LICITACIÓN ABREVIADA Nº 15/09

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1 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA FACULTAD DE INGENIERÍA SECCIÓN COMPRAS-SUMINISTROS LICITACIÓN ABREVIADA Nº 15/09 SE LLAMA A LICITACIÓN PARA_ Modificación, ampliación y nueva acometida de la Instalación de Gas Combustible de la Facultad de Ingeniería. PLIEGO DE CONDICIONES_ Podrá ser adquirido en Sección Compras-Suministros de la Facultad de Ingeniería, Av. Julio Herrera y Reissig 565, p. baja, ala norte, sector bandejas, de lunes a viernes de 8 a 13 hs. (previo pago en Tesorería-Planta Baja-Cuerpo Central de 9 a 12 hs). Puede ser consultado en Y en VISITA A LA ZONA DE OBRA: Será de carácter obligatoria. Tendrá lugar el día Viernes 17 de Julio de 2009, hora 13:00, partiendo del Dpto. de Plan de Obras. APERTURA: Se realizará el día Miércoles 12 de Agosto de 2009, hora 10:00, en Sección Compras-Suministros, p. baja, ala norte, sector bandejas. VALIDEZ DE LA OFERTA: Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de oferta por un plazo de 60 días calendarios a partir de la fecha de apertura. PRECIO DEL PLIEGO: $ 500,00 Montevideo, 14 de Julio de 2009.

2 Facultad de Ingeniería Sección Compras-Suministros Julio Herrera y Reissig 565, Montevideo Tel-Fax: y LICITACIÓN ABREVIADA 15/09 MODIFICACIÓN, AMPLIACIÓN Y NUEVA ACOMETIDA DE LA INSTALACIÓN DE GAS COMBUSTIBLE DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES 14 de julio de 2009 Generalidades El presente pliego se refiere y complementa los siguientes recaudos: -Planos numerados del AS01 a AS07 de fecha Junio 2009 _ -Condiciones particulares _ -Memoria Descriptiva Deberán consultarse la totalidad de los planos existentes en la Facultad de Ingeniería referidos al sector a efectos de interiorizarse de la ubicación en de las obras que se licitan en la totalidad del trabajo planificado. Introducción Detalle de los trabajos (válidos para todos los trabajos que se licitan) a) Descripción Las obras a cotizar y ejecutar consisten en la modificación, ampliación y nueva acometida de la instalación de gas combustible. Las pautas generadoras de la solución técnica adoptada, para las instalaciones de gas, establecen la reutilización de una parte de las instalaciones existentes. La reutilización de esas instalaciones, y de cada uno de sus componentes, por lo tanto, queda sujeta a la comprobación en obra de su buen estado de conservación, funcionamiento y acuerdo a las reglamentaciones vigentes, las que se deberán realizar en todos los casos por la empresa instaladora. De acuerdo con el resultado de esta comprobación, la Dirección de Obra confirmará las que serán reutilizadas y cuales serán las reparaciones o sustituciones que eventualmente deban realizarse. En lo que se refiere a las instalaciones existentes, el proyecto debe entenderse como un modelo orientador para las decisiones que deberán tomarse en el transcurso de las obras, además de servir como base para su presupuestación con el objeto de su contratación. Estas obras se realizarán sin interrupción en el funcionamiento del edificio, y por ende de las instalaciones, por lo que se deberán tomar las previsiones a tal fin, incluyendo instalaciones provisorias que fueran necesarias.

3 Para el cálculo del presupuesto de estas obras se considerará la instalación indicada en los recaudos gráficos. Se presupuestarán las instalaciones generales y cada sector de servicios por separado, de modo que se pueda contratar las obras en forma parcial. Se deberá incluir en el presupuesto la confección del proyecto ejecutivo de las obras a realizar en un todo de acuerdo con las disposiciones reglamentarias vigentes y todas las obras resultantes para la adaptación de las instalaciones existente a dichas reglamentaciones. Se deberá incluir en el presupuesto las reparaciones de pavimentos interiores y exteriores, revoques, revestimientos, pinturas y todo elemento afectado por las obras. b) Medidas Las medidas se rectificaran en obra. Priman las de elementos similares existentes en obra por sobre las indicadas en planos. c) Consultas Podrán solicitarse aclaraciones o consultas específicas mediante comunicación escrita dirigida al Plan de Obras, al Arq. Gustavo Scheps, o a los Bach. Arq. Gustavo Barlocco o Marcia Cabrera, tel , , int. 137, fax o pobras@fing.edu.uy hasta 3 (tres) días, antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas. Vencido dicho término la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios. Las consultas serán contestadas en el plazo máximo de 48 horas a partir de su presentación. La Administración comunicará la aclaración solicitada, así como cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a través de alguno de los medios establecidos, a todos los interesados que hayan adquirido el Pliego Particular. La Administración, podrá, antes de los dos días del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar el pliego, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta u observación formulada por un eventual participante en el llamado. Cuando la modificación sea de carácter sustancial y pueda ampliar el número de interesados, deberá ser difundida a través de los mismos medios utilizados en el llamado original. La Administración podrá prorrogar la fecha de apertura de la licitación, a fin de dar a los posibles oferentes tiempo adicional para la preparación de sus ofertas. d) Etapa que se licita Se proyecta construir una etapa dentro de un trabajo más amplio, lo que implica que deban consultarse la totalidad de los recaudos donde puede aparecer información complementaria referido al total de la ejecución o de las previsiones que deban tomarse para su ulterior continuación así como para lograr perfecta continuidad con las anteriores. Este material se encuentra a disposición en el Plan de Obras de la Facultad de Ingeniería. El contratista deberá tener en cuenta la continuación de los trabajos. De este modo, deberán ser previstas las soluciones para proseguir con los mismos. El Contratista deberá anticipar e incluir en su cotización los elementos que sean necesarios para el futuro desarrollo de la construcción, advirtiendo a la Dirección de las Obras de situaciones imprevistas que pudieran interferir con la continuación de la obra. Todos los trabajos de replanteo, nivelación y posicionado de elementos, deberá ser efectuada teniendo en cuenta la globalidad del proyecto, verificándose en todos los casos luces y alturas libres, etc. Se deberá advertir a la Dirección de la Obra cualquier anormalidad o discrepancia con respecto a los recaudos que pudiera detectarse.

4 La Facultad de Ingeniería ha encarado la realización de la obra en etapas. El comitente se reserva el derecho de adjudicar la o las etapas de trabajo que le resulten convenientes, o incluso eliminar parte de un rubro, contratando el total o parte de la obra licitada. No se iniciará ningún trabajo sin la previa aprobación del replanteo por parte del Arquitecto Director de Obra y de los responsables de la Facultad de Ingeniería. No se realizará ninguna modificación sobre lo proyectado sin la previa aprobación del Arquitecto Director de Obra y de los responsables de la Facultad de Ingeniería. No se realizará ninguna modificación sobre lo proyectado sin la previa presentación y aprobación de su costo (incluyendo eventuales incrementos) por parte del Arquitecto Director de Obra y de los responsables de la Facultad de Ingeniería. Es obligatoria la visita al lugar del proponente, no pudiéndose alegar desconocimiento de la situación a los efectos de imprevistos de obra. Cada subcontratista deberá tomar las precauciones necesarias (protecciones ante presencia de polvo, etc., uso de equipos apropiados, etc.) a fin de evitar daños a los sectores existentes y habilitados, tanto en lo que se refiere a aspectos edilicios como equipos en funcionamiento en el lugar. Los imprevistos que ocurrieran derivados de este aspecto serán de cuenta del Subcontratista, con cargo a los pagos finales. Asimismo, el Subcontratista deberá incluir en su propuesta la limpieza periódica de obra de circulación, aunque no esté indicada en el rubrado modelo que se adjunta. e) Naturaleza de los trabajos que se licitan Las obras a cotizar y ejecutar consisten en la modificación, ampliación y nueva acometida de la instalación de gas combustible. NOTA IMPORTANTE: Todos los rubros son con colocación. No se aceptarán reclamos por adicionales de ningún tipo salvo imprevistos de obra o cambios derivados de instrucciones asentadas por escrito por la Dirección de la Obra. No se realizará ningún trabajo adicional sin previa aprobación de un prepuesto; no se pagará por concepto de ninguna obra que represente un eventual adicional cuyo precio no haya sido previamente aceptado por la Dirección de la Obra. Cualquier trabajo que no estando mencionado en la memoria o planos y que deba realizarse de acuerdo a las normas de la buena construcción deberá ser incorporada a su presupuesto por parte del proponente. Todos los costos derivados de la obra que no estén expresamente incluidos en el presupuesto serán de cuenta del proponente. El Proponente proporcionará el agua corriente y electricidad consumidos durante la obra. Asimismo, el Contratista deberá incluir en su propuesta la limpieza de obra de circulación, aunque no esté indicada en el rubrado modelo que se adjunta. Cada subrubro deberá ser considerado independientemente, previéndose la inclusión de los eventuales imprevistos que pudieran surgir y no hubieran sido incorporados en esta memoria o recaudos. El proponente, por el hecho de participar en la licitación, aceptará TODAS las condiciones en la misma expresada.

5 CONDICIONES GENERALES Art. 1. DISPOSICIONES QUE RIGEN ESTA LICITACIÓN Por los siguientes documentos: 1.1 El pliego de Condiciones Particulares. 1.2 El pliego de Condiciones Generales en todo lo que no sea modificado por el Pliego de Condiciones Particulares. 1.3 Las respuestas a las eventuales aclaraciones que soliciten los proponentes. 1.4 Las leyes, decretos y resoluciones del Poder Ejecutivo vigentes a la apertura de la Licitación. Art. 2. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS PROPONENTES Deben cumplir con los siguientes requisitos: 2.1 Estar instalados en el país. 2.2 Los establecidos en las Condiciones generales Art. 3. DOCUMENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Serán los siguientes: 3.1 Nota o fórmula de presentación de acuerdo a lo establecido en el ART Informe de la empresa de acuerdo a lo establecido en el ART Recibo de adquisición de los recaudos correspondientes al llamado 3.4 Certificados notariales: Constitución de la empresa. Acreditación del firmante de la oferta. Representación del funcionario en el acto de apertura. 3.5 Formulario de inscripción en la Tabla de Beneficiarios del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) 3.6 Certificado del Banco de Previsión Social. 3.7 Certificado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. 3.8 Certificado de la calidad del producto o servicio, cuando corresponda. 3.9 Certificado del MIEM Presentación obligatoria de Constancia de Visita de Obra, expedida por el Depto. de Plan de Obras. Art. 4. CERTIFICADO EMITIDO POR EL PATRONATO NACIONAL DE ENCARCELADOS Y LIBERADOS. La empresa contratante deberá cumplir con el artículo 14 de la Ley [Libertad Provisional y Anticipada D.O ], en forma obligatoria, incluyendo en sus planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5% del personal afectado a tareas de peón o similares a personas liberadas y registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. Si el adjudicatario no ha dado cumplimiento a lo dispuesto precedentemente, podrá dejarse sin efecto la adjudicación.

6 Art. 5. ANTECEDENTES DE LA EMPRESA Presentará con su propuesta un informe que contenga: 4.1 Nombre, domicilio y nacionalidad de la empresa. 4.2 Nómina de contratos cumplidos. Art. 6. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las mismas se presentarán personalmente, en papel membretado con tres (3) copias simples (fotocopias del original), en sobre cerrado, debidamente rubricado, en la Sección Compras-Suministros, entrepisos metálicos del Cuerpo Norte de la Facultad de Ingeniería sita en la Avda. Julio Herrera y Reissig 565, de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 hs. Las mismas se presentarán con la nómina de renglones ofertados con indicación del precio de dicho renglón expresados en unidades y total sin I.V.A. incluido. (Mencionarlo al final del total del importe). En caso de presentar más de una oferta, deberá entregarse la documentación en forma independiente para cada una de ellas, estableciendo para cada caso el número de ofertas en todos los documentos, adjunto a las especificaciones técnicas y precios. Las variantes pueden ser presentadas dentro de la misma oferta. Todas la propuestas se formularán en idioma español, incluirán el modelo de rubrado obligatorio y tendrán el siguiente formato: LICITACIÓN ABREVIADA Nº... Nombre del Proponente... Número de la oferta (en caso de presentar más de una)... Dirigido al Sr. Decano de la Facultad de Ingeniería (Ing. Ismael Piedra-Cueva) diciendo XXX, quien firma al pie, domiciliado a los efectos legales en la calle... Nº... de la ciudad de..., se compromete a proveer de acuerdo a los pliegos que rigen ésta licitación, que declaro conocer y aceptar en todas sus claúsulas, el suministro de... (un resumen de lo ofertado con el importe final, impuestos incluidos) con destino a la Facultad de Ingeniería. El material ofrecido será entregado... (indicar plazo estimado). Esta oferta y precios se mantendrán por un plazo de... días calendario a partir del siguiente día hábil a la fecha de la apertura de esta Licitación. Asimismo la Empresa... se compromete en caso de litigio a someterse a las leyes y tribunales de la República Oriental del Uruguay con exclusión de todo otro recurso. Montevideo,... de Firmado:... Si la oferta fuera acompañada de folletos, catálogos, etc. en idioma extranjero, la Administración se reserva el derecho de exigir en cualquier momento su traducción al español. Los oferentes deberán presentar sus propuestas de acuerdo con lo establecido y en las condiciones y forma que se establezcan en este Pliego Particular, pudiendo

7 agregar cualquier otra información complementaria, pero sin omitir ninguna de las exigencias esenciales requeridas. Art. 7. CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán los siguientes, los que deberán indicarse en cada caso, y según corresponda: 1. Calidad (presentación de certificados de organismos públicos, públicos no estatales y/o privados). 2. Precio 3. Respaldo técnico 4. Rendimiento económico (costo de los insumos y de funcionamiento) 5. Plazo de entrega 6. Plazo y condiciones de la garantía 7. Antecedentes de la empresa, con el organismo contratante, la Administración y en plaza. La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas. En situaciones de duda, la Administración podrá solicitar datos complementarios, quedando su costo a cargo del oferente. La Administración podrá efectuar, directamente o a través de entidades especializadas, los controles de calidad de los productos, servicios y obras públicas ofertados o contratados. Regirán todas las normas UNIT que sean aplicables y las que correspondan según la clase y categorías de las obras, publicadas hasta la fecha de la apertura de las ofertas. Art. 8. ESPECIFICACIONES DE PRECIOS Se deberá cotizar precio de plaza en moneda nacional. Todos los tributos que legalmente corresponden al contratista por el cumplimiento del contrato se considerarán incluidos en los precios cotizados. El oferente, cuando corresponda, desglosará el importe de los impuestos vigentes del precio global de la oferta. Cuando el oferente no deje constancia expresa al respecto, se considerará dichos impuestos incluidos en el monto de la oferta. Art. 9. MODALIDAD DE PAGO Los trabajos serán pagos a crédito 30 días mes de compra, sin embargo, puede darse la posibilidad que la Facultad pueda pagar al contado 8 días. Para esa eventualidad indicar el precio contado, presentado de forma análoga a la oferta crédito 30 días. La Facultad de Ingeniería se reserva el derecho de realizar pagos anticipados según avance de las obras sin que implique una obligación de pagar con anterioridad dependiendo de que la obra esté terminada y recibida a juicio de la dirección de obras y de la Facultad de Ingeniería. La UDELAR, es agente de retención del 60% del IVA de acuerdo a la normativa vigente: Decretos n s: 319/006 de 11 de setiembre de 2006, 5 28/03 de 23 de diciembre de 2003, 22/004 de 22 de enero de 2004, 315/006, de 11 de setiembre de 2006.

8 Resoluciones de DGI n s: 1178/06 de 21 de setiembre de 2006, 1196/006 de 26 de setiembre de 2006, 135/2003 de 21 de febrero de 2003, 134/2004 de 31 de marzo de 2004 y 214/2005 de 6 de abril de Art. 10. DE LA ADJUDICACIÓN Sólo se tendrán en cuenta las propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en los Pliegos. Asimismo se efectuará control de CALIDAD Y CANTIDAD respectivamente, de acuerdo con las normas específicas correspondientes. Cuando un bien o servicio se encuentre normalizado, la referencia a la norma correspondiente, incluida en el Pliego Particular, hará obligatorio el cumplimiento de la misma por parte de los oferentes y su control de calidad se efectuará en la forma prevista en ella y en dicho pliego. Toda información proporcionada en la propuesta tendrá carácter de compromiso, es decir, que si se verifica que el material no corresponde estrictamente en los aspectos fundamentales a lo establecido en la propuesta de la Facultad, podrá rechazarlos, sin que por ello pueda dar lugar a reclamaciones de ninguna clase por parte del proponente. A su vez, se podrán pedir aclaraciones o información adicional, sobre sus ofertas, pero éstas en ningún caso podrán ser modificadas. La Facultad de Ingeniería se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente los ítems, de acuerdo a la disponibilidad financiera y a la conveniencia del desarrollo de los trabajos. Art. 11. VALIDEZ DE LA OFERTA Las ofertas y los precios serán válidas y obligarán al oferente por el término de 60 días, a contar desde la fecha de apertura de las mismas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y la falta de pronunciamiento de esta última en el término de diez días hábiles perentorios. No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; caso contrario la Administración, podrá desestimar la oferta presentada. Art. 12. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Todo oferente deberá antes de presentar su propuesta, constituir garantía de mantenimiento de la misma mediante depósito en efectivo o en valores públicos a nombre del oferente y orden de la Administración, fianza o aval bancario, póliza de seguro de fianza, u otras formas de garantía equivalentes que sean aceptadas o establecidas por la Administración. El monto de la garantía se fijará en un 1% (uno por ciento) sobre el valor total de la oferta (siempre que la oferta supere el monto establecido en el Art. 55 del TOCAF correspondiente a la fecha: $ ) Si pasado en el plazo establecido en el ART.10. todavía no se hubiera producido la adjudicación respectiva, el oferente sólo podrá reclamar el retiro de esta garantía

9 estableciendo por escrito que deja sin efecto su oferta, y que reconoce expresamente carecer de derecho legítimo alguno con referencia a esta Licitación. Art. 13. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Si correspondiere, dentro de los 10 (diez) días siguientes a la notificación de la adjudicación de la contratación o su ampliación, el/los adjudicatario/s, constituirá/n garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) de la contratación (art. 55 del T.O.C.A.F correspondiente a la fecha: $ ). La constitución de esta garantía de fiel cumplimiento se regirá en lo que fuera aplicable por lo dispuesto en el numeral anterior. Si el adjudicatario no efectuare el depósito de garantía dentro del plazo establecido precedentemente, se aplicará una multa del 1/1000 (uno por mil) sobre el monto total por cada día calendario de atraso. Dicha multa deberá abonarse conjuntamente al constituirse la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Si transcurridos 10 días desde el último otorgado para constituirse la garantía, el adjudicatario no ha dado cumplimiento a lo dispuesto precedentemente, se podrá dejar sin efecto la adjudicación efectuada y retener el depósito correspondiente. Art. 14. INTERÉS DE MORA Respecto al plazo de que dispondrá la Administración para efectuar el pago, y al interés de mora que se pagará en el caso de que no se cumpla el mismo, previstos en el artículo 49 del Pliego de Condiciones Generales para Suministros y Servicios no Personales de la Universidad de la República, se establecen las siguientes condiciones: En el caso de que venciera el plazo establecido sin que se libre el pago, el oferente tendrá derecho al cobro de un interés simple de mora mensual, el máximo establecido por la DGI, desde la fecha de vencimiento del plazo hasta que se libere el pago. No se computará la mora cuando el pago no pueda realizarse por hechos imputable al adjudicatario (falta de presentación de certificados, falta de cumplimiento de los plazos, no terminación de las obras, no realización de los trabajos solicitados por la dirección de obra, etc.) El atraso en el pago de la mora no generará nuevos intereses ni ajustes. Art. 15. APLICACIÓN DE LA PARAMÉTRICA De adjudicarse la licitación en fecha posterior al vencimiento del mantenimiento de oferta, el ajuste del precio se regirá por la siguiente fórmula paramétrica: C = Co ( 0,5 I + 0,5 S ) Io So

10 siendo: C = Precio a liquidar en la Orden de Pago. Co = Precio cotizado por el proveedor en su propuesta. I = Índice General de los Precios al consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al mes anterior al de la fecha de la factura. Io = Índice general de los Precios al consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística correspondiente al mes anterior a la fecha de vencimiento del plazo del mantenimiento de oferta. S = Índice Medio de Salarios establecido por el Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al mes anterior al de la fecha de la factura. So = Índice Medio de Salarios establecido por el Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al mes anterior a la fecha de vencimiento del plazo del mantenimiento de oferta. Art. 16. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA a) Conocer y respetar todos los aspectos del Diseño contenidos en planos y recaudos. Las modificaciones que se deseen introducir o que resultaren de la marcha de los trabajos deberán ser consultadas y aprobadas por la Dirección de Obra de la Facultad de Ingeniería con anterioridad a su ejecución (toda oferta opcional o condicional complementaria que quiera realizar o solicitar, se hará en ítem separado, aparte de los puntos explícitamente solicitados, para la mejor y clara consideración de la Comisión de Adjudicación). Deberá advertir de cualquier dificultad que pudiera detectar de las características detalladas en dichos recaudos. Todas las medidas se ratificarán en obra. b) Suministrar todos los materiales necesarios para el trabajo. c) Realizar todos los trabajos necesarios para la preparación y colocación de los elementos, tanto sea en taller como en obra. Incluye todos los movimientos de materiales y equipos en obra, así como otras protecciones mencionadas en el presente pliego. d) Efectuar todos los ajustes que correspondan para entregar el trabajo terminado. La obra deberá ser aprobada por la Dirección de la Obra para considerarse terminada. Art. 17. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL

11 La o las empresas adjudicatarias, estarán obligadas a garantizar a sus trabajadores los salarios, horas de trabajo y demás condiciones de empleo, de las leyes, laudos y/o convenios colectivos vigentes para dicha rama de actividad; cumplir con las normas de seguridad e higiene correspondientes, así como realizar los aportes y contribuciones de seguridad social al BPS. Asimismo la Administración se reserva el derecho a exigir a la o las empresas la presentación de la documentación que acredite el cumplimiento de lo expuesto anteriormente así como los recaudos que prueben que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y contribuciones de seguridad social, como condición previa al pago de los servicios prestados. La o las empresas deberán comunicar a la Administración los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio (Decreto 475/05) La Administración podrá ejercer la potestad de retener de los pagos debidos en virtud del contrato, la suma correspondiente a los salarios, que la empresa adjudicataria adeude a sus trabajadores. Art. 18. PLAZO DE LOS TRABAJOS a) Lo propondrá el Contratista, considerándose la rapidez de ejecución como un elemento esencial a efectos de decidir la adjudicación de los trabajos. Este plazo en ningún caso debería superar los 60 días calendario. b) El Contratista elaborará en acuerdo con la Dirección de Obras de Facultad de Ingeniería un planning preciso del proceso de Obras previo al inicio de las mismas. c) Por cada día de atraso en la entrega de los trabajos de acuerdo al planning aprobado por la Dirección de Obras de la Facultad de Ingeniería, el Contratista tendrá una multa, durante la primer semana de 12 U.R. y luego 10 U.R. diarias a descontar de las cuotas de garantía y de los montos a pagar, salvo resolución expresa de la Facultad asesorada por la Dirección de Obras de la Facultad de Ingeniería. (rige esto por sobre lo dicho en el ítem 6 de las Condiciones Generales) La Facultad de Ingeniería podría encarar la compra directa del material, por lo que en cada caso el Contratista indicará, obligatoriamente, el origen, calidad y monto del mismo. Art. 19. GENERALIDADES Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO El Contratista será responsable de todos los deterioros, roturas y mal funcionamiento que puedan producirse como consecuencia de las obras y la Dirección de Obras de la Facultad de Ingeniería sólo dará por terminadas las mismas con el fin de autorizar el pago final cuando sean entregadas terminadas y con todos sus elementos en perfecto funcionamiento y en condiciones de uso normales, habiendo sido aceptadas por la Dirección de Obras de la Facultad de Ingeniería o sus representantes, por escrito. Los deterioros, etc. serán descontados eventualmente de los montos a pagar o del fondo de garantía. La orden de servicio será el medio por el cual la Dirección de Obra instruye, dispone, controla y pone en conocimiento del contratista órdenes, instrucciones técnicas, administrativas, de servicio, así como noticias o informaciones de carácter general

12 sobre la ejecución de las obras. Se identificarán con un número correlativo y serán agregadas al expediente de licitación. Estas serán fehacientemente notificadas al contratista. En la ejecución de las obras, el contratista se atendrá a lo que resulte de las piezas del proyecto y de las órdenes de servicio que expida el Director de la Obra, o quien lo represente. Cuando el contratista se crea injustamente perjudicado por las prescripciones de una orden de servicio, deberá no obstante ejecutarla, sin perjuicio de ejercer su derecho de presentar los recursos legales. Esta obligación cesa cuando las prescripciones de la orden de servicio dispongan modificaciones sustanciales en la obra. Cuando existan actos u omisiones de la Administración, de un tercero, o hechos susceptibles de causar perjuicios al contratista, éste deberá comunicarlo al organismo contratante dentro del plazo de 10 (diez) días, contados desde el momento en que conoció la situación o debió haber conocido con una diligencia media a fin de preservar su derecho a reclamar, so pena de tenerlo por renunciado de su derecho de petición. Si el perjuicio proviniera de una orden verbal de un funcionario del organismo contratante, el contratista deberá exigir que la orden le sea dada con las formalidades de las órdenes de servicio. Los contratistas quedan obligados a dar cumplimiento a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia laboral, siendo de su cargo los aportes a los organismos de Seguridad Social de así corresponder. Los contratistas deberán incluir en sus relaciones convencionales con los respectivos subcontratistas, la obligación de éstos de cumplir con todas las disposiciones vigentes del derecho laboral. La empresa contratante deberá cumplir con el artículo 14 de la Ley [Libertad Provisional y Anticipada D.O ], en forma obligatoria, incluyendo en sus planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5% del personal afectado a tareas de peón o similares a personas liberadas y registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados. La dirección de la obra podrá exigir al contratista los comprobantes necesarios para verificar las fechas en que hayan sido pagados los salarios de los obreros ocupados en las obras a su cargo, y para verificar el planillado de trabajadores. El contratista no podrá recusar a los ingenieros o arquitectos y demás funcionarios encargados de la inspección, vigilancia o tasación de la obra, ni exigir que se designen otros para reemplazarlos. Cuando se considere injustamente perjudicado por los procedimientos empleados o por la actuación de ellos, presentará su petición formal ante el organismo contratante, sin que ello le otorgue el derecho a la interrupción de los trabajos. Por falta de respeto u obediencia al personal encargado de la dirección o vigilancia de las obras, por ineptitud o cualquier falta que perturbe o comprometa la ejecución de los trabajos, el contratista, a requerimiento de la Administración, deberá retirar de las obras a esos dependientes u operarios, dentro de las 24 (veinticuatro) horas de notificada la resolución. El Director de Obra podrá disponer que el contratista proceda a demoler o a reconstruir las obras durante su ejecución y hasta su recepción definitiva, cuando advierta vicios de construcción. El contratista no podrá excusarse ni ampararse en derecho alguno, por la circunstancia que el Director de Obra o sus subordinados, las hubieran inspeccionado anteriormente sin observaciones. Ello, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir los empleados encargados de la vigilancia.

13 La Administración podrá ejecutar las obras o disponer su ejecución por un tercero, por cuenta del contratista, cuando éste se negase a efectuar las demoliciones y reconstrucciones solicitadas por la Dirección de Obra. Si el Director de Obra encontrase fundadas apariencias de la existencia en la obra ejecutada de vicios de construcción ocultos, ordenará en cualquier tiempo antes de la recepción definitiva, las demoliciones y nuevas inspecciones que sean necesarias para verificar la existencia y naturaleza de esos vicios. Si existieran vicios, los gastos de inspección, demolición y reconstrucción que se ocasionen como consecuencia de la verificación, serán soportados por el contratista; en caso contrario, serán de cuenta de la Administración. El contratista es responsable en los términos del articulo 1844 del Código Civil, por los vicios de construcción de cualquier naturaleza que aparezcan con posterioridad a la recepción definitiva de las obras. Si se encontrasen las obras en buen estado y con arreglo a las condiciones del contrato, la dirección de la obra propondrá su recepción. La recepción de las obras puede ser parcial, provisoria o definitiva. Las recepciones se instrumentarán en un acta, en presencia del contratista o su representante técnico, la dirección de la obra y los técnicos que la Administración considere necesarios. Las recepciones de las obras sólo tendrán validez una vez que sean declaradas por recibidas por el organismo público contratante. Recepción Provisoria: en el acta se hará constar la inspección, verificación, el estado de las obras y las instrucciones y plazo dados al contratista para subsanar los defectos observados. A la expiración de este plazo o antes, si el contratista lo pidiera, se efectuará la Recepción Definitiva, en la que se practicará una nueva verificación y si de ella resultare que el contratista no ha cumplido las directivas recibidas, la Administración podrá declarar rescindido el contrato con pérdida de las garantías constituidas y cobro de los daños y perjuicios. El plazo acordado por la dirección de la obra para efectuar las reparaciones, no exime al contratista de las responsabilidades y multas en que pueda incurrir por no haber terminado la obra según las condiciones y plazos pactados en el contrato. La obra pública se recibe de manera provisoria según el plazo de garantía y conservación establecido en el Pliego de Especificaciones Particulares. Durante ese plazo de garantía y conservación, el contratista deberá subsanar o corregir ligeras deficiencias y completar los detalles señalados en el acta. Los costos de la conservación de las obras durante el período comprendido entre las recepciones provisoria y definitiva, serán soportados por el contratista. Terminado el plazo de garantía, se labrará el acta de recepción definitiva de las obras. Finalizados los trabajos, el contratista deberá retirar del emplazamiento todos los materiales sobrantes, equipos de construcción y obras temporales que estén en el mismo, salvo los que deban ser destinados a la conservación. Verificada la recepción definitiva, se hará la liquidación final de las obras y trabajos con arreglo a las condiciones del contrato y órdenes de servicio recibidas por el contratista y se retirarán los equipos. Aprobada dicha liquidación y realizada la declaración de la recepción definitiva de las obras por la Administración, ésta devolverá las garantías constituidas al contratista con la deducción de las multas en que hubiera incurrido y siempre que contra él no exista reclamación de especia alguna por concepto de daños y perjuicios producidos a consecuencia de las obras y que sean de su cuenta.

14 Art. 20. APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISITA DE OBRA La visita obligatoria a obra será realizada el día 17 de julio de 2009, a la hora 13:00, partiendo desde las oficinas del Dpto. de Plan de Obras. Las ofertas serán abiertas en acto público el día 12 de agosto de 2009, a la hora 10:00 en Sección Compras-Suministros de la Facultad de Ingeniería.

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