ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL PROYECTO ESCALAFÓN AERONÁUTICO ANAC

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1 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL PROYECTO ESCALAFÓN AERONÁUTICO ANAC AGOSTO

2 1. INTRODUCCIÓN En la Planificación de actividades relacionadas con el Proyecto OACI- ARG/803/07, Programa de Transferencia de la Administración Nacional de Aviación Civil se le ha dado la mayor importancia al Recurso Humano que será transferido, ya sea personal civil o personal militar, considerando que frente a cualquier proceso de cambio es necesario manejar muy integradamente aspectos técnicos y aspectos humanos, ya que si no se tiene capacidad para tratar los aspectos humanos el proceso de aceptación del cambio y la adopción de procedimientos técnicos operativos y administrativos propios del cambio que son el objetivo principal de la nueva estructura organizacional, dificultaría el proceso e incluso podría conducirlo al fracaso. Todo proceso de cambio es un fenómeno conceptualmente simple en que intervienen dos aspectos bien identificados: una situación inicial de la cual se decidió salir, en este caso una administración aeronáutica controlada por el Comando de Regiones Aéreas y una situación objetivo que juzgamos como relativamente ventajosa, en este caso la creación de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). El tercer concepto, más difuso, mucho más difícil de calificar y de operar, es el de la transición la cuál será enfrentada a partir del 01 de Abril del año 2009, hoy día el objetivo es producir esta transferencia a través de un proceso armónico que apoyado por la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI), lleve al cumplimiento del objetivo final. Abraham Maslow, padre de la administración humanamente concebida, jerarquiza las necesidades de los seres humanos en cinco categorías. De acuerdo con su teoría, buscamos satisfacer una necesidad superior solo si estamos satisfechos con el nivel inferior. Su modelo de motivación ordena las cinco categorías básicas de necesidades en; fisiológicas, de seguridad, sociales, de autoestima y necesidades de autorrealización, estas dos últimas están directamente relacionadas con la organización, y se pueden caracterizar de la siguiente forma: 1. Necesidades de autoestima: en esta categoría se incluyen los sentimientos de autoconfianza, de logro y autosuficiencia. Es el reconocimiento o percepción de los atributos a habilidades que se poseen, que generan las necesidades de estatus, reconocimiento, aprecio y respeto por parte de los demás. 2. Necesidades de autorrealización: manifiestan la necesidad que tenemos todos de convertirnos en la persona que creemos poder llegar a ser. La responsabilidad de la ANAC de contribuir a satisfacer estas necesidades no es posible desconocerla, y el proyecto OACI ha centrado su actividad en esta etapa del Proyecto en dos importantes tareas, que buscan ofrecer a los funcionarios que integrarán la ANAC una oportunidad de proyectarse y autorealizarse dentro de la propia organización, con un escalafón que satisfaga las expectativas del personal y la posibilidad de que el esfuerzo y dedicación del funcionario en la función que debe cumplir sea adecuadamente compensada, estas tareas son las siguientes: 1. Creación de escalafones funcionarios, entendiendo por escalafón como la clasificación del personal de la ANAC, de acuerdo a la función que cumplen, habilidades, méritos y experiencia. 2. Creación de la Carrera Profesional, lo que en cierta medida es un derecho de los profesionales y técnicos que integrarán la ANAC a progresar en forma individual, como reconocimiento a su desarrollo dentro de la Organización, en cuánto a conocimientos, experiencia, capacitación, desempeño personal y cumplimiento de los objetivos planteados por la Organización. En este documento se propone un escalafón y una carrera funcionaria para los Controladores de Tránsito Aéreo que serán transferidos y a los futuros controladores que se integrarán a la ANAC. Escalafón y Carrera Profesional, que por estar dentro de 2

3 una estructura militar, estaba limitada a las propias características que regulan las carreras militares. El Escalafón Aeronáutico se inserta dentro de los escalafones de la Administración Nacional de Aviación Civil, y se utilizan todos los niveles necesarios para el desarrollo de la carrera profesional de los técnicos y profesionales que cumplen funciones directamente relacionadas con la seguridad de la Navegación aérea y que son requeridos para el cumplimiento de la misión encomendada a la ANAC, se establecen responsabilidades y requisitos de los diferentes cargos, privilegiando la función operativa, y dejando la responsabilidad en el propio funcionario la decisión de su futuro profesional y que satisfaga su realización profesional y el cumplimiento de sus objetivos personales y familiares. El Escalafón que se presenta es complementado por una Carrera Profesional para los distintos agrupamientos que la conforman y que de acuerdo a los años de experiencia, cursos efectuados, y habilitaciones obtenidas le permita acceder a los distintos cargos que son necesarios para el funcionamiento de los Servicios de responsabilidad de la ANAC. Un aspecto que se considerado y que es de gran importancia es la bonificación por desempeño de acuerdo al nivel de dificultad y densidad del tráfico aéreo que es controlado por Torres de Control, Oficinas de Aproximación, Áreas Terminales y Centros de Control, lo cual se basa inicialmente en las estadísticas operacionales obtenidas de arribos y despegues desde el año 2002 al año 2008, y en base al promedio de operaciones se establecieron los niveles correspondientes, con el fin de incentivar a los funcionarios a acceder a esas posiciones de trabajo de mayor dificultad. Actualmente está en total desarrollo un plan de desarrollo de los sistemas de navegación aérea, dentro de los cuáles se considera la radarización del país y modernización de los sistemas de visualización radar, sistemas de comunicaciones, acceso a la información aeronáutica, que asociado a un completo sistema de tratamiento de planes de vuelo, lo implica un alto volumen de inversión, con el fin de hacer más expedito el flujo del tráfico aéreo, es por ese motivo y con el fin de motivar el uso de esta poderosa herramienta de Control por los controladores de tránsito aéreo, se privilegia el uso de estas modernas herramientas y las nuevas aplicaciones que se están implementando. El Proyecto de Escalafón Aeronáutico y las Carreras Profesionales de los agrupamientos que la integran, se han basado en la Guía de Orientación OACI Carrera Profesional para Controladores de Tránsito Aéreo, preparado por el Sub-Grupo Carrera Profesional de GREPECAS, y por los proyectos presentados por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y por la Asociación de Controladores de Tránsito Aéreo (ACTA) que en gran parte de su contenido han recogido las Orientaciones de OACI y que han servido de base para el desarrollo de los proyectos que se presentan. Con los proyectos mencionados la ANAC busca contribuir a satisfacer las necesidades de autoestima y autorrealización de sus trabajadores. La Administración Nacional de Aviación Civil será tan productiva como lo será la eficiencia del personal que la integrará, por lo tanto todo aquello que se haga para desarrollar las habilidades, las competencias y los conocimientos de los empleados, beneficiará su desarrollo personal y aumentará su productividad, y si esto está acompañado con una recompensa y un reconocimiento acorde con la función que cumple, aumentará la productividad y la eficiencia de la organización, lo que finalmente se traducirá en un servicio más seguro, más expedito y más eficiente. 3

4 ACC 2. DEFINICIONES Sigla utilizada para indicar un Centro de Control de Área AERÓDROMO CONTROLADO Aeródromo en el que se facilita servicio de control de tránsito aéreo para el tránsito de aeródromo. La expresión "Aeródromo Controlado" indica que se facilita el servicio de control de tránsito aéreo de aeródromo, pero no implica que tenga que existir necesariamente una zona de control AERÓDROMO Toda área delimitada, terrestre o acuática, habilitada por la autoridad aeronáutica y destinada a la llegada, salida y maniobras de aeronaves en la superficie AERÓDROMO NIVEL I Aeródromo definido por la ANAC, que tienen un promedio de operaciones anuales entre arribos y despegues, de o más operaciones AERÓDROMO NIVEL II Aeródromo definido por la ANAC, que tienen un promedio de operaciones anuales entre arribos y despegues, de menos de hasta operaciones AERÓDROMO NIVEL III Aeródromo definido por la ANAC, que tienen un promedio de operaciones anuales, arribos y despegues, de menos de operaciones AEROPUERTO 2.8. APP Todo aeródromo designado por el Estado contratante en cuyo territorio está situado, como puerto de entrada o salida para el tráfico aéreo internacional, donde se llevan a cabo los trámites de aduanas, inmigración, sanidad pública, reglamentación veterinaria y fitosanitaria y procedimientos similares. Sigla utilizada para indicar una dependencia de Control de Aproximación 2.9. APTITUD PSICOFÍSICA Expresión abreviada que se refiere a los requisitos sicológicos y físicos que debe cumplir un poseedor de una Licencia Aeronáutica ÁREA DE CONTROL TERMINAL Área de control establecida generalmente en la confluencia de rutas ATS en las inmediaciones de uno o más aeródromos principales ÁREA DE CONTROL. Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba desde un límite especificado sobre el terreno ÁREA DE MANIOBRAS Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue, aterrizaje y rodaje de aeronaves, excluyendo las plataformas CARTOGRAFÍA AERONÁUTICA Representación la geografía del territorio nacional sobre los mapas de navegación aérea. 4

5 2.14. CENTRO DE CONTROL DE ÁREA Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito aéreo a los vuelos controlados en las áreas de control bajo su jurisdicción CONTROL RADAR Término empleado para indicar que en la provisión de servicio de control de tránsito aéreo se está utilizando directamente información obtenida mediante el radar CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO HABILITADO Controlador de Tránsito Aéreo titular de licencia y de habilitaciones válidas, apropiadas para el ejercicio de sus atribuciones CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO Persona autorizada para prestar servicios de control de tránsito aéreo CONTROLADOR RADAR Controlador de tránsito aéreo calificado, titular de una habilitación radar apropiada a las funciones a que está asignado DEPENDENCIA DE CONTROL DE APROXIMACIÓN Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito aéreo a los vuelos controlados que lleguen a uno o más aeródromos o salgan de ellos DEPENDENCIA DE CONTROL DE TRÁNSITO AÉREO Expresión genérica que se aplica, según el caso, a un centro de control de área, a una dependencia de control de aproximación o una torre de control de aeródromo DEPENDENCIA DE SERVICIOS DE TRANSITO Expresión genérica que se aplica, según el caso, a una dependencia de control de tránsito aéreo, a un centro de información de vuelo o a una oficina de notificación de los servicios de tránsito aéreo DEPENDENCIA RADAR Elemento de una dependencia de los servicios de tránsito aéreo que utiliza equipo radar para suministrar uno o más servicios ESPECIALISTA AIS Operador ARO/AIS que a través de cursos específicos está en condiciones de desempeñarse en funciones de apoyo a los Servicios de Información Aeronáutica y que mantiene una licencia vigente ESPECIALISTA AIS 1 ESPECIALISTA NOTAM Operador ARO/AIS encargado de actualizar la preparación de los resúmenes de NOTAM vigentes, correspondientes las series Alfa y Charlie, actualizar las carpetas de archivo y registro de los NOTAM nacionales y extranjeros, registrar las publicaciones AIS en las carpetas que corresponda y comprobar, seleccionar y remitir los NOTAM solicitados ESPECIALISTA AIS 2 ESPECIALISTA EN AUTOMATIZACIÓN Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica en coordinación con el Jefe de la Oficina ARO/AIS respectiva y que tiene como función principal la responsabilidad de los sistemas automatizados de la dependencia de Información Aeronáutica correspondiente, en lo que se refiere a la mantención y actualización de la Base de datos del Banco de Notams, planes 5

6 de vuelo repetitivos, además de apoyar y asesorar a los Supervisores y al Jefe de la Oficina cuándo le sea solicitado ESPECIALISTA AIS 3 ESPECIALISTA EN FACTORES HUMANOS Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica en coordinación con el Jefe de la Oficina respectiva encargado de diseñar, ejecutar e implementar Programas de factores humanos para la dependencia respectiva ESPECIALISTA AIS 4 ESPECIALISTA EN PERSONAL Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica en coordinación con el Jefe de la Oficina o Departamento respectivo, para desempeñarse en la gestión de los recursos humanos disponibles, establecer si corresponde el sistema de turnos a aplicar en la dependencia, planificación de las capacitaciones requeridas, planificación de los recursos humanos y de mantener el registro actualizado de licencias y habilitaciones del personal de los Servicios de Información Aeronáutica ESPECIALISTA AIS 5 AUDITOR AIS Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica responsable de ejecutar el plan anual de auditorías con conocimientos de procedimientos y técnicas de auditoría, de los requisitos reglamentarios correspondientes y los sistemas de gestión de la seguridad operacional (SMS) ESPECIALISTA AIS 6 ESPECIALISTA SMS Operador ARO/AIS nominado por la Dirección de Información Aeronáutica en coordinación con el Jefe del Departamento SMS responsable de supervisar y evaluar el cumplimiento de los Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) implementados por la ANAC para los Servicios de Navegación Aérea y contribuir con el logro de los objetivos establecidos en el Programa de Seguridad Operacional y administrar el Programa de Garantía de Calidad de los Servicios de Información Aeronáutica en la Oficina correspondiente ESPECIALISTA ATS Controlador de Tránsito Aéreo que a través de cursos específicos está en condiciones de desempeñarse en funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito Aéreo y que mantiene una habilitación vigente ESPECIALISTA ATS 1 ESPECIALISTA EN REGLAMENTACIÓN Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con del Jefe de la dependencia respectiva y que tendrá como responsabilidad principal la responsabilidad el dominio e interpretación de los Procedimientos y Reglamentación aplicada en los Servicios de Tránsito Aéreo, además de conocer y proponer las enmiendas necesarias para perfeccionar y facilitar su aplicación ESPECIALISTA ATS 2 ESPECIALISTA QUALITY ASSURANCE Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva y que tendrá como responsabilidad principal la responsabilidad de garantizar que la calidad de los Servicios de Control de Tránsito Aéreo que entrega la ANAC en el espacio aéreo de su responsabilidad, se ajusta a la normativa OACI, y a los estándares internacionales exigidos por la Administración Nacional de Aviación Civil ESPECIALISTA ATS 3 ESPECIALISTA EN AUTOMATIZACIÓN Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva y que tendrá como función principal la responsabilidad de los sistemas automatizados de la 6

7 dependencia de Control de Tránsito Aéreo correspondiente, en lo que se refiere a la mantención y actualización de la Base de datos, sistema de simulación, planes de vuelo repetitivos, vídeo mapas utilizados, además de apoyar y asesorar a los Supervisores y al Jefe de la dependencia cuán le sea solicitado ESPECIALISTA ATS 4 ESPECIALISTA EN FACTORES HUMANOS Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva encargado de diseñar, ejecutar e implementar Programas de factores humanos para la dependencia respectiva, además de identificar posibles riesgos relacionados con el comportamiento humano, tomar acciones para fomentar el trabajo en equipo y asesorar al Jefe de la dependencia en la acciones disciplinarias a aplicar cuándo sea requerido ESPECIALISTA ATS 5 ESPECIALISTA AIR TRAFFIC FLOW MANAGEMENT (ATFM) Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva encargado de contribuir a una circulación segura, ordenada y expedita del tránsito aéreo asegurando que se usa al máximo posible la capacidad ATC, y que el volumen de tránsito es compatible con las capacidades declaradas por la autoridad ATS competente ESPECIALISTA ATS 6 ESPECIALISTA EN INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia respectiva responsable frentes a accidentes o incidentes lleva a cabo la investigación correspondiente, con el fin comprender los hechos que condujeron al suceso, identificar los peligros y realizar evaluaciones de los riesgos, formulando recomendaciones, eliminar riesgos y emitir mensajes de seguridad operacional ESPECIALISTA ATS 7 ESPECIALISTA EN DISEÑO DE ESPACIO AÉREO Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo responsable del diseño de procedimientos instrumentales de salida, espera y llegad, y de proponer y diseñar rutas de navegación aérea ESPECIALISTA ATS 8 ESPECIALISTA EN PERSONAL Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe de la dependencia o Departamento respectivo, para desempeñarse en la gestión de los recursos humanos disponibles, establecer si corresponde el sistema de turnos a aplicar en la dependencia, planificación de las capacitaciones requeridas, planificación de los recursos humanos y de mantener el registro actualizado de licencias y habilitaciones del personal de los Servicios de Tránsito Aéreo ESPECIALISTA ATS 9 INSPECTOR ATS Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo responsable de ejecutar el plan anual de inspectorías ATS con experiencia y conocimiento de las funciones y responsabilidades de los servicios ATS proporcionados por la dependencia a inspeccionar ESPECIALISTA ATS 10 AUDITOR ATS Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo responsable de ejecutar el plan anual de auditorías con conocimientos de procedimientos y técnicas de auditoría, de los requisitos reglamentarios correspondientes y los sistemas de gestión de la seguridad operacional (SMS) 7

8 2.41. ESPECIALISTA ATS 11 ESPECIALISTA SMS Controlador de Tránsito Aéreo nominado por la Dirección de Tránsito Aéreo en coordinación con el Jefe del Departamento SMS responsable de supervisar y evaluar el cumplimiento de los Sistemas de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) implementados por la ANAC para los Servicios de Navegación Aérea y contribuir con el logro de los objetivos establecidos en el Programa de Seguridad Operacional y administrar el Programa de Garantía de Calidad de los Servicios de Tránsito en la dependencia correspondiente ESPECIALISTA EN SISTEMAS Operador ARO/AIS con curso de Analista de Sistemas, designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC para mantener y actualizarlos sistemas automatizados utilizados por los Servicios de Información Aeronáutica ESPECIALISTA EN CARTÓGRAFÍA Operador ARO/AIS especializado en cartografía, designado por el Director de Información Aeronáutica de la ANAC encargado de representar la geografía del territorio nacional sobre los mapas de navegación aérea GESTIÓN DE AFLUENCIA DEL TRÁNSITO AÉREO Servicio establecido con el objetivo de contribuir a una circulación segura, ordenada y expedita del tránsito aéreo asegurando que se utiliza al máximo posible la capacidad ATC, y que el volumen de tránsito es compatible con las capacidades declaradas por la autoridad competente HABILITACIÓN Autorización inscrita en una licencia o asociada con ella y de la cual forma parte, en la que se especifican condiciones especiales, atribuciones o restricciones referentes a dicha licencia HABILITACIÓN DE CONTROL DE TRÁNSITO AÉREO IFR, Autorización genérica inscrita en la licencia de un Controlador de Tránsito Aéreo que en conjunto a una habilitación lo faculta para proporcionar los Servicios de Control de Aeródromo, Control de Aproximación, Control de Aproximación con Radar, Control de Área o Control de Área con Radar, según corresponda en una dependencia de control o sector de control. Sigla utilizada para indicar Reglas de Vuelo por Instrumentos INSTRUCTOR ARO/AIS Operador ARO/AIS autorizado para impartir enseñanza, dirigir y vigilar el aprendizaje de aquellos operadores que postulan, revalidan, se encuentran en procesos de reentrenamiento o recuperan una habilitación, con relación a determinados conocimientos aeronáuticos o la adquisición de cierta pericia necesaria para desempeñarse en una Oficina ARO/AIS INSTRUCTOR ATS Controlador de Tránsito Aéreo autorizado para impartir enseñanza, dirigir y vigilar el aprendizaje de aquellos controladores que postulan, revalidan, se encuentran en procesos de reentrenamiento o recuperan una habilitación, con relación a determinados conocimientos aeronáuticos o la adquisición de cierta pericia en control de tránsito aéreo en una dependencia ATC. 8

9 2.50. JEFE DE DEPENDENCIA ATC Controlador de Tránsito Aéreo designado por el Director de Tránsito Aéreo responsable de la provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en una determinada dependencia LICENCIA AERONÁUTICA Documento oficial otorgado por la Administración Nacional de Aviación Civil que indica la especialidad aeronáutica del titular y las restricciones en caso de haberlas, y le otorga, dentro del período de su vigencia, la facultad para desempeñar las funciones propias de las habilitaciones expresamente consignadas en ella NIVEL OACI DE INGLÉS Nivel de dominio del idioma inglés general en las habilidades de hablar y comprender, a un nivel mínimo satisfactorio acordado de la escala de calificación de la competencia lingüística de la OACI, que corresponde a la función que desempeña el personal aeronáutico NOTAM Aviso distribuido por medio de telecomunicaciones que contiene información relativa al establecimiento, condición o modificación de cualquier instalación aeronáutica, servicio, procedimiento o peligro, cuyo conocimiento oportuno es esencial para el personal encargado de las operaciones de vuelo OFICINA AIS CENTRAL Corresponde al Departamento Información Aeronáutica dependiente de la Dirección de Información Aeronáutica que es responsable de recibir, originar, cotejar, compilar, editar, dar formato, publicar/almacenar y distribuir la información y datos aeronáuticos relativos a todo el territorio, dando cumplimiento a lo establecido en el Anexo 15 de la OACI, Normas Internacionales vigentes y a lo establecido por la Administración Nacional de Aviación Civil OFICINA ARO/AIS Dependencia establecida en los Aeródromos y Aeropuertos controlados y no controlados definidos por la Administración Nacional de Aviación Civil para proporcionar los Servicios de Información Aeronáutica OFICINA NOTAM INTERNACIONAL Dependencia establecida en el Departamento de Información Aeronáutica responsable de recibir la Información NOTAM de los Estados con los cuales existe intercambio y distribuirla a las Oficinas ARO/AIS de Aeródromos Internacionales OPERADOR ARO/AIS Técnico Aeronáutico encargado de la recepción y el encaminamiento del Plan de Vuelo, Registro del Movimiento de Aeronaves, suministro de información aeronáutica y meteorológica previa al vuelo, mantener actualizada la información respecto al estado de pista, calle de rodaje y plataforma, señalamiento de obstáculos en el área y su balizamiento, estado de funcionamiento de las radioayudas, y toda la información aeronáutica necesaria para el desarrollo de las operaciones aéreas PROCESO DE INSTRUCCIÓN Proceso de instrucción teórico/práctico conducente a la obtención de una habilitación de control de tránsito aéreo. 9

10 2.59. RADAR. Dispositivo radioeléctrico para la detección que proporciona información acerca de distancia, azimut y/o elevación de objetos REGLAS DE VUELO POR INSTRUMENTOS Conjunto de normas que se deben cumplir para realizar la navegación aérea basada exclusivamente en los instrumentos de vuelo REGLAS DE VUELO VISUAL Conjunto de normas que se deben cumplir para realizar la navegación visual, con una visibilidad y distancia de las nubes desde el puesto de pilotaje SECTOR DE CONTROL Parte de una dependencia ATC que comprende una o más posiciones de trabajo SECTOR DE CONTROL RADAR Parte de una dependencia ATC que comprende una o más posiciones de trabajo en las cuáles se proporcione servicio de control radar SERVICIO CONTROL RADAR Término utilizado para designar un servicio proporcionado directamente por medio de radar SERVICIO DE ALERTA. Servicio suministrado para notificar a los organismos pertinentes respecto a aeronaves que necesitan ayuda de búsqueda y salvamento, y auxiliar a dichos organismos según convenga SERVICIO DE CONTROL DE AERÓDROMO Servicio de control de tránsito aéreo para el tránsito de aeródromo SERVICIO DE CONTROL DE APROXIMACIÓN Servicio de control de tránsito aéreo para la llegada y la salida de vuelos controlados SERVICIO DE CONTROL DE ÁREA Servicio de control de tránsito aéreo para los vuelos controlados en las áreas de control SERVICIO DE CONTROL DE TRÁNSITO AÉREO Servicio suministrado con el fin de: 1) Prevenir colisiones: a. entre aeronaves, y entre aeronaves y b. obstáculos en el área de maniobras; y 2) Acelerar y mantener ordenadamente el movimiento de tránsito aéreo SERVICIOS DE INFORMACIÓN AERONÁUTICA Servicio suministrado con el fin de que la información/datos aeronáuticos necesarios para la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea se ponen, en forma adecuada a los requisitos operacionales, a disposición: a) del personal de operaciones de vuelo, incluso las tripulaciones, personal de planificación de vuelo y de simuladores de vuelo; y 10

11 b) de la dependencia de servicios de tránsito aéreo responsable del servicio de información de vuelo y del servicio a cargo de la información previa al vuelo SERVICIO DE INFORMACIÓN DE VUELO Servicio cuya finalidad es aconsejar y facilitar información útil para la realización segura y eficaz de los vuelos SERVICIO DE TRÁNSITO AÉREO Expresión genérica que se aplica, según el caso, a los servicios de información de vuelo, alerta y control de tránsito aéreo (servicios de control de área, control de aproximación o control de aeródromo) SERVICIO DE TRÁNSITO AÉREO Expresión genérica que se aplica, según el caso, a los servicios de información de vuelo, alerta y control de tránsito aéreo (servicios de control de área, control de aproximación o control de aeródromo) SUPERVISOR ARO/AIS Controlador designado por el Jefe de la Oficina ARO/AIS, responsable de velar por la correcta provisión de los Servicios de Información Aeronáutica, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores, dirigiendo y coordinando la recepción y distribución de la Información aeronáutica necesaria para el desarrollo de las operaciones aéreas SUPERVISOR DE CONTROL DE TRANSITO AÉREO Controlador designado por el Jefe de la Dependencia ATC, responsable de velar por la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en el espacio aéreo de jurisdicción y en aquellos delegados a la dependencia, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo y del recurso humano TORRE DE CONTROL DE AERÓDROMO Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito aéreo al tránsito de aeródromo TRÁNSITO AÉREO Todas las aeronaves que se hallan en vuelo, y las que circulan por el área de maniobras de un aeródromo TRÁNSITO DE AERÓDROMO VFR Todo el tránsito que tiene lugar en el área de maniobras de un aeródromo, y todas las aeronaves que vuelen en las inmediaciones del mismo. Sigla utilizada para indicar Reglas de Vuelo Visual ZONA DE CONTROL Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba desde la superficie terrestre hasta un límite superior específico 11

12 3. FUNCIÓN BÁSICA DE LAS DEPENDENCIAS ATC La función básica de las dependencias ATC, es la de proporcionar los Servicios de Tránsito Aéreo con los objetivos de: a) Prevenir colisiones entre aeronaves; b) Prevenir colisiones entre aeronaves en el área de maniobras y entre esas y los obstáculos que haya en dicha área; c) Acelerar y mantener ordenadamente el movimiento del tránsito aéreo; d) Proporcionar información útil para la marcha segura y eficaz de los vuelos; e) Notificar a los organismos pertinentes respecto a las aeronaves que necesitan ayuda de búsqueda y salvamento, y auxiliar a dichos organismos cuando se requiera CENTRO DE CONTROL DE ÁREA (ACC). La función básica de un ACC es proporcionar Servicio de Control de Área a todos los vuelos controlados en las áreas de control bajo su jurisdicción y proporcionar Servicios de Información de Vuelo y de Alerta en el espacio aéreo de su competencia dentro de las Regiones de Información de Vuelo en que éstos se encuentren, a todas las aeronaves conocidas que operan en dicho espacio aéreo 3.2. DEPENDENCIA DE CONTROL DE APROXIMACIÓN (APP). La función básica de una APP es proveer Servicio de Control de Tránsito Aéreo para aquellas partes de los vuelos controlados relacionados con las llegadas o salidas en el espacio aéreo de su jurisdicción TORRE DE CONTROL DE AERÓDROMO (TWR). La función básica de una TWR es proporcionar Servicio de Control de Aeródromo al tránsito de aeródromo. 4. CATEGORÍA DE DEPENDENCIAS DE CONTROL Se establecen las categorías de Dependencias de Control de acuerdo a los Movimientos anuales de los Servicios de Control de Tránsito Aéreo. Estas Categorías se utilizarán para definir un porcentaje de bonificación por densidad y complejidad de tráfico. Para efectos de esta Tabla y en forma inicial, mientras se establece la estadística a utilizar, se utilizan las estadísticas operacionales del año 2002 al año 2008, y se revisarán los meses de Enero de cada año con las estadísticas actualizadas del año precedente. Se utilizará la siguiente escala de referencia: MOVIMIENTO ANUALES CATEGORÍAS PORCENTAJE o más I Por definir Menos de hasta II Por definir Menos de III Por definir 12

13 El Movimiento anual de aeronaves será informada por la Dirección de Tránsito Aéreo de acuerdo a las operaciones de las dependencias de Control, categorizadas de la siguiente forma: 1. Torres de Control 2. Oficinas de Aproximación No-Radar 3. Áreas Terminales No-Radar. 4. Oficinas de Aproximación Radar 5. Áreas Terminales Radar. 6. Centros de Control. Una vez recibida la información se procederá a aplicar las bonificaciones correspondientes de acuerdo al Nivel que ocupe el Controlador en el Escalafón respectivo. 5. CATEGORÍA DE AERÓDROMOS Se establecen las categorías de Aeródromos de acuerdo a los Movimientos anuales de Arribos y Salidas Estas Categorías se utilizarán para el Nombramiento de Jefes de Aeródromo que hayan alcanzado esta calidad a los largo de su Carrera Profesional de Operador ARO/AIS. Para efectos de nombramientos de Jefes de Aeródromos provenientes de escalafón de Operadores ARO/AIS, se excluyen aquellos Aeropuertos que tengan carácter de Internacional, cuyos requisitos y nombramientos serán de exclusiva decisión del Administrador Nacional de Aviación Civil. Se utilizará la siguiente escala de referencia: MOVIMIENTO ANUALES CATEGORÍAS ó más operaciones NIVEL I Menos de hasta NIVEL II Menos de NIVEL III El Movimiento anual de aeronaves se obtendrá de la información estadística de arribos y despegues que entregue la autoridad correspondiente designada por el Administrador Nacional de Aviación Civil. 13

14 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL PROYECTO ESCALAFÓN DE CONTROLADORES DE TRÁNSITO AÉREO 14

15 6. PROYECTO DE ESCALAFÓN PARA LOS CONTROLADORES DE TRÁNSITO AÉREO. A CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO ESCALAFÓN TÉCNICO AERONÁUTICO NIVEL 11 Controlador de Aeródromo en Práctica Proporcionar Servicio de Control de Tránsito Aéreo, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a: a) Todos los vuelos VFR en la zona de tránsito de aeródromo; b) Los vuelos IFR transferidos por el ACC/APP y c) Todo el tránsito que opera en el área de maniobras. a. Haber aprobado el Curso de Control de Tránsito Aéreo dictado por el Centro de Instrucción, Perfeccionamiento y Experimentación de la Administración Nacional de Aviación Civil. b. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. c. Estar asignado a una Torre de Control de un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. d. Estar en un proceso de Instrucción para obtener la Habilitación de Control de Aeródromo. e. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Torre de Control de un Aeródromo Controlado. 15

16 B CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO NIVEL 10 Controlador de Aeródromo Proporcionar Servicio de Control, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta de Tránsito Aéreo a: a) Todos los vuelos VFR en la zona de tránsito de aeródromo; b) Los vuelos IFR transferidos por el ACC/APP y c) Todo el tránsito que opera en el área de maniobras. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una Torre de Control de un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Haber obtenido y mantener una Habilitación de Control de Aeródromo. d. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Torre de Control de un Aeródromo Controlado. 16

17 C CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO NIVEL 9 Controlador de Aeródromo Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5. Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito en una dependencia de Control de Aeródromo. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control en un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aeródromo manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado un curso de especialización en el CIPE, o en Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en una dependencia de Control de Aeródromo. f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de un Aeródromo Controlado del país. Controlador de Aeródromo Instructor ATS Desempeñar funciones de Instructor ATS en una dependencia de Control de Aeródromo. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control en un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aeródromo manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado un curso de Instructor ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en una dependencia de Control de Aeródromo. f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de un Aeródromo Controlado del país. 17

18 Controlador de Área No-Radar Proporcionar Servicio de Control de Tránsito Aéreo No-Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en áreas de control. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aeródromo con la habilitación correspondiente. d. Estar asignado a un Centro de Control de Área por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. e. Haber aprobado el curso de Control de Área No-Radar en el CIPE f. Haber obtenido una habilitación en Control de Área No-Radar en una dependencia de Control de Área. g. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Centro de Control de Área 18

19 D CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO NIVEL 8 Supervisor de Torre de Control Verificar la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en el área de maniobras, en la Zona de Tránsito de Aeródromo y en aquellos espacios aéreos delegados a la dependencia de Control de Aeródromo, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores establecidos, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo, elementos tecnológicos de apoyo y del recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Control de Aeródromo. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una Torre de Control de un Aeródromo controlado de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Controlador de Aeródromo manteniendo la habilitación correspondiente. d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor ATS o Especialista ATS en una dependencia de Control de Aeródromo. e. Haber aprobado el curso de Supervisor de Dependencia de Control en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. f. Haber sido nombrado Supervisor de una Torre de Control de un Aeródromo Controlado. g. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés. Torre de Control de un Aeródromo Controlado. 19

20 Controlador de Aproximación No-Radar Proporcionar Servicio de Control de Tránsito Aéreo No-Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en Zonas de Control y/o en Áreas Terminales. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aeródromo con la habilitación correspondiente. d. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. e. Haber aprobado el curso de Control de Aproximación No-Radar en el CIPE f. Haber obtenido una habilitación en Control de Aproximación No-Radar en una dependencia de Control de Aproximación. g. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de Aproximación. Controlador de Área No-Radar Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5. Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito en una dependencia de Control de Área. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Área No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado un curso de Especialización ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en una dependencia de Control de Área. f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Centro de Control de Área. 20

21 Controlador de Área No-Radar Instructor ATS Desempeñar funciones de Instructor ATS en una dependencia de Control de Área. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Área No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado un curso de Instructor ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en una dependencia de Control de Área. f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Centro de Control de Área. 21

22 E CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO NIVEL 7 Jefe de Torre de Control Controlador de Tránsito Aéreo designado por el Director de Tránsito Aéreo de la ANAC responsable de la provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en una dependencia de Control de Aeródromo. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aeródromo de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Supervisor de Torre de Control con habilitación de Control de Aeródromo vigente. d. Haber aprobado el curso de Administración de Dependencia ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. e. Haber sido nombrado como Jefe de una Dependencia de Control de Aeródromo por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de Aeródromo. Controlador de Aproximación No-Radar Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5. Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito Aéreo en una dependencia de Control de Aproximación. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación No- Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado un curso de Especialización ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en una dependencia de Control de Aproximación. f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de Aproximación. 22

23 Controlador de Aproximación No-Radar Instructor ATS Desempeñar funciones de Instructor ATS en una dependencia de Control de Aproximación. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación No- Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado un curso de Instructor ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en una dependencia de Control de Aproximación. f. Nivel 4 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de un Aproximación. Controlador de Aproximación Radar Proporcionar Servicio de Control Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en Zonas de Control. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación No- Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado el curso de Control Radar Terminal. e. Haber obtenido la Habilitación de Control de Aproximación Radar. f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de Aproximación. 23

24 Supervisor de Área No-Radar Verificar la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en el área de maniobras, en las Áreas de Control y en aquellos espacios aéreos delegados a la dependencia de Control de Área, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores establecidos, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo, elementos tecnológicos de apoyo y del recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Control de Área en sectores No-Radar a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Controlador de Área No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor ATS o Especialista ATS en una dependencia de Control de Aeródromo. e. Haber aprobado el curso de Supervisor de Dependencia de Control en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. f. Haber sido nombrado Supervisor de un Centro de Control de Área para sectores de control No-Radar. g. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés. Centro de Control de Área 24

25 Controlador de Área Radar Proporcionar Servicio de Control Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en Áreas de Control. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a un Centro de Control de Área de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Área No-Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado el curso de Control Área Radar. e. Haber obtenido la Habilitación de Control de Área Radar. f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés. Centro de Control de Área. 25

26 F CONTROLADOR DE TRÁNSITO AÉREO ESCALAFÓN PROFESIONAL AERONÁUTICO NIVEL 6 Controlador de Terminal Radar Proporcionar Servicio de Control Radar, Servicio de Información de Vuelo y Servicio de Alerta a los vuelos controlados en Área de Control Terminal. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Área o de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación No- Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado el curso de Control Radar Terminal. e. Haber obtenido la Habilitación Radar en Área Terminal. f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés. Centro de Control de Área o Dependencia de Control de Aproximación con sectores radar de Control Terminal. Controlador de Aproximación Radar Especialista ATS 1, 2, 3, 4, 5. Desempeñar funciones de apoyo a los Servicios de Control de Tránsito Aéreo en una dependencia de Control de Aproximación Radar. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a un dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado un curso de Especialización ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. e. Haber sido nombrado como Especialista ATS en una dependencia de Control de Aproximación. f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de Aproximación con sectores radar. 26

27 Controlador de Aproximación Radar Instructor ATS Desempeñar funciones de Instructor ATS en una dependencia de Control de Aproximación Radar a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Controlador de Aproximación Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Haber aprobado un curso de Instructor ATS en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. e. Haber sido nombrado como Instructor ATS en una dependencia de Control de Aproximación. f. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de un Aproximación con sectores de control radar. Supervisor de Aproximación No-Radar Verificar la correcta provisión de los Servicios de Tránsito Aéreo en Zonas de Control y en aquellos espacios aéreos delegados a la dependencia de Control de Aproximación, ajustándose a reglamentos, procedimientos, acuerdos operacionales y disposiciones superiores establecidos, dirigiendo y coordinando el movimiento del tránsito aéreo en forma segura, ordenada y expedita mediante la utilización eficiente del espacio aéreo, elementos tecnológicos de apoyo y del recurso humano disponible para suministrar el Servicio de Control de Aproximación. a. Estar en posesión de una Licencia Aeronáutica de Controlador de Tránsito Aéreo. b. Estar asignado a una dependencia de Control de Aproximación de la República Argentina por la Dirección de Tránsito Aéreo de la ANAC. c. Tener a lo menos 4 años de experiencia como Controlador de Aproximación No- Radar manteniendo la habilitación correspondiente. d. Tener a lo menos 2 años de experiencia como Instructor ATS o Especialista ATS en una dependencia de Control de Aproximación. e. Haber aprobado el curso de Supervisor de Dependencia de Control en el CIPE, o en un Instituto reconocido por la ANAC a nivel Nacional o Internacional. f. Haber sido nombrado Supervisor de una dependencia de Control de Aproximación. g. Nivel 5 OACI de dominio del idioma Inglés. Dependencia de Control de Aproximación. 27

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