ESCUELA ESTRELLA DE CHILE
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- Consuelo Aguilar Figueroa
- hace 8 años
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1 CORPORACIÓN MUNICIPAL DESARROLLO SOCIAL DE PUDAHUEL ESCUELA D Nº 378 ESTRELLA DE CHILE MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA ESTRELLA DE CHILE AÑO:
2 Escuela Estrella de Chile San Francisco Nº 8550 Pudahuel Fono: MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR (2013) I. PRESENTACIÓN: La escuela Estrella de Chile ha decidido establecer el siguiente Manual de Convivencia Escolar, cuyo único fin es orientar la convivencia escolar de la escuela, a través de las normar. Criterios y procedimientos que permitan abordar los conflictos y determinar las sanciones cuando sea necesario, de acuerdo a la legalidad vigente en el país, teniendo presente en todo momento que la misión de la escuela es lograr que todos los alumnos y alumnas aprendan en un clima de respeto y responsabilidad. La elaboración del presente manual ha sido realizado a través de un proceso consensuado en el cual han participado los representantes de estamentos de la comunidad educativa, sean estos Profesores, Asistentes de la educación, Estudiantes, Padre y Apoderados, a través de jornadas de trabajo que se realizaron en el Establecimiento. Dicho manual se difundirá a toda la comunidad educativa facilitando espacios para su conocimiento a través de trabajo jornadas de trabajo con directivos, docentes y asistentes de la educación. Además se entregará un extracto a los apoderados al momento de matrícula y en la primera reunión de apoderados. En el aula el docente trabajará con sus apoderados en reuniones de curso como también con sus alumnos transversalmente en sus actividades diarias y con mayor énfasis en consejo de curso. El manual tendrá una revisión anual en donde se realizarán jornadas de trabajo con el centro de alumnos y subcentro de apoderados. Como también se podrá analizar este instrumento en reuniones de apoderados y reuniones de cada estamento. II. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Orientar la convivencia escolar de la escuela, a través de las normar. Criterios y procedimientos que permitan abordar los conflictos y determinar las sanciones cuando sea necesario. Orientar la convivencia escolar a través de normas. Aplicar criterios y procedimientos que permitan solucionar los conflictos y determinar las sanciones necesarias. 2
3 III. MARCO LEGAL Y POLÍTICO. Constitución Política de la república de Chile Declaración Universal de los Derechos Humanos Convención sobre los Derechos del Niño Ley General de educación. Marco para la Buena Enseñanza Ley de Responsabilidad Penal Juvenil , Decretos supremos de Educación Nº 220 y 240 en lo que refiere a OFT Instructivo presidencial sobre participación ciudadana Política de participación de Padres, Madres y Apoderados en el sistema educativo (Política convivencia, Pág. 10) Ley , Ley alumnas en situación de embarazo y sobre estudiantes embarazadas y madres lactantes , ley de drogas, Ley de alcoholes, Ley del tabaco Ley de protección de las personas con discapacidad Ley indígena Ley de subvención escolar preferencial IV. DEFINICIONES Y TÉRMINOS GENERALES. Arbitraje: Es cuando las partes involucradas en un conflicto depositan confianza en una tercera persona, con atribuciones para ello para que tome la decisión de cómo resolver la disputa o diferencia entre ambas. En este sentido el tercero actúa como un Juez y ambas partes se comprometen a aceptar su decisión. Arbitraje Pedagógico: Procedimiento dialógico de resolución de conflictos que administra un profesional educativo con atribuciones reconocidas por las partes en un establecimiento escolar. Es quien recaba información sobre el conflicto, escucha a las partes y evalúa la gravedad de la falta cometida considerando los intereses y puntos de vista de los involucrados. Bullying o Intimidación: se refiere a todas las formas de actitudes agresivas, intencionadas y repetidas, que ocurren sin motivación evidente, adoptadas por uno o más estudiantes contra otro u otros causando daño psicológico o físico. Comunidad Educativa: La agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran el establecimiento educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos, Corporación Municipal y Alcalde. 3
4 Conflicto: Los conflictos son parte de la convivencia entre las personas, este surge cuando una de las partes, o ambas, perciben que el otro constituye un obstáculo para lograr las propias metas. Convivencia Escolar: Es una dimensión del currículo escolar que involucra a todos los actores educativos. No se trata de un ámbito aislado en la vida institucional, sino de una dimensión transversal a todas las actividades y prácticas que se desarrollan en el ámbito escolar. El estilo de convivencia que exista al interior de cada unidad educativa marcará fuertemente el carácter inclusivo o exclusivo de esta. Se entenderá como la interacción entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la relación entre las personas, sino que incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman una comunidad educativa. Deber: Es la obligación que afecta a cada persona, impuesta por la moral la ley, las normas sociales o la propia conciencia o la razón. Derecho: Facultad natural del ser humano para hacer o exigir todo lo que la ley o la autoridad establecen en su favor. Todo derecho lleva implícitas obligaciones o responsabilidades para con otros miembros de la sociedad. Disciplina: Respetar y acatar normas de convivencia escolar Discriminación: Es la negación de la plena responsabilidad y derechos en un ser humano. La discriminación es la negación de su calidad de ser humano e igual, en dignidad y derechos, de una persona respecto de otro u otros. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros (Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. Nº 1). Grooming: Cualquier acción que tenga por objetivo minar y socavar moral y psicológicamente a una persona, con el fin de conseguir su control a nivel emocional, generalmente a través de servicios de chat y mensajería instantánea. Instancias de Apelación: Derecho que tiene toda persona a ser escuchada ante cualquier acusación por vulneración a una norma. Instancia que debe contemplar todo procedimiento de evaluación a una falta o vulneración a una norma. Manual de convivencia escolar: Es un documento que, con la participación de todos los actores de la comunidad educativa, se diseñó para regular y dar 4
5 pautas de normas y procedimientos respecto a la convivencia diaria al interior del establecimiento. Mediación: Proceso informal o alternativo de resolución de conflictos en que un tercero neutral, ayuda a las partes en conflicto a alcanzar un acuerdo voluntario y el efecto más importante del proceso es la producción de un acuerdo voluntario de la disputa. En este proceso las partes ponen en ejercicio diversas habilidades sociales que favorecen el desarrollo de la autoestima, confianza en si mismo y confianza en el otro. Mediación entre Pares: Proceso de resolución pacífica de conflictos, mediante el cual ambos alumnos en conflicto logran dialogar, escucharse, ponerse en el lugar del otro de manera respetuosa, intentando alcanzar una solución al conflicto. Niveles de Participación: En la participación de los sujetos se pueden identificar distintos niveles de involucramiento y responsabilidad con el proceso tanto como con los resultados. En el sistema escolar los niveles se pueden observar de la siguiente manera: Participación Informativa: nivel mínimo de participación. Se refiere a la disposición de entregar y/o recibir información de la escuela sobre los procesos, sentidos, proyectos y normas del proceso educativo y del aprendizaje del alumnado entre otros. Participación Consultiva: implementación de instancias de consulta sobre diversos temas de interés, vinculados o no a toma de decisiones. Participación Colaborativa: acciones que implican mayor involucramiento con el proceso y/o resultados de él. Participación en la Toma de decisiones: incorpora los niveles anteriores más el derecho a voz y voto en las decisiones de distinta índole del establecimiento a través de los organismos representativos de los estamentos de los actores educativos o directamente. Norma: Regla de conducta que una comunidad o sociedad impone a sus miembros para garantizar el bien común y cuya violación estará sancionada. Las normas tienen por objeto fijar pautas para el accionar humano, así como también establecer y justificar límites y responsabilidades en la relación con los otros. Normas de Convivencia en el Aula: se refiere a aquellas normas que los docentes y/o estudiantes, definen para regular el funcionamiento e interacción en los procesos pedagógicos que se vivencia al interior del aula o sala de clases. Las normas de convivencia en el aula deben siempre estar en concordancia con las normas de convivencia explicitadas en el reglamento de convivencia. 5
6 Procedimientos: Proceso por el cual se realiza una serie de acciones frente a una situación particular, que en el caso que constituya falta grave o gravísima se procede a una investigación en la cual se contemplan instancias de apelación y medios de verificación (Debido Proceso). Respeto: Aceptar y tolerar al otro como ser integral. V. HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO: La escuela funcionará en los siguientes horarios: Horario de entrada de Pre-kínder y Kínder: De 8:30 hrs. a 12:30 hrs. Jornada Mañana Horario de entrada de Pre-kínder y Kínder: De 14:00 hrs. a 18:00 hrs. Jornada Tarde. Horario Enseñanza Básica de 1º a 8º Año: De 8:10 hrs. a 15:25 hrs. los lunes, martes, jueves y viernes. El día miércoles de 8:10 hrs. a 13:55 hrs. Horario de Recreos: Horario Primer Recreo de Enseñanza Básica: De 09:10 hrs. a 10:00 hrs. Horario Segundo Recreo de Enseñanza Básica: De 11:30 hrs. a 11:40 hrs. Horario de Almuerzo o colación: De 13:10 hrs. a 13:55 hrs. Horario de Funcionamiento de Talleres de Educación Extraescolar: Horario de 16:00 hrs. a 18:00 hrs. los lunes, martes, jueves y viernes, y los días miércoles de 14:30 hrs. a 18:00 hrs. UNIFORME ESCOLAR: Sobre el uniforme escolar Pre-básica: Uniforme escolar Damas: Delantal cuadrillé verde, blusa blanca, chaleco azul marino, jumper azul marino, calcetines azules y/o blancos, corbatín escuela y polera de color celeste manga corta o larga. Uniforme escolar Varones: Pantalón plomo, camisa blanca, chaleco azul marino, calcetines azules, corbatín escuela y polera de color celeste manga corta o larga, cotona beige. Uniforme de Gimnasia: Buzo del Colegio, short azul del colegio, polera azul rey del Colegio, calcetines blancos y/o azules. 6
7 Sobre el uniforme escolar Básica: Uniforme escolar Damas: Blusa blanca, chaleco azul marino, jumper azul marino, calcetines azules y/o blancos, corbatín escuela y polera de color celeste manga corta o larga. Uniforme escolar Varones: Pantalón plomo, camisa blanca, chaleco azul marino, calcetines azules, corbatín escuela y polera de color celeste manga corta o larga. Uniforme de Gimnasia: Buzo del Colegio, short azul del colegio, polera azul rey del Colegio, calcetines blancos y/o azules. VI. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR : Al interior de cada Establecimiento existirá un Comité de Convivencia Escolar, que estará integrado por un representante de cada uno de los estamentos (Dirección, Profesores, Estudiantes, Apoderados o tutor, y asistentes de la educación). Este comité será el encargado de 1. Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano. 2. Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento. 3. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar. 4. Designar a uno o más encargados de convivencia escolar. 5. Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar. 6. Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar. 7. Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso. Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes VII. FALTAS EN QUE INCURREN LOS ESTUDIANTES. La entendemos como la actitud o hecho que olvida, transgrede o es contraria a los principios y valores básicos fomentados por el bien vivir en el ambiente de nuestra unidad educativa estas son: Falta leve: Es una conducta ocasional que transgrede la convivencia en la comunidad educativa, sin provocar daño físico, psicológico, social y material. 7
8 Falta Grave: Es una conducta que puede o no ser reiterativa (con o sin intencionalidad) de daño que transgrede la convivencia en la comunidad educativa y provoca daño físico y/o psicológico y/o social y/o material. Falta Gravísima: Es una conducta que puede o no ser reiterativa, que ha tenido algún tipo de intervención (pedagógica, técnica y/o profesional) que transgrede la convivencia en la comunidad educativa y provoca (con o sin intencionalidad) daño físico y/o psicológico y/o social y/o material. VIII. RESGUARDO DEL DEBIDO PROCESO: Al sancionar una falta se debe tener en cuenta los pasos a seguir para evitar arbitrariedades en la aplicación del reglamento. Para tales efectos se deben considerar los siguientes aspectos: aplicación de procedimientos claros y justos; un debido proceso; Presunción de inocencia; Edad, rol y jerarquía; Contexto, intereses y motivos por los cuales se incurrió en la falta. Los estudiantes que sean sancionados pueden apelar ante el Equipo al Comité de Convivencia en donde están representados todos los estamentos. La instancia de apelación se hará por el alumno(a) y su apoderado ante un Organismo Colegiado formado por el Inspector General u Orientadora, más un profesor. Existirá una última instancia de apelación que será el equipo de gestión escolar o equipo de convivencia, quienes podrán modificar o ratificar las conclusiones y sanciones del organismo colegiado. 8
9 IX. PROCEDIMIENTO FRENTE A LA OCURRENCIA DE UN DELITO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO. Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar, en forma inmediata, cuando tomen conocimiento de cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros de igual gravedad. Dicha denuncia se deberá efectuar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, a más tardar dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. Dentro del mismo plazo, deberá ser puesto tal circunstancia en conocimiento del Director de Educación de la Corporación Municipal de Pudahuel, mediante oficio u otro medio idóneo. X. TÉCNICAS DE RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTO. Junto con tener claramente un procedimiento para evaluar la gravedad de las faltas y definir una sanción proporcionada y con carácter formativo, es necesario que se manejen algunas técnicas que permitan afrontar positivamente los conflictos, sobre todo cuando la falta cometida tiene que ver con conflictos interpersonales (peleas entre compañeros, altercado profesor alumno, etc.). Es por esto que en primera instancia, frente a situaciones de conflictos se buscará generar con las partes involucradas soluciones pacíficas de estos, a través de proceso de arbitraje pedagógico o mediación. Para esto se entenderá el conflicto como un desacuerdo de ideas, intereses o principios entre personas o grupos. Conformando un proceso que expresa insatisfacción, desacuerdo o expectativa no cumplidas de cualquier intercambio dentro de una organización. 9
10 XI. FALTAS EN QUE INCURREN LOS ESTUDIANTES FALTAS LEVES: Interrumpir las clases con actitudes como: Chistes, conversar constantemente, pararse del puesto, emitir ruidos molestos, ingresar con posterioridad a la sala de clases sin autorización del profesor. Hacer desorden durante las formaciones. Usar buzo del colegio días que no corresponde a clases de educación física. Presentarse sin el buzo del colegio a clases de educación física. No asistir con el uniforme escolar completo, según lo acordado por el Centro de Padres y Apoderados. Subir a otros pisos sin autorización. Ingresar atrasados a clases después de cada recreo. No traer los útiles escolares solicitados por el profesor. No cuidar el entorno y medio ambiente, ensuciando patios, salas o baños. Mascar chicle durante las horas de clase. No portar libreta de comunicaciones. Ingresar a la sala de clases o a oficinas sin autorización del profesor. FALTAS GRAVES Inasistencia a clases sin justificación del apoderado dos veces por semana. Pololear efusivamente en el Establecimiento. No reponer daños menores como: rayados de murallas, quebrados de vidrios, daños a libros, entre otros. Inventar o mentir sobre la conducta de algún miembro de la comunidad escolar. Usar un lenguaje grosero frente a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sea oral, escrito o gestual. Quedarse fuera de la sala de clases quedándose en dependencias del Establecimiento (cimarra interna). Copiar u obtener información de compañeros o textos durante el proceso evaluativo. Participar en actos de desprestigios al establecimiento estando en su representación dañando seriamente la imagen de la institución Encubrir a compañeros (as) que hayan realizado acciones constituyentes de faltas o delitos. Agredir o golpear físicamente a compañeros (a) Asistir al establecimiento con maquillaje, cortes de pelo extravagantes, color de pelo llamativo, joyas, piercing, entre o otros. 10
11 Actitudes, gestos groseros, escupitajos hacia compañeros, profesores o a cualquier miembro de la comunidad educativa. Excederse en la realización de bromas violentas causando pánico o temor a los compañeros (as). Grabar riñas o peleas u otras situaciones que ocurren al interior o exterior del establecimiento y subirlas posteriormente a la web. Ingresar y usar en el establecimiento artefactos que puedan producir desatención o interrupción de las actividades pedagógicas como teléfonos celulares, mp3, mp4, etc. La escuela no de hace responsable por perdidas de éstos. Presentar tres registros escritos de faltas leves. FALTAS GRAVÍSIMAS Abandono de la escuela sin autorización de la dirección (fuga). O ante cualquier actividad convocada por el establecimiento. Presentar tres registros escritos de faltas graves. Adulterar documentos formales como libros de clases, comunicación al apoderado, justificativos, firmas, entre otros. Sustraer pertenencias ajenas o ser cómplice de ello. Agredir física o verbalmente a profesores y otros miembros de la Unidad Educativa Ingresar revistas o libros pornográficos o bajar dicho material de internet. Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas o sustancias ilícitas o encontrarse bajo sus efectos al interior del establecimiento o en actividades organizadas por este. Cometer abusos deshonestos y actos de connotación sexual tales como masturbación, exhibición de órganos genitales, etc. Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes, municiones contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotolog, mensaje de textos, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios web, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico. Participar en riñas al interior o exterior del establecimiento (a dos cuadras a la redonda). Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un compañero (a) u de otro miembro de la comunidad educativa de manera reiterada causando daño físico y/o psicológico 11
12 (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.). Bullying. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre nacionalidad, condición sexual, sida, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia. XII. CONSIDERACIONES: Si el responsable fuere un funcionario del Establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al Establecimiento. LEY SOBRE CALIDAD Y EQUIDAD DE LA EDUCACIÓN: Artículo 8º bis: Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. Del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Revestirá especial gravedad todo tipo de violencia física o psicológica cometida por cualquier medio, incluyendo los tecnológicos, en contra de los profesionales de la educación. Al respecto los profesionales de la educación tendrán atribuciones para tomar medidas administrativas y disciplinarias para imponer el orden en la sala, pudiendo solicitar el retiro de alumnos; la citación del apoderado, y solicitar modificaciones al Reglamento Interno Escolar que establezca sanciones al estudiante para proponer al orden en el Establecimiento. XIII. SANCIONES FRENTE A LAS FALTAS FALTAS LEVES Diálogo personal pedagógico y correctivo. Amonestación verbal. Anotación negativa en hoja de vida si es reiterativo. Comunicación al apoderado. Citación al apoderado. Compromiso firmado del apoderado y el alumno en relación a la falta cometida. 12
13 En la solución de conflictos intervendrá una comisión mediadora, que estará constituida por la orientadora, el involucrado y un representante de los alumnos. FALTAS GRAVES Sanciones previas Conversación con estudiante Derivación al inspector general Consignar situación en hoja de vida y citación al apoderado para tomar conocimiento del problema. Frente a la inasistencia del apoderado el alumno será llevado al hogar con un auxiliar del Establecimiento. Dar cuenta de la situación producida a la comisión mediadora. Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar. Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores entre otras iniciativas. Suspensión temporal de dos días; y al reincorporarse el alumno a clase debe presentarse con el apoderado. Carta de aviso de la pre condicionalidad Las faltas graves y muy graves requerirán de una investigación que permita conocer las versiones de la o las personas involucradas, que considere de la atenuante de las personas involucradas, agravantes, presunción de inocencia e instancias de apelación. FALTAS GRAVÍSIMAS: Citar al apoderado y firmar toma de conocimiento. Ante hechos que tengan relación con la ley de responsabilidad penal adolescente, la Dirección dará cuenta a los tribunales. Poner en situación de conocimientos a Dirección y Orientadora de la escuela. Hacer seguimientos de la situación a casos presentados. Derivar casos a otros organismos y profesionales: COSAM, Psicólogos, Neurólogos, Asistentes sociales, etc. Análisis por la comisión mediadora y Equipo de Gestión Escolar. Suspensión temporal de clases del estudiante de 3 a 5 días dependiendo de la gravedad de la falta, previa firma y toma de conocimiento del apoderado. Será otorgada a aquellos alumnos(as) que en forma reiterada insisten en no cumplir con el Manual de Convivencia o que han incurrido en faltas graves que hagan 13
14 aconsejable dicha medida como: vocabulario grosero hacia el personal del Establecimiento, incitación a la destrucción, actitudes inmorales. El Establecimiento velará por la continuidad del proceso pedagógico del estudiante. Reubicación del alumno en otro curso de su mismo nivel, esta puede ser temporal o definitiva, en caso excepcionales se acortará la jornada escolar de común acuerdo con el apoderado. Condicionalidad de la matrícula del alumno. De persistir la inconducta, el alumno será separado de las actividades escolares y solo asistirá al establecimiento a rendir sus evaluaciones a objeto de no perjudicar su año escolar. En caso de alumnos de octavos básicos éstos podrán ser marginados del acto de licenciatura. La reubicación de un alumno en otro establecimiento educacional municipal de la comuna será cuando el alumno persista en un comportamiento agresivo físico y verbal. No renovación de la matrícula para el próximo año escolar. La expulsión o cancelación de la matricula procederá cuando se haya agotado todas las medidas anteriores, incluido comisión mediadora, comité de apelación y será previamente revisada por el director junto a su equipo de gestión. Es de carácter extremo y será aplicada cuando ya no exista otra sanción que aplicar. XIV. FALTAS EN QUE INCURREN LOS APODERADOS Faltar a las citaciones emitidas por la escuela. Faltar a reuniones de curso sin justificación, quedando desinformado del proceso educativo de su hijo. No participar en las actividades requeridas por la escuela. No proveer de materiales escolares y materiales requeridos por el curso. No revisar diariamente cuadernos y libreta de comunicaciones del estudiante. Descuidar la presentación personal y el aseo personal del estudiante. No respetar los horarios de entrada y salida establecidos. Ingresar a las salas de clases en horarios no establecidos y sin permiso por parte de la dirección. Mantener desinformado a profesores sobre antecedentes importantes del estudiante. Negarse a reparar los daños ocasionados por el estudiante en la escuela. No justificar las inasistencias de los alumnos. Faltar el respeto a funcionarios del establecimiento. Faltar a citaciones emitidas por la red de apoyo psicosocial. 14
15 Negarse o rechazar ayuda en casos de alumnos con necesidades educativas especiales o déficit atencional, puede provocar la cancelación de la matricula del alumno al final del año Escolar. XV. SANCIÓN: Cambio de apoderado: El establecimiento tiene derecho a cambiar de apoderado cuando el comportamiento del titular está en contra del proyecto educativo o de las normas internas del establecimiento. DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS 1. Solicitar entrevistas con Directivos y Profesores. 2. Conocer el funcionamiento y el proyecto educativo del Establecimiento y ser informados del Reglamento de Evaluación. 3. Ser informados de horarios de entradas y salida de alumnos. 4. Solicitar cualquier documento pertinente en horarios de atención, en la Dirección, Inspectoría, o Secretaría, según sea el caso. 5. Retirar a su pupilo antes del término de clases: Fundamentando el retiro: 1. Enfermedad 2. Hora al Médico. 3. Fuerza o causa mayor. Con Firma y Rut en el cuaderno de salida. 6. Ser atendido personalmente por la Orientadora o Psicopedagoga. 7. Proponer ideas, soluciones a problemas, considerando el bien de la comunidad educativa. 8. Recibir un trato respetuoso, afectuoso, sin violencia física ni verbal, ni discriminatorio de ninguna especie de todos los integrantes de la comunidad educativa. 9. Exponer situaciones problemáticas de carácter socioeconómico. 10. Solicitar beneficio que otorga el Establecimiento: desayuno escolar, almuerzo, once, ropero escolar, becas municipales, becas indígenas. 11. Participar en actividades de libre elección y talleres de crecimiento personal a nivel de alumnos y apoderados. 12. Los alumnos tendrán derecho a anotaciones positivas en hoja de vida. 13. Los apoderados tendrán derecho a pertenecer al Centro General de Padres y Apoderados. 14. Ante situaciones conflictivas entre alumnos, alumnas y profesores, éstos podrán ser escuchados, estando a su disposición la atención preferente de la Orientadora, quien deberá hacer uso de la técnica que corresponda: arbitraje, negociación, mediación, etc. 15
16 15. Los alumnos de 8º año recibirán la información, documentación y orientación pertinente para la postulación a los colegios de continuación. 16. Los alumnos(as) tendrán derecho a los beneficios que otorga la ley nº , sobre Seguro Escolar de Accidentes, que en forma resumida establece lo siguiente (decreto 313): 17. Al momento de matricular el apoderado optará por recibir o no Religión Católica (Oficial del Estado Chileno). 18. Los alumnos o alumnas que repitan curso tendrán derecho a seguir estudiando en el Establecimiento. 19. No podrá cancelar matrícula por bajos rendimientos de alumnos y alumnas. 20. No podrá negarse matrícula o adoptar Anual acordado por el Centro de Padres. XVI. INSTANCIA DE RECONOCIMIENTO: Las acciones positivas realizadas por los estudiantes deben ser registradas en la hoja de observaciones del libro de clases, sean estas acciones en la sala de clase o en otras dependencias del colegio. Entrega de estímulos materiales, reconocimientos verbales y escritos por participación destacada en el Desarrollo de Habilidades y Competencias Intelectuales, Destrezas Motrices, Ambiente propicio para el Aprendizaje, Presentación Personal y Competencias Afectivas y Sociales. El Departamento de Orientación recibirá las propuestas de estímulo y premiación entregada por los distintos estamentos del Establecimiento: Dirección, Inspectoría General, Consejo de Profesores y Profesores Jefes y este Departamento canalizará la entrega de dichos reconocimientos en actos cívicos y personales, semanales, semestrales y anuales según los casos que lo ameriten. Competencias Intelectuales: Premiación a través de un obsequio, diploma y felicitaciones verbales y escritas en el Libro de Clases. Destrezas Motrices: Entrega de diplomas, medallas y/o galvanos (Competencias Deportivas y Artísticas). Ambiente Propicio para el Aprendizaje: Anotaciones significativas en el Libro de Clases, diplomas otorgado por la Dirección. (Sala de clases en óptimas condiciones de trabajo, que esté limpia, mobiliario bien cuidado y diario mural actualizado en forma permanente). Presentación Personal: Reconocimiento verbal en reuniones de apoderados y acto cívico semanal. Competencias Afectivas y sociales: Reconocimiento verbal, anotaciones significativas en el Libro de Clases y diploma al Mejor Compañero elegido por sus pares al término del año escolar. 16
17 MECANISMOS O PROCEDIMIENTOS PARA MODIFICACIONES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA (MC): Los procedimientos serán los siguientes: Convocar al Consejo Escolar una vez por semestre para proceder a evaluar el MC y su aplicabilidad y establecer posibles causas de modificación. Informar al Consejo de Profesores sobre las modificaciones hechas al MC si correspondiese. Informar a los padres y apoderados sobre dichas modificaciones si las hubiese. Informar a los estudiantes sobre posibles modificaciones si las hubiese a través del profesor jefe en los consejos de curso respectivos. Informar a la comunidad educativa toda a través de la entrega de las modificaciones del MC impreso. 17
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