COPARMEX C O P A F I N / COMISION NACIONAL DE ASUNTOS TRIBUTARIOS COPARMEX FINANCIERO FISCAL Boletín #3 /2015
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- José Francisco Montes Paz
- hace 8 años
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1 BOLETÍN INFORMATIVO DE LA COMISIÓN FISCAL MARZO 2015 INFORMACIÓN PARA EJECUTIVOS CONTENIDO DEL BOLETÍN: I. Reflexión empresarial. II. Primera modificación a la RMF III. Nuevos Criterios del SAT. IV. DeclaraSAT V. Noticias fiscales. Colaboración: M.I. Juan Antonio De Arana Águila C.P. y M.I. Jesús Flores Rodríguez L.C. Gustavo Franzoni Chi Lic. Fernando Castillo Borbolla C.P.C. Pedro Higuera Velázquez I. Reflexión empresarial En los días en que un helado costaba mucho menos, un niño de 10 años entró en un establecimiento y se sentó a una mesa. La mesera puso un vaso de agua en frente de él. - Cuánto cuesta un helado de chocolate con cacahuates? preguntó el niño. - Cincuenta centavos, respondió la mesera. El niño saco su mano de su bolsillo y examinó un número de monedas. - Cuánto cuesta un helado solo?, volvió a preguntar. (En ese momento había algunas personas que estaban esperando por una mesa y la mesera ya estaba un poco impaciente). - Treinta y cinco centavos, dijo ella bruscamente. El niño volvió a contar las monedas. - Quiero el helado solo, dijo el niño. La mesera le trajo el helado, puso la cuenta en la mesa y se fue. El niño terminó el helado, pagó en la caja y se fue. Cuando la mesera volvió, ella empezó a limpiar la mesa y entonces le costó tragar saliva con lo que vio... 1
2 Allí, puesto ordenadamente junto al plato vacío, había veinticinco centavos... Su propina! El consejo de la historia: Jamás juzgues a alguien solo por las apariencias! y siempre considera que aquellos a quienes sirves pueden darte una sorpresa! II. Primera modificación a la RMF 2015 El pasado 3 de marzo de 2015, se publica en el Diario Oficial de la Federación la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, la cual inicia su vigencia a partir del día siguiente a su publicación; y a continuación resumimos los puntos siguientes que consideramos de interés general: Opinión del cumplimiento de obligaciones Cuando los contribuyentes requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones, entre otras revisiones que realizará la autoridad para tales efectos será la del cumplimiento de informar sobre los marbetes y/o precintos a través de la declaración denominada MULTI- IEPS. Por lo anterior, se precisa que las declaraciones a considerar respecto de los folios de marbetes o precintos, son las correspondientes a los años 2010 a CFDI con Fiel Se aclara que la facilidad para las personas físicas de utilizar la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) en vez de un certificado de sello digital (CSD) para la generación de comprobantes, solo aplica cuando se utilice la herramienta Servicio gratuito de generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT. Devolución automática para asalariados Los asalariados solamente podrán acceder a la devolución automática por un importe igual o superior a $40,000.00, si firman su declaración con su Fiel. Trámite de aclaración Para efectuar una aclaración será necesario utilizar Mi portal ; ya no se precisa que el fisco federal la resolverá en el plazo de 10 a 20 días hábiles. Información de operaciones relevantes La información sobre las transacciones relevantes en términos del artículo 31-A del CFF, se enviará a más tardar el último día de mayo, agosto, noviembre y febrero del ejercicio siguiente; anteriormente la disposición señalaba que los envíos serían en abril, julio, octubre y enero. 2
3 Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero Para los efectos del artículo 221 del Reglamento de la Ley del ISR, el factor de acumulación aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2014, es de III. Criterios del SAT El SAT dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) nuevos criterios: Anexo 3. Criterios no vinculativos Inversiones en automóviles. No son deducibles cuando correspondan a automóviles otorgados en comodato y no sean utilizados para la realización de las actividades propias del contribuyente IV. Declaración anual personas morales (pago referenciado) herramientas necesarias para realizarlo correctamente. Las personas morales presentarán su declaración del ejercicio a través de la aplicación electrónica disponible en la página de Internet Este programa permite capturar los datos directamente en línea e ir guardando la información que se captura, además de: Realizar la consulta de la declaración, la reimpresión del acuse de recibo y, en su caso, del pago efectuado en el banco autorizado Efectuar el pago de impuestos en el portal del banco autorizado, con la línea de captura y el importe Ingresar a la opción del pago referenciado del SAT, sin necesidad de navegar en el portal bancario La declaración anual del ISR es una de las principales obligaciones que deben cumplir los contribuyentes. El plazo vence el próximo 31 de marzo para aquellos que tributan en el régimen general de la LISR (Título II de la LISR). El cálculo del ISR es responsabilidad del contribuyente, por ello, es indispensable contar con las Al terminar de capturar en el sistema, si los datos son correctos, se pulsa la opción Enviar declaración, y se autentifica nuevamente con la Contraseña o Fiel del contribuyente. Posteriormente se muestra el acuse de recibo que contiene el impuesto determinado y en su caso la línea de captura para realizar el pago 3
4 correspondiente a través del portal bancario. V. Noticias Fiscales propuestas que enriquezcan el trabajo diario y sobre todo la voluntad para fomentar la transparencia en el ejercicio de las funciones de este organismo fiscal. Firman convenio SAT y Fundación Barra Mexicana para promover civismo fiscal El Convenio, firmado por el Jefe del SAT, Aristóteles Núñez Sánchez, y el presidente del Consejo de la Fundación Barra Mexicana A.C., Daniel Antonio del Río Loaiza, establece los términos para que personal de la Fundación, previamente capacitado por el SAT, pueda brindar asesorías sobre temas jurídicos en el área fiscal a instituciones de asistencia privada y asociaciones civiles, que sean donatarias autorizadas, a través de conferencias, cursos, talleres y pláticas. Así mismo, gracias a este convenio la Fundación Barra Mexicana podrá difundir información sobre el Régimen de Incorporación Fiscal, así como los servicios electrónicos que se brindan en los módulos del SAT, coadyuvando a la inclusión de más mexicanos a la economía formal. Con esta firma, el SAT reitera su apertura para trabajar en conjunto con la sociedad organizada, recibir VI CFDI EMITIDOS POR RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. Las Erogaciones que se efectúen en el extranjero deben estar comprobados con comprobantes que reúnan los siguientes requisitos: 1.- Nombre y en su caso número de identificación fiscal, de quien expide el comprobante 2.- Lugar y Fecha de expedición 3.- RFC de la persona a quien se expida o el nombre, denominación o razón social de la misma 4.- Cantidad y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen. 5.- Valor unitario en número e importe total en número o letra. TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA En noviembre pasado, la COPARMEX y el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, firmaron un Convenio de Colaboración Académica, mediante el cual se pretenden desarrollar 4
5 acciones conjuntas en los siguientes ámbitos: I. Difusión: a) Organizar y celebrar en forma conjunta foros, coloquios, conferencias, congresos nacionales e internacionales, sobre los temas que consideren pertinentes y dentro del ámbito de sus respectivas competencias legales. b) Elaborar de forma individual o en conjunto, material informativo sobre temas relativos a los servicios que prestan en el ámbito de sus respectivas competencias legales. c) Facilitar la difusión de materiales de consulta de cada una de LAS PARTES en los foros, coloquios, conferencias, congresos y, en general, en los eventos que organicen en sus instalaciones, cuando así lo acuerden en los Convenios específicos de colaboración respectivos. d) Invitar a profesores, investigadores y personas de reconocida experiencia profesional, a que participen en los proyectos académicos conjuntos. e) Propiciar la vinculación y colaboración entre los organismos nacionales e internacionales de los que formen parte, relacionados con la materia tributaria y administrativa. f) Llevar a cabo la promoción y difusión de las actividades, programas y productos que se desarrollen en los términos de este Convenio y de los Convenios específicos de colaboración. II. Investigación: a) Intercambiar información que posean como resultado de trabajos de investigación en las materias y temas en el ámbito de competencia legal de LAS PARTES. b) Colaborar en la investigación, edición, impresión, publicación y difusión de documentos de análisis, libros, artículos y revistas, que se desarrollen en conjunto o en lo individual, sobre los temas afines que sean de su interés. c) Facilitar la publicación de las investigaciones de LAS PARTES, relativas a temas en el ámbito de su competencia legal, y 5
6 sus beneficios como solución a diversos problemas locales, regionales o nacionales, en sus diversos medios de difusión físicos o electrónicos. d) En el caso de que alguna de LAS PARTES cuente con un órgano de difusión impreso o virtual, la otra parte podrá colaborar con el suministro de información y contenidos. Por tanto, se invita a todos los socios interesados, así como a los Centros Empresariales, a participar activamente en las actividades descritas, a fin de aprovechar integralmente este esquema de colaboración. III. Capacitación: a) Impartir a través de sus integrantes, funcionarios y servidores públicos, respectivamente, cursos, talleres y conferencias a los integrantes, funcionarios y servidores públicos, respectivamente, de cada una de LAS PARTES en materia de justicia fiscal y administrativa. b) Permitir la participación de sus integrantes, funcionarios y servidores públicos, respectivamente, en los seminarios, talleres, diplomados, maestrías y cursos de actualización que organice cada una de LAS PARTES, a través de medios presenciales o a distancia mediante transmisión simultánea o diferida, en la medida en que su normatividad o política interna y/o infraestructura tecnológica lo permita. 6
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