Protección Laboral a Trabajadores Bomberos Voluntarios. Legislación nacional y comparada
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- Daniel Benito Sevilla Moreno
- hace 8 años
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1 Informe Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Protección Laboral a Trabajadores Bomberos Voluntarios. Legislación nacional y comparada En Chile no se contempla la existencia de fuero o permiso para salir del trabajo ante un llamado de emergencia general. Sin embargo, frente a catástrofes nacionales, la Ley N otorga propiedad del cargo para trabajadores-bomberos, siendo facultativo el pago de sus remuneraciones. De la existencia de protecciones legales laborales para bomberos voluntarios en el Derecho Comparado, es posible concluir: 1) En Alemania y EE.UU., a nivel federal, no se regula la protección laboral para bomberos voluntarios, pero sí a nivel estadual en EE.UU existen varios ejemplos de esta protección laboral y en Alemania, la mayoría de los Landers establecen el derecho de ausentarse de su lugar de trabajo con goce de remuneraciones. 2) En Argentina y Colombia las normas de protección son de carácter nacional. Argentina otorga el carácter de "carga pública" a la actividad bomberil, debiendo el empleador pagar remuneración por los días/horas no trabajados por ejercicio de tales labores. El empleador en todo caso tiene derecho a ser resarcido por el fondo compensatorio financiado por las primas de seguros contra incendio. En Colombia, la ley obliga a los empleadores a otorgar permisos para ausentarse del trabajo, sin que se suspenda la relación laboral y las obligaciones con el trabajador. Tabla de Contenido Introducción 2 I. Institucionalidad de los Bomberos Voluntarios 2 1. Chile 2 2. Alemania 3 3. Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU.) 3 4. Argentina 4 5. Colombia 5 II. Protección laboral a los bomberos voluntarios 5 1. Chile 5 2. Alemania 6 3. Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU.) 7 4. Argentina 8 5. Colombia Elaborado para la Comisión Especial de Bomberos, Cámara de Diputados. Biblioteca del Congreso Nacional. Paola Álvarez, Annette Hafner y Christine Weidenslaufer, Asesoría Técnica Parlamentaria. palvarez@bcn.cl. Anexo: Actualizado con fecha
2 Introducción La labor del bombero en el mundo es generalmente la misma: la extinción de los incendios y la atención de emergencias de diverso tipo. En el caso de los llamados "bomberos profesionales", entendiendo por aquellos que reciben una remuneración, esta labor es cumplida sin mayores contratiempos laborales, por cuanto su "profesión" es exactamente esa, ser bombero. En cambio, tratándose de "bomberos voluntarios", es decir, quienes realizan esta labor en forma gratuita o por un monto nominal, en el cumplimiento de sus funciones, por ejemplo un llamado de emergencia, se ven en la necesidad de abandonar su lugar de trabajo durante la jornada laboral, incluso a veces, sin poder retornar a ella a la brevedad. En estos casos, el empleador, no existiendo norma alguna que lo obligue a mantener el puesto de trabajo y/o la remuneración del trabajador/bombero voluntario por el tiempo no trabajado, puede poner fin a la relación laboral por incumplimiento a las obligaciones que impone el contrato de trabajo. Con el fin de analizar las normas de la legislación comparada que sí contemplan disposiciones de protección para el bombero voluntario, se revisaron las legislaciones de España, Perú, Suiza, Austria, Francia, Portugal, Brasil, México, Canadá, Australia, Colombia, Estados Unidos de Norteamérica y Argentina, países que cuentan con cuerpos de bomberos voluntarios, sea en forma exclusiva o conjuntamente con pares remunerados. Sin embargo, sólo existen tales protecciones legales en Colombia, Estados Unidos de Norteamérica y Argentina. Asimismo, se describen las normas pertinentes en nuestro país. Primero se describe, en general, la institucionalidad de los bomberos voluntarios de dichos países, para, en el punto II, presentar la protección laboral a los bomberos voluntarios. I. Institucionalidad de los Bomberos Voluntarios 1. Chile1 Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos son servicios de utilidad pública, regidos por la Ley N , reglamentos, estatutos y otras leyes especiales. 1 Documento "Ley Marco de Bomberos y marco jurídico vigente", Biblioteca Congreso Nacional (autora: Paola Truffello G) Noviembre, Disponible en: = (Enero, 2015).
3 Estos tienen por objeto atender, gratuita y voluntariamente, las emergencias causadas por la naturaleza o el ser humano, tales como, incendios, accidentes de tránsito u otras, sin perjuicio de la competencia específica que tengan otros organismos públicos y/o privados. Estas instituciones son personas jurídicas de derecho privado (corporaciones), sin fines de lucro, con personalidad jurídica regidos por: el Título XXXIII del Código Civil3; sus respectivos estatutos y la normativa específica. Para su constitución se ha establecido que sea medíante decreto4, mediante un acta y estatuto tipo al cual pueden ceñirse. La Ley N dispone que, además se deberá acompañar un informe técnico favorable de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, en el que se acredite el cumplimiento, a lo menos, de los siguientes requisitos, tales como: que en la comuna o agrupación de comunas no exista otro Cuerpo de Bomberos prestando servicios; que cuente con uno o más carros bombas en condiciones de prestar servicios y demás material necesario para el servicio, etc. A partir de la Ley N , el Ministerio del Interior y Seguridad Pública será el encargado de coordinar las acciones de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos y los Cuerpos de Bomberos que tengan relación con los órganos de la Administración del Estado. 2. Alemania Los bomberos son regulados por los Lánders. Como regla general, ellos trabajan de manera voluntaria. Sin embargo, en algunas ciudades alemanas existe, adicionalmente, un cuerpo bombero profesional5. Según la información disponible, Alemania contaría con un millón de bomberos voluntarios, y 300 mil profesionales, así como de cuerpos de bomberos voluntarios, y 102 cuerpos de bomberos profesionales (establecidas en ciudades de más de habitantes)6. 3. Estados Unidos de América (EE.UU.) En los EE.UU., los bomberos son totalmente civiles y de carácter municipal, pudiendo tener el carácter de profesional o voluntario. Además, existen empresas privadas que prestan servicios de bomberos para los municipios7. 3 Recientemente modificado por la Ley N sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública. 4 Decreto Supremo N 663 de 1998 del Ministerio de Justicia, modificado por Decreto N 991 del mismo Ministerio, que aprueba el texto del Estatuto Tipo al cual podrán ceñirse los Cuerpos de Bomberos, disponible en: hltp:// (Enero, 2015). 5 Disponible en: (Enero, 2015). 6 Disponible en: (Enero, 2015). 7 Análisis en: Bombeiros Brasileiros. A Organizagao dos Servicos de Bombeiros no Brasil e no Mundo. Disponible en; (Enero, 2015).
4 Aunque también existen cuerpos de bomberos estaduales, estos ejecutan sólo servicios altamente especializados, tales como el combate a incendios forestales y la atención de emergencias con productos peligrosos. Con todo, la formación de los bomberos norteamericanos es establecida y hasta cierto punto ejecutada por un órgano federal, la Agencia de Incendios de los Estados Unidos (United States Fire Administration - USFAf, regulada en el US Code9. Ella tiene por objeto proveer liderazgo nacional a los servicios locales de incendio. Los departamentos de incendios reportan incendios y otros incidentes al Sistema Nacional de Información de Incendios (National Fire Incident Reporting System)w. Por su parte, la Asociación Nacional de Protección de Incendios (National Fire Protection Association)11 tiene como funciones el mantenimiento de los estándares mínimos para el cumplimento de las tareas de combate de incendios y de los equipos de trabajo de los funcionarios del sistema. La formación de los profesionales de los servicios de incendio está entregada a la Academia Nacional para la Prevención y Control de Incendios12, al igual que la de otros trabajadores relacionados con la prevención y el control de incendios. 4. Argentina Los bomberos argentinos pueden ser voluntarios y prestan sus servicios en forma gratuita. Para estos efectos, la Ley N , de 1998, regula la organización de las asociaciones de bomberos voluntarios. Dicha institucionalidad se encuentra relacionada con el Estado, a través de la Dirección Nacional de Defensa Civil, de la Secretaría de Seguridad Interior del Ministerio del Interior, la que regula y fiscaliza a los bomberos voluntarios en los términos fijados en la ley. Los bomberos se encuentran organizados en Federaciones Provinciales, las que representan a las asociaciones de bomberos voluntarios del ámbito provincial, y a nivel federal, a través del Consejo14 de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina15. Este Consejo Nacional de Federaciones es el representante natural de las mismas ante los poderes públicos nacionales e internacionales16. 8 Disponible en: (Diciembre, 2014). 9 Sección 2204 del Capítulo 49, Título 15 del U.S. Code. Disponible en: (Enero, 2015). 10 Disponible en: (Enero, 2015). 11 Sitio oficial disponible en: (Enero, 2015). 12 Sección 2206 del Capítulo 49, Título 15 del U.S. Code. Disponible en: (Enero, 2015). 13 Ley disponible en: (Enero, 2015). 14 Disponible en: (Enero, 2015). Diciembre, 2014). 15 Artículos 4 y 5, Ley N Disponible en: (Enero, 2015).
5 El Sistema Nacional de Bomberos cuenta con 660 Cuerpos de Bomberos, organizado en 19 Federaciones Provinciales y 5 Delegaciones provinciales, entregados con efectivos voluntarios y 10 escuelas de capacitación Colombia La prevención y el control de incendios a cargo de las instituciones bómbenles que constituyen un servicio público a cargo del Estado regulado por la Ley N 322, de Así, constituye un deber del Estado efectuar esta prestación de manera eficiente, en forma directa o a través de los Cuerpos Bomberos Voluntarios19. Para este fin se creó, mediante esta ley, el Sistema Nacional de Bomberos que articula los esfuerzos públicos y privados para la prevención y atención de incendios, explosiones y demás calamidades20. En este Sistema se contempla: Cuerpos de Bomberos Oficiales creados por los consejos distritales y municipales, y los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, asociaciones cívicas, sin fines de lucro organizadas para la reputación de este servicio público. Por su parte, la Ley , de 5 de enero de 2012, conocida como "Ley del Voluntariado", crea el Subsistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta compuesto de un conjunto de entidades que realizan acciones y prevención de desastres, emergencias y eventos antrópicos. Está integrado por voluntarios de: Defensa Civil, Cuerpos de Bomberos y de la Cruz Roja Colombiana. En esta ley se regulan estímulos en educación, vivienda, servicios públicos e impuestos, entre otras materias. II. Protección laboral a los bomberos voluntarios 1. Chile No existe norma legal que contemple algún tipo de fuero o permiso justificado para salir de su trabajo ante un llamado de emergencia para los trabajadores que tengan la calidad de bomberos voluntarios. Sin embargo, el Decreto N 104 de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido del Título I de la Ley N en el artículo 4 dispone que el trabajar afiliado a una institución de beneficencia, como bomberos y que sea enviado por el Ministerio del Interior en misión con motivo de sismo, catástrofe o calamidad, previa autorización de la Institución a que pertenece, conservará la propiedad de su empleo, durante el tiempo en que dure su misión, el que se considerará para todos 17 Ibídem. 18 Ley disponible en: (Enero, 2015). 19 Artículo 2, Ley N Artículo 3, Ley N Ley disponible en: =45398 (Enero, 2015). Btótetíe óejiie
6 los efectos legales, como efectivamente trabajado, salvo remuneraciones, lo que será facultativo para el empleador Alemania el pago de sus Respecto de los permisos laborales, las siguientes leyes provinciales disponen lo siguiente: a. Párrafo 15 de la Ley de Bomberos de Baden-Württemberg23: (1) Los bomberos voluntarios que ejercen actividades (de todo tipo, tanto de intervenciones de emergencias, como de capacitación), tienen el derecho de ausentarse de su lugar de trabajo, con goce de sueldo. Además, tienen derecho a un tiempo de descanso adecuado después de intervenciones de emergencia. Las actividades agendadas (como capacitaciones) tienen que comunicarse con anticipación al empleador. Se prohibe cualquier discriminación profesional de los bomberos voluntarios, en particular despedirlos, o mandarlos a trabajar en otro lugar. (2) En caso de que por una intervención, un bombero quede incapacitado para trabajar, de manera temporal o permanente, la comuna (a la que pertenece el cuerpo de bomberos) tiene que rembolsar, a solicitud del empleador, el sueldo pagado al bombero durante el mencionado tiempo. b. Párrafo 12 de la Ley de la protección contra el incendio y el auxilio de Nordrhein- Westfahien24: Los bomberos voluntarios no deben sufrir ninguna desventaja en su trabajo por su actividad. Tienen el derecho de ausentarse de su lugar de trabajo, con pleno goce de sueldo, para las actividades e intervenciones de bomberos exigidas por la comuna. Los empleadores privados tienen el derecho de hacerse rembolsar el sueldo pagado durante las horas de ausencia de sus trabajadores bomberos por la comuna. Las actividades planificadas deben ser comunicadas al empleador, si es posible, con anticipación. c. Articulo 9 de la Ley de Bomberos de Baviera25 (1) Los bomberos voluntarios que trabajan en empresas privadas no deben sufrir ningún tipo de desventaja en su vida laboral, así como respecto de los seguros sociales y de desempleo, por sus actividades. Tienen el derecho de ausentarse de su lugar de trabajo, con pleno goce de sueldo, para las actividades e intervenciones de los bomberos voluntarios. Las actividades 22 La Ley N que fija disposiciones para casos de sismos o catástrofes, establece normas para la reconstrucción de la zona afectada por el sismo de 28 de marzo de 1965 y modifica la Ley N Disponible en: (Enero, 2015). 23 Más información disponible en: (Enero, 2015). 24 Ley disponible en: (Enero, 2015). 25 Ley Disponible en: (Enero, 2015).
7 planificadas deben se comunicadas al empleador, si es posible, con anticipación. (2) Lo mismo se aplica para los funcionarios públicos. (3) Los otros bomberos voluntarios deben ser reembolsados por la comuna por la perdida de sueldo causado por las intervenciones (hasta cierto monto máximo). (4) Además, la comuna debe: Rembolsar los gastos necesarios de los bomberos causados por las intervenciones. Rembolsar los daños materiales que han sido causados por las intervenciones (si no son reembolsados por otra parte) Proveer los bomberos con alimentación gratuita en caso de servicios de más de 4 horas. A solicitud expresa del empleador privado, la comuna debe rembolsar el sueldo del bombero correspondiente al tiempo de ausencia del lugar de trabajo (sea por una intervención, o una ausencia por enfermedad o accidente causados por una intervención). Se ha revisado, además, las legislaciones de Niedersachsen, Schleswig Holstein y Sachsen, Estas disponen de normas parecidas a las ya analizadas. 3. EE.UU. A nivel federal no se encuentra regulado un fuero laboral de los bomberos voluntarios. En mayo de 2009 se introdujo a tramitación en el Congreso de los EE.UU. un proyecto de ley (Volunteer Firefighter and EMS Personnel Job Protection Act}26 con dicho objetivo27. Actualmente se encuentra archivado, y no hay antecedentes disponibles sobre una nueva presentación del mismo en periodos legislativos posteriores. El proyecto pretendía modificar la ley de emergencias ante desastres (Robert T. Stafford Disaster Relief and Emergency Assistance Act)2S, con el fin de prohibir que los trabajadores sean despedidos, degradados o discriminados respecto a los términos o condiciones de su empleo, con motivo de su ausencia o retraso, producto de su asistencia, como bombero voluntario, a una emergencia o desastre mayor. Se excluían las ausencias para las cuales el empleado: Se ausente por más de 14 días en un año calendario, Responda a un desastre o emergencia mayor sin haber sido oficialmente citado, o, 26 Disponible en: (Enero, 2015). 27 Otro proyecto de ley de las mismas características se presentó el año 2007 en la Cámara de Representantes, con igual resultado. Disponible en: (Enero, 2015). 28 Ley disponible en: (Enero, 2015).
8 No proporcione una verificación por escrito dentro de un plazo de tiempo razonable. El proyecto permitía a los empleadores: Reducir el pago regular del empleado por el tiempo que esté ausente, y Requerir al empleado que proporcione una verificación por escrito del funcionario a cargo de la oficina local o estatal de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), acreditando que dicho empleado respondió en una capacidad oficial en una hora y fecha especificada. A nivel estatal (en California, Nebraska, Nevada, Indiana, Nueva Jersey, Nuevo México, Nueva York, Oklahoma, Pensilvania, Tennessee, entre otros) sí está consagrada esta protección laboral para los bomberos voluntarios29. Así, por ejemplo, el Estado de Tennessee consagra, en términos muy similares a los del proyecto citado, el derecho de los bomberos voluntarios a no ser despedidos por sus empleadores por el sólo hecho de ausentarse o retrasarse en razón de una emergencia a la cuál este respondió Argentina La Ley de 1998, de Régimen Legal del Bombero Voluntario, establece una protección al empleo regular de este último. El artículo 16, inciso 1, establece que la condición de bombero voluntario no puede ser considerada incompatible con ninguna otra actividad ni perjudicial para el hombre que la ejerce. Específicamente el artículo 17, reitera la idea anterior disponiendo que dicha actividad debe ser considerada por su empleador tanto público como privado como una carga pública, eximiendo al bombero voluntario de todo perjuicio económico, laboral o conceptual, que se derivarán de sus inasistencias o llegadas tarde en cumplimiento de su misión justificadas formalmente. Por su parte, la Ley otorgó a los trabajadores dependientes que simultáneamente presten servicios como bomberos el derecho a recibir las remuneraciones de las horas y/o días en que deban interrumpir sus prestaciones habituales para ejercer sus funciones bómbenles. Esta misma obligación de pago la tienen la administración pública, las entidades descentralizadas y las empresas del Estado. Además establece el derecho de los empleadores a ser resarcidos de las remuneraciones abonados mediante la creación de un fondo compensatorio 29 Sodety for Human Resource Management. State and Local Statutes and Regulations. Ver en: (Enero, 2015). 30 Ver el detalle de la norma en la sección del compilado de normas estatales. Disponible en: (Enero, 2015). 31 Ley disponible en: (Enero, 2015). Ley disponible en: (Enero, 2015).
9 financiado por las primas por seguros contra incendio, derrumbamiento, explosión y otros riesgos similares. 5. Colombia El artículo 13 de la Ley N de 2012 otorga una protección a la relación laboral del trabajador que se desempeña como bombero voluntario (y cualquier otro miembro del subsistema nacional de voluntarios de Colombia). De acuerdo al mismo, "Los empleadores otorgarán permisos para ausentarse del lugar de trabajo, sin que se suspenda la relación laboral y las obligaciones con el empleado, a los miembros del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta cuando se deba atender un desastre, emergencia o evento antrópico...". Debido a lo reciente de la promulgación de la norma en comento, aún no se encuentra reglamentada al efecto.
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