ANEXO AL INFORME GENERAL SJR. PROTOCOLO Y TARIFAS 2013

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ANEXO AL INFORME GENERAL SJR. PROTOCOLO Y TARIFAS 2013"

Transcripción

1 ANEXO AL INFORME GENERAL SJR. PROTOCOLO Y TARIFAS 2013 Tordesillas (Valladolid) de enero de 2013

2 Unión Sindical de CCOO de Castilla y León SERVICIO JURIDICO REGIONAL. PROTOCOLO Y TARIFAS 2013 pag 2

3 PROTOCOLO de ACTUACION del SERVICIO JURIDICO REGIONAL de CCOO Castilla y León VALLADOLID, OCTUBRE DE 2012

4 INTRODUCCION El Asesoramiento es un servicio fundamental del Sindicato, tanto en la vertiente del Asesoramiento Sindical como en la del Asesoramiento Jurídico. Los trabajadores y trabajadoras, y en particular nuestros afiliados y afiliadas, buscan en nosotros sobre todo tutela y protección: Sindical, a través del Asesoramiento sindical general, de la negociación colectiva, de la gestión del conflicto y su solución a través de los mecanismos autónomos de solución extrajudicial de conflictos, para la defensa de sus derechos laborales y de sus derechos sociales y ciudadanos en sus relaciones en la empresa y en el conjunto de la sociedad. Y tutela y protección jurídica individual o colectiva para extender esa defensa de los derechos y la gestión del conflicto laboral y social en el ámbito jurisdiccional en el que es necesaria la intervención de profesionales del derecho. Los Servicios Jurídicos son un servicio estratégico del Sindicato que se basa en la utilización de recursos profesionales propios. La correcta atención profesional y personal a la afiliación y a los usuarios en general, debe ser seña de identidad del SJR de CCOO de Castilla y León, en la convicción de nuestro compromiso sindical con los trabajadores y trabajadoras, fundamentalmente en las circunstancias que rodean la actuación judicial, que deben ser merecedoras de una atención especial. Serán objeto de la actividad del SJR de CCOO de Castilla y León, el asesoramiento y la orientación jurídica tanto a los trabajadores y trabajadoras, como al conjunto de las organizaciones que constituyen las CCOO de Castilla y León, con carácter previo al inicio del proceso y en su caso, la representación y defensa jurídica durante el procedimiento judicial, por parte del personal jurídico y ante órganos administrativos en los casos que fuese necesario. Asimismo será también competencia del SJR la asistencia a mesas de negociación, arbitrajes, laudos, así como el asesoramiento jurídico durante los procesos de negociación colectiva y de negociación de expedientes de regulación de empleo. Complementariamente, el SJR de CCOO de Castilla y León, a través de sus profesionales, tiene el compromiso de elaborar informes, estudios y de confeccionar documentos y llevar a cabo otras actuaciones que contribuyan a la información y la formación de la estructura sindical, de los delegados y delegadas sindicales y, en general, de toda la afiliación de CCOO. En los últimos años las asesorías jurídicas de CCOO de Castilla y León han avanzado muy decididamente hacia el objetivo de conformar un auténtico Servicio Jurídico Regional. Las decisiones tomadas por el sindicato en cuanto a su configuración, la unificación de tarifas y la utilización de herramientas informáticas únicas han supuesto un gran impulso en ese sentido. Es tiempo ahora de profundizar en el mismo, adaptando las actuales Normas de funcionamiento del SJR, en aras de conseguir una mayor unidad de criterio tanto en los procedimientos, como en las tareas administrativas inherentes al servicio, como en las relaciones entre el SJR y el sindicato. Este es el objeto de este protocolo. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 2

5 ASPECTOS GENERALES ACTIVIDAD Y ACTUACIONES Todas las personas y organizaciones que deseen realizar una consulta jurídica en cualquiera de las asesorías del SJR de CCOO de Castilla y León deberán aportar al personal de administración el BOLETÍN DE AUTORIZACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DEL SJR, del que nos hemos dotado en el sindicato, debidamente cumplimentado, previamente a que se les asigne cita con uno de nuestros profesionales. (Copia blanca para el cliente, copia amarilla para la organización de rama que autoriza la consulta, copia azul para el SJR y copia rosa que se devuelve a la organización que generó la consulta, una vez resuelta). En el BOLETÍN DE AUTORIZACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DEL SJR se hará constar de forma clara el motivo de la consulta y, en caso de ser varias personas las que la solicitan, su número. Sólo las asesorías sindicales debidamente acreditadas en SERVISIN y las organizaciones federativas tienen potestad para autorizar la atención de un usuario por parte del SJR. Cuando en el ámbito de una asesoría jurídica no exista asesoría sindical ni estructura federativa de una determinada rama o sea imposible la prestación del asesoramiento sindical por parte de sus responsables, será el coordinador provincial del SJR, o la persona designada a este efecto por la Dirección del SJR, quien asumirá la responsabilidad de la derivación de la consulta a la asesoría jurídica. En este caso, se informará inmediatamente sobre esta circunstancia a la federación afectada. La competencia para la realización de los SMAC es del SJR. Excepcionalmente éstos podrán ser realizados también por las Federaciones, siempre con la supervisión del personal técnico del SJR. Su facturación será en todos los casos responsabilidad del SJR. En los SMAC podrán estar presentes los responsables sindicales de las federaciones o de sindicatos provinciales, si lo consideran oportuno. Los ERE serán negociados por los sindicalistas con el asesoramiento del SJR. En todos los ERE que afecten a personas no afiliadas debe emitirse la correspondiente factura por las cantidades establecidas en la tabla de honorarios del SJR de CCOO de Castilla y León. Cuando en un ERE haya personas afiliadas a otro sindicato, es conveniente negociar con la otra organización para tratar de hacer un único expediente. Los profesionales del SJR deben tener participación en los recursos que, con relación a ERE, se presenten ante los órganos judiciales o a los órganos competentes, para garantizar la seguridad jurídica de los acuerdos firmados y de los trabajadores y trabajadoras afectados. Las actuaciones ante actuaciones ante la jurisdicción penal han de ser como consecuencia de materia laboral, de accidente de trabajo o derivadas de la actividad sindical. Por su carácter excepcional serán valoradas previamente por la Dirección del SJR que, una vez analizadas, decidirá si se inicia el expediente y el profesional del SJR al que se encarga su gestión. Con carácter general los gastos ocasionados como consecuencia de estos procedimientos serán por cuenta de la persona PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 3

6 afectada. En caso de que el procedimiento se derive de una actuación sindical, la decisión deberá ser conjunta entre la Dirección del SJR y la Federación y/o Unión a la que pertenezca el afectado. En este caso los gastos correrán a cargo de dicha Federación y/o Unión. Todas las actuaciones en jurisdicción civil y de contencioso administrativo deberán ser como consecuencia de materia laboral, de accidente de trabajo o derivadas de la actividad sindical. En estos casos se informará a las personas usuarias del SJR de las posibles responsabilidades que pueden tener en materia de costas y que en su caso, deberán serán asumidas por ellas. En caso de que el personal jurídico del SJR no estime adecuado el inicio del procedimiento y exista discrepancia con el usuario, será la Dirección del SJR, de acuerdo con la estructura sindical afectada, quien decidirá en última instancia. El personal de administración solicitará a las personas usuarias, todos los datos personales y profesionales necesarios para cumplimentar debidamente su ficha en SERVIJUR, que es el programa de gestión de las asesorías jurídicas de CCOO. Una vez atendida la consulta jurídica por parte de uno de los abogados del SJR, si hubiera lugar a la apertura de un expediente jurídico, el letrado que atendió la consulta indicará en SERVIJUR que la consulta genera expediente. Excepcionalmente podrá ser el personal de administración quien, por indicación del personal jurídico, realice esta tarea. El personal de administración del SJR indicará al usuario cuál es el coste de la actuación a realizar teniendo en cuenta la bonificación a aplicar en el caso de los usuarios afiliados con más de 6 meses de antigüedad, así como la forma de realizar los pagos y preparará la HOJA DE ENCARGO DE SERVICIO, que deberá ser firmada por el usuario y por el profesional jurídico asignado al expediente. En ella se recogerán los detalles sobre tarifas, forma de pago, etc. No se dará de alta en SERVIJUR ningún expediente, ni se abrirá carpeta física al respecto, sin que previamente el usuario haya firmado la HOJA DE ENCARGO DE SERVICIO. Si finalmente el usuario no realizase el pago del anticipo del servicio, el expediente iniciado se anulará en SERVIJUR y se eliminará la carpeta física, devolviendo al usuario la documentación que hubiera entregado a la asesoría. Cuando sean varias personas las que planteen una misma reclamación ante la misma empresa, se dará carácter colectivo a dicho expediente, salvo que por indicación expresa del juzgado, deba procederse a su desacumulación. Cuando exista riesgo de caducidad o de prescripción de las actuaciones, por causas achacables al usuario se notificará de forma fehaciente esta circunstancia a la persona interesada, anunciándole que de no subsanar la situación no se realizará la tramitación y consecuentemente el cliente será el único responsable del perjuicio que pudiera producirse. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 4

7 A medida que se vayan realizando los oportunos trámites en un expediente, el personal de administración del SJR procederá a registrar en SERVIJUR las actuaciones y las notificaciones. El personal del SJR anexará a cada expediente en SERVIJUR copia digital de la documentación más relevante de dicho expediente: hoja de encargo, fecha de efectos, demanda, sentencia, etc. Todos los usuarios que tengan un expediente en el juzgado, con independencia de su asistencia o no al acto de juicio, deberán otorgar poder apud acta a los abogados o graduados sociales de la asesoría correspondiente, salvo cuando les hayan otorgado poder notarial. Cuando un usuario decida desistir de un procedimiento iniciado, sea cual sea la fase en que se encuentre, será requisito imprescindible para la cancelación del expediente que el usuario realice el desistimiento de forma expresa y por escrito, para lo cual el SJR facilitará un modelo al efecto. En el mismo acto se procederá a realizar la liquidación del expediente y sí fuera el caso, se le entregará la factura correspondiente a los conceptos que estén pendientes de cobro. En los casos de personas usuarias del SJR que reclamen cantidades al FOGASA, si solicitan efectuar el cobro personalmente para eludir el coste económico que supone la realización de un poder notarial expresamente para este trámite, deberán realizar un poder apud acta ante el FOGASA. Esta situación deberá ser debidamente registrada en SERVIJUR. TARIFA Y FACTURACIÓN En el momento de asignación de la cita para consulta, el personal de administración comprobará en el SERVIJUR SIC la situación de afiliación o no del usuario demandante de consulta y, en su caso, su antigüedad a efectos de derechos y si se encuentra o no al día en el pago de la cuota de afiliación, para determinar sí tiene o no derecho a bonificación y su cuantía. Los usuarios que no tengan derecho a la gratuidad de la consulta, deberán abonar su coste, previamente a ser atendidos por los abogados del SJR, mediante ingreso bancario en la cuenta del SJR o pago con tarjeta de crédito. El personal del SJR informará a los usuarios de las tarifas vigentes para las actuaciones del SJR, su carácter acumulativo y sobre las condiciones de la bonificación a la afiliación. En el caso de personas afiliadas, la bonificación sobre la tarifa, a la que tiene derecho, estará en función de su antigüedad de afiliación de acuerdo con los criterios confederales. La antigüedad será la considerada en el momento de iniciar el expediente y la afiliación deberá mantenerse durante toda la tramitación del mismo. A medida que se vayan realizando los trámites en el expediente, el personal de administración incorporará en su correspondiente albarán los conceptos de tarifa asociados a dichas actuaciones. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 5

8 La facturación de las actuaciones del SJR se realizará por fases. El albarán de cada expediente identificará en tiempo real las actuaciones realizadas en dicho expediente. En el caso de los usuarios no afiliados y afiliados con menos de un año de afiliación, se facturará y cobrará previamente al inicio de la tramitación del expediente. En el caso de los afiliados de más de un año de antigüedad, se facturará y cobrará la fase del procedimiento en la que se encuentren cuando esta finalice. En dicha factura que se presentará al cobro al usuario se indicará como plazo máximo de pago un mes. Finalizado ese plazo sin haber procedido al cobro y siempre que no se haya pactado entre el usuario y la Dirección del SJR un aplazamiento del pago, se procederá a iniciar procedimiento de jura de cuentas por parte del personal jurídico del SJR. Se entregará al usuario una copia de la HOJA DE ENCARGO DE SERVICIO, debidamente cumplimentada y firmada, una vez que éste haya realizado el pago exigido en concepto de provisión de fondos. Durante la tramitación del expediente, el personal del SJR informará a las personas usuarias no afiliadas a CCOO, sobre las ventajas económicas que hubieran disfrutado en caso de haberlo estado y les propondrán la afiliación, sin que esto suponga ninguna modificación económica respecto del expediente en curso. Todas las personas usuarias que tengan que abonar la PROVISIÓN DE FONDOS establecida en la Carta de Honorarios (no afiliados y afiliados con menos de 12 meses de antigüedad), lo harán como requisito imprescindible, previo a la realización de cualquier trámite de dicho expediente, que no se llevará a cabo en tanto no exista conocimiento fehaciente de que se haya procedido a dicho abono. Cuando se haya comprobado el depósito de la provisión de fondos, el personal de administración del SJR realizará la pertinente factura del mismo. En este sentido, no se entregará copia de la HOJA DE ENCARGO DE SERVICIOS hasta no haber sido abonada la Provisión de fondos. Cuando una Federación Regional plantee la conveniencia de realizar un expediente colectivo que incluya personas sin derecho a bonificación completa, podrá establecerse un acuerdo entre dicha Federación y la Dirección del SJR, en el que se reflejarán los honorarios profesionales, sí éstos son distintos a los establecidos en la Carta de Honorarios Profesionales. Estos acuerdos se referirán a un único expediente, no pudiendo ser generalizados a todos los expedientes de los mismos usuarios o relacionados con la misma empresa y deberán circunscribirse a situaciones muy específicas en las que se asegure que existe utilidad sindical y que el coste de las actuaciones que conlleven sea inferior a la tarifa total aplicada. En su caso, los descuentos acordados deberán documentarse y ser dados de alta en el SERVIJUR. Una vez cerrados los expedientes y realizada su facturación, las asesorías notificaran esta circunstancia a la persona Coordinadora de administración para que proceda a su cierre. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 6

9 RELACIÓN ENTRE EL SJR Y LA ESTRUCTURA SINDICAL Al objeto de facilitar el trabajo del personal del SJR, los sindicalistas encargados de realizar la derivación de los trabajadores o las trabajadoras desde el asesoramiento sindical hacia el SJR, deberán informarles tanto de las tarifas del SJR como de las bonificaciones que le correspondan por antigüedad en la afiliación. A fin de evitar posibles fallos de comunicación, siempre que, desde las estructuras del sindicato, sea necesario informar al SJR sobre aspectos concretos de un determinado expediente, esta información se realizará por escrito, especialmente en el caso de las conciliaciones en fase administrativa. En ningún caso la documentación a transmitir se depositará en mesas, armarios o cualquier otro lugar, sino que se hará entrega personal de la misma, bien directamente al personal jurídico responsable, bien a través del personal de administración. Con el fin de garantizar la calidad del asesoramiento y de mantener las correctas condiciones de trabajo del personal del SJR, las consultas de la estructura sindical (federaciones, sindicatos provinciales, secciones sindicales, comités de empresa, delegados y delegadas, etc.) se realizarán exclusivamente en los lugares destinados a consulta jurídica. Estas consultas también serán registradas en SERVIJUR. Cada profesional del SJR reservará en su horario de trabajo una hora semanal dedicada a esta función. El SJR informará a la estructura sindical del horario que cada uno de sus profesionales dedique a la atención a la estructura. La documentación contenida en los expedientes debe ser custodiada con todas las garantías de seguridad y privacidad dentro de las dependencias de las asesorías jurídicas. Nunca se entregará parte o la totalidad de un expediente a responsables sindicales que no actúen como usuarios del SJR. Nunca se abrirá un expediente por vulneración de derechos fundamentales sin que previamente se haya informado sobre el particular a la federación afectada y sin que ésta haya dado el visto bueno al mismo. Cuando la actividad del SJR suponga un conflicto de intereses entre personas afiliadas, una vez se haya intentado solucionar el conflicto por consenso entre las estructuras afectadas y la Dirección del Servicio Jurídico, si este se mantiene, se llevará la discrepancia a la Comisión del SJR para que ésta decida respecto de si el asunto debe ser atendido por el SJR de CCOO o si debe ser derivado a un profesional externo al SJR; cuando el asunto afecte a una única federación, será ésta la que tome la decisión última. En el caso de afiliados con derecho a defensa jurídica gratuita, el coste de la actuación del letrado externo será, en las condiciones económicas fijadas en el SJR, por cuenta de la federación afectada. En la medida de lo posible se realizarán acuerdos con letrados externos a los que derivar a los usuarios en estos casos. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 7

10 CALIDAD DEL ASESORAMIENTO En el marco de mejorar la atención a los usuarios del SJR y la calidad de nuestras actuaciones, una vez concluidas éstas, se llevaran a cabo encuestas de satisfacción de las personas usuarias del SJR. Asimismo se realizarán otras acciones específicas para comprobar la valoración que los usuarios hacen del SJR. En cuanto a las quejas sobre el funcionamiento del SJR o de la atención recibida de sus profesionales por parte de los usuarios del servicio, éstas deberán hacerse por escrito, irán dirigidas a la Dirección del SJR, que estará obligada a contestarlas del mismo modo, en el plazo máximo de un mes, una vez consultado el personal afectado y al interesado. El SJR llevará un registro de las quejas recibidas y de las respuestas dadas. La Dirección del SJR llevará a cabo periódicamente controles, auditorias e inspecciones de la actividad del SJR y del trabajo realizado por su personal. Asimismo facilitará la realización de valoraciones y propuestas de mejora del servicio que provengan de dicho personal. La Dirección del SJR dará cuenta periódicamente a los Órganos de Dirección de la US de CCOO de Castilla y León y a sus estructuras federativas y territoriales, de la actividad llevada a cabo, su tipo y cantidad y sus repercusiones económicas. Asimismo colaborará con las Federaciones Regionales en el análisis de la actividad llevada a cabo por el SJR en sus ámbitos. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 8

11 SOBRE EL TRABAJO DEL PERSONAL JURÍDICO El ámbito de actuación de los abogados y abogadas del SJR es la Comunidad de Castilla y León. Cada uno de ellos estará adscrito a una asesoría jurídica, si bien, en función de las necesidades del servicio o como consecuencia de una mayor especialización en determinados asuntos, también podrán realizar actuaciones en otras asesorías. El personal jurídico atenderá en las asesorías del SJR un máximo de 24 consultas por semana, en al menos dos sesiones. El tiempo estimado por consulta es de 15 minutos, si bien para una mejor organización de la asesoría y para compensar los diferentes niveles de complejidad de las consultas, se procederá a asignar dos citas cada 30 minutos. Se procurará que en todas las asesorías se pase consulta en horario de mañana al menos un día a la semana. El establecimiento del horario de consultas de cada asesoría es responsabilidad de la Dirección del SJR en colaboración con el Coordinador Provincial del SJR, una vez oídos sus profesionales. En la asignación de citas de consulta, se dará prioridad a las consultas nuevas, que deberán suponer al menos el 60% del total de las consultas mensuales. Se reservarán dos consultas por abogado y día de consulta (1 hora semanal) con el fin de poder atender las necesidades urgentes de consulta que precise la estructura sindical y que requieran atención inmediata. En este caso también será necesaria la entrega del BOLETÍN DE AUTORIZACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DEL SJR y se introducirán los datos en SERVIJUR, como en el resto de consultas. Es función del personal jurídico indicar en SERVIJUR, una vez finalizada la consulta, si ésta genera expediente. Después de que la consulta sea atendida por el personal jurídico del SJR, si ha lugar a la tramitación de expediente, éste se abrirá cuando el usuario firme la HOJA DE ENCARGO DE SERVICIO (nunca más de un mes después de la celebración de la consulta), mediante la cumplimentación en SERVIJUR de los datos requeridos y con la apertura física de la carpeta, a la que se incorporará la Hoja de Encargo. Está absolutamente prohibida la apertura de carpetas físicas sin HOJA DE ENCARGO DE SERVICIO y sin alta del expediente en SERVIJUR, así como la realización de trámites previamente a la apertura del expediente. Notificar a los usuarios el resultado de sus expedientes, informarle sobre fechas, recabar documentación y aclarar dudas son funciones del personal de administración, por lo que dichas actuaciones no deben dar lugar a su consignación como consulta, salvo en los casos en los que debido a sus características singulares, precisen ser desempeñadas por el personal jurídico. Las consultas de seguimiento deben restringirse a lo estrictamente necesario y nunca podrán realizarse consultas de este tipo sin que exista un expediente abierto con el que estén relacionadas. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 9

12 El personal técnico del SJR no atenderá consultas por vía telefónica ni recibirá llamadas en horario de consultas, excepto las previamente autorizadas. El personal jurídico utilizará de forma prioritaria las herramientas integradas en SERVIJUR a fin de facilitar su trabajo y de garantizar la calidad del mismo y el cumplimiento de plazos. Se acumularán en un único expediente colectivo todos los expedientes individuales que correspondan a una misma causa y una misma empresa. En caso de que el juzgado obligue a su tramitación como expedientes individuales, se procederá a su desacumulación. Nunca se solicitará de las personas usuarias del SJR la firma de documentos en blanco. Nunca se transmitirá a los usuarios y usuarias del SJR información sobre su expediente sin que dicha información haya sido previamente comprobada fehacientemente, en especial si dicha información se ofrece por escrito. La decisión sobre la presentación o no de un Recurso de Casación es exclusivamente de la Dirección del SJR. Será adoptada una vez identificadas las sentencias de contraste y después de conocer la opinión al respecto de la Federación afectada, siendo la Dirección Técnica del SJR la canalizadora de las propuestas de este tipo de recursos. Nunca se abrirá un expediente por vulneración de derechos fundamentales sin que previamente se haya informado sobre el particular a la federación afectada y sin que ésta haya dado el visto bueno al mismo. En estos casos el profesional responsable notificará la circunstancia a la Dirección del SJR que será la responsable de la consulta a la federación afectada.. Con relación al uso de herramientas con coste, como es el caso de AXESOR, se procurará que dicho coste sea lo más reducido posible. Para ello las consultas que el personal jurídico solicite en ellas deberán estar relacionadas con expedientes abiertos y deberá solicitarse siempre el informe más económico posible, indicando en el expediente el uso de dicha herramienta. Cuando el personal jurídico recoja en los organismos documentación o notificaciones que deban ser incorporadas a los expedientes, éstas se entregarán inmediatamente al personal administrativo para su registro en SERVIJUR. Realizada esta tarea que garantiza la calidad del trabajo y activa las alarmas temporales de que dispone el sistema, el personal de administración devolverá dicha documentación al personal jurídico para su incorporación a las carpetas físicas. Los abogados y abogadas del SJR recogerán en el juzgado los mandamientos judiciales y procederán a su entrega inmediata al personal de administración que es el responsable de gestionar su transferencia a los usuarios, una vez restados los honorarios correspondientes. En todas las reclamaciones, ejecuciones de sentencia, etc, en que sea procedente hacerlo, los letrados y letradas del SJR exigirán la condena en costas. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 10

13 En todos los expedientes en los que el resultado sea desestimatorio o estimatorio parcial, se procederá de forma sistemática al anuncio de recurso, con independencia de que éste se lleve a cabo o no, en función de su viabilidad, del interés del usuario, etc. En caso de que finalmente no se formalice el recurso, deberá reclamarse al usuario su desistimiento del recurso. De la misma manera, todos los recursos presentados por la parte contraria, deberán ser impugnados por sistema, salvo que el usuario afectado rechace esta opción, en cuyo caso deberá dejarse constancia de forma expresa de esta decisión del usuario, para evitar posteriores reclamaciones. Cuando los usuarios, una vez finalizado el expediente y notificada la factura del servicio, no realicen la liquidación del mismo en el plazo establecido, los letrados y letradas del SJR interpondrán la correspondiente JURA DE CUENTAS DE HONORARIOS PROFESIONALES. Para ello, el personal de administración preparará la documentación necesaria utilizando el modelo al efecto proporcionado por la Dirección del SJR. Los abogados y abogadas ingresarán en la cuenta bancaria del SJR indicada al efecto, las cantidades cobradas como Honorarios de letrado en los recursos presentados por la parte contraria, que resulten desestimados por los tribunales superiores, cuando se trate de usuarios con derecho a bonificación de la tarifa del SJR. Este pago deberá realizarse como máximo en los quince días posteriores a su cobro. Cuando se trate de usuarios sin derecho a gratuidad, las cantidades cobradas minorarán la factura del SJR en dicho expediente. Los letrados del SJR, especialmente los adscritos a una misma asesoría, tienen el deber de auxiliarse mutuamente en sus respectivas funciones, cuando las necesidades del servicio lo requieran. Así como el de sustituirse en los casos de enfermedad, ausencias o incompatibilidades, con arreglo a las disposiciones establecidas por la Dirección del SJR. Cuando esto no sea posible, la Dirección del SJR adoptará las medidas precisas de reordenación de la actividad en el resto de asesorías para solventar el problema. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 11

14 FUNCIONES DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL SJR Atender a los usuarios que acudan a una de las asesorías del SJR con BOLETÍN DE AUTORIZACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DEL SJR, revisando que dicho boletín esté debidamente cumplimentado y firmado por el usuario y por el responsable sindical, así como comprobar, en su caso, la afiliación del usuario, si tiene o no derecho a bonificación y su porcentaje. Cuando el trabajador no disponga del citado boletín, se le remitirá a la asesoría sindical o al sindicato provincial correspondiente. Asignar consulta con el abogado. A cada profesional se le asignarán dos consultas cada 30 minutos. En las asesorias en las que haya adscrito más de un letrado o letrada, la asignación de consultas nuevas se realizará de forma equilibrada. Sólo se asignará consulta de seguimiento cuando exista un expediente relacionado que requiera un tratamiento personal con el abogado. En los casos en que se conozca con antelación la no asistencia del usuario citado para consulta, se procederá a la liberación de dicha hora de consulta para ponerla a disposición de otros usuarios. Se informará a la Dirección del SJR de los casos en que de forma reiterada se dé esta circunstancia, para que puedan ser adoptadas las medidas oportunas con dichas personas. Informar de las TARIFAS Y HONORARIOS DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS, así como del contenido de las HOJA DE ENCARGO DE SERVICIOS PROFESIONALES y, cuando corresponda, solicitar a los usuarios los pagos o ingresos a realizar, correspondientes a consultas, a provisiones de fondos y a facturación de fases cerradas de un expediente. Incorporar los datos de las consultas al programa de gestión jurídica SERVIJUR. Es preciso ser muy cuidadosos con los datos incorporados a SERVIJUR, tanto de personas como de empresas, puesto que son compartidos por el resto del sindicato a través del SIC y la introducción de errores puede provocar problemas en los ámbitos de afiliación, elecciones sindicales, etc. Entregar a las personas usuarias del SJR las Encuestas de Satisfacción, dándoles, si lo solicitasen, aclaraciones sobre su cumplimentación y sobre la forma de entrega. Realizar la facturación de la consulta, tanto de afiliados como de no afiliados, al finalizar las misma. Todas las consultas nuevas deben ser facturadas. Cuando, previamente a la apertura del expediente, sea precisa la realización de dos o más consultas nuevas sobre un mismo asunto, sólo se facturará una de ellas, indicando este hecho en la casilla de observaciones. Previamente a la celebración de las consultas, informar a los abogados y abogadas acerca de las consultas que tengan asignadas en cada sesión y facilitarles la documentación disponible en el archivo sobre las mismas, que les pueda ser necesaria. Abrir Expedientes, previa autorización del personal jurídico, tanto en carpetas físicas, como en SERVIJUR, dando numeración a los mismos, introduciendo todos los datos necesarios e incorporar al PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 12

15 expediente tanto la documentación que vaya entregando el trabajador/a, como la recibida de los organismos. Controlar y realizar el seguimiento de los BOLETÍNES DE AUTORIZACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DEL SJR, devolviendo al sindicato de rama la copia del boletín, indicando en ella si se ha abierto, o no, expediente. En este último caso informar sobre la tramitación del mismo y su resultado, cuando la rama lo solicite. Entregar al usuario y al abogado la HOJA DE ENCARGO DE SERVICIOS PROFESIONALES para su firma e incorporarla al expediente tanto físico como en SERVIJUR. Una vez realizados los pagos correspondientes en concepto de provisión de fondos, facilitará al usuario una copia de dicha hoja y le informará sobre cualquier duda respecto a la misma. Cobrar, cuando corresponda hacerlo, (no afiliados y afiliados con menos de 12 meses de antigüedad) las provisiones de fondos, de forma previa al inicio de cualquier tramitación del expediente. Relacionar en SERVIJUR los expedientes con la consulta que los generó. Introducir todos los datos relativos a la tramitación de los expedientes en el programa SERVIJUR, especialmente todos los trámites con plazos o con señalamientos, tales como conciliaciones, juicios, comparecencias, etc. y revisar que quedan reflejados en la agenda de los abogados. Crear el albarán del expediente e incorporar en él las diferentes actuaciones conforme éstas se hayan realizado. Informar a los usuarios respecto de las fechas de las conciliaciones y los juicios, así como realizar comunicación al cliente en caso de vencimiento de algún plazo. La vía habitual para esta comunicación será el SMS, excepto cuando la naturaleza de la misma requiera el uso de otros métodos de mayor nivel de acreditación como son el burofax o el telegrama. Anotar en el programa SERVIJUR las fechas de consulta para la preparación de juicios, e informar de las mismas a las personas usuarias. Atender telefónicamente o presencialmente al cliente, dándole información en el caso que lo solicitase, sobre el estado de la tramitación de su procedimiento. Adjuntar en el programa SERVIJUR la documentación más importante para la tramitación de los expedientes, tales como HOJA DE ENCARGO DE SERVICIOS PROFESIONALES, documentos a partir de los cuales empiecen a contar plazos (ej. carta de despido), demandas con la fecha de registro, o cualquier otro escrito con plazos, así como las sentencias. Informar al responsable del expediente sobre las diligencias de ordenación con plazos que se hayan recibido en el SJR. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 13

16 Realizar la facturación de los expedientes, tanto de clientes afiliados, como de clientes no afiliados. La facturación se realizará siempre por fases. En el caso de los clientes sin derecho a gratuidad, controlarán el cobro de las facturas, solicitando en caso de impago el abono de las mismas. En los casos de expedientes en los que se hayan realizado acuerdos extra tarifa, informarán del cierre de los mismos a la persona del SJR que realice las funciones de coordinación de administración. Ingresar los mandamientos judiciales en las cuentas de CCOO dedicadas a este fin mientras se transfieren a los usuarios. Ingresar en la cuenta indicada por el usuario el importe de los mandamientos judiciales. En el caso de los usuarios sin derecho a gratuidad deberán descontar de dicha cantidad el importe de la factura y realizar la transferencia al cliente por valor de la diferencia. El plazo máximo para realizar el ingreso al usuario será de 10 días, salvo cuando las cantidades sean inferiores a 300 que podrán acumularse, siempre que se haya pactado con el cliente hacerlo así. Realizar escritos sencillos de tipo administrativo, tales como cumplimentación de solicitudes al FOGASA, reclamación al cliente de facturas pendientes de pago, etc. No es función del personal de administración la redacción o trascripción de demandas o de otros documentos atribuidos al personal jurídico. Presentar ante los organismos competentes, los escritos realizados por el personal jurídico. Esta función podrá desempeñarse en colaboración con los abogados, si bien corresponde al personal de administración la verificación de su entrega y el archivo de la documentación. Realizar el cierre y archivo de los expedientes, siempre previa autorización del abogado. Mantenimiento correcto del archivo de expedientes y puesta a disposición del personal jurídico de la documentación requerida por ellos, respecto a los expedientes depositados en él. Ofrecer a los clientes la opción de abono de las facturas mediante el pago con tarjeta de crédito y, en su caso, realizar el cobro mediante este procedimiento. Controlar, custodiar e ingresar en las cuentas de CCOO, el dinero que los clientes abonen en metálico. Únicamente se aceptará esta forma de pago en el supuesto que el cliente se negase a pagar por los demás medios ofrecidos por el SJR. La calidad de la información recogida en SERVIJUR es clave para el desarrollo de la actividad de las asesorías y para una correcta toma de decisiones tanto por parte del Sindicato como del propio SJR. En este objetivo de contar con datos de calidad, el personal de administración llevará a cabo periódicamente tareas de chequeo de la misma, con el fin de detectar posibles anomalías, mediante la realización de listados detallados de consultas, listados de expedientes incompletos, etc. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 14

17 Realizar fotocopias, gestionar y controlar la correspondencia y el correo electrónico de la asesoría, escanear documentación, atender las llamadas telefónicas, enviar y recibir faxes, etc. Todas las tareas propias a desarrollar dentro de la actividad administrativa de las asesorías del SJR, así como realizar cualquier tarea que le sea encomendada desde la Dirección del SJR a través de la Coordinación Administrativa del Servicio Jurídico Regional. Informar a la Dirección del SJR a través de la persona Coordinadora de Administración, así como al Coordinador Provincial del SJR, acerca de todas las incidencias que surjan en la Asesoría. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 15

18 OTRAS CUESTIONES QUE AFECTAN A TODO EL PERSONAL DEL SJR El principal medio de comunicación entre el personal del SJR y con la Dirección del mismo es el correo electrónico del sindicato. Es fundamental que, al menos una vez al día, todo el personal revise su buzón de correo y que, cuando le sea solicitado, proceda a notificar la recepción del mensaje de correo para garantizar su correcta recepción. La agenda oficial del SJR es el calendar del correo electrónico. Toda la actividad del personal jurídico del SJR deberá estar reflejada en ella. La Dirección del SJR tendrá acceso a las agendas de los profesionales. En el caso del personal jurídico, el site del SJR, habilitado en el correo electrónico de CCOO, es el medio interno de comunicación para uso exclusivo del personal jurídico de CCOO de Castilla y León, que permite la solicitud de información o de cooperación, así como la posibilidad de compartir información, sentencias y cualquier otra documentación. EL SJR pone a disposición de sus profesionales un teléfono móvil para el desempeño de sus funciones y para poder ser localizados cuando, durante su horario laboral, se encuentren fuera de la asesoría. Quienes no deseen disponer de terminal telefónico corporativo pondrán renunciar al mismo, poniendo a disposición del SJR para este efecto su teléfono personal sin que puedan solicitar compensación económica por su uso. El teléfono móvil deberá estar activo durante la jornada laboral, salvo por motivos justificados como la actuación en juzgado. La suscripción a publicaciones y la adquisición de libros u otros materiales se hará de forma centralizada, a través de la Dirección del SJR. La participación del personal del SJR en actividades formativas relacionadas con el SJR y sufragadas por éste, será decidida por la Dirección del SJR una vez conocido el interés sobre la misma de cada uno de los profesionales. Los participantes en estas actividades pondrán a disposición del SJR el material recibido en las mismas. El SJR, como parte de CCOO de Castilla y León, debe tener entre sus objetivos el incremento afiliativo del sindicato. Para cumplir con este objetivo, el personal del SJR propondrá la afiliación a CCOO a todos los usuarios del SJR que no lo estén. El personal del SJR cooperará en la difusión de sus actuaciones y en aquellas acciones que contribuyan a formar e informar a la estructura del sindicato sobre aspectos jurídicos relacionados con su actividad. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO JURIDICO REGIONAL (oct 2012) 16

19 TABLA DE HONORARIOS AÑO 2013 TABLA I HONORARIOS PARA ACTOS JURIDICOS QUE NO GENEREN DERECHOS ECONOMICOS (HONORARIOS MINIMOS) Importes Sin IVA Concepto No Afiliados/as y 0 a 6 Meses HONORARIOS SEGÚN ANTIGÜEDAD EN LA AFILIACION 6 a 12 meses 12 a 24 meses 24 a 36 meses 36 a 48 meses 48 a 60 meses más de 60 meses DESCUENTO AFILIACIÓN DE 1 A 5 AÑOS Gratuita Consulta Jurídica 45,00 27,50 0,00 Escritosde Solicitud Alegaciones u Otros-Laboral 45,00 31,00 27,50 24,00 20,50 15,25 5,00 Escritos de Solicitud Alegaciones u Otros (Contencioso) 85,00 56,60 49,50 42,40 35,30 24,65 Inspección de Trabajo 130,00 90,00 80,00 70,00 60,00 45,00 Reclamaciónes Previas 175,00 125,00 112,50 100,00 87,50 68,75 Conciliación Extrajudicial Sin Avenencia 200,00 140,00 125,00 110,00 95,00 72,50 Conciliación Extrajudicial Con Avenencia 250,00 170,00 150,00 130,00 110,00 80,00 Conciliación Judicial 175,00 125,00 112,50 100,00 87,50 68,75 Juzgados de 1ª Instancia-Laboral-Mercantil 225,00 165,00 150,00 135,00 120,00 97,50 Ejecución de Sentencia 100,00 80,00 75,00 70,00 65,00 57,50 Contencioso Administrativo 400,00 280,00 250,00 220,00 190,00 145,00 Recurso Tribunal Superior 400,00 320,00 300,00 280,00 260,00 230,00 Actuaciones Tribunal Superior Justicia (no recursos) 425,00 305,00 275,00 245,00 215,00 170,00 Recurso Tribunal Supremo 450,00 330,00 300,00 270,00 240,00 195,00 Recurso Tribunal Constitucional 500,00 340,00 300,00 260,00 220,00 160,00 Impugnación Recurso Tribunal Superior 300,00 220,00 200,00 180,00 160,00 130,00 Impugnación Recurso Tribunal Supremo 400,00 300,00 275,00 250,00 225,00 187,50 Gratuita 7,00 15,00 25,00 25,00 25,00 25,00 37,50 25,00 50,00 100,00 62,50 75,00 50,00 50,00 75,00 TABLA II HONORARIOS PARA ACTOS JURIDICOS QUE GENEREN DERECHOS ECONOMICOS SI EL IMPORTE RESULTANTE DE APLICAR LOS HONORARIOS DE ESTA TABLA NO SUPERA LOS HONORARIOS MINIMOS SE APLICARA LA TABLA I Importes Sin IVA HONORARIOS Y % SOBRE CANTIDADES RECLAMADAS TARIFAS Y % DE BONIFICACION SEGÚN ANTIGÜEDAD EN LA AFILIACION Concepto No Afiliados/as y 0 a 6 Meses 6 a 12 meses 12 a 24 meses 24 a 36 meses 36 a 48 meses 48 a 60 meses 60 a 72 meses 72 a 84 meses más de 84 meses Consulta Jurídica 45,00 Escritos de Solicitud Alegaciones u Otros (Laboral) Escritos de Solicitud Alegaciones u Otros (Contencioso) 45,00 85,00 Inspección de Trabajo 130,00 Reclamaciónes Previas 175,00 Conciliación Extrajudicial Sin Avenencia 200,00 27,50 Gratuita 31,00 27,50 24,00 20,50 15,25 56,60 49,50 42,40 35,30 24,65 90,00 80,00 70,00 60,00 45,00 125,00 112,50 100,00 87,50 68,75 140,00 125,00 110,00 95,00 72,50 Gratuita Conciliación Extrajudicial Con Avenencia 8% Conciliación Judicial 9% Juzgados de 1ª Instancia (Laboral-Mercantil) 10% Ejecución de Sentencia 11% Contencioso Administrativo 10% Recurso Tribunal Superior 12% 15% 25% 35% 55% 75% 85% 95% Gratuita Actuaciones Tribunal Superior Justicia (no recursos) 12% Recurso Tribunal Supremo 12% Recurso Tribunal Constitucional 12% Impugnación Recurso Tribunal Superior 12% Impugnación Recurso Tribunal Supremo 12% Los Honorarios son acumulativos. Los honorarios de esta tarifa se reclamarán en concepto de provisión de fondos en cada fase del procedimiento. Si en una fase del procedimiento, NO HAY REPERCUSIÓN ECONÓMICA, el importe abonado se considera Honorarios de esa fase, solicitándose para la siguiente fase la provisión de fondos que corresponda. Si hay REPERCUSIÓN ECONÓMICA, el % se aplicará en la fase del procedimiento en que se obtenga, si éste es superior al mínimo provisionado, se facturará la cantidad resultante descontando la provisión depositada. Las Tasas Judiciales no están incluidas en esta tarifa, serán por cuenta del usuario

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE ARTÍCULO 1º Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes 1. La actuación del Departamento de Atención al Cliente se rige por la Orden ECO/734/2004,

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAMARA DE MEDIACION DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ARBITRAJE

REGLAMENTO DE LA CAMARA DE MEDIACION DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ARBITRAJE REGLAMENTO DE LA CAMARA DE MEDIACION DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ARBITRAJE 1.- Principios que regirán la mediación La mediación que se lleva a cabo por la CM (Cámara de Mediación), conforme al presente

Más detalles

PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE MEDIACION FAMILIAR INTRAJUDICIAL

PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE MEDIACION FAMILIAR INTRAJUDICIAL PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE MEDIACION FAMILIAR INTRAJUDICIAL INTRODUCCIÓN: La guardia de mediación familiar intrajudicial tiene carácter voluntario. Al tratarse de un Servicio Público de

Más detalles

En particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones:

En particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A ASOCIACIONES, COLECTIVOS Y PARTICULALES QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE ÁMBITO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE GRANADILLA DE ABONA, AÑO 2013. 1.-

Más detalles

Bonificaciones para afiliados/as de UGT para asuntos tasados del resto de jurisdicciones

Bonificaciones para afiliados/as de UGT para asuntos tasados del resto de jurisdicciones TABLA DE BONIFICACION 1 TABLA DE BONIFICACION 2 Bonificaciones para afiliados/as de UGT para asuntos de la vía laboral y Contencioso-Administrativo laboral Bonificaciones para afiliados/as de UGT para

Más detalles

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en:

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en: GUÍA DE RECURSOS: RÉGIMEN DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Los actos y resoluciones dictados por distintos órganos de la Oficina Española de Patentes (en adelante OEPM), en su mayor parte concesiones o

Más detalles

POLÍTICA DE PRIVACIDAD (LOPD)

POLÍTICA DE PRIVACIDAD (LOPD) PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES POLÍTICA DE PRIVACIDAD (LOPD) ANDRÉS VIVANCOS E HIJOS, S.L. garantiza la confidencialidad de los datos de carácter personal facilitados por los usuarios y su tratamiento

Más detalles

TABLA DE HONORARIOS DE LA ASESORÍA JURÍDICA FEDERACION DE ENSEÑANZA CC.OO ARAGÓN

TABLA DE HONORARIOS DE LA ASESORÍA JURÍDICA FEDERACION DE ENSEÑANZA CC.OO ARAGÓN TABLA DE HONORARIOS DE LA ASESORÍA JURÍDICA FEDERACION DE ENSEÑANZA CC.OO ARAGÓN 1.- CONSULTA VERBAL 1.1.- SIMPLE 35,00 + 6,30 IVA = 41,30 EUROS cuando la consulta no requiera estudio de documentos 1.2.-

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Aprobado por Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2005 La Universidad de Valladolid cumpliendo con sus compromisos y con sus obligaciones

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Legislación El presente Reglamento

Más detalles

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En

Más detalles

GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Página: 1 de 8 Elaborado por: Revidado por: Aprobado por: Comité de calidad Responsable de calidad Director Misión: Controlar los documentos y registros del Sistema de Gestión de Calidad para garantizar

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL DESPACHO DE ABOGADOS DE LA LETRADA Dª ROSA ANA FAJARDO SÁNCHEZ Y LA ASOCIACION MURCIANA DE PREVENCIONISTAS

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL DESPACHO DE ABOGADOS DE LA LETRADA Dª ROSA ANA FAJARDO SÁNCHEZ Y LA ASOCIACION MURCIANA DE PREVENCIONISTAS CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL DESPACHO DE ABOGADOS DE LA LETRADA Dª ROSA ANA FAJARDO SÁNCHEZ Y LA ASOCIACION MURCIANA DE PREVENCIONISTAS Acuerdo de implantación de un servicio de asesoría jurídica

Más detalles

En particular, quedan comprendidos en el objeto del contrato los siguientes contenidos:

En particular, quedan comprendidos en el objeto del contrato los siguientes contenidos: PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL ASESORAMIENTO Y LA DEFENSA JURÍDICA Y JUDICIAL DEL AYUNTAMIENTO DE MISLATA 1. OBJETO DEL CONTRATO Es objeto del contrato la

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

Contrato de servicio de mantenimiento INTEGRAL

Contrato de servicio de mantenimiento INTEGRAL Contrato de servicio de mantenimiento INTEGRAL CONDICIONES GENERALES El servicio contratado será prestado por char, a demanda del Usuario, a través de su Servicio Técnico, accesible en el numero 93.741.87.33

Más detalles

Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A.

Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A. Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Banco de Sabadell, S.A. Í N D I C E Capítulo I. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Preliminar Objeto Interpretación Modificación Capítulo II. Artículo

Más detalles

BASES. 1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses.

BASES. 1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses. CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE UNA BECA DE FORMACIÓN EN CONTROL INTERNO DE LA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE LAS ENTIDADES LOCALES, CON DESTINO AL DEPARTAMENTO DE INTERVENCIÓN. BASES 1ª.- El número

Más detalles

El presente aviso legal tiene como objeto informar sobre las características de la página web del ILUSTRE

El presente aviso legal tiene como objeto informar sobre las características de la página web del ILUSTRE Aviso legal COFGRANADA contenido Información General El presente aviso legal tiene como objeto informar sobre las características de la página web del ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE FARMACEUTICOS DE GRANADA

Más detalles

PLIEGO DE CLAUSULAS TECNICAS PARTICULARES PARA LA GESTION DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA EN EL MUNICIPIO DE ALCANTARILLA

PLIEGO DE CLAUSULAS TECNICAS PARTICULARES PARA LA GESTION DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA EN EL MUNICIPIO DE ALCANTARILLA PLIEGO DE CLAUSULAS TECNICAS PARTICULARES PARA LA GESTION DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA EN EL MUNICIPIO DE ALCANTARILLA NEGOCIADO: Contratación EXPEDIENTE: CONTRATO SERVICIOS-PROCEDIMIENTO

Más detalles

C O N T R A T O DE S E R V I C I O DE RE C O B RO

C O N T R A T O DE S E R V I C I O DE RE C O B RO C O N T R A T O DE S E R V I C I O DE RE C O B RO ENTRE: Nombre: Dirección: CP: CIF/Compaña Nombre: Teléfono: Email: En adelante, el Cliente. Y D. CARLOS MAZÓN GUIXOT, con DNI nº 52.779.507 G, en calidad

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009 Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros

Más detalles

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Fecha: 31/08/2015 MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Fecha: 31/08/2015 MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Página 1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1. PRESENTACIÓN... 2 2. OBJETO... 3 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y BASES DE DATOS... 3 4. ALCANCE... 3 5. FINALIDAD DE LA BASE DE DATOS... 4 6. TRATAMIENTO DE... 4 7. DERECHOS

Más detalles

Condiciones generales

Condiciones generales Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de

Más detalles

CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE. Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos

CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE. Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos Resolución 2CP/10 CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos París, 1º de enero de 2011 - 2 - Extracto

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL B.O.E. DE 8 DE JUNIO DE 2011) A los organismos de origen de los beneficiarios

Más detalles

El derecho fundamental de huelga

El derecho fundamental de huelga AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE VI. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 1. Los centros, en función de los niveles, etapas y modalidades de enseñanza que se impartan en ellos, así como del número de unidades o grupos de alumnos, podrán tener

Más detalles

AVISO DE PRIVACIDAD.

AVISO DE PRIVACIDAD. AVISO DE PRIVACIDAD. La Cámara de Comercio de Canadá en México, A.C., en adelante CANCHAM, con domicilio en Blvd. M. Ávila Camacho No.1 Piso 8 Despacho 806 Col. Polanco, 11560, México D.F. Tel: (52 55)

Más detalles

ANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS

ANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS ANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS Número de Contrato: Número de Punto de Suministro: Tipo de Gas: Localidad: Fecha: El consumidor..., con documento nacional de identidad/código de

Más detalles

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA

Más detalles

AVISO DE PRIVACIDAD. No consiento que mis datos personales sean tratados en los términos que señala el presente aviso de privacidad.

AVISO DE PRIVACIDAD. No consiento que mis datos personales sean tratados en los términos que señala el presente aviso de privacidad. AVISO DE PRIVACIDAD MOLÉCULAS FINAS DE MÉXICO, S.A. DE C.V., con domicilio en Filipinas 110-Bis, Colonia Portales, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, C.P. 03300, es responsable de recabar

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA SEDE ELECTRÓNICA Y DEL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL CONSORCIO DE AGUAS DE BILBAO-BIZKAIA.

ORDENANZA REGULADORA DE LA SEDE ELECTRÓNICA Y DEL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL CONSORCIO DE AGUAS DE BILBAO-BIZKAIA. ORDENANZA REGULADORA DE LA SEDE ELECTRÓNICA Y DEL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL CONSORCIO DE AGUAS DE BILBAO-BIZKAIA. (Publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia nº 82 del día 2 de mayo de 2011) EXPOSICIÓN

Más detalles

PROCEDIMIENTO INTEGRADO SOBRE NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES

PROCEDIMIENTO INTEGRADO SOBRE NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES SOBRE NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Hoja 1 de 7 PROCEDIMIENTO INTEGRADO SOBRE NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E Realizado por Revisado por Aprobado por Fco. Javier Martí Bosch Comité

Más detalles

10 APÉNDICE RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO Y A LA NORMATIVA APLICABLE AL SERVICIO DE RECLAMACIONES

10 APÉNDICE RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO Y A LA NORMATIVA APLICABLE AL SERVICIO DE RECLAMACIONES 10 APÉNDICE RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO Y A LA NORMATIVA APLICABLE AL SERVICIO DE RECLAMACIONES ÍNDICE 10.1 SERVICIO DE RECLAMACIONES. INFORMACIÓN GENERAL 297 10.2 WEB DEL BANCO DE ESPAÑA. SERVICIO DE

Más detalles

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L.

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L. REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE CORPORACIÓN DE MEDIADORES DE SEGUROS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. PREÁMBULO La Orden de 11 de marzo de 2004 del Ministerio de Economía ECO/734/2004 regula los

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCION AL CLIENTE DE GESTEFIN S.A., S.G.I.I.C.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCION AL CLIENTE DE GESTEFIN S.A., S.G.I.I.C. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCION AL CLIENTE DE GESTEFIN S.A., S.G.I.I.C. 1.- Dentro de GESTEFIN S.A., S.G.I.I.C., se crea un Departamento de Atención al Cliente de carácter unipersonal

Más detalles

PROCEDIMIENTO OPERATIVO INVESTIGACION DE ACCIDENTES Y ESTADISTICA DE SINIESTRALIDAD DPMPO09

PROCEDIMIENTO OPERATIVO INVESTIGACION DE ACCIDENTES Y ESTADISTICA DE SINIESTRALIDAD DPMPO09 Página: 1 PROCEDIMIENTO OPERATIVO ESTADISTICA DE SINIESTRALIDAD Página: 2 Edición Motivo cambio Firma Fecha 0 Edición Inicial 6.05.2002 Página: 3 I N D I C E 1. OBJETO 4 2. AMBITO DE APLICACIÓN 4 3. NORMATIVA

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA ARTÍCULO 1º OBJETO DEL REGLAMENTO. Con la aprobación de la ORDEN ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades

Más detalles

GUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES

GUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES GUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES Tema: Cartas de Servicios Primera versión: 2008 Datos de contacto: Evaluación y Calidad. Gobierno de Navarra. evaluacionycalidad@navarra.es

Más detalles

PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS

PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS DIPLOMATURA EN GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROGRAMA DE LA ASIGNATURA PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS Código: 445 (16 créditos) CURSO 2011-12 Coordinadora: Mª Teresa Balaguer Coll Departamento de Finanzas

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE SOCIETE GENERALE, SUCURSAL EN ESPAÑA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE SOCIETE GENERALE, SUCURSAL EN ESPAÑA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE SOCIETE GENERALE, SUCURSAL EN ESPAÑA 1. FINALIDAD Y FUNCIONES La finalidad del Servicio de Atención al Cliente es recibir y tramitar las quejas

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA Y AL CLIENTE DE ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE LA INGENIERÍA CIVIL, MPS

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA Y AL CLIENTE DE ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE LA INGENIERÍA CIVIL, MPS REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA Y AL CLIENTE DE ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE LA INGENIERÍA CIVIL, MPS C/ Téllez, 24 1ª Planta 28007 Madrid INDICE TITULO PRELIMINAR Artículo 1. Legislación

Más detalles

Guía. de formación. sobre la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas participantes en programas. Un hecho histórico

Guía. de formación. sobre la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas participantes en programas. Un hecho histórico { Guía sobre la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas participantes en programas de formación { { Un hecho histórico 1 nclu 2 Edita: Comisión Ejecutiva Confederal de UGT

Más detalles

INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario.

INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario. INFORMACIÓN PREVIA a la celebración del contrato de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito hipotecario. Nombre entidad, AYUDA Y CREDITO CONSULTORES S.L. inscrita

Más detalles

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial REGLAMENTO PARA LA MEDIACIÓN (Basado en la Ley 5/2012 de 6 de Julio) Índice de artículos Art. Concepto

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 26643 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la selección de proyectos de innovación educativa en los centros

Más detalles

PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO

PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO AL GRADO EN DERECHO, Y A LOS DOBLES GRADOS EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESA Y EN DERECHO Y ECONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

Expte. DI-1084/2012-10. EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA I.

Expte. DI-1084/2012-10. EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA I. Expte. DI-1084/2012-10 EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli 50004 ZARAGOZA I.- ANTECEDENTES PRIMERO.- Con fecha 12-06-2012 se presentó queja de

Más detalles

LA EMPRESA EN EL AULA. Departamento de Tesorería

LA EMPRESA EN EL AULA. Departamento de Tesorería LA EMPRESA EN EL AULA Departamento de Tesorería 1. Introducción A través de la Simulación, realizaremos las actividades más habituales que se llevan a cabo en el departamento de Tesorería de una empresa

Más detalles

CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CORRECTA CONTRATACIÓN Y PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS EN LA BNE

CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CORRECTA CONTRATACIÓN Y PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS EN LA BNE SECRETARIA DE ESTADO DE CULTURA MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE BIBLIOTECA BIBLIOTECA NACIONAL NACIONAL DE ESPAÑA DE ESPAÑA CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CORRECTA CONTRATACIÓN Y PARA LA

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL MUTUALISTA DE LA MUTUA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN SOCIAL RENAULT ESPAÑA INDICE TITULO PRELIMINAR... Artículo 1. Legislación aplicable... TITULO PRIMERO.- OBJETO,

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA CAPÍTULO I LA JUNTA GENERAL Artículo 1. Clases de Juntas 1. La Junta General de Accionistas podrá ser Ordinaria o Extraordinaria, rigiéndose

Más detalles

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE RESONANCIA MAGNETICA CRANEAL PARA EL CENTRO DE PREVENCIÓN DEL DETERIORO COGNITIVO DE MADRID SALUD

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE RESONANCIA MAGNETICA CRANEAL PARA EL CENTRO DE PREVENCIÓN DEL DETERIORO COGNITIVO DE MADRID SALUD PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE RESONANCIA MAGNETICA CRANEAL PARA EL CENTRO DE PREVENCIÓN DEL DETERIORO COGNITIVO DE MADRID SALUD 1. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del contrato es la realización

Más detalles

Contrato de servicios ebusining Telesecretariado

Contrato de servicios ebusining Telesecretariado Contrato de servicios ebusining Telesecretariado 1. PARTES. a. Busining Desarrollos Empresariales, S.L. (a partir de ahora Busining), con CIF B85618361, domiciliada en Pº del Club Deportivo, 1, Edif. 15A,

Más detalles

Capítulo 14 Solución de Controversias

Capítulo 14 Solución de Controversias Artículo 140: Cooperación Capítulo 14 Solución de Controversias Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y aplicación de este Tratado y realizarán todos los esfuerzos,

Más detalles

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA La incesante innovación y consecuente modificación normativa

Más detalles

INFORME SOBRE LAS POSIBLES ACTUACIONES DEL ARQUITECTO EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD

INFORME SOBRE LAS POSIBLES ACTUACIONES DEL ARQUITECTO EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD INFORME SOBRE LAS POSIBLES ACTUACIONES DEL ARQUITECTO EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD INDICE GENERAL DE POSIBLES ACTUACIONES: A) ANTES DE EMPEZAR EL PROYECTO B) DURANTE LA ELABORACION DEL PROYECTO B.l

Más detalles

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Informado positivamente por Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2008)

Más detalles

Obligaciones y requisitos de actuación de las. Agencias de Colocación. Normativa y otros documentos de referencia

Obligaciones y requisitos de actuación de las. Agencias de Colocación. Normativa y otros documentos de referencia Obligaciones y requisitos de actuación de las Agencias de Colocación Normativa y otros documentos de referencia Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo (LE) Ley 3/2012, de 6 de julio, de Medidas urgentes

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0183/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0183/2009 Informe 0183/2009 La consulta plantea como debe actuarse para, en casos concretos, mantener en secreto el dato del domicilio de las victimas de violencia de género o restringir su acceso a determinados

Más detalles

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 17978 ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación La disposición final segunda del Real Decreto 488/1998

Más detalles

Segunda.- Contenido de los servicios: consultoría, asesoramiento y mediación de seguros privados.

Segunda.- Contenido de los servicios: consultoría, asesoramiento y mediación de seguros privados. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE MEDIACIÓN, ASISTENCIA Y ASESORAMIENTO PROFESIONAL EN LOS SEGUROS QUE CONTRATE EL AYUNTAMIENTO DE BAEZA. Primera.-

Más detalles

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. CLÁUSULA 1ª. Objeto del contrato... 2. CLÁUSULA 2ª. Calendario de ejecución del contrato... 2

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. CLÁUSULA 1ª. Objeto del contrato... 2. CLÁUSULA 2ª. Calendario de ejecución del contrato... 2 PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA IMPARTICIÓN DE CLASES PRESENCIALES DE IDIOMAS EN EL SENADO. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CLÁUSULA 1ª.

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LOS REGISTROS DEL SISTEMA DE CALIDAD

PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LOS REGISTROS DEL SISTEMA DE CALIDAD Página : 1 de 6 PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LOS REGISTROS DEL SISTEMA DE CALIDAD Esta es una copia no controlada si carece de sello en el reverso de sus hojas, en cuyo caso se advierte al lector que

Más detalles

El CUPS, la designación de los suministros, su dirección y tarifa de acceso se especifican en el Anexo I.

El CUPS, la designación de los suministros, su dirección y tarifa de acceso se especifican en el Anexo I. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE GAS NATURAL CANALIZADO EN LOS EDIFICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO ÍNDICE: 1. Objeto del contrato. 2. Ámbito de

Más detalles

Programa de Educación Financiera

Programa de Educación Financiera EL DEFENSOR DEL CLIENTE La constitución de la república del Ecuador del año 2008, establece en el capítulo IV (Soberanía Económica) del Título VI (Regimen de Desarrollo), la sección octava, que trata sobre

Más detalles

PREMIOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE FUNDACIONES

PREMIOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE FUNDACIONES PREMIOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE FUNDACIONES La Junta Directiva de la Asociación Española de Fundaciones (AEF), en su reunión del día 19 de enero de 2016, ha acordado crear los Premios de la Asociación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales Pág. 22 VIERNES 22 DE MAYO DE 2015 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 2 DECRETO 51/2015, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno,

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Elaborado por: Antonio Jesús Peñalver García Revisado por: Aprobado por: Fecha: 4 de Abril de 2013 Fecha: Fecha: Firma Firma Firma Procedimiento PROCEDIMIENTO

Más detalles

COMPROMISOS SGAE CON LA CNMC DERIVADOS DE LA FINALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE Nº S/0466/13

COMPROMISOS SGAE CON LA CNMC DERIVADOS DE LA FINALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE Nº S/0466/13 COMPROMISOS SGAE CON LA CNMC DERIVADOS DE LA FINALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE Nº S/0466/13 A. Aplicación de descuentos al licenciamiento de los derechos de comunicación pública y de reproducción de obras musicales

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 35 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 7 ORDEN 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1

I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Reglamento por el que se regula la Composición, Competencias, Organización, Funcionamiento y Procedimiento Del Tribunal Económico- Administrativo de Bilbao Pág. 1 Índice Reglamento por el que se regula

Más detalles

Servicio de Representación Voluntaria Preguntas frecuentes

Servicio de Representación Voluntaria Preguntas frecuentes Ogasun, Finantza eta Aurrekontu Saila Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos Servicio de Representación Voluntaria Preguntas frecuentes 1. Qué es la representación voluntaria? La representación

Más detalles

Intervenciones de Asociaciones / O.N.G. VOLUNTARIADO / COLABORACIÓN ONG

Intervenciones de Asociaciones / O.N.G. VOLUNTARIADO / COLABORACIÓN ONG I 03 / 98 TP Asunto: Intervenciones de Asociaciones / O.N.G. Área de Aplicación: REINSERCIÓN SOCIAL Descriptores: VOLUNTARIADO / COLABORACIÓN ONG Introducción: La Constitución establece que la privación

Más detalles

ORDEN DEL CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS

ORDEN DEL CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS ORDEN DEL CONCEJAL DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS Vista la propuesta de la Concejala Delegada de Discapacidad, en la que con motivo de la concesión de subvención del Servicio Extremeño de Salud para la puesta

Más detalles

COLEGIO PROFESIONAL DE PROTÉSICOS DENTALES DE EXTREMADURA

COLEGIO PROFESIONAL DE PROTÉSICOS DENTALES DE EXTREMADURA 27837 PROGRAMA OPERATIVO DEL FONDO SOCIAL EUROPEO 2007-2013 DE EXTREMADURA EJE PRIORITARIO 1: FOMENTO DEL ESPÍRITU EMPRESARIAL Y MEJORA DE LA ADAPTABILIDAD DE TRABAJADORES, EMPRESAS Y EMPRESARIOS TEMA

Más detalles

1.- OBJETO DEL CONTRATO.

1.- OBJETO DEL CONTRATO. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE CONSULTORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA DENOMINADO PRODUCCIÓN DE LA MAQUETA DE LA REVISTA CONSUMADRID DE LA DIRECCION GENERAL DE CONSUMO 1.- OBJETO

Más detalles

EXPEDIENTE Nº: 2007.0.013

EXPEDIENTE Nº: 2007.0.013 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE TELEOPERADORES PARA EL CENTRO DE LLAMADAS DE CITA PREVIA DEL CENTRO DE ESPECIALIDADES DE MORATALAZ DEPENDIENTE DEL ÁREA I DE ATENCION

Más detalles

MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA.

MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA. MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA. Gerencia Selecta Ltda. (En adelante Gerencia Selecta), en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 de

Más detalles

LA CIUDADANA LIC. MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER:

LA CIUDADANA LIC. MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER: LA CIUDADANA LIC. MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER: QUE EL H. AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS

Más detalles

10. PRÁCTICAS EXTERNAS

10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0101/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0101/2008 Informe 0101/2008 La consulta plantea si existe obligación de ceder a los sindicatos y a los Órganos de Representación del personal, la dirección de correo electrónico del trabajador, al amparo de la Sentencia

Más detalles

Comunicación y consulta de horas de formación profesional continuada realizadas por los censores de cuentas.

Comunicación y consulta de horas de formación profesional continuada realizadas por los censores de cuentas. Circular nº G06/2013 Área: Departamento de Formación Asunto: Extensión: Comunicación y consulta de horas de formación profesional continuada realizadas por los censores de cuentas. A todos los miembros

Más detalles

Condiciones Generales de Contratación de OFICINA PONTI, SLP

Condiciones Generales de Contratación de OFICINA PONTI, SLP Condiciones Generales de Contratación de OFICINA PONTI, SLP Pliego de Condiciones Generales de la empresa Oficina Ponti, SLP con domicilio en la calle Consell de Cent, 322, 08007 Barcelona (España), con

Más detalles

VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA

VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, OPERATIVA Y FINANCIERA A LAS OBRAS CIVILES Y ADECUACIÓN DEL EDIFICIO DE LA NUEVA SEDE SAN PABLO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGENA, LOCALIZADA

Más detalles

ANEXO III CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, INCORPORACIONES Y CESES DEL PROFESORADO

ANEXO III CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, INCORPORACIONES Y CESES DEL PROFESORADO RESOLUCIÓN N.º DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA IMPULSAR DURANTE EL CURSO 2015-2016 EL PROCESO DE MEJORA CONTINUA EN LOS CENTROS DOCENTES PÚ- BLICOS

Más detalles

MANIFIESTO PARA LA REGULACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS SEGUIMIENTOS POST-ADOPTIVOS. OCTUBRE de 2013

MANIFIESTO PARA LA REGULACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS SEGUIMIENTOS POST-ADOPTIVOS. OCTUBRE de 2013 MANIFIESTO PARA LA REGULACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS SEGUIMIENTOS POST-ADOPTIVOS. OCTUBRE de 2013 Índice de contenido 1. ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS... 2 2. HECHOS... 3 3. PROPUESTAS DE CORA...

Más detalles

La Orden 947/2006, de 24 de febrero, de la Consejería de Educación, regula el funcionamiento de las Casas de Niños con extensión de servicios.

La Orden 947/2006, de 24 de febrero, de la Consejería de Educación, regula el funcionamiento de las Casas de Niños con extensión de servicios. CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES POR LA QUE SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS CASAS DE NIÑOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL CURSO 2007/2008 El Decreto 117/2004, de 29 de julio,

Más detalles

Bases del programa de Becas-Colaboración de la Universidad Europea del Atlántico Curso Académico 2015/2016

Bases del programa de Becas-Colaboración de la Universidad Europea del Atlántico Curso Académico 2015/2016 La Universidad Europea del Atlántico posee, entre sus principios educativos, el propósito de proporcionar a su alumnado una formación que sea capaz de compaginar, sin desvirtuar, aquellos aspectos teóricos

Más detalles

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS «BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

Más detalles