IV, celebrada el día 23 de abril del

Más detalles

Ordenanza reguladora de las subvenciones para finalidades culturales, deportivas, educativas de la localidad de Alfara.

Ordenanza reguladora de las subvenciones para finalidades culturales, deportivas, educativas de la localidad de Alfara. Ordenanza reguladora de las subvenciones para finalidades culturales, deportivas, educativas de la localidad de Alfara. El ayuntamiento de Alfara del patriarca promoverá y facilitara el desarrollo de las

Más detalles

ESTATUTOS DE LA FIAT/IFTA Versión Española - Mayo de 2007

ESTATUTOS DE LA FIAT/IFTA Versión Española - Mayo de 2007 ESTATUTOS DE LA FIAT/IFTA Versión Española - Mayo de 2007 ARTÍCULO 1 Se crea entre responsables de servicios de archivo de organizaciones de televisión una asociación sin fines lucramvos, al amparo de

Más detalles

ASUNTO : ACLARACION DE TERMINOS DISPUESTOS EN LA LEY NUMERO 23 DE 24 DE FEBRERO DE 2011 Y EN SU REGLAMENTO NUMERO 2011-1

ASUNTO : ACLARACION DE TERMINOS DISPUESTOS EN LA LEY NUMERO 23 DE 24 DE FEBRERO DE 2011 Y EN SU REGLAMENTO NUMERO 2011-1 CARTA CIRCULAR NUMERO CIF-CC-11-2 : Todas las Casas de Empeno sujetas a las disposiciones de la Ley para Regular el Negocio y las Operaciones en las Casas de Empeno y su respectivo Reglamento Num 2011-1

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO /, DE DE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

PROYECTO DE REAL DECRETO /, DE DE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS PROYECTO DE REAL DECRETO /, DE DE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Disposición final tercera. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor

Más detalles

Segunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A.

Segunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A. Segunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A. DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LOS LICITANTES ELEGIDOS, CARTA

Más detalles

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO v. Comisión Estatal de Elecciones Certiorari 2016 TSPR 63 195 DPR Recurrida Número del Caso: CC-2016-306 Fecha: 6 de abril de 2016 Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan Abogado de la Parte

Más detalles

Trabajo Semanal Alternativo

Trabajo Semanal Alternativo Trabajo Semanal Alternativo 1. Qué es trabajo semanal alternativo? SUS DERECHOS LEGALES En una semana laboral normal, si usted trabaja más de ocho horas diarias, su empleador está obligado a pagarle tiempo

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA CAPÍTULO I LA JUNTA GENERAL Artículo 1. Clases de Juntas 1. La Junta General de Accionistas podrá ser Ordinaria o Extraordinaria, rigiéndose

Más detalles

QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS?

QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS? QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS? El Derecho Internacional es un sistema de reglas contempladas por los Estados para regular sus conductas y relaciones. El Derecho Internacional

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios

Más detalles

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos

Más detalles

ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO

ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO ESTATUTOS DE LA COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO TÍTULO I: De la Coordinadora

Más detalles

SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES.

SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES. SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES. Al no haber una unidad organizativa de nivel inferior a la citada Dirección General de la que

Más detalles

CAPÍTULO 1 PROYECTO JURÍDICO PRÁCTICAS MONOPÓLICAS EN LOS CONTRATOS DE FRANQUICIAS EN MÉXICO

CAPÍTULO 1 PROYECTO JURÍDICO PRÁCTICAS MONOPÓLICAS EN LOS CONTRATOS DE FRANQUICIAS EN MÉXICO CAPÍTULO 1 PROYECTO JURÍDICO PRÁCTICAS MONOPÓLICAS EN LOS CONTRATOS DE FRANQUICIAS EN MÉXICO SUMARIO. 1.1 Introducción. 1.2 Breve Descripción del Tema. 1.3 Objetivo General 1.4 Objetivo Específico 1.5

Más detalles