En Venezuela participamos todas y todos

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1 En Venezuela participamos todas y todos La participación ciudadana es comprendida como un proceso social continuo y dinámico, por medio del cual los miembros de una comunidad, a través de mecanismos establecidos y organizaciones legítimas, en las cuales se encuentran representados todas y todos los miembros de la comunidad, deciden, aportan y participan en la realización del bien común. Como herramienta fortalecedora del régimen democrático, la participación ciudadana contribuye con el desarrollo de un clima general de solidaridad, responsabilidad y trabajo, afianzando de igual forma valores de conciencia ciudadana; de allí que cuando el Estado estimula y crea espacios de participación activa, consciente, libre, representativa, igualitaria, responsable y eficaz, donde se democratizan las tomas de decisiones, al mismo tiempo, se desarrollan instituciones con sentido social y de bien común que responden a las necesidades de la población. En Venezuela es un derecho que se encuentra consagrado en la Carta Magna, en sus distintas acepciones, ya sea como principio, derecho, deber, espacio o instancia de participación y como proceso sociopolítico. En el desarrollo del articulado constitucional se tiene que la participación es una característica propia del sistema de gobierno venezolano. En la actualidad se han creado organismos de participación, entre ellos los Consejos Comunales, las misiones y las comunas, los cuales cuentan con una serie de deberes que los convierten en órganos públicos al depender de la Presidencia de la República y tener al mismo tiempo una serie de obligaciones con responsabilidad civil, penal y administrativa. La participación ciudadana también, por medio de la Constitución Nacional, pasa a tener la posibilidad de intervenir en los distintos órganos del Poder Público Nacional; por ejemplo, con respecto al Poder Legislativo se permite a los electores la posibilidad de ejercer la iniciativa legislativa constitucional y constituyente y del mismo modo, solicitar los diferentes tipos de referendos; en relación al Poder

2 Judicial, se abre la posibilidad de que los ciudadanos participen de acuerdo a los procedimientos de selección y asignación de los jueces; en cuanto al Poder Moral, se observa como, por medio de la Defensoría del Pueblo, los ciudadanos pueden exigir el cumplimiento de derechos y garantías establecidos en la Constitución; y por ultimo, en el Poder Electoral, se establece, que los ciudadanos tienen el derecho y la obligación de prestar servicio en funciones electorales de acuerdo a la ley que rige la materia; logrando de esta manera considerar la participación como principio rector del sistema democrático, como derecho y como deber. Tal como lo establece la Constitución Nacional, la República Bolivariana de Venezuela es un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los Derechos Humanos, la ética y el pluralismo político. La Constitución compromete axiológicamente su existencia de Estado de Derecho a la garantía universal de los Derechos Humanos, materializados y haciendo énfasis en los derechos sociales, culturales y económicos, sin desestimar los derechos políticos y civiles. Se procura satisfacer las necesidades más sentidas de la población y en consecuencia, la optimización de sus condiciones de vida. Por otro lado, la Justicia Social en la que se enmarca la Constitución Nacional está referida a las condiciones necesarias para que se desarrolle una sociedad relativamente igualitaria en términos económicos; del mismo modo comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables para garantizar condiciones de trabajo y de vida decentes para toda la población. En este mismo orden de ideas, el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre

3 democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables. La construcción del poder popular La construcción de este poder, implica la participación activa y protagónica de la ciudadanía y ésta se pone en práctica en nuestra democracia participativa mediante diversas formas, las correspondientes al ámbito municipal descritas en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal: cabildos abiertos, asambleas ciudadanas, consultas públicas, iniciativa popular, presupuesto participativo, control social, referendos, iniciativa legislativa, medios de comunicación social alternativos, instancias de atención ciudadana, autogestión, cogestión. Las nuevas leyes del poder popular decretadas en Venezuela, definen que las organizaciones de base del poder popular son aquellas constituidas por ciudadanas y ciudadanos para la búsqueda del bienestar colectivo. El alcance de dicho bienestar implica que la relación Estado-Pueblo, profundizada en la democracia participativa y puesta en práctica por la ciudadanía, requiere del involucramiento activo y protagónico de las y los venezolanos, de su compromiso y su voluntad absoluta para transformar permanentemente y en positivo su realidad local. Los procesos de planificación de desarrollo municipal, de organización territorial, del sistema económico local, de transferencias de competencias y del control social, por fuerza de ley obligan a que dicha relación permita el ejercicio ciudadano del derecho a la soberanía, la participación protagónica y corresponsable y que apunten, a fin de cuentas, a formas de autogobierno comunitario para el ejercicio directo del poder. Se ha iniciado una apertura institucional para impulsar la consolidación de ese poder popular. El pueblo hoy participa a diario y activamente en seminarios de formación, programas de ordenamiento territorial, en la organización y

4 formulación de misiones sociales, políticas de salud, proyectos de mejora de condiciones sanitarias, ambientales; planificación de presupuestos locales, proyectos de leyes, ordenanzas y normativas. Todo ello a través de sus voceros comunitarios y mediante la asamblea de ciudadanos, principal elemento de la toma de decisiones en el ámbito comunitario, en el cual la organización más relevante, el Consejo Comunal, es la instancia de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas que permiten al pueblo organizado, ejercer directamente la gestión de políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de la comunidad en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social. Factores que inciden en la participación ciudadana Entre los factores que inciden están los siguientes: a. El conocimiento efectivo, por parte de los vecinos, de los objetivos, metas y visiones de la organización que funge como medio de participación, así como el prestigio y confianza que brindan los dirigentes de la misma, sólo de esta manera puede generarse interés en participar, puesto en su conjunto, ambos aspectos permiten entender que se trabaja para la comunidad y que existe representación por parte de sus líderes. b. Es fundamental el conocimiento crítico que se tenga sobre la historia de la comunidad, lo que se traduce en el conocimiento de factores que tuvieron y tienen influencia sobre la vida de la comunidad, sus intentos por resolver los problemas, los modos de organización, ya que tal situación permite tomar conciencia de las causas que lo llevaron a enfrentar las cosas de una u otra manera. En todo caso, es necesario observar que la participación ciudadana y comunitaria requiere de una estructura que la haga posible y que la canalice; estructura que es y debe ser distinta y adaptada a cada espacio o región, así como a

5 los intereses y necesidades de cada grupo, pues no se debe olvidar que la participación se hace interesante cuando se siente que por medio de ella efectivamente se pueden resolver los problemas del entorno, todo esto enmarcado dentro de un sentido de pertenencia y compromiso que se traduce en objetivos y fines claros y que constituyen la razón de ser de dicha organización, que además debe contar, a su vez, con roles de funciones definidos y diferenciados. Rol del Estado en el fomento de las organizaciones comunitarias Con la aprobación de un nuevo texto constitucional en 1999, se da impulso a las formas participativas posibilitando la aparición de diversos tipos de intervención comunitaria. En el texto constitucional existen, al menos, unos 70 artículos que promueven la participación ciudadana en varios aspectos de la vida pública del país. El mismo Estado nacional se ha reestructurado para facilitar la organización a través de mecanismos de información y atención ciudadana (líneas telefónicas gratuitas de atención, servicios de recepción y entrega de documentos, servicio de taquilla única, horarios especiales de atención); estructura institucional gubernamental (Sistema de Planificación, Sistema Nacional de Control Fiscal, Sistema de Participación y Planificación Social); reconocimiento de derechos (derecho de petición, derecho de información, derecho de queja y reclamo, derecho de ser consultado, derecho de formular opinión, derecho de presentar propuestas). Promulgación de leyes en las que se alude de manera directa la participación social en los procesos que deben llevar a cabo instancias del gobierno, tales como la Ley Orgánica de Planificación; Ley de Asignaciones Económicas Especiales derivadas de Minas e Hidrocarburos (2006), entre otras. La participación ciudadana como principio Dentro del articulado de la Constitución Nacional se observa que la participación ciudadana se consagra en los términos siguientes:

6 a.-como medio para garantizar el derecho a la salud, al establecer el Artículo 84 que el Estado debe crear y ejercer la rectoría y gestión del sistema público nacional de salud, con las siguientes características: intersectorial, descentralizado y participativo. En sentido similar, sostiene que sobre el derecho a la seguridad social, el Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. Artículo 84. Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportunidad y rehabilitación de calidad. Los bienes de servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud. b.-en el campo de la educación se señala que es un derecho humano, al mismo tiempo que un servicio público y está fundamentada en todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, solidaria y consistente en los procesos de transformación social. Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable

7 y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades y como instrumento de conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución y en las leyes. c.-en lo que concierne al derecho de asociación de los trabajadores, así como de la comunidad, se reconoce el derecho a desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. Artículo 118. Se reconoce el derecho de los trabajadores y de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter. Estas asociaciones podrán desarrollar cualquier tipo de actividad económica, de conformidad con la ley. La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos. El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular y alternativa. d.-en términos de desarrollo sustentable se señala que para la creación, aplicación y desarrollo de una política de ordenación del territorio que debe atender a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas; los entes de gobierno deben incluir la información, consulta y

8 participación ciudadana. Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geológicas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento. e.-la Constitución Nacional en el campo de la participación ciudadana señala que también le competen a la iniciativa vecinal o comunitaria referida a la creación de parroquias conforme a las condiciones que determine la ley, con el objeto de proveer a la desconcentración de la administración del municipio, la participación ciudadana y la mejor prestación de los servicios públicos. Artículo 62. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica. f.-en torno al régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado conjuntamente con la iniciativa privada, debe promover el desarrollo armónico de la economía nacional garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta.

9 Artículo 299. El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para garantizar una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta. El Consejo Comunal como actor en la sociedad venezolana La participación en Venezuela va más allá de un derecho y un deber político consagrado en la Constitución, busca convertirse en una estrategia para la transformación del Estado, de modo de desarrollarlo como un Estado democrático que utilice de manera transparente, eficiente y eficaz las capacidades y habilidades de una sociedad venezolana urgida de soluciones a sus problemas. En tal sentido la figura del Consejo Comunal es un medio de participación ciudadana, cuyo objetivo principal es que el pueblo o ciudadanía, ejerza directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos en su comunidad, tal como lo establece el artículo 2 de la Ley de los Consejos Comunales. Artículo 2. Los consejos comunales, en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones

10 comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social. De igual forma, presentan una estructura organizativa, funciones para sus miembros y deberes para con la sociedad a la cual se deben. Todo ello enmarcado en la premisa de que la organización es pilar fundamental en la solución de las diferentes problemáticas sociales. La iniciativa de los Consejos Comunales sirve de base para la consolidación de la sociedad venezolana y la superación de décadas de atraso, pobreza y desigualdad. De igual manera procura convertirse en el mecanismo directo para la solución de los problemas locales en conjunción con los gobiernos municipales y regionales, a fin de integrarse bajo un modelo de desarrollo endógeno que le permita obtener los resultados que enarbola su propósito de creación. La participación por medio de los Consejos Comunales La creación de estas figuras de participación con rango legal, promueve una red comunitaria de órganos desvinculados de las parroquias y los municipios; dependen de la Presidencia de la República, y además cuentan con recursos públicos, producto, entre otras circunstancias de las modificaciones de la Ley del Fondo Intergubernamental para la Descentralización y la Ley de Asignaciones Económicas Especiales, en las cuales se restan recursos que antes pertenecían a los estados y municipios para aumentar así los fondos destinados a los Consejos Comunales. Estos órganos de participación realizan y promueven la ejecución de actividades de interés general, son administradores de dineros públicos, así están obligados a llevar registros de la administración de los fondos y sus soportes; sus

11 miembros tienen la obligación de presentar declaración jurada de su patrimonio ante la Comisión Presidencial del Poder Popular; al mismo tiempo que en relación a sus actuaciones tienen responsabilidad civil, penal, administrativa; de igual forma, también corresponde a los consejos ejercer directamente la gestión de políticas públicas y recibir transferencias de servicios públicos. La participación del pueblo es la intervención de los sujetos que se identifican conscientemente con los objetivos de la revolución a través de su acción política, económica, social y cultural en todos los niveles de la sociedad y así construyen el nuevo poder y la nueva cultura política. Se trata de alcanzar un nivel de autogestión popular que posibilite diagnosticar sus propias necesidades materiales y espirituales, elaborar planes de desarrollo comunitario a partir de decisiones de masas, proponer y aprobar presupuestos, estableciendo las necesarias redes de apoyo; encauzar la ejecución de tales proyectos e incluso realizar las funciones de contraloría como ejercicio de su poder ciudadano. El pueblo en el poder ejerce la democracia directa, la Democracia Participativa que es la verdadera democracia, con su participación comunitaria. En la comunidad se hacen más tangibles y directos para el hombre sus vínculos sociales. La democracia participativa y protagónica del pueblo se concreta en la conformación y perfeccionamiento de los Consejos Comunales, en los cuales el pueblo organiza, planifica, ejecuta y controla la vida cultural, económica, política y social de las comunidades acorde a las características y necesidades propias de cada Consejo Comunal. Es el autogobierno popular. Nada le es impuesto desde arriba. Las decisiones se aprueban en la asamblea de ciudadanas y ciudadanos. El pueblo construye el poder desde abajo, desde los sectores más humildes, con la participación de los pobres de la tierra, quienes participan como iguales: hombres, mujeres, niños, jóvenes, ancianos, mestizos, negros, blancos, que

12 conforman los sectores tradicionalmente excluidos. Las grandes misiones bolivarianas Los grandes avances derivados de la promulgación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el reconocimiento pleno de los derechos humanos, en los ámbitos económico, social y cultural son desarrollados con la presencia de numerables misiones en la contemporánea Venezuela, entre las cuales destacan: en el sector salud: Misión Barrio Adentro I, II y III; Misión Sonrisa, Misión Milagro y la Misión José Gregorio Hernández, para la asistencia médica básica, odontológica, oftalmológica, rehabilitación fisiátrica y atención de problemas congénitos; en el ámbito de las garantías e inclusión del derecho a la educación, encontramos la Misión Robinson, Misión Ribas, Misión Sucre y el programa Canaima Educativo. Vivienda: Misión Villanueva, Misión Hábitat y la vigente Gran Misión Vivienda. Misión Cultura: promoción de los valores nacionales y la cultura venezolana. Misión Ciencia: Para el desarrollo tecnológico y científico. Alimentación, energía, trabajo, ambiente, de atención a madres, mujeres, adolescentes y las más recientes, las misiones promovidas en el marco de la inclusión social y nuevos programas sociales: Misión Venezuela en Amor Mayor, Misión Hijos de Venezuela y la Gran Misión Saber y Trabajo: con la intención de incorporar a la población joven al mercado de trabajo para combatir el desempleo. A continuación se destacan algunas de estas grandes misiones bolivarianas: Misión Alimentación. Está destinada a efectuar el mercadeo y comercialización permanente de productos alimenticios y otros artículos de primera necesidad al mayor y al detal, conservando la calidad y ofreciendo los más bajos precios posibles del mercado. Misión Árbol. Nace con el fin de despertar en los habitantes su interés por los bosques, favorecer el equilibrio ecológico y la recuperación de espacios degradados.

13 Misión Barrio Adentro. Nace para consolidar la atención primaria como prioridad de su política de salud, para dar respuestas a las necesidades sociales de la población, especialmente la excluida, bajo los principios de equidad, universalidad, accesibilidad, gratuidad, transectorialidad, pertenencia cultural, participación, justicia y corresponsabilidad social, contribuyendo a mejorar la calidad de salud y vida. Misión Barrio Adentro Deportivo. Programa social que integra a las comunidades en actividades físicas y el deporte recreativo. Misión Ciencia. Dirigida a modelar una nueva cultura científica y tecnológica que aborde la organización colectiva de la ciencia, el diálogo de saberes y la participación de diversidad de actores en el ámbito del desarrollo científico-tecnológico del país, con la finalidad de alcanzar mayores niveles de soberanía. Misión Ché Guevara. Programa de formación con valores socialistas integrando lo ético, ideológico, político y técnico productivo, para contribuir a generar el mayor número de satisfacción social y transformar el sistema socioeconómico capitalista en un modelo económico socialista comunal. Misión Cultura Corazón Adentro. Tiene como objetivo consolidar la identidad nacional enmarcada dentro del proceso de descentralización, democratización y masificación de la cultura venezolana. Potenciar la sinergia institucional para incentivar la participación comunitaria, garantizar el acceso masivo a la cultura, proporcionar la divulgación y creación de las manifestaciones culturales de los sectores populares y comunitarios.

14 Misión José Gregorio Hernández. Llevar atención primaria a todas las personas que padezcan algún tipo de discapacidad. Misión Guaicaipuro. El objetivo general es restituir los derechos de los pueblos indígenas de acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Misión Identidad. Incluir en el proceso de cedulación, de manera rápida y sencilla, al mayor número de ciudadanos que así lo soliciten. Misión Madres del Barrio. Tiene por objeto apoyar a las amas de casa que se encuentren en estado de necesidad, a fin de que logren, junto con sus familias, superar la situación de pobreza extrema y prepararse para salir de la miseria en su comunidad, mediante la incorporación de programas sociales y misiones, el acompañamiento comunitario y el otorgamiento de una asignación económica. Misión Música (fundación musical Simón Bolívar). Consolidar el sistema nacional de orquestas y coros infantiles y juveniles de Venezuela (FESNOJIV) e incentivar el aprendizaje de la música entre los niños y jóvenes de los sectores más necesitados de todo el país. Misión Negra Hipólita. Su objetivo es rescatar, reivindicar y garantizar los derechos de las personas en situación de calle y de la población que vive en pobreza extrema. Misión Amor Mayor. Es un programa social orientado a los adultos mayores que no lograron

15 cotizar en el Instituto Venezolano del Seguro Social (IVSS), y que ahora podrán cobrar pensiones de vejez homologadas con el salario mínimo. Misión Revolución Energética. Es un programa social desarrollado para promover el uso racional de la energía, a través de la sustitución de bombillos incandescentes por bombillos ahorradores, de luz blanca. Misión Sonrisa. Incorporar, en el programa nacional de salud pública, la rehabilitación protésica dental del mayor número de ciudadanas y ciudadanos. Gran Misión Hijos de Venezuela. Orientada a solventar las necesidades esenciales a través de programas sociales e incentivos a 4 grupos bien identificados de venezolanos: las adolescentes embarazadas en pobreza, las mujeres embarazadas que vivan en situación de pobreza, hijos e hijas menores de 17 años que estén en pobreza, y personas con discapacidad sin límite de edad. Gran Misión AgroVenezuela. Consiste en gestionar la entrega a pequeños y medianos productores de insumos necesarios para la actividad agrícola, ello potencia e incrementa el sector agrícola venezolano. La Comuna como unidad social Con el fin de organizar social y políticamente el municipio, éste se divide en comunidades y se organiza en Comunas. Éstas son áreas o extensiones geográficas conformadas por las comunidades,

16 las cuales constituyen la unidad social y base política primaria de la organización de la ciudad socialista, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de la Constitución y la ley, constituyendo el núcleo especial básico e indivisible del Estado socialista venezolano. La ciudad comunal se constituye cuando en la totalidad de su perímetro se hayan establecido las comunidades, las comunas y los autogobiernos comunales de la forma siguiente: * El territorio bien definido y demarcado que le corresponda (población con residencia estable, organización de la comunidad mediante consejos comunales y debidamente registrados en los órganos competentes. * A la densidad poblacional y unidad geográfica. * A su historia e intereses comunes. * A las necesidades y potencialidades similares que compartan: económicas, sociales, urbanísticas y de otra índole. * Al uso y disfrute de los servicios públicos que le son comunes y constituyen formas de autogobierno comunitario responsable y corresponsable. * Incorporan la participación ciudadana en la definición, formulación, planificación, diseño y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de las políticas públicas a través de los consejos comunales.* *Asumirán la justicia de paz y la prevención y protección vecinal. *Desarrollo de formas de organización comunitaria política y territorial. Glosario Autogobierno comunal. Se ejerce por medio de la asamblea popular, como órgano básico deliberativo, de gobierno y administración, integrada por voceras y voceros de las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales, instituciones y empresas de propiedad comunal, social y estatal. Contraloría social. Espacio de participación ciudadana individual y colectiva que permite el

17 ejercicio de control y vigilancia sobre la gestión del poder público y de las instancias del poder popular, así como de las actividades privadas que afecten el bienestar común. Medios de participación. Mecanismos diseñados con la finalidad de facilitar y permitir que el ciudadano, el pueblo o la sociedad civil puedan incidir en el diseño, la ejecución y control de las políticas públicas; e incluso con la estructuración misma de los poderes públicos. Medios de participación política. -Elección de cargos públicos. -El referendo. -La consulta popular. -La revocatoria del mandato. -La iniciativa legislativa. -El cabildo abierto. -Asambleas de ciudadanos con decisiones vinculantes. Medios de participación social y económica. -Instancias de atención ciudadana. -La autogestión. -La cogestión. -Las cooperativas en todas sus formas, incluyendo las de carácter financiero. -Las cajas de ahorro. -Las empresas comunitarias. -Demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. Participación ciudadana.

18 Consiste en que los ciudadanos debidamente organizados y utilizando mecanismos de participación popular (las asambleas) elevan propuestas a los entes gubernamentales y piden se tomen en cuenta a la hora de buscar soluciones a los problemas que los aquejan. Poder popular. Capacidad o fuerza social y colectiva organizada que tiene el pueblo soberano como máxima autoridad, como dueño de los medios de producción social colectivos y de todas las riquezas naturales existentes en el territorio nacional incluyendo las creadas por iniciativa y autodeterminación, aplicar y controlar, en ejercicio pleno de su soberanía, todas las decisiones de carácter político, económico, social, ético, moral y filosófico a los fines de construir y sustentar el Estado bolivariano fundamentado en la democracia participativa. Política. Participación protagónica de todos los sujetos sociales que construyen, defienden o transforman el interés colectivo en términos de poder.

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