BANCO DE RESPUESTAS INDOT

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1 Versión: FECHA: PÁGINA: 1 de 29 BANCO DE RESPUESTAS INDOT -PREGUNTAS FRECUENTES -PROCESOS PARA ACCEDER A TRASPLANTE Y DONACIÓN DIRECCIÓN TÉCNICA DE PROMOCIÓN, INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL Elaborado por: Psi. Ana María Vallejo Revisado por: Dr. Mauricio Carvajal Aprobado por: Dra. Verónica Jerez Cargo: Analista de Promoción, Información y Participación Social Cargo: Director de Promoción, Información y Participación Social Cargo: Coordinadora General Técnica 1

2 Versión: FECHA: PÁGINA: 2 de 29 Contenido PREGUNTAS FRECUENTES QUÉ ES EL INDOT? QUÉ ES LA DONACIÓN? CÓMO SER DONANTE QUÉ ES LA DONACIÓN EN VIDA? QUÉ ES LA DONACIÓN CADAVÉRICA? QUÉ ES LA MUERTE ENCEFÁLICA? QUÉ ES DONACIÓN MULTIORGÁNICA Y DONACIÓN MULTITEJIDOS? QUIÉN PUEDE SER DONANTE? QUÉ ÓRGANOS Y TEJIDOS PUEDEN SER DONADOS? SERVIRÁN MIS ORGANOS Y/O TEJIDOS PARA DONACIÓN TRAS PADECER ALGUNA ENFERMEDAD? CONTRAINDICACIONES ABSOLUTAS EN LA DONACIÓN DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS: CONTRAINDICACIONES RELATIVAS: QUÉ OPINAN LAS PRINCIPALES RELIGIONES SOBRE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS? PROVOCAN CAMBIOS O DEFORMACIONES LAS EXTRACCIONES DE ÓRGANOS PARA DONACIÓN? SE PUEDE CONOCER A LOS RECEPTORES DE LOS ÓRGANOS DONADOS? EXISTEN BANCOS DE ÓRGANOS? EXISTEN BANCOS DE TEJIDOS? QUÉ ES UN TRASPLANTE? CÓMO SE FINANCIA UN TRASPLANTE? QUIÉNES PUEDEN REALIZAR UN TRASPLANTE? QUÉ TRASPLANTES SE REALIZAN EN EL ECUADOR? CUÁNTO TIEMPO DURA LA EXTRACCION DE ÓRGANOS Y TEJIDOS? QUÉ ES LA LISTA DE ESPERA ÚNICA NACIONAL? CÓMO SE REALIZA LA SELECCIÓN DE LOS RECEPTORES DE TRASPLANTE? PROCESOS DE TRASPLANTE CÓMO SE ACCEDE A UN TRASPLANTE DE CÓRNEA? CÓMO SE ACCEDE A UN TRASPLANTE RENAL? CÓMO SE ACCEDE A UN TRASPLANTE DE HÍGADO? CÓMO SE ACCEDE A UN TRASPLANTE DE PROGENITORES HEMATOPOYÉTICOS (médula ósea)? CÓMO SE ACCEDE AL PROCESO DE DONACIÓN DE PLACENTA?

3 Versión: FECHA: PÁGINA: 3 de CÓMO SE ACCEDE AL PROCESO DE DONACIÓN DE MÉDULA ÓSEA? CÓMO PUEDO ALMACENAR CÉLULAS MADRE? FORMATO DE RESPUESTA DE INFORMACIÓN DERIVADA

4 Versión: FECHA: PÁGINA: 4 de 29 PARTE I: PREGUNTAS FRECUENTES 4

5 Versión: FECHA: PÁGINA: 5 de QUÉ ES EL INDOT? PREGUNTAS FRECUENTES El Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células (INDOT), es una entidad adscrita al Ministerio de Salud Pública (MSP) que se encarga de la regulación, coordinación, control, promoción, vigilancia y evaluación de la actividad de trasplantológica a nivel nacional. Fue creada el 14 de julio de 22, tras la vigencia del Reglamento que regula a la Ley Orgánica de Donación y Trasplantes de Órganos Tejidos y Células, en el Registro Oficial No En el INDOT trabajamos con los más altos estándares técnicos basados en principios éticos, de equidad y transparencia para el fortalecimiento del Sistema Nacional Integrado de Donación y Trasplantes, el cual cuenta con oficinas zonales con la finalidad de coordinar y regular toda la actividad trasplantológica del país. La sede de nuestra Institución se encuentra en Quito y se despliega con Coordinaciones Zonales en Pichincha, Guayas y Azuay. Para mayor información le invitamos a ingresar a nuestra página web: Adicionalmente le informamos que ante cualquier inquietud o sugerencia puede contactarse con nosotros en la cuidad más cercana a su residencia a través de nuestras coordinaciones zonales: Coordinación Zonal 1 INDOT Quito ( ) Coordinación Zonal 2 INDOT Guayaquil ( ) Coordinación Zonal 3 INDOT Cuenca ( ) QUÉ ES LA DONACIÓN? La donación de órganos y tejidos es un acto libre, voluntario, altruista de decisión propia, que permite salvar y mejorar la calidad de vida de las personas que necesitan un trasplante. 3. CÓMO SER DONANTE El Art. 29 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células, señala que todos y todas podemos ser donantes a menos que en vida manifestemos nuestra voluntad contraria en el Registro Civil al momento de renovar u obtener por primera vez la cédula de ciudadanía. Es fundamental que converse con su familia sobre su decisión de mantener su condición de donante de órganos y tejidos, así en el caso de fallecer, ellos respetarán su voluntad y les aliviará de la responsabilidad de decidir por usted respecto a este importante tema. 5

6 Versión: FECHA: PÁGINA: 6 de 29 En nombre de las y los ecuatorianos que se encuentran en lista de espera para recibir un trasplante, queremos expresar la más profunda gratitud por su espíritu solidario y altruista que le posibilita ser donante. A continuación citamos el Art. 29 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células: Las ecuatorianas, ecuatorianos y extranjeros residentes legales en el país, mayores de dieciocho años, al fallecer se convertirán en donantes, a menos que en vida hubieren manifestado, en forma expresa, su voluntad en contrario en una delas siguientes formas: a) Manifestando su negativa a la donación de los órganos, tejidos o células de su cuerpo para posterior implante en seres humanos vivos o con fines de estudio o investigación. b) Restringiendo, de modo específico, su voluntad afirmativa de donación a determinados órganos, tejidos y/o células. 4. QUÉ ES LA DONACIÓN EN VIDA? Este proceso se realiza cuando el paciente que necesita el trasplante posee un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, cónyuge o conviviente en unión libre que desee voluntariamente ser su donante. Esta persona debe ser mayor de 18 años y cumplir con todos los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos Tejidos y Células. El primer paso para la donación en vida es la valoración realizada por un médico especialista en un hospital acreditado por el INDOT para realización de trasplantes. En esta etapa se revisa la historia clínica del receptor y del potencial donante, quien debe cumplir con requisitos legales, pruebas médicas para descartar enfermedades y análisis de compatibilidad. Una vez realizada la valoración, el especialista determinará si es viable la realización del trasplante con donante vivo. Luego la unidad médica acreditada enviará al INDOT el expediente del paciente y del donante con todos los requisitos establecidos por la Ley. El INDOT llevará a cabo el análisis técnico y jurídico para otorgar la autorización para efectuar la cirugía de trasplante. En vida se puede donar un riñón, un segmento de hígado, células de la médula ósea y sangre. A continuación citamos los artículos de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células que contienen los requisitos para la donación en vida: Art Requisitos de la donación en vida.-cualquier persona podrá donar en vida sus componentes anatómicos, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: a) Que la o el donante sea mayor de edad, en goce de plenas facultades mentales, con un estado de salud adecuado para el procedimiento y exista compatibilidad biológica, morfológica y funcional con la o el receptor; 6

7 Versión: FECHA: PÁGINA: 7 de 29 b) Que la o el receptor tenga parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad, con la o el donante, o se trate de su cónyuge o conviviente en unión libre; y, que, siendo el caso, se hubiere comprobado la compatibilidad entre donante y receptor mediante las pruebas médicas correspondientes. La misma regla se aplicará para los casos de filiación por adopción; c) Que la o el donante y la o el receptor hayan sido previamente informados de las posibles consecuencias de su decisión y otorguen su consentimiento escrito y notariado, en forma libre, consciente y voluntaria. Dicho consentimiento deberá ser anexado a las respectivas historias clínicas; d) Que la o el receptor sea una persona determinada en forma previa de acuerdo al reglamento a la presente Ley; e) Que la extracción de las partes o tejidos o la remoción de órganos no implique para la o el donante riesgo de incapacidad funcional permanente; f) Que no existan indicios de prácticas ilegales de turismo para trasplante o tráfico de órganos; y, e) En caso de donación cruzada, no constara la identidad de la o el receptor y será codificada por la Autoridad Sanitaria Nacional. Art. 35- Consentimiento expreso.- La donación de órganos, tejidos o células de donante vivo, para fines de trasplante, requerirá de la declaración del consentimiento informado de la o el donante, otorgada ante notario público. A esta declaración será incorporado el correspondiente informe psiquiátrico sobre la normalidad de sus facultades mentales. Para tal efecto, será necesario contar con el informe motivado del Comité de Ética del hospital trasplantador. Art Estado de salud.- El estado de salud físico y mental de la o el donante deberá ser certificado por un médico, distinto de aquellos que vayan a efectuar la extracción y el trasplante. Dicho profesional deberá informar al paciente respecto de los riesgos inherentes a la intervención, las consecuencias previsibles de orden somático o psicológico, las repercusiones que pueda suponer en su vida personal, familiar o profesional y los beneficios esperados. Art Documento de cesión.- El documento de cesión, donde se hace constar la conformidad con la donación será firmado por la o el donante, el médico que ha de ejecutar la extracción y los demás asistentes. Cualquiera de ellos podrá oponerse, en forma expresa a la donación en caso de dudar respecto de la idoneidad del consentimiento de la o el donante, lo que será notificado inmediatamente al organismo regulador. Entre la firma del documento de cesión del órgano y la extracción del mismo, previa la autorización de la Autoridad Sanitaria Nacional, deberán trascurrir por lo menos veinticuatro horas. Art Revocatoria del consentimiento.- El consentimiento informado de la o el donante vivo no podrá ser sustituido ni complementado. Sin embargo, podrá ser revocado, en forma verbal, hasta el momento mismo de la intervención quirúrgica, mientras la o el donante conserve la capacidad para expresar su voluntad. Esta revocatoria no generara obligación de ninguna clase ni dará lugar a la indemnización alguna por daños y prejuicios. 7

8 Versión: FECHA: PÁGINA: 8 de QUÉ ES LA DONACIÓN CADAVÉRICA? La donación cadavérica se da cuando el o la paciente que requiere el trasplante de órganos o tejidos ingresa a la Lista de Espera Única Nacional, para lo cual debe ser evaluado por un por el médico especialista de una unidad acreditada por el INDOT. El especialista realizará la solicitud de ingreso a la lista de espera mediante el formulario INDOT-LE. El órgano o tejido será donado por una persona fallecida siempre y cuando cumpla con criterios médicos - técnicos de compatibilidad con el receptor. La donación de órganos solo es posible cuando la persona fallece con diagnóstico de muerte encefálica en la unidad de terapia intensiva de un hospital, mientras que las personas que fallecen por parada cardiaca pueden ser donantes de tejidos (córneas, piel, huesos y válvulas cardíacas). 6. QUÉ ES LA MUERTE ENCEFÁLICA? La muerte encefálica es el cese irreversible de las funciones del cerebro, en este caso los órganos del fallecido pueden ser mantenidos por medio de máquinas y medicamentos. En este sentido, solo pueden ser donantes efectivos de órganos entre el 1 y 2% de todos los fallecidos en un hospital. La muerte encefálica es certificada bajo criterios estipulados en el Protocolo para el diagnóstico y certificación de la muerte encefálica del Ministerio de Salud Pública- INDOT. 7. QUÉ ES DONACIÓN MULTIORGÁNICA Y DONACIÓN MULTITEJIDOS? Se llama donación multiorgánica cuando de un donante fallecido se extraen órganos sólidos como riñón, corazón, hígado, pulmón y páncreas. Se llama donación multitejidos cuando de un donante fallecido se extraen tejidos como piel, córneas, huesos, cartílagos. 8. QUIÉN PUEDE SER DONANTE? Todos los ecuatorianos, ecuatorianas y extranjeros que residen legalmente en nuestro país pueden ser donantes de órganos y tejidos al fallecer, sin importar la edad, condición social, género o etnia. Los criterios científicos o médicos de evaluación de un donante son personalizados y dependen de varios factores, la selección de órganos y tejidos aptos para la donación son determinados por médicos especializados después de un análisis profundo. 8

9 Versión: FECHA: PÁGINA: 9 de QUÉ ÓRGANOS Y TEJIDOS PUEDEN SER DONADOS? 10. SERVIRÁN MIS ORGANOS Y/O TEJIDOS PARA DONACIÓN TRAS PADECER ALGUNA ENFERMEDAD? Algunos de nuestros órganos pueden estar en muy buenas condiciones en este momento, pero en el momento de nuestro fallecimiento pueden estar deteriorados, independientemente de la edad. 9

10 Versión: FECHA: PÁGINA: 10 de 29 Los criterios científicos o médicos de evaluación de un donante son personalizados y dependen de varios factores. Todos los órganos y tejidos para una posible donación son examinados exhaustivamente por profesionales de la salud calificados y acreditados a nivel nacional por el INDOT; quienes valorarán la función, integridad y ausencia de enfermedades transmisibles en el donante y determinan si los órganos son óptimos para un trasplante. Si existe una enfermedad como diabetes o esclerosis hay procedimientos que permiten optimizarlos para ejecutar un trasplante. 11. CONTRAINDICACIONES ABSOLUTAS EN LA DONACIÓN DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS: Positividad VIH o factores de riesgo para VIH. Cáncer actual o reciente. Hipertensión severa con afectación visceral de un órgano. Cuando una infección se esparce por todo el cuerpo. Tiempo prolongado entre la muerte encefálica y la extracción del órgano. 12. CONTRAINDICACIONES RELATIVAS: Desconocimiento antecedentes personales. Edades extremas (consideración individual). Tiempo prolongado entre la extracción del órgano y el trasplante. Hipertensión arterial moderada. 13. QUÉ OPINAN LAS PRINCIPALES RELIGIONES SOBRE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS? La mayoría de religiones se han manifestado a favor de la donación de órganos con fines terapéuticos. La iglesia Católica ha expresado en forma clara y contundente que la donación de órganos es el acto supremo de caridad, generosidad y amor al prójimo que una persona puede manifestar. Papas, obispos y sacerdotes predican la necesidad de la donación de órganos para salvar vidas o evitar sufrimientos a personas con graves problemas de salud. Las iglesias cristianas reformadas (adventistas, anglicanos, evangélicos, metodistas) abogan en general porque cada persona resuelva en conciencia sobre la decisión de ser donante, no planteando por tanto problemas ante la donación de órganos y los trasplantes. Los Testigos de Jehová, que manifiestan con rotundidad su oposición a las transfusiones de sangre, no presentan ninguna oposición a la donación ni al trasplante de órganos, ya que estos son trasplantados lavados y no existen rastros de sangre en ellos. 10

11 Versión: FECHA: PÁGINA: 11 de PROVOCAN CAMBIOS O DEFORMACIONES LAS EXTRACCIONES DE ÓRGANOS PARA DONACIÓN? El cuerpo de un donante fallecido no se desfigura en el proceso de extracción de órganos, pues es tratado con la mayor consideración y el más profundo respeto por los médicos que realizan este procedimiento quirúrgico. Si amerita el caso, se colocan prótesis para no deformar la anatomía del donante. De ésta manera se pueden realizar las honras fúnebres (velación entierro) deseadas sin ninguna dificultad. La extracción de órganos es un procedimiento médico quirúrgico de alta complejidad realizado únicamente por médicos especialistas que cumplan con el perfil técnico requerido para realizarlos. Estos procedimientos se llevan a cabo en hospitales públicos y privados acreditados por el INDOT. 15. SE PUEDE CONOCER A LOS RECEPTORES DE LOS ÓRGANOS DONADOS? Los familiares del donante no podrán conocer la identidad del receptor, así mismo, quien recibe el órgano no sabrá la identidad de su donante, con el fin de garantizar la confidencialidad de ambas partes, dando cumplimiento a la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células del Ecuador. 16. EXISTEN BANCOS DE ÓRGANOS? Este tipo de bancos NO existen. Los órganos extraídos para donación y trasplante no pueden ser almacenados. Cuando una persona fallece, sus órganos se mantienen en buenas condiciones pocas horas y es necesario que sean trasplantados inmediatamente. 17. EXISTEN BANCOS DE TEJIDOS? SÍ existen bancos de tejidos. Los tejidos se almacenan bajo estándares estrictos de calidad y bioseguridad en unidades acreditadas por el INDOT y el Banco Nacional de Tejidos y Células (BANTEC). El BANTEC es la instancia técnica del INDOT encargada de la procuración, procesamiento, preservación, almacenamiento, control de calidad y distribución de los tejidos donados gratuitamente, los mismos que son destinados al implante en seres humanos, según las normas vigentes. Actualmente se encuentra en el segundo piso del Hospital de Especialidades Eugenio Espejo. El Banco Nacional de Tejidos (BANTEC-INDOT) tiene la capacidad de procurar, procesar, almacenar y distribuir los siguientes tejidos: Globos oculares: córneas, escleras Membrana amniótica, Tendones Placas de craneotomías 11

12 Versión: FECHA: PÁGINA: 12 de 29 Huesos: cabezas femorales, mesetas tibiales A mediano plazo se implementará: Piel Válvulas cardíacas. Pericardio El BANTEC cuenta con personal técnico que está de turno para operativos las 24 horas del día los 365 días del año. 18. QUÉ ES UN TRASPLANTE? Un trasplante es la sustitución de un órgano, tejido o célula que ha dejado de funcionar por otro sano proveniente de un donante vivo o fallecido. Este procedimiento se realiza con la finalidad de prolongar y mejorar la salud y calidad de vida de un paciente con una enfermedad que puede ser tratada mediante un trasplante. Los trasplantes se logran gracias a la decisión generosa que persona tomó en vida y a la solidaridad de las familias que respetan la voluntad de sus seres queridos que fallecen con diagnóstico de muerte encefálica (daño cerebral irreversible). 19. CÓMO SE FINANCIA UN TRASPLANTE? Es importante que usted conozca que todas las etapas de trasplante (Valoración pre- trasplante - Cirugía de Trasplante -Seguimiento post- trasplante) no tienen costo, ya que el Estado ecuatoriano garantiza el acceso y la cobertura de salud para todos los ecuatorianos. La cobertura de salud se realiza a través del Ministerio de Salud Pública y la Red Pública Integral de Salud compuesta por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA) y el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL). 20. QUIÉNES PUEDEN REALIZAR UN TRASPLANTE? Las cirugías de donación y trasplante son procedimientos médicos de alta complejidad realizados únicamente por médicos acreditados por el INDOT, quienes cumplen con el perfil técnico para llevar a cabo estos procedimientos quirúrgicos. En cada proceso de donación y trasplante intervienen un grupo de más de 50 profesionales. 12

13 Versión: FECHA: PÁGINA: 13 de 29 El INDOT es la única entidad en el Ecuador que puede acreditar a hospitales que cumplan con todas las garantías de seguridad, así como de infraestructura, tecnología y de atención especializada tanto públicos y privados para la realización de cirugías de donación y trasplante. 21. QUÉ TRASPLANTES SE REALIZAN EN EL ECUADOR? Los procedimientos de trasplante que se realizan en el Ecuador son: Trasplante renal pediátrico Trasplante renal pediátrico Trasplante de hígado adulto Trasplante de córneas Trasplante de progenitores hematopoyéticos pediátrico y adulto Es importante recalcar que el cuerpo de un donante fallecido no se desfigura en el proceso de extracción de órganos, los médicos acreditados que realizan estos procedimientos quirúrgicos manejan el cuerpo de el/la donante con suma consideración y con el más profundo respeto. Los órganos y tejidos se extraen mediante una cirugía que no altera el aspecto externo del cuerpo. El cuerpo del donante es entregado a su familia respetando su anatomía, para el proceso de honras fúnebres. 22. CUÁNTO TIEMPO DURA LA EXTRACCION DE ÓRGANOS Y TEJIDOS? Este procedimiento se realiza únicamente cuando la persona fallece con diagnóstico de muerte encefálica. El proceso tiene una duración variable, dependiendo del tipo y características de los órganos y tejidos para ser donados. Habitualmente la extracción de órganos dura entre 4 a 6 horas. Vale recalcar que las cirugías donación y trasplante son procedimientos de alta complejidad que solo pueden ser realizadas por profesionales de la salud acreditados por el INDOT, en unidades médicas acreditadas por esta entidad. 13

14 Versión: FECHA: PÁGINA: 14 de QUÉ ES LA LISTA DE ESPERA ÚNICA NACIONAL? La Lista de Espera Única Nacional es el registro ordenado de las y los pacientes que requieren un trasplante de donante cadavérico. Estas personas han sido evaluadas previamente por un médico certificado por el INDOT, en una unidad médica también acreditada por el INDOT para realizar estos procedimientos. La lista es manejada exclusivamente por el INDOT, su funcionamiento se encuentra establecido en el Art. 25 en la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células. Cada paciente al ser registrado en cualquiera las oficinas de las diferentes coordinaciones zonales del INDOT (Quito-Guayaquil-Cuenca), cuenta con una ficha y un código el cual es actualizado permanentemente. Con el código asignado, cada paciente podrá verificar su estatus en Lista de Espera Única Nacional ingresando a nuestra página web: donde también podrá verificar las unidades acreditadas para realización de trasplantes tanto públicas como privadas a nivel nacional. Le recordamos que el INDOT es la única institución a nivel nacional que se encarga del monitoreo y el manejo técnico de los datos de la Lista de Espera Única Nacional. 24. CÓMO SE REALIZA LA SELECCIÓN DE LOS RECEPTORES DE TRASPLANTE? La selección de los receptores de órganos y tejidos se realiza a través de la Lista de Espera Única Nacional, establecida en el Art. 25 en la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, en la que son registrados los pacientes que han sido evaluados previamente por los médicos especialistas de unidades de trasplante acreditadas únicamente por el INDOT, quienes establecen la necesidad del paciente de recibir un trasplante. La asignación de órganos y tejidos se realiza bajo escalas técnicas y éticas exclusivas para cada órgano y tejido, independientemente de la condición económica, social y étnica del paciente que se encuentra en la lista de espera. De esa manera se garantiza la igualdad de derechos y oportunidades de recibir un trasplante. En la misma tienen prioridad los menores de edad, personas con doble vulnerabilidad y pacientes en código cero, que son aquellas personas que están en peligro de muerte si no se trasplantan de manera urgente. 14

15 Versión: FECHA: PÁGINA: 15 de 29 PARTE II: PROCESOS DE TRASPLANTE 15

16 Versión: FECHA: PÁGINA: 16 de CÓMO SE ACCEDE A UN TRASPLANTE DE CÓRNEA? Es importante que usted conozca que todas las etapas de trasplante (valoración, cirugía y seguimiento) no tienen costo para los pacientes, ya que el Estado ecuatoriano garantiza el acceso y la cobertura de salud para todos los ciudadanos. La cobertura de salud se realiza a través de la Red Pública Integral de Salud compuesta por el Ministerio de Salud Pública, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL). PASOS PARA ACCEDER A UN TRASPLANTE DE CÓRNEA 1. Usted deberá acercarse a un hospital público o privado acreditado por el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células (INDOT) para realizar trasplantes de córnea, para que un médico especialista oftalmólogo acreditado por el INDOT realice la valoración pertinente de su enfermedad. Para conocer cuáles son las unidades médicas acreditadas, usted puede consultar nuestra página web: o contactarse con nosotros para brindarle mayor información. 2. El médico especialista oftalmólogo acreditado evaluará su caso y determinará si cumple con los criterios médicos para un trasplante de córneas. 3. Si se determina que no requiere de un trasplante, el médico especialista oftalmólogo acreditado remitirá su caso para tratamiento de especialidad y observación continua con su médico habitual. 4. Si se determina que usted podría beneficiarse de un trasplante de córneas, el médico especialista oftalmólogo acreditado deberá llenar el formulario INDOT- LE-05 (disponible en de ingreso a la Lista Única de Espera Nacional (LEUN) para tejido corneal. 5. Este formulario le será entregado por el médico especialista oftalmólogo en la unidad médica acreditada y le indicará que usted deberá acercarse a la coordinación zonal de INDOT correspondiente, donde un profesional de la salud de nuestra Institución se encargará de verificar su información y realizar su ingreso a la lista de espera. 6. En esta instancia se le entregará su comprobante de registro en la Lista de Espera Única Nacional (LEUN) para donante cadavérico INDOT LE 06, donde constará su código de ingreso, con el cual podrá verificar su estatus en la página web de nuestra Institución: Adicionalmente se le brindará información referente a la asignación de tejidos y se aclararán las dudas que pueda tener acerca de su trasplante. Le informamos que ante cualquier inquietud o sugerencia puede contactarse con nosotros en la cuidad más cercana a su residencia a través de nuestras coordinaciones zonales: Coordinación Zonal 1 INDOT Quito ( )

17 Versión: FECHA: PÁGINA: 17 de 29 Coordinación Zonal 2 INDOT Guayaquil ( ) Coordinación Zonal 3 INDOT Cuenca ( ) Ante cualquier duda que pueda tener sobre donación y trasplantes, es importante que se contacte con el personal del INDOT para evitar información errónea que pueda generarle malestar. Saludos Cordiales, 3. CÓMO SE ACCEDE A UN TRASPLANTE RENAL? Es importante que usted conozca que todas las etapas de trasplante (valoración, cirugía y seguimiento) no tienen costo para los pacientes, ya que el Estado ecuatoriano garantiza el acceso y la cobertura de salud para todos los ciudadanos. La cobertura de salud se realiza a través de la Red Pública Integral de Salud compuesta por el Ministerio de Salud Pública, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL). La donación renal tiene dos alternativas: A. Donación en vida: Este proceso se realiza cuando el paciente que necesita el trasplante, posee un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, cónyuge o conviviente en unión libre, que desee voluntariamente ser su donante. Esta persona debe ser mayor de edad y cumplir con todos los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos Tejidos y Células (Art. 33). B. Donación cadavérica: Cuando el o la paciente que requiere el trasplante accede a la Lista de Espera Única Nacional para esperar un órgano de un donante fallecido. PASOS PARA ACCEDER A UN TRASPLANTE RENAL: Si usted está afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Instituto de Seguridad de las Fuerzas Armadas (ISSFA) o al Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL), estas Instituciones se encargarán de guiarlo y referirlo a los respectivos hospitales acreditados donde financiarán la evaluación pretrasplante, el trasplante y post-trasplante. *En caso de requerir un trasplante renal pediátrico, su hospital de base a través de su sistema de cobertura de salud, realizará la referencia necesaria a los hospitales acreditados por el INDOT para el efecto, garantizándoles el acceso gratuito. Si usted no es afiliado al IESS, ISSFA o ISSPOL, deberá: 17

18 Versión: FECHA: PÁGINA: 18 de 29 Ser referido desde el centro de salud más cercano a su lugar de residencia a un hospital público de especialidades o tercer nivel. Para conocer cuáles son las unidades médicas acreditadas, puede consultar nuestra página web: o contactarse con nosotros para brindarle mayor información. 1. El médico especialista nefrólogo de su hospital de base, evaluará su caso y determinará si necesita un trasplante renal. 2. Si se determina que usted es susceptible de un trasplante renal, su hospital de base y su médico realizarán su referencia a la unidad médica acreditada por el INDOT. 3. En la unidad médica acreditada le realizarán los exámenes y valoraciones necesarias para certificar que usted efectivamente se encuentra en condiciones de someterse a un trasplante renal. En el caso de que así sea, esta unidad también realizará la cirugía y cuidado post trasplante. 4. El médico especialista nefrólogo acreditado y el coordinador de trasplantes del hospital le informarán sobre las posibilidades de que un familiar pueda ser su donante, siempre y cuando cumpla con los requisitos y procesos establecidos para la donación en vida por la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células (Art.33). De no ser posible la donación en vida, le informarán sobre el proceso de ingreso a Lista de Espera Única Nacional (LEUN) administrada únicamente por el INDOT para trasplante de donante fallecido. 5. Si se determina que usted no requiere de un trasplante, el médico especialista remitirá su caso para tratamiento de especialidad y observación continua en su hospital de base. TRASPLANTE CON DONANTE FALLECIDO: 1. Una vez concluida la fase de valoración pre-trasplante en la unidad médica acreditada, mediante la cual se determine que usted requiere un trasplante renal de donante fallecido, el médico especialista nefrólogo acreditado deberá llenar el formulario INDOT- LE- de ingreso a la Lista Única de Espera Nacional para Órganos Sólidos. El formulario se encuentra disponible en 2. Este formulario le será entregado por el médico especialista nefrólogo acreditado de la unidad acreditada. 3. Se le solicitará que se dirija a la coordinación zonal correspondiente del INDOT (Quito, Guayaquil o Cuenca) donde el formulario INDOT- LE- será verificado e ingresado al sistema de Lista de Espera Única Nacional por un médico de nuestra Institución. 4. En esta instancia, se le hará la entrega de su comprobante de registro en la Lista de Espera Única Nacional para donante cadavérico INDOT LE 06, donde constará su código de ingreso, con el cual podrá verificar su estatus en la página web de la institución: Adicionalmente se le brindará información referente a la asignación de órganos y se aclararán las dudas que pueda tener acerca de su trasplante. TRASPLANTE CON DONANTE VIVO RELACIONADO: 18

19 Versión: FECHA: PÁGINA: 19 de En la fase de valoración pre-trasplante, la unidad acreditada determinará que tanto usted como su donante cumplen con los criterios médicos y legales para la realización del trasplante con donante vivo, los mismos que se encuentran en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células. 2. La unidad acreditada para realizar el trasplante renal con donante vivo, enviará al INDOT el expediente del paciente y del donante con todos los requisitos establecidos por la Ley, donde se realizará el análisis técnico y jurídico del mismo para otorgar la autorización necesaria para realizar la cirugía de trasplante. A continuación le citamos los requisitos para la donación en vida acorde a la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células: Art Requisitos de la donación en vida.-cualquier persona podrá donar en vida sus componentes anatómicos, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: a) Que la o el donante sea mayor de edad, en goce de plenas facultades mentales, con un estado de salud adecuado para el procedimiento y exista compatibilidad biológica, morfológica y funcional con la o el receptor; b) Que la o el receptor tenga parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad, con la o el donante, o se trate de su cónyuge o conviviente en unión libre; y, que, siendo el caso, se hubiere comprobado la compatibilidad entre donante y receptor mediante las pruebas médicas correspondientes. La misma regla se aplicará para los casos de filiación por adopción; c) Que la o el donante y la o el receptor hayan sido previamente informados de las posibles consecuencias de su decisión y otorguen su consentimiento escrito y notariado, en forma libre, consciente y voluntaria. Dicho consentimiento deberá ser anexado a las respectivas historias clínicas; d) Que la o el receptor sea una persona determinada en forma previa de acuerdo al reglamento a la presente Ley; e) Que la extracción de las partes o tejidos o la remoción de órganos no implique para la o el donante riesgo de incapacidad funcional permanente; f) Que no existan indicios de prácticas ilegales de turismo para trasplante o tráfico de órganos; y, e) En caso de donación cruzada, no constara la identidad de la o el receptor y será codificada por la Autoridad Sanitaria Nacional. Art. 35- Consentimiento Expreso.- La donación de órganos, tejidos o células de donante vivo, para fines de trasplante, requerirá de la declaración del consentimiento informado de la o el donante, otorgada ante notario público. A esta declaración será incorporado el correspondiente informe psiquiátrico sobre la normalidad de sus facultades mentales. Para tal efecto, será necesario contar con el informe motivado del Comité de Ética del hospital trasplantador. 19

20 Versión: FECHA: PÁGINA: 20 de 29 Art Estado de Salud.- El estado de salud físico y mental de la o el donante deberá ser certificado por un médico, distinto de aquellos que vayan a efectuar la extracción y el trasplante. Dicho profesional deberá informar al paciente respecto de los riesgos inherentes a la intervención, las consecuencias previsibles de orden somático o psicológico, las repercusiones que pueda suponer en su vida personal, familiar o profesional y los beneficios esperados. Art Documento de cesión.- El documento de cesión, donde se hace constar la conformidad con la donación será firmado por la o el donante, el médico que ha de ejecutar la extracción y los demás asistentes. Cualquiera de ellos podrá oponerse, en forma expresa a la donación en caso de dudar respecto de la idoneidad del consentimiento de la o el donante, lo que será notificado inmediatamente al organismo regulador. Entre la firma del documento de cesión del órgano y la extracción del mismo, previa la autorización de la Autoridad Sanitaria Nacional, deberán trascurrir por lo menos veinticuatro horas. Art Revocatoria del consentimiento.- El consentimiento informado de la o el donante vivo no podrá ser sustituido ni complementado. Sin embargo, podrá ser revocado, en forma verbal, hasta el momento mismo de la intervención quirúrgica, mientras la o el donante conserve la capacidad para expresar su voluntad. Esta revocatoria no generara obligación de ninguna clase ni dará lugar a la indemnización alguna por daños y prejuicios. Para mayor información le invitamos a ingresar a nuestra página web: Adicionalmente le informamos que ante cualquier inquietud o sugerencia puede contactarse con nosotros en la cuidad que más cercana a su residencia a través de nuestras coordinaciones zonales: Coordinación Zonal 1 INDOT Quito ( ) Coordinación Zonal 2 INDOT Guayaquil ( ) Coordinación Zonal 3 INDOT Cuenca ( ) Ante cualquier duda sobre donación y trasplantes es importante que se reciba información clara y precisa, para lo cual puede contactarse con el personal del INDOT para evitar información errónea que pueda generarle malestar a Usted y su familia. 4. CÓMO SE ACCEDE A UN TRASPLANTE DE HÍGADO? Es importante que usted conozca que todas las etapas de trasplante (valoración, cirugía y seguimiento) no tienen costo para los pacientes, ya que el Estado ecuatoriano garantiza el acceso y la cobertura de salud para todos los ciudadanos. 20

21 Versión: FECHA: PÁGINA: 21 de 29 La cobertura de salud se realiza a través de la Red Pública Integral de Salud compuesta por el Ministerio de Salud Pública, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL). La donación hepática tiene dos alternativas: A. Donación en vida: Este proceso se realiza cuando el paciente que necesita el trasplante, posee un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, cónyuge o conviviente en unión libre, que desee voluntariamente ser su donante de un segmento de hígado. Esta persona debe ser mayor de edad y cumplir con todos los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos Tejidos y Células (Art. 33). B. Donación cadavérica: Cuando el o la paciente que requiere el trasplante accede a la Lista de Espera Única Nacional para esperar un órgano de un donante fallecido. PASOS PARA ACCEDER A UN TRASPLANTE HEPÁTICO Si usted está afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Instituto de Seguridad de las Fuerzas Armadas (ISSFA) o al Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL), estas Instituciones se encargarán de guiarlo y referirlo a los respectivos hospitales acreditados donde financiarán la evaluación pretrasplante, el trasplante y post-trasplante. Si usted no es afiliado al IESS, ISSFA o ISSPOL, deberá: Ser referido desde el centro de salud más cercano a su lugar de residencia a un hospital público de especialidades o tercer nivel que forme parte del Sistema Integrado de Donación y Trasplante. Para conocer cuáles son las unidades médicas acreditadas, puede consultar nuestra página web: o contactarse con nosotros para brindarle mayor información. 1. El médico especialista hepatólogo de su hospital de base evaluará su caso y determinará si usted necesita un trasplante. 2. Si se determina que usted es susceptible de un trasplante hepático, su hospital de base y su médico realizarán su referencia a la unidad médica acreditada por el INDOT. 3. En la unidad médica acreditada le realizarán los exámenes y valoraciones necesarias para certificar que usted efectivamente se encuentra en condiciones de someterse a un trasplante hepático. En el caso de que así sea, esta unidad también realizará la cirugía y cuidado post trasplante. 4. El médico especialista acreditado y el coordinador de trasplantes del hospital le informarán sobre las posibilidades de que un familiar pueda ser su donante, siempre y cuando cumpla con los requisitos y procesos establecidos para la donación en vida por la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células (Art.33). De no ser posible la donación en vida, le informarán sobre el proceso de ingreso a Lista de Espera Única Nacional (LEUN) administrada únicamente por el INDOT para trasplante de donante fallecido. 21

22 Versión: FECHA: PÁGINA: 22 de Si se determina que usted no requiere de un trasplante, el médico especialista remitirá su caso para tratamiento de especialidad y observación continua en su hospital de base. TRASPLANTE HECON DONANTE FALLECIDO: a) Una vez concluida la fase de valoración pre-trasplante en la unidad médica acreditada, mediante la cual se determine que usted requiere un trasplante hepático de donante fallecido, el médico gastroenterólogo/hepatólogo acreditado deberá llenar el formulario INDOT- LE- de ingreso a la Lista Única de Espera Nacional para Órganos Sólidos. El formulario se encuentra disponible en b) Este formulario le será entregado por el médico especialista gastroenterólogo/hepatólogo de la Unidad Acreditada. c) Se le solicitará que se dirija a la coordinación zonal correspondiente del INDOT (Quito, Guayaquil o Cuenca) donde el formulario INDOT- LE- será verificado e ingresado al sistema de Lista de Espera Única Nacional por un médico de nuestra Institución. d) En esta instancia, se le hará la entrega de su comprobante de registro en la Lista de Espera Única Nacional para donante cadavérico INDOT LE 06, donde constará su código de ingreso, con el cual podrá verificar su estatus en la página web de la institución: Adicionalmente se le brindará información referente a la asignación de órganos y se aclararán las dudas que pueda tener acerca de su trasplante. TRASPLANTE CON DONANTE VIVO RELACIONADO: 3. En la fase de valoración pre-trasplante, la unidad acreditada determinará que tanto usted como su donante cumplen con los criterios médicos y legales para la realización del trasplante con donante vivo, los mismos que se encuentran en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células. 4. La unidad acreditada para realizar el trasplante hepático con donante vivo, enviará al INDOT el expediente del paciente y del donante con todos los requisitos establecidos por la Ley, donde se realizará el análisis técnico y jurídico del mismo para otorgar la autorización necesaria para realizar la cirugía de trasplante. A continuación le citamos los requisitos para la Donación en Vida acorde a la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células: Art Requisitos de la donación en vida.-cualquier persona podrá donar en vida sus componentes anatómicos, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: 22

23 Versión: FECHA: PÁGINA: 23 de 29 a) Que la o el donante sea mayor de edad, en goce de plenas facultades mentales, con un estado de salud adecuado para el procedimiento y exista compatibilidad biológica, morfológica y funcional con la o el receptor; b) Que la o el receptor tenga parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad, con la o el donante, o se trate de su cónyuge o conviviente en unión libre; y, que, siendo el caso, se hubiere comprobado la compatibilidad entre donante y receptor mediante las pruebas médicas correspondientes. La misma regla se aplicará para los casos de filiación por adopción; c) Que la o el donante y la o el receptor hayan sido previamente informados de las posibles consecuencias de su decisión y otorguen su consentimiento escrito y notariado, en forma libre, consciente y voluntaria. Dicho consentimiento deberá ser anexado a las respectivas historias clínicas; d) Que la o el receptor sea una persona determinada en forma previa de acuerdo al reglamento a la presente Ley; e) Que la extracción de las partes o tejidos o la remoción de órganos no implique para la o el donante riesgo de incapacidad funcional permanente; f) Que no existan indicios de prácticas ilegales de turismo para trasplante o tráfico de órganos; y, e) En caso de donación cruzada, no constara la identidad de la o el receptor y será codificada por la Autoridad Sanitaria Nacional. Art. 35- Consentimiento Expreso.- La donación de órganos, tejidos o células de donante vivo, para fines de trasplante, requerirá de la declaración del consentimiento informado de la o el donante, otorgada ante notario público. A esta declaración será incorporado el correspondiente informe psiquiátrico sobre la normalidad de sus facultades mentales. Para tal efecto, será necesario contar con el informe motivado del Comité de Ética del hospital trasplantador. Art Estado de Salud.- El estado de salud físico y mental de la o el donante deberá ser certificado por un médico, distinto de aquellos que vayan a efectuar la extracción y el trasplante. Dicho profesional deberá informar al paciente respecto de los riesgos inherentes a la intervención, las consecuencias previsibles de orden somático o psicológico, las repercusiones que pueda suponer en su vida personal, familiar o profesional y los beneficios esperados. Art Documento de cesión.- El documento de cesión, donde se hace constar la conformidad con la donación será firmado por la o el donante, el médico que ha de ejecutar la extracción y los demás asistentes. Cualquiera de ellos podrá oponerse, en forma expresa a la donación en caso de dudar respecto de la idoneidad del consentimiento de la o el donante, lo que será notificado inmediatamente al organismo regulador. Entre la firma del documento de cesión del órgano y la extracción del mismo, previa la autorización de la Autoridad Sanitaria Nacional, deberán trascurrir por lo menos veinticuatro horas. 23

24 Versión: FECHA: PÁGINA: 24 de 29 Art Revocatoria del consentimiento.- El consentimiento informado de la o el donante vivo no podrá ser sustituido ni complementado. Sin embargo, podrá ser revocado, en forma verbal, hasta el momento mismo de la intervención quirúrgica, mientras la o el donante conserve la capacidad para expresar su voluntad. Esta revocatoria no generara obligación de ninguna clase ni dará lugar a la indemnización alguna por daños y prejuicios. Para mayor información le invitamos a ingresar a nuestra página web: Adicionalmente le informamos que ante cualquier inquietud o sugerencia puede contactarse con nosotros en la cuidad más cercana a su residencia a través de nuestras coordinaciones zonales: Coordinación Zonal 1 INDOT Quito ( ) Coordinación Zonal 2 INDOT Guayaquil ( ) Coordinación Zonal 3 INDOT Cuenca ( ) Ante cualquier duda que pueda tener sobre donación y trasplantes, es importante que se contacte con el personal del INDOT para evitar información errónea que pueda generarle malestar. 5. CÓMO SE ACCEDE A UN TRASPLANTE DE PROGENITORES HEMATOPOYÉTICOS (médula ósea)? Es importante que usted conozca que todas las etapas de trasplante (valoración, cirugía y seguimiento) no tienen costo para los pacientes, ya que el Estado ecuatoriano garantiza el acceso y la cobertura de salud para todos los ciudadanos. La cobertura de salud se realiza a través de la Red Pública Integral de Salud compuesta por el Ministerio de Salud Pública (MSP), el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL). PASOS PARA ACCEDER A UN TRASPLANTE DE MÉDULA ÓSEA (PROGENITORES HEMATOPOYÉTICOS): 1. Inicialmente el paciente deberá ser valorado por el médico tratante de especialidad de Hematología / Oncohematologìa, quien en base a criterios clínicos establecidos determinará si el paciente necesita un trasplante de progenitores hematopoyéticos. 2. El médico tratante deberá realizar un informe de su caso con todos los documentos respectivos de respaldo y detallarlos en el formulario de registro para pacientes candidatos a trasplante hematopoyético INDOT RTH- (disponible en adicionalmente deberá incluir copias de exámenes confirmatorios de diagnóstico de base y copias de exámenes que determinen el estado actual del paciente. 24

25 Versión: FECHA: PÁGINA: 25 de El médico tratante enviará el expediente del paciente al INDOT. El caso será analizado por el Comité Técnico de Progenitores Hematopoyéticos, el cual está conformado por hematólogos y oncohematólogos de unidades médicas públicas y privadas del país, quienes realizarán la respectiva recomendación técnica. 4. El INDOT notificará la recomendación técnica al médico especialista tratante y al hospital de origen donde el paciente recibe atención. Ellos serán los encargados de realizar las gestiones para la referencia nacional o internacional del caso en base al tipo de tratamiento que requiera el paciente. 5. En caso que el trasplante que requiere el paciente no se realice en nuestro país, el hospital de origen donde el paciente recibe su atención de especialidad hematológica u oncohematológica, será el encargado de realizar los trámites para la derivación internacional en base a la Norma Técnica para la Derivación y Financiamiento de Cobertura Internacional para la Atención Integral de Salud de Usuarios con Enfermedades Catastróficas. 6. La solicitud de derivación internacional realizada por el hospital de origen será evaluada por el Comité Técnico de Gestión de Personas con Enfermedades Catastróficas del Ministerio de Salud Pública, allí emitirán una resolución para gestionar la consulta a diferentes prestadores internacionales y posteriormente se efectuará la compra de servicios a un centro médico internacional para la realización del trasplante requerido. Para mayor información le invitamos a ingresar a nuestra página web: Ante cualquier inquietud o sugerencia puede contactarse con nosotros en la cuidad más cercana a su residencia a través de nuestras coordinaciones zonales: Coordinación Zonal 1 INDOT Quito ( ) Coordinación Zonal 2 INDOT Guayaquil ( ) Coordinación Zonal 3 INDOT Cuenca ( ) Ante cualquier duda que pueda tener sobre donación y trasplantes, es importante que se contacte con el personal del INDOT para evitar información errónea que pueda generarle malestar. 6. CÓMO SE ACCEDE AL PROCESO DE DONACIÓN DE PLACENTA? Es importante que conozca que de su placenta se obtiene un tejido que se llama MEMBRANA AMNIÓTICA, el mismo que se usa para tratar quemaduras graves, problemas oftalmológicos, entre otros. PASOS PREVIOS AL PARTO PARA DONAR PLACENTA: 1. Acudir a la consulta con su ginecólogo y manifestar su deseo de donar la placenta para el Banco Nacional de Tejidos (BANTEC) del INDOT. 2. Solicitar a su ginecólogo que se contacte con el BANTEC: 25

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