6.SUBVENCIONES Y AYUDAS

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1 6.SUBVENCIONES Y AYUDAS AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES Decreto Alcaldía 546/2015, por el que se convocan subvencones para actvdas culturales sn ánmo lucro durante el año Expente CUL/78/2015. Con fecha 28 febrero 2015, el señor alcal ha dctado Decreto Alcaldía número 546/2015, cuyo tenor lteral es el sguente SUBVENCIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 2015 Vsta la propuesta formulada por la Concejalía Educacón y Cultura con motvo la publcacón la convocatora subvencones para actvdas culturales sn ánmo lucro que se realcen o tengan comenzo en el año ANTECEDENTES DE HECHO Tanto la Ley 7/1985, 2 abrl, Bases Régmen Local, como el Reglamento Organzacón, Funconamento y Régmen Jurídco las Entdas Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/86, 28 novembre, contemplan que el muncpo para la gestón sus ntereses y en el ámbto sus competencas, con el fn promover toda clase actvdas y prestar cuantos servcos públcos contrbuyan a satsfacer las necesdas y aspracones la Comundad en matera cultural, promoverá las ncatvas y actvdas los grupos y Asocacones que contrbuyan al fomento y sarrollo cultural. Con dcha fnaldad, el Ayuntamento Castro Urdales estma convenente la tramtacón un expente para la apertura la convocatora públca subvencones para actvdas culturales para el ejercco 2015, que propce la partcpacón todos los sectores la poblacón en estos ámbtos. FUNDAMENTOS DE DERECHO Prmero.- La presente resolucón se adopta al amparo los prevsto en la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra y acuerdo con los prncpos la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común. Segundo.- Tene en cuenta las bases ejecucón l presupuesto para el ejercco 2015, don se establece que toda subvencón, para la que exsta crédto presupuestaro se otorgarán según los prncpos publcdad, concurrenca y objetvdad, establecdos en el artículo 7 la Ley 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, con respecto a las bases reguladoras la concesón que se establezcan. Tercero.- Consrando que la ctada Ley exge que la convocatora públca subvencones se efectúe a través unas bases que regulen los aspectos fundamentales las msmas, se somete a la fscalzacón y una vez realzada ésta por parte la Intervencón Muncpal (RC Pág /15

2 2015/3795); conformdad con las facultas que me venen conferdas por el artículo 21.1) la Ley 7/85, 2 abrl, reguladora las Bases Régmen Local, es por lo que esta Alcaldía acuerda la sguente RESOLUCIÓN Prmero.- Aprobar la convocatora para la concesón subvencones para actvdas culturales ejercco 2015, conforme a lo establecdo a contnuacón: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES QUE OTORGA EL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES A LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE REALICEN ACTIVIDADES CULTURALES DURANTE EL AÑO 2015 ARTÍCULO 1.- OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA Las presentes bases tenen por objeto regular, con carácter general, el régmen y el procedmento aplcable para el otorgamento subvencones, en concurrenca compettva, por parte la Concejalía Cultura, a favor asocacones culturales consttudas legalmente y radcadas en Castro Urdales, cuya fnaldad sea la realzacón en el ejercco 2015, proyectos o actvdas que tengan por objeto el fomento y la promocón la actvdad cultural en nuestra cudad stnadas a los proyectos vnculados con las sguentes Áreas: - Músca, Teatro, Danza, Artes Plástcas, Cnematografía, cultura Tradconal, Cenca, ben para actvdas específcas o ben para programas anuales sempre que abarquen el año natural Organzacón Exposcones, Conferencas, Cclos Culturales y Recreatvos que se consren nterés. - Acontecmentos artístcos y extraordnaros especal nterés para nuestra cudad. Actvdas excludas: - Las que sean o puedan ser objeto otra convocatora muncpal. - Las que atenten contra los valores unversales como la paz, la soldardad, la gualdad género, el respeto al medo ambente, la nterculturaldad, etc. - Las verbenas. - Las actvdas cerradas o que pretendan el dsfrute exclusvo l colectvo solctante. - Las actvdas cuyo ámbto actuacón sea sectoral o que no sean relevantes a nvel cudad. - La solctud subvencón, con arreglo a esta convocatora, una feracón asocacones exclurá la sus ntegrantes por separado y vceversa, sempre que sea para el msmo proyecto. - No se admtrán solctus las entdas que sean parte en un conveno colaboracón vgente con el Ayuntamento Castro Urdales que ncluya la concesón una subvencón. - Las que persgan ánmo lucro. - Los vajes e ntercambos culturales. - Las edcones lbros. - Las anmacón festva. - Las carácter emnente formatvo, educatvo o socal y aquellas que sean objeto reglamentacón especal. - Coste comdas, cenas y otros propos servcos hostelería. - Las que tengan carácter nvestgacón, que serán objeto subvencones extraordnaras. Pág /15

3 Tampoco podrán lbrarse subvencones aquellos solctantes que tengan udas cualquer tpo, penntes con la Hacenda Muncpal. ARTÍCULO 2.- BENEFICIARIOS Podrán solctar subvencones todas aquellas asocacones culturales sn ánmo lucro, legalmente consttudas y bdamente nscrtas en los Regstros corresponntes, con se en el Muncpo Castro Urdales y cuyo ámbto actuacón preferente sea esta Cudad y su térmno muncpal Acceso a convocatora. Cuando por causas no mputables al benefcaro la subvencón, como la suspensón actvdas objeto la msma por fuerza mayor, u otras causas totalmente ajenas a este, no se realzara la actvdad objeto subvencón, tendrá acceso y podrá presentarse en la sguente convocatora anual Denegacón acceso a las convocatoras: Los benefcaros que se muestre que han actuado mala fe, y como causa ello no realzarse la actvdad objeto la subvencón, se les negará el acceso a la obtencón cualquer subvencón, en la sguente convocatora anual. Haber sdo connadas medante sentenca frme a la pena pérdda la posbldad obtener subvencones o ayudas públcas. Haber solctado la claracón concurso, haber sdo clarados nsolventes en cualquer procedmento, hallarse clarados en concurso, estar sujetos a ntervencón judcal o haber sdo nhabltados conforme a la Ley Concursal, sn que haya concludo el período nhabltacón fjado en la Sentenca calfcacón l concurso. Haber dado lugar, por causa la que hubesen sdo clarados culpables, a la resolucón frme cualquer contrato celebrado con la Admnstracón. Estar ncursa la persona físca, los Admnstradores las Socedas Mercantles aquellos que ostenten la representacón legal otras personas jurídcas, en alguno los supuestos la Ley 12/1995, 11 mayo, Incompatbldas los Membros l Goberno la Nacón y los Altos Cargos la Admnstracón General l Estado; o la Ley 53/1984, 26 dcembre, Incompatbldas l Personal al Servco las Admnstracones Públcas No hallarse al corrente en el cumplmento las oblgacones trbutaras o frente a la Segurdad Socal mpuestas por las dsposcones vgentes. No hallarse al corrente l pago oblgacones por rentegro subvencones. Haber sdo sanconado medante resolucón frme con la pérdda la posbldad obtener subvencones según esta Ley o la Ley General Trbutara. En nngún caso podrán obtener la condcón benefcaro o Entdad colaboradora las subvencones, las Asocacones ncursas en las causas prohbcón prevstas en los apartados 5 y 6 l artículo 4 la Ley Orgánca 1/2002, 22 marzo, reguladora l Derecho Asocacón. Tampoco podrá obtener la condcón benefcaro aquellas Asocacones a las que se hubera suspenddo el procedmento admnstratvo nscrpcón, por encontrarse ndcos raconales lctud penal, en aplcacón lo dspuesto en el artículo 30.4 la Ley Orgánca 1/2002, en tanto no recaga resolucón frme, en cuya vrtud pueda practcarse la nscrpcón en el Regstro. ARTÍCULO 3.- SOLICITUDES: FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. 1.- El plazo presentacón las solctus y documentacón corresponnte será qunce días hábles, a contar s el sguente al la publcacón la presente convocatora en el Boletín Ofcal Cantabra. Pág /15

4 2.- Las solctus junto con la documentacón exgda, se presentaría según el molo solctud subvencones que será facltado por el Regstro General Documentos l Ayuntamento Castro Urdales, frmada por el representante legal la Asocacón solctante y bdamente cumplmentado. Deberá ser presentada en el Regstro General l Ayuntamento ntro l plazo señalando en esta convocatora, ben drectamente o por cualquer otro medo admtdo por la normatvo al efecto y serán drgdas a la Alcaldía-Presnca ARTÍCULO 4.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LOS SOLICITANTES. La documentacón que berá acompañar a la solctud berá ser la sguente: a) Certfcacón expedda por la Secretara General la Corporacón en la que se acredte que fgura nscrto en el Regstro Muncpal asocacones. b) Memora las actvdas sarrolladas en el año anteror. c) proyecto, fechado y frmado por el solctante, en el que se ncluya: Denomnacón o ttulo l proyecto. Resumen l proyecto. Objetvos que persgue. Actvdas a realzar y duracón. Organzacón (como y quenes van a organzar las actvdas). Lugar y fechas realzacón la/s actvdad/es. Presupuesto total l proyecto, especfcando Ingresos y Gastos prevstos, sglosado por conceptos y especfcando los conceptos solctados d) Declaracón responsable don conste las subvencones solctadas o conceddas para el msmo fn por entdas públcas o prvadas. e) Declaracón responsable l representante legal la Asocacón no encontrarse nhabltado para contratar con las Admnstracones Públcas o para obtener subvencones las msmas y encontrarse facultado para actuar en nombre la entdad. f) Los benefcaros berán hallarse al corrente sus oblgacones trbutaras con la Hacenda Muncpal, Agenca Trbutara y con la Segurdad Socal. Al objeto acredtar estar al corrente sus oblgacones trbutaras, se entenrá que el solctante presta su consentmento y autorza a esta Admnstracón a obtener la Agenca Trbutara, la nformacón trbutara necesara a los efectos prevstos en la legslacón sobre subvencones, con la frma l mpreso solctud subvencón. Para acredtar el cumplmento sus oblgacones con la Segurdad Socal berán aportar certfcacón acredtatva este extremo expedda por dcha Entdad. En el supuesto que el benefcaro no esté oblgado a presentar claracones trbutaras o a darse alta en el sstema cotzacón la Segurdad Socal, se podrán susttur las anterores certfcacones por claracón responsable. Tambén se podrá presentar claracón responsable en susttucón la presentacón las anterores certfcacones, en los sguentes supuestos: Cuando se trate becas y más subvencones conceddas a alumnos que se stnen expresamente a fnancar accones formacón profesonal reglada y en centros formacón públcos o prvados. Aquellas cuya cuantía por benefcaro no supere en la convocatora el mporte euros. g) Datos personales l solctante y la entdad bancara a la que ha trasferrse el mporte la subvencón que pura concerse. Pág /15

5 ARTÍCULO 5.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Para la seleccón los proyectos se tendrán en cuenta los sguentes crteros: 1.- Complementaredad con los programas sarrollados por el Área Cultura: Hasta 3 puntos. 2.- Relevanca Cultural la actvdad que se valorará en funcón su caldad ya acredtada públcamente o l rgor y seredad su proyecto: Hasta 2,5 puntos. 3.- Interés general la actvdad, que se valorará en funcón la nexstenca o escasez otras actvdas culturales análogas en la cudad: Hasta 2,5 puntos. 4.- Promocón la actvdad cultural extensva a las pedanías hasta 2 puntos. ARTÍCULO 6.- INSTRUCCIÓN. 1.- La nstruccón l procedmento corresponrá a la Concejalía Educacón y Cultura que recabará ofco cuantas actuacones estme necesaras para la termnacón, conocmento y comprobacón los requstos señalados en el artículo Las solctus y documentacón presentadas serán estudadas por una Comsón Técnca Valoracón, que actuará como Órgano Instructor, la cuál estará ntegrada por los sguentes membros: Presnte: Concejal responsable l área o persona la Concejalía en quen legue. Secretaro: Un funconaro sgnado por el presnte entre los funconaros este Ayuntamento, con voz pero sn voto. Vocales: Equpo técnco l Departamento la Concejalía Educacón y Cultura 3.- La comsón tendrá las sguentes atrbucones: a) Verfcar el cumplmento las condcones mpuestas para adqurr la condcón benefcaro la subvencón cada una las solctus presentadas. b) Evaluar las solctus o petcones, efectuada conforme a los crteros, formas y prordas valoracón establecdos en las presentes bases. c) Solctar los nformes y el asesoramento que entenda necesaros. d) Formular propuesta concesón subvencones drgda al órgano concente a través l órgano nstructor. e) Realzar, en su caso, los trámtes aunca conformdad con lo prevsto en el artculo 84 la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco y Procedmento Admnstratvo Común, con objeto recabar los representantes las entdas solctantes nformacón adconal sobre los proyectos y la aportacón cuantos otros datos, nformacón o documentos estme necesaros para la correcta nstruccón l expente y evaluacón las solctus. 4.- Propuesta resolucón provsonal. El órgano nstructor, a la vsta l expente y l nforme l Comté Valoracón, formulará la propuesta resolucón provsonal, bdamente motvada. Esta será publcada en el Tablón anuncos l Ayuntamento y en la págna Web muncpal concedéndose un plazo z días para formular alegacones. Cuando la subvencón propuesta lo sea por una cantdad nferor a la solctada, el solctante podrá renuncar a la msma por escrto durante el ctado plazo, entendéndose, no hacerlo que cubrrá la dferenca por sus propos medos, oblgándose a realzar la actvdad subvenconada en los térmnos expuestos en la solctud. 5.- Propuesta resolucón fntva. Examnadas las alegacones aducdas, en su caso, por las personas nteresadas y prevo nforme l Comté Valoracón, el órgano nstructor elevará la propuesta resolucón fntva, que berá expresar el solctante o la relacón solctantes para los que se propone la concesón la subvencón y su cuantía, especfcando su evaluacón y los crteros valoracón segudos para efectuarla. Pág /15

6 ARTÍCULO 7.- RESOLUCIÓN. 1.- La competenca para su resolucón corresponrá al alcal presnte la Corporacón. 2.- El acuerdo resolucón pone fn a la vía admnstratva, pundo nterponerse contra el msmo recurso potestatvo reposcón, en el plazo un mes, ante el msmo órgano que los dctó, con carácter prevo al recurso contencoso-admnstratvo, que podrá nterponerse en los plazos y con los requstos establecdos en la Ley la Jursdccón Contencoso-Admnstratva. 3.- La resolucón será motvada y contendrá el solctante o relacón solctantes a los que se conce la subvencón y la cuantía la msma. Del msmo modo, hará constar manera expresa la sestmacón l resto las solctus. 4.- A los efectos prevstos en el artículo 42 la Ley 30/92 26 novembre Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común, el plazo máxmo para resolver las solctus subvencón será tres meses, contados a partr l día sguente al la conclusón l plazo para su presentacón, tenendo el slenco admnstratvo carácter sestmatoro. 5.- La resolucón l procedmento se publcará en el tablón anuncos l Ayuntamento y en la págna web muncpal. Asmsmo dcho acuerdo será notfcado por correo certfcado a la entdad solctante, en la forma establecda en la Ley 30/92, 26 novembre. ARTÍCULO 8.- FINANCIACIÓN, CUANTÍA Y ABONO. 1.- Las subvencones a concer durante el año 2015 tendrán una cuantía máxma VENTICUATRO MIL (24.000,00 euros), y se abonarán con cargo a la aplcacón presupuestara 04/334/ El mporte la msma en nngún caso podrá ser cuantía tal que, asladamente, o en concurrenca con otras subvencones o ayudas procentes otras admnstracones públcas o otros entes públcos o prvados, naconales o nternaconales, superen el coste la actvdad a sarrollar por el benefcaro. 3.- La concesón las subvencones estará termnada por las dsponbldas presupuestaras, y la cuantía con la que se fnance cada proyecto se termnará por la ponracón los crteros establecdos para la concesón. 4.- La concesón la subvencón estará condconada a que el benefcaro la msma se encuentre al corrente sus oblgacones trbutaras y con la Segurdad Socal, así como las oblgacones con el Ayuntamento Castro Urdales. 5.- El pago las subvencones se efectuará en su totaldad en un pago únco, sn necesdad justfcacón preva, tenendo en cuenta en todo caso la dsponbldad y el plan dsposcón fondos la Tesorería Muncpal. No obstante, serán exgbles las oblgacones contempladas en el artículo 9 y la documentacón exgda en el artículo 10. ARTÍCULO 9.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS. Las Entdas subvenconadas quedan oblgadas al cumplmento las sguentes condcones: 1.- Aceptar la subvencón. En caso que no sea posble berán renuncar a ella expresa y motvadamente, en el plazo qunce días contados, a partr l día sguente a aquél en que recban la notfcacón la concesón la subvencón. 2.- Realzar la actvdad para la que fue concedda la subvencón, ajustándose a los térmnos la propuesta o proyecto. 3.- Acredtar ante el Ayuntamento la realzacón la actvdad y cumplr con los requstos y condcones que hayan termnado la concesón la subvencón. 4.- Someterse a las actuacones comprobacón que les sean solctadas, así como a los datos que se les requeran. Pág /15

7 5.- Dar cuenta al Ayuntamento las modfcacones que, en su caso, puedan surgr en la realzacón l proyecto, justfcándose acuadamente. 6.- Comuncar al Ayuntamento la obtencón subvencones o ayudas para la msma fnaldad, procentes otras Admnstracones y entdas públcas o prvadas, naconales o nternaconales. 7.- Justfcar acuadamente la subvencón concedda en la forma prevsta en la convocatora. 8.- Acredtar al presentar la solctud subvencón que se halla al corrente en el cumplmento sus oblgacones trbutaras y Segurdad Socal. 9.- Conservar los documentos justfcatvos aplcacón los fondos Adoptar, en su caso, las meddas dfusón prevstas en el aptd. 4 l artículo 17 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra Procer al rentegro los fondos percbos en los supuestos contemplados en el artículo 38 la ctada Ley. ARTÍCULO 10.- JUSTIFICACIÓN. 1.- La justfcacón la subvencón se hará conforme a la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. En todos los casos, el benefcaro berá justfcar la totaldad la cuantía la actuacón objeto subvencón con npennca l porcentaje subvenconado. 2.- El plazo máxmo justfcacón será el 31 enero S la documentacón presentada a efectos justfcacón fuera ncorrecta o ncompleta, el Ayuntamento requerrá a la entdad para que subsane los fectos en el plazo mprorrogable z días hábles y, s así no lo hcera, se procerá a tramtar expente para procer al rentegro su mporte. 3.- La acredtacón la realzacón l proyecto o actvdad subvenconada, se efectuará por los medos sguentes. Declaracón responsable l benefcaro que ha sdo cumplda la fnaldad para la cual se otorgó la subvencón, conforme al proyecto presentado. Memora tallada la realzacón la totaldad l proyecto o actvdad conforme al presupuesto, con expresa mencón los resultados obtendos. Facturas y más documentos valor probatoro equvalente con valz en el trafco jurídco o con efcaca admnstratva la subvencón concedda, todos ellos orgnales, cuyo mporte haya sdo abonado con cargo a la subvencón concedda. Las facturas habrán estar fechadas en el ejercco económco para el que haya sdo concedda la subvencón, contener el número ntfcacón fscal l perceptor, sellos y frmas sumnstradores. Deberán presentarse orgnales para ser compulsados por el órgano gestor la subvencón y serán vueltos a los nteresados a la mayor brevedad posble. ARTÍCULO 11.- REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN. 1.- Procerá la revocacón la subvencón y, en su caso, el rentegro las cantdas percbdas, con la exgenca l nterés mora corresponnte, s el momento pago la subvencón hasta la fecha en que se rentegren voluntaramente los fondos percbdos o se acuer por la Admnstracón la procenca l rentegro, en los casos prevstos en el artículo 38 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. 2.- Las cantdas a rentegrar tendrán la consracón ngreso Derecho Públco. ARTÍCULO 12.- RÉGIMEN SANCIONADOR. Será aplcacón el régmen nfraccones y sancones prevsto en los artículos 56 y sguentes la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. Pág /15

8 DISPOSICIÓN ADICIONAL En lo no prevsto en la presentes bases, serán aplcacón la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, el Real Decreto 887/2006, 21 julo, por el que se aprueba el Reglamento la Ley 38/2003, General Subvencones, Bases Ejecucón l Presupuesto Muncpal para el 2015, normatva estatal y autonómca aplcacón y más dsposcones que resulten aplcables. Segundo.- Aprobar las bases que han regr la convocatora y que se ncluyen como anexo I a esta resolucón. Tercero.- Autorzar un gasto por mporte global para la fnancacón las ayudas, con cargo a la partda 04/334/48900, l presupuesto l Ayuntamento Castro Urdales. Cuarto.- Ornar la publcacón la presente resolucón en el Boletín Ofcal Cantabra. Qunto.- Dar cuenta la presente resolucón a la Concejalía Educacón y cultura y a los Departamentos Intervencón y Tesorería Lo manda y frma el alcal, en Castro Urdales, a 28 febrero 2015, sendo suscrto por el concejal legado responsable l Departamento. El alcal, Iván González Barquín. La concejala legada l Área, Ana Belén Urrestarazu Rodríguez. Doy fe, la secretara, Alca Maza Gómez. Castro Urdales, 28 febrero El alcal, Iván González Barquín. La concejala legada l Área, Ana Belén Urrestarazu Rodríguez. Pág /15

9 Ayuntamento Castro Urdales Concejalía Educacón y cultura Centro Cultural La Resnca C/ María Aburto, Castro Urdales C.I.F.: P C Tfno Fax: correo electrónco:laresnca@castro-urdales.net ANEXO I. SOLICITUD NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN: C.I.F: (adjuntar fotocopa) DOMICILIO (A EFECTOS DE NOTIFICACIONES): PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN: D.N.I.: (adjuntar fotocopa) TELÉFONO: CORREO ELECTRÓNICO. Esta Asocacón ha cumplmentado ya una Fcha Terceros, por haber recbdo en anterores ocasones, subvencones l Ayuntamento Castro Urdales SI NO DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Certfcacón expedda por la Secretara General la Corporacón en la que se acredte que fgura nscrto en el Regstro Muncpal asocacones Memora las actvdas sarrolladas en el año anteror PROYECTO FECHADO Y FIRMADO Denomnacón o título l proyecto Resumen Objetvos que persgue Actvdas a realzar y duracón Organzacón (cómo y quén) Lugar y fechas realzacón la actvdad PRESUPUESTO (anexo II) Declaracón responsable don consten las subvencones solctadas o conceddas para el msmo fn por entdas públcas o prvadas (Anexo III) Declaracón responsable l representante legal la Asocacón no encontrarse nhabltado para contratar con las Admnstracones Públcas o para obtener subvencones las msmas y encontrarse facultado para actuar en nombre la entdad (anexo IV) Datos bancaros (Fcha Terceros) en caso no haber recbdo con anterordad subvencón l Ayuntamento Castro Urdales Acredtacón hallarse al corrente sus oblgacones trbutaras, frente a la Segurdad Socal o cualquer otro ngreso recho públco IMPORTE la subvencón solctada: La presentacón esta solctud conllevará en caso no aportarse los certfcados corresponntes la autorzacón l solctante, para que el órgano concente obtenga forma drecta la acredtacón estar al corrente oblgacones trbutaras. Fecha entrega la Solctud: Frma l presnte la Asocacón: Castro Urdales Subvencón 2015 Ordnara/extraordnara Pág /15

10 Ayuntamento Castro Urdales Concejalía Educacón y cultura Centro Cultural La Resnca C/ María Aburto, Castro Urdales C.I.F.: P C Tfno Fax: correo electrónco:laresnca@castro-urdales.net ANEXO II. PRESUPUESTO NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN: Presupuesto Ingresos Gastos Concepto Importe Concepto Importe Aportacón la entdad Aportacón los socos Aportacón entdas públcas Aportacón entdas prvadas: Total Total ngresos Total Total gastos Frma l presnte la Asocacón: Castro Urdales Subvencón 2015 Ordnara/extraordnara Pág /15

11 Ayuntamento Castro Urdales Concejalía Educacón y cultura Centro Cultural La Resnca C/ María Aburto, Castro Urdales C.I.F.: P C Tfno Fax: correo electrónco:laresnca@castro-urdales.net ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE OTRAS SUBVENCIONES NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN: D./Dña.... con N.I.F. en su caldad Presnte la asocacón C.I.F en relacón con la solctud subvencón que presenta a la Concejala Educacón, Cultura l Ayuntamento Castro Urdales DECLARA SI/NO Dspone fondos propos para su realzacón Va a solctar subvencón a otras entdas para su realzacón Ha solctado subvencón a otras entdas para su realzacón Ha recbdo subvencón otras entdas para su realzacón Que, en su caso, la cantdad a solctar, solctada y/o recbda es : Que, en su caso, los fondos propos y las subvencones otras entdas las que se dspone para la realzacón l Proyecto ascenn a: IMPORTE Lo que suscrbe a los efectos la solctud aquí presentada, Frma l presnte la Asocacón: Castro Urdales Subvencón 2015 Ordnara/extraordnara Pág /15

12 Ayuntamento Castro Urdales Concejalía Educacón y cultura Centro Cultural La Resnca C/ María Aburto, Castro Urdales C.I.F.: P C Tfno Fax: correo electrónco:laresnca@castro-urdales.net ANEXO IV DECLARACIÓN DE NO INHABILITACIÓN NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN: PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN: D.N.I.: DECLARA Que no se encuentra nhabltado para contratar con las Admnstracones Públcas o para obtener subvencones las msmas y así msmo, se encontrar facultado para actuar en nombre la entdad La presente claracón se otorga exclusvamente a los efectos la concesón, reconocmento, segumento y control la subvencón solctada. Frma l presnte la Asocacón: Castro Urdales Subvencón 2015 Ordnara/extraordnara Pág /15

13 Ayuntamento Castro Urdales Concejalía Educacón y cultura Centro Cultural La Resnca C/ María Aburto, Castro Urdales C.I.F.: P C Tfno Fax: correo electrónco:laresnca@castro-urdales.net ANEXO V JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN: MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA CONCEPTO DEL GASTO Nº DE FACT FECHA FACTURA FECHA PAGO FACTURA NOMBRE DEL PROVEED., PERCEPTOR Y N.I.F. IMPORTE BRUTO IMPUTACIÓN A LA SUBVENCIÓN OTRAS IMPUTACIONES AL PROYECTO Frma l presnte la Asocacón: Castro Urdales Subvencón 2015 Ordnara/extraordnara Pág /15

14 Ayuntamento Castro Urdales Concejalía Educacón y cultura Centro Cultural La Resnca C/ María Aburto, Castro Urdales C.I.F.: P C Tfno Fax: correo electrónco:laresnca@castro-urdales.net ANEXO VI JUSTIFICACIÓN. DECLARACIÓN RESPONSABLE ECONÓMICA NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN: PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN: D.N.I.: DECLARA que ha sdo cumplda la fnaldad para la cual se otorgó la subvencón, conforme al proyecto presentado y que la cantdad asgnada ha sdo stnada para el fn que se solctó en la cuantía que se justfca. Frma l presnte la Asocacón: Castro Urdales /4529 Subvencón 2015 Ordnara/extraordnara Pág /15

15 7.OTROS ANUNCIOS 7.1.URBANISMO CONSEJO DE GOBIERNO CVE Decreto 15/2015, 26 marzo, por el que se proce a la nclusón y zonfcacón terrenos l muncpo Escalante en el ámbto aplcacón l Plan Ornacón l Ltoral. Vsto el expente remtdo por el Ayuntamento Escalante, relatvo a la actualzacón l ámbto aplcacón l Plan Ornacón l Ltoral con motvo la tramtacón l Plan General Ornacón Urbana. Resultando, que sendo el muncpo Escalante uno los 37 afectados por el Plan Ornacón l Ltoral, señala el artículo 3.1 la Ley 2/2004, 27 septembre que s en la adaptacón l planeamento urbanístco a esta Ley se advrtera que exsten suelos nbdamente excludos su ámbto aplcacón, la Comsón Regonal Ornacón l Terrtoro y Urbansmo propondrá su nclusón y zonfcacón conforme a los crteros la msma. De este modo, se propuso por la Dreccón General Ornacón l Terrtoro y Evaluacón Ambental Urbanístca la nclusón y zonfcacón los suelos recogdos en la documentacón anexa, aprobándose así por la Comsón Regonal Ornacón l Terrtoro y Urbansmo en sesón 5 dcembre Medante anunco publcado en el Boletín Ofcal Cantabra se procedó al trámte nformacón públca, así como al aunca sngularzada tanto a la Delegacón l Goberno en Cantabra como al Ayuntamento Escalante. Resultando, que la Dreccón General Medo Ambente, medante Resolucón fecha 11 marzo, aprueba el Informe Ambental Estratégco respecto l presente expente, que establece que no tene efectos sgnfcatvos sobre el medo ambente, en los térmnos establecdos en el ctado nforme, procedéndose por la C.R.O.T.U. en sesón 12 marzo a mantener la zonfcacón propuesta ncalmente, sestmando la alegacón producda en el período nformacón públca. Consrando, que el artículo 3.1 la Ley 2/2004, señala como órgano competente para la aprobacón fntva al Consejo Goberno, a propuesta l Consejero Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, y preva lberacón l Consejo Goberno en su reunón 26 marzo DISPONGO Artículo únco.- Aprobar la nclusón y zonfcacón los terrenos afectados por el Plan Ornacón l Ltoral en el muncpo Escalante que se reflejan en los planos adjuntos. Pág /15

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