REGLAMENTO DE CONVIVENCIA COLEGIO ALEMÁN DE SAN FELIPE
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- Beatriz Josefa Torres Rojas
- hace 8 años
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1 1 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA COLEGIO ALEMÁN DE SAN FELIPE TITULO I: DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR NORMAS GENERALES ARTÍCULO 1º: El presente reglamento de convivencia regula el desarrollo de las actividades y asuntos que se producen como consecuencia de la convivencia escolar y que se fundamentan en los principios y valores establecidos en el Proyecto Educativo del Colegio Alemán de San Felipe. ARTÍCULO 2º: Todos los esfuerzos de la comunidad Colegio Alemán de San Felipe apuntan a la formación de sus alumnos, centro y razón de la educación y formación que en él se imparten. ARTÍCULO 3º: El Colegio Alemán de San Felipe, como miembro de la Asociación de Colegios Alemanes de Chile, promueve para todos los integrantes de su comunidad educativa, los principios y prácticas que permitan desarrollar los procesos y actividades del colegio en un marco de sana convivencia, potenciando además, el crecimiento moral y espiritual de cada uno de sus integrantes. ARTÍCULO 4º: Se considera que, más que receptores o destinatarios pasivos, los(as) alumnos(as) son activos protagonistas de su proceso educativo y participantes de una comunidad viva y dinámica, en la que se busca desarrollar la colaboración, el apoyo y comprensión entre los pares, los padres y apoderados y profesores. Es en este contexto donde se debe comprender y aplicar las normas de convivencia, las que en conjunto favorecen el logro de la identidad comunitaria. ARTÍCULO 5º: Las normas definidas en este Reglamento son un medio al servicio de la formación de los(as) alumnos(as), tanto académica como valórica. A través de ellas se busca formar la conciencia moral - social de los(as) alumnos(as) y aportar a la construcción de su personalidad en función de una sana convivencia y un adecuado desarrollo personal. ARTÍCULO 6º: El clima de la comunidad educativa del Colegio Alemán de San Felipe se basa en los principios y valores definidos en el Proyecto Educativo de la institución. Ellos son los que rigen todo el quehacer escolar y en el cual se basa este Reglamento de Convivencia escolar: Respeto: Crea un ambiente de seguridad y cordialidad; permite la aceptación de las limitaciones propias y ajenas y el reconocimiento de las virtudes de los demás. Evita las ofensas y las ironías y no permite que la violencia se convierta en el medio para imponer criterios. Reconoce la autonomía de cada ser humano y acepta el derecho a ser diferente. Responsabilidad: Crea un ambiente de trabajo, donde se dedica el tiempo necesario para estudiar y se deja el necesario para la recreación; permite que los talentos personales y colectivos sean empleados al máximo. Solidaridad. Crea un ambiente de colaboración; permite reconocer la necesidad de ver a los otros como seres iguales. Insta a valorar la necesidad de ser un actor de la sociedad,
2 2 que quiere tener un rol activo, constructivo y propositivo. Reconoce el mundo y a la humanidad como su espacio vital, lo respeta y considera parte de su visión de futuro. Austeridad. Crea un ambiente en que las personas son valoradas por su condición de ser humanos e insta a que los talentos y características afloren. ARTÍCULO 7º: : La Dirección y todo el personal directivo, docente, administrativo y auxiliar del establecimiento deberá velar por que ellos mismos y los(as) alumnos(as) comprendan que las normas definidas en este reglamento tienen como objetivo apoyar y hacer posible una sana y adecuada convivencia de la comunidad escolar. TITULO II: DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS (AS) ALUMNOS(AS) DEBERES ARTÍCULO 8 : Son deberes de los(as) alumnos(as) del Colegio Alemán de San Felipe: a) Comportarse de acuerdo a las normas éticas, valóricas y de convivencia escolar señaladas en el presente reglamento. b) Asistir a clases regulares correspondientes al plan y programa de estudio vigente, a actividades de recuperación especial o de reforzamiento cuando corresponda. c) Cumplir con sus obligaciones escolares relativas a estudio, tanto en el colegio como en el hogar, como tareas, trabajos y talleres extraprogramáticos en los que se comprometió. d) Participar, de acuerdo a sus intereses, en actividades deportivas, culturales y/o artísticas que fije el establecimiento. e) Contar, oportunamente, con todos los materiales exigidos para las distintas actividades escolares. f) Mantener siempre consigo la Agenda oficial del establecimiento. Respecto a este documento se establece que: Es el medio de comunicación oficial entre el colegio y la familia. Debe estar siempre actualizada. Es una herramienta que ayuda al alumno a organizar y ordenar su tiempo y el trabajo escolar, por lo que todos los compromisos y actividades escolares serán informadas por esta vía. Su uso y presentación serán supervisadas por los profesores Jefes quienes podrán solicitar su reemplazo en caso de daño severo o impropio para un(a) alumno(a) del colegio. DERECHOS
3 3 ARTÍCULO 9 : Son derechos de los(as) alumnos(as) del Colegio Alemán de San Felipe: a) Ser tratado en forma digna, respetuosa y sin discriminación. b) Educarse en un ambiente cordial y amable, que permita su bienestar físico, psicológico y emocional. c) Apelar, frente a alguna medida interna, ante una comisión formada por el (la) Director(a), Coordinador(a) de Ciclo y Profesor(a) Jefe. d) Usar, responsablemente, la infraestructura y espacios del establecimiento. e) Con asesoría docente, constituir organizaciones participativas tales como: Talleres de actividades extraprogramáticas, deportivas y/o culturales que vayan en apoyo de sus particulares intereses, necesidades e inquietudes. f) Con asesoría docente, conformar un Centro de Alumnos que se regirá por las normas contenidas en el Decreto Supremo de Educación Nº 524 de 1990 o el que lo sustituya en el futuro y dentro del marco práctico desarrollado por el colegio. ARTÍCULO 10 : De acuerdo a lo señalado, todos los alumnos del Colegio Alemán de San Felipe deberán: Mantener un trato amable y respetuoso con todas las personas que componen la comunidad educativa, evitando cualquier tipo de ofensa y/o trato agresivo, ya sea de palabra u obra, en forma presencial o cibernética. Colaborar activamente en la generación de un ambiente de aprendizaje, en el cual se viven las virtudes de la responsabilidad, respeto, confianza y autodisciplina. Ser capaces de solucionar sus conflictos de manera pacífica, reconociendo sus errores y pidiendo disculpas por éstos. Desarrollar tolerancia a la diversidad y ejercer la solidaridad, entendida ésta, como ser activo, constructivo y propositivo en la consideración de las necesidades de los otros. Aprender a tolerar la frustración. TITULO III: DEL REFORZAMIENTO DE BUENAS CONDUCTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS ARTICULO 11 : La Dirección del establecimiento deberá informar a los apoderados(as), alumnos(as), docentes, administrativos y personal auxiliar sobre las normas disciplinarias vigentes en el colegio y velar por el compromiso de todas las partes en el cumplimiento de ellas. ARTICULO 12 : Los(as) alumnos(as) que transgredan las normas sobre convivencia escolar serán sancionados, según las circunstancias, los antecedentes y los registros escolares vigentes. ARTICULO 13 : La sanción impuesta debe ser alguna entre las que se detallan en el artículo 67 de este Reglamento y se aplicarán según al mérito y circunstancias en que se cometieron los hechos. ARTICULO 14 : Las medidas y sanciones serán acordes a la etapa evolutiva de los afectados.
4 4 ARTÍCULO 15º: En este marco, se reprueba cualquier manifestación de violencia física, verbal o psicológica con la intención o con resultado de hacer daño, discriminar y/o excluir a otros. En este sentido, la conducta será intervenida y/o sancionada por parte del Colegio, aún cuando ocurra fuera del establecimiento escolar o en espacios virtuales (chat, web o correo electrónico). TITULO IV: DE LA PRESENTACION, HIGIENE Y SEGURIDAD PERSONAL HIGIENE Y PRESENTACIÓN PERSONAL. ARTÍCULO 16 : Los(as) alumnos(as) deben asistir a las actividades escolares aseados, con el pelo de color natural (no se permiten tinturas de colores) y los hombres afeitados. No se permite el uso de adornos tales como piercing y las cadenas u otros accesorios deben usarse dentro del uniforme. USO DEL UNIFORME. ARTÍCULO 17 Los padres y/o apoderados son los principales responsables de la presentación personal de los(as) alumnos(as) y, en consecuencia, son los encargados de proveer oportunamente a sus hijos del uniforme reglamentario. ARTÍCULO 18 : El Colegio Alemán de San Felipe opta por un uniforme que busca favorecer el orden y la presentación personal de los(as) alumnos(as) y la identificación con el Colegio. El uso del uniforme facilita el manejo del vestuario por parte de las familias y promueve la austeridad en el vestir, por ello, debe mantenerse limpio, en buen estado y marcado con el nombre del (la) alumno(a) para evitar pérdidas. ARTÍCULO 19 : Los(as) alumnos(as) deben asistir al Colegio con su uniforme completo, lo que constituye un requisito para el ingreso a clases. ARTÍCULO 20 : El no cumplimiento con lo establecido en los artículos 16 y 18 de este Reglamento, constituye una falta leve y el Encargado de Convivencia Escolar tomará contacto con la familia del (de la) alumno(a) quien resolverá la situación retirando al niño del establecimiento o proveyéndolo de su vestimenta oficial. ARTÍCULO 21 : El uniforme reglamentario, de Spielgrupe a Kinder, es el uniforme de Educación Física tal como se describe en el artículo 11 de este Reglamento. ARTÍCULO 22 : El uniforme reglamentario de 1º Básico a 4º Medio, es el siguiente: Uniforme de Verano Damas Polera piqué gris, cuello azul con ribete rojo italiano, con tres botones y logo del colegio bordado en azul en el extremo superior izquierdo de la parte delantera. Falda pantalón azul marino cuyo largo debe ser entre 5.0 a 8.0 cm. arriba de la rodilla. Calcetines de color azul marino. Zapatos o zapatillas negras, sin logos ni partes de otro color.
5 5 Varones Polera de piqué gris, cuello azul con ribete rojo italiano, con tres botones y logo del colegio bordado en azul en el extremo superior izquierdo de la parte delantera. Bermuda de tela azul marino. Soquetes o calcetines de color azul marino. Zapatos o zapatillas negras, sin logos ni partes de otro color. Uniforme de Invierno Damas Polar rojo italiano con azul y logo del colegio. Chaleco gris, escote en V, con franja rojo italiano y azul en cuello y puños. Polera de piqué gris, cuello azul con ribete rojo italiano, con tres botones y logo del colegio bordado en azul en el extremo superior izquierdo de la parte delantera. Manga larga o corta. Pantalón azul marino casimir recto. Parka azul o roja (sin otros colores). Zapatos o zapatillas negras, sin logos ni partes de otro color. Varones Polar rojo italiano con azul y logo del colegio. Chaleco gris, escote en V, con franja rojo italiano y azul en cuello y puños. Polera de piqué gris, cuello azul con ribete rojo italiano, con tres botones y logo del colegio bordado en azul en el extremo superior izquierdo de la parte delantera. Manga larga o corta. Pantalón azul marino de casimir con bolsillo. Parka azul o roja (sin otros colores). Zapatos o zapatillas negras, sin logos ni partes de otro color Los(as) alumnos(as) de 1º a 4º Básico, usarán cotona beige, los varones, y delantal cuadrillé de color celeste, las damas. Uniforme de educación física Damas Polera blanca de algodón con logo del colegio bordado en color negro en el extremo superior izquierdo de la parte delantera. Calzas algodón elasticado cortas o short color negro. Zoquetes blancos. Zapatillas deportivas. Polerón de buzo gris, con gorro tipo capucha y bolsillos. Pantalón gris de algodón corte recto con línea negra en el costado. Varones
6 6 Polera blanca de algodón con logo del colegio bordado en color negro en el extremo superior izquierdo de la parte delantera. Short color negro, sin diseños de otros colores. Zoquetes blancos. Zapatillas deportivas. Polerón de buzo gris, con gorro tipo capucha y bolsillos. Pantalón gris de algodón corte recto con línea negra en el costado. En invierno, los(as) alumnos(as) podrán utilizar cuello de polar, bufanda o gorro, todos de color azul marino o rojo y usar camiseta de color blanco bajo la polera. ARTÍCULO 23 : No se permite usar combinación de los uniformes de educación física y el reglamentario. ARTÍCULO 24 : Cualquier accesorio o vestimenta que no esté dentro del uniforme reglamentario será confiscado hasta el fin de semestre y podrá ser retirado por el apoderado en Secretaría. DE LA SEGURIDAD Y EMERGENCIA ARTÍCULO 25 : La prevención y el acatamiento de las normas de seguridad deben constituir una práctica permanente en todas las actividades realizadas en el colegio, independientemente de quienes participen de ellas. ARTÍCULO 26 : Como una manera de prevenir posibles situaciones y/ condiciones de riesgo, se cuenta con un plan de emergencia conocido por todos los estamentos del colegio. Asimismo, se cuenta con un protocolo para actuar en casos de emergencia el que deberá ser aplicado por la persona a cargo de convivencia escolar o, en ausencia de ésta, de quien se encuentre a cargo del (de los) alumno(s) afectado(s). Sobre esa base, es responsabilidad de la Dirección del colegio velar por el conocimiento de los documentos antes señalados y el entrenamiento para su aplicación de todos quienes permanecen en el colegio, incluidos los alumnos(as), profesores(as), administrativos y auxiliares. ARTÍCULO 27 : En cada actividad e instancia escolar se deberá enseñar y practicar las normas que rigen el cuidado personal y el de otras personas del entorno. Por ello, deberá instalarse en lugares visibles información sobre las normas de seguridad y protocolos sobre el actuar ante emergencias dentro del colegio. TITULO V: SOBRE LA ASISTENCIA REGULAR A CLASES Y PUNTUALIDAD ASISTENCIA REGULAR A CLASES ARTÍCULO 28 : La asistencia y participación activa en clases es parte importante del proceso académico y educativo, pues es ahí donde se logra la consolidación de los aprendizajes y el desarrollo de la responsabilidad del (la) alumno(a) en la relación con sus profesores y compañeros.
7 7 ARTÍCULO 29 : Los (as) alumnos(as) deberán asistir, a lo menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. ARTÍCULO 30 : Toda inasistencia a clases debe ser justificada por el apoderado, vía agenda escolar, el mismo día que el(la) alumno(a) se reincorpora al colegio, indicando explícitamente el motivo de su ausencia. El Profesor Jefe y/o profesor de asignatura registrarán la situación en el Libro de Clases. ARTÍCULO 31 : La no justificación de una inasistencia es una falta leve por lo que el (la) alumno(a) será enviado a Secretaría para resolver la situación con el (la) Encargado (a) de Convivencia. El apoderado será informado de los hechos, quedando el ingreso a clases del alumno sujeto a la justificación personal del apoderado en la Secretaría del colegio, situación que debe ocurrir en el plazo máximo de un día hábil después de comunicada la situación. ARTÍCULO 32 : En caso de ausencia a pruebas, el justificativo debe hacer mención explícita de tal situación, indicando cuales son las evaluaciones a las que el (la) alumno(a) no asistió. La recuperación de las evaluaciones pendientes se realizará de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Evaluación vigente. ARTÍCULO 33 : Ante ausencias a clases por participar en actividades extra programáticas, debidamente autorizadas por la Dirección, como campeonatos deportivos, viajes en representación del colegio, etc., el Profesor Jefe y/o el profesor responsable de la actividad debe dejar constancia en el Libro de Clases. Por tratarse de actividades escolares, no son consideradas como inasistencias. ARTÍCULO 34 : No está permitido a los(as) alumnos(as) salir del Colegio durante el período de clases y hacerlo constituye una falta leve que será sancionada en consecuencia. ARTÍCULO 35 : Sólo en casos excepcionales el apoderado podrá retirar personalmente a un(a) alumno(a) durante el horario escolar, situación que será autorizada en Secretaría por el (la) Coordinador(a) de ciclo o por el (la) Encargado (a) de Convivencia escolar. ARTÍCULO 36 : En caso de que un(a) alumno(a) presente problemas de salud, desde la Secretaría del colegio se podrá autorizar su salida, previa notificación al apoderado, quien deberá retirarlo personalmente. El colegio no está autorizado a administrar medicamentos de ningún tipo y sólo lo realizará bajo solicitud expresa del médico tratante a través de un Certificado Médico que será retenido en el colegio en la carpeta personal del alumno. ARTÍCULO 37 : La salida de la sala de clases en horas de clases solamente podrá ser autorizada por la Dirección, Coordinador(a) de Ciclo o Profesor Jefe y no podrán realizarse en períodos en que haya programada alguna evaluación. ARTÍCULO 38 Constituye una falta leve no presentarse a clases estando en el Colegio o retirarse de ésta sin la autorización respectiva. ARTÍCULO 39 Se considera una falta grave que un (a) alumno(a) no ingrese al colegio habiendo salido de su casa con ese objetivo. Ante esta situación, el (la) Coordinador(a) de Ciclo o cualquier miembro del equipo directivo del colegio se comunicará con el apoderado quien deberá presentarse en el colegio, junto al niño(a), dentro de un plazo máximo de un día después de ocurrido los hechos.
8 8 Será la Dirección del colegio quien, considerando los agravantes y atenuantes, evaluará la gravedad de lo ocurrido, definirá la sanción que estime conveniente y velará por su pronta aplicación. PUNTUALIDAD ARTÍCULO 40 : La puntualidad es un hábito que se relaciona con el respeto y la responsabilidad y que permite el funcionamiento fluido de las actividades donde se relacionan dos o más personas. Dado que la impuntualidad perjudica al propio alumno, a sus compañeros y a su profesor, se plantea ésta como parte de la formación integral del Colegio Alemán de San Felipe. ARTÍCULO 41 : Las actividades escolares se encuentran planificadas en un horario conocido por toda la comunidad escolar por lo que todos los(as) alumnos(as) y/o sus apoderados deberán velar por que ellas se realicen con la puntualidad con que han sido definidas. ARTÍCULO 42 : El atraso en el ingreso a clases, en cualquier hora de la jornada, se considera una falta leve por lo que está sujeto a las sanciones descritas en el artículo 39. ARTÍCULO 43 : El (la) alumno(a) que llegue al colegio después de la hora fijada para el ingreso de acuerdo a su horario escolar, deberá presentarse en Secretaría donde se registrará la situación y se le entregará, vía agenda escolar, un pase que le servirá para entrar a clases. El profesor a cargo del curso al momento del ingreso a clases del alumno, deberá registrar la situación en el Libro de Clases para su posterior validación de parte del (la) Encargada(o) de Convivencia Escolar. ARTÍCULO 44 : No se aceptará el ingreso de alumnos a la sala de clases después de pasados los primeros 15 minutos desde el comienzo de la jornada o bloque horario, salvo situaciones excepcionales, en cuyo caso, deberá ser justificado por el apoderado. ARTÍCULO 45 : Las faltas descritas en los artículos 38 y 42 serán registradas en documentos oficiales del establecimiento y sancionadas de acuerdo a lo que se señala a continuación: La primera vez que se incurra en la falta se conversará con el (la) alumno(a), quien deberá comprometerse a no cometerla nuevamente. Cuando el (la) alumno(a) incurra por segunda vez en la falta, tercera vez en el caso de atraso a clases, será citado el día viernes siguiente entre las 13:00 y 15:00 horas para trabajar colaborativamente o para realizar un trabajo de reflexión en el colegio. Ante la reiteración de la falta, es decir, 3 o más veces, el (la) Coordinador(a) de Ciclo resolverá la situación, citando al apoderado y aplicando una medida de suspensión de clases por dos o más días. En este caso, el (la) alumno(a) deberá permanecer en su hogar realizando trabajos encomendados por los profesores de asignaturas correspondientes, según horario. De transformarse la conducta en una habitual, en la que el compromiso del (la) alumno(a) y su família no ha tenido el efecto esperado, el colegio podrá aplicar la condicionalidad de matrícula semestral o anual y/o la cancelación de matrícula a fin de año.
9 9 TITULO VI: DEL REGISTRO DE OBSERVACIONES EN EL LIBRO DE CLASES Y EN EL PROGRAMA COMPUTACIONAL. ARTICULO 46º: Las observaciones en el Libro de Clases y/o programa computacional, constituyen un registro de conductas relativas a los procesos académicos, social, afectivo y valórico. ARTICULO 47º: El colegio deberá llevar registros de felicitaciones y faltas por alumno(a) con el fin de tener constancia de su comportamiento individual. ARTICULO 48º: Las observaciones positivas son consideradas como un registro del proceso de crecimiento del (la) alumno(a). Son un modo en que el Colegio reconoce a los(as) alumnos(as) que se destacan por sus actitudes constructivas. Por el contrario, las observaciones negativas dan cuenta de malos comportamientos e interferencias para el aprendizaje propio y/o el de sus compañeros. ARTICULO 49º Los(as) alumnos(as) que demuestren de manera consistente un comportamiento alineado al Proyecto Educativo del Colegio Alemán de San Felipe serán estimulados a través de distintas acciones, tales como: a) Felicitaciones verbales, b) Anotaciones positivas; c) Reconocimiento en actos internos; d) Comunicación escrita al apoderado; e) Otras que podrán implementarse según corresponda. ARTICULO 50º: Los registros de anotaciones, positivas y negativas, se encontrarán permanentemente disponibles para el apoderado en el Libro de Clases y/o en el programa computacional accesible desde la página web del colegio. TITULO VII: DE LAS FALTAS A LA HONRADEZ ARTICULO 51 : El valor de la honradez es considerado un pilar fundamental en la formación ética de los alumnos ya que favorece la sana convivencia social y el desarrollo moral y personal. ARTICULO 52 : Son faltas graves a la honradez el hurto, robo y el engaño en cualquiera de sus formas y circunstancias. ARTICULO 53 : Son consideradas faltas graves a la honradez el plagio, " la copia" y "soplar" en las evaluaciones, así como presentar trabajos ajenos como propios, falsificar justificativos y alterar las notas en los registros. ARTICULO 54 : La sanción que aplica en este caso corresponde a aquellas descritas para una falta grave y será aplicada en forma gradual, considerando la edad y etapa de formación de los(as) alumnos(as). Se privilegiará la toma de conciencia en los cursos menores, esperando respuestas maduras y con mayor conciencia de la consecuencia de sus actos, en los(as) alumnos(as) mayores.
10 10 ARTICULO 55 : No obstante lo anterior y en consecuencia con el Reglamento de Evaluación vigente, cualquier falta a la honradez en una instancia de evaluación significará que quien incurra en ella será calificado con la nota mínima, es decir, 1,0. ARTICULO 56 : Todas las faltas relacionadas con este ámbito deben quedar consignadas en el registro de observaciones del(la) alumno(a). TITULO VIII: DE LAS FALTAS A LA CONVIVENCIA EN ESPACIO VIRTUAL ARTICULO 57 : Constituye una falta grave contra este Reglamento de Convivencia escolar fotografiar o grabar imágenes dentro del establecimiento y/o subirlas a la web sin autorización de la Dirección o de los Coordinadores(as). ARTICULO 58 : La responsabilidad por la falta cometida involucra a todos los que en ella participen, ya sea fotografiando, grabando y/o prestándose a la filmación, como a quienes la suban a la web. ARTICULO 59 : Si en estas imágenes se observa a algún miembro de la comunidad escolar en actitudes contrarias a nuestros valores y normas de convivencia, será sancionado por la actitud que exhibe, aunque haya sido filmado sin saberlo o contra su voluntad. ARTICULO 60 : En el mismo orden de cosas, atenta contra el respeto y la dignidad de las personas enviar, por cualquier medio, mensajes injuriosos o groseros, situación que será sancionada como una falta grave contra el presente Reglamento. TITULO IX: DE OTRAS FALTAS AL REGLAMENTO ARTICULO 61 : La infraestructura del Colegio está al servicio del bien común, por lo que es responsabilidad de todos cuidarla y velar por que otros también lo hagan. Sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que corresponda aplicar, cualquier daño a la infraestructura es de responsabilidad de quien lo haya causado por lo que su reparación o reposición deberá ser asumida por éste. ARTICULO 62 : Las faltas cometidas por alumnos fuera de las dependencias del Colegio, en actividades extraprogramáticas de cualquier tipo, sean éstas deportivas, culturales, formativas, viajes de estudio, intercambios, Ferienheim o recreativas, estarán afectas a sanciones según lo que corresponda y se especifique en este Reglamento. ARTICULO 63 : El uso, en cualquier espacio de aprendizaje escolar, de reproductores de música, juegos de video, teléfonos celulares, computadores y cualquier otro dispositivo que actúe como distractor para las actividades pedagógicas, no está permitido y, en caso de portarlos, deberán permanecer apagados y guardados dentro de la mochila del alumno.
11 11 ARTICULO 64 : El mal uso de alguno de alguno de ellos, en cualquier espacio y momento, significará que éste será confiscado por el profesor a cargo y devuelto al apoderado, a finales de cada semestre, vía profesores jefes. ARTICULO 65 : Dado que el uso de estos dispositivos no está autorizado en el colegio, éste no asume la responsabilidad por los daños o eventuales pérdidas producto de la sanción descrita en el artículo 64. TITULO IX: DE LA TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y SU SANCIÓN ARTICULO 66 : Con el objeto de uniformar y apoyar la toma de decisiones, se aprueba la siguiente tipificación de faltas, para que constituya una guía y no una obligación para los(as) profesores o funcionarios(as) encargados de la materia, ni se considere un derecho para los(as) alumnos(as). La decisión definitiva corresponde a la Dirección del establecimiento, sobre la base de los hechos y de los antecedentes acreditados en cada situación particular que las agrave, las atenúe o las libere de culpa. A.- Se considerarán faltas leves las siguientes, sin que esta enumeración sea taxativa: 1. Incumplimiento reiterado de tareas o deberes asignados. 2. Atrasos a clase u otras responsabilidades. 3. Inasistencias a actividades escolares sin justificación, estando el alumno dentro del recinto del establecimiento educacional. 4. Incumplimiento a las normas de comportamiento establecidas. 5. Incumplimiento de normas sobre presentación personal relacionadas con el cabello, vestimenta, aseo personal u otras semejantes. 6. Uso de vocabulario y/o ademanes groseros entre estudiantes. 7. Realizar gestos y/o manifestaciones físicas impropias entre parejas ligadas o no sentimentalmente. B.- Se podrán considerar faltas graves las siguientes, sin que esta enumeración sea taxativa: 1. Reiteración de faltas leves; 2. No ingresar al colegio habiendo salido de su casa con ese objetivo. 3. Desobedecer, sistemáticamente, instrucciones u órdenes específicas dadas por profesores(as) y/o autoridades escolares. 4. Cualquier falta leve cometida en ambientes o situaciones especiales, tales como: actos litúrgicos, actos oficiales, ceremonias, desfiles o con consecuencias graves y/o con publicidad. 5. Fuga del establecimiento, temporal o total de la jornada escolar. 6. Daño grave e intencional al mobiliario y/o a la infraestructura escolar. 7. Agresión física o verbal intencional a compañeros(as).
12 12 8. Injurias, descalificaciones o amenazas, verbales o escritas, vía celular, o cualquier otro medio semejante, realizadas a cualquier integrante del establecimiento. 9. Poner en peligro la integridad física, propia y/o de los demás, por cualquier medio, sin respetar las medidas de seguridad. 10. Desprestigiar al establecimiento, de palabra o por escrito, a través de cualquier medio. 11. Agresión verbal o por otro medio de comunicación a profesores(as) y/o a funcionarios(as) del establecimiento y/o a personas extrañas a él. 12. Faltas a la honradez en cualquiera de sus formas, como robo o hurto, dentro o fuera del recinto escolar. 13. Faltas a la honradez en situaciones de evaluación, como la copia o el plagio, o bien cualquier conducta que facilite estas u otras de ellas. 14. Ingreso y/o tenencia de pornografía impresa; uso del PC para visitar sitios web pornográficos, o usar para esos fines celulares, o cualquier otro medio semejante; 15. Realizar manifestaciones y/o propagandas de palabra o de obra de ideologías políticas, religiosas o de cualquier naturaleza al interior del establecimiento. 16. Ingresar, consumir y/o comercializar alcohol y/o cigarrillos en dependencias del colegio, sea interna o externa, o en lugares a los que se concurre en representación del establecimiento. 17. Ingresar y/o portar armas de cualquier índole; ingresar, consumir y/o comercializar drogas o estupefacientes al interior del establecimiento o en lugares a los que se concurre en representación del colegio. Se deja constancia de que ante el incumplimiento de esta norma, la Dirección del establecimiento deberá, según los casos, informar al apoderado o denunciar los hechos a las autoridades correspondientes. C.- Se podrán considerar faltas gravísimas las siguientes, sin que esta enumeración sea taxativa: 1. Realizar desórdenes en el recinto escolar (tomas de cualquier área, huelgas u otras semejantes) con el claro propósito de perturbar las actividades normales del establecimiento; 2. Consumo, tenencia y/o tráfico de drogas o estupefacientes dentro y fuera del establecimiento, así como prestar colaboración a personas pertenecientes a redes de tráfico o microtráfico de estas especies; 3. Generar o participar como cómplice o encubridor de situaciones que involucren a alumnos(as), profesores(as) o cualquier otro(a) funcionario(a) del establecimiento a través mentiras o injurias con la finalidad de desacreditar a alguna persona; 4. Agresión física o con instrumentos contundentes o de otro tipo a funcionarios(as) y/o personal del establecimiento dentro o fuera de sus recintos; 5. Falsificación y/o manipulación de notas u otros instrumentos de evaluación, rectificar notas en Libros de Clases; hurtar instrumentos de evaluación y propagarlos con o sin lucro y cualquier otra situación fraudulenta referida a este tema. 6. Ejecutar otros actos reñidos con la moral y/o las buenas costumbres.
13 13 ARTICULO 67º: Las faltas, según su gravedad, provocarán las siguientes acciones correctivas: Faltas leves: a) Amonestación verbal: medida aplicada en primera instancia por cualquier miembro del personal docente o administrativo del establecimiento; b) Amonestación verbal aplicada por el Coordinador de Ciclo o el (la) Encargada(o) de Convivencia Escolar o quien lo represente; c) Anotación en el Libro de Clases, documentos oficiales y/o en el sistema computacional vigente. d) Expulsión de la sala. e) Comunicación escrita al apoderado vía agenda. f) Acción formativa intencionada que provoque una reflexión y enmienda del hecho realizado por parte del alumno. g) Citación a entrevista al apoderado. Faltas graves: a) Anotación en documentos y/o sistema informático oficial del establecimiento y comunicación y/o citación a los padres o apoderados. b) Citación para el día viernes siguiente entre las 13:30 y 15:00 horas para trabajar colaborativamente o reflexionar en el colegio. c) Suspensión de clases por uno o más días, realizando trabajos de asignaturas según horario de clases. d) Suspensión de la participación en actividades de curso: viaje de estudios, estadía en el Ferienheim, competencias deportivas, etc. e) Carta de compromiso de mejoramiento de la conducta. f) Carta de advertencia. g) Aplicación de condicionalidad de matrícula semestral o anual. h) Cancelación de matrícula a fines de año. Faltas gravísimas: a) Constancia en documentos oficiales del establecimiento y citación de padres o apoderados. b) Aplicación de condicionalidad de matrícula semestral o anual, o c) Cancelación inmediata de matrícula, previo estudio del caso por el Consejo General de Profesores en conjunto con la Dirección del establecimiento.
14 14 ARTICULO 68 : Los(as) alumnos(as) sancionados por falta gravísima a la disciplina del establecimiento no tendrán derecho de apelación. ARTICULO 69º: La reiteración de faltas, sean éstas leves o graves, serán sancionadas considerando este antecedente como una agravante. ARTICULO 70º: Las faltas podrán ser sancionadas con cualquiera de las categorías, dependiendo de su gravedad, circunstancias en que se cometieron y la reiteración de ellas. ARTICULO 71 : Ningún alumno(a) podrá ser devuelto a su hogar como medida disciplinaria, sin embargo, frente a una situación que lo amerite y que requiera de la ausencia del alumno para resolverla, se podrá solicitar al apoderado su retiro por un período limitado de tiempo, el que será definido por La Dirección del colegio. EXPULSIÓN DE CLASES. ARTICULO 72 : La expulsión de clases es una falta leve que debe ser registrada en el libro de clases y es consecuencia de un comportamiento inadecuado para el desarrollo del trabajo en aula. La interrupción, en cualquier forma, afecta a todo el grupo curso y al profesor, por lo que es necesario tomar las medidas pertinentes para que ésta no se repita. ARTICULO 73 : Todo(a) alumno (a) que sea expulsado (a) de la sala de clases deberá presentarse, con su agenda, ante el (la) Encargado(a) de Convivencia Escolar quien aplicará la sanción correspondiente, la que varía según sea la edad del (la) alumno(a) y la reiteración de la falta: Primer Ciclo (Primero a Sexto básico) 1ª Expulsión: conversación del niño con el Profesor Jefe. 2ª Expulsión: comunicación al apoderado. 3ª Expulsión: citación del apoderado por el Profesor Jefe. 4ª Expulsión: Por reiteración de la falta, ésta adquiere un carácter grave por lo que la Coordinación de Ciclo citará al apoderado para revisar la situación disciplinaria y establecer suspensión, carta de compromiso, advertencia o condicionalidad según corresponda. En el Segundo Ciclo: (Séptimo a Cuarto medio) 1 ª Expulsión: conversación del (la) alumno(a) con el Profesor Jefe. 2ª Expulsión: citación del apoderado. 3ª Expulsión: Por reiteración de la falta, ésta adquiere un carácter grave, por lo que la Coordinación de Ciclo citará al apoderado para revisar la situación disciplinaria y establecer suspensión, carta de compromiso, advertencia o condicionalidad según corresponda. 4ª Expulsión: Condicionalidad de matrícula para el próximo período. ARTICULO 74 : Considerando que, junto a la matrícula de un alumno en el colegio, es la familia completa la que se integra al Proyecto Educativo del Colegio Alemán de San Felipe, se espera que todos y cada uno de los individuos que la componen mantengan el compromiso y adhesión hacia quienes lo integran, sean ellos miembros de Corporación DS San Felipe, Dirección, Docentes,
15 15 Administrativos y/o Personal Auxiliar, como hacia el resto de las familias y el quehacer del establecimiento. Considerando además que en la gestión del establecimiento existen todos los canales para plantear y solucionar las diferencias que puedan existir entre los diferentes estamentos y que existe la disposición para hacerlo, toda manifestación oral o escrita, realizada públicamente por un padre, madre o apoderado del colegio, por cualquier medio y que atente contra lo antes señalado determinará la revisión de la situación de parte de las autoridades competentes del colegio y podrán o no dar origen a la cancelación de la matrícula de uno o más alumnos del colegio, esto, entendiendo que la disconformidad no pudo ser resuelta por los medios apropiados y que, por lo tanto, no es recomendable la permanencia de esa familia en el colegio. ARTICULO 75 º: Aquellas faltas no contempladas en esta Normativa serán analizadas por el Equipo Directivo del Colegio y las medidas aplicadas serán comunicadas oportunamente al (la) alumno(a) y al apoderado. ARTICULO 76 : El(la) alumno(a) y los apoderados que firman, declaran conocer y aceptar estas normas de convivencia interna y se comprometen al cumplimiento de ellas. No obstante lo anterior, el hecho de encontrarse este Reglamento de Convivencia a disposición de la comunidad escolar a través de su publicación en la Agenda Escolar, de que éste es revisado y analizado por los apoderados en la primera reunión anual y de que se encuentra disponible en la página web del colegio, se entiende que es de conocimiento de los interesados y que, al no manifestar lo contrario, las aceptan y acatan.
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