Fecha de elaboración del perfil de mercado: septiembre TRATAMIENTO ARANCELARIO, DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO GRAVAMEN E IMPUESTOS LOCALES:

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1 Fecha de elaboración del perfil de mercado: septiembre TRATAMIENTO ARANCELARIO, DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO GRAVAMEN E IMPUESTOS LOCALES: Posición Descripción Colombia IVA Grav Rég MERCOSUR Vino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto de uva, excepto el de la partida En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 L (Los demás vinos; mosto de uva (/13) 20 en el que la fermentación se ha L I 0% impedido o cortado añadiendo alcohol) (/13) IVA 35% del impuesto de consumo corresponde al IVA. Se causa en cabeza de productores e importadores. La base gravable esta constituida por el numero de grados alcoholimétricos, se declara y paga una solamente una vez dentro del impuesto al consumo en el formulario fondo cuenta de impuestos al consumo de productos extranjeros de la Federación Nacional de Departamentos.(Articulo 213 de la Ley 223 de 1995, articulo 49 de la Ley 788 de 2002, articulo 19 del decreto 522 de 2003). 2.- SITUACION ACTUAL DEL MERCADO: El vino en Colombia Pese a que entre las preferencias de los colombianos el aguardiente, el ron, la cerveza y el whisky siguen marcando la pauta, no se puede desconocer que el vino viene ganando una notable participación en esos gustos. Varios datos demuestran que se está dando en el mercado del vino en Colombia una transformación y cada vez es mayor el número de seguidores que gana esta bebida.

2 Uno de los más importantes cambios se registra con la cantidad de vino per cápita que se está consumiendo en el país, la cual asciende a 0,8 litros, cuando una década atrás no superaba la copa por persona. Y se trabaja porque sea aún mayor porque la gente ha perdido el miedo a conocer más de cerca al vino y está demandando más educación e información sobre el tema. Otros datos importantes se relacionan con el espacio asignado por las grandes superficies, como los hipermercados, para exhibir las marcas que llegan al país, ya que pasó de los 10 metros lineales a más de 45 metros entre 2000 y En esa misma proporción se puede decir que creció la oferta, toda vez que ya no se encuentran las 300 referencias de hace unos años, hoy existe una variedad de más de 1200 clases de diversos orígenes (450 marcas), en tanto los importadores pasaron de 20 hace una década a cerca de 120 en la actualidad. Según datos del mercado, hasta el año pasado las ventas de vinos se acercaban a los millones de pesos, de los cuales el 60 por ciento se comercializaba en las grandes superficies. Una cifra que se intenta aumentar ya que se busca que en los próximos cinco años cada colombiano consuma no menos de una botella y media de vino, para ello se utilizarán diferentes estrategias: información, exhibición, actividad promocional etc. Aunque el colombiano tradicional conoce poco de vinos, es claro que cada día se esmera más por conocer sobre el tema. Los expertos han detectado que ya existe una preferencia marcada por algunas variedades de esta bebida, siendo los tintos los más demandados (71 por ciento), seguidos por los blancos (22 por ciento) y luego los rosados. Como consecuencia de ese bajo conocimiento del mercado nacional en esta materia, es probable que a la hora de comprar las personas se inclinen más por aquellos vinos de etiqueta simple, con datos menos técnicos y explicaciones sencillas, entre los que se encuentran los latinoamericanos. Análisis del mercado indican que el 70 por ciento de los compradores se deciden por estos, siendo los chilenos y los argentinos los más apetecidos (40 y 30 por ciento respectivamente). Sin embargo, hay que tener en cuenta que a Colombia llegan vinos procedentes de España, Italia, Estados Unidos, Francia, Sudáfrica, Australia, Rumania, Hungría y Alemania. Los acuerdos de Colombia con el MERCOSUR impusieron aranceles cero y favorecieron las importaciones de vinos de la Argentina. En el 2002 Argentina exportaba a Colombia un valor de a dólares. Actualmente las exportaciones argentinas de vinos alcanzan los siete millones de dólares. Colombia importa un total de cajas, en 2009 Colombia fue el tercer mercado latinoamericano más importante detrás de México y Perú, pero durante el primer semestre de 2010 Colombia ha superado a Perú, ya que ha habido un crecimiento del 20% respecto del año pasado.

3 3.- COSTOS DE NACIONALIZACIÓN: Gastos en destino Desconsolidación.. USD Endoso guía USD Recargos x fletes al cobro 5 % MIN.. USD Manejo se facturará al costo de acuerdo al comprobante de pago de la correspondiente aerolínea. INTERMEDIACION ADUANERA Intermediación aduanera de importación por Bogotá Comisión 0.40% sobre el valor CIF mínimo.. COL$ Registro hoja principal COL$ Descriptiva y/o modificación. COL$ Trámite Vo Bo COL$ Declaración de importación COL$ Declaración de valor COL$ Formularios al costo Clasificación arancelaria y gastos adicionales Para los casos que no se requiera registro de importación: - COL$ por cada producto diferente - Preinspección de la carga... COL$ Gastos fijos Bogotá.. COL$ TRANSPORTE LOCAL Transporte y entrega de sus mercancías de los depósitos de aduana a sus bodegas en Bogotá: de 1 a 50 kilos COL. $ de 51 a 100 kilos COL. $ de 101 a 300 kilos COL. $ de 301 a 500 Kilos COL. $ Para las mercancías con peso superior a 501 Kilos, el transporte se cobrará según oferta especial.

4 Nota: están excluidos los valores correspondientes a manejo de carga, bodegajes e impuestos de aduana los cuales se cobraran al costo de acuerdo con las facturas oficiales. Costos de Apertura de la Carta de Crédito: Los bancos cobran 1% sobre el valor de la apertura de la carta de crédito. 4.- DOCUMENTOS EXIGIDOS EN LA ADUANA: Original de la Factura Comercial Registro o licencia de importación Original de la lista de empaques Original del certificado de origen Documento de transporte (guía aérea, BL) Declaración Andina del Valor en Aduana, este es un documento que deben tramitar el importador colombiana sobre el valor de la mercancía que sea superior a US$ Certificado de conformidad con norma técnica 5.- RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS: Descripciones Mínimas: Su importación se encuentra sujeta a requisitos de descripciones mínimas de las mercancías objeto de importación. (Ver Resolución 388 de 2009 ). 6.- REQUISITOS SANITARIOS: Registro Sanitario o Permiso de comercialización o Notificación Sanitaria Obligatoria: Para su importación se requiere registro sanitario, o permiso de comercialización o notificación sanitaria obligatoria; por parte del INVIMA. (Ver Circular Externa 0075 de 2006 ). NOTA: Estas resoluciones y circular externa, la pueden consultar en la página web: entrar por normatividad. Con respecto al registro sanitario pueden consultar la página web: A mano derecho, entrar por normatividad, allí pueden consultar las resoluciones y decretos referentes a bebidas alcohólicas.

5 En esa misma página pueden entrar por trámites y servicios y luego por formularios, en este sitio encontrará el formulario que debe diligenciarlos para solicitar el registro. 7.- LEYES, REGULACIONES Y SISTEMAS QUE RIGEN PARA EL PRODUCTO IMPORTADO: Decreto Número 300 de febrero 10/1995, el cual verifica el cumplimiento de las normas técnicas colombianas oficiales obligatorias. A continuación se detalla el mencionado decreto: MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO DECRETO NUMERO 300 DE FEBRERO 10 DE 1995 Por el cual se establece el procedimiento para verificar el cumplimiento de las normas técnicas colombianas oficiales obligatorias y los reglamentos técnicos en los productos importados EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y conforme a lo dispuesto en la Ley 6ª de 1971, la Ley 7ª de 1991, y previo concepto del Consejo Superior de Comercio Exterior, y CONSIDERANDO: Que según el Decreto 2153 de 1992 corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio establecer, coordinar, dirigir y vigilar los programas nacionales de control industrial de calidad, pesas, medidas y metrología y organizar los laboratorios de control de calidad y metrología que considere indispensables para el adecuado cumplimiento de sus funciones, así como acreditar y supervisar los organismos de certificación y los laboratorios de pruebas, ensayos y de calibración que hagan parte del Sistema Nacional de Certificación; Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7º y 8º del Decreto 2269 de 1993, los productos o servicios sometidos al cumplimiento de una norma técnica colombiana obligatoria o reglamento técnico deben cumplir con éstos, independientemente de que se produzcan en el país o se importen. Para tales efectos, previamente a su comercialización, los fabricantes y los importadores tendrán que demostrar el cumplimiento de la norma técnica o reglamento técnico a través del certificado de conformidad expedido por el organismo o entidad competente.

6 Que el Gobierno Nacional, al regular el comercio exterior, debe procurar una competencia leal equitativa entre los productos importados y los nacionales. DECRETA: ARTICULO PRIMERO: Para obtener el registro o licencia de importación de los productos que estén sometidos al cumplimiento de normas técnicas colombianas oficiales obligatorias o reglamentos técnicos, el interesado deberá presentar ante el Instituto Colombiano de Comercio Exterior INCOMEX, conjuntamente con la solicitud correspondiente, el certificado de conformidad con la norma técnica colombiana oficial obligatoria o reglamento técnico respectivo, expedido por la Superintendencia de Industria y Comercio o los organismos de certificación debidamente acreditados o reconocidos de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia. ARTICULO SEGUNDO: Para obtener el levante de la mercancía sujeta al cumplimiento de una norma técnica colombiana oficial obligatoria o reglamento técnico, deberá presentarse ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, además de los documentos señalados en las disposiciones vigentes, el registro de importación otorgado por el INCOMEX en el cual aparezca que el importador ha dado cumplimiento a lo previsto en el artículo primero del presente decreto. La falla de presentación del registro de importación, conforme a lo señalado, constituirá una causal adicional a las establecidas en el artículo 30 del Decreto 1909 de 1992 para rechazar el levante de la mercancía. Al autorizar el levante de las mercancías, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dejará constancia sobre el registro de importación de que el mismo ha sido utilizado. ARTICULO TERCERO: Para efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, la Superintendencia de Industria y Comercio, en desarrollo y ejecución de sus funciones, informará al Instituto Colombiano de Comercio Exterior INCOMEX y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la lista de los productos sujetos al cumplimiento de normas obligatorias y reglamentos técnicos, con sus respectivas clasificaciones arancelarias, organismos y entidades de certificación acreditados o reconocidos a nivel nacional o internacional. La Superintendencia de Industria y Comercio definirá los mecanismos para reconocer los Certificados de Conformidad emitidos en el país de origen de la mercancía, conforme a lo establecido en el Decreto 2269 de ARTICULO CUARTO:

7 Para la aplicación del presente decreto la Superintendencia de Industria y Comercio, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y el Instituto Colombiano de Comercio Exterior INCOMEX, establecerán los procedimientos pertinentes para el desarrollo del control previsto en esta norma. ARTICULO QUINTO: El presente decreto rige a partir del primero de marzo de 1995, previa su publicación en el Diario Oficial PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Santafé de Bogotá D.C. a los diez días de febrero de mil novecientos noventa y cinco. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÜBLICO EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR GUILLERMO PERRY RUBIO RODRIGO MARIN BERNAL DANIEL MAZUERA GOMEZ 8.- EVOLUCION DE LAS IMPORTACIONES: Año País de compra Valor US$ FOB Julio/2010 Chile Argentina España Bélgica-Luxemburgo Estados Unidos Francia Italia Uruguay Alemania Suiza Surinam Chile Argentina

8 España Bélgica-Luxemburgo Francia Estados Unidos Italia Z. Franca Palma seca Uruguay Alemania Australia Z. Franca B/quilla Rumania Hong Kong Perú Reino Unido Israel Suiza Panamá Zona Franca Bogotá Puerto Rico Chile España Argentina Bélgica-Luxemburgo Francia Italia Estados Unidos Australia Z. Franca Palma Seca Uruguay Alemania Sudáfrica Rumania Panamá Liberia Chile Argentina España Bélgica-Luxemburgo Francia Estados Unidos Italia Australia Alemania Rumania

9 Uruguay Portugal Fuente: Bacex del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 9. EVOLUCION DE LAS EXPORTACIONES: Año País de Venta Valor US$ FOB julio2010 España Estados Unidos Fuente: Bacex del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 10. NIVELES DE PRECIOS Precios y márgenes comerciales: A nivel general los márgenes comerciales que se manejan en el comercio, se explican de la siguiente forma: entre el importador y distribuidor mayorista se maneja un 30%, entre el distribuidor y el minorista entre un 10% y 12% y entre el minorista y el consumidor final un 15%. 11. CANALES DE COMERCIALIZACION: IMPORTADOR TIENDAS CONSUMIDOR DISTRIBUIDOR ESPECIALIZADAS FINAL 12.- PRINCIPALES CENTROS DE CONSUMO: Los principales centros de consumo son: Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla 13. EMBALAJES Y FORMA DE ETIQUETADO:

10 Reglamento Técnico: Reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado nutricional que deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano. Vigente a partir del 06 de mayo de (Ver Resolucion 0288 de 2008 ). (Ver Resolución 4278 de 2008 ). (Ver Resolucion de 2009 ). NOTA: Las mencionadas resoluciones y circulares externas, las pueden consultar en la página web: entrar por normatividad. 14. FERIAS Y EXPOSICIONES GENERALES Y ESPECIALIZADAS: Evento AGROEXPO 2011 Fecha JULIO/2011 Organizador Corferias TEL (571) Pág. Web IMPORTADORES, SE INGRESO EN EL DIRECTORIO DEL PORTAL DE ARGENTINA TRADENET. WORLD TRADING S.A. Carrera 7 No Oficina 201 Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Alejandro Castañeda - Gerente acastaneda@cable.net.co ILLY CAFÉ. Carrera 12 A No Bogotá TELEFONO: CONTACTO: David Molina - Gerente de recursos humanos davidmolina@zonak.com.co BODEGAS AÑEJAS LTDA. Calle 13 No 42 B 42 Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Paola Arteaga - Gerente comercial paola.arteaga@bodegasanejas.com

11 LA CAVA 80. Calle 80 No 8-65 Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Jorge Pachón - Gerente lacava80@hotmail.com VINPAR LA VENDIMIA. Carrera 16 C No ( Barrio Villa Magdala) Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Hernando Paz - Gerente general Pablo Ramírez - Socio vinparvendimia@hotmail.com LA BARRA BAR RESTAURANTE. Calle 69 con 5 (Barrio los rosales) Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Adrian Osejo abor32@hotmail.com DISVINOS LTDA Celular: CONTACTO: Juan Manuel Moreno - Gerente buena_mesa@hotmail.com LA VIÑA DEL COUNTRY. Carrera 15 No Bogotá TELEFONO: / / CONTACTO: Luís Enrique Rico - Gerente general cartera@lavinalacasadeloslicores.com THE WINE STORE. Calle 81 No Bogotá TELEFONO: / CONTACTO: Andrea Cuellar - Gerente administrativa tienda@thewinestore.com.co MANUELITA S. A Carrera 25 No Paloquemado Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Fadia Badran- Gerente regional consumo fadia.badran@manuelita.com CLUB DEL VINO LA BRASSERIE Carrera 13 No Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Dolfus Morales - Gerente Administrativo Daniel Morales - Sommeliers

12 Doris Vallejo - Sommeliers dolfusm@yahoo.es JAIRO AVELLANEDA & CIA LTDA. Calle 108 No 8-39 Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Carlos Caldas - Gerente de cadenas Gladis Otelo - Gerente de importaciones Alexander Gil - Director de consumo carloscaldas@winintersa.com CARREFOUR Avenida 9 No , Piso 3, Bogotá TELEFONO: , Ext CONTACTO: Martha Vargas - Comprador seniors "Importaciones" martha_vargas@carrefour.com DOBLE VÍA - VINOS NOBLES. Calle 90 No 13 A 15 Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Adriana Jiménez Prada - Gerente comercial ajimenez@vinosnobles.com GRANDES BODEGAS S. A Carrera 10 No 27-91, torre C, Oficina 703. Bogotá TELEFONO: / Celular: CONTACTO: José Luís Mumbrú - Gerente general jlmumbru@cable.net.co BODEGA GOURMET LTDA. Calle 70 A No 10 A 18 Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Pedro Escobar - Gerente general pescobar@bodegagourmet.com ENALIA LTDA. Calle 92 No 15-48, Oficina 405 Bogotá TELEFONO: CONTACTO: José Maria Hijar - Gerente General Pablo Hijar - Ejecutivo de ventas Claudia Marcela Ruiz - Ejecutiva de ventas mruiz@enalia.com.co THE WINE STORE. Calle 81 No Bogotá TELEFONO: / CONTACTO: Andrea Cuellar - Gerente administrativa tienda@thewinestore.com.co

13 IMPORTACIONES GRAN RESERVA S.A - VITTIS. Carrera 11 No Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Catalina Betancourth - Directora general Jaime Zambrano - Sommelier direccion@vittis.com ARFLINA LTDA. Carrera 21 No Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Hans Baer produccion@arflina.com ECU. Calle 93 B No Local 1. Bogotá TELEFONO: / CONTACTO: Consuelo Uribe - Gerente comercial Julio César Aguirre - Asistente comercial conjulis88@yahoo.es ESCOBAR VINOS Y LICORES. Avenida Jiménez No 5-73 Bogotá TELEFONO: CONTACTO: Rafael Escobar - Gerente vinoypoesia330@hotmail.com JE. RUEDA & CIA Calle 79 No 8-31 Bogotá TELEFONO: / CONTACTO: Julio Eduardo Rueda - Presidente ndiaz@buenvivir.com.co

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