Lineamientos para realizar el Pago de Nómina a los Trabajadores de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

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1 Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

2 Página: 2 de 113 ÍNDICE Pág. 1 Objetivo General Marco Normativo General Ámbito de Aplicación Definiciones 3 5 Disposiciones Generales Procesos Proceso de Nómina Emisión de CLC y previsión de recursos para el pago de nómina Control de asistencia Afiliación, baja y modificación salarial del trabajador en el ISSSTE Efectuar descuentos al trabajador por crédito hipotecario otorgado por el FOVISSSTE Efectuar descuentos al trabajador por préstamo a corto plazo otorgado por el ISSSTE Modificar los datos del trabajador en el ISSSTE por incremento de sueldo general Cálculo anual de ISR y emisión de constancias Elaborar el informe comparativo presupuestal Anexos Transitorios Emisores

3 Página: 3 de Objetivo General Definir los lineamientos para realizar el pago de la nómina de los trabajadores de la CDI. 2. Marco Normativo General Ley de la Ley de Ingresos de la Federación Ley de Instituciones de Crédito Ley del Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental Ley Federal del Trabajo Presupuesto de Egresos de la Federación Estatuto Orgánico de la Contrato Colectivo de Trabajo de la Código Fiscal de la Federación y su Reglamento Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Acuerdo que tiene por objeto establecer los términos para la promoción de las acciones conducentes para la implementación del pago electrónico de servicios personales en la Administración Pública Federal Resolución Miscelánea Fiscal Acuerdo por el que se emite el Manual General de Organización de la de los Pueblos Indígenas Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos emitido por la Secretaría de la Función Pública 3. Ámbito de Aplicación Los presentes Lineamientos son aplicables a los trabajadores contratados bajo el régimen de base, confianza y eventual en la. 4. Definiciones Alta del trabajador Archivo electrónico Archivo Excel Es el registro de los datos del trabajador, que mantiene una relación contractual con la CDI. Un archivo electrónico es toda información almacenada en un formato que solamente una computadora u otro equipo electrónico puede procesar. Es un tipo de archivo que se obtiene a partir de la aplicación denominada Excel para manejar hojas de cálculo, utilizado normalmente en tareas matemáticas y financieras.

4 Página: 4 de 113 Archivo PDF Archivo TXT Área usuaria Baja del trabajador CCDI CCT CDI CGAF CLABE CLC Déficit Delegaciones DIM DGAJ DPP DRHO DSGMBI Formato ASCII FOVISSSTE Funcionario facultado Gestor ante el ISSSTE Portable Document Format (Formato de Documento Portable), Formato para almacenar documentos. Un archivo de texto simple, texto plano o texto sencillo, es un archivo informático compuesto únicamente por texto sin formato, sólo caracteres. Para efectos de este procedimiento son las áreas que operan movimientos para su impacto en la nómina de los trabajadores de la CDI: Áreas Administrativas en Delegaciones Estatales. Áreas de la Subdirección de Planeación y Organización de Recursos Humanos. Áreas de la Subdirección de Prestaciones y Relaciones Laborales. Áreas de la Subdirección de Operación y Control del Pago. Áreas de la Subdirección del Servicio Profesional de Carrera. Es el registro de los datos del trabajador, que ha concluido su relación contractual con la CDI. Centro Coordinador para el Desarrollo Indígena. Contrato Colectivo de Trabajo.. Coordinación General de Administración y Finanzas. Es la forma abreviada de referirse a la Clave Bancaria Estandarizada. Es un número único e irrepetible asignado a cada cuenta bancaria que garantiza que los recursos enviados por pago de nómina o a las transferencias electrónicas de fondos interbancarios (entre bancos) se apliquen exclusivamente a la cuenta señalada como destino. Cuenta por Liquidar Certificada. Es el resultado entre el monto de los gastos realizados en un determinado periodo, normalmente un año, que superan a los ingresos. Son las Unidades Administrativas representantes de la Comisión Nacional para el Desarrollo en las Entidades Federativas. Declaración Informativa Múltiple. Dirección General de Asuntos Jurídicos. Dirección de Programación y Presupuesto. Dirección de Recursos Humanos y Organización. Dirección de Servicios Generales, Bienes Muebles e Inmuebles. El código ASCII (The American Standard Code for Information Interchange o Código estándar Estadounidense para el Intercambio de Información) es un formato de almacenamiento general que guarda los datos mediante texto simple. El Fondo de la Vivienda es el Órgano Desconcentrado del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), cuyo objetivo es el de establecer y operar el sistema de Financiamiento para el Otorgamiento de los Préstamos Hipotecarios a los Trabajadores Derechohabientes del ISSSTE. Servidor Público designado, como representante de la CDI ante el ISSSTE, para firmar los Avisos de Alta, Baja y Modificación del sueldo del trabajador. Servidor público designado como encargado de gestionar ante el ISSSTE la entrega de los avisos de Alta, Baja, Modificación de Sueldo de los trabajadores, y oficios relacionados con dicho Instituto.

5 Página: 5 de 113 Incremento de sueldo General ISR ISSSTE Kardex Layout LFT Modificación de Sueldo PCCT PCP Portal Presupuesto Ejercido Anual Proyectado Presupuesto Regularizable de Servicios Personales Proceso de Nómina Proyección de las Cifras RA Respaldar Retenciones RMF Ruta SARG SAT Servidor Público Incremento de sueldo otorgado de forma colectiva. Impuesto Sobre la Renta, impuesto que se causa por los ingresos en efectivo, en bienes o en servicios, percibido por las personas físicas. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Hoja de cálculo donde se registra y controlan las justificaciones por: Licencia Médica, Vacaciones, Días Económicos, Días de Puntualidad, Días por Quinquenio y Notas de Impuntualidad por Retardos. En el ámbito de la Informática se utiliza para referirse al orden consecutivo de datos organizados. Ley Federal del Trabajo. Incremento o decremento en las percepciones del trabajador. Prestaciones del Contrato Colectivo de Trabajo, son los beneficios adicionales a la percepción ordinaria que recibe el personal de la CDI, que se revisan cada dos años. Préstamo a Corto Plazo otorgado por el ISSSTE. Es un sitio en la internet cuya característica fundamental es la de servir de puerta de entrada (única) para ofrecer de forma fácil e integrada, el acceso a una serie de recursos y de servicios relacionados a un mismo tema. Es la suma de las cifras del presupuesto ejercido en el periodo inicial más las cifras del comportamiento esperado en el periodo por ejercer (proyección). Denominación utilizada por la SHCP para referirse al Presupuesto asignado para el pago de las remuneraciones y prestaciones al personal de la CDI. Es el proceso a través del SARG para realizar el cálculo de las remuneraciones y prestaciones de cada trabajador, así como las deducciones y determinar el importe neto a pagar. Es el elemento fundamental de la planificación para realizar las actividades de presupuestación y estimación de futuras necesidades financieras. Responsable Administrativo. Proceso de copia de seguridad. Cantidades que se deben descontar a los trabajadores dentro del Proceso de Nómina. Resolución Miscelánea Fiscal, conjunto de reglas que emite la SHCP cada año, para regular, aclarar o facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. En informática, una ruta señala la localización exacta de un archivo o directorio, se compone de los nombres de los directorios que conforman el camino hasta el archivo o directorio que se quiere referenciar. Estos nombres están separados por un carácter delimitador que usualmente es una diagonal "/", ejemplo: Documentos / Mi música / Beethoven / Sinfonía Número 5. Sistema de Administración de Recursos Gubernamentales. Servicio de Administración Tributaria. Toda persona al servicio de la CDI que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza.

6 Página: 6 de 113 SHCP SIAFF SICOP SMG SOCP SPC Superávit TESOFE UA s Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Sistema Integral de Administración Financiera Federal. Sistema de Información Contable y Presupuestal de la SHCP. Salario Mínimo General. Subdirección de Operación y Control del Pago. Servicio Profesional de Carrera. Situación en la que los gastos para un período presupuestario determinado (generalmente de un año) son inferiores al presupuesto autorizado. Tesorería de la Federación. Unidades Administrativas

7 Página: 7 de Disposiciones Generales 5.1 Proceso de Nómina El proceso de cálculo de las nóminas ordinarias y extraordinarias estará a cargo del Nómina Las áreas usuarias que operen movimientos en nómina deberán sujetarse a las fechas del calendario de nómina emitido por la SOCP El Nómina en Oficinas Centrales y las Áreas Administrativas en Delegaciones, deberán generar la producción de la nómina procesada para realizar las actividades de su competencia La generación y pago de nómina por conceptos extraordinarios deberán sujetarse a los términos de la normatividad aplicable La DRHO a través de la SOCP, será la responsable de informar por escrito a la Subdirección de Tesorería el monto de las nóminas por pagar, así como la elaboración del archivo electrónico para efectuar la dispersión e informar la fecha de pago El presente Lineamiento aplica a los trabajadores contratados bajo el régimen de base, confianza y eventual. 5.2 Emisión de CLC y previsión de recursos para el pago de nómina La generación de las CLC a través del SARG se llevará a cabo conforme al Calendario de Procesos de Nómina Todos los movimientos de pago se tramitarán a través del SARG El presente Lineamiento aplica para la DRHO y DPP. 5.3 Control de Asistencia La SOCP, las, serán los responsables de vigilar la correcta funcionalidad del sistema de control de puntualidad y asistencia La SOCP, a través del Nóminas, será la responsable de proporcionar al personal de las Unidades Administrativas de la CDI, la Forma Única de Incidencias de Personal Las incidencias de personal, deberán entregarse al responsable de control de asistencia y puntualidad El responsable del Control de Asistencia elabora Kardex electrónico de cada uno de los trabajadores, en las cuales lleva el registro y control de: Vacaciones, Licencias Médicas, Días Económicos, Vacaciones por Antigüedad, Premio de Puntualidad, Quinquenio, y los Registros de Notas de Impuntualidad El responsable del Control de Asistencia registrará las Notas de Impuntualidad en Kardex y dará aviso al personal vía correo electrónico; en caso de que el interesado no tenga una cuenta de correo electrónico asignada se le dará aviso por escrito Es responsabilidad del Nómina en oficinas centrales y áreas administrativas en, registrar quincenalmente en el Software de Control de Asistencia las inasistencias, omisiones de registro, retardos mayores y retardos ordinarios sin justificar, así como la elaboración de rembolsos cuando se justifique el motivo del descuento, previo al visto bueno de Subdirector o Jefe inmediato del área de adscripción del trabajador que lo solicite El Nómina en oficinas centrales y áreas administrativas en aplicará quincenalmente los descuentos procedentes en el Sistema de Nómina.

8 Página: 8 de Adicionalmente a lo anterior, considerar lo siguiente: Remuneraciones del Personal Se consideran como remuneraciones todas las percepciones ordinarias y extraordinarias, en numerario o en especie, que reciban los servidores públicos, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales. Las remuneraciones se integran por las percepciones ordinarias y extraordinarias, agrupadas en los siguientes conceptos: a) Percepciones ordinarias: 1. En numerario, que comprende: Sueldos y salarios: Sueldo base tabular En su caso, esquema de compensaciones que determinen las disposiciones aplicables 2. Prestaciones con base en el régimen laboral aplicable, mismas que son susceptibles de otorgarse a los servidores públicos conforme al tipo de personal que corresponda. Las prestaciones se clasifican en: Por mandato de ley, Sueldo Base, Prima Quinquenal por años de servicio, Prima vacaciones y dominical, Liquidaciones por Indemnización y Sueldos y Salarios Caídos, Prima de antigüedad, Seguro de Gastos Médicos Mayores (Personal de mando medio), Seguro de Separación Individualizado (mando medio), Aguinaldo Por disposición del Ejecutivo Federal; Servidor Público del Mes y Vales de Fin de Año, Premios, Estímulos y Recompensas Por contrato colectivo de trabajo; Día de Reyes, Día del Niño, Día de las Madres, Ropa de Trabajo, Útiles Escolares, Apoyo para la Compra de Lentes Graduados, 150 Becas para Educación Media Superior y 50 Becas para Educación Superior, Jornadas Deportivas y Día del Trabajador Indigenista En especie b) Percepciones extraordinarias, que consisten en: 1. Estímulos, reconocimientos, recompensas, incentivos y pagos equivalentes a los mismos, que se otorgan de manera excepcional a los servidores públicos, condicionados al cumplimiento de compromisos de resultados sujetos a evaluación, en los términos de las disposiciones legales 2. Otras percepciones de carácter excepcional autorizadas por las autoridades correspondientes La remuneración será entregada a los servidores públicos adscritos a la CDI en las fechas establecidas para tal fin en el Calendario de Pagos que emita la DRHO. La DRHO realizará el pago de las remuneraciones ordinarias y extraordinarias al personal de la CDI, así como las retenciones a favor de terceros que deriven de dichos pagos; aplicará descuentos a solicitud de las áreas y por inasistencias de los trabajadores, realizará la suspensión de pagos; efectuará los pagos que determinen las autoridades judiciales; las deducciones estarán sujetas a lo establecido a los porcentajes estipulados en la LFT, y, operará el sistema de estímulos y recompensas del personal sujeto al SPC, previa validación presupuestaria.

9 Página: 9 de 113 Las remuneraciones al personal que ocupa puestos en la estructura orgánica básica y no básica y homólogos, se efectuarán de conformidad con el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Bajas Las bajas de personal deberán ser enviadas por el RA a la DRHO, mediante el formato denominado Constancia de Nombramiento de Personal, el cual deberá ir acompañado de la renuncia original, en caso de las Delegaciones deberán remitir copia a la DRHO conservando el original del documento para integración del expediente, así como la credencial emitida por esta Institución o acta levantada ante el Ministerio Público, en caso de pérdida de la misma. Será responsabilidad de la DRHO y el RA tramitar la Carta de No Adeudo de los servidores públicos que causen baja de la CDI, para la liberación de resguardo de mobiliario y equipo con la DSGBMI, liberación de adeudos por gastos a comprobar con la DPP, y el área de nóminas por adeudos contraídos con la CDI así como sentencias judiciales (pensiones alimenticias) y debidamente sellado por cada área. El jefe inmediato y en su caso el RA deberá enviar de inmediato un comunicado a la DRHO, informando de la baja para que se detenga el pago correspondiente. Si el comunicado en cuestión ingresa a esta Dirección fuera de la fecha establecida en el Calendario de Pagos será responsabilidad del RA de las UA s, la recuperación y reintegro de los recursos por el pago en demasía. Una vez que el RA cuente con la información faltante, deberá remitirla a efecto de dar la baja definitiva. Cuando un servidor público incurra en acciones u omisiones indebidas por faltar o incumplir la normativa aplicable, la UA, a través de su RA deberá elaborar conjuntamente con el área jurídica el acta administrativa correspondiente y enviarla a la DRHO debidamente firmada por el superior jerárquico, por el RA, así como por dos testigos y el servidor público de que se trate; en caso de que el servidor público se niegue a firmar la referida Acta, se hará constar en la misma este hecho. Tratándose de personal sindicalizado, será necesario que esté presente el representante sindical. La DRHO, una vez recibida el acta administrativa mencionada en el párrafo anterior, la remitirá a la DGAJ, a fin de que ésta dictamine la sanción que corresponda, marcando copia al Órgano Interno de Control. En caso de que la DGAJ dictamine la baja del servidor público de que se trate, la DRHO emitirá el aviso de baja que será notificado por la DGAJ. Se le solicitará a la UA correspondiente la baja, previo a la liberación de responsabilidades correspondientes y será responsabilidad del servidor público, el recabar su liberación de responsabilidades correspondiente. En caso de baja por un dictamen de invalidez o incapacidad total permanente, emitida por el ISSSTE, el servidor público o algún familiar solicitará a la DRHO el original de la Constancia de Nombramiento de Personal, así como la Carta de No Adeudo firmado y sellado por la DRHO, DPP y la DSGMBI. Vacaciones Los servidores públicos que tengan más de 6 meses consecutivos de servicio disfrutarán de 2 periodos anuales de vacaciones:

10 Página: 10 de 113 El RA de cada UA, deberá enviar la forma única de incidencias del personal a la DRHO treinta días antes del inicio del disfrute de las vacaciones del primero y segundo periodo. Dichos periodos vacacionales consisten en 10 días hábiles cada uno de ellos, sujetos a los calendarios previamente establecidos por el Titular de cada UA y de acuerdo a las necesidades del servicio. Con relación al disfrute de vacaciones del personal de la CDI, fuera del Rol Vacacional, deberá de presentarse a la Subdirección de Operación y Control del Pago o al RA correspondiente, el oficio y/o Forma Única de Incidencias de Personal de autorización suscrito por el Jefe Inmediato Superior 3 días hábiles antes del disfrute del periodo vacacional. Días de descanso obligatorio: Para el personal de base, serán días de descanso obligatorio los contemplados en la Cláusula 110 del CCT. El personal de confianza y eventual, se ajustará a lo establecido en el Decreto por el que se reforma el artículo 74 de la LFT. Licencias Médicas y Licencias sin goce de sueldo Para justificar inasistencias por enfermedad o accidente, todos los servidores públicos de la CDI: Operativos, Enlace, Mando y Dirección, incluyendo al personal eventual, deberán exhibir ante la DRHO, por medio del RA, la Licencia Médica expedida por el ISSSTE. El servidor público o algún familiar, deberá presentar la Licencia ante los RA dentro de las 72 horas siguientes a la fecha de expedición, quienes a su vez tendrán un plazo de 24 horas para hacerla llegar a la DRHO. Las Licencias Médicas se regularán conforme a la Ley del ISSSTE y sus reglamentos. a) De menos de un año de servicio tendrán derecho hasta 15 días de licencia médica por enfermedad no profesional con sueldo íntegro y hasta 15 días más con medio sueldo b) De uno a cinco años de servicio tendrán derecho hasta 30 días de licencia médica por enfermedad no profesional con sueldo íntegro y hasta 30 días más con medio sueldo c) De cinco a diez años de servicio tendrán derecho hasta 45 días de licencia médica por enfermedad no profesional con sueldo íntegro y hasta 45 días más con medio sueldo d) De diez años de servicio en adelante tendrán derecho hasta 60 días de licencia médica por enfermedad no profesional con sueldo íntegro y hasta 60 días más con medio sueldo Si al vencer las licencias con sueldo y medio sueldo continúa la incapacidad, se prorrogará al servidor público la licencia ya sin goce de sueldo, hasta totalizar en conjunto 52 semanas. Con relación a las Licencias establecidas en las cláusulas 116 y 117 del CCT, la DRHO es la instancia facultada para autorizarlas, conforme a derecho proceda, para lo cual el personal de base deberá hacer su petición a la DRHO, a través del RA de su UA, con al menos quince días hábiles de anticipación. Hasta que sea notificado el dictamen de la DRHO, el personal, si es el caso, podrá ausentarse de sus labores. La solicitud de autorización de Licencias, debe acompañarse de la siguiente documentación:

11 Página: 11 de 113 a) Petición por escrito del trabajador (original con firma autógrafa) b) Documentos comprobatorios en original, de ocupación de un puesto en otra dependencia y/o entidad (constancia expedida por la DRHO u homólogo); ocupación de un puesto en el CEN del SNTI ó FSTSE; para desempeñarse como autoridad tradicional, especificando si el desempeño de tales funciones son con o sin remuneración económica, o por ocupar un cargo de elección popular; para presentar examen profesional, para asistir a Asambleas y Congresos Nacionales; para realizar maestrías o doctorados 1. El RA efectuará los trámites con la debida oportunidad; y realizará, previa autorización de la DRHO, el registro correspondiente en el sistema de nómina para evitar los pagos en demasía. 2. Los RA de las UA s aplicarán en el sistema de nómina la Licencia con o sin goce de sueldo, una vez que reciban por escrito de la DRHO la autorización correspondiente, por lo que ya no será necesario la elaboración y envío de las Constancias de Movimiento de Personal, toda vez que el escrito de respuesta de autorización dirigido a cada Administrador establecerá: a. Vigencia de inicio de la licencia b. Número de la Plaza c. Nombre del Empleado d. Fecha de término de la licencia Asimismo, la DRHO remitirá el acuse original de la autorización, al expediente del trabajador. En ningún caso se podrá ocupar la plaza que se encuentre bajo el esquema de licencia con goce de sueldo. Horario de Labores En atención a la Norma que Regula las Jornadas y Horarios de Labores en la Administración Pública Federal Centralizada, así como a las entidades del sector paraestatal, que al efecto considera la importancia de contar con sistemas uniformes de trabajo que coadyuven a elevar la productividad de los servidores públicos y a reducir el gasto con la plena utilización de la infraestructura y a obtener el máximo de ahorro por concepto de operación; y en ejercicio de las atribuciones señaladas en el Estatuto Orgánico de la CDI, la CGAF establece el horario de labores para todo personal, que regirá en las UA de la CDI. El Personal de Mando.- Tendrá el horario de labores de 09:00 a 18:00 horas, disponiendo de una hora para tomar sus alimentos de las 15:00 a las 16:00 horas, en el área destinada para ello o fuera del centro de trabajo. El Personal de base.- En cumplimiento al CCT, la jornada laboral será en horario continuo, los turnos serán distribuidos en cada centro de trabajo de acuerdo con las necesidades de servicio y podrá ser diurna, nocturna o mixta; en lo que respecta a la jornada diurna, el horario de labores será de las 08:30 a las 14:30 horas, debiendo el personal que tenga un horario diferente al mencionado ajustarse a éste. El personal operativo de confianza, laborará horario continuo de 08:30 a las 15:30 horas. El personal eventual, deberá de prestar sus servicios profesionales en el horario que corresponda al nivel equivalente al personal operativo de confianza o de mando.

12 Página: 12 de 113 Por necesidades propias de las áreas y/o por las tareas encomendadas, los titulares de las UA s podrán solicitar variaciones a los horarios de trabajo mencionados, lo cual comunicarán a la DRHO para el registro correspondiente y lo harán del conocimiento del personal al que se le modificará el horario. El personal operativo de base, de confianza y eventual, está obligado a registrar la asistencia a sus labores diariamente, tanto a la entrada como a la salida. Para ello, dispone de tarjetas de control de asistencia, listas de asistencia y/o cualquier otro medio electrónico que para tal efecto se establezcan, en los accesos principales de los inmuebles. Los RA en cada centro de trabajo tendrán la responsabilidad del resguardo de dichos controles. En Oficinas Centrales, cuando por actividades de carácter oficial o personal algún servidor público tenga que salir de las instalaciones de trabajo dentro de la jornada laboral, deberá contar con la autorización del Jefe Inmediato o del Director de Área correspondiente. El acceso del personal a las instalaciones de la Comisión, después del horario establecido, deberá ser autorizado por el Titular del Área que corresponda. Cuando por las labores encomendadas el personal no pueda registrar su asistencia mediante tarjeta de control y/o medio electrónico establecido, lo hará a través de listas de asistencia, para lo cual el Director de Área correspondiente comunicará con anticipación a la DRHO la relación del personal que lo hará a través de listas de asistencia. Asimismo, el RA deberá enviar quincenalmente a la DRHO los registros de asistencia implementados mediante formato que contenga nombre, puesto, entrada y salida, firma del interesado y del Jefe inmediato. Previa solicitud del jefe inmediato y con autorización de la DRHO, las trabajadoras al término de su licencia por maternidad tendrán derecho a una hora de lactancia durante 180 días naturales. La hora de lactancia podrá ser al inicio o al término de su jornada laboral, o en su caso, de treinta minutos antes o al término de su horario de labores. El personal de mando, a partir de Jefe de estará exento de registrar asistencia a través de algún tipo de control, salvo que el Jefe inmediato indique lo contrario, debiendo cumplir con la jornada de trabajo establecida, asimismo se exentará al personal que por sus actividades, así lo solicite y fundamente el Director de Área correspondiente a la DRHO, siendo responsable el solicitante de que se cumpla con la jornada de trabajo asignada. El control de puntualidad y asistencia de los trabajadores, se hará en forma quincenal, comprendiendo la primera quincena del día primero al quince y la segunda quincena, del día dieciséis al último día del mes. Para efectos de la evaluación de tiempos se considerarán los siguientes criterios: Tolerancia a) Se considerará como tolerancia el lapso de tiempo a partir de la hora de entrada de inicio de labores y hasta el minuto 15 b) Si el trabajador de acuerdo al horario establecido, registra su hora de entrada con anticipación, ese tiempo no forma parte de la jornada laboral c) El registro entre la hora de salida a comer y el regreso de comida será invariablemente con 45 min. de diferencia como mínimo y máximo de una hora para registrar la asistencia

13 Página: 13 de 113 Retardo a) Se considerará retardo cuando el trabajador registre su entrada entre los minutos 16 y 30 posteriores a su hora de entrada de inicio de jornada, establecida de acuerdo al horario o turno asignado b) Para los casos de que se acumulen tres retardos injustificados en una quincena, se emitirá una nota de impuntualidad con una vigencia de seis meses y con cinco notas de impuntualidad en seis meses a partir de la primera, la sanción será la suspensión de seis días hábiles sin goce de sueldo Falta Se considerará como tal cuando el trabajador: a) No se presentó a laborar, debiendo presentarse b) Registró su entrada a partir del minuto 31 después de la hora de entrada establecida de acuerdo a su horario o turno, quedando a juicio del jefe inmediato si lo considera como simple retardo o si debe ausentarse de sus labores no excediendo una vez al mes c) No realizó alguno de los registros de entrada o de salida (omisión de registro). Solo se autorizara uno por mes Tiempo no laborado Se considerará como tal y se descontarán de sus percepciones quincenales del trabajador, si: a) Registra anticipadamente su salida a la que corresponde su jornada de trabajo b) Registra su regreso de comida posterior a la hora establecida Justificaciones Los retardos o faltas podrán justificarse ante la DRHO o sus equivalentes en Delegaciones, conforme a lo siguiente: a) Deberán ser autorizados por el Jefe Inmediato b) Las incapacidades expedidas por el ISSSTE, deberán presentarse dentro de las 72 horas posteriores a la incidencia c) Los otros documentos que justifiquen ausencias u omisiones serán autorizadas por el jefe inmediato en un plazo que no exceda de las 48 horas posteriores al incidente, en caso contrario se considerarán extemporáneas y deberán ser autorizadas además por la DRHO y sus equivalentes en Delegaciones d) Las justificaciones extemporáneas se autorizarán en un máximo de 10 días naturales Permisos con Goce de Sueldo a) Permiso por nupcias.- La CDI autorizará 5 días hábiles de permiso con goce de sueldo por una vez, al trabajador que contraiga matrimonio y que haya laborado en la CDI cuando menos 1 año. Este permiso se deberá solicitar con 15 días de anticipación y se comprobará con el acta de registro civil correspondiente b) Permiso por Titulación.- A los pasantes de todas las profesiones que pretendan obtener su título profesional y que hayan laborado en la CDI cuando menos 2 años, se les concederá permiso con goce de

14 Página: 14 de 113 sueldo por 5 días hábiles, para presentar su examen profesional, hecho que deberá comprobarse plenamente. Este permiso se dará por una sola vez, a menos de que se trate de un examen de otra profesión a nivel licenciatura o postgrado c) Permiso por Defunción.- En caso de fallecimiento del cónyuge o de los ascendientes y descendientes en primer grado en línea directa del trabajador, la CDI autorizará hasta 3 días de permiso con goce de sueldo Premios y Estímulos a) Se otorgará uno y tres días de descanso extraordinario a los trabajadores que cumplan antigüedad de 5 y 10 años respectivamente en la CDI. Estos días no computarán para el pago de prima vacacional b) Se otorgará un día de descanso extraordinario a los trabajadores que no hayan incurrido en el mes inmediato anterior, en faltas, retardos, comisiones y justificaciones de cualquier índole (incluyendo vacaciones). Para el caso de las comisiones, sólo que hayan sido foráneas c) Se otorgará un día de descanso extraordinario a los trabajadores Operativos de confianza por cada 5 años de antigüedad efectiva Los formatos para justificar comisiones de los trabajadores, serán únicamente los establecidos por la DPP, los cuales serán recibidos por la DRHO, una vez que estén autorizados. El formato para justificar comisiones y vacaciones deberá tramitarse con anticipación al evento, ante la DRHO o sus equivalentes en las. Los documentos que justificarán un retardo o falta, en sustitución del registro obligatorio de asistencia de los trabajadores son: a) Oficios de comisión para el desempeño oficial, fuera de su centro de trabajo con asignación de viáticos b) Licencias médicas expedidas por el ISSSTE c) Constancias de consulta médica expedida por el ISSSTE d) Constancia de cuidados maternos expedidos por el ISSSTE e) Oficio del jefe inmediato y lista de asistencia a cursos de capacitación fuera de su centro de trabajo, la cual deberá precisar las horas de inicio y término del evento f) Solicitudes autorizadas para el goce de vacaciones g) Autorizaciones a Nivel Subdirector o Superior a nivel central y RA en, para laborar a pesar de haber registrado con retardo mayor a 30 minutos, en cuyo caso prevalecerá el retardo en sustitución de la falta injustificada h) Formato Forma Única de Incidencias de Personal por la omisión de entrada o salida, las que podrán ser autorizadas por el titular de las UA s que corresponda,. Máximo 4 veces al semestre y únicamente una por mes i) Formato Forma Única de Incidencias de Personal por la omisión del registro de entrada y salida es decir, ambos registros, las que únicamente podrán ser autorizadas por el Titular de la UA que corresponda j) Relación del personal obligado a registrar su asistencia en el sistema electrónico, con visto bueno de la DRHO y Delegaciones que hayan sido afectados por circunstancias excepcionales, tales como: accidentes de tránsito severo, cierre temporal de vías de comunicación terrestre que impidan el ágil acceso al centro de trabajo, manifestaciones, paro general de transporte público, etc

15 Página: 15 de 113 Asimismo, se justificará la omisión de registro, cuando: a) El Sistema Electrónico presente alguna falla técnica, de la red o no funcione correctamente para todo el personal que registre su asistencia por este sistema por lo cual se justificará, por lo que no se considerará como autorización por falta u omisión de registro b) Se presenten circunstancias excepcionales en Oficinas Centrales y Delegaciones, tales como desastres naturales, actos de vandalismo y cierres de sector ocasionados por terceras personas que impidan laborar a los trabajadores adscritos a la CDI Incidencias de Personal Las incidencias y faltas del personal operativo de base y de confianza deberá de entregarse a la SOCP y/o al RA correspondiente, dentro de un plazo de 72 horas posteriores a la incidencia, asimismo las sanciones que resulten del control de asistencia se aplicarán conforme a lo establecido anteriormente. a) Notas Buenas y de Mérito. Se otorgarán al personal de base, conforme a lo establecido en el Capítulo Décimo Cuarto de los Estímulos y Recompensas del CCT. La documentación tendrá que ser enviada en original a la DRHO dentro de los 5 días hábiles siguientes de cada mes, bastará con la indicación y relación del personal que se ha hecho acreedor a la Nota Buena por puntualidad (por no tener faltas de asistencia ni retardos en un mes) Para el otorgamiento de las Notas al Mérito; el Jefe Inmediato del trabajador deberá mencionar en forma concreta (en una cuartilla) el desempeño extraordinario de éste, que sustente la expedición de la Nota al Mérito. b) Credenciales. La expedición o reposición de las credenciales, se hará con los datos mínimos de identificación establecidos en el numeral 68 del Acuerdo emitido por la Secretaría de la Función Pública, siendo responsabilidad de la DRHO; el resello de las mismas estará a cargo de los RA de las UA s foráneas y de la SOCP, en oficinas centrales Este Lineamiento es de aplicación obligatoria para los trabajadores y trabajadoras que laboran en la CDI, con jornada de trabajo ordinaria y horario especial; en este mismo sentido, quedan comprendidos en el ámbito de su aplicación todos los sistemas de registro de puntualidad y asistencia que operan en la CDI. 5.4 Afiliación, baja y modificación salarial del trabajador en el ISSSTE En Oficinas Centrales a través de la SOCP y en DE, por medio de las Unidades Administrativas el funcionario facultado será el responsable de gestionar ante el ISSSTE los avisos correspondientes: alta del trabajador, baja del trabajador y modificación de sueldo del trabajador Los funcionarios designados como representantes de la CDI ante el ISSSTE, para firmar como Funcionario Facultado los Avisos de Alta, Baja y Modificación de sueldo del trabajador; deberán ratificar en enero de cada año la vigencia de su firma, o antes en caso de cambio del mismo Para realizar los movimientos de alta del trabajador, baja del trabajador y modificación del sueldo del trabajador se deberán utilizar invariablemente los formatos vigentes normados por el ISSSTE Los movimientos de alta del trabajador, baja del trabajador y modificación del sueldo del trabajador que se envíen al ISSSTE, deberán estar sustentados en el Reporte de Movimientos de la Quincena que

16 Página: 16 de 113 genera el Sistema de Administración de Recursos Gubernamentales (SARG) El presente Lineamiento aplica a los trabajadores contratados bajo el régimen de base, confianza y eventual. 5.5 Efectuar descuentos al trabajador por crédito hipotecario otorgado por el FOVISSSTE El registro de nuevos descuentos por concepto de Crédito Hipotecario y/o Seguro de Daños, sólo se realizará en los casos en que los empleados cuenten con liquidez para su aplicación, en caso contrario, se notificará al FOVISSSTE el motivo por el cual no se efectuó el descuento Los Créditos Hipotecarios proporcionados por el FOVISSSTE al personal de la CDI se registrarán en el SARG para aplicar los descuentos correspondientes, conforme a la relación proporcionada por el FOVISSSTE El Seguro de Daños se registrará en el SARG para aplicar los descuentos correspondientes, conforme a la relación proporcionada por el FOVISSSTE La suspensión o cancelación de descuentos por concepto de Crédito Hipotecario o Seguro de Daños sólo se aplicará previo aviso por parte del FOVISSSTE El presente Lineamiento aplica a los trabajadores contratados bajo el régimen de base, confianza y eventual. 5.6 Efectuar descuentos al trabajador por préstamo a corto plazo otorgado por el ISSSTE El registro de nuevos descuentos por concepto de Préstamo a Corto Plazo, solo se realizará en los casos en que los empleados cuenten con liquidez para su aplicación, en caso contrario se notificará al ISSSTE el motivo por el cual no se efectúa el descuento Los Préstamos a Corto Plazo proporcionados por el ISSSTE al personal de la CDI se registrarán en el SARG para aplicar los descuentos correspondientes, conforme a la relación proporcionada por el ISSSTE La suspensión o cancelación de descuentos por concepto de Préstamo a Corto Plazo solo se aplicará previo aviso por parte del ISSSTE El presente Lineamiento aplica a los trabajadores contratados bajo el régimen de base, confianza y eventual. 5.7 Modificar los datos del trabajador en el ISSSTE por incremento de sueldo general La DRHO a través de la Subdirección de Operación y Control del Pago, será la responsable de gestionar ante el ISSSTE el aviso de modificación de sueldo por incremento Salarial General Para informar al ISSSTE sobre la modificación salarial por incremento Salarial General, se deberá utilizar el Formato de Registro para los Avisos de Modificación del Sueldo del Trabajador, establecido por el ISSSTE El presente Lineamiento aplica a los trabajadores contratados bajo el régimen de base, confianza y eventual. 5.8 Cálculo anual de ISR y emisión de constancias Con fundamento en la Ley del ISR realizar el cálculo anual a los empleados de la CDI, presentar la Declaración Informativa Múltiple al SAT y elaborar las constancias de sueldos, salarios, y conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo.

17 Página: 17 de Cumplir con las disposiciones fiscales emitidas por la SHCP que para tal efecto publica en la Ley del ISR y RMF El presente Lineamiento aplica a la DRHO de la CDI. 5.9 Elaborar el informe comparativo presupuestal La Subdirección de Operación y Control del Pago a través del Presupuesto y Control del Pago, elaborará mensualmente el Informe de Proyección de Presupuesto en los primeros diez días del mes siguiente al cierre presupuestal El Presupuesto y Control del Pago, realizará el costeo y proyección del Presupuesto a Ejercer en Servicios Personales durante el ejercicio de que se trate, a fin de determinar los posibles ahorros o déficit por partida presupuestal El presente Lineamiento aplica a la DRHO y DPP.

18 Página: 18 de Procesos 6.1 Proceso de Nómina Objetivo: Definir el Lineamiento para efectuar el proceso de nóminas ordinarias y extraordinarias para efectuar el pago de remuneraciones y prestaciones a los empleados de la CDI, así como la aplicación de descuentos y/o retenciones y preventivas de pago en términos de la normatividad aplicable. No. Descripción de la Actividad Responsable Proceso Quincenal de Nómina Ordinaria 1. Registra en el SARG, en el módulo Definición de Periodos de Cálculo fecha inicial y final del proceso con base en el Calendario de Nómina, con el objeto de habilitar el Sistema para la captura de movimientos. 2. Comunica a las áreas usuarias, a través de correo electrónico, que el SARG ya está habilitado para iniciar la capturar de movimientos. Nómina Nómina 3. Opera los movimientos a incluirse en la quincena del proceso: Altas, bajas y cambios. Planeación de Recursos Humanos Pagos a terceros (deducciones extraordinarias). Delegaciones Estatales y Nómina (Nivel Central) Descuento por faltas e inasistencias. Delegaciones Estatales, Nómina (Nivel Central) Incidencias por Licencia Médica. Personal Operativo del Nómina 4. Procesa el Cálculo de Nómina a través del SARG, módulo Proceso de Nómina, opción Cálculo de Nómina. 5. Verifica en el SARG que los movimientos operados se hayan incluido en el proceso Cálculo de Nómina. Movimientos incluidos? No: Ir a los pasos 6 a 8. Si: Continuar en el paso Delegaciones se comunican telefónicamente al Nómina para informar la no afectación y conocer las causas. Las Áreas Usuarias en el Nivel Central, comunican personalmente la no afectación al Nómina. Área Usuaria Nómina Área Usuaria Área Usuaria 7. Determina la corrección a efectuar en la Delegación o en el Área Usuaria para el Nivel Central. Nómina

19 Página: 19 de 113 No. Descripción de la Actividad Responsable 8. Procesa en el SARG, el Cálculo Individual por registro para que se incluya en la nómina. Reinicia en el paso Verifica en el SARG a los trabajadores que tengan neto a pagar, negativo / Reporte de Importes Netos. Si: Ir al paso 10. No: Ir al paso Analiza los descuentos a aplicar al trabajador en la quincena del proceso y determina, previo acuerdo con el área responsable de aplicar los descuentos, cuáles son susceptibles de descontar posteriormente. 11. Opera la anulación del descuento al trabajador para que su registro refleje neto a pagar, positivo. Ir al paso 8. Nómina Nómina Nómina Área Usuaria 12. Procesa el Cierre de Nómina a través del SARG módulo Cierre de Nómina. Nómina 13. Avisa mediante correo electrónico a las áreas usuarias que ha concluido el proceso Cierre de Nómina. 14. Emite al cierre de nómina, mediante el SARG módulo Reportes de Nómina : Los reportes de conceptos de pago o informativos de sus áreas de competencia; y Los recibos de pago de los trabajadores adscritos al área de su competencia (en original y copia). 15. Respalda en dispositivo digital o en su computadora, el archivo electrónico de los reportes generados y recibos de nómina, en formato Excel o PDF. 16. En su caso, recibe por correo electrónico comunicación de baja del trabajador por Preventiva de Pago del Relaciones Laborales o del de Planeación de Recursos Humanos. 17. Genera a través del SARG el Archivo de Dispersión que contiene la información de los pagos a ubicar depositar en la cuenta bancaria de a los trabajadores, obtiene archivo en formato TXT y lo respalda en su equipo de cómputo. 18. Modifica Depura el respaldo del Archivo de dispersión mediante la eliminación de los registros de las cuentas de las Delegaciones, para dejar únicamente los registros de los trabajadores. Así mismo elimina el registro del trabajador con Preventiva de Pago. Nómina Área Usuaria Área Usuaria Nómina Nómina Nómina

20 Página: 20 de 113 No. Descripción de la Actividad Responsable 19. Envía por correo electrónico al Recursos Financieros el Archivo de dispersión. 20. Desarrolla las actividades para incorporar el Archivo de dispersión al SIAFF, a fin de realizar la dispersión del depósito de nómina a las cuentas bancarias de los trabajadores de la CDI. 21. El día de pago de la nómina: Entrega el original de recibo de pago a cada trabajador y recaba acuse de recibo en la copia. 22. El día de pago de la nómina: Solicita telefónicamente al Recursos Financieros el reporte de Pagos Rechazados de Nómina por SIAFF. Existen rechazos? Si: continúa en el paso 23 (Personal de Delegaciones), o 27 (Personal de Oficinas Centrales). No: Termina proceso. Nómina Recursos Financieros. Área Usuaria Nómina Rechazo de Nómina de Trabajador Foráneo 23. Identifica la unidad de adscripción del trabajador con pago rechazado. Nómina 24. Elabora en original y copia Nota Informativa al Recursos Financieros, para solicitar el depósito del importe del movimiento rechazado en la cuenta bancaria de la Delegación que corresponda a la adscripción del trabajador y recaba acuse de recibo en la copia. 25. Comunica a la Delegación, por correo electrónico, que se encuentra en trámite la ministración del recurso para que realice el pago de nómina al trabajador. 26. Recibe comunicación y desarrolla las actividades respectivas para efectuar el pago al trabajador. Nómina Nómina Delegación Rechazo de Nómina de Trabajador Adscrito en Oficinas Centrales 27. Localiza telefónicamente al trabajador para solicitarle que proporcione un número de cuenta CLABE (clave bancaria estandarizada) para depósito de su nómina. 28. Elabora en original y copia Nota Informativa al Recursos Financieros Ingresos y Pagos para solicitar el depósito del importe del movimiento rechazado en la cuenta CLABE proporcionada por el trabajador y recaba acuse de recibo en la copia. 29. Archiva la copia de la Nota Informativa al Recursos Financieros Ingresos y Pagos en el expediente Tesorería. Nómina Nómina Nómina

21 Página: 21 de 113 No. Descripción de la Actividad Responsable Cancelación de Recibos de Nómina para Reintegro a la TESOFE 30. Envía mediante correo electrónico Relación de Preventivas de Pago al Personal Operativo del Nómina para su operación. Nómina Recibe por correo electrónico la Relación de Preventivas de Pago, genera a través del SARG, el reporte Detalle de Nómina por trabajador e identifica los conceptos calculados para su aplicación. Con base en el número de plaza identifica en el archivo electrónico de la plantilla de personal el proyecto que le corresponde. Elabora por cada trabajador con preventiva de pago el formato Reintegro de Recursos por Cancelación, en el que se identifica el proyecto al que corresponde la plaza, los importes por partida a reintegrar en cada una de las CLC generadas en la quincena procesada. Elabora acumulado por proyecto el Reintegro de Recursos por Cancelación con las preventivas de pago correspondientes a cada proyecto. Elabora Oficio a la Subdirección de Tesorería, original y copia, solicitando se tramite el reintegro de recursos a la TESOFE de acuerdo al reporte Reintegro de Recursos por Cancelación adjunto y recaba acuse de recibo. Archiva Guarda la copia del Oficio a la Subdirección de Tesorería y el reporte Reintegro de Recursos por Cancelación por proyecto en el expediente de Tesorería. Personal Operativo del Nómina Personal Operativo del Nómina Personal Operativo del Nómina Personal Operativo del Nómina Personal Operativo del Nómina Personal Operativo del Nómina Proceso Extraordinario por Concepto de Aguinaldo 37. Define el periodo de Cálculo de la Nómina en el SARG, módulo Definición de Periodos de Cálculo. Nota: El aguinaldo se paga en dos partes, por lo que el procedimiento se desarrolla de manera extraordinaria dos veces al año conforme a los Lineamientos específicos para el pago de aguinaldo o gratificación de fin de año emitidos anualmente por la SHCP. 38. Conjuntamente con personal operativo, verifica: al personal que causó alta o reingresó, el número de días a pagar a cada trabajador, insistencias, licencias médicas al 0%, y al 50%, licencias sin goce de sueldo, días de inhabilitación por el OIC y cambios de puesto por promoción y democión. Nómina Nómina

22 Página: 22 de 113 No. Descripción de la Actividad Responsable 39. Procesa el Cálculo de Nómina a través del SARG, módulo Proceso de Nómina, opción Aguinaldo, conforme a los Lineamientos vigentes: Captura en el sistema el número de días a pagar tanto para trabajadores de estructura, como para trabajadores eventuales, considerando el siguiente cálculo: Nómina Sueldo base mensual x Compensación garantizada mensual x Aguinaldo Gratificación de fin de año Todos los trabajadores Trabajadores de Base 40. Revisa aleatoriamente que los días a pagar por concepto de aguinaldo se hayan impactado correctamente en la nómina extraordinaria. Nómina 41. Procesa el Cierre de Nómina a través del SARG módulo Cierre de Nómina. Nómina 42. Avisa mediante correo electrónico a las áreas usuarias que ha concluido el proceso Cierre de Nómina. Nota: Después de la actividad 42, desarrollar las actividades 14 a 37 del Proceso Quincenal de Nómina Ordinaria. Nómina Proceso Extraordinario por Concepto de Gratificación de Fin de Año 43. Nota: Las actividades a desarrollar son similares a las del Proceso Extraordinario por Concepto de Aguinaldo, con las siguientes excepciones: Se aplica al personal de mando y eventual homólogo. El proceso de cálculo de nómina en el SARG es a través del módulo Compensación Garantizada. Nómina Proceso Extraordinario por Concepto de Medida de Fin de Año 44. Nota: Las actividades a desarrollar son similares a las del Proceso Extraordinario por Concepto de Aguinaldo, con la siguiente excepción: Para su aplicación se deben considerar los Lineamientos específicos para el Otorgamiento de la medida de fin de año emitidos anualmente por la SHCP, por lo que la mecánica de cálculo y la revisión aleatoria de su impacto en los registros de los trabajadores se hará con base en los Lineamientos referidos. Nómina

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