Capítulo I Disposiciones Generales

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Capítulo I Disposiciones Generales"

Transcripción

1 NORMATIVA REGULADORA DE LOS ESTUDIOS SIMULTÁNEOS DE LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS Y LICENCIADO EN (A.52/2006 aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de julio de 2006, modificado por A.58/2008 de Consejo de Gobierno de 12 de noviembre de 2007 y modificado por A.29/2008 de Consejo de Gobierno de 24 de abril de 2008, B.O.N. nº 66 de 28 de mayo de 2008) El Consejo Social en sesión celebrada el 30 de abril de 1999, y a propuesta de la Junta de Gobierno de 28 de abril del mismo año, aprobó por su adecuación a las prioridades y estrategias de la Universidad, el título propio de Dirección de Empresas y Estudios Jurídicos. Dicho título propio se configuraba a partir de la realización de estudios simultáneos de las titulaciones de Licenciado en Derecho y Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, que coloquialmente se conoce como la doble titulación. Desde entonces fue necesario abordar la regulación del régimen peculiar de estos estudios a través de una serie de acuerdos adoptados a lo largo de los años, inicialmente por la extinta Junta de Gobierno y posteriormente por el Consejo de Gobierno y, en su caso, Consejo Social de la Universidad. La implantación de la nueva estructura de las titulaciones, a través de la reglamentación dictada en el nuevo marco jurídico establecido por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, ha llevado a la Universidad a realizar la reordenación de los estudios simultáneos citados, acordando, en primer lugar la extinción del estudio propio, sin perjuicio de la continuidad de la vigencia del Programa de estudios simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho, procurando que los estudiantes y titulados del programa puedan realizar prácticas en empresas de dimensión internacional, bien a través de los programas oficiales de movilidad internacional, bien a través de programas propios de la Universidad; y, en segundo lugar, aprobando una norma integradora que al mismo tiempo refunda la normativa dispersa existente en la actualidad reguladora de dichos estudios, modifique algunos aspectos del régimen académico de los mismos y mantenga el plan docente vigente. Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. Objeto Las presentes normas tienen por objeto refundir la normativa existente en la actualidad reguladora de los Estudios simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Licenciado en Derecho, al mismo tiempo que se modifican algunos aspectos del régimen académico de los mismos. Artículo 2. Ámbito de aplicación 1. Las presentes normas serán de aplicación a las enseñanza impartidas por la Universidad dentro del Programa de estudios simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Licenciado en Derecho. 1

2 2. El Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Licenciado en Derecho, es un programa académico, que contiene una ordenación específica de las respectivas enseñanzas, diseñada para posibilitar a los estudiantes matriculados en una de las dos titulaciones oficiales mencionadas, y que superen los estudios contenidos en el referido Programa, la obtención simultánea de los títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho. 3. El régimen académico, la impartición de las enseñanzas, la evaluación de los estudiantes y, en general, todos los aspectos académicos del Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Licenciado en Derecho, se regirán por las disposiciones contenidas en el presente acuerdo. En lo no previsto tendrá carácter supletorio la normativa general del estudio de la Universidad, siempre y cuando no se oponga al régimen especial establecido para este programa de estudios simultáneos. Artículo 3. Aceptación del Régimen Académico La admisión en el Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Licenciado en Derecho supone la aceptación por el estudiante del régimen académico peculiar de aplicación al referido Programa, conforme a las presentes disposiciones. Artículo 4. Dirección Académica y Ejecutiva. 1. La dirección académica del Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Licenciado en Derecho, corresponde a la Comisión Académica en la que están representadas la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales y la Facultad de Ciencias Jurídicas. 2. La Dirección ejecutiva del Programa de Estudios Simultáneos recaerá alternativamente, rotando cada cuatro cursos académicos, en un Vicedecano de las dos Facultades a las que se adscribe el Programa, que tenga la condición de profesor de los cuerpos docentes universitarios, adscrito a un área de conocimiento de las que imparte docencia en una de las dos titulaciones de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Licenciado en Derecho. Artículo 5. Composición de la Comisión Académica 1. La Comisión Académica está compuesta por los siguientes miembros: Vicerrector competente en materia de Enseñanzas que la presidirá. - El Decano de la de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales - El Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas. - Un Vicedecano de la Facultad de Ciencias Jurídicas responsable de la titulación de Derecho. - Un Vicedecano de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales responsable de la titulación de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas. 2

3 2. Actuará como Secretario de la Comisión Académica alternativamente, rotando cada cuatro cursos académicos, uno de los Vicedecanos de las dos Facultades a las que se adscribe el Programa. Artículo 6. Funciones de la Comisión Académica 1. A la Comisión Académica le corresponderá, con carácter general, la dirección académica del Programa de Estudios Simultáneos, el análisis y seguimiento de la calidad docente del programa y específicamente las siguientes funciones: - Proponer, al Vicerrector competente en la materia, el límite de plazas de admisión en el referido Programa para cada curso académico. - La organización de las prácticas del Programa. - Análisis y seguimiento de la calidad docente del programa. - Proponer al Rector el nombramiento del Director ejecutivo del programa. - Acordar el abandono del programa de aquellos estudiantes que no alcancen el rendimiento exigido de acuerdo con lo previsto en el presente acuerdo. - Otras funciones que le encomiende el Rector o Vicerrector competente. Capítulo II Del Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Licenciado en Derecho Artículo 7. Programación docente 1. El Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho, que obligatoriamente deben cursar los estudiantes matriculados es el que figura como Anexo I. Artículo 8. Requisitos y criterios de admisión 1. La Comisión Académica del Programa de Estudios Simultáneos propondrá al Vicerrector competente el límite de plazas de admisión, para su aprobación por el Consejo de Gobierno simultáneamente a la aprobación de los límites de plazas para el acceso a las titulaciones oficiales. 2. Los estudiantes que deseen ser admitidos deberán cumplimentar la correspondiente solicitud en los mismos plazos establecidos para solicitar la admisión en el primer ciclo de las titulaciones oficiales de la Universidad Pública de Navarra. 3. Únicamente podrán ser admitidos los estudiantes que acrediten los siguientes requisitos: a) Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad por alguna de las vías que dan acceso preferente a las titulaciones oficiales de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho. b) Haber sido admitido, de acuerdo con el procedimiento ordinario de ingreso en los centros universitarios, en las titulaciones oficiales de Licenciado en Administración y 3

4 Dirección de Empresas o de Licenciado en Derecho, por la vía correspondiente a la Prueba de Acceso a la Universidad. 4. Criterios de admisión. Las solicitudes de los estudiantes que cumplan los requisitos señalados en los apartados anteriores en el plazo establecido, serán priorizadas de acuerdo con los siguientes criterios: a) Se admitirán estudiantes hasta el límite de plazas aprobado de acuerdo con la nota que les ha dado acceso a alguna de las dos titulaciones oficiales indicadas anteriormente. No obstante, en la primera lista de admitidos que se publique se admitirá un porcentaje superior de las plazas ofertadas para cubrir las vacantes que dejen los que, habiendo sido admitidos, no formalicen su matrícula. b) Las solicitudes de los estudiantes serán consideradas en igualdad de condiciones independientemente de que hubieran sido admitidos en una u otra titulación oficial. c) La nota mínima de admisión será igual o superior a la nota más alta de admisión de las dos titulaciones oficiales, una vez concluido el procedimiento ordinario de ingreso en los centros universitarios. Artículo 9. Matrícula 1. Admitidos en el Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho, los estudiantes formalizarán su matricula, en una de las titulaciones oficiales, de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o de Licenciado en Derecho, por la que fueron admitidos en la Universidad, y dentro de cada una ellas específicamente en el Programa académico de Estudios Simultáneos. 2. Los estudiantes matriculados abonarán los precios públicos que correspondan en función de la titulación oficial de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o de Licenciado en Derecho, en la que formalicen su matricula, de acuerdo con lo previsto en la normativa foral que regula esta materia, siendo beneficiarios, en su caso, de las exenciones previstas en la misma o las que legalmente procedan. Artículo 10. Normativa académica 1. Los estudiantes matriculados en una de las dos titulaciones oficiales mencionadas que cursen el Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho, se matricularán, cada curso académico, única y exclusivamente en las asignaturas del citado programa no pudiendo en ningún caso matricularse en otras asignaturas de la oferta académica prevista para los estudiantes de las titulaciones oficiales. 2. Cada curso académico los estudiantes se deberán matricular de todas las asignaturas correspondientes al curso completo del Programa de Estudios simultáneos, que les corresponda, así como las asignaturas matriculadas y no superadas en cursos académicos anteriores, salvo en el supuesto previsto en el artículo Cada curso académico los estudiantes se matricularán en el mismo plazo y con el mismo procedimiento que se establezca para los estudiantes de las titulaciones oficiales. 4

5 4. A efectos del seguimiento académico y administrativo del programa, todo estudiante que curse el Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho tiene, además un expediente académico personal en este programa académico específico. 5. Cada curso académico la Universidad procederá de oficio a realizar, en el expediente académico de la titulación oficial en la que esté matriculado el estudiante, las convalidaciones que procedan de acuerdo con la tabla correspondiente que figura en el Anexo II. Artículo 11. Evaluación La evaluación o verificación de los conocimientos de los estudiantes en las asignaturas del plan de estudios del Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho, se realizará con el procedimiento ordinario establecido para los estudiantes de las titulaciones oficiales, y en los mismos periodos previstos en el calendario académico aprobado por el Consejo de Gobierno. Artículo 12. Régimen Especial del Rendimiento del Programa 1. A los estudiantes que cursen el Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho, se les exige un rendimiento académico especial, cuya superación será requisito necesario para poder continuar dentro del programa. 2. Los estudiantes que en el primer curso del programa, hayan suspendido más de dos asignaturas, siempre y cuando hubieran superado el 20% de los créditos matriculados, deben repetir el curso con esas asignaturas, de forma que el año académico siguiente únicamente podrán matricular y cursar las asignaturas pendientes. 3. Los estudiantes que en segundo, tercer y cuarto curso del programa tengan pendientes más de dos asignaturas, siempre y cuando hubieran superado al menos una asignatura, deben repetir el curso con esas asignaturas, de forma que el año académico siguiente únicamente podrán matricular y cursar las asignaturas pendientes. 4. La posibilidad de repetir asignaturas a que se refieren los apartados anteriores podrá realizarse una sola vez en cada uno de los cursos mencionados del programa. Si finalizado el curso repetido no se han superado todas las asignaturas pendientes, el estudiante deberá abandonar el programa, continuando los estudios en la titulación oficial en la que estuvieran matriculados, de acuerdo con el plan de estudios respectivo. Artículo 13. Abandono del Programa 1. Si un estudiante decide abandonar voluntariamente el Programa de Estudios Simultáneos, con el fin de proseguir únicamente el plan de estudios de la titulación oficial por la que ingresó en la Universidad Pública de Navarra, deberá solicitarlo por 5

6 escrito en el plazo oportuno establecido en el calendario de procedimientos administrativos de las enseñanzas oficiales de primer y segundo ciclo. 2. En el momento de producirse el abandono, la Universidad realizará de oficio las convalidaciones que procedan en el expediente académico de la titulación oficial en la que esté matriculado el estudiante. A estos efectos se aplicará la tabla que figura en el Anexo II. 3. El abandono, del Programa de Estudios Simultáneos, no impide que tales estudiantes puedan solicitar simultanear el otro título oficial, de acuerdo con la normativa general que rige esta materia. A tal efecto solicitarán por escrito la simultaneidad en ambas titulaciones oficiales en el mismo plazo mencionado en el apartado primero. Artículo 14. Becas 1. A efectos de la solicitud de becas o ayudas al estudio convocadas por el Estado o las Comunidades Autónomas, u otros organismo oficiales, cuya gestión corresponda a la Universidad Pública de Navarra los estudiantes figurarán matriculados en la titulación oficial por la que ingresaron en la Universidad Pública de Navarra. 2. Los estudiantes a que se refiere el apartado anterior podrán solicitar becas de colaboración de la Universidad Pública de Navarra en las mismas condiciones que los estudiantes de las enseñanzas oficiales. Artículo 15. Censos y estadísticas A efectos de la adscripción específica a un Centro concreto, de la inclusión de estos estudiantes en estadísticas oficiales del Ministerio de Educación y Ciencia o del Instituto Nacional de Estadística, del Gobierno de Navarra, etc. se les considerará estudiantes de la titulación oficial por la que ingresaron en la Universidad Pública de Navarra. Disposición Transitoria A los estudiantes que estuvieran matriculados en el curso académico 2005/2006, en el Programa de estudios simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho, les será de aplicación la normativa establecida en el presente acuerdo, sin perjuicio de la que resulte de aplicación, una vez superado el Programa de estudios simultáneos, para la obtención del título propio de Dirección de Empresas y Estudios Jurídicos. Disposición Derogatoria. Derogar cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en el presente acuerdo, y expresamente el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 28 de febrero de Disposiciones Finales Primera. La presente normativa entrará en vigor en el curso 2006/

7 Segunda. Ordenar la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra. ANEXO I Plan docente del Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho Curso Cuatr. Tipo Créd. Código y denominación de la asignatura 6, Matemáticas I 6, Introducción a la Economía 9, Contabilidad financiera 7, Historia del Derecho Español 7, Derecho Romano 4, Teoría del Derecho 9, Matemáticas II 6, Microeconomía I 9, Derecho Penal: Parte General 9, Derecho Constitucional I 6, Derecho Civil I 79,5 6, Contabilidad Analítica 6, Tratamiento de Datos con Ordenador 6, Sociología Industrial 9, Derecho Internacional Público 9, Derecho Administrativo: Parte General 9, Derecho Constitucional II 6, Economía Española 6, Matemáticas Financieras 6, Estadística 6, Microeconomía II 9, Derecho Penal: Parte Especial 9, Derecho Civil II 87,0 6, Economía de la Empresa I 6, Economía Mundial 6, Macroeconomía 7, Instituciones de Derecho Comunitario 4, Derecho Procesal I 4, Derecho Eclesiástico del Estado 6, Historia Económica Mundial 6, Economía de la Empresa II 6, Historia Económica Española 6, Estadística e Introducción a la Econometría 6, Análisis de Balances 9, Derecho Administrativo: Parte Especial 9, Derecho Financiero y Tributario I 82,5 7

8 Plan Docente del Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho Curso Cuatr. Tipo Créd. 4º Código y denominación de la asignatura 9, Econometría 6, Organización y Administración de Empresas 9, Derecho Mercantil I 6, Derecho de Bienes 6, Derecho Procesal II: Parte Primera 6, Derecho Procesal II: Parte Segunda 9, Contabilidad Analítica 6, Economía de las Organizaciones 9, Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social 9, Derecho Financiero y Tributario II 75,0 6, Sistema Fiscal de la Empresa 6, Dirección Financiera I 4, Derecho Tributario de Navarra 9, Derecho Mercantil II 9, Derecho Civil III 6, Dirección Financiera II 7, Prácticas Integradas 6, Análisis Multivariante 6, Dirección Estratégica y Política de la Empresa I 9, Dirección Comercial 9, Derecho Internacional Privado 78,0 6, Dirección Estratégica y Política de la Empresa II 6, Investigación de Mercados 6º 6, Derecho Civil de Navarra 6, Derecho Público de Navarra 7, Prácticas Integradas 4, Filosofía del Derecho 36,0 8

9 Carga lectiva del plan Docente del Programa de Estudios Simultáneos de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y de Licenciado en Derecho Curso Cuatr. Créd. Total 40,5 39,0 79,5 45,0 42,0 87,0 40,5 42,0 82,5 4º 36,0 39,0 75,0 34,5 43,5 78,0 6º 36,0 36,0 438,0 9

10 ANEXO II TABLA DE ADAPTACIÓN DE LOS ESTUDIOS SIMULTÁNEOS DE LICENCIADO EN Y LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS ESTUDIOS SIMULTÁNEOS EN Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN Curso ASIGNATURAS Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos MATEMÁTICAS I MATEMÁTICAS I al MATEMÁTICAS II MATEMÁTICAS II al INTRODUCCIÓN A LA INTRODUCCIÓN A LA ECONOMÍA POLÍTICA 6 al 6 ECONOMÍA ECONOMÍA Y HACIENDA PÚBLICA al 7, CONTABILIDAD CONTABILIDAD INTRODUCCIÓN A LA 9 al 9 FINANCIERA FINANCIERA CONTABILIDAD HISTORIA DEL HISTORIA DEL Libre HISTORIA DEL 7,5 7,5 ESPAÑOL ESPAÑOL elección ESPAÑOL al 7, ROMANO 7, ROMANO al 7, TEORÍA DEL TEORÍA DEL 4,5 al 4, MICROECONOMÍA I MICROECONOMÍA I al PENAL: PENAL: 9 PARTE GENERAL PARTE GENERAL al CONSTITUCIONAL I CONSTITUCIONAL I al 9 10

11 ESTUDIOS SIMULTÁNEOS EN Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN Curso ASIGNATURAS Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos CIVIL I INTRODUCCIÓN AL CIVIL al CIVIL I al CONTABILIDAD CONTABILIDAD 6 ANALÍTICA ANALÍTICA al TRATAMIENTO DE TRATAMIENTO DE 6 DATOS CON ORDENADOR DATOS CON ORDENADOR atoria SOCIOLOGÍA SOCIOLOGÍA SOCIOLOGÍA Libre 6 atoria 6 INDUSTRIAL INDUSTRIAL INDUSTRIAL elección INTERNACIONAL PÚBLICO INTERNACIONAL PÚBLICO al ADMINISTRATIVO: PARTE 9 Optativa 9 ADMINISTRATIVO: PARTE ADMINISTRATIVO GENERAL GENERAL al CONSTITUCIONAL II CONSTITUCIONAL II al ECONOMÍA ECONOMÍA INTRODUCCIÓN A LA 6 al 6 ESPAÑOLA ESPAÑOLA ECONOMÍA MATEMÁTICAS FINANCIERAS MATEMÁTICAS FINANCIERAS al MATEMÁTICAS FINANCIERAS ESTADÍSTICA ESTADÍSTICA al ESTADÍSTICA MICROECONOMÍA II MICROECONOMÍA II al 6 Libre elección Libre elección

12 ESTUDIOS SIMULTÁNEOS EN Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN Curso ASIGNATURAS Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos PENAL: PENAL: Libre PENAL: 9 9 PARTE ESPECIAL PARTE ESPECIAL elección PARTE ESPECIAL al CIVIL II CIVIL PATRIMONIAL Optativa CIVIL II al ECONOMÍA DE LA ECONOMÍA DE LA 6 EMPRESA I EMPRESA I al ECONOMÍA DE LA ECONOMÍA DE LA 6 EMPRESA II EMPRESA II al ECONOMÍA ECONOMÍA ORGANIZACIONES 6 al 6 MUNDIAL MUNDIAL INTERNACIONALES MACROECONOMÍA I MACROECONOMÍA I al HISTORIA HISTORIA TEMAS DE 6 atoria 6 4º ECONÓMICA ESPAÑOLA ECONÓMICA ESPAÑOLA ECONOMÍA PÚBLICA INSTITUCIONES DE INSTITUCIONES DE INSTITUCIONES DE 7,5 COMUNITARIO COMUNITARIO COMUNITARIO al 7, PROCESAL PROCESAL 4,5 I I al 4, ECLESIÁSTICO DEL ESTADO 4, ECLESIÁSTICO DEL ESTADO al 4, ESTADÍSTICA E INTRODUCCIÓN A LA ECONOMETRÍA ESTADÍSTICA E INTRODUCCIÓN A LA ECONOMETRÍA al 6 12

13 ESTUDIOS SIMULTÁNEOS EN Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN Curso ASIGNATURAS Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos HISTORIA HISTORIA TEMAS DE HISTORIA 6 atoria 6 ECONÓMICA MUNDIAL ECONÓMICA MUNDIAL DEL ANÁLISIS DE 14212ANÁLISIS DE INTRODUCCIÓN AL 6 atoria 6 4º BALANCES BALANCES ANÁLISIS DE BALANCES Libre ADMINISTRATIVO: PARTE 9 ADMINISTRATIVO: PARTE 9 ADMINISTRATIVO: PARTE elección ESPECIAL ESPECIAL ESPECIAL al FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 9 4º FINANCIERO Y TRIBUTARIO Optativa 9 4º ECONOMETRÍA ECONOMETRÍA al ORGANIZACIÓN Y ORGANIZACIÓN Y 4º ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS 6 4º ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS atoria 6 4º DE LA 9 MERCANTIL I EMPRESA al FINANCIERO Y TRIBUTARIO I ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MERCANTIL I al 9 al 9 4º DE BIENES DE BIENES atoria PROCESAL PROCESAL 4º 12 4º al 12 II II CONTABILIDAD CONTABILIDAD 4º 9 al 9 ANALÍTICA ANALÍTICA ECONOMÍA DE LAS ECONOMÍA DE LAS TEMAS DE 4º 6 atoria 6 ORGANIZACIONES ORGANIZACIONES ECONOMÍA APLICADA 13

14 ESTUDIOS SIMULTÁNEOS EN Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN Curso ASIGNATURAS Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos DEL DEL DEL 4º TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL 9 4º TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL Optativa 9 TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL al 9 4º FINANCIERO Y TRIBUTARIO II SISTEMA FISCAL DE LA EMPRESA DIRECCIÓN FINANCIERA I DIRECCIÓN FINANCIERA II PRÁCTICAS INTEGRADAS º FINANCIERO Y TRIBUTARIO II SISTEMA FISCAL DE LA EMPRESA DIRECCIÓN FINANCIERA al SISTEMA FISCAL DE Libre atoria 6 LA EMPRESA elección 6 6 4º DIRECCIÓN FINANCIERA I al 6 4º 6 4º DIRECCIÓN FINANCIERA II al 6 7, PRÁCTICAS INTEGRADAS al 7,5 TRIBUTARIO DE NAVARRA 4,5 4º Libre ,5 4º atoria 4,5 TRIBUTARIO DE NAVARRA elección TRIBUTARIO DE NAVARRA º Optativa 9 4º MERCANTIL II MERCANTIL MERCANTIL II al CIVIL III 9 4º CIVIL III al ANÁLISIS ANÁLISIS 6 MULTIVARIANTE MULTIVARIANTE atoria 6 14

15 ESTUDIOS SIMULTÁNEOS EN Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS LICENCIADO EN Curso ASIGNATURAS Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos Curso ASIGNATURAS Carácter Ctos DIRECCIÓN DIRECCIÓN ESTRATÉGICA Y POLÍTICA DE EMPRESA I 6 4º ESTRATÉGICA Y POLÍTICA DE EMPRESA I al 6 6º 6º 6º 6º 6º 6º DIRECCIÓN DIRECCIÓN 9 COMERCIAL COMERCIAL al 9 4º INTERNACIONAL PRIVADO 9 4º COMERCIO INTERNACIONAL 4º DIRECCIÓN DIRECCIÓN ESTRATÉGICA Y POLÍTICA 6 4º ESTRATÉGICA Y POLÍTICA al 6 DE EMPRESA II DE EMPRESA II INVESTIGACIÓN DE INVESTIGACIÓN DE 6 4º MERCADOS MERCADOS atoria CIVIL DE NAVARRA PÚBLICO ECONOMÍA DEL 6 4º DE NAVARRA SECTOR PÚBLICO I PRÁCTICAS INTEGRADAS II 7,5 4º FILOSOFÍA DEL 4,5 4º FILOSOFÍA DEL Libre elección Los créditos de más cursados serán contabilizados como créditos de libre elección. La solicitud y el reconocimiento de Optativas se realizará en el segundo ciclo. 4,5 4º DIRECCIÓN Libre COMERCIAL elección INTERNACIONAL PRIVADO al CIVIL DE NAVARRA PÚBLICO DE NAVARRA PRÁCTICAS INTEGRADAS II FILOSOFÍA DEL atoria 6 atoria 6 al 7,5 al 4,5 15

16 16

17 17

Grado en Derecho Facultad de Derecho Facultad de Derecho, sedes de Jerez y Algeciras

Grado en Derecho Facultad de Derecho Facultad de Derecho, sedes de Jerez y Algeciras Datos del título Denominación del título Centro responsable del título. Centros en los que se imparte el título, (en su caso). Fecha de publicación del Título en el BOE. Primer curso académico de implantación

Más detalles

ÍNDICE. Exposición de motivos

ÍNDICE. Exposición de motivos PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, CRITERIOS DE VALORACIÓN Y ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA PARA DETERMINADAS

Más detalles

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

DISPOSICIONES TRANSITORIAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS de las Normas Académicas de los Estudios de Grado en la FACULTAD DE DERECHO (Aplicables a los alumnos de los programas de Licenciatura en Derecho) La presente edición incluye

Más detalles

Adaptaciones y Convalidaciones

Adaptaciones y Convalidaciones Adaptaciones y Convalidaciones Los alumnos NO deben matricularse en las asignaturas de las que soliciten convalidación. Las resoluciones de las convalidaciones se retrasarán, y empezarán a recibirse las

Más detalles

NORMATIVA ESPECÍFICA PARA LA SIMULTANEIDAD DEL GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS Y EL GRADO EN DERECHO (Campus de Vigo)

NORMATIVA ESPECÍFICA PARA LA SIMULTANEIDAD DEL GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS Y EL GRADO EN DERECHO (Campus de Vigo) NORMATIVA ESPECÍFICA PARA LA SIMULTANEIDAD DEL GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS Y EL GRADO EN DERECHO (Campus de Vigo) Aprobado en Consejo de Gobierno del 12 de febrero de 2014 y parcialmente

Más detalles

Normas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas

Normas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas Comisión Mixta para el desarrollo y seguimiento de titulaciones conjuntas Universidad de Sevilla-Universidad de Málaga Normas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas UNIVERSIDAD DE SEVILLA Las normas

Más detalles

PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 )

PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 ) VICERRECTORADO DE DOCENCIA PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 ) I. DISPOSICIONES GENERALES Primero. Ámbito de

Más detalles

PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO

PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO AL GRADO EN DERECHO, Y A LOS DOBLES GRADOS EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESA Y EN DERECHO Y ECONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID CAPÍTULO PRIMERO NORMAS GENERALES Artículo 1. Objetivo y fines del Prácticum 1. El Prácticum se configura como una asignatura

Más detalles

Capítulo I. Reconocimiento de créditos.

Capítulo I. Reconocimiento de créditos. UflED NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS GRADOS (Consejo de Gobierno de 28 de junio de 2011, modificación de la normativa aprobada en Consejo de Gobierno

Más detalles

En dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE):

En dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE): NORMATIVA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN EL GRADO EN BIOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA (Aprobada en Junta de Sección del 25 de julio de 2014) 1. PREÁMBULO En el titulo

Más detalles

NORMATIVA DE MATRÍCULA Y PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

NORMATIVA DE MATRÍCULA Y PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS NORMATIVA DE MATRÍCULA Y PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS DE MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS La entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación

Más detalles

LICENCIATURAS CONJUNTAS EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS

LICENCIATURAS CONJUNTAS EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS FACULTAD DE DERECHO LICENCIATURAS CONJUNTAS EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS Estos estudios, estructuran las enseñanzas conducentes a las titulaciones de Licenciado en Derecho y Licenciado

Más detalles

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que

Más detalles

JOAQUÍN LOMBA MAURANDI, SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA

JOAQUÍN LOMBA MAURANDI, SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA JOAQUÍN LOMBA MAURANDI, SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA C E R T I F I C O: Que el Consejo de Gobierno de 13 de febrero de 2014, estando incluido en el orden del día, aprobó la modificación

Más detalles

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO.

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. 6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. Los criterios de evaluación en las distintas enseñanzas que se imparten en el centro están recogidos en

Más detalles

ACUERDO. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra

ACUERDO. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y EL ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO PARA DETERMINADAS

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Aprobado en sesión de Junta de Gobierno de 3 de julio de 2001. Modificado en sesión de Consejo

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

INFORMACIÓN PARA LA MATRÍCULA Y ASUNTOS DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS QUE CONTINUAN ESTUDIOS DE GRADO O DE DIPLOMATURA EN EL CURSO ACADÉMICO 2012-13

INFORMACIÓN PARA LA MATRÍCULA Y ASUNTOS DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS QUE CONTINUAN ESTUDIOS DE GRADO O DE DIPLOMATURA EN EL CURSO ACADÉMICO 2012-13 INFORMACIÓN PARA LA MATRÍCULA Y ASUNTOS DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS QUE CONTINUAN ESTUDIOS DE GRADO O DE DIPLOMATURA EN EL CURSO ACADÉMICO 2012-13 PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR: Plazos de matrícula:

Más detalles

Artículo 2. Formas de obtención Los alumnos podrán obtener los créditos de libre configuración por: 1. Asignaturas 2. Reconocimiento de créditos

Artículo 2. Formas de obtención Los alumnos podrán obtener los créditos de libre configuración por: 1. Asignaturas 2. Reconocimiento de créditos REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA LIBRE CONFIGURACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (Aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005; BOUCA núm. 28. Modificado por

Más detalles

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DE LA LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

REGLAMENTO REGULADOR DE LA LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA REGLAMENTO REGULADOR DE LA LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA ACUERDO 6.1/J.G. 2-IV-1998 SUMARIO PREÁMBULO CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artº. 1: Definición y ubicación Art.

Más detalles

1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre,

1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, 1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, norma que estableció como sistema ordinario y habitual

Más detalles

NORMATIVA INTERNA PARA LOS ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS y EMPRESARIALES

NORMATIVA INTERNA PARA LOS ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS y EMPRESARIALES NORMATIVA INTERNA PARA LOS ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS y EMPRESARIALES Con carácter general, los alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales que participen

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DE LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN DE LA UMH Ultima modificación Consejo Gobierno 03/05/2006

NORMATIVA REGULADORA DE LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN DE LA UMH Ultima modificación Consejo Gobierno 03/05/2006 NORMATIVA REGULADORA DE LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNANDEZ DE ELCHE NORMATIVA REGULADORA DE LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN DE LA UMH Ultima modificación

Más detalles

stapv-intersindical valenciana informa

stapv-intersindical valenciana informa ORDEN de * de * de 2004, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, sobre regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo El artículo 5 del Texto

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CENTROS QUE IMPARTAN ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS.

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CENTROS QUE IMPARTAN ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS. PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CENTROS QUE IMPARTAN ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación,

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 14444 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 2396 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 20 de mayo de 2014, por la que

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE VISITANTE DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA. (Aprobado en Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2006 y publicado en el BO-UCLM nº 97 de noviembre de 2006). EXPOSICIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS

REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), en el ejercicio

Más detalles

NÚMERO 91 Jueves, 14 de mayo de 2015

NÚMERO 91 Jueves, 14 de mayo de 2015 15702 RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2015, de la Gerencia, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno haciendo público el calendario de preinscripción y matrícula para el acceso

Más detalles

UNIVERSIDAD DE BURGOS

UNIVERSIDAD DE BURGOS NORMAS DE MATRÍCULA DE GRADO, MÁSTER Y 1 er y 2º CICLO AÑO ACADÉMICO 2016-17 Índice I. NORMAS GENERALES DE MATRÍCULA. 1. Tipos de matrícula 2. Modificaciones de matrícula 3. Anulación de matrícula 4. Trabajos

Más detalles

9. PLAN DE ESTUDIOS DE LA DIPLOMATURA DE TURISMO

9. PLAN DE ESTUDIOS DE LA DIPLOMATURA DE TURISMO 9. PLAN DE ESTUDIOS DE LA DIPLOMATURA DE TURISMO Publicado en el Boletín Oficial del Estado de 21 de junio de 2000 CRÉDITOS TRABAJO CURSO MATERIAS MATERIAS MATERIAS DE LIBRE DE FIN TOTALES TRONCALES OBLIGATORIAS

Más detalles

Bachillerato, y las enseñanzas profesionales de música y danza.

Bachillerato, y las enseñanzas profesionales de música y danza. PROYECTO DE ORDEN XX / XXXX, de de..., de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el programa "Coordinación Horaria" dirigido al alumnado que cursa simultáneamente las enseñanzas

Más detalles

TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR

TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR Artículo 65 Las titulaciones de la Universidad de Córdoba cuyos planes de estudios se hayan estructurado bajo las directrices generales dimanadas del RD 1497/87 de 28

Más detalles

ANEXO I INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPARTICIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS DE BACHILLERATO

ANEXO I INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPARTICIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS DE BACHILLERATO ANEXO I INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPARTICIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS DE BACHILLERATO Primera. Los centros educativos públicos impartirán las materias opcionales (de modalidad y optativas) de Bachillerato,

Más detalles

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA 14367 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2016, del Rector, por la que se hace público el calendario de preinscripción y matrícula para el acceso a la Universidad de Extremadura en el

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. jueves 12 de noviembre de 2015

BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. jueves 12 de noviembre de 2015 OTRAS DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA 4822 RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2015, del Director de Formación y Aprendizaje, por la que se convocan las pruebas libres

Más detalles

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE.

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE. I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE. I.2. Consejo de Gobierno I.2.1. Vicerrectorado de Estudios REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN Proyecto de Real Decreto por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas

Más detalles

ANEXO NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

ANEXO NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 5990 RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2012, de la Gerencia, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de reconocimiento y transferencia de créditos

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 914 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 330 Orden de 14 de diciembre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se

Más detalles

NORMATIVA DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTES POR CONVALIDACIÓN PARCIAL DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EXTRANJEROS EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

NORMATIVA DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTES POR CONVALIDACIÓN PARCIAL DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EXTRANJEROS EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE (Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 7/06/2006) NORMATIVA DE ADMISIÓN DE ESTUDIANTES POR CONVALIDACIÓN PARCIAL DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EXTRANJEROS EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

Más detalles

Boletín Oficial de Canarias núm. 92, jueves 26 de julio de 2001 9911

Boletín Oficial de Canarias núm. 92, jueves 26 de julio de 2001 9911 Boletín Oficial de Canarias núm. 92, jueves 26 de julio de 2001 9911 Consejería de Educación, Cultura y Deportes 1067 DECRETO 157/2001, de 23 de julio, por el que se fijan las cuantías de las tasas a satisfacer

Más detalles

PROCESO DE ADMISIÓN PARA EL CURSO 2014/15 UNIVERSIDADES: UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA

PROCESO DE ADMISIÓN PARA EL CURSO 2014/15 UNIVERSIDADES: UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PROCESO DE ADMISIÓN PARA EL CURSO 2014/15 UNIVERSIDADES: UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PREINSCRIPCIÓN EN LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA Pasos para realizar

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Unidad responsable Artículo 3.- Nivel de conocimiento

Más detalles

En virtud de todo lo anterior DISPONGO. Artículo 1. Objeto de la norma y ámbito de aplicación

En virtud de todo lo anterior DISPONGO. Artículo 1. Objeto de la norma y ámbito de aplicación Orden 3320-01/2007, de 20 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la

Más detalles

Para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones:

Para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones: CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Y CENTROS ADSCRITOS* CURSO 2014-2015 I.- REQUISITOS GENERALES Para el acceso a las

Más detalles

ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9

ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9 ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9 ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Y DEL GRUPO G-9 DE UNIVERSIDADES, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación, Juventud y Deporte

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación, Juventud y Deporte Pág. 13 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación, Juventud y Deporte 1 DECRETO 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de centro escolar

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Acuerdo de 27 de mayo de 2014, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por la que se establece el procedimiento de admisión, los criterios de valoración y el orden de prelación en la adjudicación

Más detalles

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO

Más detalles

1.- Justificación de la Reforma

1.- Justificación de la Reforma REFORMA DEL REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. 1.-

Más detalles

Dentro de la formación polivalente, se consideran incluidas tanto la Formación Profesional de Base como la Formación Profesional Específica.

Dentro de la formación polivalente, se consideran incluidas tanto la Formación Profesional de Base como la Formación Profesional Específica. FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO INTRODUCCIÓN Con la promulgación y puesta en marcha de la Ley Orgánica de Ordenación del Sistema Educativo (LOGSE, 1990) se inicia una profunda reforma de la

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias 15-vi-2009 BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 137 1/7 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Educación y Ciencia Resolución de de junio de 2009, de la Consejería de

Más detalles

De la naturaleza y ámbito de aplicación del Grado de Salamanca

De la naturaleza y ámbito de aplicación del Grado de Salamanca REGLAMENTO DEL GRADO DE SALAMANCA (Aprobado en la sesión de Junta de Gobierno de 26 y 27 de julio de 1990 y modificado en las sesiones del 31 de octubre de 1996, 26 de junio de 1997, 29 de noviembre y

Más detalles

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015.

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada

Más detalles

ACCESO A LA UNIVERSIDAD

ACCESO A LA UNIVERSIDAD ACCESO A LA UNIVERSIDAD PRUEBA DE ACCESO A partir del curso 2009/2010, se desarrolla la prueba de acceso a la Universidad establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y regulada por

Más detalles

PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA

PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Normativa de PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA con reconocimiento por equivalencia de créditos de libre configuración por la realización de PRÁCTICAS en Empresas, Instituciones Públicas o Privadas. PREÁMBULO

Más detalles

PRESUPUESTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2015 TÍTULO III DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS

PRESUPUESTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2015 TÍTULO III DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS TÍTULO III DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS Artículo 26. Autorización de gastos de carácter plurianual. 1. El número de ejercicios futuros a los que pueden extenderse los gastos de carácter plurianual

Más detalles

Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios

Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios REGLAMENTO DE SUPERACIÓN DE REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN TÍTULO EXTRANJERO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobierno de 16 de

Más detalles

Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León

Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León Normativa aprobada en reunión de la Comisión de Títulos de

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ICADE BUSINESS SCHOOL

REGLAMENTO DE LA ICADE BUSINESS SCHOOL REGLAMENTO DE LA ICADE BUSINESS SCHOOL (Aprobado por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 3 de mayo de 2010 y modificado en la sesión de 24 de septiembre de 2012) Artículo 1. Naturaleza CAPÍTULO

Más detalles

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES.

PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES. PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES. La homologación y convalidación de los títulos extranjeros de educación

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN D.O.E. Número 34 21 Marzo 2006 4441 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2006 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado

Más detalles

a) Estudiantes de nuevo ingreso en titulaciones de Grado

a) Estudiantes de nuevo ingreso en titulaciones de Grado 1 GUÍA CURSO 2015/16 INFORMACIÓN GENERAL PERÍODOS DE DOCENCIA Primer Semestre: del 21 de Septiembre de 2015 al 21 de Enero de 2016 Segundo Semestre: del 15 de Febrero de 2016 al 9 de Junio de 2016 PERÍODOS

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012)

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DECRETO FORAL 26/2015, de 29 de abril, por el que se crean certificados oficiales del Gobierno de Navarra para acreditar el conocimiento de euskera en los niveles A1, A2, B1 y B2 y se regula la expedición

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS NORMATIVA DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE SEGUNDO CICLO, GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PARA EL CURSO 2015-16 (Aprobada en la reunión del Consejo de Gobierno

Más detalles

CONVALIDACIÓN/ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS

CONVALIDACIÓN/ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS SERVICIO DE ALUMNOS Y PLANES DE ESTUDIO CONVALIDACIÓN/ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS La Universidad se ajustará para la adaptación/convalidación de estudios cursados en Centros Españoles correspondientes a enseñanzas

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO 2660 RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2014, de la Vicerrectora de Estudios de Grado e Innovación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea,

Más detalles

LICENCIADO EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS Y DE LA ADMINISTRACIÓN

LICENCIADO EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS Y DE LA ADMINISTRACIÓN LICENCIADO EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS Y DE LA ADMINISTRACIÓN CURSO ACADÉMICO 2010/2011 Estudios Licenciado en Derecho y Licenciatura en Ciencias Políticas y de la Administración (Programa Conjunto)

Más detalles

3. En caso de estar especificado, el idioma extranjero exigido será el que se que contemple en la memoria de verificación del título.

3. En caso de estar especificado, el idioma extranjero exigido será el que se que contemple en la memoria de verificación del título. RESOLUCIÓN RECTORAL DE 16 DE ABRIL DE 2015, REGULADORA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA COMPETENCIA LINGÜÍSTICA EXIGIDA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO INTRODUCCIÓN

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013:

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: NUEVAS NORMAS PARA LAS AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE SANITARIO POR CARRETERA Estimado amigo: Por la presente le informo de la publicación en el BOE correspondiente al día 29

Más detalles

En Madrid, a... de...de 20... REUNIDOS

En Madrid, a... de...de 20... REUNIDOS CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE UN TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER INTERUNIVERSITARIO EN CIENCIAS

Más detalles

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2013

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2013 INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2013 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de

Más detalles

9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE DESASTRES Universidad Complutense de Madrid

9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE DESASTRES Universidad Complutense de Madrid 9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE DESASTRES Universidad Complutense de Madrid 9.1 Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios. La responsabilidad

Más detalles

MEMORIA DE ANÁLISIS DEL IMPACTO NORMATIVO

MEMORIA DE ANÁLISIS DEL IMPACTO NORMATIVO Ref: 05/137660.9/16 Dirección General de Contratación, Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno por el que se regula el proceso de integración del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid en

Más detalles

PRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO

PRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO PRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2014/2015 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto 80/2014 de 17

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 126 de 2-vi-2014 1/6 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Universidad de Oviedo Acuerdo de 23 de mayo de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se establece

Más detalles

NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de septiembre de 2006)

NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de septiembre de 2006) NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de septiembre de 2006) (BOUJA nº 61, Septiembre-2006) Con fecha 8 de junio de

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE 3949 REAL DECRETO 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación

Más detalles

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO CALP 2175 APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS El Ayuntamiento Pleno,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación Pág. 42 MARTES 24 DE MAYO DE 2011 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 2 ORDEN 1555/2011, de 15 de abril, por la que se regula el régimen de enseñanza a distancia para

Más detalles

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION 2009 REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Resolución de 16 de julio de 2014, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se regulan los programas de formación teórica adicional que deben seguir las personas a que se refiere

Más detalles

TÍTULO I: PREINSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN

TÍTULO I: PREINSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN TÍTULO I: PREINSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN 1. ACCESO A LOS ESTUDIOS DE GRADO. PREINSCRIPCIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA 1.1 Principios generales El acceso a la Universidad de Cantabria se realizará desde

Más detalles

Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del Título de Enfermero Especialista.

Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del Título de Enfermero Especialista. Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del Título de Enfermero Especialista. La regulación actual de las especialidades de los Ayudantes Técnicos Sanitarios tiene su origen

Más detalles

Normativa específica de movilidad de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. (Acuerdo de la Junta de Facultad de 12 de mayo de 2011)

Normativa específica de movilidad de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. (Acuerdo de la Junta de Facultad de 12 de mayo de 2011) Normativa específica de movilidad de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (Acuerdo de la Junta de Facultad de 12 de mayo de 2011) Preámbulo De acuerdo con los objetivos académicos de la Facultad

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Resolución de 12 de junio de 2012, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se regulan los criterios generales de dispensa correspondientes a la realización de los cursos de formación

Más detalles

9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid

9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid 9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid 9.1 Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios. Para

Más detalles

3 er ciclo. 2º ciclo. 1 er ciclo. Proceso de admisión. 25 años. Título de Bachiller. Humanidades y Ciencias Sociales. Ciencias. 2º curso 1 er curso

3 er ciclo. 2º ciclo. 1 er ciclo. Proceso de admisión. 25 años. Título de Bachiller. Humanidades y Ciencias Sociales. Ciencias. 2º curso 1 er curso 1.1 Curso 2016/17 EDAD 18 años 16 años 12 años 6 años 3 años 0 años de Personas Adultas Enseñanzas de Régimen Especial de Música Enseñanzas de Régimen Especial de Idiomas ENSEÑANZA BÁSICA Enseñanza Universitaria

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE LA RED PERUANA DE UNIVERSIDADES

REGLAMENTO DE BECAS DE LA RED PERUANA DE UNIVERSIDADES REGLAMENTO DE BECAS DE LA RED PERUANA DE UNIVERSIDADES Artículo 1.- Definición La Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) se compromete a impulsar la formación y actualización de los docentes de

Más detalles

I. COMUNIDAD DE MADRID

I. COMUNIDAD DE MADRID Pág. 4 JUEVES 9 DE FEBRERO DE 2009 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 543 ORDEN 445/2009, de 6 de febrero, por la que se regula la incorporación tardía y la reincorporación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 259 Martes 29 de octubre de 2013 Sec. III. Pág. 87492 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 11320 Orden ECD/1997/2013, de 24 de octubre, por la que se establecen las

Más detalles