Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y normativa colombiana: Principio del Interés Superior del Niño
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- Elisa Elvira Sáez Arroyo
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1 Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y normativa colombiana: Principio del Interés Superior del Niño
2 1 Protección Jurídica especial de los Derechos de la Niñez: Convención Internacional sobre los Derechos del Niño
3 La libertad, la justicia y la paz en el mundo se basan en el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.
4 Protección Jurídica Especial Los seres humanos nacen libres e iguales y por lo tanto deben tener los mismos derechos. Con el objetivo de garantizar la dignidad y una efectiva protección igualitaria de todas las personas, se reconoce la existencia de protecciones jurídicas especiales de los derechos de ciertos grupos, uno de los cuales son las personas menores de 18 años.
5 Convención sobre los Derechos del Niño Es el primer tratado internacional especializado que reconoce los derechos humanos (civiles, políticos económicos, sociales, culturales) de los que son titulares todos los niños, niñas y adolescentes en cualquier parte del mundo, sin discriminación.
6 Convención sobre los Derechos del Niño Implica un cambio jerárquico de relaciones entre niños, niñas, adolescentes y adultos/ una forma diferente de relación entre personas adultas y niñas, niños y adolescentes.
7 Convención sobre los Derechos del Niño Implica un cambio en el concepto que se tiene de las niñas, niños y adolescentes.
8 Avance progresivo Legislaciones de menores / Sistemas tutelares Convención sobre Derechos del Niño Paradigma de la situación irregular Concibe al niño cómo: Problema Vulnerabilidad Carencia Objeto de medidas de protección Paradigma de la protección integral Concibe al niño cómo: Actor Ciudadano Potencialidad Sujeto de derechos
9 Convención sobre los Derechos del Niño Las niñas, niños y adolescentes son considerados en si mismos, no como apéndices de sus familias o adultos cuidadores y en el presente, no como el adulto que podrán llegar a ser.
10 Diferente Perspectiva de la Política Necesidad Derecho Caridad Obligación moral Voluntariado Respuesta emocional Responsabilidad sin definirse Cumplimiento de obligaciones: el niño tiene un derecho exigible contra el Estado Responsabilidades definidas
11 Principios de la Convención INTERES SUPERIOR DEL NIÑO (art. 3.1) NO DISCRIMINACION (art. 2) CORRESPONSA- BILIDAD PARTICIPACIÓN (art. 12)
12 2 Principio del Interés Superior del Niño
13 Interés Superior del Niño CDN 3.1. CODIGO INFANCIA Y ADOLESCENCIA Artículo 8. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño. Se entiende por interés superior del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus derechos humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes.
14 Principios Interés Superior y Prevalencia INTERES SUPERIOR (CDN) PREVALENCIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ (Constitución 91).
15 Prevalencia de los derechos del Niño CN 91 art. 44. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. CODIGO INFANCIA Y ADOLESCENCIA Artículo 9. En todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que deba adoptarse en relación con los niños, las niñas y los adolescentes, prevalecerán los derechos de éstos, en especial si existe conflicto entre sus derechos fundamentales con los de cualquier otra persona. En caso de conflicto entre dos o más disposiciones legales, administrativas o disciplinarias, se aplicará la norma más favorable al interés superior del niño, niña o adolescente.
16 Que NO es el Interés Superior del Niño El interés superior del niño no es lo que cada cual considere que es lo mejor para un niño, niña o adolescente. Debe ser el resultado de un análisis integral, multidisciplinario, en el que se establezca la mejor manera de hacer efectivos todos los derechos consagrados en la Convención. No decisiones desde la subjetividad de cada funcionario
17 Requisito indispensable para aplicación Principio Interés Superior del NIño Equipos multidisciplinarios suficientes, - conformados por servidores públicos con capacidad técnica en su disciplina - con conocimiento y compromiso para aplicar un enfoque derechos de la niñez - con recursos disponibles para desempeñar sus funciones en el marco del Estado Social de Derecho en Colombia
18 Interés Superior y Participación Otro principio de la CDN, que es a la vez requisito indispensable en la aplicación del principio del interés superior del niño es escucharlo y tener en cuenta su opinión. No aplicabilidad de principio del Interés superior de niño" si no se considera la situación problemática desde la perspectiva del propio niño, niña o adolescente.
19 Escuchar la voz del niño y tener su opinión en cuenta CDN Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño. 2. Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional. CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA Artículos 26 y 193
20 Escuchar la voz del niño CDN 12. teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño. Significa que se deben establecer y aplicar los mecanismos pertinentes y necesarios para escuchar a las niñas y niños de acuerdo a su madurez o a su edad (no quiere decir que dependiendo de su edad o madurez lo escuchemos o no).
21 Interés Superior y Prevalencia Decisiones judiciales y administrativas: Acceso a la justicia. Decisiones de política, priorización en presupuestos. Práctica/relacionamiento cotidiano con niñas, niños y adolescentes
22 Tener en cuenta la opinión del niño Las decisiones judiciales y administrativas deben explicar claramente por qué no se tomaron en concordancia con lo expresado por el niño, la niña o el adolescente, cuando este sea el caso.
23 Si se logra comprender y aplicar correctamente el Principio del Interés Superior del Niño, estaremos avanzando en la toma de decisiones que efectivamente garanticen los derechos de las niñas, niños y adolescentes en Colombia.
24 Gracias!
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