ACUERDO Nro. 09 Julio 21 de "por medio del cual se modifica el estatuto tributario del municipio de Sopetrán"
|
|
- Eugenia Zúñiga Méndez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 RECÚBLJGA OYE COL 09/(81,4 IDETARTflui/EXIDiffAirilocrtilA ~leo DE SODEMar CoXCElo ACUERDO Nro. 09 Julio 21 de 2009 "por medio del cual se modifica el estatuto tributario del municipio de Sopetrán" El Municipio de Sopetrán, en ejercicio de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 287, 294, 313, 338 y 363 de la Constitución Política de Colombia y la ley 136 de 1994 y el Decreto 1333 de 1986, ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese los siguientes artículos del Acuerdo Municipal N 010 de Estatuto Tributario del Municipio de Sopetrán, los cuales quedaran así: ARTÍCULO 16: TARIFAS DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO: En desarrollo de lo señalado en el artículo 4 de la ley 44 de 1990, las tarifas del impuesto predial unificado, se establecerá de acuerdo a los siguientes criterios: La tarifa del impuesto predial unificado oscilará entre el 1 por mil y el 16 por mil del respectivo avaluó. Las tarifas deberán establecerse de manera diferencial y progresiva teniendo en cuenta: Los estratos socioeconómicos Los usos del suelo, en el sector urbano La antigüedad de la formación o actualización del catastro. Las tarifas aplicables a los terrenos urbanizables no urbanizados teniendo en cuenta lo estatuido por la ley 9 de 1989, y a los urbanizados no edificados, podrán ser superiores al límite del 16 por mil, sin que excedan del 33 por mil. Fíjese las siguientes tarifas diferenciales para la liquidación del impuesto predial unificado y el autoevaluó: GRUPO 1 PREDIOS URBANOS EDIFICADOS RESIDENCIALES ESTRATO SOCIOECONÓMICO TARIFA 9x x x x x x1.000 Parque principal Sopetrán Antioquia Teléfono: concejosopetran.0710 gmail.com
2 RET-ÜBLIGI (DE COLOrai q_yetayietwiewro (DE "117090A fhtinvicitio SOTETRAN CONCEJO PREDIOS URBANOS UNIFICADOS NO RESIDENCIALES DESTINACIÓN ECONÓMICA TARIFA Inmuebles Industriales 16x1.000 Inmuebles Comerciales 16x1.000 Inmuebles de Servicios 16x1.000 Predios Vinculados en Forma Mixta 16x1.000 PREDIOS URBANOS NO EDIFICADOS Predios Urbanizables no Urbanizados dentro del Perímetro Urbano 12x1.000 Predios Urbanizados no Edificados 12x1.000 INSTITUCIONAL O ESTADO (Bienes educativos) 6/1000 Predio urbano no urbanizable 12x1.000 GRUPO 2 PREDIOS RURALES SEGÚN LAS ZONAS GEOECONÓMECAS Zona Geoeconómica 301 6x1.000 Zona Geoeconómica 302 6x1.000 Zona Geoeconómica 303 6x1.000 Zona Geoeconómica 304 6x1.000 Zona Geoeconómica 305 6x1.000 Zona Geoeconómica 306 6x1.000 Zona Geoeconómica 307 6x1.000 Zona Geoeconómica 308 6x1.000 Zona Geoeconómica 309 6x1.000 Zona Geoeconómica 310 6x1.000 Zona Geoeconómica 311 6x1.000 Zona Geoeconómica 312 6x1.000 Zona Geoeconómica 313 6x1.000 Zona Geoeconómica 314 6x1.000 Zona Geoeconómica 315 6x1.000 PARÁGRAFO: A la vivienda popular y a la pequeña propiedad rural destinada a la producción agrícola, se les aplicara la tarifa mínima del 1 por mil del respectivo avaluó. PREDIOS RURALES CON DESTINACIÓN ECONÓMICA Predios destinados al turismo, recreación y servicios 16x1.000 Predios destinados a instalaciones y montaje de equipos para 16x1.000 la exportación agroindustrial y pecuaria. Predios destinados a instalaciones y montaje de equipo para la 16x1.000 Extracción y explotación de minerales e hidrocarburos, industria. Los predios donde se extraen arcilla, balastro, arena o cualquier 16x1.00 otro material para la construcción. Parcelaciones, fincas de recreo, condominios, conjuntos residenciales 16x1.000 Cerrados o urbanizaciones campestres. PARÁGRAFO 1- El valor de los avalúos establecidos en este artículo para la liquidación del impuesto predial unificado, se incrementará anualmente en el mismo porcentaje que fije el Gobierno nacional para los predios formados. Parque principal Sopetrán Antioquía Teléfono: concejosopetran.0710@9mail.corn
3 BET"frAftilEffilTo qye "Trogp 14- fmvivicitio (DE SOCPETRAX conlijo PARÁGRAFO 2- Los procedimientos utilizados por la Administración Municipal para determinar el avaluó catastral, serán los regulados por el IGAC o catastro Departamental, y las demás normas que lo complementen o modifiquen. ARTÍCULO 65. CÓDIGO DE ACTIVIDADES Y TARIFAS DE INDUSTRIA Y COMERCIO Códigodescripción Actividad Industrial Tarifa Alimentos y bebidas: 101 Productos lácteos; fabricación de chocolate y confitería; preparación y conservación de camas, productos de panadería; fabricación de bebidas y gaseosas; fabricación de hielo, helados; fabricación de envases, encurtidos, conservas, jugos, mermeladas, jaleas, fabricación se alimentos en general incluidos concentrados para animales. 102 transformaciones de materias primas: Cementos, talcos, cerámicas, losas, alfarería, asbesto, productos de arcilla y cascajo. 103 cueros: Manufacturas de cuerpo para uso industrial y deportes tales como: Maletas, papeleras, guarnieles, carteras, billeteras y otras. 104 Madera: Aserradores, fabricación y reparación de muebles, puertas, ventanas, artículos para uso industrial de madera, fabricación de productos maderables. 105 Metales: Artículos de hojalata, alambre, aluminio, puertas y ventanas metálicas, muebles metálicos, cerrajería y plomería; demás actividades similares, fabricación de productos de hierro y acero. 106 Textiles: 4X1000 Producción de textiles, confecciones en general, fabricación de calzado 107 Tipografía y artes graficas, periódicos. 108 Otros: Otros establecimientos industriales no clasificados en los anteriores ACTIVIDADES COMERCIALES: 201 Alimentos y bebidas: Tiendas y graneros sin venta de licor, venta de productos lácteos, legumbrerías, 5x1000 supermercados, carnicerías, salsamentarías, venta de carnes frías y pollos, venta de productos. 202 Medicamentos: Medicamentos y productos farmacéuticos, cosméticos, perfumes, artículos dentales, 7x1000 Productos de belleza. 203 Ferreterías: Venta de materiales para la construcción 6x Maquinaría y equipo industrial: Venta de maquinas y equipo industrial, maquinas de uso domésticos, maquinas de 6x1000 uso agrícola, venta de automotores, motos, bicicletas; venta de repuestos y accesorios. 205 Muebles y electrodomésticos: Muebles para hogar y oficina, artículos electrodomésticos, cacharrerías, misceláneas, 6x1000 colchones, maquinas y equipos de oficina. 206 Productos agropecuarios: Alimentos para todo tipo de animales, productos de uso agropecuarios, venta de flores 6x1000 "JUNTOS POR UN MISMO IOEAL" Parque principal Sopetrán Antioquía Teléfono: concejosopetran.0710@gmall.com
4 RUPÚBLICA OYE COLOMBIA BILTARTAsYfENTO (1XL ATITIOQ 91109VICIBIO OYE SOBETWfiThr COXYL Telas y prendas de vestir: Prendas de vestir, calzado en general, telas, tejidos en general 208 Venta de cigarrillos, licores 5x Combustibles: Estaciones de servicios, venta de gas propano y derivados del petróleo 5x Ventas al por mayor de productos con precios regulados y declarados independientemente (cemento, gaseosas, licores, cerveza, etc.) (Siempre y cuando se respete el precio 5x1000 oficial regulado). 211 Venta de equipos y accesorios de telefonía celular 6x Compraventa Con pacto de retroventa 10x Talleres de Orfebrería, relojería, joyerías. 10x Talleres de Hierro forjado. 5x Demás actividades comerciales no clasificadas en los códigos anteriores. 6x1000 ACTIVIDADES DE SERVICIOS Educación privada 3x Servicio de vigilancia 3x Centrales de llamadas telefónicas 10X Servicios de empleo temporal 3X Servicios profesionales, servicios prestados por contratistas de construcción 10x1000 constructores y urbanizadores (se incluyen los ingresos provenientes de la construcción y venta de inmuebles) 306 Servicios públicos básicos y servicios públicos domiciliarios de acueducto y 10x1000 alcantarillado, energía, aseo, gas, etc. 307 Servicios de restaurante, salsamentarías, reposterías, salones de té, charcuterías, 6x1000 cafeterías (sin venta de licor). 308 Servicios de restaurante con venta de bebidas alcohólicas, tabernas, estaderos, 8x1000 cantinas, heladerías y tiendas mixtas, griles bares y discotecas. 309 Servidos de diversión y esparcimiento con venta de bebidas alcohólicas en general 8x1000 (incluye casas de juego y casinos), juegos de azar en general. Moteles y Residencias con venta de licor. 310 Servicios básicos de Telecomunicaciones en general, salas de Internet, Televisión 10x1000 por cable, satélite o similar, programación de televisión. 311 Hoteles, casas de Huéspedes y otros lugares de esparcimiento. 10x Cooperativas. 3x Radiodifusoras, funerarias, peluquerías y salones de belleza. 5x Parqueaderos y lavaderos de vehículos, montallantas y cambio de aceite. 5x Servicios médicos: Clínicas privadas, consultorios médicos y odontológicos 10X1000 laboratorios, servicios veterinarios. 316 Servicio de transporte público. 10x Exhibición de películas, videos. 6x Talleres de reparación en general. 5x Comisionistas, evaluadores, cobro de cartera, asesoría técnica, servicios de consultoría profesional. 3x Sucursales, agencias y oficinas del sector financiero. 5x Contribuyentes y actividades con tratamiento especial. 3x Demás actividades de servicios no clasificados en los códigos anteriores. 5x1000 ARTÍCULO 120. AUTORIZACIÓN LEGAL. La sobretasa a la gasolina motor y ACPM en el Municipio de Sopetrán, está autorizado por la ley 788 de Parque principal Sopetrán Antioquia -Teléfono: concejosopetran.0710@gmailcom
5 REPÚBLICA (ThE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE A f159 William (me SOOLTRAW CONCEJO ARTÍCULO 121. ELEMENTOS DE LA SOBRETASA A LA GASOLINA. 1. Hecho generador. Lo constituye el consumo de la gasolina motor extra y corriente nacional o importada, en la jurisdicción del Municipio. No generan sobretasa las exportaciones de gasolina motor extra y corriente. 2. Sujeto pasivo. Son responsables de la sobretasa, los distribuidores mayoristas de gasolina motor extra y corriente, los productores e importadores. Además son responsables directos del impuesto los transportadores y expendedores al detal, cuando no puedan justificar debidamente la procedencia de la gasolina que transporten o expendan y los distribuidores minoritas en cuanto al pago de la sobretasa de la gasolina a los distribuidores mayoristas, productores o importadores, según el caso. 3. Causación. La sobretasa se causa en el momento en el que el distribuidor mayorista, productor o importador enajene la gasolina motor extra o comente, al distribuidor minorista o al consumidor final. Igualmente se causa el momento en que el distribuidor mayorista, productor o importador retira el bien para su propio consumo. 4. Base gravable. Está constituida por el valor de referencia de venta al público de la gasolina motor tanto extra como corriente por galón, que certifique mensualmente el Ministerio de Minas y Energía. El valor de referencia será único para cada tipo de producto. 5. Sujeto activo. El sujeto activo de la sobretasa a la gasolina motor es el Municipio de Sopetrán, a quien le corresponde, a través de la Secretaría de Hacienda, la Administración, recaudo, determinación, discusión, devolución y cobro de la misma. Para tal fin se aplicaran los procedimientos y sanciones establecidos en el Estatuto Tributario Nacional. 6. Declaración y pago. Los responsables mayoristas cumplirán mensualmente con la obligación de declarar y pagar las sobretasas, en las entidades financieras autorizadas para tal fin, dentro de los quince primeros días calendario del mes siguiente al de causador]. 7. Tarifa. Se aplicará una tarifa del dieciocho punto cinco por ciento (18.5%), sobre la base gravable. TITULO TRES, TASAS Y DERECHOS, CAPITULO DOS. Articulo 144. Numeral 11. Los certificados de estratificación, zona de riesgos, tendrán un costo del medio salario mínimo diario legal vigente. Para los estratos 1, 2 y 3; para comercio, bodegas, hotelería, industrias, galpones y otros usos, el costo será de un salario mínimo diario legal vigente. ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir de su sanción y deroga cualquier disposición que le sea contraria. Este Acuerdo fue debatido en dos ocasiones, comisión y plenaria, según reuniones celebradas en días diferentes. Dado en el Honorable Concejo Municipal de Sopetrán Antioquia, a los veinte Julio del año dos mil nueve (2009). 21) días del mes de /Cc< cec< G f IA ELENA PARRA LONDOSO 'denla LAURA KA Secretaria ELADA LUNA Parque principal Sopetrán Antioquia Teléfono: concejosopetran mail com
6 "Trabajando por el progreso de Sopetrán con justicia social" Departamento de Antioquia Municipio de Sopetrán - Alcaldía Nit CONSTANCIA: Secretaría de Gobierno, treinta y uno (31) de julio de dos mil nueve (2009). En la fecha hago constar que siendo las nueve y treinta (09:30 am) de la mañana, recibí de parte de la Asistente dela Alcaldía por remisión del Secretario Ejecutivo, el Acuerdo Nro. 09 de Julio 2 de Pasa al despacho del señor Alcalde Municipal para lo p rtinente. ÉRICA MARÍATLnON (VICIO Secretaria de Gobierno Sopetrán, agosto tres (03) de dos mil nueve (2009). En mi calidad de Alcalde sanciono el Acuerdo Municipal Nro. 09 de Julio 21 de En consecuencia remítase por duplicado a la Sección Jurídica de la Gobernación de Antioquia (Asuntos Municipales), para su correspondiente revisión. auct JJTION WIL AR VI LA GUERRA Alcalde Municipal CONSTANCIA: Secretaría de Gobierno seis (06) de agosto de dos mil u eve (2009). En la fecha hago constar que el Acuerdo Municipal Nro. 09 de Julio 2009, se publicó por alto parlante y por la emisora local los días.lres, cu cinco de agosto de dos mil nueve (2009). ÉRICA MARÍA LONDOWD-L-13ND O O Secretaria de Gobierno Parque principal teléfonos , fax Correo electrónico alcaldiasopetran@gmail.com
Municipio de Caucasia Alcaldía Para volver al Progreso Tarifas Predial e Industria
TARIFAS DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO (Estatuto de Rentas Municipal No 030 de 2012) Fíjense las siguientes tarifas diferenciales para la Liquidación del Impuesto Predial Unificado: 1. PREDIOS RURALES:
Más detallesMUNICIPIO DE VENECIA ANTIOQUIA
ACUERDO N 003 (Febrero 15 de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 16 Y 203 del ACUERDO N 031 de Diciembre 10 de 2012 El Honorable Concejo Municipal de Venecia, en ejercicio de las facultades
Más detallesORTEGA SOMOS TODOS! Calle 6 5-30 Centro Teléfono (098) 22 58 106-22 58 783 E-Mail: alcaldiaortega@latinmail.com Ortega - Tolima
IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO ARTICULO 21. Tarifas: Las tarifas anuales aplicables para liquidar el impuesto predial unificado que se cobrarán a partir del primero (1º) de Enero del año 2008, serán las siguientes:
Más detallesCONCEJO MUNICIPAL Montenegro Quindío
ACUERDO No 009 JUNIO 24 DE 2012 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EN PARTE EL ACUERDO No. 028 DE NOVIEMBRE 30 DE 2.008 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EL HONORABLE CONCEJO DEL MUNICIPIO DE MONTENEGRO QUINDÍO,
Más detallesRESOLUCION No. 001 (Enero 02 de 2014)
RESOLUCION No. 001 (Enero 02 de 2014) POR LA CUAL SE FIJAN LAS TARIFAS, VALORES, PLAZOS PARA PRESENTAR DECLARACIONES, INCENTIVOS FISCALES POR PAGO OPORTUNO Y DEMAS DETERMINACIONES SOBRE LOS TRIBUTOS DEL
Más detallesREPUBLICA VE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CHOCO MUNICIPIO VE TAVO CONCEJO MUNICIPAL NIT 818001994-8. ACUERDO N 006 DE 2012.
DEPARTAMENTO DEL CHOCO ACUERDO N 006 DE 2012. (7 de marzo) POR EL CUAL SE ESTABLECE, REGULA Y SE FIJAN TARIFAS SOBRE EL IMPUESTO DE ALUMBRADO PÚBLICO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. Ei Honorable Concejo
Más detallesMunicipio de Támesis - Antioquia Honorable Concejo Municipal
ACUERDO N 018 Diciembre 14 de 2012 POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA UN ARTICULO NUEVO AL ESTATUTO TRIBUTARIO MUNICIPAL Y SE INTRODUCEN UNAS MODIFICACIONES AL ARTICULO 21. EL HONORABLE CONCEJO DEL MUNICIPIO
Más detallesDe acuerdo con la nueva redacción de este artículo, los contribuyentes personas naturales se clasifican en:
Fecha: Miércoles 2 de noviembre de 2013 Título: Retención en la Fuente Asalariados y Trabajadores Independientes - Ley 1607 de 2012 Asociado: EDUAR BENJUMEA BENJUMEA Básicamente las modificaciones introducidas
Más detallesACUERDO No.07 De Septiembre de 2014
ACUERDO No.07 De Septiembre de 2014 "POR EL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE MUNICIPAL DE PUERTO ESCONDIDO - CÓRDOBA, PARA QUE ADOPTE LAS FIGURAS DE DACION DE PAGO Y CRUCE DE CUENTAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
Más detallesCONCEJO MUNICIPAL SANTIAGO DE CALI
CONCEJO MUNICIPAL SANTIAGO DE CALI ACUERDO NO. 25 DE 30 DIC 1992 POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES SOBRE NORMAS CATASTRALES E IMPUESTO PREDICAL UNIFICADO EL CONCEJO DE SANTIAGO DE CALI, en uso
Más detallesCONCEJO ACUERDO N 031 1 9 0 I0 2012
CONCEJO ACUERDO 031-2012 ACUERDO N 031 1 9 0 I0 2012 "POR EL CUAL SE ESTABLECEN FUENTES Y FACTORES DE SUBSIDIO POR ESTRATO COMO LOS FACTORES DE APORTE SOLIDARIO EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
Más detallesMINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO
República de Colombia MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO NÚMERO DE ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las consagradas
Más detallesRepública de Colombia Concejo Municipal San José Caldas NIT: 810001998-8
EXPOSICION DE MOTIVOS. El presente Acuerdo busca establecer en los servicios públicos domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo los aportes solidarios que los usuarios obligados por el orden legal
Más detallesORDENANZA No. 364 (DICIEMBRE 13 DE 2001)
ORDENANZA No. 364 (DICIEMBRE 13 DE 2001) Por medio de la cual se crea una tasa, como contraprestación directa por los servicios que presta el Departamento Administrativo de Salud del Putumayo, y se dictan
Más detallesServicios (5044) Construcción (4045) Inversiones (3799) Agroindustrial (3424) Carnes y Pescados (113) Aceites y Grasas (107)
Nota: los registros están separados por sectores y subsectores de la economía el numero entre el paréntesis es el de la cantidad de datos que hay con su respectiva información. COLOMBIA (361.200) Real
Más detallesBanco de Guatemala Departamento de Estadísticas Macroeconómicas Sección de Cuentas Nacionales
Banco de Guatemala Departamento de Estadísticas Macroeconómicas Sección de Cuentas Nacionales PRODUCTO INTERNO BRUTO TRIMESTRAL Primer trimestre de 2015 (Año de referencia 2001) Guatemala, julio de 2015
Más detallesIMPUESTO DE ICA PARA BOGOTA
IMPUESTO DE ICA PARA BOGOTA Por medio del presente Boletín deseamos informarle las modificaciones del impuesto de Industria y comercio para Bogotá, las cuales deberán tenerse en cuenta a partir del cuarto
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS (Acuerdo No. 006) Pongo en consideración de esta corporación, el presente proyecto de acuerdo «Por medio del cual se autoriza al Alcalde Municipal, para dar en venta bienes ejidales
Más detallesACUERDO No. 027 DE 2011 DICIEMBRE 20
ACUERDO No. 027 DE 2011 DICIEMBRE 20 POR MEDIO DEL CUAL SE COMPILA Y MODIFICA LA NORMATIVIDAD EXISTENTE EN EL MUNICIPIO EN CUANTO AL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL SOCORRO COMO INSTITUCION DE SERVICIO.
Más detallesY CÚMPLASE CONSTANCIA DE PUBLICACIÓN
ALCALDÍA Df MOSQUERA OFICINA JURÍDICA INFORME SECRETARIAL Mosquera - Cundinamarca, al Despacho del Señor Alcalde el Atuerdo No. 6 de fecha 16 de Abril de 2016, proveniente del Concejo Murticipal "POR MEDIO
Más detallesTRÁMITES VISIBLES Y SISTEMASS DE INFORMACIÓN AL SERVICIO DEL CIUDADANO IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
TRÁMITES VISIBLES Y SISTEMASS DE INFORMACIÓN AL SERVICIO DEL CIUDADANO IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO ALCALDIA MUNICIPAL DE EL ZULIA (Norte de Santander) Mario Becerra Alcalde Municipal Roselia Nova
Más detallesDirección Jurídica FCM Boletín Jurídico Municipal Junio de 2015
Junio de 2015 Junio de 2015 Recursos FONPET Señores Alcaldes y Alcaldesas!!! El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió la Resolución No. 1642 del 25 de mayo de 2015, por la cual se adiciona
Más detallesCODIGO DE ACTIVIDADES Y MILAJES PARA LA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE INDUSTRIA Y COMERCIO. ACTIVIDADES INDUSTRIALES
CODIGO DE ACTIVIDADES Y MILAJES PARA LA ELABORACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE INDUSTRIA Y COMERCIO. ACTIVIDADES INDUSTRIALES CÓDIGO ACTIVIDAD TARIFA 10 ALIMENTOS Y BEBIDAS 1001 Preparación productos alimenticios
Más detallesPROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012
PROYECTO DE ACUERDO No. DEL DE DE 2012 Por medio del cual se deroga el acuerdo no. 017 del 26 de septiembre de 2007 y se crea el fondo cuenta territorial de seguridad y convivencia ciudadana en el municipio
Más detallesACUERDO No. 017 (Octubre 8 de 2012) POR EL CUAL SE ADOPTA EL CÓDIGO DE RENTAS PARA EL MUNICIPIO DE TUMACO. ACUERDA:
ACUERDO No. 017 (Octubre 8 de 2012) POR EL CUAL SE ADOPTA EL CÓDIGO DE RENTAS PARA EL MUNICIPIO DE TUMACO. El Concejo Municipal de Tumaco en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial
Más detallesMINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA RESOLUCIÓN NÚMERO
REPUBLICA DE COLOMBIA I MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA RESOLUCIÓN NÚMERO DE Por la cual se modifica la Resolución 8 2438 del 23 de diciembre de 1998 y se establecen disposiciones relacionadas con la estructura
Más detallesCONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA FALLO
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Consejera Ponente: MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA Bogotá, D.C., catorce (14) de junio de dos mil doce (2012). Radicación: 13001-23-31-000-2004-00302-02-
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA MUNICIPIO DE MOMIL Concejo Municipal NIT 812000701-0. ACUERDO No. 016 (De Diciembre 19 de 2013)
ACUERDO No. 016 (De Diciembre 19 de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO 022 DE 1997 Y SE ADOPTAN PROCEDIMIENTOS DEL CÓDIGO DE RENTA, NORMATIVIDAD SUSTANTIVA Y RÉGIMEN SANCIONATORIO TRIBUTARIA
Más detallesDirección Local de Salud
210-060-001 CONCEJO REPUBLICA MUNICIPAL DE COLOMBIA DE TRUJILLO Dirección Local de Salud ACUERDO N 001 (Febrero 22 del 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO NO 015 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y
Más detallesMINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO. DECRETO NÚMERO 565 DE 1996 (19 de marzo de 1996)
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DECRETO NÚMERO 565 DE 1996 (19 de marzo de 1996) Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994 en relación con los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos del
Más detallesAnálisis Regional de Empresas Industriales REGIÓN AMAZONAS
Análisis Regional de Empresas Industriales REGIÓN AMAZONAS 1 PRESENTACIÓN Desde el año 2007, en que se realizó el Censo Nacional de Empresas Manufactureras, el Ministerio de la Producción (PRODUCE), a
Más detallesRepública de Colombia Concejo Municipal San José Caldas NIT: 810001998-8
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Conforme con lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 313 de la Constitución Política de Colombia, el Concejo Municipal puede autorizar al Alcalde para celebrar contratos y ejercer
Más detallesCAPITULO IMPUESTOS DIRECTOS 1. IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO
CAPITULO I IMPUESTOS DIRECTOS 1. IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO ARTÍCULO 25. CONFORMACION DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO. El Impuesto Predial Unificado es el resultado de la fusión de los siguientes gravámenes:
Más detallesEN MARZO 2015, MAYOR COSTO DE TRANSPORTE, LIGERA ALZA DEL COBRE Y TIPO DE CAMBIO,
EN MARZO 2015, MAYOR COSTO DE TRANSPORTE, LIGERA ALZA DEL COBRE Y TIPO DE CAMBIO, INFLUYERON EN LOS PRECIOS DE LOS ELEMENTOS DE LA CONSTRUCCIÓN Mayor costo en transporte influyo en el alza de precios de
Más detallesMINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL DECRETO EJECUTIVO No. 263
MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL DECRETO EJECUTIVO No. 263 (de 21 de diciembre de 2009 ) Gaceta Oficial 26,431-B POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN LAS NUEVAS TASAS DE SALARIO MÍNIMO EN TODO EL TERRITORIO
Más detallesMUNICIPIO DE FREDONIA Alcaldía Municipal de Fredonia Centro Administrativo Orlando Durango Hernández Fredonia. ACUERDO No. 006 (Noviembre 23 de 2012)
ACUERDO No. 006 (Noviembre 23 de 2012) POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO MUNICIPAL No. 002 DE 2012 Y SE CREA EL FONDO CUENTA TERRITORIAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE FREDONIA
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL META MUNICIPIO DE ACACIAS HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
ACUERDO No 136 (DICIEMBRE 10 DE 2010) Por medio del cual se modifica el Acuerdo 048 de 2008 Estatuto de Rentas para el municipio de Acacias y se dictan otras disposiciones. EL DE ACACÍAS META En uso de
Más detallesDEPARTAMENTO DEL META MUNZaPlO l>e FUENTEI>EORO CONCEJO f/unicipal NlT:S2lOOl477-0
MUNZaPlO l>e FUENTEI>EORO CONCEJO f/unicipal NlT:S2lOOl477-0 ACUERDO No.OZ6 (NOVIEMBRE 29 DE 20 J 3) POR LA CUAL SE DEROGA EN SU TOTAUDAD EL ACUERDO No. 037 1998, SE IIODIRCA PARCIALMENTE EL ACUERDO 028
Más detallesINSTITUCIÓN : 503 INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL. FONDOS NACIONALES (Miles de Lempiras)
DIRECCION GENERAL DE - INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS CLASIFICACIÓN DE LOS RECURSOS POR RUBROS AL SEGUNDO 2010 ANEXO No. 1 10000 INGRESOS CORRIENTES 555,955.6 555,955.6 122,663.7 254,922.7 45.9 14000 CONTRIBUCIONES
Más detallesCONCEJO MUNICIPAL DE SOPO Nit. 832.003.491-5
ACUERDO No. 020 DE 2.009 Por medio del cual se expide el Régimen Tributario Municipal de Sopó, se dictan otras disposiciones de carácter tributario y se derogan unos Acuerdos Municipales EL CONCEJO MUNICIPAL
Más detallesEJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS POR GRUPO Y OBJETO DEL GASTO TODAS LAS FUENTES FUENTE DESDE : HASTA: MOMENTO: DEVENGADO ESTADO:
EJECUCION DEL DE EGRESOS POR Y OBJETO DEL MOMENTO: ESTADO: Página 1 de 10 100 SERVICIOS PERSONALES 110 PERSONAL PERMANENTE 11100 Sueldos Básicos 3,849,660,041.00 3,849,660,041.00 293,971,118.06 3,555,688,922.94
Más detallesDECRETO 1189 DE JUNIO 17 DE 1988
DECRETO 1189 DE JUNIO 17 DE 1988 Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 75 de 1986, el decreto 2503 de 1987 y se dictan otras disposiciones en materia tributaria. Artículo 1º. Las sociedades de
Más detallesÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR MAYO DE 2015
BOLETÍN DE PRENSA NÚM. 247/15 9 DE JUNIO DE 2015 AGUASCALIENTES, AGS. PÁGINA 1/2 ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR MAYO DE 2015 El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) informa que
Más detallesQue se encuentren inscritos de manera previa ante la Cámara de Comercio de su jurisdicción, de acuerdo con la normatividad vigente para el efecto.
REGISTRO NACIONAL DE TURISMO R.N.T. El Registro Nacional de Turismo (RNT) es aquél registro en el cual deben inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos ya sean personas naturales o jurídicas
Más detallesCAPÍTULO 1 PRINCIPALES CONCEPTOS DEL SECTOR COMERCIO
CAPÍTULO 1 PRINCIPALES CONCEPTOS DEL SECTOR COMERCIO 1.1. CONCEPTO DE COMERCIO. Se denomina comercio a la actividad socioeconómica consistente en la compra y venta de bienes, sea para su uso, para su venta
Más detallesCONCEJO MUNICIPAL SINCELEJO - SUCRE
- - - m~~~ - - - - - - - m~~ - - - - - - - - - - - - - - - - - - - m~ - - - - - m= - - m~~ - - - - ACUERDO No. 149 (Diciembre 28 de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL IMPUESTO SOBRE TELÉGRAFOS Y
Más detallesDECRETO 1165 DE 1996 (junio 28) Diario Oficial No. 42.824, del 15 de julio de 1996
DECRETO 1165 DE 1996 (junio 28) Diario Oficial No. 42.824, del 15 de julio de 1996 Por el cual se reglamentan los artículos 437-2, 615, 616, 616-1, 616-2, 617, 618 y 618-2 del Estatuto Tributario. EL PRESIDENTE
Más detallesACUERDO No. 019 (Diciembre 20 de 2008) POR EL CUAL SE ADOPTA EL CÓDIGO DE RENTAS PARA EL MUNICIPIO DE TUMACO. ACUERDA:
ACUERDO No. 019 (Diciembre 20 de 2008) POR EL CUAL SE ADOPTA EL CÓDIGO DE RENTAS PARA EL MUNICIPIO DE TUMACO. El Concejo Municipal de Tumaco en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial
Más detallesACUERDO Nº 013 Del 2009
ACUERDO Nº 013 Del 2009 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL CAPITULO VII DEL ACUERDO Nº 029 DE 2008 PRECISANDO LOS SUJETOS ACTIVO Y PASIVO, BASES GRAVABLES, HECHO GENERADOR, SE MODIFICAN Y SE AJUSTAN LAS
Más detallesACUERDO NRO. 66 POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN TARIFAS DIFERENCIALES PARA EL COBRO DE IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Y SE DICTAN ALGUNAS DISPOSICIONES
ACUERDO NRO. 66 POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN TARIFAS DIFERENCIALES PARA EL COBRO DE IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Y SE DICTAN ALGUNAS DISPOSICIONES EL CONCEJO MUNICIPAL DE MARINILLA ANTIOQUIA, en uso de sus
Más detallesMINISTERIO DE MINAS Y ENERGíA
República de Colombia Libertod y Orden MINISTERIO DE MINAS Y ENERGíA DECRETO 268,7 2( t~. Por el cual se establecen los instrumentos para asegurar el abastecimiento nacional de gas natural y se dictan
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Puerto Colombia, enero 31 de 2011. Honorables CONCEJALES DEL MUNICIPIO DE PUERTO COLOMBIA (ATLANTICO) E. S. D. ASUNTO: PROYECTO DE ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LOS FACTORES PORCENTUALES DE
Más detallesACUERDO No. 008 DE 2013 ( )
ACUERDO No. 008 DE 2013 ( ) POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE PACHO, DESTINAR UN AREA DE 351 METROS CUADRADOS (M/2) EN EL INMUEBLE UBICADO EN EL BARRIO LA PALMITA PARA LA INSTALACION
Más detallesSecretaría de Relaciones Exteriores EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS POR GRUPO Y SUBGRUPO DEL GASTO TODAS LAS FUENTES
DEL DE EGRESOS POR GRUPO Y SUBGRUPO DEL Página 1 de 7 100 SERVICIOS PERSONALES 110 PERSONAL PERMANENTE 11100 Sueldos Básicos 83,683,653.86 14,303,929.41 69,352,513.24 11400 Adicionales 289,755,809.95 31,218,759.57
Más detallesACUERDA. Artículo 1º.- Adicionase un numeral al artículo 57 del estatuto de rentas con el siguiente contenido:
Monterrey, Casanare, 15 de septiembre de 2015. Señor ALEXANDER RODRIGUEZ PRESIDENTE CONCEJO MUNICIPAL Monterrey (Casanare) Referencia: Presentación del proyecto POR EL CUAL SE REALIZAN AJUSTES AL ESTATUTO
Más detallesMODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL "CIUDAD DEL TRANSPORTE"
MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL "CIUDAD DEL TRANSPORTE" PARA ADECUAR SU RÉGIMEN DE USOS A LO DISPUESTO EN LA NORMATIVA URBANÍSTICA DE LA REVISIÓN- ADAPTACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA
Más detallesACUERDO N 10 (AGOSTO 31 DE 2014)
_ "*""*"" La v/utad del PueM ACUERDO N 10 (AGOSTO 31 DE 2014) POR EL CUAL SE AUTORIZA LA CONDONACIÓN DE INTERESES Y LA CONDONACIÓN PARCIAL DE LA DEUDA A LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS DE CRÉDITOS PARA REALIZAR
Más detallesUbertod y Orden CONSIDERANDO
r) 'V Ubertod y Orden ". '..':~ ',,;;-:,~~.,, ~., ~. :..!~~:;; f;~~~;1:~:7:lf ~É~ ~~~~ ~::.:(f~~~ ~f.~ ~~Eg~f.X~ i!; "Por el cual se adiciona y modifica el Decreto Único del Sector Administrativo Agropecuario,
Más detallesCAPITULO III IMPUESTO SOBRE NOMINAS
CAPITULO III IMPUESTO SOBRE NOMINAS Artículo 17.- Se encuentran obligadas al pago de este impuesto las personas físicas y morales que, aun teniendo su domicilio fuera del Estado, realicen en el mismo,
Más detallesAYUNTAMIENTO DE MÉRIDA ESTADO DE YUCATÁN
AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA ESTADO DE YUCATÁN C. P. ANA ROSA PAYÁN CERVERA PRESIDENTA MUNICIPAL DE MÉRIDA, ESTADO DE YUCATÁN, A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DEL MISMO NOMBRE HAGO SABER: Que el Ayuntamiento
Más detallesLey de Reforma a la Ley N 257 "Ley de Justicia Tributaria y Comercial"
LEY No.343 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que las elecciones para escoger autoridades
Más detallesEstatuto Tributario para el Municipio de Cáceres - Antioquia ACUERDO Nº 024. Diciembre ( 26 ) de 2004
ACUERDO Nº 024 Diciembre ( 26 ) de 2004 Por el cual se Ajusta y adopta el Estatuto Tributario para el Municipio de Cáceres Departamento de Antioquia El Honorable Concejo Municipal del Municipio de Cáceres
Más detalles«( ) consulta, con fines académicos, acerca de varios aspectos relacionados con los créditos de vivienda, consumo, comercial y microcrédito.
CRÉDITO, MODALIDADES Y NORMATIVIDAD Concepto 2008048564-001 del 12 de agosto de 2008. Síntesis: Consideraciones generales sobre la normatividad, definición, tasas de interés y otras condiciones que rigen
Más detallesCONSIDERANDO. JtcuerdoW U O Q e 2012. Wit: 809.002.827-8 ACUERDO N U 3 6 21DE DICIEMBRE DE 2012
\ Wit: 809.002.827-8 ACUERDO N U 3 6 21DE DICIEMBRE DE 2012 JtcuerdoW U O Q e 2012 "POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL FONDO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y REFORMA URBANA DEL MUNICIPIO DE PURIFICACIÓN
Más detallesACUERDO No. 003 DE 2011 (Febrero 26)
(Febrero 26) POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE UN PLAN ESTIMULOS TRIBUTARIOS PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO PREDIAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EL HONORABLE DE COELLO TOLIMA En uso de las facultades
Más detallesINDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC NOVIEMBRE 2015
Montevideo, 3 de diciembre 2015 INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO Base Diciembre 2010 =100 Para el mes de noviembre 2015 el valor del índice se fijó en 150,90 lo que representa un aumento de 0,43% en relación
Más detallesRepública de Colombia. Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO' 188O 29 SE? 20~4
República de Colombia :'? ter r~ff;;_""" "_' "'':~''
Más detallesDECRETO No. 0609 DEL 20 DE MARZO DE 1990
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA DECRETO No. 0609 DEL 20 DE MARZO DE 1990 Por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VII del Decreto - Ley 1056 de 1953 y se derogan unas disposiciones.
Más detallesColombia. Contactos Internacionales - Impuestos. www.bakertilly.co info@bakertillycolombia.com. Bogotá D.C. Colombia
Colombia Contactos Internacionales - Impuestos Bogotá D.C. Colombia Gabriel Vásquez Tristancho Telephone: +57 (7) 647 4725 E-mail: gvasquez@bakertillycolombia.com Oscar Zárate Ruíz Telephone: +57 (1) 616
Más detallesESTADÍSTICAS A PROPÓSITO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER (8 DE MARZO) DATOS NACIONALES
PÁGINA 1/14 ESTADÍSTICAS A PROPÓSITO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER (8 DE MARZO) DATOS NACIONALES En 2013, laboraban en el sector construcción cerca de 76 mil mujeres de un total de personal ocupado
Más detallesINDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC FEBRERO 2016
Montevideo, 3 de marzo 2016 INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO Base Diciembre 2010 =100 IPC FEBRERO 2016 Para el mes de febrero 2016 el valor del índice se fijó en 156,20 lo que representa un aumento de 1,60%
Más detallesQUE ES EL IMPUESTO PREDIAL?
IMPUESTO PREDIAL QUE ES EL IMPUESTO PREDIAL? Como su nombre lo indica es un impuesto municipal que grava una propiedad o posesión inmobiliaria tanto urbana como rural, el mismo está autorizado por la ley
Más detallesDIARIO OFICIAL 49541
DIARIO OFICIAL 49541 Bogotá, Viernes 12 de junio de 2015 Ministerio de Minas y Energía RESOLUCIÓN NÚMERO 4 0659 DE 2015 (junio 10) por la cual se define el esquema de incentivos por el aprovechamiento
Más detallesDiario Oficial 47.586. (enero 8) por medio de la cual reglamenta la actividad de reforestación comercial. DECRETA:
Diario Oficial 47.586 (enero 8) por medio de la cual reglamenta la actividad de reforestación comercial. DECRETA: º. Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto definir y reglamentar las plantaciones
Más detallesACUERDO Nº 084 (Diciembre 27 de 1995)
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA CONCEJO MUNICIPAL COPACABANA ACUERDO Nº 084 (Diciembre 27 de 1995) POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO Nº 072 DE NOVIEMBRE 1º DE 1995 EL CONCEJO MUNICIPAL
Más detallesÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR PROCESO DE AUTOFORMACION COORDINADORES DE CAMPO Y ANALISTAS
ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR -IPC- PROCESO DE AUTOFORMACION COORDINADORES DE CAMPO Y ANALISTAS A. FUNDAMENTOS CONCEPTUALES i. Qué es el IPC? i. Estructura ii. iii. ii. Grupos de bienes y servicios del
Más detallesDECRETO Nº 0874 24 de Mayo de 2010
DECRETO Nº 0874 24 de Mayo de 2010 "Por medio del cual se reglamenta la instauración del comparendo ambiental en el municipio de Medellín y se dictan otras disposiciones EL ALCALDE DE MEDELLÍN En uso de
Más detallesACUERDO No. 9 de 1992 1
ACUERDO No. 9 de 1992 «Por el cual se conceden unos incentivos fiscales a los contribuyentes que han cumplido oportunamente las obligaciones tributarias y se dictan otras normas de carácter tributario».
Más detallesDEPARTAMETO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE PUERTO TRIUNFO CONCEJO MUNICIPAL. ACUERDO No. 005
ACUERDO No. 005 POR EL CUAL SE ADOPTA LA NUEVA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA, EL SISTEMA DE NOMENCLATURA, CLASIFICACIÓN, CÓDIGOS Y DENOMINACIONES DE EMPLEOS Y SE FIJA LA ESCALA SALARIAL PARA LOS EMPLEADOS
Más detallesDECRETO 1514 DE 1998 (agosto 4) Diario Oficial No. 43.357, del 6 de agosto de 1998
DECRETO 1514 DE 1998 (agosto 4) Diario Oficial No. 43.357, del 6 de agosto de 1998 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA MUNICIPIO DE ARACATACA CONCEJO MUNICIPAL PROYECTO DE ACUERDO 025 DE DICIEMBRE 18/2.
POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL CODIGO DE ARACATACA RENTAS DEL MUNICIPIO DE El Concejo Municipal de Aracataca en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el numeral
Más detallesRESOLUCIÓN No. 0117 DE 2007. ( 21 de febrero )
RESOLUCIÓN No. 0117 DE 2007 ( 21 de febrero ) Por la cual se señala el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los Partidos y Movimientos
Más detallesLISTADO DE TRÁMITES MUNICIPIO DE CHIMA CHIMA. Córdoba. Descentralizado LEANDRO LEMUS MUÑOZ SECRETARIO DE GOBIERNO MUNICIPAL
mbre de la Entidad: MUNICIPIO DE mbre de la persona que diligencia el inventario: SECRETARIO DE GOBIER MUNICIPAL MBRE DEL TRÁMITE SBEN 1 Encuesta del Sistema de Identificación y Clasificación de Potenciales
Más detallesIMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO Objetivos: Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Disminuir la evasión Efectos y naturaleza del Impuesto Nacional al Consumo: Constituye para el comprador
Más detallesORIGINAL FIRMADO. Elaborado Revisado Aprobado. JUAN GUILLERMO ZULUAGA C. Alcalde
Página 1 de 5 CONTENIDO Página 1. OBJETIVO 2 2. ALCANCE Y RESPONSABLES 2 3. DEFINICIONES 2 4. MARCO NORMATIVO 2 5. RECURSOS 3 6. GENERALIDADES 3 7. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO 4 8. REGISTROS 4 9. CONTROL
Más detallesLA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO:
DECRETO No. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que mediante Decreto Legislativo No. 539, de fecha 16 de diciembre de 2004, publicado en el Diario Oficial No. 239,
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GRAÑEN PROVINCIA DE HUESCA ORDENANZA FISCAL Nº 9 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL Artículo 1º. Fundamento
Más detallesORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-06 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DOMICILIARIA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS.
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2-06 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DOMICILIARIA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS. Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza Este Ayuntamiento en uso de las facultades
Más detallesRepública de Colombia Departamento de Córdoba Concejo Santa Cruz de Lorica Nit: 812000576-6 ACUERDOS ACUERDO N 010
Código: D- GEC 09-CML Versión:01 Fecha: JUNIO 24/09 Página 1 de 5 ACUERDO N 010 POR MEDIO DEL CUAL SE FACULTA AL SR. ALCALDE MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LORICA PARA OTORGAR SUBSIDIOS EN EL PAGO DE LA INSTALACIÓN
Más detallesACUERDO No. 038 2008
1 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CHINCHINA, CALDAS, en uso de sus facultades Constitucionales, legales, y reglamentarias, en especial las conferidas en el Numeral 6 del Artículo 313 de la constitución
Más detallesALCALDIA MUNICIPAL DE COVEÑAS Sistema de Gestión de Calidad
1 FECHA: JUNIO DE 25 INFORME No. 03 I X NFORME AUDITORIA PROCESO AUDITADO: DEPENDENCIA LIDER DEL PROCESO: AUDITADOS RECAUDO DE IMPUESTOS MUNICIPALES. PREDIAL, SOBRETASA A LA GASOLINA SECRETARIA DE HACIENDA
Más detallesSECTOR SUBSECTOR RAMO SUBRAMO
01000 Energía 01100 Energía 01110 Equipos y de energía 01111 01000 01100 01110 01112 Perforación de pozos petrolíferos y gasíferos Equipos y relacionados con el petróleo y el gas 01000 01100 01120 Petróleo,
Más detallesACUERDO NO 035 DE 2.008 DICIEMBRE 10 POR EL CUAL SE EXPIDE Y ADOPTA EL NUEVO CODIGO DE RENTAS DEL MUNICIPIO DE CAPITANEJO SANTANDER
1 ACUERDO NO 035 DE 2.008 DICIEMBRE 10 POR EL CUAL SE EXPIDE Y ADOPTA EL NUEVO CODIGO DE RENTAS DEL MUNICIPIO DE CAPITANEJO SANTANDER El Concejo Municipal, en uso de sus atribuciones legales conferidas
Más detallesPublicado en Alcance No. 47 La Gaceta No.62 del 31 de Marzo 2016 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD ICE
Publicado en Alcance No. 47 La Gaceta No.62 del 31 de Marzo 2016 INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD ICE Rige para los consumos que se originen a partir del 1 de abril al 3 de junio de 2016 DISPOSICIONES
Más detallesINDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC ENERO 2015
Montevideo, 4 de febrero de 2015 INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO Base Diciembre 2010 =100 Para el mes de enero 2015 el valor del índice se fijó en 140,17 lo que representa un aumento de 2,22% en relación
Más detallesTítulo: POLÍTICAS DE OTORGAMIENTO DE PLANES DE PAGO. Origen: ALCALDIA MUNICIPAL. D.M. Nº: Estado: Vigente. Fecha: 24-06-2016 A.M. No: 14.
Título: POLÍTICAS DE OTORGAMIENTO DE PLANES DE PAGO Materia: Administrativo Categoría: Política Origen: ALCALDIA MUNICIPAL D.M. Nº: Estado: Vigente Fecha: 24-06-2016 A.M. No: 14.2 Tomo: D. Oficial No:
Más detallesRégimen de Tributación Simplificada para Comerciantes Minoristas y Bares.
Régimen de Tributación Simplificada para Comerciantes Minoristas y Bares. Decreto N 25514-H EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA, Con fundamento
Más detallesEL GOBIERNO LOCAL PUTUMAYENSE CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO LOCAL PUTUMAYENSE CONSIDERANDO: Que, es prioritario fortalecer el sistema para la limpieza de vías públicas, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los Residuos Sólidos
Más detallesHELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS
HELM FONDO DE EMPLEADOS REGLAMENTO DE APORTES Y AHORROS Por medio del cual se reglamenta el procedimiento o distribución del aporte mensual de los asociados a Helm Fondo de Empleados en ahorros permanentes
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL Nº 151
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 151 Chaclacayo, 24 de Setiembre del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chaclacayo, en sesión ordinaria de la fecha; ha
Más detalles