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1 36 C 36 C/42 9 de septiembre de 2011 Original: Inglés Punto 11.5 del orden del día provisional CAJA COMÚN DE PENSIONES DEL PERSONAL DE LAS NACIONES UNIDAS Y DESIGNACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS EN EL COMITÉ DE PENSIONES DEL PERSONAL DE LA UNESCO PARA PRESENTACIÓN Fuente: Apartado a) del Artículo 14 y apartado c) del Artículo 6 de los Estatutos de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas. Antecedentes: La Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas fue creada en 1949 en virtud de una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas. El acuerdo de participación de la UNESCO en la Caja de Pensiones data del 1º de enero de Como Organización afiliada a la Caja de Pensiones, la UNESCO tiene un Comité Tripartito de Pensiones del Personal integrado por nueve miembros y nueve suplentes, un tercio de los cuales son designados por la Conferencia General, un tercio por el Director General y un tercio por los afiliados a la Caja de Pensiones. Objeto: El presente documento tiene una doble finalidad. La primera parte está dedicada al informe de la Directora General sobre la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas. La segunda se refiere a la designación de los representantes de los Estados Miembros en el Comité de Pensiones del Personal de la UNESCO. Este documento se presenta a la Conferencia General a título informativo, conforme a lo dispuesto en el apartado a) del Artículo 14 antes mencionado. En él se exponen las principales novedades que se han producido en el sistema de pensiones desde el anterior informe del Director General, presentado en 2009 a la Conferencia General en su 35ª reunión, y se resumen las operaciones de la Caja y su situación actuarial a finales de diciembre de Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado c) del Artículo 6 antes mencionado, se pide a la Conferencia General que designe a sus representantes (tres miembros y tres suplentes) en el Comité de Pensiones del Personal de la UNESCO. Decisión requerida: Párrafo 22.

2 36 C/42 I. CAJA COMÚN DE PENSIONES DEL PERSONAL DE LAS NACIONES UNIDAS ANTECEDENTES 1. La Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas fue creada en 1949 en virtud de una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas con el fin de proporcionar a los funcionarios, al cesar éstos en su servicio en las Naciones Unidas y las demás organizaciones del sistema participantes en la Caja, prestaciones de jubilación, fallecimiento, invalidez y otras prestaciones conexas. El acuerdo de participación de la UNESCO en la Caja de Pensiones data del 1º de enero de Las organizaciones participantes administran conjuntamente la Caja a través del Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas, integrado por 33 miembros que representan a las 23 organizaciones participantes. El Comité Mixto es un órgano tripartito cuyos miembros se distribuyen de la siguiente forma: a) una tercera parte son representantes elegidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas y los correspondientes órganos rectores de las demás organizaciones participantes; b) una tercera parte son representantes designados por los jefes ejecutivos; y c) una tercera parte son representantes elegidos por los propios afiliados. 3. Incumbe a la Asamblea General de las Naciones Unidas decidir sobre toda modificación de los Estatutos que rigen la Caja o del sistema de ajuste de las pensiones. El Comité Mixto informa periódicamente a la Asamblea General de las operaciones de la Caja y las inversiones de sus haberes. En caso necesario, recomienda que se modifiquen los artículos de los Estatutos que regulan, entre otras cosas, las tasas de aportación de los afiliados (actualmente un 7,9% de su remuneración pensionable) y de las organizaciones (el doble de dicha cantidad, es decir, el 15,8% de la remuneración pensionable de los afiliados), las personas que tienen derecho a afiliarse y las prestaciones que puedan corresponder a los afiliados y sus familiares a cargo. OPERACIONES DE LA CAJA 4. Las operaciones de la Caja durante el año financiero que terminó el 31 de diciembre de 2009 pueden resumirse como sigue: Situación financiera 5. Durante el bienio el número de afiliados a la Caja aumentó en un 10,3%, pasando de afiliados en activo al 1º de enero de 2008 a al 31 de diciembre de Durante el bienio que finalizó el 31 de diciembre de 2009, la nómina de las prestaciones en curso de pago ascendió a millones de dólares estadounidenses, lo que supone un incremento del 17,9% con respecto al bienio anterior. En dicho bienio se abonaron prestaciones en 15 monedas diferentes. El total de gastos por concepto de prestaciones y costos de administración e inversión, que fue de millones de dólares, superó en alrededor de 161 millones el volumen de cotizaciones recibidas. Éstas últimas pasaron de millones de dólares en el bienio finalizado el 31 de diciembre de 2007 a millones durante el bienio que acabó el 31 de diciembre de 2009, lo que representa un aumento de aproximadamente el 18,6%. La Caja cumple funciones de Comité de Pensiones del Personal administrando la afiliación y el cese en el servicio de funcionarios por cuenta de la Secretaría de las Naciones Unidas y algunas organizaciones participantes. 6. A 31 de diciembre de 2009, la Caja estaba pagando prestaciones periódicas, repartidas como sigue: prestaciones plenas de jubilación; prestaciones de jubilación anticipada; prestaciones de jubilación diferida; prestaciones de viuda; 697 prestaciones de viudo; prestaciones de invalidez; prestaciones para los hijos; y 40 prestaciones de familiares secundarios a cargo.

3 36 C/42 pág Entre el 31 de diciembre de 2007 y el 31 de diciembre de 2009 el valor de mercado del activo de la Caja pasó de millones de dólares a millones, lo que supone una disminución de alrededor del 11,3%. INVERSIONES DE LA CAJA 8. A 31 de marzo de 2010, el valor de mercado provisional del activo de la Caja era de millones de dólares estadounidenses, lo que supone un aumento de 814 millones (un 2,2%) con respecto a los millones en que estaba valorado el activo a 31 de diciembre de El rendimiento total provisional de la Caja en el trimestre finalizado el 31 de marzo de 2010 fue de un 2,1%, cifra superior al nuevo rendimiento provisional de referencia, fijado en un 1,9%. Si se considera un periodo anual, la Caja quedó por debajo del nuevo objetivo de referencia, pero en cambio lo superó si se calcula por periodos de tres y cinco años. El rendimiento de la Caja en comparación con su nuevo objetivo de referencia (compuesto en un 60% por el índice mundial MSCI [Morgan Stanley Capital International All Country World Index], en un 31% por el índice agregado de Barclays del mercado mundial de bonos [Barclays Capital Global Aggregate Bond Index], en un 6% por el índice básico diversificado [Open End Diversified Core Index] del National Council of Real Estate Investment Fiduciaries y en un 3% por el índice de los bonos del Tesoro estadounidense a 91 días), proporciona una comparación de referencia con el índice anterior (formado por un 60% del Morgan Stanley Capital International World Index y un 40% del Citigroup World Government Bond Index). SITUACIÓN ACTUARIAL DE LA CAJA AL 31 DE DICIEMBRE DE Cada dos años se efectúan evaluaciones actuariales para determinar si el activo de la Caja, tanto el actual como el proyectado, bastará para atender sus obligaciones presentes y futuras, utilizando para ello varias series de hipótesis sobre la futura evolución económica y demográfica. El proveedor de servicios actuariales es Buck Consultants. Asimismo, por recomendación del Comité Mixto, se designa una Comisión de Actuarios formada por siete profesionales independientes y encargada de asesorar al Comité sobre las cuestiones actuariales que se planteen a raíz de la aplicación de los Estatutos. La Comisión también supervisa el trabajo del Actuario Consultor y evalúa los servicios que presta a la Caja. Sus miembros son elegidos de forma que estén representadas las cinco regiones del mundo. 11. Evaluación actuarial. La evaluación actuarial al 31 de diciembre de 2009 realizada por el Actuario Consultor puso de manifiesto un ligero déficit, que representaba un -0,38% de la remuneración pensionable. Tal porcentaje significa, en otras palabras, que la tasa de aportación teóricamente necesaria para alcanzar el equilibrio al 31 de diciembre de 2009 era de un 24,08% de la remuneración pensionable, frente a una tasa de aportación actual del 23,70%. 12. Para llevar a cabo las evaluaciones se parte de una serie de hipótesis económicas relativas a la rentabilidad de las inversiones y la inflación futuras y de múltiples hipótesis demográficas acerca del aumento del número de afiliados, la mortalidad, el cese en el servicio y la invalidez. Los resultados de la evaluación actuarial de la Caja se determinan aplicando el método agregado de financiación de un grupo abierto. La evaluación ordinaria efectuada al 31 de diciembre de 2009 reposaba en las tres hipótesis económicas siguientes: a) un aumento previsto de la remuneración pensionable del 4,50% anual; b) una previsión de rentabilidad nominal de las inversiones del 7,50% anual; y c) una inflación prevista del 4,00% anual. También se integró la hipótesis de un aumento del número de afiliados del 0,5% anual en los diez años siguientes y de un crecimiento cero a partir de entonces. Las demás hipótesis demográficas utilizadas en la evaluación se determinaron atendiendo a un análisis del conjunto de los afiliados a la Caja por lo que respecta a los índices de mortalidad, invalidez y cese en el servicio.

4 36 C/42 pág Paralelamente a la evaluación se lleva a cabo otro análisis para determinar las tasas de capitalización, análisis que ayuda al Comité Mixto a valorar la situación de la Caja en función de la coyuntura presente, y no tanto de proyecciones para el futuro. Las tasas de capitalización son una comparación entre el activo corriente de la Caja y el valor de las prestaciones devengadas (obligaciones) en determinada fecha de evaluación en el supuesto de una liquidación del plan de pensiones. Por lo que respecta a sus obligaciones a 31 de diciembre de 2009, se estimó que la Caja gozaba de una sólida situación financiera, como ya había sido el caso en las nueve evaluaciones anteriores. La actual tasa de capitalización es del 140%, porcentaje que se obtuvo dividiendo el valor actuarial del activo (a saber: millones) por el valor actuarial de las prestaciones devengadas ( millones), de donde se infiere que existe un margen de seguridad del 40% entre el valor del activo y las obligaciones devengadas. La tasa de capitalización es inferior si se toma en cuenta el actual sistema de reajuste de las pensiones, en virtud del cual las prestaciones se ajustan en función de la inflación. 14. A tenor de los resultados de la última evaluación actuarial, la Comisión de Actuarios y el Actuario Consultor opinaron que la actual tasa de aportación del 23,70% era suficiente para subvenir a las prestaciones previstas en el plan de pensiones. II. COMITÉ DE PENSIONES DEL PERSONAL DE LA UNESCO 15. En cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los Estatutos y el Reglamento de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas, el Comité de Pensiones del Personal de la UNESCO celebra sus reuniones en la Sede de la Organización en París. En promedio suele haber tres o cuatro reuniones al año, convocadas en función de las necesidades. El Comité está integrado por nueve miembros: tres miembros (y tres suplentes) elegidos por la Conferencia General de la UNESCO por un mandato de dos años; tres miembros (y tres suplentes) designados por el Director General de la UNESCO (deben estar afiliados a la Caja de Pensiones y ser funcionarios de la Secretaría de la UNESCO); y tres miembros (y tres suplentes) elegidos por el personal. 16. Dentro de la Organización, el Comité de Pensiones del Personal de la UNESCO es el órgano administrativo de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas, establecida por la Asamblea General de las Naciones Unidas a fin de proporcionar prestaciones de jubilación y prestaciones conexas a los funcionarios de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas. La administración de la Caja corre a cargo de un Comité Mixto Tripartito, que ha delegado en el Comité de Pensiones del Personal de cada organización afiliada la facultad de ocuparse de la mayoría de los asuntos que puedan plantearse en relación con la administración de la Caja. 17. El Comité de Pensiones del Personal de la UNESCO está facultado, por consiguiente, para encargarse de las siguientes cuestiones: i) conceder prestaciones, con arreglo a los Estatutos de la Caja Común de Pensiones, a los afiliados y beneficiarios de la UNESCO; ii) interpretar y aplicar los Estatutos y la reglamentación administrativa de la Caja con respecto al personal de la UNESCO; iii) proponer modificaciones de los Estatutos y reglamentos de la Caja para someterlas al examen del Comité Mixto de Pensiones del Personal y presentarlas ulteriormente a la Asamblea General de las Naciones Unidas, que es el órgano legislativo encargado de los asuntos relativos a las pensiones; iv) participar, por conducto de sus representantes designados, en los periodos ordinarios y extraordinarios de sesiones del Comité Mixto de Pensiones y sus órganos subsidiarios. 18. En cuanto a las normas que rigen la elección de sus representantes en el Comité de Pensiones de la UNESCO local, la Conferencia General ha seguido hasta ahora la práctica de designar a Estados Miembros en calidad de miembros del Comité y suplentes los cuales a su vez designan a sus representantes. Para no retrasar las reuniones y evitar gastos de viaje innecesarios, la Conferencia General suele elegir a Estados Miembros que tienen delegación permanente ante la UNESCO en París, de forma que dichos Estados puedan designar a sus

5 36 C/42 pág. 4 representantes entre los miembros de su delegación permanente. Se valora que los representantes dominen perfectamente el francés y el inglés, ya que no hay asignación presupuestaria para gastos de traducción o interpretación. 19. La Conferencia General también ha instituido la práctica de designar a sus representantes en el Comité de Pensiones del Personal de la UNESCO por un periodo correspondiente al intervalo entre sus reuniones ordinarias, es decir, dos años. Los Estatutos de la Caja estipulan que los miembros y los miembros suplentes del Comité pueden ser reelegidos. 20. En aplicación de la Resolución 35 C/94, durante el periodo fueron miembros del Comité de Pensiones del Personal de la UNESCO los representantes de los siguientes Estados Miembros: Miembros Brasil Federación de Rusia Japón Suplentes Argelia Kenya San Vicente y las Granadinas 21. La Conferencia General es consciente de que la administración de la Caja requiere cierto grado de continuidad y experiencia, como demuestran las designaciones de representantes en el Comité que ha efectuado hasta ahora. Ello resulta ahora tanto más necesario cuanto que la Caja, que debe atender a las Naciones Unidas en su conjunto, ha pasado de ser un sistema relativamente sencillo a otro de gran complejidad, regido por disposiciones a menudo complicadas y difíciles de entender. Todo el proceso se simplificaría si en cada uno de los grupos regionales de Estados Miembros se celebraran consultas para designar a los Estados Miembros que serán sus candidatos al Comité antes del examen de este punto del orden del día por la Comisión Administrativa. Proyecto de resolución 22. Teniendo en cuenta lo que antecede, la Conferencia General podría completar y aprobar un proyecto de resolución redactado en los siguientes términos: La Conferencia General, 1. Habiendo examinado el documento 36 C/42, 2. Toma nota del informe de la Directora General sobre la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas; 3. Nombra miembros del Comité de Pensiones del Personal de la UNESCO para el periodo comprendido entre el 1º de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013 a los representantes de los seis Estados Miembros siguientes: Miembros Suplentes Impreso en papel reciclado

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