ACUERDO ( fecha de ) Por medio del cual se adopta el Plan Básico de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Palestina, Departamento de Caldas

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1 ACUERDO ( fecha de ) Por medio del cual se adopta el Plan Básico de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Palestina, Departamento de Caldas EL CONCEJO MUNICIPAL DE PALESTINA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7 o y 9 o del artículo 313 de la Constitución Política de Colombia y de conformidad con lo establecido en los arts. 24 y ss de la ley 388 de 1997, normas que la modifican y demás decretos reglamentarios. CONSIDERANDO 1. Que la Constitución Nacional de 1991 creó los instrumentos y mecanismos para que los municipios busquen su desarrollo económico, social y territorial dentro de las directrices del Plan de Desarrollo y del Plan de Ordenamiento Territorial del municipio. 2. Que es una necesidad para el municipio organizar en forma planificada su desarrollo físico territorial y la utilización de sus tierras, a fin de hacer determinar las bases para su desarrollo económico y social. 3. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 313, nums. 7 y 9 de la Constitución Política de Colombia, al Concejo Municipal le corresponde reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda, así como dictar las normas necesarias para el control, preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio. 4. Que el Plan Básico de Ordenamiento Territorial vigente hasta la fecha fue adoptado en el año 1999 bajo el número 160, que dicho PBOT fue objeto de modificación en los años 2002, 2009 y 2013, mediante Acuerdos 0220, 021 y 128, respectivamente. 5. Que el PBOT de Palestina, según lo establecido en la normatividad vigente que reglamenta la vigencia de los POT, venció el día 16 de octubre de Que el acuerdo 220 de 2002 se encuentra en entredicho por cuanto no cumplió con los términos y las etapas contenidas en la Ley 388 para aprobar las modificaciones al PBOT. 7. Que la ley 1551 de 2012, señala que los planes de ordenamiento territorial serán presentados ante el Concejo Municipal para su revisión, cada doce años. Así las cosas, el tipo de revisión y ajuste que se configura para el Municipio de Palestina es

2 la revisión y ajuste estructural ordinario, toda vez que los diferentes componentes del POT, se encuentran vencidos. 8. Que la Ley 1523 de 2012, artículos 39 y 40 ordena la incorporación en el ordenamiento territorial de consideraciones sobre desarrollo seguro y sostenible y por ende, de los programas y proyectos prioritarios para estos fines. Dicha incorporación debió hacerse en abril de 2013 y hasta el momento no se ha realizado. 9. Que si bien el Acuerdo 160 de 1999 consagra en su articulado la construcción del Aeropuerto en el territorio municipal no desarrolla aspectos de vital importancia para su implantación en el municipio. 10. Que Corpocaldas en calidad de autoridad ambiental ha emitido en los últimos años determinantes ambientales, en desarrollo de lo establecido en el artículo 10 de la ley 388 de 1997, para ser tenidas en cuenta en los procesos de ordenamiento territorial por parte de los municipios de su jurisdicción, éstas son: Resolución 471 de 2009, del 30 de diciembre Por la cual se define la estructura ecológica principal del territorio de jurisdicción de Corpocaldas, Resolución 537 de 2010, del 23 de septiembre, mediante la cual se establecen las determinantes ambientales para la formulación de los panes de ordenamiento territorial de los municipios en jurisdicción de Corpocaldas y Resolución 077 de 2011, del 2 de marzo Por la cual se fijan los lineamientos para demarcar la faja forestal protectora de los nacimientos y corrientes de agua localizados en suelos rural de la jurisdicción de Corpocaldas y Resolución 561 de 2012, 30 de octubre Por la cual se fijan los lineamientos para demarcar la faja de protección de los cauces naturales de las corrientes urbanas y las reglas para su intervención 11. Que el numeral 2 del artículo 10 de la ley 388 de 1997 establece como determinantes y normas de superior jerarquía para adelantar el proceso de ordenamiento del territorio municipal: Las políticas, directrices y regulaciones sobre conservación, preservación y uso de las áreas e inmuebles consideradas como patrimonio cultural de la Nación y de los departamentos, incluyendo el histórico, artístico y arquitectónico, de conformidad con la legislación correspondiente. 12. Que el Paisaje Cultural Cafetero fue incluido en la lista de Patrimonio de la Humanidad el 25 de junio de 2011, mediante la Decisión 35 COM 8B.43, emitida durante la sesión 35 del Comité de Patrimonio Mundial y fue reconocido como patrimonio cultural de la Nación mediante Resolución 2079 de 2011 modificada por la Resolución 2963 de 2012, siendo Palestina uno de los municipios que se encuentra incluido dentro de esta declaratoria. 13. Que el 13 de febrero de 2014 fue expedido el CONPES 3803 por el Departamento Nacional de Planeación en el que se consagra la Política para la preservación del Paisaje Cultural Cafetero. 14. Que en desarrollo de lo establecido en los artículos 4, 22 a 25 de la Ley 388 de 1997 y demás normas complementarias, se puso a disposición de toda la comunidad de Palestina, gremios, asociaciones y juntas de acción comunales, entre otras, el salón de ciudadanía en el que tuvieron oportunidad de transmitir y poner a consideración sus propuestas sobre los componentes del plan de ordenamiento territorial.

3 15. Que se realizaron los siguientes encuentros con la comunidad y las instituciones del orden municipal y regional: TEMA: Ordenamiento territorial y construcción de Diagnóstico: Grupo de jóvenes, martes 6 de mayo - 9:00 a.m., IE La Sagrada Familia. TEMA: Conversatorio para actualización del Diagnóstico, Sala de la Ciudadanía el jueves 8 de mayo - 10:00 a.m. Tema: Estructura Ecológica principal, martes 3 de junio - 10:00 a.m., Salón de la Ciudadanía. TEMA: Actualización y Validación del Diagnóstico: Corregimiento de Arauca: Viernes 6 de Junio de :00 p.m.; en la Casa de La Cultura; Vereda La Plata: Viernes 6 de Junio de :00 p.m.., en La I.E. José María Carbonell; Cabecera Municipal y Sector Cartagena: Sábado 7 de Junio de :00 a.m., en Salón de la Ciudadanía; Vereda Santágueda: Sábado 7 de Junio de :00 p.m.; en el Centro Recreacional La Rochela. TEMA: Formulación del Plan y Aportes, Componentes General, Urbano y Rural: Cabecera Municipal y Sector Cartagena: Viernes 27 de Junio de :00 a.m., en Salón de la Ciudadanía; Corregimiento de Arauca: Viernes 27 de Junio de :00 p.m., Casa de La Cultura; Vereda La Plata: Viernes 27 de Junio de :00 p.m., en La I.E. José María Carbonell; Vereda Santágueda: Sábado 28 de Junio de :00 p.m., en Centro Recreacional La Rochela; y miércoles 2 de julio 6:00 p.m., en Universidad Católica de Manizales Que el día se suscribió el acta de concertación con Corpocaldas en cumplimiento de la Ley 507 de Que una vez revisado por Corpocaldas el plan fue presentado al Consejo Territorial del Planeación, quienes formularon sus recomendaciones las cuales fueron tenidas en cuenta según consta en 18. Que el día fue presentado el Plan de manera formal ante el Consejo Municipal para su revisión. 19. Que el Concejo Municipal convocó y celebró el Cabildo Abierto de que trata el artículo 2 de la Ley 507 de 1999, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 de la Ley 134 de 1994 el día. ACUERDA ASPECTOS GENERALES ARTÍCULO 1. Definición de ordenamiento territorial El ordenamiento del territorio municipal comprende un conjunto de acciones políticoadministrativas y de planificación física concertadas, emprendidas por los municipios, en ejercicio de la función pública que les compete, dentro de los límites fijados por la Constitución y las leyes, en orden a disponer de instrumentos eficientes para orientar el desarrollo del territorio bajo su jurisdicción y regular la utilización, transformación y ocupación del espacio, de acuerdo con las estrategias de desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales.

4 ARTÍCULO 2. Principios. Se aplican los principios contenidos en la Ley 388 de 1997, artículos 2 y 38, que son: 1. La función social de la propiedad. 2. La función ecológica de la propiedad. 3. La prevalencia del interés general sobre el particular. 4. La distribución equitativa de cargas y beneficios. 5. La igualdad de los ciudadanos ante las normas. De manera adicional a los principios de la Ley 388 de 1997, dentro de la inversión social en el territorio se dará apoyo preferencial a las personas que se encuentran en las más difíciles circunstancias y vulnerabilidad, sin desmedro de las normas consagradas en la constitución y las leyes de la república. ARTÍCULO 3. Objeto del presente acuerdo. Por medio del presente acuerdo se adopta el Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de Palestina, consignado en los siguientes artículos y del cual hacen parte integral en toda su extensión los documentos que se listan a continuación, y que corresponden básicamente a los Documentos Técnicos de Soporte (diagnóstico y formulación, en sus componentes General, Urbano y Rural), el Documento Resumen, la cartografía impresa y digital, las Fichas Normativas y el presente Acuerdo. Así mismo, se adoptan las normas urbanísticas orientadas a ordenar la ocupación y utilización del suelo urbano y rural municipal. El Documento Técnico de Soporte contiene la propuesta de formulación con los soportes técnicos, los instrumentos y procesos que apoyan la implementación del plan y el programa de ejecución y gestión. El Documento Resumen contiene de manera sintética y pedagógica la memoria explicativa de los objetivos, políticas y estrategias del Plan, y los principales aspectos y temas sobre el ordenamiento del territorio municipal de Palestina. ARTÍCULO 4. Documentos del Plan de Ordenamiento Territorial Los documentos y planos que conforman el soporte técnico del Plan, con sus anexos, son los que se listan a continuación: Documento 1. Memoria técnica justificativa Documento 2. Memoria de Evaluación y Seguimiento al Plan de ordenamiento territorial, acuerdo 160 de Documento 3. Memoria del proceso de participación ciudadana. Documento 4. Actualización del diagnóstico territorial. Documento 5. Gestión del riesgo de desastres. Documento 6. Documento técnico de soporte. Documento 7. Proyecto de Acuerdo. Documento 8. Implicaciones del Macroproyecto Aeropuerto del Café

5 Documento 9. Revisión de los documentos del POT, Acuerdo 160 de Documento 10. Implicaciones del Ferrocarril del Pacífico Documento 11. Anexos del proyecto de acuerdo: fichas normativas y cartografía Documento 12. Documento resumen. El anexo de las fichas normativas contiene las siguientes fichas de norma: Fichas normativas Palestina urbano Fichas normativas Arauca urbano Ficha normativa Santágueda Ficha normativa suelo rural La cartografía del Plan de ordenamiento territorial es la que se presenta en el cuadro siguiente, y hace parte integral del presente Acuerdo. La cartografía del diagnóstico territorial no se incluye en este cuadro y se encuentra en los documentos de soporte listados en el presente artículo, principalmente en los documentos 4, 5, 6 y 11. Cuadro 1. Cartografía del POT Nombre Escala Plano general del municipio 1: Base cartográfica del municipio 1: Modelo territorial del municipio 1: Clasificación del suelo municipal 1: Suelos de protección del municipio 1: Ecosistemas del municipio 1: Coberturas vegetales del municipio 1: Estructura ecológica principal EEP del municipio 1: Cuencas hidrográficas y red hídrica del municipio 1: Red hídrica del municipio 1: Cuenca del rio Campo alegre Amenazas del municipio 1: Amenaza, vulnerabilidad y riesgo del municipio 1: Riesgos del municipio 1: Equipamientos municipales 1: Base cartográfica Palestina urbano 1:5000 Plano general Palestina urbano 1:5000 Modelo territorial Palestina urbano 1:5000 Perímetro Palestina urbano 1:5000 Ecosistemas urbanos Palestina urbano 1:5000 Estructura ecológica 1 Palestina urbano 1:5000 Estructura ecológica 2 Palestina urbano 1:5000 Tratamientos urbanísticos Palestina urbano 1:5000 Usos del suelo Palestina urbano 1:5000

6 Nombre Escala Estructura ecológica + tratamientos urbanos Palestina urbano 1:5000 Mapas de Amenazas naturales y riesgos Palestina urbano Riesgos por remoción en masa Palestina urbano Mitigación del riesgo Palestina urbano Riesgo Palestina urbano Base cartográfica urbana Amenazas Palestina urbano Amenazas por remoción en masa Palestina urbano Comercio Palestina urbano 1:5000 Equipamientos urbanos Palestina urbano 1:5000 Plano general Arauca Modelo territorial Arauca Perímetro urbano Arauca Estructura ecológica Arauca Tratamientos urbanísticos Arauca Tratamientos urbanos + estructura ecológica Arauca Usos del suelo Arauca Mapa de Amenazas y riesgos Arauca Plano general Santágueda 1: Modelo territorial Santágueda 1: Perímetro Santágueda 1: Estructura ecológica Santágueda 1: Tratamientos urbanísticos Santágueda 1: Estructura ecológica + tratamientos urbanos Santágueda 1: Usos del suelo Santágueda 1: Mapas de Amenazas naturales y riesgos Santágueda 1: Plano general La Plata Modelo territorial La Plata Perímetro La Plata Estructura ecológica La Plata Tratamientos urbanísticos La Plata Estructura ecológica + tratamientos urbanos La Plata Usos del suelo la Plata Mapas de amenazas y riesgos La Plata ARTÍCULO 5. Aplicación. La utilización del suelo y el desarrollo físico del municipio se regirán por las disposiciones previstas en el presente Plan Básico de Ordenamiento Territorial, el cual se aplica a todo el territorio del Municipio de Palestina, de conformidad con los límites establecidos en la Ordenanza Departamental que así lo determina. TÍTULO I

7 COMPONENTE GENERAL DEL PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ARTÍCULO 6. De conformidad con el artículo 13º del decreto 879 de 1998, el componente general del Plan Básico de Ordenamiento Territorial señalará los objetivos y estrategias territoriales de mediano y largo plazo que permitan localizar acciones necesarias para aprovechar las ventajas comparativas, mejorar la competitividad y desarrollar un modelo de ocupación que posibilite identificar, delimitar y definir la localización de los aspectos estructurantes del territorio municipal. ARTÍCULO 7. Son aspectos-elementos estructurantes del territorio los siguientes: 1. La clasificación del territorio en suelo urbano, de expansión urbana y rural. 2. El Sistema ambiental y de recursos naturales del municipio, constituido por las áreas de reserva para la conservación y protección del medio ambiente y los recursos naturales del municipio. 3. El Sistema de prevención de desastres y manejo integral del riesgo, constituido por las áreas expuestas a amenazas y riesgos. 4. Sistema de relaciones, intercomunicación, movilidad y transporte, constituido por los sistemas de comunicación entre el área urbana y rural y con la región. 5. El Sistema de equipamientos, que comprende las áreas para el desarrollo de actividades de la población, su infraestructura y los equipamientos. 6. El Sistema de asentamientos humanos. 7. El Patrimonio histórico, cultural y arquitectónico, constituido por las áreas de reserva para la conservación y protección del patrimonio histórico, cultural y arquitectónico del municipio. Los elementos y sistemas estructurantes aquí listados se desarrollan en los subcapítulos y capítulos subsiguientes. Parágrafo. Las decisiones sobre aspectos estructurales del componente general se traducen en normas urbanísticas estructurales. CAPÍTULO I MODELO DE OCUPACIÓN TERRITORIAL ARTÍCULO 8. Modelo de ocupación territorial. El modelo territorial de futuro para Palestina, para el largo plazo, se presenta en el plano denominado Modelo Territorial Municipal y se organiza a partir de los elementos estructurantes del territorio que se identifican y presentan a continuación: a) La estructura ecológica principal como primer elemento estructurante del Modelo territorial. Se establece una estructura ecológica principal para Palestina propuesta a partir de la identificación y reconocimiento del sistema natural municipal según los siguientes criterios fundamentales: la conectividad ecosistémica, la prestación de servicios ambientales, y la protección, conservación, preservación y/o manejo sostenible

8 de las áreas y/o ecosistemas que presentan un mayor potencial y una mayor fragilidad. La estructura ecológica principal se configura a partir de los elementos de valoración existentes en el municipio, como fragmentos de bosque, guaduales, áreas en sucesión ecológica, cuerpos-cursos y nacimientos de agua con sus rondas, principalmente, y las áreas identificadas como de amenaza y/o riesgo, y con estos se definen las principales líneas de intervención y de protección ambiental, para conformar el primer elemento estructurante del Modelo territorial. b) Desde el Modelo territorial se identifican y reconocen las áreas definidas como de amenaza o riesgo a la ocurrencia de desastres naturales o tecnológicos, y se inscriben como suelo protegido del municipio que no puede ser urbanizado y, en cambio, debe ser intervenido para su mitigación, cuando aplique, como medida de prevención. Para ello, la determinación de áreas del sistema natural y de la estructura ecológica, y su protección, también se constituye en estrategia de prevención para evitar o disminuir los riesgos de desastres y como medida de mitigación frente al cambio climático. c) La estructura de movilidad: este es el segundo elemento de la estructura territorial y está integrada por la infraestructura vial en sus diferentes modos y medios, tanto la actual como la propuesta. Esta estructura es la que permite la articulación espacial, funcional y relacional para la movilidad de personas, bienes y servicios; por lo tanto, debe facilitar la interconexión y las relaciones internas y hacia el exterior. Actualmente la red principal es objeto de intervenciones para mejoramiento y ampliación; en consecuencia, se propone la ubicación de áreas y redes para el uso peatonal, en bicicleta y otros modos, así como la dotación de mobiliario y la ubicación de miradores, bahías y zonas de descanso. También desde el Modelo se propone la intervención sobre la red menor para completar las vías que están interrumpidas (vías cerradas que terminan en puntos muertos), completar la red para generar circuitos de conectividad interna, ligados a los recorridos del paisaje Cultural cafetero, y regularizarla bajo especificaciones que garanticen la posibilidad de recorridos en diferentes modos y bajo condiciones de calidad y adecuación. d) Espacio público y puntos de interés. Los corredores de movilidad ubicados al inicio y final de las áreas urbanas y de los asentamientos con niveles de nucleamiento o prestadores de servicios tienen tratamiento especial desde la determinación de dimensiones, áreas, servicios y funciones, para que se constituyan en una extensión del espacio público urbano hacia las áreas rurales, con franjas para uso peatonal, de bicicleta y otros modos, tratamientos y texturas, mobiliario, miradores y áreas de estacionamiento sobre la vía, para permitir el uso y disfrute, aprovechar el paisaje natural y la biodiversidad (avistamiento de aves). De otro lado, las áreas inmediatas a la red principal tienen tratamiento especial para ordenar la dinámica de intensidad en los usos y frenar el fraccionamiento predial. e) Sistema de asentamientos. Desde el Modelo territorial se reconocen los elementos que integran el sistema de asentamientos humanos, otorgando un papel y especialidad a cada uno de los poblados principales según su oferta y potencial, y generando condiciones para su integración y conectividad mediante la estructura de movilidad y servicios. Para enfrentar el aislamiento que existe entre cada uno de los componentes del sistema de asentamientos, desde el Modelo se promueve la conectividad física, funcional y relacional para alcanzar la integración territorial. La propuesta se soporta en

9 las intervenciones sobre la estructura de movilidad y de espacio público presentadas en el punto anterior, en el reconocimiento e intervención sobre el potencial de los centros poblados, para su fortalecimiento y procurar las condiciones que permitan tener centros especializados, según su potencial, para que puedan brindar una oferta de calidad a los demás centros y población del municipio, y garantizar el intercambio interno de bienes y/o servicios. f) Paisaje Cultural cafetero. Delimitación del área que corresponde al paisaje cultural cafetero PCC y su zona de amortiguación, entre los 1100 m.s.n.m., y hasta los m.s.n.m. aproximadamente, y definir usos y aprovechamientos en función de tal característica. Se zonifica el área rural del municipio según el potencial (suelos, ecosistemas, topografía, paisaje, usos, valores, condición actual y potencial, etc.), fortaleciendo las áreas de conservación de los recursos naturales y para la conectividad ecológica, las áreas de mayor representatividad del paisaje cultural, las de alto valor agrológico y potencial para el usos agrícolas, y proponiendo circuitos de conectividad para el aprovechamiento recreativo, cultural y económico de la población urbana, rural y de los visitantes. g) Desde la zonificación rural se identifican las áreas según sea su potencial agrícola, pecuario, silvícola, pastoril, forestal. Es así como bordeando el área del paisaje cultural cafetero se encuentran zonas cubiertas de pastos y rastrojos, en su mayoría utilizadas en ganadería extensiva; estos bordes coinciden con las riberas de los ríos Chinchiná, Campoalegre y Cauca al norte, y se adiciona a este paisaje de aprovechamiento ganadero el sector de Santágueda y al norte de éste la zona conocida como Monte oscuro. h) El modelo territorial determina un Modelo para los poblados principales que integran el sistema de asentamientos, y que se presenta en el correspondiente componente. CAPÍTULO II OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE MEDIANO Y LARGO PLAZO DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ARTÍCULO 9. Objetivo general de ordenamiento territorial Dotar al municipio de Palestina de un instrumento eficaz para la orientación estratégica del desarrollo territorial desde el reconocimiento, manejo y aprovechamiento de su condición y potencial, y la regulación adecuada de la ocupación, utilización, y transformación del territorio, con calidad, eficacia y eficiencia, y bajo los principios de sostenibilidad social, económica y ambiental para el beneficio de su población y del municipio. ARTÍCULO 10. Objetivos específicos del ordenamiento territorial municipal. Los siguientes son los objetivos y estrategias de mediano y largo plazo para el ordenamiento territorial del municipio de Palestina.

10 1. Fortalecer la estructura físico-espacial del municipio a partir de ordenar, equilibrar y articular el territorio como soporte para el desarrollo de las actividades culturales, sociales, económicas e institucionales, en armonía con las vocaciones regionales y la compatibilidad de usos, bajo dinámicas de concentración y distribución funcional y vocacional. 2. Articular funcionalmente el territorio a partir de sus polos dinámicos, fortaleciendo los procesos de desconcentración a nivel territorial y estimulando procesos de distribución equilibrada de actividades y re-funcionalización de las cabeceras urbanas, de los poblados rurales y los corredores viales como base para una adecuada distribución territorial y funcionamiento espacial. 3. Articular el desarrollo territorial del municipio a las dinámicas regionales en la perspectiva de consolidar a Palestina como corredor logístico aeroportuario, de movilidad y prestador de servicios a escala regional, estableciendo alianzas que permitan consolidar la región para la movilización de la producción, la generación de valor agregado y el incremento de la productividad, orientados al mejoramiento de la calidad de vida de la población. Objetivo Subregional: Promover el encuentro y la concertación con los municipios vecinos y los que conforman la subregión Centro sur del departamento, y con las instancias correspondientes, en los siguientes temas comunes: Manejo coordinado de elementos y proyectos ambientales especialmente los que contribuyen a la conformación y articulación de la estructura ecológica principal, de la prestación de servicios ambientales y del saneamiento de las microcuencas. Para ello se parte de reconocer el modelo ambiental regional y los lineamientos que para su manejo determine la Corporación, a fin de lograr actuaciones integrales de cara a la sostenibilidad local y regional. Consolidación de un sistema jerarquizado de centros poblados reconociendo su valor y potencial como puntos nodales, articuladores del territorio y soporte para llegar a toda la población urbana y rural con las funciones y servicios requeridos. Mejora de las condiciones de la red vial y el sistema de movilidad, por ser los canales que permiten la conectividad, la intercomunicación y el movimiento de las personas y de su producción, especialmente en un municipio cuyas redes viales permiten el disfrute del paisaje como patrimonio cultural y recreativo, y buscando generar mayores encuentros en la subregión para brindar la apertura a las relaciones e intercambios y el acceso de la población a los beneficios del desarrollo Identificación y mantenimiento de los sistemas de abastecimiento de agua y saneamiento básico, bajo sistemas apropiados que garanticen la preservación de las fuentes, de los cuerpos de agua y de los suelos receptores, como objetivo básico de calidad de vida y sostenibilidad. Integrar estos temas de interés, sus objetivos y acciones derivadas, con el modelo territorial municipal, de modo que los avances y logros en cada uno refuercen la estructuración territorial del municipio en sus áreas urbanas y rurales. Para alcanzar estos objetivos se reconoce el papel regional del municipio con sus fortalezas y debilidades, apoyando la generación de acuerdos y asociatividad con otros municipios

11 para el manejo de temas e intereses comunes como son el saneamiento, los servicios públicos y la calidad ambiental, y rescatando su potencial para ofertarlo a una región más amplia, de modo que se propicie la apertura necesaria para la articulación territorial con el occidente y centro del departamento, principalmente, y aprovechando las ventajas comparativas de su oferta turística, paisajística y de la conectividad y economía que propiciarán el Aeropuerto del Café. Objetivo Ambiental: Promover un modelo territorial sostenible que parte del conocimiento sobre el potencial natural y el manejo adecuado de los recursos naturales y la biodiversidad. Desde el reconocimiento de la Estructura Ecológica Principal de la subregión y el municipio, su articulación con los sistemas regionales y la incorporación de sus elementos en la ordenación del territorio municipal y en la gestión integral del riesgo, se tiene el soporte básico para el desarrollo territorial, orientando las acciones a la sostenibilidad de sus ecosistemas de valor estratégico, de su biodiversidad, del Paisaje Cultural Cafetero y de sus capacidades espaciales y productivas. En desarrollo de este objetivo, el Plan de ordenamiento territorial identifica los elementos fundamentales del sistema natural del municipio y define la Estructura Ecológica Principal EEP, generando condiciones de conectividad ecológica para garantizar el desarrollo de los procesos ecológicos esenciales. Objetivo Rural: ordenar el suelo rural de modo que contribuya a la estructuración del territorio, al aprovechamiento del potencial natural, al fortalecimiento de la productividad rural sostenible y al mejoramiento de la calidad de vida de su población, cumpliendo funciones de integración tanto al interior del municipio como hacia el exterior del mismo en su relación con las poblaciones vecinas. En desarrollo de este objetivo es fundamental la integración y posicionamiento de los poblados rurales desde la identificación, reconocimiento y fortalecimiento de su potencial, para asignar papeles y funciones territoriales según especialidades, fortaleciendo la conectividad y la movilidad al completar la red de infraestructuras y servicios, controlando la intensidad y tipo del usos del suelo, preservando la riqueza ambiental y la biodiversidad, y desde el aprovechamiento sostenible de recursos, ambiente y paisaje. El plan de ordenamiento territorial promueve la consolidación de los centros poblados rurales de La Plata y Santágueda como centros de activación rural y prestadores de servicios de las zonas rurales dispersas, y reconoce la existencia de otros poblados rurales que apoyan la prestación de servicios básicos a la población rural de sus alrededores. Por su parte, las mejoras en la conectividad garantizan la interconexión de las áreas rurales con las urbanas de Palestina y Arauca. El reconocimiento y valoración del paisaje y la cultura, siendo parte del paisaje Cultural Cafetero de Colombia, son ingrediente fundamental de soporte a la ruralidad de Palestina para la articulación e integralidad en las actuaciones y el adecuado aprovechamiento del potencial natural y paisajístico.

12 Objetivo urbano: Consolidar las áreas urbanas del municipio de Palestina como centros prestadores de servicios y de soporte a las actividades urbanas y rurales, a la vez que aprovechar su localización, cualidades paisajísticas y la ejecución de los grandes proyectos regionales como el Aeropuerto del café, para impulsar aprovechamientos que sirvan de estímulo al desarrollo de nuevas actividades económico-productivas que contribuyan a reducir la migración poblacional, a disminuir la dependencia funcional y a mejorar las condiciones de vida de la población. La integración del Aeropuerto del Café a la estructura urbana forma parte del objetivo de consolidación para su articulación como espacio vital en la funcionalidad urbana y regional mediante el espacio público, los usos en las áreas contiguas y las actividades económicas que potencie. Complementariamente, el objetivo de consolidación urbanística se complementa con el de optimización en el uso y aprovechamiento del suelo urbano según el cual, en la orientación del crecimiento del área urbana del municipio primará siempre el criterio de optimización del territorio, razón por la cual antes que propiciar mayores extensiones de suelo urbano, ampliar perímetros o generar suelos para expansión, las acciones e intervenciones urbanas se orientan a consolidar los sectores ya urbanizados o los previamente declarados como urbanizables, de modo que se complete la estructura urbana para el mejor aprovechamiento del suelo al interior del perímetro urbano. ARTÍCULO 11. Estrategias territoriales de mediano y largo plazo. Son estrategias y acciones estratégicas para alcanzar los objetivos del plan de ordenamiento territorial, las siguientes: a. Consolidación de la estructura ecológica y su continuidad en el ámbito urbano y rural, mediante la articulación de los elementos de la estructura ecológica principal identificada para el municipio, con la estructura ecológica subregional definida por Corpocaldas para la subregión Centro sur del departamento y propiciando acciones para la conectividad y el aprovechamiento sostenible de sus recursos y servicios ambientales, vitalizándola desde el uso de y para la gente. b. Identificación y articulación de los bienes y servicios ambientales existentes en la zona rural del municipio con los bienes y servicios del orden urbano, para alcanzar el equilibrio físico-espacial del territorio. c. Identificación y consolidación del sistema de asentamientos humanos a partir del reconocimiento, dotación, fortalecimiento y posicionamiento de los centros poblados urbanos y rurales, para la estructuración territorial del municipio. d. Integración de la red de centros poblados del municipio desde el reconocimiento de su potencial y especialidad, para fortalecer el sistema de asentamientos humanos y articularlo al sistema de asentamientos de la subregión, e. Identificación del potencial de cada poblado rural y su fortalecimiento, para logar centros especializados que sirvan a la población local y la ubicada dentro de su área de influencia, definiendo centros de activación rural prestadores de servicios comunitarios como polos rurales de desarrollo.

13 f. Localización de los servicios comunitarios en la zona rural, en los centros poblados y en el área urbana según la demanda y las necesidades de la población y en equilibrio con las capacidades del municipio. g. Interconexión de los corredores viales municipales y las redes y senderos de movilidad vial, peatonal y de otros modos utilizados, conformando circuitos que permitan integrar las zonas en proceso de desarrollo con el sistema de centros poblados a la vez que integrarlos a los circuitos de movilidad local, regional y los del Paisaje cultural cafetero que se identifiquen y estructuren en el municipio y en sus alrededores. h. Dar prioridad al mejoramiento y mantenimiento del sistema vial y la red de movilidad e interconexión municipal, como elemento vital de conectividad y desarrollo socioeconómico, además de soporte necesario para la integración del municipio al potencial de desarrollo regional y para favorecer y fortalecer las actividades agroindustriales y turísticas. i. Recuperación de las cualidades del suelo urbano y rural por medio de un correcto uso y ocupación del mismo, del incremento en los indicadores de espacio público, áreas verdes, áreas para la recreación y esparcimiento, arborización y servicios sociales, con énfasis en los polos y núcleos de población. CAPÍTULO III CLASIFICACIÓN DEL SUELO ARTÍCULO 12. Clasificación del suelo El suelo del municipio de Palestina se clasifica en suelo urbano, suelo de expansión urbana, suelo rural y suelo suburbano, y dentro del ámbito municipal se define el suelo de protección. La clasificación del suelo se presenta en el plano llamado Clasificación del Suelo. ARTÍCULO 13. Suelo urbano. De conformidad con el artículo 31 de la Ley 388 de 1997, el suelo urbano lo constituyen las áreas del territorio municipal destinadas a usos urbanos, que cuentan con infraestructura vial, redes primarias de energía, de acueducto y alcantarillado, posibilitándose su urbanización y edificación bajo las normas que establece el Plan. También pertenecen a esta categoría las zonas que presentan procesos de urbanización incompletos, las comprendidas en áreas consolidadas con edificación y las que se definan como de mejoramiento integral en el presente plan. En el municipio de Palestina se clasifica como suelo urbano el correspondiente a la cabecera municipal de Palestina y el área urbanizada del corregimiento de Arauca. ARTÍCULO 14. Suelo urbano de Palestina

14 Forman parte del suelo urbano del casco urbano de Palestina las áreas urbanizadas y urbanizables localizadas dentro del perímetro urbano y que comprende el centro urbano tradicional, los barrios que se listan a continuación, y la zona del macroproyecto del aeropuerto del Café comprendida por el aeródromo, el terminal aéreo y las áreas aledañas y conexas que lo conforman. Los barrios urbanos de Palestina son: Barrio Obrero Bello Horizonte Calle Larga Cruz Roja El Carmen Galería La Colina La Pista Nuevo Mileno Pablo Valdés Barrio Popular San José Alto Uribe Uribe Villa Asís Zona Centro Fundadores Prado Alto Y Bajo Oscar Danilo ARTÍCULO 15. Perímetros del casco urbano de Palestina Los perímetros que delimitan la clasificación del suelo urbano para la cabecera municipal corresponden a los establecidos de conformidad con los artículos 12 y 13 del presente Acuerdo, sobre la clasificación del suelo. El perímetro urbano corresponde al denominado perímetro de servicios públicos o sanitario de tal forma que en toda circunstancia se garantice la prestación de los servicios públicos domiciliarios para todos los predios, incluyendo los incorporados por el Macroproyecto Aeropuerto del Café. La cartera de coordenadas del perímetro para el casco urbano de Palestina se presenta en la tabla siguiente, y en el plano denominado Perímetros Palestina Urbano. Tabla 1. Cartera de coordenadas del perímetro para el casco urbano de Palestina # del punto POINT_X POINT_Y , , , , , , , , , , , ,727830

15 # del punto POINT_X POINT_Y , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,562080

16 # del punto POINT_X POINT_Y , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,370680

17 # del punto POINT_X POINT_Y , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,845060

18 # del punto POINT_X POINT_Y , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,630940

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