LICITACION PUBLICA Nº 01/11 EXPEDIENTE N

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1 DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y GESTION DE BIENES Mendoza P.1 - SANTA FE TEL/FAX: (0342) /22 Correo Electrónico: dsum@santa-fe.gov.ar LICITACION PUBLICA Nº 01/11 EXPEDIENTE N OBJETO: CONTRATACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE DATOS LLAVE EN MANO- CON DESTINO A LA DIRECCION PROVINCIAL DE INFRAESTRUCTURA DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO, según especificaciones contenidas en los Anexos 1, 2, 3 y 4 que forman parte del presente pliego y lo que a continuación se detalla: CTULO 1 ASPECTOS GENERALES 1.1 ADQUISICION DEL PLIEGO El precio de venta del Pliego es de pesos dos mil trescientos ($ 2.300), importe que en ningún caso será reintegrado a sus adquirentes. El Pliego podrá ser adquirido por cualquier interesado, pudiéndose optar por alguna de las siguientes formas de pago: Efectivo: para lo cual deberá concurrir a la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes Mendoza 2905 Piso 1 (3000) Santa Fe hasta una (1) hora antes de la apertura de ofertas, no aceptándose reclamo alguno fuera de dicho término. Giro Postal: a la orden de la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes Mendoza Piso 1 (3000) Santa Fe. Transferencia electrónica bancaria: a la cuenta N 21349/03 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. CBU / /8 a la orden de la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes, desde cualquier banco del país, con una anticipación no menor a dos (2) días hábiles a la fecha fijada para la apertura de ofertas. CUIT N del Ministerio de Economía. Depósito en cuenta bancaria: cuenta N 21349/03 del Nuevo Banco de Santa Fe S. A. CBU / /8 a la orden de la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes. El adquirente del Pliego, independientemente de la forma de pago elegida, deberá identificarse y constituir domicilio ante la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes, sita en calle Mendoza 2905 Piso 1 de la ciudad de Santa Fe, medi ante nota o correo electrónico. El mero hecho de adquirir el Pliego de Bases y Condiciones implicará la aceptación total e incondicionada y el pleno sometimiento al mismo. Es requisito indispensable para la presentación de ofertas, acreditar la compra del Pliego. 1.2 REGIMEN JURIDICO Esta gestión se rige por la siguiente normativa: Decreto provincial N 5100/55, 2808/79 y 2809/79 (t.o.); Decreto-Ley N 1757/56; el Presente Pliego de Bases y Condiciones y sus Anexos; Ley N 11945, su Decreto Reglamentario N 1005/06 y Ley N JURISDICCION Y COMPETENCIA La adquisición del Pliego implicará la aceptación total e incondicionada de la jurisdicción y competencia del Fuero Contencioso Administrativo de la ciudad de Santa Fe, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera eventualmente corresponder, para entender en toda cuestión judicial relativa a la Licitación. 1.4 PLAZOS Salvo que se establezca expresamente lo contrario todos los plazos establecidos en el presente Pliego, 1/32

2 serán computados en días corridos. CTULO 2 PROCEDIMIENTO LICITATORIO 2.1 PRINCIPIOS GENERALES La presentación de Ofertas a la Licitación -salvo manifiesta ilegitimidad del acto o normativa cuestionada del Pliego de Bases y Condiciones en los términos del artículo 14 de la Ley revisable en sede administrativa o jurisdiccional- implica la aceptación total e incondicionada de los términos del mismo y la sujeción de los Oferentes a los procedimientos establecidos en éste. Ello implica la renuncia expresa de los Oferentes a toda acción, recurso y/o procedimiento que se aparte del Pliego. El mero apartamiento de los procedimientos y condiciones fijados en el presente Pliego, inclusive para las consultas e impugnaciones previstas en el mismo, será tomado como un condicionamiento de la Oferta, y ocasionará el automático rechazo de la misma y la desestimación de cualquier otra presentación efectuada. 2.2 SISTEMA DE LICITACIÓN La presente Gestión se realizará mediante el sistema de sobre único. La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora, la que procederá a analizar la admisibilidad y conveniencia de las ofertas, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y recomendará la adjudicación a la oferta más conveniente emitiendo la correspondiente Acta de Preadjudicación. 2.3 CONSULTAS Y ACLARACIONES Los adquirentes del Pliego podrán efectuar las consultas y pedidos de aclaraciones que consideren necesarios. Las mismas deberán ser presentadas en la DPCyGB y efectuarse por escrito, debidamente firmadas, solicitando en forma concreta las aclaraciones que se estimen necesarias. Las consultas deberán ser efectuadas como máximo hasta tres (3) corridos antes de la fecha indicada para la apertura de las ofertas. La DPCyGB podrá realizar aclaraciones generales al Pliego mediante circulares que serán emitidas de oficio o en respuesta a consultas de los adquirentes del Pliego. En todos los casos se entregarán copias de las circulares aclaratorias a todos los adquirientes del Pliego, que se hubieren identificado y hayan constituido domicilio conforme cláusula particular 1.1. Un ejemplar de todas las circulares estará a disposición de los adquirientes del Pliego en la DPCyGB. La presentación de Oferta significa el reconocimiento por el Oferente respectivo de estar en pleno conocimiento de dichas circulares. El Oferente será plenamente responsable de la suficiencia de su Oferta y deberá efectuar todas las investigaciones y verificaciones que considere necesarias para la formulación de su Oferta y para asegurarse que la información de respaldo de la misma sea adecuada. El volumen y detalle de la información que solicite, deberá ser razonable de acuerdo con los requerimientos de la preparación de las Ofertas, de la existencia y disponibilidad de la información. La DPCyGB resolverá cualquier controversia que se planteare en torno a esta cuestión. La presentación de una Oferta implicará el reconocimiento por parte del Oferente de que tuvo suficiente acceso a la información necesaria para prepararla correctamente y que se basó al efecto exclusivamente en su propia investigación y evaluación, por lo que no serán admitidos ni durante la licitación ni después de la firma del Contrato, impugnaciones u otros reclamos fundados en defectos o insuficiencia de la información provista, en la falta de respuesta en término o en la demora en brindarlas. Ni la Provincia, ni la Dirección Provincial de Infraestructura del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, ni la DPCyGB, asumirán responsabilidad alguna respecto de la calidad, suficiencia o exactitud de la información suministrada. 2.4 IMPUGNACIONES No se dará tratamiento a impugnaciones contra ofertas que resulten desestimadas. 2.5 NOTIFICACIONES En general serán válidas las notificaciones que se efectúen de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Actuaciones Administrativas -Decreto Acuerdo /58-, y en particular las efectuadas en forma personal, o mediante cédula diligenciada por la DPCyGB, carta documento, telegrama colacionado u otro medio fehaciente, en el domicilio denunciado por los adquirentes del Pliego al momento de la adquisición del mismo, o constituido por los Oferentes en su Oferta. Cualquier cambio de domicilio deberá notificarse a la DPCyGB en la forma indicada en el párrafo anterior. 2/32

3 2.6 FECHA Y LUGAR DE APERTURA DE OFERTAS La apertura de ofertas se realizará el día 27 de Enero de 2011 a las 10:00 horas en la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes: Mendoza Primer Piso de la ciudad de Santa Fe. Una copia de cada Oferta quedará a disposición de los Oferentes para su vista, durante los dos (2) días hábiles posteriores al acto de apertura en la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes, plazo con el que cuenta para la presentación de impugnaciones contra las ofertas y/o el acto de apertura. 2.7 REVOCACION DEL LLAMADO En cualquier momento antes de la firma del Contrato, por todas sus partes, el Poder Ejecutivo podrá dejar sin efecto esta Gestión sin expresión de causa y rechazar todas las Ofertas si, a su exclusivo juicio, lo considerase conveniente. En ningún caso existirá derecho a reclamar indemnización alguna por parte de los oferentes. 2.8 VISITA PREVIA El oferente podrá realizar visitas para el perfecto conocimiento de los emplazamientos y condiciones de las estaciones y/o accesos, y de todo cuanto pudiese influir para lograr el éxito del proyecto. Para efectuar las inspecciones de cada lugar, los potenciales oferentes deberán solicitar a la DPI la autorización previa por escrito, con anticipación de tres (3) días hábiles -como mínimo- para los emplazamientos dentro de la Provincia, y de cuatro (4) días hábiles para el caso de los emplazamientos fuera de la Provincia acompañándola de un listado que posea: - los datos del personal que concurrirá - indicando en cada emplazamiento la fecha y hora en que se efectuará la visita. El organismo solicitante dispondrá las medidas necesarias para que el potencial Oferente y/o cualquier integrante de su personal y/o su agente autorizado puedan ingresar a los lugares pertinentes, previo a la fecha de apertura de las ofertas de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar posteriormente desconocimiento y/o imprevisiones en las condiciones en que se efectuarán las instalaciones objeto de la presente. Contactos Departamento Soporte Técnico: Alfredo Minen aminen@santafe.gov.ar TE: (0342) int Marcelo Morelli mmorelli@santafe.gov.ar TE: (0342) int Manuel Alcantara malcantara@santafe.gov.ar TE: (0342) int CTULO 3 DE LOS OFERENTES 3.1 CALIDAD DEL PROVEEDOR Podrán ser oferentes las personas jurídicas regularmente constituidas y domiciliadas en el país o UTE, con plena capacidad jurídica para obligarse y que reúnan las condiciones exigidas en el presente Pliego. A los efectos de la presentación de las ofertas, es requisito estar inscripto en el Registro de Proveedores de la Provincia. No obstante, podrán presentar ofertas personas jurídicas o UTE no inscriptas, implicando la sola presentación, solicitud tácita de inscripción en un todo de acuerdo con el art. 6 del Decreto N 2809/79. En este último caso los oferentes, al momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, deberán proporcionar e incluir la información que en cada caso se indica, acompañando copia debidamente certificada de la documental que así la acredite: A. Personas jurídicas: 1. Razón social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral. 2. Número de Clave Única de Identificación Tributaria. 3. Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración. 4. Fecha, objeto y duración del Contrato social. 5. Fechas de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización. B. Consorcios y Uniones Transitorias de Empresas: 1. Identificación de las personas físicas o jurídicas que los integran. 2. Identificación de las personas físicas que integran cada empresa. 3. Fecha del compromiso de constitución y su objeto. 4. Fecha y número de inscripción registrado de la constancia de iniciación del trámite respectivo. 5. Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato, con renuncia 3/32

4 expresa al beneficio de excusión. 6. Certificación simple por parte de Escribano Público de las firmas de los representantes legales. 7. Porcentaje de participación que tendrá cada miembro en la UTE que constituya en caso de resultar adjudicatarias. 8. Actas societarias de cada miembro del consorcio oferente, que contenga la autorización para la suscripción del compromiso de constitución de la UTE en los términos y condiciones del punto 5. El adjudicatario deberá inscribirse en el Registro de Proveedores de la Provincia. La DPCyGB no dará curso a las facturas mientras la firma no cumpla con todos los requisitos exigidos para dicha inscripción. En caso de que la oferta fuera suscripta por apoderado, deberá adjuntar a la misma fotocopia autenticada del poder que así lo habilite. 3.2 ANTECEDENTES TÉCNICOS DE LOS OFERENTES El oferente deberá demostrar amplia experiencia como prestador de servicio de redes de comunicaciones de datos, aportando la documentación probatoria correspondiente. Deberá además poseer amplios antecedentes nacionales y/o internacionales en servicios similares a los que motiva este llamado. Cada oferente deberá incluir en su oferta una nómina completa de clientes de la cual deberá acreditar por lo menos cinco (5) organizaciones a las que brinda servicios de transmisión de datos. En dicha nómina se deberá consignar, por lo menos: Denominación y dirección de la organización usuaria del servicio indicando domicilio, mail y teléfono de cada organismo o empresa contratante, a los fines de que el organismo solicitante pueda requerir referencias complementarias. Fecha de instalación y/o puesta en servicio. Identificación del representante técnico, con quien se pueda contactar. Todo otro dato que a juicio del oferente pueda resultar de interés para el Estado provincial. En el caso que el oferente sea una UTE se considerarán los antecedentes de cada una de las empresas integrantes de la misma. El Estado Provincial se reserva el derecho de consultar a las organizaciones mencionadas en la nómina, a fin de obtener información con respecto al rendimiento, y a las características operativas de la red en cuestión, así como a la calidad de servicio y apoyos de cualquier tipo, que le haya podido prestar. 3.3 RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE Los oferentes asumen responsabilidad por la veracidad y suficiencia de la Oferta que presenten y por cualquier perjuicio provocado a la Provincia por la inexactitud, falsedad o insuficiencia de sus declaraciones o de la documentación presentada. CTULO 4 DE LAS OFERTAS 4.1 MANIFESTACIONES Y DECLARACIONES DE LAS OFERTAS Las manifestaciones y declaraciones contenidas en las Ofertas representan compromisos asumidos irrevocablemente ante la Provincia de Santa Fe por parte del proponente. 4.2 CONOCIMIENTO DEL PLIEGO Los Oferentes no podrán alegar, en ningún caso, falta o deficiencia en este Pliego, desconocimiento o mala interpretación de las bases y condiciones complementarias y especificaciones, desconocimiento de ninguna Ley, Reglamento o Disposiciones inherentes a la presente Gestión. 4.3 COSTO En todos los casos, los costos incurridos para la confección y presentación de las Ofertas serán asumidos por el Oferente, no dando lugar a reembolso ni indemnización alguna en ningún caso. 4.4 IDIOMA Las ofertas, correspondencia y documentos deberán redactarse en español. Los documentos en idioma extranjero se acompañarán con la pertinente traducción efectuada por un Traductor Público Nacional matriculado. Los documentos expedidos por autoridad extranjera deberán presentarse debidamente legalizados por el Consulado Argentino correspondiente y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina. La apostilla o legalización única (Convenio de La Haya, , Ley Nacional ) suple y tiene el mismo efecto que la legalización requerida precedentemente. En caso de duda, prevalecerá la versión en idioma español. 4/32

5 4.5 REQUISITOS DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán ser presentadas en sobre o paquete perfectamente cerrado, en original y duplicado, cumpliendo los siguientes requisitos: A. Deberá establecer claramente en el exterior del embalaje que la contenga el tipo y número del acto licitatorio abierto a que está referida, y el día y hora del Acto de Apertura. Al momento de presentar la Oferta, la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes entregará una constancia de recepción de la misma. B. Deberá ser numerada en forma correlativa en cada foja del original y duplicado. El duplicado deberá ser fiel reflejo del original, bajo la exclusiva responsabilidad del oferente y para su puesta a disposición de los mismos para su vista, durante los dos (2) días hábiles posteriores al acto de apertura en la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes, plazo con el que cuenta para la presentación de impugnaciones contra las ofertas y/o el acto de apertura. Ambos ejemplares deben ser firmados en todas sus fojas con aclaración de firma según lo indicado en el apartado E. de la presente cláusula. En caso de que quien suscriba la oferta no sea de los autorizados por ante el Registro de Proveedores, deberá acreditarse la representación según lo establecido en la cláusula particular 3.1. CALIDAD DEL OFERENTE del presente Pliego. C. Ser redactadas en español, confeccionadas preferentemente a máquina, y en un solo tipo de escritura. Las enmiendas, interlineados y/o raspaduras deberán ser debidamente salvadas por el oferente al pie de cada foja. D. En los casos en que el Pliego requiera documentación certificada y/o legalizada, dichas certificaciones y legalizaciones deberán presentarse sólo en el ejemplar original, agregándose copia del mismo al duplicado, manteniendo la foliatura. E. La propuesta deberá estar firmada en todas sus hojas por el proponente, con aclaración de firma que identifique nombre, apellido y carácter del firmante en su caso. La Provincia se reserva el derecho de requerir las aclaraciones que estime pertinentes. F. En caso de cotizarse Ofertas Alternativas, las mismas deberán ser presentadas conjuntamente con la Oferta Básica Obligatoria. 4.6 MANTENIMIENTO DE OFERTA El oferente se obliga al mantenimiento de la oferta con su correspondiente garantía durante un plazo de treinta (30) días corridos, contado a partir del día siguiente al del acto de apertura. La obligación de mantener y garantizar la oferta se renovará automáticamente por períodos de quince (15) días corridos, hasta un máximo de sesenta (60) días corridos, salvo que el oferente notificara fehacientemente al organismo licitante su decisión de desistir de la misma con, por lo menos, cuatro (4) días hábiles de antelación al día del vencimiento de un período determinado, exclusive. La comunicación de renuncia al mantenimiento de la oferta por un nuevo período dentro del plazo señalado anteriormente, no importará la pérdida de la garantía de la oferta. El mantenimiento de oferta comprenderá un plazo total de noventa (90) días corridos en caso de no formularse renuncia en tiempo y forma. 4.7 REQUISITOS PARA HACER USO DE BENEFICIOS DE LA LEY Los oferentes que opten por hacer uso de los beneficios de esta ley deberán cumplimentar, previo al acto de apertura por ante el Registro de Proveedores; o en su oferta, aquellos que no estuvieren inscriptos, los requisitos exigidos que se detallan a continuación: Nota por la cual manifiesta adhesión a los alcances y beneficios de la Ley Provincial N Constancia de Habilitación Municipal o Comunal donde conste la actividad que desarrolla y fecha de inicio de la misma. Constancia de inscripción ante el Registro Industrial de la Nación y Constancia de código geográfico de fabricación, cuando se trate de una empresa industrial. CTULO 5 CONTENIDO Y EVALUACION DE LAS OFERTAS 5.1 OFERTA TECNICA La oferta deberá incluir, en el orden que se indica, la siguiente documentación: 1. Nota de presentación, por la cual se manifieste la intención de participar en la gestión y los datos personales o empresariales. 2. Índice de la documentación presentada. 3. Oferta técnica, incluyendo una descripción detallada de las características del servicio, como así también de los equipos involucrados para su funcionamiento. 4. Oferta económica, de acuerdo a lo especificado en el apartado Garantía de mantenimiento de oferta, según lo establecido en la cláusula particular /32

6 6. Constancia de adquisición del Pliego: según la opción de pago adoptada por el oferente de acuerdo a lo estipulado en la cláusula particular 1.1. ADQUISICION DEL PLIEGO del presente Pliego. En todos los casos, deberá corresponder a la firma o razón social oferente. 7. Tasa Retributiva de Servicios $ 54. Para el pago de la misma podrá optar por una de las siguientes formas: a. En papel sellado o estampillado de la Provincia de Santa Fe efectuado en cualquiera de las sucursales del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. por el importe indicado. b. A través del sitio de Internet bajo el título, opción Impresión de Boletas, opción Liquidación Tasa Retributiva de Servicios donde obtendrá el formulario 720 para liquidarla, debiendo con dicho formulario realizar el pago en cualquiera de los siguientes bancos habilitados para el cobro: Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Nación Argentina, Macro, Municipal de Rosario, Credicoop, Bersa (Suc. Santa Fe, Rosario, Paraná). En todos los casos, ya sea la hoja en blanco con el timbrado correspondiente, la boleta emitida por sistema y el ticket de pago obtenido, deberán acompañar la oferta al momento de su presentación. En ninguno de los casos el pago podrá tener una antigüedad superior a cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de ofertas. 8. Certificado Fiscal para Contratar vigente (s/ Resolución General Nº /01/05 - AFIP) o en su defecto, constancia de solicitud del mismo hasta el día y hora de la fecha de presentación de ofertas, inclusive. Para este último caso, una vez transcurrido el lapso, que para su expedición fija la citada norma, la Comisión Evaluadora quedará facultada automáticamente para proceder a la desestimación de la propuesta que no obtuviere su otorgamiento. Quedan exceptuados de la obligatoriedad de presentar el Certificado Fiscal para Contratar, aquellos oferentes cuyas propuestas sean por importes inferiores a pesos cincuenta mil ($ ). 9. Declaración jurada del oferente de que no se encuentra comprendido en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Provincial. 10. Declaración por la que se acepta la competencia y jurisdicción de los Tribunales en lo contencioso administrativo de la ciudad de Santa Fe, haciendo renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción incluyendo la federal. 11. Nota mediante la cual manifieste su decisión de optar o no por los beneficios de la Ley Certificado negativo expedido por el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (R.D.A.M.) de la Jurisdicción que corresponda al oferente (en original o copia certificada por Tribunales o Escribano Público). Para el caso de Personas Jurídicas, deberá presentarse certificado de los miembros que integren los órganos de administración; para Unión Transitoria de Empresa (U.T.E.), de los miembros de los órganos de administración de las personas jurídicas que la componen. (Ley , Art. 2 inc. a. 1 y 2, y Decreto 1005/2006). 13. Constancias de visitas previas conforme cláusula particular 2.8 del presente Pliego. 14. Cronograma detallado de ejecución de las tareas mínimas solicitadas y de las que propongan. 15. Documentación que acredite el cumplimiento de lo establecido en la cláusula particular 3.2 ANTECEDENTES TÉCNICOS DE LOS OFERENTES. 16. Documentación que acredite la autorización y regulación de su participación en la República Argentina en los servicios de comunicaciones de datos, debiendo acompañar copias de todo otro documento relativo a homologaciones, certificaciones y habilitaciones para operar el servicio. 17. Documentación que acredite el cumplimiento de lo establecido en la cláusula 4.1 y 4.2 del Anexo Toda otra documentación legal o técnica que se solicite en el presente Pliego de Bases y Condiciones. Para el caso de que el oferente resulte ser una UTE, la documental requerida deberá ser presentada por cada uno de sus integrantes. 5.2 OFERTA ECONOMICA El oferente deberá cotizar el valor mensual del servicio conforme los datos y el formato establecido en el Anexo 4 del presente pliego, debiendo discriminar para cada uno de los nodos allí indicados, los importes correspondientes al valor por prestación mensual del servicio y el valor por la instalación inicial del nodo. Las ofertas deberán ser expresadas en dólares estadounidenses. Todos los valores expresados en la oferta económica serán considerados precio final por todo concepto para el Estado Provincial. A los fines de la comparación de las ofertas económicas se considerará el monto que resulte de multiplicar el plazo de vigencia del contrato (36 meses) por el valor total mensual por prestación del servicio, mas el valor total de instalación inicial; entendiéndose por valor total mensual de prestación del servicio a la sumatoria de los valores mensuales por prestación del servicio de cada uno de los nodos, y por valor total de instalación inicial a la sumatoria de los valores de instalación inicial de los nodos. Para eventuales modificaciones en tipos de nodo, tipo de enlace, cambios de ubicación y/o instalación de nodos adicionales durante el período del contrato, se considerará como precio máximo el de la tabla 6/32

7 de cotización del Anexo 4 del nodo que mejor represente, a criterio de la Provincia, el nuevo requerimiento. En este caso, el valor de instalación inicial, si correspondiera, deberá ser prorrateado entre los meses restantes hasta la finalización del contrato. El importe cotizado deberá incluir, la provisión de todos los bienes y servicios necesarios para cumplir con el objeto de este pliego, como así también los impuestos, tasas, contribuciones y todo otro tipo de gravámenes que corresponda aplicar en cumplimiento de disposiciones emanadas de autoridades competentes vigentes a la fecha de apertura de la oferta. En su oferta económica, los oferentes deberán considerar todas las erogaciones que correspondan para el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, aportes, retenciones, premios, seguros en general y el de accidentes de trabajo, en particular para todo el personal que dentro o fuera del ámbito del organismo realice tareas relacionadas. 5.3 EVALUACION DE LAS OFERTAS Demostraciones y pruebas: La DPI se reserva el derecho de exigir -en los casos que lo crea conveniente- una demostración que facilite la mejor verificación del estricto cumplimiento de los requisitos, facilidades y capacidades del equipamiento que oferten para cumplir con el servicio. La demostración deberá realizarse sobre un sistema cuya configuración guarde estrecha semejanza con lo solicitado. La referida demostración se solicitará por escrito, y el oferente dispondrá de cinco (5) días hábiles para efectuarla en el lugar y fecha que el mismo indique. En todos los casos, los gastos que originen las demostraciones y pruebas de eficiencia, que a criterio de la DPI resultaren necesarias para la evaluación de las ofertas, estarán a cargo del oferente, exceptuando aquellos originados por el traslado y la estadía, dentro del territorio nacional, del personal designado al efecto por la DPI. CTULO 6 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 6.1 CRITERIO DE ADJUDICACIÓN La adjudicación recaerá en aquella oferta que, habiendo cumplimentado las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones de la presente gestión (admisibilidad formal, técnica y económica), resulte la más conveniente para la Provincia. 6.2 VARIABLE DE ADJUDICACION La Provincia se reserva el derecho, al momento de la adjudicación, de disminuir el monto total de la contratación en hasta un treinta por ciento (30%), mediante la reducción de nodos, enlaces o servicios tomando los valores de las tablas de cotización. 6.3 VARIABLE DE CONTRATACION La Provincia se reserva el derecho de ampliar la red de transmisión de datos en cualquier momento durante la vigencia del contrato, hasta en un acumulado anual de veinte por ciento (20%) del monto total de contratación. El oferente deberá asegurar en su oferta su capacidad de respuesta a este requerimiento potencial. El costo mensual de estas ampliaciones será igual al costo de instalación, si lo hubiera, prorrateado en los meses restantes hasta el fin del contrato más el costo mensual. Los valores serán obtenidos de la planilla de cotización para el servicio que mejor lo represente a criterio de la Provincia. Para estas ampliaciones corresponde un plazo máximo de puesta en servicio de noventa (90) días corridos desde el momento de formalización del pedido. De producirse un incumplimiento en este plazo se considerará como caída de servicio con la aplicación de la multa correspondiente. El Estado provincial se reserva el derecho a dar de baja servicios hasta un diez por ciento (10%) del monto total de la contratación, obteniendo los costos mensuales de la planilla de cotización para el servicio que corresponda. Para el caso en que se requiera cambio de ubicación de prestación de servicio dentro de una localidad, el Estado provincial no aceptará cargos adicionales que superen al valor inicial de instalación por el servicio de acuerdo a la planilla de cotización y deben ser prorrateados dentro de las cuotas restantes hasta la finalización del contrato. CTULO 7 REGIMEN DE GARANTIAS 7/32

8 7.1 FORMAS DE CONSTITUCION Las garantías deberán constituirse en algunas de las formas indicadas en el artículo 21 del Decreto N 2809/79 a opción del oferente o adjudicatario y a satisfacción de la Provincia. Si se optare por pagaré a la vista deberá ser pagadero en la ciudad de Santa Fe y cumplimentar con la reposición fiscal del uno por ciento (1%) correspondiente al Impuesto de Sellos. En el supuesto de que apoderados extiendan la garantía, los mismos podrán hacerlo, siempre y cuando ostenten facultades suficientes para obligar a su representada. 7.2 GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Se constituirá por el equivalente al uno por ciento (1%) del total de la oferta (treinta y seis meses), y en caso de haber cotizado con alternativas, sobre el mayor valor propuesto. Deberá constituirse en pesos mediante cualquiera de las formas previstas en la cláusula particular 7.1 FORMAS DE CONSTITUCION. 7.3 GARANTIA DE LA ADJUDICACION Se constituirá por el cinco por ciento (5%) del valor total de la adjudicación (treinta y seis meses), dentro de los diez (10) días de la notificación de la misma. La garantía de la adjudicación deberá constituirse mediante cualquiera de las formas previstas en la cláusula particular 7.1 FORMAS DE CONSTITUCION. Cuando el importe de la garantía antes mencionada supere los Pesos Setecientos ($ 700), y se optare por pagaré a la vista, deberá ser avalado por institución bancaria. CTULO 8 CONDICIONES ESPECIALES 8.1 PLAZO DE CONTRATACIÓN Será por un período de treinta y seis (36) meses, contado a partir de la fecha de efectivo inicio de la prestación del servicio. 8.2 PLAZO DE INICIO DE LA CONTRATACION Plan y prioridades de instalación: A partir de la fecha de notificación de la adjudicación efectuada por autoridad competente el adjudicatario dispondrá de cinco (5) días hábiles para presentar un Plan y Cronograma de Instalación, cuya aceptación quedará a consideración de la D.P.I. A partir de la fecha en que la D.P.I. comunique al adjudicatario la aceptación del Plan y Cronograma de Instalación, el mismo deberá ser completado en un plazo que no excederá los ciento ochenta (180) días corridos. Deberá respetar las siguientes prioridades globales: 1- Los nodos de Santa Fe y Rosario; dentro de los primeros cuarenta y cinco (45) días corridos; 2- Los nodos de Policía de todas las Cabeceras de Departamento y Venado Tuerto, dentro de los primeros noventa (90) días corridos; 3- El resto de los enlaces de acuerdo al cronograma aprobado por la DPI. La adjudicación dará lugar a la formalización del contrato respectivo. 8.3 OPCIÓN DE PRÓRROGA Por parte de la Provincia, en las mismas condiciones y por períodos de hasta veinticuatro (24) meses. La totalidad de las prórrogas no superará los setenta y dos (72) meses. Cada prórroga será comunicada con una antelación al vencimiento de la contratación no menor a treinta (30) días corridos. En caso de que la Provincia ejerza la opción de prórroga del contrato, los importes que se abonarán serán sólo los correspondientes a valores mensuales por prestación del servicio, sin considerar los valores de instalación inicial. 8.4 RESCISIÓN La Provincia podrá rescindir el contrato sin expresión de causa en cualquier momento, notificándolo en forma fehaciente con una antelación no inferior a treinta (30) corridos, sin que ello otorgue a la otra parte derecho a reclamar indemnización por daños, perjuicios y/o lucro cesante. Sin perjuicio de ello, el adjudicatario deberá continuar prestando los servicios hasta tanto se haga cargo el nuevo prestador, que designe la Provincia. 8.5 INVARIABILIDAD DE PRECIOS Los precios correspondientes a la adjudicación serán invariables durante todo el período de contratación, y sus posibles prórrogas, excepto por modificaciones en la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA), o que signifique una economía para la Provincia. 8/32

9 8.6 RECEPCIÓN DEL SERVICIO Las instalaciones serán ejecutadas y los servicios entregados de acuerdo con el Plan y Cronograma de Instalación aprobado por la DPI. Se podrán autorizar modificaciones al plan de Instalación, toda vez que se encuentren razones suficientes que lo justifiquen y que no alteren los resultados esperados del contrato Fecha de recepción provisoria (F.R.P.) El adjudicatario deberá comunicar por nota a la DPI la disponibilidad del servicio de cada uno de los ítems del plan de instalación donde conste tipo de servicio, ubicación física, equipos instalados, obra realizada, fecha de disponibilidad y cualquier otro dato o información de interés. La DPI dispondrá de quince (15) días para hacer las verificaciones que correspondan. Comprobado el buen funcionamiento del ítem, se considerará como fecha de recepción provisoria (F.R.P.) la fecha de recepción de la nota. En caso de que la DPI efectúe observaciones se anulará la nota presentada y el adjudicatario deberá realizar una nueva presentación cuando subsane los inconvenientes planteados. Las notas deberán ser individuales para cada ítem y con numeración correlativa Fecha de recepción definitiva (F.R.D.) Concluida la totalidad de las instalaciones y una vez que el servicio sea provisto en un todo de acuerdo con el contrato, el adjudicatario deberá comunicarlo por nota a la DPI. Ésta dispondrá de quince (15) días para realizar los controles y pruebas que correspondan a fin de verificar su correcto funcionamiento y el cumplimiento del contrato en todos sus puntos. Si existieran objeciones, la DPI lo comunicará por nota al adjudicatario quedando la recepción sujeta a que resuelvan las observaciones formuladas y sea fehacientemente comunicado. Si, transcurridos quince (15) días, a partir de la última notificación, no existieran objeciones por parte de la DPI, la fecha de la última nota del adjudicatario será tomada como Fecha de Recepción Definitiva (F.R.D.). Se labrará un acta firmada por representantes de la Provincia y del adjudicatario en la cual se establecerá la fecha de iniciación del servicio, la que no deberá exceder los treinta (30) días de la F.R.D. 8.7 FORMA DE PAGO El servicio será facturado por mes vencido, y deberá realizarse el primer día hábil del mes siguiente al de la efectiva prestación del servicio. Los pagos se efectuarán dentro de los veinte (20) días de la fecha de presentación de la factura respectiva, previa conformidad del organismo receptor. La factura deberá contemplar solo los nodos cuya fecha de recepción definitiva sea anterior al período facturado, y el importe correspondiente para cada nodo se determinará en forma proporcional a la cantidad de días de efectiva prestación del servicio durante dicho período. Los valores de instalación inicial para cada uno de los nodos serán prorrateados de forma mensual, desde la fecha de recepción definitiva del nodo, y hasta la finalización del contrato. A los efectos del pago, la conversión de la moneda extranjera (dólares estadounidenses) cotizada se realizará al tipo de cambio vendedor suministrado por el Banco de la Nación Argentina, vigente al cierre del día hábil inmediato anterior a la fecha de emisión de la factura correspondiente. En todos los casos el organismo receptor, adoptará las medidas pertinentes a los fines de la correspondiente certificación, en un todo de acuerdo a las disposiciones del Decreto N 2808/79- Reglamento para la recepción y control de mercaderías y servicios con destino al Estado Provincial. El adjudicatario al momento de presentar las facturas para el cobro correspondiente deberá dar cumplimiento al Decreto N 0224/92 y sus modificato rios, referido a nota con carácter de Declaración Jurada, dirigida al agente pagador, detallando montos imponibles, impuestos o anticipos liquidados, fecha de pago y Banco recaudador, por los años no prescriptos y hasta la fecha de presentación, por impuestos sobre los Ingresos Brutos, Aportes Sociales Ley 5110 y otros provinciales. IMPORTANTE: Conforme a lo autorizado por los artículos 60º y 61º - tercer párrafo del Decreto Nº 2809/79, estos plazos se suspenderán en caso de que el proveedor no haya cumplimentado con los requisitos correspondientes a la inscripción y/o actualización ante el Registro de Proveedores de la Provincia. CTULO 9 INCUMPLIENTO DEL ADJUDICATARIO 9.1 PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO El incumplimiento del plazo de inicio de la prestación del servicio y/o la ejecución de las etapas de acuerdo al cronograma de implementación dará lugar a la aplicación automática de una multa del uno por mil (1%o) del valor total del servicio (treinta y seis meses), por cada día de mora en su cumplimiento. La Provincia establece un plan de multas por incumplimiento, conforme al tipo de servicio, y a la criticidad que tenga el mismo al momento de su cumplimiento 9/32

10 Se establecen las siguientes causas de penalización: Interrupciones del servicio no programados Incumplimiento de calidad de servicio Por ello, la Provincia de Santa Fe aplicará al adjudicatario, por el no cumplimiento de la calidad de servicio o por caídas en el servicio, en concepto resarcitorio por el daño causado, una pena monetaria que se calculará conforme a lo establecido en el presente punto, y de acuerdo a las siguientes fórmulas: a) Cortes no programados del servicio M= CA x K x F x T / Las penalidades a aplicar dependerán de la clase de atención (A o B) del acceso (enlace + nodo) y se gradúan con relación al daño causado, velocidad de reparación y a los horarios en que se producen: M= Monto de la multa en pesos CA = Costo Acceso afectado (Enlace + Nodo) K = Factor rapidez de restablecimiento del servicio (depende del tipo de Clase A o B) Clase Atención A: Hasta 4 Hs 4-8Hs 8-12Hs 12-16Hs Mas de 16Hs Valor de K Clase Atención B: Hasta 12-24Hs Mas de 72Hs 12 Hs 48Hs 72Hs Valor de K F= factor de peso correspondiente al período (Depende de la clase de atención) Clase Atención A: Valor de F = 8 (Valor único) Clase Atención B: Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Valor de F Período 1: días hábiles administrativos de 7 a 14 horas Período 2: días hábiles administrativos de 14 a 20 horas Período 3: todos los días del año calendario y horarios no enunciados en los períodos 1 y 2 T= tiempo de afectación del servicio en minutos (las fracciones se cuentan como 1) En los casos de interrupciones de servicio se deberá sustraer al tiempo de afectación (T) un período de gracia que será igual a 3 horas 36 minutos mensuales considerado por nodo (obtenido del resto de disponibilidad 99,5%). Este período de gracia queda automáticamente anulado cuando se superen las dos (2) caídas en el mismo mes para el nodo afectado. b) Incumplimiento en la calidad de servicio M= CA x T x (SA - ABO) x F x K / (43200 x SA) Quedan comprendidos dentro de este causal los inconvenientes producidos por el no cumplimiento del ancho de banda comprometido, las velocidades contratadas, problemas producidos por la mala configuración del equipamiento del prestatario, etc. M= CA x T x (TO - TC) x F x K / (43200 x TC) Quedan comprendidos dentro de esta causal los inconvenientes producidos por el incumplimiento de las pautas de tiempo de tránsito. 10/32

11 M= Monto de la multa en pesos CA = Costo Acceso afectado (Enlace + Nodo) K= Idem item a) (Cortes no programados) T= tiempo de afectación en minutos (las fracciones se cuentan como 1) TC= tiempo de tránsito comprometido (según SLA) para el nodo afectado (en ms) TO= tiempo de tránsito obtenido en el nodo afectado ( en ms). SA= ancho de banda contratado y comprometido (según SLA) del nodo afectado en kbps. ABO= ancho de banda obtenido en el nodo afectado (en kbps) F= Idem item a) (Cortes no programados) minutos = 30 días x 24 horas por día x 60 minutos por hora. El monto total de la multa, que resulta de la suma de las multas para cada uno de los servicios afectados, no podrá superar el Costo Total del Servicio Mensual. La aplicación de multas equivalentes a dos (2) veces el Costo Total del Servicio Mensual en el transcurso de un (1) año calendario, facultará a la Provincia a rescindir el contrato de pleno derecho de acuerdo al Artículo 46 y 69 del Decreto N 2809 /79. INFORMES Y VENTA DE PLIEGOS Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes -Mendoza P.1º - SANTA FE. Tel: (0342) /3722. Correo Electrónico: dsum@santafe.gov.ar Sitio web: DIVISION APROVISIONAMIENTO, 3 de enero de mbs C.P. EMILIANO I. ARZUAGA DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y GESTION DE BIENES MINISTERIO DE ECONOMIA 11/32

12 ANEXO 1 1. OBJETO: Contratación de un servicio de transporte de datos del tipo "llave en mano". Todos los componentes físicos y lógicos para cumplir con el mismo podrán ser definidos libremente por el oferente, excepto lo que en forma específica se indique en el presente pliego. 2. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL REQUERIMIENTO: Requerimientos técnicos de Red de Área Amplia (WAN) - Provincia de Santa Fe Introducción Se requiere el servicio de accesos y vínculos para conformar una red de transmisión de datos, de tecnología digital, con topología tipo malla. El oferente deberá cotizar para esta topología de red el equipamiento y los enlaces necesarios que permitan interconectar todos los puntos enumerados en el Anexo 2. En dicho anexo se detallan las localidades en donde se instalarán los equipamientos de comunicaciones, siendo de absoluta responsabilidad del proveedor del servicio todo aspecto relacionado a la compatibilidad e interconectividad con las interfases y protocolos que actualmente operan en el ámbito de la red WAN de la Provincia, debiendo operar todo el equipamiento remoto actual sin ningún tipo de cambio ni costos adicionales. En el Anexo 3 se detalla la ubicación de los edificios donde se proveerá el servicio y la información del contacto, debiendo confirmar el adjudicatario estos datos a la firma del contrato Características Generales La red propuesta deberá ser de tecnología IP-MPLS conformando una red privada virtual (VPN) entre todos los nodos solicitados y con capacidad de brindar al menos 3 clases de servicio para diferentes tipos de tráficos (transferencia de archivos, mail, web, aplicaciones de voz, etc.). Los 3 tipos de clases de servicio se mencionarán como: Clase1 (Tráfico de tiempo real) Clase 2 (Tráfico de aplicaciones críticas) Clase 3 (Tráfico estándar o best effort ) La totalidad del servicio ofertado será de libre disponibilidad, uso exclusivo y permanente del comitente. El servicio de red solicitado poseerá las siguientes características: Las normas operativas serán comunes para todos los enlaces. Deberá ser escalable tanto en cantidad de Nodos como en el ancho de banda de los Enlaces para cualquier ciudad ubicada dentro del ámbito provincial (no solo las definidas en el Anexo 2) y Ciudad Autónoma de Buenos Aires Especificaciones La topología general de la red será de malla completa ( full mesh ) permitiendo la interconexión entre cualquiera de los distintos puntos de acceso a la red sin pasar por el nodo principal (DPI-Santa Fe). Los nodos y enlaces que componen esta red deberán estar definidos en una red privada virtual (VPN) tal que asegure un nivel de seguridad equivalente a una red corporativa y por ende la privacidad de la información que circula por la misma, garantizando su privacidad, integridad y confiabilidad. Además el proveedor de servicios deberá garantizar con la tecnología y protocolos necesarios las tres calidades de servicio solicitadas (Clases 1, 2 y 3) de manera homogénea de extremo a extremo en toda su infraestructura de comunicaciones (backbone), asegurando el tratamiento diferenciado del tráfico de datos entre los nodos periféricos que componen la red contratada según sea la clase de servicio asignada a los mismos Tipos de nodos A continuación se detallan los nodos que deberán proveerse en cada sitio y que actuarán como medios de acceso a la red de transmisión de datos del proveedor. Los mismos se ubicarán en el domicilio de cada usuario (Anexo 3). Están clasificados en 2 tipos según las características técnicas mínimas que deben cumplimentar basados en la cantidad de puertos. Todos los nodos deberán tener soporte de QoS con la posibilidad de clasificar en al menos 3 (tres) clases de servicio (CoS). Esta clasificación deberá poder efectuarse, mínimamente, en base a los siguientes parámetros: -. Dirección IP origen/destino 12/32

13 -. Puerto TCP/UDP -. Campo DSCP del protocolo IP para Servicios Diferenciados ( DiffServ ) Seguidamente se brindan los diferentes tipos de nodos que componen esta red y que deberán ser provistos por el adjudicatario; cabe aclarar que estos nodos no incluyen el puerto de acceso a la red del proveedor del servicio y cuyas velocidades de acceso están detalladas para cada nodo en planilla de Anexo 2. Nodo Tipo 1: a- Soporte de protocolo TCP/IP b- Capacidad de ruteo IP entre cada uno de sus puertos c- Soporte de protocolo de ruteo RIP/IP, OSPF y estático. d- Un (1) Puerto LAN según protocolo 802.3i/u (10BaseT / 100BaseTx) con receptáculo modular RJ-45. Este puerto además deberá tener soporte de VLAN según norma 802.1Q y se deberá poder asignar una dirección IP a cada una de ellas (diferentes entre si). e- Administrable a través de SNMP y Telnet (o ssh) Nodo Tipo 2: a- Soporte de protocolo TCP/IP b- Capacidad de ruteo IP entre cada uno de sus puertos c- Soporte de protocolo de ruteo RIP/IP, OSPF y estático. d- Cuatro (4) Puertos de LAN según protocolo 802.3i/u (10BaseT / 100BaseTx) con receptáculo modular RJ-45. Cada uno de estos puertos deberá tener soporte de VLAN según norma 802.1Q y se deberá poder asignar una dirección IP a cada una de ellas (diferentes entre si). e- Administrable a través de SNMP y Telnet (o ssh) Enlaces El adjudicatario deberá proveer una estructura de enlaces físicos digitales terrestres para comunicar los distintos nodos en un todo de acuerdo con las velocidades de transmisión expresadas en los distintos tipos que se detallan más abajo. De la velocidad total solicitada para cada tipo de enlace, se asignará un ancho de banda para cada tipo de servicio (Clase 1, Clase 2 o Clase 3) según los requerimientos informáticos de la Provincia al momento de su implementación. A continuación se detallan los distintos tipos de enlaces y en el Anexo 2 se describe la asignación de cada uno de ellos a cada organismo público a conectar a esta red Tipos de enlaces Tendrán las siguientes características comunes: Tipo enlace: Digital Terrestre Tipo Transmisión: Simétrica- Full Dúplex Tipo2: Velocidad acceso: 256 Kbps Tipo 3: Velocidad acceso: 512 Kbps Tipo 4: Velocidad acceso: 1 Mbps Tipo 5: Velocidad acceso: 2 Mbps Tipo 6: Velocidad acceso: 4 Mbps Tipo 7: Velocidad acceso: 8 Mbps Tipo 8: Velocidad acceso: 10 Mbps Tipo 9: 13/32

14 Velocidad acceso: 16 Mbps Tipo 10: Velocidad acceso: 20 Mbps Tipo 11: Velocidad acceso: 32 Mbps Tipo 12: Velocidad acceso: 40 Mbps Cambio y/o actualización de Tipos de Accesos Durante el transcurso del contrato, la Provincia podrá solicitar el cambio de Nodo y/o Enlace para cualquiera de los entes públicos mencionados en el Anexo 2 o en aquellos sitios que se agreguen en el transcurso del contrato. Este cambio podrá involucrar cualquier Tipo de Nodo o Enlace definidos en puntos y respectivamente Nivel de servicios comprometidos (SLA) Los parámetros comprometidos para la red de datos a contratar se detallan a continuación: Calidad de Servicio Descripción Valor Latencia Tráfico Clase 1 60 ms Latencia Tráfico Clase 2 y ms Jitter Clase 1 20 ms Jitter Clase 2 40ms Disponibilidad Anual 99,5 % Paquet Loss: Clase 1 < 0,05 % Paquet Loss: Clase 2 y 3 < 0,1 % Enlaces - Tasa de Error (BER) < 10-7 Ancho de Banda (para todos los tipos de enlaces) 99,99 % Los valores de Latencia son el tiempo promedio considerando la trayectoria de ida y vuelta entre el punto de origen y destino (RTT- Round Trip Time) entre cualquiera de los nodos periféricos de la red contratada y discriminados según el tipo de tráfico (Clase1 o Clase 2-3). Este test se realizará a través del envío de 100 paquetes ICMP para tamaños de paquetes de 64 bytes y 256 bytes. Los valores de rendimiento ( performance ) de los enlaces y nodos se verificarán a través de aplicativos reconocidos internacionalmente para realizar esta medición ( ttcp, iperf, etc.). La provincia efectuará estas verificaciones al momento de recepcionar el nuevo servicio para dar la conformidad técnica de cada conexión y luego periódicamente a través de herramientas de software que la STG utiliza para el monitoreo de su infraestructura de red. Servicio de Reparación Descripción Tiempo Máximo de Reparación (TMR) - Prioridad de Atención A Tiempo Máximo de Reparación (TMR) - Prioridad de Atención B Valor 4 hs 12 hs La asignación de Prioridad de Atención están detallados en Anexo 2 y significan lo siguiente: Prioridad de Atención A : Acceso (Nodo y Enlace) de alta criticidad que involucra servicios online críticos y de gran importancia para la provincia durante las 24 hs de los 365 días del año. Prioridad de Atención B : Acceso (Nodo y Enlace) de media criticidad que involucra servicios online de gran importancia para la provincia durante horarios laborales (7hs 16Hs) o servicios no críticos durante las 24 hs. los 365 días del año La columna Valor refleja el Tiempo Máximo de Reparación (TMR) desde el momento que se notifica fehacientemente al proveedor la pérdida de servicio y la recuperación operativa del servicio afectado Administración de la Red 14/32

15 Para posibilitar la administración de la red contratada por parte de la STG se deberá proveer un perfil de acceso a todos los nodos tal que permita el monitoreo a través de protocolo SNMP ( solo lectura ) y protocolo ICMP (echo, echo-reply) tanto a su puerto de Lan (lado usuario) como Wan (lado proveedor). La STG proveerá el nombre de la comunidad SNMP de solo lectura a definir en todos los nodos. También se deberá permitir el acceso a los Nodos a través de Telnet y/o SSH y/o Web para poder visualizar como mínimo el estado, configuración y estadísticas de los puertos, tablas de enrutamiento y políticas de QoS definidas. Por su lado el prestatario deberá suministrar, para toda la red contratada (Nodos, Enlaces y Backbone propio), un servicio de gestión con herramientas Web tal que permita realizar lo siguiente: Visualizar Estadísticas Diarias, Semanales y Mensuales de utilización y calidad de servicio (QoS) de los principales nodos y enlaces contratados y del Backbone del proveedor que intervienen en la conectividad de la red ofertada. Esta visualización deberá permitir observar, como mínimo, los siguientes ítems: Utilización del enlace Bytes transmitidos (in/out) Errores (in/out) del Enlace Latencia Ancho de banda del enlace Disponibilidad Pérdida de paquetes Utilización CPU del Nodo Sistema de Alarmas que registre la fallas de la red Análisis de fallas Auditoria de SLA de red contratada Por otra parte la empresa prestadora del servicio dispondrá de 72 horas para efectuar cualquier cambio que requiera la Provincia en la configuración de los nodos pertenecientes a la red contratada (definición de Vlans, agregar una nueva ruta, etc.). Cualquier exceso en el tiempo antes mencionado (72 Hs) será factible a las penalidades correspondientes según el enlace/nodo involucrado Servicio de Atención de Reclamos La prestataria del servicio deberá disponer de un sistema de atención de reclamos del tipo 24x7x365. A este servicio se accederá a través de un Nª telefónico gratuito tipo 0800 y será recepcionado por personal de la prestataria del servicio quienes deberán recibir, registrar y asignar un identificador único al reporte efectuado. También se deberá brindar un servicio de gestión con herramientas Web tal que permita efectuar las siguientes tareas: Sistema de seguimiento y verificación de reclamos. Este sistema también permitirá el acceso a los registros históricos del sistema para tareas de control. Verificación del Inventario de activos y servicios de la red contratada Una vez solucionado el inconveniente se deberá notificar en forma fehaciente al personal técnico de la STG para proceder a la verificación del buen funcionamiento del servicio reportado y dar la conformidad para el cierre del reclamo en cuestión Generales Dado que el plan de direccionamiento IP implementado por la Secretaría de Tecnologías para la Gestión para todas sus redes de datos (locales y remotas) está operando en el rango , la prestataria del servicio deberá utilizar un esquema de direccionamiento IP diferente al mencionado para la interconexión de los nodos bajo su administración, debiendo ser el mismo consensuado con el Dpto. Soporte Técnico de la STG del Gobierno Provincial. También se deberá garantizar la vigencia de todo el esquema de direccionamiento actualmente vigente en todas las oficinas públicas incluidas en este proyecto. Deberán especificarse el modelo y marca del equipamiento a utilizar debiendo ser los mismos de marcas reconocidas internacionalmente en el rubro de Routers o Switches L3 (con capacidad de ruteo) y los modelos propuestos deberán estar vigentes comercialmente al momento de la oferta. 15/32

16 Los equipos deberán poder operar durante las 24 horas diarias los 365 días del año bajo las condiciones ambientales naturales de cada sitio. Cualquier requerimiento ambiental especial estará a cargo del adjudicatario y no deberá generar gastos adicionales durante la provisión del servicio. Todos los equipos deberán operar con las siguientes condiciones eléctricas: 220 VC +/- 10 %, 50 HZ +/- 3 % Cualquier requerimiento especial en cuanto a las instalaciones eléctricas, protecciones atmosféricas, puesta a tierra, y todo otro requerimiento necesario para poner el equipamiento en condiciones de operación serán por cuenta del Adjudicatario. Deberán proveerse para todos los nodos un rack normalizado para alojamiento de los mismos incluyendo los dispositivos de comunicaciones correspondientes (DTUs, Routers/Switches L3, etc) Todas las instalaciones internas a cada dependencia deberán ser realizadas por la contratista de acuerdo a las reglas del buen arte para estos tipos de obras. En el Anexo 4 se deberán cotizar los enlaces y nodos solicitados teniendo en cuenta lo siguiente: - Todos los nodos (excepto aquellos en donde se indica 911 ) deberán estar configurados para clasificar el tráfico en las Clases 2 y 3 (Misión crítica y Estándar), según los parámetros enunciados en punto 5-., otorgando inicialmente el 50 % del ancho de banda de cada enlace para cada clase. De todos modos la Provincia podrá solicitar la modificación de estos porcentajes (%Clase2 y %Clase 3) sin costo adicional alguno. - Se deberá cotizar, por separado, un canal de VoIP de un ancho de banda de 32 Kbps el cual, en caso de requerirse, será definido como tráfico Clase 1 (Tiempo Real) en cualquier nodo de esta red WAN y además se deberán poder definir 1, 2, 3 o más canales (según requerimiento) hasta un máximo del 30% del total del ancho de banda del enlace del nodo de interés. El nivel de prestaciones para esta clase de servicio deberá cumplimentar lo solicitado en el punto Los nodos en donde figura 911 deberán estar inicialmente configurados de la siguiente manera para soportar tráfico Clase 1: - Santa Fe DPI = 12 Canales VoIP 384 Kbps - Santo Tome Cdo. Radioeléctrico = 3 Canales VoIP 96 Kbps - Rafaela Policía UR V = 3 Canales VoIP 96 Kbps - Reconquista UR IX = 3 Canales VoIP 96 Kbps - Rosario Gobierno= 16 Canales VoIP 512 Kbps - Vdo Tuerto Comisaría 2da = 3 Canales VoIP 96 Kbps - Villa Constitución Policía VI = 3 Canales VoIP 96 Kbps - San Lorenzo Policía XVII = 3 Canales VoIP 96 Kbps - Gro Baigorria Cdo. Radioeléctrico = 3 Canales VoIP 96 Kbps - Va. Gdor. Gálvez Cdo. Radioeléctrico = 3 Canales VoIP 96 Kbps En estos nodos el resto del ancho de banda disponible deberá asignarse en partes iguales al tráfico Clase 2 y Clase 3. La Provincia podrá solicitar la modificación de estos porcentajes (%Clase2 y %Clase 3) sin costo adicional alguno. Los enlaces Tipo 1 hasta Tipo 5 deberán estar disponibles en todas las ciudades involucradas en este proyecto. Los enlaces Tipo 6 hasta Tipo 12 deberán estar disponibles la zona del microcentro de las ciudades de Santa Fe y Rosario. La red del proveedor deberá soportar el transporte transparente de paquetes IP de acuerdo a las necesidades de los servicios informáticos de la Provincia actualmente en producción o a implementar durante la vigencia del contrato sin costo adicional alguno para la misma. Durante el período contractual cualquier actualización de hardware o software, necesarios para mejora del servicio, deberá hacerse sin costo adicional para la Provincia. la 3. CARACTERÍSTICAS GENERALES: 3.1 El oferente deberá: 16/32

17 3.1.1 Indicar la totalidad de las unidades funcionales, dispositivos y accesorios necesarios para asegurar un funcionamiento eficaz y eficiente de la red que ofrezcan, los que a través de ese detalle quedarán en forma automática incluidos en el precio total cotizado para dicha red. La omisión en la oferta de alguna unidad, dispositivo o accesorio que, a juicio del Estado provincial, resulte necesario para el normal funcionamiento de la red ofrecida, obligará a la adjudicataria a su provisión de inmediato y sin cargo alguno Indicar en su oferta cualquier información que considere necesaria para una mejor caracterización de los servicios que ofrezca, tanto en lo que se refiera a su comparación con otros equipos propios, como a toda posibilidad de expansión y acrecentamiento de facilidades. Las características técnicas de los equipos y dispositivos que formarán parte del servicio que se cotiza, deberán presentarse con el nivel de detalle que corresponda, o sea, con las definiciones y/o datos numéricos necesarios, para que cada rubro requerido e informado quede completamente interpretado, desde el punto de vista de su disponibilidad, características y alcances de las mismas Deberán proveer diagramas esquemáticos del servicio ofertado, acompañando la descripción de las funciones de cada una de las partes constitutivas, y las interconexiones lógicas y físicas, tanto del software como del hardware, debiendo ser para el caso del hardware el fiel reflejo de la forma de conexión de los componentes ofertados Deberán agregar todos los manuales, hojas de características y publicaciones, aun de carácter teórico, que a su juicio contribuyan a facilitar la mejor interpretación de características y capacidades de la red ofertada, respetando al hacerlo lo señalado en el párrafo anterior, y lo especificado en la cláusula particular 5.1 Oferta técnica, punto Deberán describir la organización que posean para la instalación y mantenimiento de sistemas de comunicaciones de datos, ingeniería de sistemas y capacitación, fundamentalmente del servicio ofrecido. 3.2 El Adjudicatario: Podrá utilizar la infraestructura de los edificios donde se lo solicite (cuando deba realizar instalaciones de equipamiento especial, torres, o cualquier otro requerimiento), con la condición de gestionar previamente la autorización ante la DPI, en la que debe constar la fecha y el tipo de trabajo a realizar, equipos a instalar, y cualquier otra información necesaria al respecto, con el compromiso escrito de la firma de hacerse responsable por estos trabajos, y restituir las condiciones iniciales a la finalización del contrato. Asimismo, deberán respetarse las ordenanzas vigentes de cada localidad Tendrá a su cargo los seguros que correspondan Deberá cumplir con todas las normas y recomendaciones que hayan emitido los organismos públicos y/o no gubernamentales nacionales e internacionales de competencia, por ejemplo IEEE. Serán también exigibles las especificaciones que hubiere fijado la Comisión Nacional de Comunicaciones, el CCIR y la UIT-T (ex CCITT) y que se encuentren en vigencia Servicio de mantenimiento: Deberá garantizar el funcionamiento correcto de cada componente, y de la totalidad del servicio adjudicado, y que cumpla además las especificaciones de disponibilidad y confiabilidad durante todo el término del contrato Deberá asegurar atención permanente 24 horas al día los 365 días del año, por intermedio de una oficina central, que recepcione las correspondientes solicitudes Deberá acordar oportunamente con la DPI los horarios y condiciones que permitan la realización de tareas de mantenimiento preventivo, a los fines de que dicho requerimiento sea satisfecho convenientemente. Se programará en forma tal que no interfiera el normal funcionamiento del servicio en su integridad Deberá notificar por escrito y mantener actualizada, cada vez que se produzca algún cambio, la lista de personal técnico autorizado para acceder a los equipos instalados, especificando: Apellido y nombre Documento de identidad 17/32

18 Domicilio Teléfono Área de atención a cubrir Será responsable por los accidentes que pueda sufrir su personal y terceros en el desarrollo de las tareas Deberá cumplir estrictamente las leyes Nacionales y Provinciales, Ordenanzas y disposiciones Judiciales y Reglamentos Policiales vigentes durante la ejecución de las tareas necesaria para la ejecución y puesta en marcha del servicio. Será por cuenta del adjudicatario el pago de las multas y el resarcimiento de los perjuicios e intereses, si cometiera cualquier infracción a dichas disposiciones 3.3. La D.P.I.: No aceptará modificaciones o desvíos de cualquier naturaleza (económicas, técnicas, etc.), fundamentadas en causal de desconocimiento o ignorancia Responderá a las cuestiones de autorización, por el mismo medio, aceptando o sugiriendo los cambios al respecto No se hará responsable por los daños y perjuicios personales o materiales ocasionados por partes, elementos o equipos de la red pertenecientes al adjudicatario en el transcurso de trabajos relacionados con la instalación y el servicio, aún en locales de la Provincia o utilización de bienes y servicios Se reserva el derecho de exigir la memoria de cálculo, con su verificación, de la estructura a instalar rubricada por un profesional matriculado, en caso que el Adjudicatario opte por utilizar lo mencionado en el apartado APOYO TÉCNICO: 4.1 Capacitación: El oferente deberá incluir en su oferta un plan de entrenamiento y capacitación para el personal de la DPI que contemple todos los equipos y servicios requeridos en la presente licitación. La capacitación se realizará en la ciudad de Santa Fe, con un cronograma a convenir entre la DPI y el adjudicatario. El plan deberá ser de al menos 20 horas en módulos que no superen las cuatro horas diarias. Se deben prever cursos de actualización -si fueran necesarios- para el caso de modificaciones básicas de la red o actualización tecnológica. La DPI designará al personal que deberá realizar cada uno de los entrenamientos incluidos en el cronograma. El adjudicatario deberá proveer todos los medios didácticos y los materiales necesarios para una audiencia de al menos ocho (8) personas. 4.2 Documentación: El oferente detallará toda la documentación que acompaña a los equipos (literatura descriptiva, manuales técnicos, de operación, guías del usuario, etc.). 4.3 Asesoramiento técnico: Se deberá prestar asesoramiento en lo referido al servicio solicitado, y toda vez que sea requerido por la DPI, ya sea por teléfono, fax, correo electrónico o in situ, si así fuera solicitado por la Provincia. Será responsabilidad del proveedor comunicar y mantener actualizada la información necesaria para la utilización de estos medios. 18/32

19 ANEXO 2 Red de Área Amplia (WAN) - Provincia de Santa Fe Ciudad Dependencia Clase de Atención Nodo Enlace Clase 1 (Tiempo Real) Clases 2 (Misión crítica) Clases 3 (Estándar) Santa Fe DPI A Tipo 1 Tipo 10 2% 49% 49% Serv. Penit.(Las Flores) B Tipo 1 Tipo 2 Complejo Policia Sur B Tipo 1 Tipo 2 Santo Tomé Cdo.Radioelec A Tipo 2 Tipo 5 5% 47,5% 47,5% Rosario DPI - Rosario A Tipo 1 Tipo 5 Jubilaciones B Tipo 1 Tipo 2 Sec. Trabajo II B Tipo 1 Tipo 2 Educ. Reg.VI B Tipo 1 Tipo 3 Serv.Penit. B Tipo 1 Tipo 2 Gobierno A Tipo2 Tipo 8 Sec Trabajo i B Tipo 1 Tipo 2 Lavarden T.Cuentas B Tipo2 Tipo 2 Lavarden IPEC B Tipo 1 Tipo 2 Dir. Prov. Vivienda B Tipo 1 Tipo 2 Zona de Salud VIII B Tipo 1 Tipo 2 Policia URII B Tipo 1 Tipo 2 ENRESS B Tipo 1 Tipo 2 6% 47% 47% 19/32

20 Vialidad Provincial B Tipo 1 Tipo 2 Min. Producción B Tipo 1 Tipo 2 Min. Des. Social B Tipo 1 Tipo 2 Va. Gdor. Gálvez Cdo Radioeléctrico 911 A Tipo 2 Tipo 5 5% 47,5% 47,5% Gro. Baigorria Cdo Radioeléctrico A Tipo 2 Tipo 5 5% 47,5% 47,5% Reconquist B a Tipo 1 Tipo 4 Nodo Region 1 B Tipo 1 Tipo 3 Policía UR IX A Tipo2 Tipo 5 Educación II B Tipo 1 Tipo 2 Zona de Salud II B Tipo 1 Tipo 3 5% 47,5% 47,5% Rafaela B Tipo 1 Tipo 4 Nodo Region 2 B Tipo 1 Tipo 3 Policía UR V A Tipo2 Tipo 5 Educación III B Tipo 1 Tipo 3 Zona de Salud I B Tipo 1 Tipo 2 5% 47,5% 47,5% Venado Tuerto B Tipo 1 Tipo 4 Nodo Region 5 B Tipo 1 Tipo 3 Policía UR VIII B Tipo 1 Tipo 2 20/32

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