Año XXII Viernes, 30 de enero de 2004 Número 20

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1 Año XXII Viernes, 30 de enero de 2004 Número 20 II. AUTORIDADES Y PERSONAL Oposiciones y concursos Consejería de Presidencia y Justicia Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 12 de enero de 2004, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1380/2002, de 30 de abril, en el ámbito de Canarias. Página 1092 III. OTRAS RESOLUCIONES Consejería de Educación, Cultura y Deportes Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 16 de enero de 2004, por la que se convoca la prueba libre para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria para mayores de 18 años y se dictan instrucciones para su realización. Página 1094 Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 5 de noviembre de 2003, relativo a la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, en la zona de Argana, término municipal de Arrecife (Lanzarote). Página 1107 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 5 de noviembre de 2003, relativo a la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias en Mozaga, Muñique y Los Valles, término municipal de Teguise (Lanzarote). Página 1108 El texto de este B.O.C. puede ser consultado gratuitamente a través de Internet en la siguiente dirección: Boletín Oficial de Canarias Depósito Legal TF-37/1983 Edita/Servicio de Publicaciones Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia y Justicia Edificio Administrativo de Usos Múltiples II, planta 0 Avda. José Manuel Guimerá, 8, Tfno.: (922) Fax: (922) Santa Cruz de Tenerife Edificio Administrativo de Usos Múltiples I, planta 0 C/ Prof. Agustín Millares Carló, 22, Tfno.: (928) Fax: (928) Las Palmas de Gran Canaria Precio suscripción: Período anual: 81,19 euros. Semestre: 47,76 euros. Trimestre: 27,85 euros. Precio ejemplar: 0,82 euros.

2 1090 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 25 de junio de 2003, de aprobación definitiva de la adaptación plena del Plan General de Ordenación, término municipal de Tinajo (Lanzarote). Página 1109 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 5 de noviembre de 2003, relativo a la tasación conjunta de la Unidad de Actuación nº 19 Las Majadillas, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria. Página 1110 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de diciembre de 2003, relativo a Dación de Cuentas y Ejecución de Resoluciones Judiciales. Página 1111 IV. ANUNCIOS Anuncios de contratación Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda Secretaría General Técnica.- Anuncio de 21 de enero de 2004, por el que se hace pública la adjudicación definitiva de las obras de Colector de Saneamiento Barranco de Santos (Tenerife). Página 1112 Consejería de Sanidad Anuncio de 12 de enero de 2004, por el que se convoca concurso público, procedimiento abierto, para la contratación del suministro de vacunas destinadas a la Campaña de Vacunación en la Comunidad Autónoma de Canarias Página 1113 Otros anuncios Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 14 de enero de 2004, sobre notificación de Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 94/03 incoado contra Dña. María Candelaria González Rodríguez, en paradero desconocido. Página 1115 Consejería de Presidencia y Justicia Dirección General de la Función Pública.- Anuncio de 15 de enero de 2004, que dispone la publicación por la que se emplaza a los posibles interesados en el recurso que se tramita como Procedimiento Abreviado nº 454/03, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº Uno de Santa Cruz de Tenerife, interpuesto contra la Resolución de 11 de julio de 2003, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se dispone el nombramiento como funcionarios de carrera y se adjudican puestos de trabajo a los aspirantes seleccionados de las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo Administrativo (Grupo C), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 3 de diciembre de 1998, en ejecución de la Sentencia de 9 de febrero de 2001, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº Uno de Santa Cruz de Tenerife, dictada en el recurso nº 381/00. Página 1115 Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos. Administración de Tributos a la Importación de Santa Cruz de Tenerife.- Anuncio de 20 de enero de 2004, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación a los interesados en los procedimientos tributarios en relación con el Impuesto General Indirecto Canario, Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias y Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancía (tarifa especial). Página 1116

3 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de Dirección General de Tributos. Administración de Tributos Cedidos de Santa Cruz de Tenerife.- Anuncio de 22 de enero de 2004, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación a los interesados en los procedimientos tributarios en relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Página 1117 Servicio de Recaudación de Las Palmas.- Edicto de 12 de enero de 2004, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación de actuaciones administrativas de procedimientos recaudatorios de apremio. Página 1119 Servicio de Recaudación de Las Palmas.- Edicto de 13 de enero de 2004, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación de actuaciones administrativas de procedimientos recaudatorios de apremio. Página 1127 Servicio de Recaudación de Las Palmas.- Edicto de 13 de enero de 2004, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación de actuaciones administrativas de procedimientos recaudatorios de apremio. Página 1144 Servicio de Recaudación de Las Palmas.- Edicto de 16 de enero de 2004, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación de actuaciones administrativas. Página 1150 Servicio de Recaudación de Las Palmas.- Edicto de 16 de enero de 2004, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación de actuaciones administrativas de procedimientos recaudatorios de apremio. Página 1152 Servicio de Recaudación de Las Palmas.- Edicto de 16 de enero de 2004, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación de actuaciones administrativas de procedimientos recaudatorios de apremio. Página 1156 Servicio de Recaudación de Santa Cruz de Tenerife.- Edicto de 22 de enero de 2004, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación de actuaciones administrativas. Página 1187 Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial Dirección General de Ordenación del Territorio.- Anuncio de 13 de enero de 2004, por el que se hace pública la Resolución de 23 de diciembre de 2003, que incoa el procedimiento y aprueba el Avance del Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira (C-24), términos municipales de Las Palmas de Gran Canaria, Santa Brígida y Telde (Gran Canaria). Página 1189 Administración Local Cabildo Insular de El Hierro Anuncio de 14 de enero de 2004, sobre notificación de Propuesta de Resolución en materia de infracciones administrativas de caza. Página 1189 Otras Administraciones Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria Edicto de 7 de enero de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 1.133/2002. Página 1190

4 1092 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004 II. AUTORIDADES Y PERSONAL Oposiciones y concursos Consejería de Presidencia y Justicia 138 Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 12 de enero de 2004, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1380/2002, de 30 de abril, en el ámbito de Canarias. De conformidad con lo establecido en los artículos 454, 455, y de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como con el artº. 23 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, esta Dirección General ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales que se relacionan en el anexo a los funcionarios del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia (turno libre), nombrados por Orden de 15 de enero de 2004, teniendo en cuenta lo siguiente: Primero.- Los Agentes de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artº. 24 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero. Segundo.- Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular. aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio; artículo único de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero y artículos 79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios públicos deberán manifestar opción en el acta de toma de posesión. Cuarto.- Los Agentes de la Administración de Justicia a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurra un año desde que fueron destinados, de acuerdo con lo establecido en el artículo de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Quinto.- Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 24 de octubre (B.O.E. de ), no adjudicadas en la presente Resolución, mantienen su condición de desiertas, por lo que se ofertarán a los aspirantes que superen las pruebas selectivas convocadas mediante Orden JUS/1453/2003, de 27 de mayo. Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo radicados en Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Tercero.- En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974, de 2 de diciembre), Santa Cruz de Tenerife, a 12 de enero de La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, M. Dolores Rodríguez Rodríguez.

5 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de A N E X O

6 1094 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004 III. OTRAS RESOLUCIONES Consejería de Educación, Cultura y Deportes 139 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 16 de enero de 2004, por la que se convoca la prueba libre para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria para mayores de 18 años y se dictan instrucciones para su realización. La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, LOCE (B.O.E. nº 307, de ), establece en su artículo 53.3 que las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con las condiciones básicas que establezca el Gobierno, organizarán periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria. Asimismo, la Orden de 28 de abril de 1999, por la que se establecen las normas para el desarrollo del calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo para la Educación de Personas Adultas en Canarias (B.O.C. nº 65, de ), determina que la Administración educativa podrá organizar, en las condiciones que a tal efecto se establezcan, pruebas para que las personas adultas puedan acceder directamente a la titulación de Graduado en Educación Secundaria. Por otra parte, el Decreto 79/1998, de 28 de mayo, por el que se establece el currículo de la Formación Básica para la Educación de las Personas Adultas (B.O.C. nº 72, de ), determina las capacidades que deberán alcanzar estas personas para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria. La Orden de 28 de junio de 1999 (B.O.C. nº 100, de ), dispone también que la evaluación de las personas adultas deberá tener en cuenta el grado de consecución de las capacidades expresadas en los objetivos generales y de cada ámbito de formación. El Real Decreto 135/2002, de 1 de febrero de 2002 (B.O.E. nº 41, de 16 de febrero) establece las condiciones básicas que han de regir las pruebas previstas en el artº de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria para personas mayores de 18 años. Por todo ello, y en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 6 de la Orden de 28 de abril de 1999, y en el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 161, de ), R E S U E L V O: Primero.- Convocatoria de la prueba. Convocar la celebración de la prueba libre para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria establecida en la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, para lo que se constituirán las Comisiones Evaluadoras que se precisen. Segundo.- Requisitos de los aspirantes. 1. Podrán inscribirse para la realización de la prueba libre para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria aquellas personas que cumplan dieciocho años en el año de convocatoria de las pruebas y no estén cursando oficialmente enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o de Formación Básica de Personas Adultas en el presente curso escolar. 2. Para la realización de la prueba los aspirantes acreditarán su identidad con el D.N.I., pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido. Tercero.- Centros en los que se realizará la prueba. La prueba se celebrará en: A) PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE: - Centro de Educación de Personas Adultas de Puerto de la Cruz. - Centro de Educación de Personas Adultas de Guía de Isora. - Centro de Educación de Personas Adultas de San Cristóbal (La Laguna). - Centro de Educación de Personas Adultas de Tejina. - Centro de Educación de Personas Adultas de Santa Cruz de Tenerife. - Centro de Educación de Personas Adultas Guayafanta (La Palma). - Centro de Educación de Personas Adultas de San Sebastián de La Gomera. - Centro de Educación de Personas Adultas de Valverde.

7 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de Centro de Educación a Distancia de Santa Cruz de Tenerife. B) PROVINCIA DE LAS PALMAS: - Centro de Educación de Personas Adultas de Las Palmas-Ciudad Alta. - Centro de Educación de Personas Adultas de Gáldar. - Centro de Educación de Personas Adultas de Telde. - Centro de Educación de Personas Adultas de Santa Lucía de Tirajana. - Centro de Educación de Personas Adultas Titerroygatra (Lanzarote). - Centro de Educación de Personas Adultas de Fuerteventura-Norte. - Centro de Educación de Personas Adultas de Fuerteventura-Sur. - Centro de Educación a Distancia Profesor Félix Pérez Parrilla de Las Palmas. Cuarto.- Fechas de realización de las pruebas. Las pruebas se realizarán de acuerdo con el siguiente calendario: - Primera convocatoria: los días 23, 24 y 25 de marzo de Segunda convocatoria: los días 14, 15 y 16 de septiembre de Quinto.- Contenidos de la prueba. 1. Las pruebas tendrán por objeto valorar los objetivos generales, las capacidades y contenidos previstos para las personas adultas, según lo establecido en el Decreto 79/1998, de currículo de la Formación Básica para la Educación de las Personas Adultas (B.O.C. nº 72, de ). 2. Los contenidos se agruparán en los siguientes grupos: 2.1. Grupo Lingüístico. Comprenderá los ejercicios de: - Área de Comunicación: Lengua Castellana y Literatura. - Área de Comunicación: Lengua Extranjera Grupo Científico-Tecnológico. Comprenderá los ejercicios de: - Área del Conocimiento Matemático. - Área del Conocimiento Natural. - Área del Trabajo y Sociedad (bloque temático de Tecnología y Sociedad) Grupo de Ciencias Sociales. Comprenderá los ejercicios de: - Área del Conocimiento Social. - Área de Trabajo y Sociedad (bloque temático de Sociedad y Trabajo). - Área de Desarrollo Personal y Participación Social. 3. La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos establecerá los criterios para la elaboración y valoración de las pruebas, que serán confeccionadas por una Comisión propuesta por dicha Dirección General. Sexto.- Inscripción para la prueba. 1. La matrícula para la realización de la prueba deberá formalizarse en aquellos centros designados en el apartado tercero de esta Resolución para la celebración de la misma. 2. Para la inscripción se utilizará el modelo que figura en el anexo I de esta Resolución, al que deberá acompañarse una fotocopia del D.N.I. o cualquier otro documento acreditativo de la identidad del participante legalmente reconocido y, en el caso de tener superada una o varias de las áreas de 4º de la E.S.O. o de la Formación Básica de Personas Adultas objeto de la prueba, de la documentación que lo acredite. 3. Los plazos de inscripción para las pruebas serán los siguientes: - Primera convocatoria: del 8 al 12 de marzo de Segunda convocatoria: del 1 al 6 de septiembre de 2004.

8 1096 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de Los centros que impartan Educación de Personas Adultas, las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación y la Inspección de Educación difundirán la información sobre estas pruebas en sus respectivos ámbitos y zonas de actuación. 5. En las islas de Gran Canaria y Tenerife, cuando el número de inscritos para la realización de la prueba en los centros determinados sea inferior a doce, deberán agruparse en el centro de mayor número de solicitantes más cercano. 6. Los centros entregarán a las Comisiones Evaluadoras la documentación del alumnado inscrito, en las siguientes fechas: Primera convocatoria: 15 de marzo de Segunda convocatoria: 7 de septiembre de Las Comisiones Evaluadoras comunicarán a los CEPA el listado provisional de admitidos, excluidos, áreas exentas y los lugares y horarios de celebración de las pruebas en las siguientes fechas: Primera convocatoria: 17 de marzo de Segunda convocatoria: 9 de septiembre de Contra estas listas cabe presentar reclamación, si las hubiese: Primera convocatoria: hasta el 18 de marzo de Segunda convocatoria: hasta el 10 de septiembre de La resolución de estas reclamaciones será comunicada en las siguientes fechas: Primera convocatoria: el día 19 de marzo de Segunda convocatoria: el día 13 de septiembre de Séptimo.- Comisiones Evaluadoras. 1. La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos designará las Comisiones Evaluadoras que tendrán la responsabilidad de valorar y calificar las pruebas a las que se refiere la presente Resolución. 2. La Dirección de los centros donde se realicen las pruebas entregará al alumnado los ejercicios correspondientes y, una vez finalizadas, remitirán las mismas, por mensajería, a las Comisiones Evaluadoras. Durante la realización de dichas pruebas debe estar presente el profesorado de secundaria con destino en el centro. 3. El profesorado que forme parte de las Comisiones Evaluadoras tendrá derecho a las indemnizaciones que la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos establezca, de acuerdo con la normativa vigente. Octavo.- Criterios de evaluación. 1. La evaluación de esta prueba corresponde al profesorado que compone cada Comisión Evaluadora, que actuará de manera colegiada para adoptar la decisión de proponer o no a los aspirantes a la expedición del título de Graduado en Educación Secundaria. 2. De acuerdo con lo expresado en el artículo segundo de la Orden de 28 de junio de 1999 (B.O.C. nº 100, de ), sobre evaluación y acreditación de la Formación Básica de las Personas Adultas, se deberá tener en cuenta, a efectos de titulación, el grado de consecución de las capacidades expresadas en los objetivos generales y de cada ámbito de formación. 3. La calificación será global para cada uno de los grupos establecidos en el apartado quinto, punto 2, y se expresará en los términos de insuficiente, suficiente, bien, notable y sobresaliente. 4. Las personas que aprueben los tres grupos habrán superado la prueba, por lo que cumplirán los requisitos para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria, recibiendo una certificación acreditativa, hasta la recepción del título, según el modelo que figura en el anexo II de esta Resolución. 5. En el caso de no haber superado los tres grupos, los candidatos mantendrán para sucesivas convocatorias las calificaciones de los grupos aprobados, que tendrán validez en todo el territorio nacional, a tal efecto se les expedirá la certificación correspondiente según el anexo III. 6. Los candidatos que no superen todas las áreas de un grupo recibirán una certificación en la que constará el área o áreas superadas según el modelo del anexo IV de la presente Resolución. 7. Los aspirantes que tengan áreas superadas de 4º de la E.S.O. o de la Formación Básica de Personas Adultas, que puedan acreditarlo documentalmente, quedarán exentos de examinarse de las mismas.

9 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de Las Comisiones Evaluadoras encargadas de valorar las pruebas remitirán original del acta a los centros donde se han realizado las mismas para que los secretarios, con el visto bueno de la Dirección, expidan las certificaciones correspondientes y propongan la expedición del título de Graduado en Educación Secundaria. 9. Las Comisiones Evaluadoras podrán, cuando lo estimen necesario, entrevistar a aquellos aspirantes que consideren, con el fin de clarificar posibles dudas o recabar más información para su evaluación final. Primera convocatoria: 21 de abril. Segunda convocatoria: 6 de octubre. 4. Las actas definitivas de evaluación serán publicadas en los centros de preinscripción. Una copia de las mismas será remitida a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos y a la Inspección General de Educación, que la hará extensiva a los Inspectores de Educación que les afecte. Noveno.- Documentación a cumplimentar. 1. Las actas provisionales y definitivas de evaluación de la prueba se ajustarán al modelo que figura en el anexo V de esta Resolución y serán publicadas en los centros donde se hayan preinscrito los aspirantes, en las siguientes fechas: Primera convocatoria: 16 de abril de Segunda convocatoria: 1 de octubre de Las propuestas de expedición del título de Graduado en Educación Secundaria serán tramitadas por cada uno de los centros en los que se realice la prueba. En dichos centros se archivarán las actas y las propuestas formuladas. Los ejercicios realizados por los aspirantes se custodiarán en el centro durante un año a partir de la fecha de finalización de las pruebas. 3. Los centros enviarán a la Inspección de Educación una copia de la propuesta de expedición del título de Graduado en Educación Secundaria. Décimo.- Reclamación de las calificaciones. 1. El aspirante podrá presentar reclamación a las calificaciones en el centro donde realizó la prueba, en las siguientes fechas: Primera convocatoria: hasta el 20 de abril de Segunda convocatoria: hasta el 5 de octubre de Los centros correspondientes harán llegar dichas reclamaciones a las Comisiones Evaluadoras el mismo día de su presentación. 3. La Comisión Evaluadora resolverá las reclamaciones presentadas en las siguientes fechas: 5. Si el reclamante no estuviese conforme con la decisión adoptada por la Comisión, podrá reiterar su reclamación ante la Dirección Territorial de Educación, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de la respuesta de la Comisión. Esta nueva reclamación podrá entregarse en el propio centro, o en cualquiera de los órganos de la Administración Pública previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 (B.O.E. nº 285, de , y B.O.E. nº 12, de ), de acuerdo con las condiciones establecidas en dicho precepto. 6. La Dirección Territorial de Educación, previo informe de la Inspección de Educación y a propuesta de ésta, resolverá y notificará la resolución adoptada al interesado. Contra dicha resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, lo que agota la vía administrativa. Undécimo.- Los horarios de las pruebas, las puntuaciones por áreas y por grupos y la calificación global se recogen en el anexo VI de la presente Resolución. Duodécimo.- El resumen de las fechas de las convocatorias y los plazos de reclamaciones, entrega de actas y publicación de listas provisionales y definitivas se relacionan en el anexo VII. Santa Cruz de Tenerife, a 16 de enero de El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, Juan Magdalena Darias.

10 1098 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004 A N E X O I SOLICITUD DE MATRÍCULA

11 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de A N E X O I I PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

12 1100 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004 A N E X O I I I PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

13 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de A N E X O I V PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

14 1102 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004 A N E X O V ACTA DE EVALUACIÓN

15 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de A N E X O V I PRUEBA LIBRE DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

16 1104 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004

17 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de

18 1106 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004

19 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de A N E X O V I I RESUMEN DE LAS FECHAS DE LAS CONVOCATORIAS Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial 140 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 5 de noviembre de 2003, relativo a la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, en la zona de Argana, término municipal de Arrecife (Lanzarote). En ejecución de la legislación aplicable, por la presente, R E S U E L V O: Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 5 de noviembre de 2003, relativo a la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana en la zona de Argana, término municipal de Arrecife, Lanzarote, cuyo texto se adjunta como anexo. Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de enero de El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito. A N E X O La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 5 de noviembre de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo: Modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, en la zona de Argana, término municipal de Arrecife, Lanzarote. PROCEDIMIENTO Primero.- Aprobar definitivamente, en virtud de lo establecido en el artículo 43.2.a) del Texto Refundido

20 1108 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004 de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, la modificación puntual del Plan General de Ordenación de Arrecife (Lanzarote), en la zona de Argana, consistente en reordenación del área para configuración de una gran superficie destinada a equipamiento deportivo, al haberse corregido las carencias detectadas por la Ponencia Técnica de esta Comisión en sesión celebrada el 29 de septiembre de Segundo.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de Arrecife y al Cabildo Insular de Lanzarote. Tercero.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias. La presente certificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez. 141 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 5 de noviembre de 2003, relativo a la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias en Mozaga, Muñique y Los Valles, término municipal de Teguise (Lanzarote). En ejecución de la legislación aplicable, por la presente, R E S U E L V O: Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 5 de noviembre de 2003, relativo a la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias en Mozaga, Muñique y Los Valles, término municipal de Teguise, Lanzarote, cuyo texto se adjunta como anexo. Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de enero de El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito. A N E X O La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 5 de noviembre de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo: Aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias en Mozaga, Muñique y Los Valles, término municipal de Teguise, Lanzarote. Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 43.2.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, las determinaciones de las Normas Subsidiarias de Teguise (Lanzarote), en Mozaga (plano 3.6), Muñique (plano 3.18) y Los Valles (plano ), que resultaron suspendidos en sesión de esta Comisión celebrada el 20 de mayo del presente año, al haberse cumplimentado los condicionantes establecidos en dicho Acuerdo. Segundo.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de Teguise y al Cabildo Insular de Lanzarote. Tercero.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-

21 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de mún, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias. La presente certificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez. 142 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 25 de junio de 2003, de aprobación definitiva de la adaptación plena del Plan General de Ordenación, término municipal de Tinajo (Lanzarote). En ejecución de la legislación aplicable, por la presente, R E S U E L V O: Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 25 de junio de 2003, por la que se aprueba definitivamente de forma parcial la adaptación plena del Plan General de Ordenación, término municipal de Tinajo, Lanzarote, cuyo texto se adjunta como anexo. Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de enero de El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito. A N E X O La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 25 de junio de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo: Aprobación definitiva de la adaptación plena del Plan General de Ordenación de Tinajo, Lanzarote. ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- Aprobar definitivamente, de forma parcial, al amparo de lo establecido en el artículo 43.2.c) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, el Plan General de Ordenación de Tinajo (Lanzarote), salvo las áreas mencionadas en el apartado siguiente del presente Acuerdo y a reserva de la subsanación, en un Texto Refundido, previa a la publicación, de las deficiencias que a continuación se detallan: A. Aspectos materiales o sustantivos. 1.- Sobre la estructura territorial básica. A nivel poblacional, el Plan General propone un techo, en el Suelo Urbano Consolidado, de habitantes ligeramente superior a la población estimada por el PIOL en habitantes. La población previsible en el Suelo Urbano No Consolidado es de habitantes y en Suelo Urbanizable de habitantes. Si bien estos datos se justifican en base a la estructura territorial actual del municipio deberá programarse el desarrollo de los Suelos Urbanos Consolidados y el de los Suelos Urbanizables en función del grado de consolidación paulatino del Suelo Urbano. 2.- Sobre la clasificación de suelo urbano. a) Categorizar como Suelo Urbano No Consolidado las áreas de La Laguna y La Costa clasificadas actualmente como suelo urbano consolidado por no tener los servicios requeridos en el artículo 50.1 del TR de la LOTC y exceder de la dimensión necesaria que permite aplicar el artículo 73.1 del TR de la LOTC. b) Justificar la adscripción al suelo urbano no consolidado del 20% del aprovechamiento urbanístico a la construcción de viviendas protegidas tal y como establece el artículo 32.2.A.8 del TR de la LOTC modificado por la Ley 19/2003, de Directrices de Canarias. c) Clasificar como suelo urbano consolidado la franja litoral donde se ubica la Santa Sport. 3.- Sobre la clasificación de suelo urbanizable. El sector de Suelo Urbanizable Sectorizado No Ordenado clasificado en Tinajo bajo la denominación de La Costa, debe categorizarse como diferido, en tanto el crecimiento poblacional justifique la programación de este suelo. 4.- Sobre la regulación de los Sistemas Generales.

22 1110 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de 2004 Justificar el cumplimiento del estándar de Sistemas Generales de Espacios Libres establecido en el artº A.7 del TR de la LOTC. 5.- Sobre las Normas de Aplicación Directa (NAD) de las Directrices Generales de Ordenación. Justificar el cumplimiento de las NAD números 50 y Segundo.- Suspender la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación del municipio de Tinajo hasta tanto se subsanen las siguientes determinaciones: a) El Núcleo Rural del Cuchillo con una delimitación 43,71 ha, al no respetar el techo máximo fijado por el Plan Insular de Ordenación de Lanzarote en 34,00 ha por lo que deberá redelimitarse sin sobrepasar la superficie máxima establecida. b) Los Asentamientos Rurales de La Montañeta (4,03 ha) y Las Calderetas (2,95) al no estar contemplados en el Plan Insular de Ordenación de Lanzarote, por lo que deberán recategorizarse como suelo rústico agrícola. c) Clasificar como Suelo Rústico de Asentamiento Rural el Suelo Urbano Consolidado de la Costa al encontrarse su estructura apoyada en una serie de caminos que no formaliza ningún entramado urbano. d) El Suelo Urbano Industrial al no constituir una trama urbana. e) Recategorizar el Suelo Rústico de Protección Territorial de acuerdo con los valores en presencia, limitando los ámbitos donde pueden desarrollarse Proyectos de Actuación Territorial. f) El Islote de la Ría de La Santa al no contar con clasificación alguna en el Plan General de Ordenación. Tercero.- El presente Acuerdo, una vez corregidas las deficiencias advertidas y emitidos los informes técnicos pertinentes, se dictará Orden por el Consejero de Política Territorial y Medio Ambiente declarando subsanadas las deficiencias y ordenando la publicación del presente en el Boletín Oficial de Canarias. Cuarto.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de Tinajo, en orden a su cumplimentación, y al Cabildo Insular de Lanzarote. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez. 143 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 5 de noviembre de 2003, relativo a la tasación conjunta de la Unidad de Actuación nº 19 Las Majadillas, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria. En ejecución de la legislación aplicable, por la presente, R E S U E L V O: Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 5 de noviembre de 2003, relativo a la tasación conjunta de la Unidad de Actuación nº 19 Las Majadillas, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo texto se adjunta como anexo. Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de enero de El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito. A N E X O La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 5 de noviembre de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo: Tasación conjunta de la Unidad de Actuación nº 19 Las Majadillas, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria. Primero.- Aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3.288/1978, de 25 de agosto, el expediente de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes y derechos de la Unidad de Actuación nº 19 Las Majadillas, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria). Segundo.- La presente resolución, que implica la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados, deberá notificarse expresamente a los titulares de los bienes y derechos, conforme determina el artículo del Reglamento de

23 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de Gestión ya citado, confiriéndoles un plazo de veinte (20) días durante los cuales podrán manifestar por escrito su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado. Transcurrido dicho plazo sin formular oposición, se entenderá tácitamente aceptado, tal y como previene el apartado 9 del referido artículo 202. Tercero.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y al Cabildo Insular de Gran Canaria. Cuarto.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses anta la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción notificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias. La presente certificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez. 144 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 22 de enero de 2004, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de diciembre de 2003, relativo a Dación de Cuentas y Ejecución de Resoluciones Judiciales. En ejecución de la legislación aplicable, por la presente, R E S U E L V O: Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 23 de diciembre de 2003, relativo a la Dación de Cuentas y Ejecución de Resoluciones Judiciales, cuyo texto se adjunta como anexo. Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de enero de El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito. A N E X O La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 23 de diciembre de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo: DACIÓN DE CUENTAS Y EJECUCIÓN DE RESOLU- CIONES JUDICIALES. PROCEDIMIENTO Primero.- Tomar conocimiento de las sentencias que se detallan: 1. Ejecución de Sentencia nº 1498/99, de 12 de noviembre, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra acuerdo de la CUMAC de 9 de mayo de 1996, que aprobó definitivamente, de forma parcial, la revisión de las Normas Subsidiarias de Gáldar, que se anula, en cuanto hace referencia a la clasificación de Suelo Apto para Urbanizar de la parcela litigiosa, procediéndose para la misma la clasificación de urbana. 2. Sentencia nº 1622/99, de 10 de diciembre, que desestima el recurso contencioso-administrativo nº 1707/96, interpuesto contra acuerdo de la CUMAC, adoptado en sesión celebrada el 9 de mayo de 1996, por el que se aprobó definitivamente y de forma parcial el Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana. 3. Sentencia nº 81/99, de 11 de enero, que desestima el recurso contencioso-administrativo nº 2076/94, interpuesto contra acuerdo de la CUMAC de 7 de abril de 1994, por el que se aprueba definitivamente el Plan Parcial Sector 5, Las Torres, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria. 4. Sentencia nº 961/99, de 25 de junio, que desestima el recurso contencioso-administrativo nº 2076/96, interpuesto contra acuerdo de la CUMAC de 9 de mayo de 1996, por el que se aprobó definitivamente y de forma parcial el Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana.

24 1112 Boletín Oficial de Canarias núm. 20, viernes 30 de enero de Sentencia del Tribunal Supremo, de 3 de marzo de 2003, que estima recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, contra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 10 de diciembre de 1997, recaída en el recurso nº 1325/95, que anuló el Plan Parcial Las Torres, en el particular de la clasificación de suelo que afectaba al recurrente, reconociéndole el carácter de urbano. El Tribunal Supremo casa la sentencia, anulándola y desestimando el recurso administrativo nº 1325/ Sentencia nº 1176/98, de 16 de octubre, que desestima el recurso contencioso-administrativo nº 1932/1994, interpuesto contra Orden Departamental de 2 de septiembre de 1994, por la que se aprobó definitivamente la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Telde. Segundo.- Referido a la Sentencia nº 1498/99, de 12 de noviembre: 1º) Tener por anuladas las Normas Subsidiarias del municipio de Gáldar (Gran Canaria), en lo que afecta exclusivamente al solar de 306 m 2, propiedad de la actora, situado en el pago de San Isidro, en donde llaman La Enconada, que, en virtud de la sentencia nº 1498/99, de 12 de septiembre, dictada en el RCA nº 2168/1996, tramitado a instancia de Dña. María Nieves Alonso Viera, pasa a clasificarse como suelo urbano, dejando constancia del presente Acuerdo en el correspondiente expediente administrativo. 2º) Encomendar al Ayuntamiento de Gáldar, como administración competente, la formulación y tramitación de la modificación del planeamiento vigente para, en cumplimiento de la referida sentencia, completar las determinaciones de aplicación sobre el suelo en cuestión, estableciendo, básicamente, la categorización y calificación que proceda. 3º) El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado a la recurrente, al Ayuntamiento de Gáldar, al Cabildo Insular de Gran Canaria y a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Tercero.- El presente Acuerdo será notificado a los Ayuntamientos afectados. Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presente certificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez. IV. ANUNCIOS Anuncios de contratación Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 263 Secretaría General Técnica.- Anuncio de 21 de enero de 2004, por el que se hace pública la adjudicación definitiva de las obras de Colector de Saneamiento Barranco de Santos (Tenerife). 1. ENTIDAD ADJUDICADORA. a) Organismo: Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Aguas de la Dirección General de Aguas. c) Número de expediente: TF OBJETO DEL CONTRATO. a) Tipo del contrato: obra. b) Descripción del objeto: Colector de Saneamiento Barranco de Santos. Tenerife. c) Lote: d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: Boletín Oficial de Canarias nº 227, de 20 de noviembre de TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. a) Tramitación: urgente. b) Procedimiento: abierto. c) Forma: concurso. 4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN O CANON DE EXPLOTACIÓN. Importe total: ,27 euros.

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