REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SANTANDER EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL REGIONAL DEL MAGDALENA MEDIO NIT

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1 Barrancabermeja, Febrero 16 de Doctor ORLANDO BELEÑO GUERRA. Gerente Comedidamente me permito allegar para su conocimiento, el estudio de conveniencia y oportunidad, para la celebración del contrato para la ADQUISICION Y DOTACION DE EQUIPOS MEDICOS PARA LA E.S.E, SEGÚN CONTRATO INTERADMINISTRATIVO CELEBRADO ENTRE EL - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y LA E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGDALENA MEDIO..; en cumplimento al principio general de planeación y transparencia en materia contractual previsto en el Artículo 31 del Manual Interno de Contratación. 1. Descripción de la Necesidad del Bien o Servicio que se debe adquirir: La Empresa Social del Estado Hospital Regional del Magdalena Medio de la ciudad de Barrancabermeja, fue creada mediante el Decreto Departamental 0041 de fecha veintiocho (28) de Febrero de 2007, como una entidad descentralizada del orden departamental, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la secretaría de salud de Santander. Conforme al Decreto de creación de la ESE, dentro de la Estructura Básica, de organización interna es necesario contar con el Área Asistencial para la Atención del Usuario que se halla conformada por el conjunto de unidades orgánico-funcionales encargadas de todo el proceso de producción y prestación del servicio de salud preventivos y asistenciales, con sus respectivos procedimientos y actividades. La Remodelación de la Infraestructura física de la ESE HOSPITAL REGIONAL DEL MAGDALENA MEDIO, es un proyecto de interés prioritario tanto para el Municipio de Barrancabermeja, Departamento de Santander como para la Nación, por su ubicación estratégica y su impacto positivo sobre la Región del Magdalena medio de la ciudad de Barrancabermeja. Este proyecto corresponde a la visión de futuro regional en donde el Hospital va a estar en capacidad locativa para recibir los pacientes de toda la región, respondiendo así a la creciente necesidad de mejores condiciones de infraestructura hospitalaria; por otra parte, estos elementos solicitados van a permitir cumplir a satisfacción con el portafolio de la entidad de acuerdo con su nivel de complejidad. Por lo anterior se requiere contratar equipos médicos para cumplir asi con las exigencias que estipulan las normas de infraestructura hospitalaria existentes y obtener el respectivo aval y de esta manera poder continuar con el desarrollo del proyecto y su posterior contratación. La E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGADALENA MEDIO requiere la adquisición de EQUIPOS MEDICOS indispensable para el cumplimiento de sus funciones en el proceso de atención en salud con calidad, eficiencia, oportunidad y responsabilidad, dentro de su complejidad. Que la necesidad anterior fue manifestada a la Gobernación de Santander Secretaria de Salud Departamental, con el fin de solicitar la intervención de esta, por cuanto que la E.S.E. actualmente no cuenta con los recursos económicos para adquirir los elementos y equipos necesarios para la eficiente prestación de los servicios, ante las dificultades de cartera. Además, que algunos de los equipos existentes están deteriorados y presentan deficiencias que atentan contra la seguridad de los pacientes y otros equipos con los que no cuenta el Hospital y que son necesarios para la atención de quienes solicitan los servicios de la E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGDALENA MEDIO de la ciudad de Barrancabermeja. Página 1 de 9

2 En virtud de la necesidad planteada la Gobernación de Santander realizo contrato Interadministrativo N con la E.S.E. Hospital Regional del Magdalena Medio de la ciudad de Barrancabermeja, que tiene como objeto CLAUSULA PRIMERA. OBJETO: ADQUISICION Y DOTACION DE EQUIPOS MEDICOS PARA LA E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGDALENA MEDIO,. Que dentro del Convenio Interadministrativo celebrado entre la Gobernación de Santander Secretaria de Salud Departamental y la E.SE. Hospital Regional del Magdalena Medio, se estableció como término para ejecución del contrato en la CLAUSULA PLAZO DE EJECUCIÓN. Un término de tres meses contados a partir de que se agoten los requisitos legales para tal efecto. Que dentro de las obligaciones establecidas para el contratista de la Clausula Sexta del Convenio, estableció que El contratista a efectos de dar cumplimiento cabal al objeto del presente CONTRATO se obliga para con el Departamento Secretaria de Salud Departamental.1. Iniciar inmediatamente el proceso precontractual y contractual para la adquisición de los Equipos médicos una vez firmado el contrato de la referencia. La Constitución Política de Colombia en su artículo 49 establece que la atención de la salud es servicio público a cargo del estado, donde se debe garantizar a todas las personas el acceso a los servicios de salud, promoción, protección y recuperación de la salud. Así mismo al estado le corresponde organizar, dirigir, reglamentar la prestación del servicio de salud a los habitantes conforme a los principios de eficiencia, universalidad, igualdad y solidaridad. La Constitución y la Ley le han otorgado a las entidades del estado correspondientes la responsabilidad de la prestación del servicio de salud, dando cumplimiento a los derechos fundamentales y la creación de las condiciones para que se ejerzan estos derechos. El objeto de la ESE Hospital Regional del Magdalena Medio es la prestación del servicio de salud y que para el desarrollo de su objeto podrá adquirir bienes y servicios permitidos por la legislación colombiana, que permitan el cumplimiento de su razón social. Que la ESE Hospital Regional del Magdalena Medio debe dar cumplimiento a los requisitos de habilitación como requisito previo a la acreditación. Con el propósito de dar cumplimiento a los estándares del Sistema Único de Acreditación, especialmente en lo concerniente a brindar una atención de salud con calidad y segura en el servicio de Observación y Hospitalización adulta y pediátrica y demás áreas que requieren de equipos y accesorios médicos. Que dentro de la Normatividad Vigente se exige que toda entidad prestadora de servicio de salud cuente en los Servicios Habilitados con Elementos y Equipos médicos óptimos para la prestación de cada uno de los servicios ofrecidos a los usuarios, por lo cual la ESE requiere para garantizar el normal funcionamiento y ejecución de las labores que le son propias, contar con los Equipos médicos esenciales para el desarrollo de su misión. Por lo anterior se hace necesaria la adquisición de Equipos médicos que cumplan con la tecnología y seguridad deseada y de ésta manera garantizar la optimización en la calidad de la prestación de los servicios de salud. 2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES ESENCIALES, Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR. OBJETO: ADQUISICION Y DOTACION DE EQUIPOS MEDICOS PARA LA E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGDALENA MEDIO, SEGÚN CONTRATO INTERADMINISTRATIVO CELEBRADO ENTRE EL - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y LA E.S.E. TIPO DE CONTRATO: CONVOCATORIA PUBLICA. Página 2 de 9

3 3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN. El Hospital Regional del Magdalena Medio de la ciudad de Barrancabermeja tiene por objeto la prestacion de los servicios de salud, entendidos como servicio publico esencial a cargo del Departamento y como parte del servicio publico de la seguridad social, en los terminos de la ley 100 de 1993 de conformidad en los articulos 194 y 195, el regimen juridico aplicable al contrato que se celebre con ocasion de la presente convocatoria Publica, sera el Derecho privado, en concordancia con el Decreto N de fecha veintiocho (28) de febrero de 2007 expedido por la Gobernacion de Santander, la Resolucion N.005 de 2007 o Manual de contratacion de la Empresa y por la ley 80 solo en cuanto a las clausulas exorbitantes. En desarrollo de lo previsto en el artículo 195 de la Ley 100 de 1993, el artículo 14 del Decreto 1750 de 2003, las normas del derecho privado en especial las consagradas en el Código Civil y el Código de Comercio, con observancia de los principios de la contratación estatal establecidos en el articulo 209 y 267 de la Constitucion Politica de Colombia y en aras de garantizar el cumplimiento de los fines de la contratacion publica señalados, en la Ley 1150 de 2007y en el Manual de Contratación. De igual forma encontramos que la Resolución Nº. 005, Por medio del cual se adopta el manual de contratación en sus considerandos hace referencia al Decreto Por la cual se crea la Empresa Social del Estado Hospital Regional del Magdalena Medio de la Ciudad de Barrancabermeja, el cual establece y reitera en el artículo 21º Régimen de los actos y contratos de la Empresa Social del Estado Hospital Regional está sujeta al régimen jurídico de las personas de Derecho público, con las excepciones que consagren las disposiciones legales. Los contratos que celebre la Empresa Social del Estado E.S.E HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL se rigen por las normas del Derecho Privado sin embargo el Gerente podrá pactar o imponer las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto contractual del administración p ublica La reciente Ley 1150 de 2007, a través de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993, en su artículo 13º estableció los Principios generales de la actividad contractual para entidades no sometidas al estatuto general de contratación de la Administración Pública, siendo esta la situación concreta aplicable a la ESE Hospital Regional del Magdalena Medio de la ciudad de Barrancabermeja, indicándole con toda claridad que dicha entidad pública en desarrollo de su actividad contractual debe dar aplicación a los Principios de la Función Administrativa y de la Gestión Fiscal establecidos en los artículo 209 y 267 de la Constitución Política y estará sometida al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto para la Contratación Estatal. Vale la pena señalar taxativamente los Principios de la Función Administrativa los cuales son: Igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad; igualmente debemos mencionar que la Gestión Fiscal, incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad, y la valoración de los costos ambientales. En aras de cumplir con los fines mencionados, es indispensable la Convocatoria Publica de acuerdo al Art. 29 de la Resolucion Nº.005 de veintiocho (28) de Febrero de 2007 Manual de contratacion de la Empresa, según requerimientos que van anexos al contrato y que hacen parte integral del mismo. Con el presente estudio se determino que la E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGDALENA MEDIO de la Ciudad de Barrancabermeja debe contratar por la modalidad de Convocatoria Publica dadas las características del objeto del contrato. El Gerente de la ESE DE LA CIUDAD DE BARRANCABERMEJA. Se encuentra facultado por el Decreto de 2007 y el Manual de Contratación Interno de la ESE Hospital Regional del Magdalena Medio de la ciudad de Barrancabermeja, para llevar a cabo el presente proceso de contratación. Página 3 de 9

4 De conformidad con el artículo 195 de la Ley 100 de 1993, en materia contractual las Empresas Sociales del Estado se regirán por las normas del derecho privado, pero podrán discrecionalmente utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto general de contratación pública, ley 1122 de 2007 y la ley 190 de Mediante este proceso de contratación se deberá buscar dar cumplimiento a los fines de la Entidad y garantizar la prestación de estos servicios teniendo en cuenta la calidad técnica y humana, así como la rentabilidad social que asegure la autofinanciación de la entidad. 4. JUSTIFICACION DEL REQUERIMIENTO. La E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGADALENA MEDIO requiere la adquisición y dotacion de EQUIPOS MEDICOS, como instrumentos necesarios en el desarrollo de procesos misionales y las actividades diarias de la entidad, ya que actualmente no cuenta con las camas acordes a las normas de seguridad del paciente, donde se busca evitar caídas, formación de escaras y permitir las maniobras de reanimación. Que dentro del proceso de acreditación que actualmente desarrolla la E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGADALENA MEDIO existe una solicitud formal del asesor de calidad, en el sentido de comprar equipos biomédicos hospitalarias para los servicios de Imagenologia y Esterilización ya que no existe en la actualidad para el primer y los existentes están deteriorados o son insuficientes para el segundo caso y no cumplen con los criterios de seguridad del paciente. Actualmente la ESE cuenta con Equipos médicos en cada uno de los servicios con más de 10 años de uso, desactualizados y que no están al día con la última tecnología de punta exigida en salud, por lo tanto interfiere en la prestación de los Servicios de acuerdo con la calidad esperada en lo reglamentado en el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud. De acuerdo con lo anterior y con el propósito de garantizar la calidad de la atención en salud, la ESE como parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud, tienen como finalidad asegurar que las condiciones bajo las cuales se proporciona la atención médica estructura y proceso sean las más propicias para lograr que el paciente reciba el mayor beneficio con eficacia, es decir que reciba una atención con calidad. Teniendo en cuenta la necesidad actual de la ESE, la adquisición y dotacion de los equipos requeridos influirá positivamente en la calidad y oportunidad de la prestación de servicios además que se aumentara la oferta de otros servicios. Con la transformación de la entidad en una nueva empresa y teniendo en cuenta su misión, se requieren servicios a través de los cuales pueda promover y ejecutar los procesos de mejoramiento económico y social que permitan contribuir con el desarrollo humano, urbano y rural del Magdalena Medio y del país, a través del mejoramiento de la calidad de vida y de salud población. Para una Empresa cuyo objeto legal es la Prestación de Servicios de Salud, siendo este un Servicio Público que forma parte del Servicio Público de Seguridad Social a cargo del Estado, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, constituida para atender las necesidades en salud en un municipio con una población de alrededor de habitantes, con la problemática que actualmente enfrenta la región, con un presupuesto para el 2012 de: NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS ($ ,345,00) M/cte), de los cuales el 95% de sus ingresos corresponden a la prestación de servicios de salud, le resulta imperioso, necesario e impostergable, fortalecer su estructura administrativa en materia contractual. Es responsabilidad del personal directivo y administrativo de la entidad desarrollar una intensa actividad encaminada al servicio de la comunidad, la promoción de la prosperidad en general y la efectividad de los derechos e intereses en materia de salud de los usuarios y beneficiarios de la entidad. En este orden de ideas para el logro de los objetivos de la ESE Hospital Regional del Magdalena Medio la ciudad de Barrancabermeja, tiene establecido los postulados legales y reglamentarios Página 4 de 9

5 que se traducen en la posibilidad concreta de celebrar los contratos que sean convenientes para los usuarios. Los objetivos a alcanzar están expresamente señalados en el artículo 4º del Decreto. 1876/94: ARTICULO 4o. OBJETIVOS DE LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO. Son objetivos de las Empresas sociales del Estado los siguientes: a) Producir servicios de salud eficientes y efectivos que cumplan con las normas de calidad establecidas, de acuerdo con la reglamentación que se expida para tal propósito. b) Prestar los servicios de salud que la población requiera y que la Empresa Social, de acuerdo a su desarrollo y recursos disponibles pueda ofrecer. c) Garantizar mediante un manejo gerencial adecuado, la rentabilidad social y financiera de la Empresa Social. d) Ofrecer a las Entidades Promotoras de Salud y demás personas Naturales o Jurídicas que los demanden, servicios y paquetes de servicios a tarifas competitivas en el mercado. e) Satisfacer los requerimientos del entorno, adecuando continuamente sus Servicios y funcionamiento. f) Garantizar los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria establecidos por la Ley y los reglamentos. Dado que la actividad administrativa de nuestra empresa se encuentra enmarcada por los principios de economía, eficiencia y eficacia, es preciso que la ESE Hospital Regional del Magdalena Medio de la ciudad de Barrancabermeja propenda por la ejecución de sus fines y objetivos en una forma ordenada y racional. Siendo enormes las necesidades públicas y escasas los recursos destinados a su satisfacción, nace la exigencia de seleccionar las prioridades hacia las cuales se deben orientar los esfuerzos de la entidad. Es así como aparece la planificación y su herramienta financiera la cual es el Presupuesto, como marco de la gestión contractual de la E.S.E. Hospital Regional del Magdalena Medio. La Entidad, a través de su presupuesto orienta su política de funcionamiento e inversión, y establece programa de obras, servicios y fomento a la eficiencia lo que constituye una parte fundamental del Plan, todo dirigido a la consecución de sus fines. La celebración de contratos se convierte en el instrumento jurídico a través del cual la entidad viene ejecutando el presupuesto y realizando sus planes y programas para la satisfacción de las necesidades colectivas en salud, obligando esto a utilizar todas las partidas presupuestales, tanto para gastos de funcionamiento u ordinarios como surjan según la necesidad ej. La adquisición de suministros y compraventa de bienes muebles, el arrendamiento de inmuebles, la prestación de servicios profesionales, técnicos y/o de salud etc., como también para la gestión de recursos de inversión ej. Ejecución de obras sobre la infraestructura física. 5. FORMA DE SATISFACER LA NECESIDAD: Para satisfacer la necesidad planteada y teniendo en cuenta que la E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGADALENA MEDIO no cuenta o son deficientes los EQUIPOS MEDICOS, que hacen parte del Convenio, por cuando esta presta el servicio de salud de forma directa sin tener la producción de aquellos elementos, se hace necesario adquirir el suministro de dichos elementos por parte de una persona natural o jurídica reconocida y de amplia experiencia en el suministro de dichos elementos para así seguir garantizando la prestación de servicio con calidad por parte de la E.S.E. 6. CONDICIONES DEL CONTRATO A CELEBRARSE: a. Objeto: ADQUISICION Y DOTACION DE EQUIPOS MEDICOS PARA LA E.S.E. Página 5 de 9

6 b. Descripción General Del Proceso: Suministro de equipos médicos, camas eléctricas y camillas consulta externa, Urgencias y Hospitalización (Clínica del Adulo Mayor, Maternidad y Pediatría). De acuerdo a los siguientes parámetros y especificaciones: c. Identificación del Contrato: Contrato de suministro de EQUIPOS MEDICOS,. EQUIPO CANTIDAD VALOR UNITARIO VALOR TOTAL Ambu adultos Aspirador de Secreciones Cama Eléctrica Autoclave Mediano Camilla con escalerilla Balanza Digital Balanza Pesa bebe con Platón Balanza Adulto con Tallimetro Camilla de Traslado de pacientes Camilla de recuperación y transporte Camilla para observacion y transporte pediatrica 1 Carro de instrumental Doppler fetal Electrocardiografo Equipo de episiotomia Monitor Fetal Pulsoximetro Sierra de cortayesos Unidad odontologica TOTAL d. Plazo: Tres (03) meses, la entrega e instalación si lo requiere en cada una de las áreas y que cumpla con el fin contratado, término que iniciara a partir del perfeccionamiento del contrato y la aprobación de las respectivas garantías. De conformidad con lo señalado en el parágrafo uno del artículo 31 del Manual de Contratación de la Entidad debe tenerse como base para calcular el presupuesto de la contratación los precios del mercado. Soporte Económico La ESE HRMM ha realizado una estimación del costo de la ejecución del contrato teniendo en cuenta rubros tales como los requerimientos de personal, el soporte logístico, los insumos necesarios para la ejecución de los servicios, gastos de administración, imprevistos y la utilidad razonable del contratista Valor: UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($ ,00 ) Supeditado al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No del Código No bajo el rubro Adquisición de equipos, del sector salud de la actual vigencia., e. Lugar de la Ejecución: Municipio de Barrancabermeja - E.S.E HOSPITAL REGIONAL DEL MAGADALENA MEDIO. Página 6 de 9

7 f. Forma de pago: Un pago con la legalización del contrato a titulo de anticipo por el monto del 50% del valor del contrato y el saldo restante una vez recibido los Equipos Medicos previa presentación de la correspondiente Factura o Cuenta de Cobro, radicada por el Contratista junto con la constancia y/o certificación del cumplimiento del objeto contratado y del recibido a satisfacción por la Institución suscrito por el supervisor que designe la Gerencia para la realización de la interventoría, al igual que la certificación de pago correspondiente a salud, pensión, riesgos profesionales, parafiscales y pago de impuestos que le sean aplicables. (Estampillas departamentales, retención en la fuente, Impuesto de Industria y comercio y Publicaciones) se desembolsara el valor pactado, el cual no debe superar los treinta (30) días calendario al giro del anticipo. 1. FUNDAMENTO JURÍDICO DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN. a. La E.S.E. debe realizar el proceso de adquisición de EQUIPOS MEDICOS, por lo tanto la presente contratación se llevará a cabo a través del proceso de Convocatoria publica según lo establecido en el artículo 31 Manual de Contratación y del cual surge un contrato de Suministro, las estipulaciones de los contrato a realizarse se harán de acuerdo a la normas de carácter civil, y comercial en concordancia con el manual interno de contratación, y los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa y excepcionalmente las cláusulas exorbitantes. 8.. SOPORTE TÉCNICO DEL VALOR DEL CONTRATO: El convenio interadministrativo numero 2420 celebrado entre la Gobernación de Santander- Secretaria de Salud de Santander, y La E.S.E., esta precedido de un estudio de conveniencia y oportunidad y de un estudio de mercado realizado en la formulación del proyecto de inversión para la ADQUISICIÓN Y DOTACION DE EQUIPOS MEDICOS PARA LAS E.S.E.S PUBLICAS DEL. La E.S.E., adicionalmente verifico la existencia de los EQUIPOS MEDICOS, objeto del presente estudio, en el Sistema de Información para la contratación estatal SICE, encontrando que no existen precios indicativos de los equipos y elementos consultados tal y como se puede observar en los soportes arrojados por el sistema en el anexo 1 del presente estudio. Los Recursos a contratar se encuentran presupuestados en el CPD No de 2012 código No Bajo el rubro Adquisición equipos, materiales, suministros y servicios propios del sector de la actual vigencia. 9. EL SOPORTE QUE PERMITA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO 9.1. ANALISIS DE RIESGOS Riesgos a cargo de la ESE A partir de la fecha de la suscripción del contrato la ESE HOSPITAL REGIONAL DEL MAGDALENA MEDIO asume única y exclusivamente los efectos derivados de los riesgos que se listan a continuación: Los efectos desfavorables originados por nuevas normas durante la ejecución del contrato y que sean aplicables al proyecto. Los efectos favorables o desfavorables, de las variaciones en la legislación tributaria, de tal manera que la Entidad asumirá los efectos derivados de la variación de las tarifas impositivas, la creación Página 7 de 9

8 de nuevos impuestos, la supresión o modificación de los existentes, y en general cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la propuesta. Riesgos a cargo del Contratista: Para todos los efectos se entiende que el contratista con la presentación de la propuesta asume los siguientes riesgos: 7. Los efectos favorables o desfavorables, derivados de las variaciones en los precios del mercado. 8. Los efectos favorables o desfavorables, derivados de las variaciones de la tasa de cambio y de la evolución de la devaluación real observada frente a la estimada inicialmente por el contratista. 9. Los efectos favorables y desfavorables, de la alteración de las condiciones de financiación diferentes a los pagos concernientes al HOSPITAL, como consecuencia de la variación en las variables del mercado, toda vez que es una obligación contractual del contratista viabilizar y obtener mecanismos para complementar el esquema de financiación conjuntamente con los recursos del HOSPITAL para la ejecución del proyecto, para lo cual el contratista tiene plena libertad de establecer con los prestamistas cualquier mecanismo de financiación necesario para el desarrollo del proyecto, y no existirán cubrimientos o compensaciones de parte del HOSPITAL como consecuencia de la variación supuesta o real entre cualquier estimación inicial de las condiciones de financiación frente a las realmente obtenidas. 10. Los efectos favorables o desfavorables, de todos y cualesquiera daños, perjuicios o pérdidas de los bienes de su propiedad causados por terceros diferentes del HOSPITAL, sin perjuicio de su facultad de exigir a terceros diferentes del HOSPITAL la reparación o indemnización de los daños y perjuicios directos y/o subsecuentes cuando a ello haya lugar. 11. En general, los efectos, favorables o desfavorables, de las variaciones de los componentes económicos y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del contratista necesarias para la cabal ejecución del contrato. 12. Garantizar la custodia y preservación de los bienes del contratante bajo su uso, so pena de responder como contratista, por el daño o pérdida de los implementos utilizados, ya sea en reposición o al precio comercial del bien, descuento que autoriza a efectuar de los honorarios por percibir. 13. Responderá por haber ocultado al contratar inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa 10. DEFINICIÓN DE MINUTA CONTRACTUAL Teniendo en cuenta el objeto, el valor y el cumplimiento por parte del oferente que llegue a salir favorecido, se realizara un contrato de suministro con formalidades plenas, con precios unitarios fijos, pagadero 100% dentro del plazo acordado, previa presentación de la factura, presentación de la certificación de cumplimiento del Suministro y del recibo a satisfacción por la E.S.E. contratante, suscrito por la Subdirección Administrativa y Financiera. 11. RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN: Los riesgos de esta contratación por lo que se acaba de expresar y que deben ser garantizados por el contratista deberá constituir una póliza a favor de la entidad expedida por una compañía de seguros legalmente reconocida y establecida en Colombia, los amparos son: Página 8 de 9

9 1. DE CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES: por un valor equivalente al 20% del total de la orden y con vigencia igual al mismo y dos (2) años más contados a partir del recibo o aceptación final. 2. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Para asegurar el pago de los perjuicios que el contratista ocasione a terceros por razón de la ejecución del contrato por un valor de equivalente al 15% del valor del contrato y su vigencia corresponderá al plazo del contrato y cuatro (04) meses más. 3. ANTICIPO EN CUANTÍA equivalente al 100% del valor del anticipo, por el término del contrato y cuatro (04) meses más. 12. CONCLUSIÓN Con la presentación de este estudio, queda evidenciada la existencia de un requerimiento y una necesidad y el cumplimiento de un Convenio Interadministrativo entre la Gobernación de Santander Secretaria de Salud y la La E.S.E. y resulta imprescindible adelantar el correspondiente proceso tendiente a cumplir con los propósitos establecidos para la buena marcha y efectivo cumplimiento de los cometidos de La E.S.E., por consiguiente se aconseja adelantar el proceso contractual respectivo y su perfeccionamiento. Página 9 de 9

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