POR QUÉ NO SE CONTABILIZA LA DEUDA IMPLÍCITA DE LA SEGURIDAD SOCIAL?

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1 POR QUÉ NO SE CONTABILIZA LA DEUDA IMPLÍCITA DE LA SEGURIDAD SOCIAL? José Enrique Devesa Carpio. Universidad de Valencia. Facultad de Economía. Avenida de los Naranjos s.n Valencia. Tel: Fax: Mar Devesa Carpio. Universidad de Valencia. Facultad de Economía. Avenida de los Naranjos s.n Valencia. Tel: Fax: Área Temática: F) Sector Público PALABRAS CLAVE: Deuda Implícita, España, Contabilidad Pública, Sistema de Reparto, Seguridad Social.

2 POR QUÉ NO SE CONTABILIZA LA DEUDA IMPLÍCITA DE LA SEGURIDAD SOCIAL? RESUMEN El principal objetivo de este trabajo es llamar la atención sobre el elevado importe de la deuda implícita del sistema de pensiones de la Seguridad Social obtenido en el presente estudio. A pesar de esto, las autoridades públicas han mostrado poco interés por la deuda implícita, lo que ha llevado a que ni se contabilice, ni siquiera se calcule; tal vez por falta de interés en que se conozcan estos datos. En esta ponencia se pretende, por un lado, argumentar las razones por las se debería contabilizar y, por otro, la cuantificación de la misma mediante instrumentos financiero-actuariales. 1

3 1.- INTRODUCCIÓN Aunque existe una gran variedad de temas de investigación relacionados con la Seguridad Social, uno a los que se le ha prestado menor atención ha sido la deuda implícita de dicho organismo; es decir, la cuantía de las obligaciones contraídas por el sistema de Seguridad Social con los trabajadores en activo y con los pensionistas actuales. En general, sólo la Seguridad Social de los países que han pasado de un sistema de reparto a uno de capitalización (por ejemplo, Chile y México) y alguno más como Estados Unidos o Suecia han llevado a cabo tal cuantificación. El objetivo principal del trabajo es el de llamar la atención sobre este tema, desde una doble perspectiva: 1. Contable. Haciendo hincapié en la no contabilización de la deuda implícita cuando el objetivo de imagen fiel y los principios contables parecen aconsejar lo contrario. 2. Financiera. Resaltando el altísimo valor que alcanza para el caso español los compromisos que la Seguridad Social ha adquirido con los pensionistas y con los activos actuales. Después de la introducción, en el epígrafe 2 se define y se comenta las principales características de la deuda implícita. En el epígrafe 3 se exponen los argumentos que deberían desembocar en la necesidad de su cuantificación y contabilización. En el epígrafe 4 se explica sucintamente el modelo de valoración de la deuda implícita utilizado para realizar los cálculos, mientras que en el epígrafe 5 se determina, para el caso concreto del sistema de pensiones de la Seguridad Social en España, la cuantía de dicha deuda. El sexto epígrafe se dedica a las conclusiones y en el último se referencia la bibliografía utilizada. 2.- LA DEUDA IMPLÍCITA DE UN SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. La deuda implícita 1 de un sistema de pensiones en un momento t se puede definir, de una forma genérica, como el valor en t de los compromisos que el sistema ha asumido hasta ese momento con los participantes en el mismo; no sólo con los pensionistas actuales sino también con los activos actuales, ya que por el hecho de haber realizado aportaciones, están adquiriendo unos derechos que se materializarán 1 Expresión acuñada a partir de que Feldstein (1974) la considerara como la promesa implícita de que la próxima generación se gravara a sí misma para pagar los derechos vitalicios especificados por ley. 2

4 en el futuro. Desde un punto de vista financiero-actuarial, la deuda implícita coincidiría con el capital único que, desembolsado en t, garantizaría actuarialmente los compromisos devengados hasta ese momento. Este valor coincide con el concepto de reserva matemática de una operación financiero-actuarial. Para poder contestar a la pregunta de por qué surge esta deuda, hay que recordar algunas características básicas del sistema de reparto de prestación definida, que es el sistema de financiación que utiliza la Seguridad Social española, así como la mayoría de los países desarrollados 2. En líneas generales, el reparto anual establece la equivalencia entre las primas (cotizaciones) satisfechas en un año por todo el colectivo y las prestaciones (pensiones) pagadas durante ese año. Una de las características más importantes del sistema de reparto, desde un punto de vista financiero, es que las prestaciones causadas no quedan financiadas en el momento en que se producen. Sólo existen garantías financieras mientras existan personas activas que realicen las aportaciones necesarias. Dicho de otra forma, existe un contrato intergeneracional, implícito y permanente, en virtud del cual, a cambio de las aportaciones que los trabajadores realicen durante su etapa activa, recibirán en su etapa pasiva una pensión pagada por los que estén en activo en cada momento. Incluso, no se suele ni contabilizar ni valorar la deuda contraída 3 (ni con los activos, ni siquiera con los pasivos), de ahí que tenga sentido la denominación de deuda implícita. Aparentemente, el sistema sólo se preocupa de realizar los pagos de las pensiones de este año y no parece estar obligada a valorar los compromisos adquiridos. Desde un punto de vista más alejado de la contabilidad, y siguiendo en parte a Holzmann et al. (2004), creemos que algunas de las razones de peso por las que se debería realizar este cálculo son: a) Aumento de la transparencia y de la credibilidad del sistema, ya que proporcionaría mucha mayor información sobre la situación real del sistema de pensiones, lo que debería contribuir a que todos los que están dentro de él se sientan más involucrados. Al mismo tiempo ayudaría a que se tomara conciencia de la 2 Sin embargo, existen importantes excepciones. Así, algunos países sudamericanos (los más notorios son Chile y México), donde se utiliza el sistema de capitalización; e incluso en algunos países europeos, como Suecia, donde el principal sistema utilizado es el de Cuentas Nocionales (reparto de aportación definida). Sobre este último tema se puede consultar: Devesa y Vidal (2004) o Vidal et al. (2006). 3 Aunque sí que ha sido calculada por algunos investigadores, como se puede ver en Barea y González (2006) o Mateo (1997), entre otros. 3

5 magnitud del problema para intentar solucionarlo, lo cual redundaría, a su vez, en un aumento de la credibilidad. b) Medición de la sostenibilidad del sistema, para lo cual habría que aplicar un método de cuantificación de la deuda implícita por dos métodos (prospectivo y retrospectivo), cuya diferencia permitiría obtener una medida del desequilibrio financiero-actuarial del sistema, y, por lo tanto, se podría abordar el estudio de la viabilidad del sistema de pensiones 4. c) Permitiría una mejor visualización de la equidad del sistema. La cuantía de la deuda implícita debería ser tenida en cuenta como indicador de la equidad del sistema, al relacionarlo con la deuda que tienen que asumir las generaciones futuras. Intentar que el sistema de Seguridad Social de un país sea más equitativo parece estar presente en la voluntad de todos los implicados: trabajadores, empresarios, gobierno y partidos políticos. d) Como un derecho de los activos y de los pensionistas, puesto que les permitiría conocer cuáles son las expectativas actuales y futuras del sistema al que han contribuido o al que están todavía contribuyendo, ya que son los principales implicados. En concreto, nos estamos refiriendo (a fecha de enero de 2007) a los más de 18,75 millones de afiliados a la Seguridad Social en situación de alta (que por el hecho de haber cotizado han generado unos derechos a su favor), a los que habría que añadir los afiliados que actualmente no están en alta (dormidos o intermitentes), y los más de 8,2 millones de actuales pensionistas de la Seguridad Social (que ya generaron su derecho durante la época de activos). 3.- LA NO CONTABILIZACIÓN DE LA DEUDA IMPLÍCITA DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En este epígrafe no se pretende demostrar que la no contabilización de la deuda implícita de la Seguridad Social incumpla la legalidad -nada más lejos de nuestra intención- sino dejar constancia de que pueden existir suficientes razones para que se contabilice. Vamos a exponer, en primer lugar, los argumentos que vamos a manejar, para, posteriormente, intentar presentar nuestras conclusiones. Destacamos las siguientes consideraciones: 4 Respecto a este tema se puede consultar, por ejemplo, Devesa y Devesa (2006). 4

6 a) En primer lugar, no cabe duda de que los organismos de la Seguridad Social en España son considerados, como afirman Torres y Pina (1999), desde el punto de vista contable, como asimilados a las administraciones públicas, ya que son los que conceden las prestaciones sociales y son financiados mediante cotizaciones obligatorias. La adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las administraciones de la Seguridad Social se llevó a cabo mediante dos resoluciones: Una para las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social 5. Otra para las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social 6. b) También queda fuera de toda duda que la consecución de la imagen fiel está por encima de los propios principios contables. Así, según el Plan General de Contabilidad Pública, IGAE (1), la aplicación de los principios contables deberá conducir a que las cuentas anuales formuladas con claridad, expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de la ejecución del Presupuesto y de los resultados de la entidad. En aquellos casos excepcionales en los que la aplicación de un principio contable sea incompatible con la imagen fiel que deben mostrar las cuentas anuales, se considerará improcedente dicha aplicación 7. c) El principio de devengo establece que La imputación temporal de gastos e ingresos debe hacerse en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, y no en el momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de aquéllos. d) También cabría preguntarse si el funcionamiento presupuestario de gran parte de las Administraciones Públicas podría servir de excusa para la no contabilización de la deuda; sin embargo, en el Documento 3 de los Principios Contables Públicos, IGAE (2), que hace referencia a las obligaciones y gastos, se afirma que el análisis económico-patrimonial es siempre más amplio que el estrictamente presupuestario ya que no todo el fenómeno económico-financiero de una administración pública o ente gubernamental 5 Aprobado por Resolución de 16 de octubre de 1997, de la Intervención General de la Administración del Estado (Boletín Oficial del Estado de 30 de octubre de 1997). 6 Aprobado por Resolución de 22 de diciembre de 1998, de la Intervención General de la Administración del Estado (Boletín Oficial del Estado de 9 de enero de 1998). 7 También en el primer borrador (febrero de 2007) del nuevo Plan de Contabilidad (para empresas), ICAC, se continúa dando relevancia especial a la imagen fiel cuando se afirma: Las cuentas anuales deben redactarse con claridad, de forma que la información suministrada sea comprensible y útil para los usuarios al tomar sus decisiones económicas, debiendo mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales. 5

7 tiene encaje en el campo presupuestario. Para continuar afirmando: Es evidente que si la contabilidad en general, y por lo tanto la denominada «pública», se concibe como un sistema de elaboración y comunicación de la información y que los estados mediante los que se comunica dicha información, han de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados, el análisis estrictamente presupuestario es, a todas luces insuficiente, no dando cumplimiento al objetivo de la «imagen fiel». e) Según los Principios Contables Públicos, IGAE (2), obligación es una deuda actual, cierta o estimada, que supone un pasivo para la parte deudora, proveniente de transacciones, acuerdos o acontecimientos de naturaleza presupuestaria o no presupuestaria acaecidos en un tiempo pasado, en virtud de la cual la entidad se ha comprometido a realizar, al vencimiento de la misma, una prestación evaluada económicamente. f) También parece claro que aunque pueda existir un trato diferente hacia las empresas que hacia la administración pública, esto debería corregirse. Así, según IGAE (2), la noción de imagen fiel, es un concepto que se ha consagrado hasta sus últimas consecuencias, de tal forma que en el ámbito empresarial queda incluso por encima de disposiciones legales o exigencias jurídicas en materia de contabilidad. No se puede actualmente afirmar lo mismo en el ámbito de la contabilidad pública, a cuyos sujetos contables obligan determinadas disposiciones por encima de cualquier concepto, no obstante, sería deseable que en aquellos casos excepcionales en que una disposición en materia de contabilidad fuera incompatible con la imagen fiel que deben mostrar las cuentas anuales, tal norma fuera modificada para cumplir el objetivo de imagen fiel indicado. g) Entre las características de la información contable pública, que se recoge en los Principios Contables Públicos, figura que La información contable, como instrumento para la toma de decisiones de los diversos colectivos interesados en la actividad económico-financiera del sector público, debe responder a las necesidades de cada uno de estos grupos de interesados de forma que se cubran los enunciados fines de gestión, control y análisis y divulgación. Cabe destacar que entre los fines de Análisis y divulgación de la Contabilidad Pública figura el de Suministrar información útil para otros destinatarios: asociaciones e instituciones, empresas, ciudadanos en general, etc.. 6

8 h) Aunque las entidades aseguradoras -para las que existe un plan de contabilidad propio 8 - se rigen por principios contables muy parecidos a los mencionados para la Seguridad Social, están obligadas a tener que dotar una serie de provisiones 9, denominadas técnicas 10, que recogen las obligaciones derivadas de los contratos de seguros firmados entre las entidades aseguradoras y los tomadores de las pólizas que deben ser atendidas en su momento. Estas provisiones técnicas serían similares a las que tendrían que calcularse por parte de la Seguridad Social. Además de las razones expuestas en el epígrafe 2, las consideraciones anteriores permiten afirmar que existen unas razones contables que deberían obligar a la contabilización de la deuda implícita, y que se podrían resumir en las siguientes: a) La aplicación del principio de devengo, de tal forma que se tuvieran en cuenta las obligaciones contraídas por la Seguridad Social, no sólo con los pensionistas actuales -puesto que han adquirido ya los derechos- sino también con los cotizantes actuales, ya que tienen expectativas de derechos, que empiezan a adquirir desde el momento en que empiezan a cotizar. En este punto, conviene destacar que tal vez exista cierta confusión entre el sistema de financiación utilizado por la Seguridad Social (reparto) y el momento del nacimiento de las obligaciones que tendría que asumir la Seguridad Social. b) Como un derecho a la información de los diversos colectivos interesados, de entre los que destacan los cotizantes y pensionistas que forman parte del sistema de Seguridad Social y deberían saber cuál es su situación real. c) Además de todo lo anterior, la aplicación efectiva de la imagen fiel obligaría a que tuviera que tenerse en cuenta las mismas reglas contables que las que se exigen a las entidades aseguradoras, entre las que destacamos la del cálculo de sus compromisos futuros, es decir de las reservas o provisiones técnicas, y que, respecto a la Seguridad Social, sería el equivalente a lo que hemos denominado deuda implícita. 8 Real Decreto 2014/1997, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Contabilidad de las Entidades Aseguradoras y Normas para la formulación de las cuentas de los grupos de entidades aseguradoras (Boletín Oficial del Estado de 30 de diciembre de 1997). 9 Según Linares (1998), el Grupo 3 -provisiones técnicas- es el grupo específico del negocio asegurador. Se entiende que este grupo, por su sola existencia, justifica la necesidad de que el sector asegurador tenga un plan de contabilidad propio. 10 Coincide con el concepto financiero-actuarial de reserva matemática, anteriormente comentado. 7

9 4.- MODELO DE VALORACIÓN DE LA DEUDA IMPLÍCITA. Después de haber visto las razones contables que deberían desembocar en la contabilización de la deuda implícita, vamos a intentar mediante un procedimiento financiero-actuarial dar una justificación macroeconómica de por qué podría no haberse llevado a cabo su cuantificación. Para ello empezaremos comentando brevemente el método empleado para la determinación de la deuda implícita 11, así como los tipos de prestaciones y regímenes para los que se ha calculado. En el epígrafe 5 se presentarán los resultados correspondientes. Esquema 1. Aportaciones y Pensiones de un Sistema de Seguridad Social. Pensiones Causadas en t : P0 Aportaciones Pasadas de los Activos Actuales: A1 Pensiones Devengadas hasta t por los Activos Actuales: P1 x e t ω Fuente: Elaboración propia. La valoración de la deuda implícita no es un problema sencillo. El método prospectivo 12 es el que se establece normativamente para las operaciones de seguro privado 13 y, por tanto, por analogía es el que se debería aplicar al caso que estamos 11 Para un análisis detallado de las fórmulas aplicadas y del proceso de cálculo puede verse Devesa y Devesa (2005a), (2005b) y (2006). 12 Este método es uno de los dos que se emplea habitualmente en las operaciones financiero-actuariales, denominándose de esta forma porque se utiliza para su cálculo la información que ofrecen los capitales futuros. 13 Así, en el artículo 32 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre (BOE de 25 de noviembre de 1998), por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados; se 8

10 estudiando. Además, desde el punto de vista estrictamente contable parece ser el más indicado, puesto que recogerá el valor actual de los compromisos futuros que se han devengado hasta la fecha en el sistema de la Seguridad Social. El cálculo de la deuda implícita se obtendrá como la suma: De los compromisos con los pasivos y beneficiarios actuales 14 (designado como P0 en el Esquema 1), De los compromisos con los activos actuales (según el Esquema 1 será: P1), ya que desde el mismo momento que empiezan a cotizar están adquiriendo unos derechos. Sin embargo, el cálculo de este último valor presenta muchísimas complicaciones operativas 15, por lo que se ha optado por aproximarlo 16 por el valor de las cotizaciones pasadas de los activos actuales (A1 en el Esquema 1) Deuda teórica con los pasivos y beneficiarios actuales. Consiste en determinar el valor actual actuarial de las pensiones de los pasivos y beneficiarios que hay en el momento actual. Según el Esquema 1, consistirá en determinar P0. La deuda con los pasivos y beneficiarios actuales se obtendrá a partir de la siguiente ecuación: DT p = P0 = ( P NP α (12) a ) x x x x [1.] DT p : Deuda implícita teórica de la Seguridad Social con los pasivos y beneficiarios actuales. establece: la provisión matemática, que en ningún caso podrá ser negativa, se calculará como la diferencia entre el valor actual actuarial de las obligaciones futuras del asegurador y las del tomador o, en su caso, asegurado.... El cálculo se realizará póliza a póliza, por un sistema de capitalización individual y aplicando un método prospectivo, salvo que no fuera posible por las características del contrato considerado o se demuestre que las provisiones obtenidas sobre la base de un método retrospectivo no son inferiores a las que resultarían de la utilización de un método prospectivo. 14 Se ha incluido a los beneficiarios para dar cabida, además de a los pensionistas de jubilación, a todos los que actualmente están recibiendo una pensión de otro tipo: incapacidad, viudedad y orfandad y favor familiar. 15 Para su determinación habría que disponer de información mucho más desagregada que la que ofrece la Seguridad Social. 16 Si el sistema estuviera actuarialmente equilibrado el valor de A1 coincidiría con el de P1, ya que se espera que el sistema ofrezca prestaciones actuarialmente equivalentes a los capitales que entregan los cotizantes. 9

11 P x : Cuantía de la pensión anual que en el momento t reciben los pasivos y beneficiarios de edad x. NP x : Número de pensionistas y beneficiarios que en el momento t tienen edad x. α: Índice de revalorización de las pensiones en términos reales. α (12) a x : Valor actual actuarial de una renta anual, fraccionaria en meses, unitaria, pospagable, variable en progresión geométrica de razón (1+α), valorada a un tipo de interés real i, pagadera a un individuo de edad x. Puede ser vitalicia o temporal según el tipo de prestación Deuda teórica con los activos actuales. En este caso, tendremos que determinar el valor actual de las cotizaciones realizadas hasta la fecha por los activos actuales. Coincidirá con el valor que hemos denominado A1 en el Esquema 1. La deuda teórica viene dada por: DT xa x e 1 xa 2 h xe k k k k k k k k a = A1 = 0,5 c wx na x (1+ i) + c w h na h (1+ i) e e k= 0 h= x e k= 0 [2.] donde: DT a : Deuda implícita teórica de la Seguridad Social con los activos actuales. x e : Edad de entrada en el sistema. x a : Edad de abandono del mercado laboral. c k : Tipo de cotización que se aplicó hace k años. w k h : Salario anual que hace k años recibieron los individuos que tenían en ese momento edad h. na k h : Número de afiliados que hace k años tenían en ese momento edad h. i: Tipo de interés real utilizado para la capitalización. Hay que tener en cuenta que los activos para cualquier edad h habrán permanecido, durante su primer periodo, por término medio, la mitad de un año; de ahí que aparezca el coeficiente 0,5 en la fórmula [2.] Deuda implícita teórica total. La deuda bruta en el momento t se obtendrá, en el caso de que el sistema esté 10

12 actuarialmente equilibrado, a partir de las ecuaciones [1.] y [2.]. DT = DT + DT [3.] B t p a En el caso de que el sistema tuviera acumulado un Fondo de Reserva, la deuda implícita, teórica, total, neta en el momento t sería: DT N t = DT - F = DT + DT F [4.] B t t p a t DT N t: Deuda implícita, teórica, neta, total en el momento t. DT B t: Deuda implícita, teórica, bruta, total en el momento t. F t : Fondo de Reserva en el momento t. 5.- EL VALOR DE LA DEUDA IMPLÍCITA DE LA SEGURIDAD SOCIAL ESPAÑOLA. Como el objetivo es valorar la deuda implícita de todo el sistema de Seguridad Social, se va a proceder a determinarlo para las cuatro contingencias comunes más importantes que forman parte de la acción protectora de la Seguridad Social: jubilación, incapacidad, viudedad y orfandad y favor familiar. Además, se ha efectuado el cálculo tanto para los regímenes de funcionarios (denominado genéricamente Clases Pasivas), como para el resto de regímenes que componen la Seguridad Social: General, Autónomos, Agrario (al poder disponer de datos se ha calculado por separado para el de cuenta propia y el de cuenta ajena), Empleados de Hogar, Trabajadores del Mar y Minería del Carbón 17. También se ha creído conveniente ver la evolución de la deuda a lo largo del tiempo, por lo que se van a presentar los resultados obtenidos para los tres últimos años de los que se tiene toda la información necesaria: 2002, 2003 y En Devesa y Devesa (2006) se puede ver el desarrollo ampliado del método de cálculo para las cuatro contingencias, en el caso del Régimen General. En el resto de regímenes se ha seguido el mismo método. 11

13 Los resultados se han obtenido teniendo en cuenta una serie de hipótesis, de entre las que destacamos las siguientes 18 : a) El tipo de interés utilizado para la valoración ha sido del 3% real. b) El crecimiento de las pensiones ha sido del 2%. c) La inflación esperada ha sido del 2%. d) La variación de los salarios ha sido del 3%. e) Tablas de mortalidad-supervivencia: INE En el Cuadro 1 se muestran los datos de la deuda implícita bruta con los pasivos y beneficiarios actuales para cada uno de los regímenes y para el total de contingencias. Para el año 2004 tendría que tener dotado el sistema más de millones de euros para poder hacer frente a la deuda con los pasivos actuales, lo que representa un 85% del PIB de ese año. Como se puede ver, el Régimen General es el que presenta la mayor cuantía, debido a que es el que mayor número de pensionistas tiene. También se aprecia que el crecimiento de la deuda tanto en términos absolutos como relativos es creciente a lo largo de los tres años de estudio. En concreto, el crecimiento en términos relativos reales (descontando el crecimiento de la inflación) ha sido de casi un 4% entre 2002 y 2003 y de algo más de un 3% entre 2003 y En el Cuadro 2 se muestran los datos de la deuda implícita bruta con los activos actuales para cada uno de los regímenes y para el total de contingencias. Para el año 2004 tendría que tener dotado el sistema más de 1 billón de euros para poder hacer frente a la deuda con los activos actuales, lo que representa un 123,53% del PIB de ese año. Al igual que antes, el Régimen General es el que presenta la mayor cuantía, debido a que es el que mayor número de activos tiene. Se produce un crecimiento de la deuda tanto en términos absolutos como relativos a lo largo de los tres años de estudio. En concreto, el crecimiento en términos relativos reales ha sido de casi un 8% entre 2002 y 2003 y de más de un 7% entre 2003 y En el Cuadro 3 se muestran los datos de la deuda implícita neta total para cada uno de los regímenes y para el total de contingencias. Estos valores se han obtenido al sumar los de los cuadros anteriores y restar el valor del Fondo de Reserva de la Seguridad Social para cada año. Destaca que para el año 2004 el importe total que tendría que tener dotado el sistema es de 1,73 billones de euros para poder hacer 18 Todas las variables que se han utilizado están entre los valores habitualmente empleados para la cuantificación de las pensiones, así como en la estimación de los escenarios macroeconómicos. Véase, por ejemplo, Alonso y Herce (2003); Abío et al. (1999); o Gil y Patxot (2002). 12

14 frente a la deuda tanto con los pasivos y beneficiarios como con los activos actuales, lo que representa un 206,23% del PIB de ese año. Igual que en el Cuadro 2, se produce un crecimiento de la deuda tanto en términos absolutos como relativos a lo largo de los tres años de estudio. En concreto, el crecimiento en términos relativos reales ha sido de casi un 6% entre 2002 y 2003 y de más de un 5% entre 2003 y El Cuadro 4 ofrece información complementaria, ya que muestra el peso o la contribución de cada una de las contingencias respecto a la deuda total para cada uno de los años de estudio, así como su distribución entre varones y mujeres. Los valores porcentuales de las columnas Total recogen el peso de cada una de las contingencias respecto de la deuda total, mientras que los correspondientes a las columnas varones y mujeres nos muestran cuál el peso de cada sexo sobre su correspondiente contingencia. Así, por ejemplo, alrededor del 67% de la deuda implícita total proviene de la contingencia de jubilación, cerca de un 20% corresponde a la de viudedad, un 10% procede de incapacidad, mientras que orfandad y favor familiar representa sólo un 2,5%. Estos resultados son bastante similares para los tres años de estudio. A los varones les corresponde un 65% de la deuda total. Sin embargo, esta distribución es muy diferente por contingencias, siendo de alrededor de un 70% para los varones en el caso de jubilación e incapacidad, mientras que en el caso de viudedad la contribución de las mujeres es superior, suponiendo más de un 57% del total. Este último dato se debe a que en los cálculos se ha considerado que el que realiza las aportaciones es de sexo distinto al que las recibe, lo cual se traduce en un número muy elevado de pensiones de viudedad, cuyos beneficiarios son mujeres. 6.- RESUMEN Y CONCLUSIONES Respecto a las razones por las que sí se debería contabilizar y calcular la deuda implícita desde un punto de vista contable y a través de los instrumentos financieroactuariales podríamos resumirlas en lo siguiente: Por un lado, los argumentos contables que hemos esgrimido, de entre los que sobresalen las referencias que se han hecho sobre la imagen fiel, así como sobre el principio de devengo y sobre el derecho de información, debería hacer que se replanteara el tratamiento contable de la deuda implícita, aún en el entendimiento de que no se cuestiona que actualmente se incumpla la legalidad. 13

15 Por otro lado, los elevados importes que se han obtenido en el presente trabajo para la deuda implícita deberían obligar a su publicación por parte de la autoridad competente, para dotar de mayor transparencia y permitir ajustes en el sistema, de tal forma que a partir del cálculo de la deuda implícita se pudiera determinar la viabilidad del sistema de pensiones de la Seguridad Social. Así, por ejemplo, si esta deuda no siguiera creciendo y se amortizara mediante el método francés (términos amortizativos constantes), a un tipo de interés del 3% y a un plazo de 50 años, la cuantía anual que habría que destinar supondría más de millones de euros, lo que se traduciría en más de un 8% del PIB de 2004, lo cual significaría incumplir los acuerdos de convergencia sobre déficit público y, posiblemente, sobre deuda pública en pocos años. Pero incluso, aunque los párrafos anteriores fueran rebatidos, seguimos pensando que estos valores deberían ser conocidos por los participantes en el sistema y por las autoridades competentes para que se pudieran tomar las medidas oportunas. 7.- BIBLIOGRAFÍA Abío, G., H. Bonin, J. Gil y C. Patxot (1999): El impacto intergeneracional de la Reforma de las Pensiones en España: Un enfoque de Contabilidad generacional. Cuadernos Económicos ICE, nº 65, pp Alonso, J. y J. A. Herce (2003): Balance del sistema de pensiones y boom migratorio en España. Proyecciones del modelo MODPENS de FEDEA a FEDEA, DT Barea, J. y J. M. González-Páramo (1996): Pensiones y prestaciones por desempleo. Fundación BBV Documenta. Bilbao. Devesa, J. E. y M. Devesa (2005a): Una medida del desequilibrio financiero-actuarial del Sistema de Pensiones a partir de la deuda implícita de la Seguridad Social, VIII Encuentro de Economía Aplicada. Murcia, junio de Devesa, J. E. y M. Devesa (2005b): La Deuda Implícita del Sistema de Pensiones de Jubilación de la Seguridad Social, Selected Papers from the XV Spanish- Portuguese Meeting of Scientific Management, Vol.: Finance Management Challenges, págs Devesa, J. E. y M. Devesa (2006): La participación de las distintas contingencias en la deuda implícita y en el desequilibrio financiero-actuarial del RGSS en España, XX Reunión Anual ASEPELT-ESPAÑA. La Laguna, junio de

16 Devesa, J. E. y C. Vidal (2004): Cuentas nocionales de aportación definida (NDC s) Cuál hubiera sido el efecto de su implantación en el sistema de pensiones español. Moneda y Crédito, nº 219, pp Feldstein, M. (1974): Social Security, Induced Retirement and Aggregate Capital Accumulation. Journal of Political Economy, 82, nº 5, pp Gil, J. y C. Patxot (2002): Reformas de la financiación del sistema de pensiones. Revista de Economía Aplicada, nº 28, Vol. X, pp Holzmann, R., R. Palacios y A. Zviniene (2004): Implicit Pension Debt: Measurement and Scope in International Perspective. Social Protection Discussion Paper Series, nº 403. The World Bank, Washington D.C. Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, ICAC : Plan General de Contabilidad. 1º Borrador, febrero de Ministerio de Economía y Hacienda. Disponible en: Intervención General de la Administración del Estado IGAE (1): Plan General de Contabilidad Pública. Ministerio de Economía y Hacienda. Disponible en: Intervención General de la Administración del Estado IGAE (2): Principios Contables Públicos. Ministerio de Economía y Hacienda. Disponible en: Linares, A. (1998): Contabilidad de Entidades Aseguradoras, Madrid. Mapfre. Mateo, R. (1997): Rediseño General del Sistema de Pensiones Español. Navarra. EUNSA. Vidal, C., I. Domínguez y J. E. Devesa (2006): Subjective Economic Risk to Beneficiaries in Notional Defined Contribution Accounts (NDC s). Journal of Risk and Insurance, Volumen 73, Issue 3. 15

17 CUADRO 1 Deuda Implícita Bruta con los Pasivos Actuales TIPO Valor Valor Valor absoluta relativa real relativa absoluta relativa real relativa Régimen General ,35% 4,63% ,37% 4,04% Autónomos ,75% 5,02% ,33% 4,00% Agrario C. Propia ,62% -1,93% -99-0,27% -3,36% Agrario C. Ajena ,28% 0,66% 749 2,16% -1,00% Empleados Hogar ,90% -1,66% -32-0,32% -3,41% Trabajadores del Mar ,45% 2,78% 561 4,47% 1,24% Minería del Carbón ,68% 2,02% 437 3,90% 0,68% Funcionarios del Estado ,73% 5,00% ,21% 3,88% TOTAL (Millones euros) ,63% 3,92% ,43% 3,13% TOTAL (% s/pib) 86,03% 85,67% 85,00% Fuente: Elaboración propia 16

18 CUADRO 2 Deuda Implícita Bruta con los Activos Actuales TIPO Valor Valor Valor absoluta relativa real relativa absoluta relativa real relativa Régimen General ,31% 8,49% ,28% 8,80% Autónomos ,90% 8,09% ,78% 2,50% Agrario C. Propia ,74% 0,14% ,54% 4,21% Agrario C. Ajena ,83% 2,17% ,57% 6,17% Empleados Hogar ,20% 12,28% 493 7,75% 4,41% Trabajadores del Mar ,33% -0,27% ,69% 8,22% Minería del Carbón ,39% -0,21% 209 6,77% 3,46% Funcionarios del Estado ,42% 4,70% ,65% 4,31% TOTAL (Millones euros) ,47% 7,67% ,75% 7,31% TOTAL (% s/pib) 115,98% 119,66% 123,53% Fuente: Elaboración propia 17

19 CUADRO 3 Deuda Implícita Neta Total TIPO Valor Valor Valor absoluta relativa real relativa absoluta relativa real relativa Régimen General ,30% 6,53% ,90% 6,49% Autónomos ,31% 6,54% ,61% 2,33% Agrario C. Propia ,84% -1,71% 950 1,76% -1,39% Agrario C. Ajena ,31% 0,69% ,58% 0,37% Empleados Hogar ,65% 2,98% 390 2,42% -0,75% Trabajadores del Mar ,38% 1,74% ,41% 3,11% Minería del Carbón ,14% 1,51% 642 4,50% 1,26% Funcionarios del Estado ,54% 4,81% ,49% 4,15% TOTAL (Millones euros) ,47% 5,72% ,55% 5,19% TOTAL (% s/pib) 201,16% 203,79% 206,23% Fuente: Elaboración propia 18

20 CUADRO 4 Contribución de las contingencias a la Deuda Implícita Neta Total TIPO Total Varones Mujeres Total Varones Mujeres Total Varones Mujeres Jubilación Incapacidad Viudedad ,84% 71,69% 28,31% 67,49% 71,19% 28,81% 66,77% 70,68% 29,32% ,96% 70,96% 29,04% 10,12% 70,21% 29,79% 10,28% 69,50% 30,50% ,70% 42,20% 57,80% 19,94% 42,50% 57,50% 20,55% 42,88% 57,12% Orfandad y Favor Familiar ,50% 53,64% 46,36% 2,45% 53,75% 46,25% 2,40% 53,87% 46,13% Total ,00% 65,36% 34,64% 100,00% 64,94% 35,06% 100,00% 64,45% 35,55% Fuente: Elaboración propia 19

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