IEDF-LPN-09/06. ACTA DE LA JUNTA DE ACLARACIÓN DE BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. IEDF-LPN-09/06

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1 En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las 16:00 horas del día 22 de noviembre de 2006, se reunieron en la sala de juntas del Instituto Electoral del Distrito Federal ubicada en la planta alta del edificio marcado con el número 25 de la calle de Huizaches, Colonia Rancho Los Colorines, Delegación Tlalpan, C.P , los servidores públicos y los licitantes que se citan a continuación, con objeto de llevar a cabo la junta de aclaración de bases de la Licitación Pública Nacional No., Contratación del Seguro de Gastos Médicos Mayores para 718 asegurados, para los meses de enero-diciembre de 2007, autorizada por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Generales del Instituto, en su sesión ordinaria No. 16/2006, celebrada el 06 de noviembre del POR EL INSTITUTO ELECTORAL DEL D.F. JORGE LUIS SERRATO SALAZAR REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y CONTROL PATRIMONIAL. MANUEL IVÁN DÍAZ DE LEÓN Y SANDOVAL REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y CONTROL PATRIMONIAL. JESÚS MORALES HERNÁNDEZ REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS. LORENA MEJÍA BASTIDA REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS. AMÉRICA CORTES PINEDA REPRESENTANTE DE LA CONTRALORÍA INTERNA. KARINA SALGADO LUNAR REPRESENTANTE DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS. POR LAS EMPRESAS PARTICIPANTES: UBALDO SALINAS NAVA SEGUROS INBURSA, S,A. GRUPO FINANCIERO INBURSA JORGE CARRASCO CASTILLO SEGUROS COMERCIAL AMÉRICA, S.A. DE C.V 1

2 MARCO ANTONIO FERRUSCA BECERRIL METLIFE MÉXICO, S. A. El Lic. Jorge Luis Serrato Salazar, en nombre del Instituto Electoral del Distrito Federal, dio la bienvenida a los presentes agradeciendo su participación ACLARACIÓN DE LA CONVOCANTE PUNTO 16 Dice: Conforme lo establecido en el numeral 82 de los Lineamientos, el representante legal del licitante ganador deberá presentarse a formalizar el contrato correspondiente en un término no mayor de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que se hubiere notificado al proveedor el fallo, en la del Instituto, sita en la planta baja del edificio marcado con el número 25 de la calle de Huizaches, colonia Rancho los Colorines, delegación Tlalpan, C. P , en horario de 10:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 17:30 horas; el proveedor que al término mencionado no se presente perderá su derecho, pudiendo el Instituto adjudicar el contrato al licitante que presente la segunda oferta solvente más baja y el diferencial en precio entre ésta y la primera no rebase el 10%. PUNTO 16 Debe decir: De conformidad con el acuerdo ACU en su punto tercero, la formalización del contrato o pedido respectivo, será a partir del 2 de enero de 2007, atendiendo el contenido del numeral 82 de los Lineamientos, el representante legal del licitante ganador, deberá presentarse a formalizar el contrato respectivo hasta dentro de los 15 días hábiles siguientes, en la Dirección de Adquisiciones y Control Patrimonial del Instituto, sita en la planta baja del edificio marcado con el número 25 de la calle de Huizaches, Colonia Rancho Los Colorines, Delegación Tlalpan, C. P , en horario de 10:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 17:30 horas; el proveedor que al término mencionado no se presente perderá su derecho, pudiendo el Instituto adjudicar el contrato al licitante que presente la segunda oferta solvente mas baja y el diferencial en precio entre ésta y la primera no rebase el 10%. Acto seguido se dio inicio a la junta de aclaración de las bases Licitación Pública Nacional No., cuya convocatoria fue publicada el día 14 de noviembre de 2006, en el Diario Oficial de la Federación, por lo que con la presencia del licitante interesado, los representantes de la Dirección de Recursos Humanos, la, la Contraloría Interna y la Unidad de Asuntos Jurídicos, con fundamento en el numeral 59 de los Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto, se procede a dar lectura a las respuestas de las preguntas formuladas por los licitantes: METLIFE MÉXICO, S. A

3 1. Página 1, Proemio, en virtud de que el Seguro de Gastos Médicos Mayores que se licita a través del presente procedimiento, se deberá regir en términos de la legislación inherente, apreciaremos a la Convocante se sirva reconocer que dentro del marco legal aplicable en el presente procedimiento y las disposiciones contenidas, entre otras, la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la Ley sobre el Contrato de Seguro, así como las disposiciones y normatividad que en materia de contrato de seguro ha emitido y en su oportunidad emita la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Favor de pronunciarse al respecto R. SE ACEPTA EL COMENTARIO Página 3, numeral 3.2, apreciaremos confirmar que la propuesta técnica, corresponderá al proyecto póliza de acuerdo con los requerimientos señalados en el anexo técnico, y adicionando las puntualizaciones y/o modificaciones que deriven de la junta de aclaraciones. Favor de pronunciarse al respecto R. SE ACEPTA EL COMENTARIO En alcance a la pregunta anterior, se pide a la convocante ratificar que todas aquellas condiciones no establecidas en las bases de la licitación o en la junta de aclaraciones operarán de acuerdo con las condiciones generales de cada aseguradora, sin que se contrapongan con las solicitadas por la Convocante. Favor de pronunciarse al respecto.-- R. SE ACEPTA EL COMENTARIO Página 5, numeral 5, no obstante la prevención que realizan en el sentido de que: las condiciones contenidas en las presentes bases y en las propuestas técnicas y económicas presentadas no podrán ser negociadas, así mismo, no podrán ser modificadas una vez celebrada la reunión de aclaraciones y toda vez que el seguro Colectivo de Gastos Médicos Mayores que se licita, deberá de regirse de acuerdo a las disposiciones establecidas por la legislación de Seguros, se solicita a la Convocante se sirva reconocer que no se considerará un aspecto de negociación el acatar las observaciones y/o modificaciones que al efecto pudiera emitir la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en el ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 2 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en caso de que esta Aseguradora debiera someter para su revisión y registro del citado Organismo, el producto derivado del presente procedimiento. Lo anterior, con sustento en lo dispuesto por la Circular S-8.1, emitida el 4 de febrero de 2004 por la citada Comisión. Favor de pronunciarse al respecto R. LAS BASES DEL PRESENTE CONCURSO NO ESTÁN SUJETAS A NEGOCIACIÓN; SIN EMBARGO EL CONTRATO-PÓLIZA ESTAR SUJETO A LA REVISIÓN QUE EN SU 3

4 CASO PUDIERA REALIZAR LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS Página 10, numeral 14, inciso e), a efecto de evitar incurrir el supuesto indicado en dicho inciso, amablemente solicitamos a la Convocante se sirva indicar a cuanto asciende su techo presupuestal para el presente concurso. Favor de pronunciarse el respecto R. INFORMACIÓN NO DISPONIBLE POR ESTAR SUJETO AL PRESUPUESTO QUE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL AUTORICE AL INSTITUTO Página 11, numeral 17, Condiciones de pago, en cuanto a las condiciones de pago que se establecen en el presente numeral, agradeceremos a la Convocante se sirva ratificar que el plazo señalado se ajustará en términos de lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley sobre el Contrato de Seguro y dada la prohibición que se establece en el artículo 41 del mismo ordenamiento. Artículo 40.- Si no hubiese sido pagada la prima o la primera fracción de ella, en los casos de pagos en parcialidades, dentro del término convenido, el cual no deberá ser inferior a tres días ni mayor a treinta días naturales siguientes a la fecha de su vencimiento, los efectos del contrato cesarán automáticamente a las doce horas del último día de ese plazo. Artículo 41.- Será nulo cualquier convenio que pretenda privar de sus efectos a las disposiciones del artículo anterior. Esta aclaración se hace extensiva al modelo contrato que se agrega, como ANEXO II, a las presentes bases. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 11, numeral 17, Condiciones de pago, respecto de la condicionante que se establece para realizar el pago de las primas respectivas, apreciaremos a la Convocante se sirva ratificar que dicho pago se realizará previa entrega de las facturas que cumplan con los requisitos fiscales, toda vez que establecen: a entera satisfacción resulta ser sumamente subjetivo y la validez y cumplimiento de los contratos no puede quedar sujeta al arbitrio de una sola de las partes, según lo dispone el artículo 1797 del Código Civil Federal. Favor de pronunciarse al respecto. Artículo La validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes. Esta aclaración se hace extensiva al modelo contrato que se agrega, como ANEXO II, a las presentes bases. Favor de pronunciarse al respecto R. SE REALIZARÁ EL PAGO PREVIA VERIFICACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE LOS DATOS Y CIFRAS, POR PARTE DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

5 8. Página 15, Anexo II, Modelo de contrato, amablemente solicitamos a la Convocante se sirva ratificar que dicho instrumento será ajustado en su momento por el licitante que resulte adjudicado y de conformidad con las condiciones y aclaraciones que deriven del presente procedimiento. Favor de pronunciarse al respecto R. SERÁ MODIFICADO DE ACUERDO A LOS DATOS DEL LICITANTE QUE RESULTE GANADOR Página 22, Anexo II, cláusula quinta, inciso g), atentamente solicitamos a la convocante, confirmar que la confidencialidad de la información que se hace referencia en el presente inciso, se entenderá como recíproca para las partes contratantes, toda vez que la que llegase a generar mi representada, consistente en la nota técnica o documentación contractual del producto que se licita, está sujeta al registro en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y por tanto, la misma constituye un secreto industrial. Favor de pronunciarse al Respecto R. SE CONFIRMA LA CONFIDENCIALIDAD DE AMBAS PARTES ANEXO TÉCNICO 10. Página 27, primer párrafo, estimaremos ratificar que la colectividad asegurable es: Servidores Públicos de Mandos Medios y Superiores, así como el cónyuge, concubina(rio), hijos del asegurado titular, hijos del cónyuge del asegurado titular dependientes económicos y padres del asegurado titular, que hayan firmado el consentimiento respectivo. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 28, tercer párrafo, Cobertura de preexistencia, con la finalidad de que quede perfectamente definido el alcance de esta cobertura, se solicita a la Convocante, confirmar que se cubre este requerimiento mediante el siguiente texto: Se cubrirán los padecimientos preexistentes de acuerdo con la definición de la póliza, siempre y cuando se cumpla con lo siguiente: En un período de seis meses anteriores a la fecha de ingreso del asegurado a la presente póliza no haya estado bajo tratamiento, control o estudio médico. Los padecimientos preexistentes se cubrirán únicamente dentro de la República Mexicana. Definición de padecimientos preexistentes: Es aquella alteración de la salud: 5

6 a) Cuyos Síntomas y/o signos se hayan manifestado con anterioridad a la vigencia de la póliza, y /o b) Que se haya integrado un diagnóstico médico previo al inicio de vigencia, y/o c) Cuyos síntomas y/o signos sean aparentes a la vista o que no hayan podido pasar desapercibidos, y/o d) Por la cual se haya erogado algún gasto para su tratamiento, antes del inicio de la vigencia de la póliza. El criterio que se tomará para considerar los supuestos de los incisos a) y c), será la existencia de un dictamen médico, en el cual se haga constar que la enfermedad o el padecimiento tuvo sus primeras manifestaciones antes del inicio de vigencia de la póliza con respecto a cada asegurado. Para fines de esta póliza las enfermedades y/o malformaciones congénitas se consideran preexistentes. Favor de pronunciarse al respecto R. SE ACEPTA LA PROPUESTA MODIFICANDO EL TEXTO PROPUESTO COMO SIGUE...EN UN PERIODO DE SEIS MESES ANTERIORES A LA FECHA DE INGRESO DEL ASEGURADO AL INSTITUTO Y/O A LA PRESENTE PÓLIZA NO HAYA ESTADO BAJO TRATAMIENTO, CONTROL O ESTUDIO MÉDICO Página 28, tercer párrafo, Reconocimiento de antigüedad, en relación con esta cobertura y con la finalidad de que quede perfectamente definido el alcance de esta cobertura, se solicita a la Convocante que se cumpla este requerimiento mediante el siguiente texto: Para efectos de la póliza, se reconoce la antigüedad de cada Asegurado a partir de la fecha de alta a la colectividad asegurada, siendo la fecha de vigor el inicio de la primera expedición de una póliza de Gastos Médicos Mayores en una institución mexicana de seguros, siempre y cuando no haya tenido períodos al descubierto mayores a treinta días, conforme a los siguientes términos: I. El reconocimiento de antigüedad se otorga únicamente para reducir o eliminar el período de espera de aquellas coberturas sujetas a dicha condición; será reducción o eliminación de acuerdo al período que se haya tenido cubierto en otra aseguradora. II. Las malformaciones o padecimientos congénitos estarán cubiertos conforme se establece en las cláusulas respectivas. III. Si la documentación con la cual se respalda el período cubierto en otra aseguradora, no se presenta al contratar la póliza, el reconocimiento de antigüedad estará condicionado a la aceptación por parte de LA ASEGURADORA. Favor de pronunciarse al respecto R. SE ACEPTA, ACLARANDO QUE PARA EFECTOS DE EMISIÓN DE 6

7 CERTIFICADOS INDIVIDUALES BASTARA CON LA BASE DE DATOS QUE EMITA LA CONVOCANTE, EN LA QUE SE PRECISARÁ LA FECHA DE ANTIGÜEDAD Página 28, cuarto párrafo, se menciona que: Los gastos erogados por enfermedad o accidentes amparados por la póliza ocurridos en la vigencia de la misma, deberán ser cubiertos sin límite de tiempo y por evento hasta agotar la suma asegurada, entendemos que este requerimiento refiere a la cláusula de Periodo de beneficio, y que dicho requerimiento se cumple con el siguiente texto: Si la póliza se renueva anualmente sin interrupción alguna, se continuarán pagando los gastos por cada enfermedad y/o accidente cubierto en la vigencia anterior hasta el agotamiento de la suma asegurada vigente al momento de haberse iniciado la enfermedad y/o accidente respectivo, sin que aplique un período máximo de cobertura para estos pagos. Si la póliza y/o certificado individual se cancela por cualquiera de las causas mencionadas en la cláusula de Terminación del contrato, o no se hace la renovación anual de ella o la contratación de una póliza individual de Gastos Médicos Mayores con la LA INSTITUCIÓN, según sea el caso: No se cubrirán los gastos efectuados después de la fecha de fin de vigencia, cancelación de la póliza o separación de la colectividad asegurada, aun cuando la reclamación haya iniciado dentro del periodo de vigencia Si el Asegurado está recibiendo algún tipo de atención médica al momento de finalizar su vigencia o cancelación de la póliza o, de haber sido separado de la colectividad asegurada, se le pagarán los gastos de esa atención médica por un plazo máximo de 90 días a partir de la fecha de terminación de vigencia o cancelación o, separación de la colectividad asegurada, o el agotamiento de la suma asegurada, lo que ocurra primero. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 29, primer párrafo, Endometriosis, en relación con esta cobertura y con la finalidad de que quede perfectamente definido el alcance de esta cobertura, se solicita a la Convocante confirmar que se cubre este requerimiento mediante el siguiente texto: Los tratamientos por endometriosis solo se cubrirán previa valoración al acto quirúrgico por parte del médico designado por MetLife México, excluyéndose los tratamientos de infertilidad. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES

8 15. Página 30, segunda viñeta, Cobertura de gastos funerarios, apreciaremos ratificar que se cumple con su requerimiento con el siguiente texto: Si durante la vigencia de este beneficio los Asegurados registrados para efectos de esta cobertura fallecen a causa de una enfermedad o accidente cubiertos por la póliza, LA ASEGURADORA pagará con sujeción a lo estipulado en la presente póliza, para cada uno de sus asegurados, independientemente de la edad, la suma asegurada de $40, a los beneficiarios designados por el Asegurado, sin aplicación de deducible ni coaseguro. La vigencia de este beneficio para cada asegurado terminará al ocurrir cualquiera de los eventos siguientes: Concluir la vigencia de la póliza de que este beneficio forma parte, por cualquiera de las causas en ella convenidas. Cancelación del presente beneficio. Al efectuar LA ASEGURADORA el pago de la suma asegurada pactada para este beneficio. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 30, quinta viñeta, Cobertura de emergencia en el extranjero, agradeceremos confirmar que se cumple este requerimiento con el siguiente texto: Si durante la vigencia de esta póliza y como resultado de un accidente o de una enfermedad sufrida en el extranjero, el Asegurado requiere de un tratamiento médico de emergencia, LA ASEGURADORA cubrirá el costo del mismo hasta por 50,000 dólares de suma asegurada, con la aplicación de un deducible de 50 dólares y sin aplicación de coaseguro. Se considera emergencia médica, cuando un padecimiento o accidente cubierto por la póliza, pone en peligro la vida o viabilidad de alguno de los órganos del Asegurado, por lo cual requiere atención médica inmediata e ingresa por el área de urgencias de un hospital o sanatorio, dentro de las 24 horas de ocurrido dicho padecimiento o accidente. Cuando de acuerdo con el criterio del médico tratante, el tratamiento de emergencia ya no es requerido, por estar estabilizada y controlada la condición patológica del paciente, pudiendo éste continuar su tratamiento en su domicilio o lugar de origen, en ese momento cesará la condición de emergencia. GASTOS CUBIERTOS Servicios de Hospital.- Cuarto y alimentos, medicamentos, unidades de cuidado intensivo, salas de operación y recuperación, sala de emergencia, servicios especiales 8

9 de enfermería, análisis de laboratorios, rayos X, electroencefalogramas y electrocardiogramas. Servicios Médicos.- Visitas médicas, intervención quirúrgica, anestesia, servicios de primeros auxilios, análisis de laboratorios y rayos X. Otros Servicios.- Ambulancia terrestre, transfusiones, prescripciones médicas, oxígeno. EXCLUSIONES Y LIMITACIONES Todo tipo de gasto realizado por los acompañantes del Asegurado durante la internación de éste en sanatorios u hospitales. Cualquier tratamiento de rehabilitación. Servicios de enfermería fuera del hospital. Todos los gastos efectuados en el extranjero y cubiertos por esta póliza, serán reembolsados al tipo de cambio de venta vigente en la fecha en que el asegurado haya efectuado el pago de dichos gastos, para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación. La suma asegurada de esta cobertura, será efectiva única y exclusivamente durante el período de vigencia de la póliza. Favor de pronunciarse al respecto R. SE ACEPTA Página 30, sexta viñeta, Cobertura de tratamientos oftalmológicos, agradeceremos ratificar que se cumple con su requerimiento con el siguiente texto: Se cubrirán los gastos en que incurra el Asegurado, hasta por $10, con aplicación de deducible de 1 SMGM y coaseguro de 10%, a consecuencia de tratamientos oftalmológicos originados por miopía, presbiopía, hipermetropía y astigmatismo, cirugía correctiva por defectos de refracción de córnea, queratotomía radiada, queratomileusis, epiqueratofaquia y similares, siempre y cuando el asegurado tenga cinco o más dioptrías en cada ojo. En caso de utilizar médicos y hospitales de la Red, no aplicará deducible ni coaseguro. EXCLUSIONES Queratocono, afaquia, astigmatismos irregulares, estrabismo paralítico, glaucoma, catarata, conjuntivitis, trastornos del aparato lagrimal, otros trastornos de la movilidad binocular, ceguera y disminución de la agudeza visual a consecuencia de una enfermedad o accidente no cubierto por la póliza. Favor de pronunciarse al respecto

10 R. APEGARSE A BASES Página 30, séptima viñeta, Cobertura dental, se solicita a la convocante ratificar que se cumple este requerimiento con el siguiente texto: Quedan cubiertos hasta por el costo razonable, con límite de la suma asegurada de $5,000.00, sin deducible y coaseguro del 20% y con sujeción a los términos y condiciones estipulados en la localidad donde sean llevados a cabo, los gastos realizados por tratamientos y/o servicios dentales amparados, que durante la vigencia de esta póliza sea necesario efectuar en la persona del Asegurado. La presente Cobertura Dental solo cubre los honorarios de los odontólogos, quedando excluidos los medicamentos y los gastos de hospitalización, excepto los expresamente cubiertos por la póliza. Quedarán cubiertos los padecimientos dentales preexistentes a la fecha de alta de cada Asegurado a esta cobertura. Los tratamientos y/o servicios dentales deberán realizarse dentro del territorio nacional, quedando amparados los siguientes: Consulta Historia Clínica Operatoria Dental Amalgama simple Amalgama compuesta Amalgama compleja Amalgama con pin Resina simple Resina compuesta Endodoncia Monorradicular Birradicular Trirradicular Pulpotomía Flúor Odontopediatría Pulpotomía 10

11 Recolocación Amalgama simple Amalgama compuesta Radiología Rx. periapical Rx. aleta mordible Media serie Serie completa Cirugía Extracción simple Regularización alveolar Drenaje abscesos Retenido en mucosa Retenido en hueso Apicectomía Radectomía Incrustaciones varias, porcelanas, restauraciones, corona dental, prótesis fija o removible, rehabilitación bucal posterior a endodoncia. EXCLUSIONES Y LIMITACIONES Esta cobertura no incluye los gastos que se refieran a los tratamientos y/o servicios dentales siguientes: Tratamientos de Ortodoncia, Paradoncia, Prótesis y Cosmética Dental. Profilaxis y pulido Medicamentos. Hospitalización, excepto cuando se requiera de acuerdo con las Condiciones Generales de la póliza a la que se adiciona esta cobertura. Los tratamientos experimentales. Gastos realizados fuera de territorio nacional. TRATAMIENTO DENTAL Para efectos de esta cobertura se entenderán como tratamientos dentales: 11

12 I. Todos los padecimientos odontológicos amparados por esta cobertura y que sean detectados en el diagnóstico inicial, realizado al Asegurado por un odontólogo durante la vigencia de la presente póliza. II. III. Se considera como un sólo tratamiento, aquél diagnosticado por un odontólogo y que continúe periódicamente de acuerdo con el calendario de citas establecido por él. La duración máxima de cada tratamiento es de ciento ochenta días naturales, contados desde la fecha de la primera consulta o el primer gasto, lo que ocurra primero Se considerará como parte de un tratamiento, todo aquel procedimiento que aún cuando no se haya diagnosticado inicialmente, resulte en el desarrollo del mismo y se pueda verificar su existencia en las radiografías iniciales. La suma asegurada de esta cobertura, será efectiva única y exclusivamente durante el período de vigencia de la póliza. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 30, octava viñeta, Cobertura de parto, con la finalidad de que quede perfectamente definido el alcance de esta cobertura, se solicita a la Convocante, confirmar que se cubre este requerimiento mediante el siguiente texto: Se cubre el parto normal y/o aborto involuntario, bajo los términos siguientes: a) Gastos correspondientes únicamente a hospitalización y honorarios médicos inherentes al evento. b) Gastos derivados de la atención de las siguientes complicaciones del parto: Erosión cervical, Inserción velamentosa del cordón umbilical, Laceración del canal del parto, Polihidramnios y oligohidramnios, Ruptura, Inversión o atonía uterina y Várices vulvares y vaginales. c) Se considerará como aborto involuntario la interrupción de la gestación que ocurra antes de la semana 20 (veinte) del embarazo. Sólo se cubrirá si su acontecimiento es involuntario para la Asegurada y su realización se acredita mediante los correspondientes estudios de laboratorio y/o gabinete. d) Sólo se cubrirá a la Asegurada Titular o Cónyuge del Asegurado Titular, cuya edad se ubique entre los dieciocho y los cuarenta y cinco años. e) Los gastos originados quedarán cubiertos siempre y cuando el período de gestación se inicie dentro de la vigencia del respectivo certificado individual de la presente póliza, de cada Asegurada. f) La cobertura sólo será aplicable a los gastos erogados dentro del territorio nacional. 12

13 g) Los honorarios médicos/quirúrgicos se cubrirán hasta por $40, con aplicación de 10% de coaseguro y eliminación de deducible, independientemente del Sistema de Pago de Indemnización utilizado por la Aseguradora. h) Los Gastos derivados de las siguientes complicaciones del embarazo, parto o puerperio: Intervención quirúrgica con motivo de Embarazo extrauterino, Toxicosis gravídica y eclampsia, Mola hidatiforme (Embarazo molar) y Fiebre puerperal, quedan cubiertos con periodo de espera. Esta cobertura no ampara: Honorarios de ayudante del ginecólogo. Control, vigilancia y atención prenatal, tal como consultas de control del embarazo, estudios de laboratorio y de gabinete, medicamentos, complementos vitamínicos, entre otros. Gastos o tratamientos del recién nacido sano, como incubadora, cuneros, honorarios del pediatra, circuncisión, perforación del lóbulo de la oreja, pañales desechables, servicio de fotografía, gastos de registro y/o bautizo, entre otros. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 30, octava viñeta, Cobertura de cesárea, con la finalidad de que quede perfectamente definido el alcance de esta cobertura, se solicita a la Convocante confirmar que se cubre este requerimiento con el siguiente texto: Gastos originados por la operación cesárea, entendiéndose como tales, los honorarios de médicos que participaron en la intervención quirúrgica y los gastos de hospitalización, los cuales quedarán cubiertos hasta por un monto máximo de $40,000.00, sin aplicación de deducible y con coaseguro del 10%. Como operación cesárea, se considerará aquélla que sea prescrita por un médico legalmente autorizado para ejercer su profesión y que sea necesaria para resolver un embarazo que ponga en peligro la vida del niño o de la madre. Dicha operación se cubrirá únicamente para la Asegurada Titular o la cónyuge del Asegurado Titular, cuya edad se ubique entre los dieciocho y los cuarenta y cinco años, por lo que no quedarán protegidas hijas o madres del Asegurado o Asegurada Titular. Los gastos originados por la operación cesárea quedarán cubiertos siempre y cuando el periodo de gestación se inicie dentro de la vigencia del correspondiente certificado individual de la póliza. Favor de pronunciarse al respecto

14 R. APEGARSE A BASES Página 31, tercera viñeta, Cobertura de pago de complementos, agradeceremos confirmar que se cumple este su requerimiento con el siguiente texto: Quedarán cubiertos los gastos médicos que se eroguen durante la vigencia de esta póliza, por enfermedades y/o accidentes iniciados en la vigencia anterior de la póliza de Seguro de Gastos Médicos Mayores contratada con otra aseguradora, bajo las siguientes condiciones: a) Los gastos médicos que se eroguen, siempre y cuando sean a consecuencia de un accidente y/o enfermedad amparada y tratada, en la póliza de la vigencia anterior. b) Los gastos médicos que se eroguen quedaran cubiertos bajo las condiciones vigentes en la fecha en que se efectúe el primer gasto y hasta agotar la suma asegurada, lo que ocurra primero. c) Para los efectos de este beneficio será necesario que la vigencia del seguro no haya sido interrumpida ni en la aseguradora anterior, ni en el cambio con LA ASEGURADORA. d) Las enfermedades o accidentes en caso de ser reconocidos, no serán considerados como Padecimientos Preexistentes. e) Que la atención médica se preste en Territorio Nacional. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 31, quinta viñeta, Cobertura de deportes peligrosos, apreciaremos ratificar que se cumple este requerimiento el siguiente texto: Se cubrirán hasta por la suma asegurada y el deducible y coaseguro pactados para la cobertura básica, los gastos en que incurra el Asegurado a consecuencia de lesiones que sufra por la práctica amateur u ocasional de los deportes que impliquen un riesgo mayor al normal, anotándose los siguientes con carácter enunciativo mas no limitativo: Alpinismo, Artes Marciales, Boxeo, Buceo, Ciclismo, Charrería, Rapel, Equitación, Espeleología, Hockey, Tauromaquia, Montañismo, Automovilismo, Motociclismo terrestre o acuático, Esquí en cualquiera de sus formas, Surfing, Regatas (veleros, yates, entre otros), Polo, Deportes aéreos y similares, Velideltismo, Lucha Libre, Lucha Grecorromana, Karate, Cacería. Conforme a los términos siguientes: a) Los gastos efectuados por el Asegurado se cubrirán con sujeción a los términos y condiciones de la póliza de la que forma parte, los cuales no deberán exceder el costo razonable. 14

15 b) El deducible y el coaseguro aplicarán únicamente en el Sistema de Pago por Reembolso. c) Esta cobertura sólo aplica en Territorio Nacional. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 31, sexta viñeta, Cirugía de nariz y/o senos paranasales, a consecuencia de un accidente, se solicita confirmar que se cubrirá siempre y cuando se compruebe que fue derivado de un accidente y la Aseguradora podrá solicitar toda clase de información. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 31, séptima viñeta, Tratamiento médico o quirúrgico de nariz y/o senos paranasales que sea originado por enfermedad, se solicita confirmar que la misma se cubrirá con un periodo de espera de 2 años. Favor de pronunciarse al respecto R. NO SE ACEPTA Página 31, octava viñeta, indican: Factor de potenciación de la suma asegurada a 1,200 SMGMVDF, con cargo al titular que expresamente lo solicite, apreciaremos a la Convocante confirmar que dichos costos se presentarán en la propuesta económica como costos individuales por rango de edad que corresponden a la potenciación de SMGMVDF a 1,200 SMGMVDF. Favor de pronunciarse al respecto R. SE ACEPTA En alcance a la pregunta anterior, agradeceremos confirmar que el Factor de potenciación, será solicitado al inicio de la vigencia para los asegurados actuales y dentro de los 30 días siguientes a su incorporación para altas nuevas de asegurados. Favor de pronunciarse al respecto R. EL FACTOR DE POTENCIACIÓN SE SOLICITARÁ DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS SIGUIENTES AL INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA Página 31, Privilegio de conversión, se hace del conocimiento de la convocante que las pólizas individuales, son pólizas de adhesión reguladas por la Comisión Nacional de 15

16 Seguros y Fianzas, por lo cual no son sujetas a acuerdos entre las partes, sino que el asegurado deberá someterse a los términos, condiciones y tarifas autorizadas por esta autoridad en materia de seguros y de ninguna manera pueden ser negociadas estas condiciones y tarifas, por lo cual se solicita eliminarlo. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 32, Reinstalación automática de la suma asegurada, atentamente solicitamos a la convocante confirmar que la reinstalación aplicará sólo para cubrir nuevos accidentes y/o enfermedades. Favor de pronunciarse al respecto R. SE ACEPTA Página 33, segundo párrafo, refieren que en caso de accidente y/o enfermedad a los gastos complementarios vía reembolso no se les aplicará el coaseguro en atención subsecuente a la intervención quirúrgica, estimaremos a la Convocante confirmar que esta eliminación se hará en caso de enfermedad, siempre y cuando la atención haya sido con médico y hospital de red. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Página 33, tercer párrafo, indican: La Aseguradora ganadora deberá de efectuar el reembolso de primas cubiertas en los casos de bajas de asegurados, cancelación de póliza o reducción de puestos, apreciaremos a la Convocante ratificar que se efectuará el reembolso de primas por el período no devengado siempre y cuando no exista siniestro. Asimismo agradeceremos nos aclaren a que se refieren con reducción de puesto, ya que sólo se maneja una sola suma asegurada. Favor de pronunciarse al respecto R. SE RATIFICA QUE EL REEMBOLSO DE PRIMAS SERÁ POR EL PERIODO NO DEVENGADO, SIEMPRE Y CUANDO NO EXISTA SINIESTRO. SE ELIMINA EL TERMINO REDUCCIÓN DE PUESTO, EN VIRTUD DE QUE NO ES APLICABLE Página 34, segundo párrafo, estimaremos ratificar que el asegurado que cause baja de la colectividad y solicite por escrito continuar en ella, deberá pagar la prima correspondiente al tiempo que falte para concluir la vigencia de la póliza en una sola exhibición. Favor de pronunciarse al respecto R. SE ACEPTA

17 32. Página 36, primer párrafo, en relación a las altas y bajas, agradeceremos a la convocante nos ratifique que éstas se notificarán por escrito a la aseguradora dentro de los 30 días posteriores a que se hayan efectuado. Favor de pronunciarse al respecto R. APEGARSE A BASES Solicitamos a la Convocante considerar que en cumplimiento a la resolución por la que se expiden las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, dictada por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo del año 2004, las Instituciones de Seguros debemos integrar un expediente de identificación del cliente, previamente a la celebración de contratos de cualquier tipo, que contenga determinada información y documentación mínima del contratante y los asegurados; incluso la disposición quinta señala que sólo se podrán suscribir contratos de cualquier tipo, hasta que los clientes hayan cumplido satisfactoriamente los requisitos de identificación. En consecuencia, agradeceremos confirmar que la información respectiva al Instituto Electoral del Distrito Federal, será entregada al licitante ganador en el acto de fallo, toda vez que la entrega tardía de la documentación requerida para cumplir con esta disposición, repercutirá a su vez en el cumplimiento de los plazos establecidos por la Convocante, tales como la firma del contrato y entrega de las pólizas, de conformidad con lo establecido en la disposición antes aludida. Favor de pronunciarse al respecto R. SE CONFIRMA SEGUROS INBURSA, S.A. GRUPO FINANCIERO INBURSA referente al punto 2.3, cantidades adicionales que podran contratarse: 3er parrafo durante los nueve mese, favor de confirmar que las modificaciones al contrato seran de 12 mese que dura la vigencia del servicio R. APEGARSE A BASES solicitamos a la convocante que no es motivo de descalificación presentar los documentos como son copias certificadas de la documentación legal y adminiatrativa, para su cotejo R. APEGARSE A BASES favor de ratificar que el contratante será el único responsable del pago de las primas de todas las pólizas (básica y opcional para otros dependientes) ante seguros inbursa. pronunciarse al respecto

18 R. SE RATIFICA pagina 4, inciso c), 3er renglon, favor de ratificar que el anexo c, del anexo técnico es el que se detalla en la pagina 39. favor de confirmar R. SE CONFIRMA favor de ratificar que solo se entregaran los recibos de pago correspondientes a nombre única y exclusivamente del contratante, para todas las pólizas (básica y opcional para otros dependientes). pronunciarse al respecto en caso de que el negocio sea ganado por seguros inbursa, solicitamos que sea necesario el llenado de consentimientos por cada uno de los participantes. pronunciarse al respecto en caso de no aceptar lo propuesto en el inciso anterior, solicitamos que se nos proporcionen los consentimientos con los que se contaba en la vigencia anterior y que el llenado solo sea un requisito para las nuevas altas a la póliza. pronunciarse al respecto favor de ratificar que no habrá intermediación de algún agente de seguros R. SE RATIFICA QUE NO HABRÀ INTERMEDIACIÓN sobre la propuesta económica, seguros inbursa solicita que: a). se le permita presentar la propuesta económica en formato libre y que se indique si cumplimos con presentar las tarifas y primas bajo los siguientes rangos de edad y sexo para caso nivel de suma asegurada: población tarifas ( no incluyen iva) prima neta ( no incluyen iva) edades hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres

19 b). en caso de no aceptar lo propuesto en la pregunta anterior, solicitamos que se ratifique que el formato indicado en el punto 4,inciso a), pág.4. será el formato a utilizar por cada nivel de suma asegurada. c). favor de indicar si los costos de la propuesta económica serán costos individuales o costos de manera conjunta (todos los asegurados empleados y dependientes) por nivel de suma asegurada, lo anterior por no ser del todo claro el formato. d). favor de confirmar que propuesta económica presentará costos mensuales o anuales, lo anterior por no ser del todo claro el formato. e). favor de confirmar que cumplimos con presentar los costos con los rangos de edad indicados en el inciso a). pronunciarse al respecto para todos los incisos sobre la forma de pago, seguros inbursa solicita que: a). favor de ratificar la forma de pago será mensual anticipado. b). favor de ratificar que la forma de pago a aplicar será la misma para la póliza básica y opcional para otros dependientes. c). favor de ratificar que cada compañía ofrecerá el recargo por pago fraccionado correspondiente, que el contratante deberá de absorber el costo respectivo y que este se deberá de incluir en la propuesta ecónomica. pronunciarse para cada uno de los incisos favor de ratificar que el contratante será el único responsable del pago de las primas de todas las pólizas (básica y opcional para otros dependientes) ante seguros inbursa. pronunciarse al respecto R. ATENDIDA CON LA RESPUESTA A SU PREGUNTA favor de ratificar que solo se entregaran los recibos de pago correspondientes a nombre única y exclusivamente del contratante, para todas las pólizas (básica y opcional para otros dependientes). pronunciarse al respecto

20 R ATENDIDA CON LA RESPUESTA A SU PREGUNTA *en caso de que se el negocio sea ganado por seguros inbursa, solicitamos que sea necesario el llenado de consentimientos por cada uno de los participantes. pronunciarse al respecto R. CONTESTADA CON LA RESPUESTA DE SU PREGUNTA en caso de no aceptar lo propuesto en el inciso anterior, solicitamos que se nos proporcionen los consentimientos con los que se contaba en la vigencia anterior y que el llenado solo sea un requisito para las nuevas altas a la póliza. pronunciarse al respecto R. CONTESTADA CON LA RESPUESTA DE SU PREGUNTA favor de ratificar que no habrá intermediación de algún agente de seguros R. CONTESTADA CON LA RESPUESTA DE SU PREGUNTA sobre la vigencia de la póliza, favor de ratificar que esta será a partir de: las 00:00 horas del 01 de enero de 2007 a las 00:00 horas del 31 de diciembre de pronunciarse al respecto sobre la propuesta económica, seguros inbursa solicita que: a). se le permita presentar la propuesta económica en formato libre y que se indique si cumplimos con presentar las tarifas y primas bajo los siguientes rangos de edad y sexo para caso nivel de suma asegurada: edades

21 pronunciarse al respecto R. CONTESTADA CON LA RESPUESTA DE SU PREGUNTA sobre la forma de pago, seguros inbursa solicita que: a). favor de ratificar la forma de pago será mensual anticipado. b). favor de ratificar que la forma de pago a aplicar será la misma para la póliza básica y opcional para otros dependientes. c). favor de ratificar que cada compañía ofrecerá el recargo por pago fraccionado correspondiente, que el contratante deberá de absorber el costo respectivo y que este se deberá de incluir en la propuesta económica. pronunciarse para cada uno de los incisos R. CONTESTADA CON LA RESPUESTA DE SU PREGUNTA favor de ratificar que solo existe un nivel de suma asegurada para toda la población sobre la póliza básica, solicitamos que se nos envié la siguiente información: a). población. detalle de la población asegurable (base de datos en medio magnético, de preferencia en formato de excell), la cual contenga los siguientes campos: nombre completo del asegurado (titular y dependientes), fecha de nacimiento, parentesco y sexo (f, m). indicando las subcategorías por suma asegurada (en caso de existir), separando la población de acuerdo a las mismas. b). siniestralidad. reporte de siniestralidad reportada (base de datos en medio magnético, de preferencia en formato de excell), la cual contenga los siguientes campos: nombre del afectado, fecha de ocurrido, padecimiento, monto pagado, suma asegurada contratada bajo la cual se inicio el padecimiento y el periodo de análisis que comprende la siniestralidad enviada. c). variaciones. reporte de las variaciones existentes entre las condiciones de la póliza contratada en la vigencia anterior, con las bases de la presente licitación. además de la prima pagada en la vigencia anterior y el nombre de la aseguradora contratada. pronunciarse al respecto para todos los incisos R. INCISO a) INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL ANEXO TÉCNICO EN PÁGINA 37. INCISO b) EN ESTE ACTO SE ENTREGA EN MEDIO MAGNÉTICO; INCISO c) SE ADICIONA LA COBERTURA RELATIVA AL FACTOR DE POTENCIACIÒN Y LA ASEGURADORA CONTRATADA ES METLIFE

22 22.-sobre la póliza opcional para otros dependientes, solicitamos que se nos envié la siguiente información: a). favor de ratificar que dicha población no esta incluida en la relación de personal que se incluye en las bases. b). favor de ratificar que los costos que comprende la propuesta económica no incluye el costo de estas personas. c). sobre la siniestralidad de estas pólizas, solicitamos que se nos indique si la siniestralidad está incluida en la póliza básica. favor de pronunciarse para cada uno de los incisos sobre la póliza (excesos), solicitamos: a). favor de ratificar que los costos que comprende la propuesta económica no incluye el costo de estas personas. b). solicitamos que se anexe al texto que habrá un periodo de promoción de 30 días para ingresar a esta póliza. c). sobre la siniestralidad de estas pólizas, solicitamos que se nos envié el reporte de siniestralidad la cual contenga los siguientes campos: nombre del afectado, fecha de ocurrido, padecimiento, monto pagado, suma asegurada contratada bajo la cual se inicio el padecimiento y el periodo de análisis que comprende la siniestralidad enviada. d). ratificar que solo aplicarán para nuevos padecimientos. favor de pronunciarse para cada uno de los incisos R. APEGARSE A BASES sobre la póliza (excesos), favor de ratificar que no se entregaran recibos individuales a nombre de cada asegurado. pronunciarse al respecto sobre los honorarios quirúrgicos: a). honorarios médicos. favor de ratificar que el thq solicitado es de 36 smmvdf. b). anestesista. solicitamos que el pago de honorarios del anestesista, maneje de la siguiente manera: hasta el 30% de lo tabulado para el cirujano. c). ayudantes. solicitamos que el pago de honorarios por ayudante se maneje de la siguiente manera: primer ayudante: 20% de lo tabulado para el cirujano; y para el segundo ayudante: 10% de lo tabulado para el cirujano, lo anterior para no encarecer el programa. pronunciarse al respecto para cada uno de los incisos para el caso de la cobertura de tratamientos de radioterapia, inhalo terapia, pág. 28, solicitamos que se anexe al texto que será necesario que dichos tratamientos sean prescritos 22

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