Aspectos Regulatorios de los Productos de la Terapia Avanzada. Natividad Calvente Cestafe Agencia Española del Medicamento
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- Gustavo Pereyra Maestre
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1 Aspectos Regulatorios de los Productos de la Terapia Avanzada Natividad Calvente Cestafe Agencia Española del Medicamento
2 MARCO LEGISLATIVO DE MTO Europeo Part IV of Annex I to Directive 2001/83/EC, as amended by Directive 2003/63/EC. Español RD 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación n de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente (BOE núm. n 267, de 7 de noviembre)
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4 LEGISLATION MEDICAL DEVICES 93/42? MEDICINAL PRODUCTS 2001/83 MEDICAL DEVICES TISSUE ENGINEERING CELL THERAPY ADVANCED THERAPIES GENE THERAPY BIOTECH CHEMICALS
5 OTRAS DISPOSICIONES DIRECTIVA 2004/23/CE del PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 31 de marzo, que establece normas de calidad y seguridad para la donación, obtención, evaluación, procesamiento, preservación, almacenamiento y distribución de células y tejidos humanos Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, n, la obtención, n, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución n de células c y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación n y funcionamiento para su uso
6 NIVEL DE ACTUACION Nivel legislativo Consejo Reglamento Nivel TécnicoT EMEA Guías
7 PROPUESTA INICIAL Legislación de tejidos y células, medicamentos y productos sanitarios Propuesta de legislación de Terapias Avanzadas Requerimientos técnicos Guías
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9 MARCO LEGISLATIVO DE MTO Europeo Reglamento del parlamento europeo y del consejo sobre medicamentos de terapia avanzada, y por el que se modifican la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) nº 726/2004
10 MARCO LEGISLATIVO DE MTO Europeo Part IV of Annex I to Directive 2001/83/EC, as amended by Directive 2003/63/EC. Español RD 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación n de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente (BOE núm. n 267, de 7 de noviembre)
11 OTRAS DISPOSICIONES DIRECTIVA 2004/23/CE del PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 31 de marzo, que establece normas de calidad y seguridad para la donación, obtención, evaluación, procesamiento, preservación, almacenamiento y distribución de células y tejidos humanos Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, n, la obtención, n, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución n de células c y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación n y funcionamiento para su uso en humanos
12 AMBITO DE APLICACIÓN En el caso de que la elaboración, transformación, n, procesamiento, aplicación e investigación n clínica de los productos derivados de las células c y tejidos estén regulados por normas específicas, este real decreto sólo s se aplicará a su donación, n, obtención n y evaluación.
13 SIGNIFICADO Donación, n, obtención n y evaluación Tejidos Elaboración, transformación, n, procesamiento, aplicación n e investigación n clínica Medicamentos
14 RD 1345/2007 DEFINICION TERAPIA CELULAR Medicamentos de terapia celular somática la utilización n en seres humanos de células c somáticas vivas, tanto autólogas (procedentes del propio paciente), como alogénicas (de otro ser humano) o xenogénicas nicas (de animales), cuyas características biológicas han sido alteradas sustancialmente como resultado de su manipulación n para obtener un efecto terapéutico, de diagnóstico o preventivo por medios metabólicos, farmacológicos e inmunológicos. Dicha manipulación incluye la expansión n o activación n de poblaciones celulares autólogas «ex vivo» (p. ej., inmunoterapia adoptiva), la utilización n de células c alogénicas y xenogénicas nicas asociadas con productos sanitarios empleados «ex vivo» o «in vivo» (p. ej., microcápsulas psulas, matrices y andamiajes intrínsecos, nsecos, biodegradables o no biodegradables).
15 DEFINICIÓN Células vivas Autólogo logo, alogénico y xenogénico nico Modificación n sustancial Diagnosticar, prevenir o tratar Medios metabólicos, farmacológicos o inmunológicos Asociación n con productos sanitarios
16 DEFINICIÓN N PRÁCTICA Células adultas sometidas a cultivo o expansión (excepción n hecha de los gametos) o cualquier proceso de manipulación n o transformación n celular ex vivo que no sea separación, selección, evaluación n de función n y viabilidad, conservación n o infusión. n. Implantes heterólogos de células c adultas diferenciadas cuando la eficacia y seguridad del procedimiento no esté contrastada debidamente. Células precursoras con vías v de diferenciación n a líneas l celulares diferentes de las Hematopoyéticas ticas. Grupos celulares montados sobre matrices biomecánicas o biosintéticas ticas u otras estructuras que puedan ser consideradas producto sanitario. Xenocélulas lulas.
17 OVERVIEW OF THE PROPOSAL Definición n y ámbito Principios Procedimientos Requerimientos técnicost Competitividad Disposiciones finales
18 DEFINICIÓN N INGENIERÍA A DE TEJIDOS consiste en células o tejidos genomanipulados, o los contiene; y del que se alega que tiene propiedades, se emplea o se administra a las personas para regenerar, restaurar o reemplazar un tejido humano.;
19 DEFINICIÓN N INGENIERÍA A DE TEJIDOS Un producto de ingeniería tisular puede contener células o tejidos de origen humano, animal, o ambos, que pueden ser viables o inviables. Puede también contener otras sustancias, como productos celulares, biomoléculas, biomateriales, sustancias químicas, soportes o matrices;
20 DEFINICIÓN N INGENIERÍA A DE TEJIDOS Genomanipulados (al menos uno) (i) las células o tejidos han sido sometidos a manipulación sustancial, de modo que se han logrado las características biológicas, funciones fisiológicas o propiedades estructurales pertinentes para la regeneración, reparación o sustitución pretendidas. Las manipulaciones enumeradas en particular en el anexo I no se consideran sustanciales; (ii) las células o tejidos no están destinados a emplearse para la misma función o funciones esenciales en el receptor y en el donante;.
21 MANIPULACIONES NO SUSTANCIALES corte; trituración; moldeo; centrifugación; imbibición en disoluciones antibióticas o antimicrobianas; esterilización; irradiación; separación, concentración o purificación celular; filtrado; liofilización; congelación; criopreservación; vitrificación.
22 DEFINICION DE MEDICAMENTO COMBINADO DE TERAPIA AVANZADA por «medicamento combinado de terapia avanzada» se entiende el medicamento de terapia avanzada que cumple las siguientes condiciones: tiene que incorporar, como parte integrante del mismo, uno o más s productos sanitarios en el sentido del artículo 1, apartado 2, letra a), de la Directiva 93/42/CEE, o uno o más m s productos sanitarios implantables activos en el sentido del artículo 1, apartado 2, letra c), de la Directiva 90/385/CEE, y su parte celular o tisular tiene que contener células c o tejidos viables; o su parte celular o tisular que contenga células c o tejidos no viables tiene que poder ejercer en el organismo humano una acción n que pueda considerarse fundamental respecto de la de los productos sanitarios mencionados.
23 DEFINICION Viables y no viables Incluidos Manipulación n sustancial o Función heteróloga Viables: mec de acción n de celulas ppal.. TODAS No viables: si tiene accion fisica Excluidos Combinados Viables No viables con función ppal En caso de duda GT>TEP>CT
24 AMBITO Los medicamentos de terapia avanzada, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1394/2007, preparados ocasionalmente,, de acuerdo con normas de calidad específicas ficas,, y empleados en un mismo Estado miembro,, en un hospital y bajo la responsabilidad profesional exclusiva de un médico m colegiado, con el fin de cumplir una prescripción n facultativa individual de un producto hecho a medida destinado a un solo paciente.
25 AMBITO La fabricación n de estos productos deberá contar con la autorización de las autoridades competentes del Estado miembro. Los Estados miembros se asegurarán n de que la trazabilidad nacional y los requisitos de farmacovigilancia así como las normas de calidad específicas mencionadas en el presente apartado son equivalentes a los previstos a escala comunitaria con respecto a los medicamentos de terapia avanzada para los que se requiere autorización n de conformidad con el Reglamento (CE) no 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización n y el control de los medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea de Medicamentos (*).
26 PRINCIPIOS No comercialización n antes de autorización Demostración n de calidad, seguridad y eficacia Vigilancia post-autorizaci autorización Procedimiento centralizado
27 PROCEDIMIENTOS Creación n de comité especifico CAT Supeditado al CHMP Borrador de opinión Representados los 27 EMs Dos representantes de los clínicos Dos representantes de pacientes Expertise: : cirugía, ética, productos sanitarios
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29 REQUERIMIENTOS TECNICOS PREAUTORIZACION Cumplimiento de los requisitos de calidad, seguridad y eficacia del Anexo I Cumplimiento de GCP/GMP Reglas especificas de etiquetado y empaquetado
30 REQUISITOS TECNICOS POST-AUTORIZACION Segimiento post-marketing a l/p de eficacia y seguridad y RMP Trazabilidad
31 DISPOSICIONES FINALES Entrada en vigor 1 de enero de 2009 Periodo transitorio 3 años a CTs y GT 4 años a TEPs No tasas para productos autorizados nacionalmente Revisión n a los cinco añosa
32 PROYECTOS EN MARCHA EUROPA Setting up of CAT Task of CAT Ammendement of Annex I GMP GCP Post-authorisation follow-up Traceability Productos legalmente en el mercado
33 PROYECTOS EN MARCHA ESPAÑA Ley de Garantías as Estarán n exentos del pago de la tasa correspondiente los servicios y actividades relativas a medicamentos de terapia celular y terapia génica g que hayan de ser realizadas por entidades de naturaleza pública p integradas en el Sistema Nacional de Salud así como aquellos que no vayan destinados a la comercialización de dichos productos.
34 PROYECTOS EN MARCHA ESPAÑA Ley de garantías as El Gobierno determinará reglamentariamente la aplicación n de esta Ley a los medicamentos de terapia avanzada cuando, aun concurriendo en ellos las características y condiciones establecidas en las definiciones de «medicamento de terapia génicag nica» o de «medicamento de terapia celular somática tica»,, no hayan sido fabricados industrialmente.
35 RD 1345/2007 PROYECTOS EN MARCHA ESPAÑA 2. Quedan excluidos del ámbito de aplicación n del presente real decreto: a) Los medicamentos de terapia avanzada recogidos en el artículo 47 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, elaborados íntegramente y utilizados, sin ánimo de lucro, en centros vinculados al Sistema Nacional de Salud, y que dicha preparación n se realice en centros autorizados para tal fin por el Ministerio de Sanidad y Consumo y sean medicamentos en fase de investigación n clínica o sean medicamentos que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios considere que satisfacen las garantías as de calidad, seguridad, eficacia, identificación n e información. n.
36 SITUACIÓN N ACTUAL Productos en investigación n de TC Productos para incorporación n al mercado de TC Futuro: entrada de mtos de IT (investigación, n, mercado)
37 Terapia celular en España TC en investigación. 23 solicitudes de ensayo clínico. 18 Autorizados 8 Progenitores de MO. 5 Mioblastos 5 Otros 5 Lipoaspirados.
38 CARACTERISTICAS DE LOS ECs 70% ECs en TC promovidos por investigadores independientes Estos generalmente sin interés s comercial 90% son en Fase I-III II Suelen ser unicéntricos ntricos Generalmente se investiga en patologías as que no tienen un tto farmacológico convencional (regeneración n cardiaca, epidermolisis bullosa)
39 PATOLOGÍAS AS Fundamentalmente cardiopatías as (células madre derivadas del tejido adiposo en el tratamiento de pacientes con miocardio isquémico no revascularizable) Regeneración ósea (Aplicaci( Aplicación n de las TRC en el Tratamiento Quirúrgico rgico de Pseudoartrosis no Hipertróficas y Fracturas Complejas de Huesos Largos) EICH (tratamiento de EICH refractaria mediante la infusión n de células mesenquimales alogénicas expandidas in vitro) Incontinencia urinaria ELA Fístula anal (medicamento huérfano) Epidermolisis bullosa (medicamento huérfano)
40 PROBLEMÁTICA ACTUAL GMPs e instalaciones: actualmente no existen GMPs especificas para terapias avanzadas No hay tampoco adaptación n de GCPs para estas terapias Investigadores poco familiarizados con los procedimientos administrativos relativos a ECs (gralmente el expertise proviene del mundo de órganos y tejidos) Legislación n de ECs pensada para fcos convencionales, dificultad de adaptación n para estos ptos ( IMPD, diferentes conceptos dosis, PK, PD )
41 PROBLEMÁTICA ACTUAL En debate aspectos específicos que se relacionan directamente con la investigación: n: Consentimiento informado (se debe informar al paciente del destino de las células c especialmente de aquellas que finalmente no se utilizan para el cultivo) Abandonos del EC (aunque abandone el medicamento sigue siendo activo y no se controla al paciente) Seguimiento de los pacientes (tiempo, registros específicos) Coordinación n entre los distintos smas de vigilancia (farmacovigilancia, biovigilancia y vigilancia de PS)
42 Muchas gracias
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