ARTÍCULO 54 DEL CODIGO DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE JALISCO

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1 Instituto Jalisciense de Asistencia Social PROGRAMA SOCIAL DENOMINADO: ARTÍCULO 54 DEL CODIGO DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE JALISCO Artículo 54.- El Instituto Jalisciense de Asistencia Social, es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto, promover, coordinar, apoyar y supervisar los servicios asistenciales que realicen las personas e instituciones dedicadas a la asistencia social privada. DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL PROGRAMA SOCIAL: El Instituto Jalisciense de Asistencia Social es un Organismo Público Descentralizado, regido por el Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco. Fue creado el 29 de diciembre de 1959, con la finalidad de prestar Servicios Asistenciales a la población mayormente marginada en el Estado de Jalisco. Los objetivos primordiales del IJAS son promover, coordinar, apoyar y supervisar los servicios asistenciales que realicen las personas e instituciones dedicadas a la Asistencia Social Privada, y el de representar a la Beneficencia Pública del Estado para todo efecto legal. Actualmente IJAS tiene afiliados más de 700 Instituciones de Asistencia Social Privada (OSC o IAPs).

2 INTRODUCCIÓN La Asistencia Social Privada se ha consolidado como el más fuerte colaborador con el Gobierno en sus diversos ámbitos, para promover la filantropía, el altruismo y el voluntariado. Es manifestación del deseo de las personas y organizaciones privados de estar presentes en el servicio a los demás, en el apoyo a los grupos vulnerables de la comunidad y promover solidariamente el desarrollo de todos los miembros de la sociedad sin propósito de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios, se crean las Instituciones de Asistencia Social Privada, conocidas en el ámbito nacional por las siglas IAP. Estas Instituciones Asistenciales, son conocidas también como OSC Organizaciones de la sociedad civil, las cuales constituyen espacios de voz y participación organizada de diferentes grupos, de tal manera que pueden llegar a contribuir en el desarrollo social y democrático de sus comunidades. Una Instituciones de Asistencia Social Privada según el Código Civil del Estado de Jalisco nace cuando varias personas convienen en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común, en este caso el apoyar a otras personas con servicios asistenciales, apoyo y colaboración con grupos de vulnerables o simplemente para relacionarse entre personas con una problemática en común que los identifica como grupos de la tercera edad, con discapacidades o enfermedades diversas, en recuperación por adicciones, etc. Estos organismos son constituidos como Asociaciones Civiles conforme al artículo 172 del Código Civil del Estado de Jalisco, y cumplen con determinadas características: Son varias personas que convienen en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común;

3 Deben desarrollar actividades que no estén prohibidas por la ley; y Sus objetivos que no tenga carácter preponderantemente económico. En el Estado de Jalisco se encuentran reguladas por el Código Civil y el Código de Asistencia Social ambos del Estado de Jalisco. GENERALIDADES DEL PROGRAMA SOCIAL: I. Objetivo del programa. Promover, coordinar, apoyar y supervisar los servicios asistenciales que realicen las personas e instituciones dedicadas a la asistencia social privada; ello en cumplimiento al artículo 54 del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco. II. Entre los servicios brindados: I. Asesoría para constituir en una Institución de Asistencia Social Privada; II. Asesoría para modificación de Estatutos de las Instituciones de Asistencia Social Privada; III. Reconocimiento por el Instituto Jalisciense de Asistencia Social; IV. Asesoría, Capacitación y Apoyo Fiscal Contable; V. Capacitaciones para la profesionalización de las Instituciones de Asistencia Social Privada en diversos temas; VI. Diagnostico de las Instituciones de Asistencia Social Privada; VII. Acompañamiento y seguimiento de los proyectos de Instituciones de Asistencia Social Privada; VIII. Asesoría para la elaboración de Proyectos y obtención de recursos para su ejecución, otorgados por el Gobierno del Estado de Jalisco conducto la Secretaria de Desarrollo Humano; y IX. Asesoría en materia de transparencia y derecho a la información. III. Fundamento Legal. Artículo 54 del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco, disponiendo este último claramente que:

4 Artículo 54.- El Instituto Jalisciense de Asistencia Social, es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto, promover, coordinar, apoyar y supervisar los servicios asistenciales que realicen las personas e instituciones dedicadas a la asistencia social privada. Así como, las disposiciones y proyecciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Estatal de Desarrollo que permiten el desarrollo y protección de grupos vulnerables de la sociedad. IV. Requisitos y trámites para acceder al Programa Social. Comunicarse con el área correspondiente para recibir asistencia y conocer los requisitos y trámites para cada servicio, según los temas de interés, siendo: I. Secretario y procurador Jurídico. Asesoría para constituir en una Institución de Asistencia Social Privada; Asesoría para modificación de Estatutos de las Instituciones de Asistencia Social Privada; Reconocimiento por el Instituto Jalisciense de Asistencia Social. II. Gerencia Asistencial. Asesoría, Capacitación y Apoyo Fiscal Contable; Asesoría para la elaboración de Proyectos y obtención de recursos para su ejecución, otorgados por el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto la Secretaria de Desarrollo Humano; así como federales y municipales a favor de la asistencia social, Supervisión del servicio asistencial; Canalización de donativos destinados a la asistencia social; Difusión de la labor asistencial de las Instituciones de Asistencia Social Privada. III. Desarrollo Institucional. Capacitaciones para la profesionalización de las Instituciones de Asistencia Social Privada en diversos temas; y Coordinar el Premio IJAS a la Asistencia Social. IV. Unidad de Transparencia. Asesoría en materia de transparencia y derecho a la información.

5 V. Área de seguimiento y acompañamiento. Diagnostico de las Instituciones de Asistencia Social Privada; y Acompañamiento y seguimiento de los proyectos de Instituciones de Asistencia Social Privada. V. Presupuesto asignado al Programa Social: La Unidad Asistencial para Indigentes administrada por el Instituto Jalisciense de Asistencia Social (IJAS) reciben un subsidio contenido en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Jalisco para el Ejercicio Fiscal del año 2012, el cual fue aprobado por el Congreso del Estado de Jalisco mediante el decreto 23956/LIX/11 el cual fue publicado en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el día 24 de diciembre del año 2011, para ser ejercido durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del año La aplicación del subsidio deriva del Programa de Gobierno numero 10 relativo al Desarrollo Humano y Social Sustentable en el Estado, de la partida presupuestal 4453 relativa a las Ayudas al Instituto Jalisciense de Asistencia Social, para ejercerse conforme al Clasificación presupuestal por objeto del gasto conforme al código relativo a las Ayudas a Instituciones sin Fines de Lucro, dicho presupuesto consiste en $ 573, (Quinientos setenta y tres mil setecientos pesos 00/100 M.N.); sin embargo el Instituto Jalisciense de Asistencia Social cuenta con la prestación del servicio público de guarda y custodia de bienes depósito legal remitidos por diversas autoridades judiciales y administrativas, cuyo cobro de derechos fiscales por este rubro le permite autofinanciarse para el cumplimiento de sus fines. VI. Indicadores de desempeño y ejercicio del presupuesto: Los indicadores de desempeño y ejercicio del presupuesto de los Asilos administrados por el Instituto Jalisciense de Asistencia Social (IJAS) pueden ser consultados en la página web oficial de la Secretaría de Planeación del Estado de Jalisco en la liga: o en la página WEB oficial del

6 Instituto Jalisciense de Asistencia Social en la sección de transparencia en la liga VII. Padrón de Beneficiarios. Los beneficiarios de los servicios asistenciales prestados por las Salas de Velación administradas por el Instituto Jalisciense de Asistencia Social (IJAS) pueden ser consultados en la página web oficial del Instituto Jalisciense de Asistencia Social en la sección de Transparencia en la liga VIII. Responsables de la aplicación del Programa Social: a) La Dirección General, la Secretaría y Procuraduría Jurídica y la Gerencia Asistencial, ubicadas en las Oficinas Generales IJAS. Ubicadas en Avenida Magisterio No A en la Colonia Miraflores, Guadalajara Jalisco. Teléfono 01 (33) Clasificación de la presente información Este documento se trata de clasificación fundamental de conformidad con el artículo 32 párrafo 1 fracción VI inciso d) la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, para mayor información en la Unidad de Transparencia del Instituto Jalisciense de Asistencia Social ubicada en: Avenida Magisterio No A en la Colonia Miraflores, Guadalajara Jalisco, CP Teléfono 01 (33) ext y

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