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1 Principales Documentos Importación y Exportación Principales Documentos Importación y Exportación Documentos comerciales Enero 2012

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3 Índice 1. Factura proforma Factura comercial Factura consular Solicitud de apertura de crédito documentario Lista de contenido (packing list) Autorización administrativa global de exportación Contrato de compraventa Crédito documentario Póliza de seguro de crédito a la exportación Certificado Halal Certificado Kosher Certificado de análisis Certificado de calidad Certificado de cuarentena Certificado de cuota Certificado de pedigrí Solicitud de alta en el registro para solicitudes telemáticas de certificados sanitarios Solicitud de certificado sanitario de exportación

4 1 Factura proforma 4

5 Características Inglés Proforma Invoice Francés Facture Proforma Finalidad La factura proforma es un documento que utiliza el vendedor para plasmar una oferta detallada de una venta. Al tratarse de una oferta, si es aceptada por el comprador, será el origen de un contrato de compraventa. Por tanto, es necesario que contenga todos los datos necesarios para establecer los términos y condiciones de venta. Asiduamente, las relaciones comerciales internacionales son repetitivas y, por lo tanto, hay empresas que solamente definen en una primera ocasión, al indicar las relaciones comerciales con el comprador, los términos y las condiciones de las compraventas futuras, de manera que en el futuro se limitan, vendedor y comprador, a ponerse de acuerdo en la cantidad de precio y mercancía. El uso de la factura proforma puede venir debido, en muchos casos, a la necesidad del importador de la obtención de algún requisito administrativo previo al despacho de aduanas de importación, como puede ser una licencia de importación, la autorización para obtener las divisas necesarias para el pago de la compraventa, la apertura de un crédito documentario, etc. En estos casos, la factura proforma sirve como documento justificativo para la solicitud de algunos de los supuestos comentados anteriormente. Los datos a consignar en una factura comercial son básicamente los que se especifican en la factura comercial: Fecha, nombres y razones comerciales de vendedor y comprador. Denominación precisa y cantidad de mercancía. Precio unitario y cantidad de mercancía. Forma y condiciones de pago. Tipo de embalaje. Términos de entrega de la mercancía (hace referencia a los términos internacionales de negociación publicados por la Cámara de Comercio Internacional, se aconseja utilizar versión del 2000). No es necesario que estén firmadas. Estos datos serán los que posteriormente se consignen en la factura comercial una vez confirmado el pedido por parte del comprador. Las informaciones contenidas en una oferta se resumen, en comercio internacional, en un documento denominado Factura Proforma que contiene los elementos que configurarán la factura definitiva, en el caso de que la oferta se materialice en pedido o contrato y no hayan cambiado los datos que en ella se hayan reflejado. Se trata de un documento de oferta e información expedido por el Exportador en el que se detallan las condiciones en las que el mismo estaría dispuesto a vender una mercadería. Hace, también, las veces de contrato, en especial cuando el vendedor exige pagos anticipados a la entrega de la mercadería, sirviendo asimismo de apoyo 5

6 para solicitar determinados documentos administrativos. La Factura Proforma es un reflejo de los que será la factura definitiva (salvo contratiempos), y que sirve al cliente para que al presentarla al banco en su país, formalizar la Apertura del Crédito Documentario, así como solicitar sus correspondientes Autorizaciones de Importación. La Factura Proforma permite el cliente potencial conoces cómo comprar el producto y pagarlo y, además, iniciar la tramitación administrativa para su información, así como la determinación del precio definitivo del producto tanto si lo adquiere para autoconsumo como para reventa. En el aspecto práctico, es una factura normal en la que se hace constar visiblemente la palabra Proforma. Lo solicita el Comprador (Importador) y lo emite el vendedor (Exportador) La Factura Proforma es una oferta del vendedor y como tal oferta esta sujeta a la aceptación del destinatario de la misma, a no ser que haya establecido un plazo para dicha aceptación, expirado el cual, la oferta se extingue. La redacción de Facturas Proforma y definitiva para clientes de los PVD puede variar respecto de la realidad de los envíos, siempre de mutuo acuerdo entre PYME y cliente extranjero, debido a exigencias de este último que pretenden que se facture menos cantidad de la que se remite, para evadir aranceles e impuestos: en otras ocasiones se le podrá solicitar a la PYME que la mercadería reflejada en la factura sea distinta de la realmente remetida, supuesto que encubre, una clasificación arancelaria favorecida por una valoración aduanera menor e incluso la posible importación de una mercadería prohibida o contingentada; en otros supuestos, se pedirá la facturación de recambios cuando realmente se mandan máquinas totalmente ensambladas u otras prácticas fraudulentas que se recomienda rechazar. Emisores competentes Empresa vendedora. 6

7 Modelo 7

8 Cumplimentación Los datos básicos que deben aparecer son: Fecha, nombre y razones sociales de vendedor y comprador Cantidad, denominación precisa, precio unitario y total de la mercadería, así como forma y condiciones de pago. Términos de entrega de la mercadería: aunque no se exige específicamente es muy útil usar INCOTERMS. Instrucciones del cliente o exigencias del país de destino tales como referencias a licencias de importación, certificados, etc. La Aduana podrá exigir traducción oficial de las facturas que no estén redactadas en castellano. Podrá aplazarse su presentación en los casos de rápido despacho o fuerza mayor. Se hace constar en dicho documento la palabra Proforma. 8

9 2 Factura comercial 9

10 Características Inglés Comercial Invoice Francés Facture Commerciale Finalidad Es un documento administrativo que emite el vendedor al realizar la expedición de la mercancía y tiene una función de carácter contable, tanto para el vendedor como para el comprador. Si se trata de una operación no comunitaria, el comprador necesitará siempre este documento para poder realizar los trámites aduaneros en el país de importación. La estructura de una factura comercial no está sujeta a ningún formato y las condiciones que debe cumplir se reflejan en el BOE nº 2983 del 13 de Diciembre de 1985 y el Reglamento CEE 2454/93 y son básicamente los siguientes: Fecha, nombres y razones comerciales de vendedor y comprador. Denominación precisa y cantidad de mercancía. Precio unitario y total de la mercancía en la divisa pactada. Forma y condiciones de pago. Términos de entrega de la mercancía (hace referencia a los términos internacionales de negociación publicados por la Cámara de Comercio Internacional; se aconseja utilizar la versión del 2000). No es necesario que estén firmadas. Además de los datos que señala el Reglamento Comunitario, deberán incluirse los siguientes: Número de identificación a efectos del IVA del vendedor y del comprador (en operaciones intracomunitarias). Referencia al pedido o factura proforma. Origen de la mercancía. Medio de transporte. Si la factura estuviese emitida en una lengua no oficial, la aduana podrá exigir traducción oficial de la factura. Es aconsejable indicar la partida estadística, según su codificación en el Arancel Aduanero Comunitario (TARIC) en las operaciones no comunitarias, siendo necesarias en las operaciones comunitarias. Una característica importante en las facturas de exportación es que el importe de la venta no está sujeto a IVA, al no considerarse, según la Ley del IVA, hecho imponible las entregas de bienes fuera del territorio fiscal español. En algunas circunstancias, generalmente impuestas por el comprador (importador), no siempre coinciden los datos consignados en la factura comercial presentadas en la aduana de origen, donde se lleva a cabo el despacho 10

11 de exportación, con los datos señalados en la factura comercial remitida al comprador (importador). Este hecho es debido a que las mercancías, mayoritariamente, tributan por su valor en aduana, es decir, derechos ad valorem. Esta circunstancia lleva a que en países donde la administración de aduanas es de dudosa reputación, los importadores, con el propósito de ingresar una menor cantidad en concepto de derechos arancelarios, presenten facturas comerciales con un menor importe. Esta práctica, ilegal a todas luces, conlleva sanciones económicas a los importadores que la ejercen, pudiendo peligrar las ventas de la empresas exportadora en aquel país. En determinados casos, la Factura Comercial sirve de Contrato de Venta y de forma de cobro, para lo cual debe ir firmada e incluir las cláusulas arbítrales correspondientes a los Contratos de Compraventa Internacionales. Es recomendable hacer varios ejemplares de la Factura Comercial. La Factura Comercial sirve para el despacho aduanero en destino y su posesión no acredita la propiedad de la mercancía. Con el visado de la Cámara de Comercio del país del exportador puede servir como Certificado de Origen. Puede el comprador solicitar su emisión en determinado idioma, sobre todo cuando además de la factura Comercial, se exige del Exportador la legalización consular, que unas veces se formaliza sobre la misma Factura Comercial visada por el Consulado del país importador sito en España o en el país europeo en donde esté acreditado, y otras veces consiste en un formulario en el que se hacen constar datos específicos que requieran cada país, generalmente referidos a que los precios expresados son los mismos que rigen en el mercado interior del país exportador, que la mercancía es de origen del país exportador, etc. La expide el vendedor a nombre del comprador extranjero, para quien constituye el justificante probatorio de la propiedad del bien adquirido. Los ejemplares pactados entre comprador y vendedor, que resumen todos los datos de la operación, se redacta en castellano para países de habla hispana, y en inglés o francés, para mejor comprensión de ambas partes, si se trata de países anglófonos o francófonos, sin perjuicio de que en ocasiones será exigencia de las Autoridades Aduaneras del país importador la presentación en su lengua oficial. Observaciones Su estructura no está sujeta a modelo. No es necesario que estén firmadas. Salvo dispensa por el Administrador de la Aduana, deberán reflejar los siguientes datos: Fecha, nombre y razones sociales de vendedor y comprador Cantidad, denominación precisa, precio unitario y total de la mercancía, así como forma y condiciones de pago. Términos de entrega de la mercancía. Aunque no se exigen específicamente es muy útil emplear los INCO- TERMS. La Aduana podrá exigir traducción oficial de las facturas que no estén redactadas en castellano. Podrá aplazarse su presentación en los casos de rápido despacho o fuerza mayor. La Factura Comercial debe completarse con las instrucciones del cliente o las exigencias del país de destino (referencias a licencias, certificados, etc.). Los datos contenidos en la Factura Comercial deben ser concordantes con los reflejados en los demás documentos solicitados para una misma operación de compraventa, aunque en éstos puede haber menos detalle, y con los términos expresados en la licencia o documento aduanero de exportación. Emisores competentes Empresa vendedora 11

12 Modelo 12

13 Cumplimentación Los datos básicos que debe contener son: Fecha, nombre y razones sociales de vendedor y comprador. Cantidad, denominación precisa, precio unitario total de la mercadería, así como forma y condiciones de pago. Términos de entrega de la mercancía. Aunque no se exige específicamente es muy útil usar los Incoterms. Instrucciones del cliente o exigencias del país de destino tales como referencias a licencias de importación, certificados etc. La Aduana podrá exigir traducción oficial de las facturas que no estén redactadas en castellano. Podrá aplazarse su presentación en los casos de rápido despacho o fuerza mayor 13

14 3 Factura consular 14

15 Características Inglés Consular Invoice/ Consular Bill Francés Facture Consulaire Finalidad Título especial emitido por le vendedor de una mercadería, a petición de las Autoridades Aduaneras de algunos países (en la actualidad exclusivamente los sudamericanos) para determinar, cuando se efectúe el despacho, la clase de arancel que soportará la mercancía. A veces puede suplirse con la aportación de una Factura Comercial visada por el Consulado del país importador en la nación exportadora. Unas veces emite y visa el Consulado en España del país importador (en ocasiones el consulado más cercano está en parís o Londres), y otras se limita a visar la factura Comercial presentada por la PYME exportadora. Generalmente el Visado Consular se emite contra pago y a veces el importe a pagar por él es elevado. La Solicitud de la Factura Consular la realiza el Exportador de la mercancía a petición de las Autoridades Aduaneras de algunos países ( en la actualidad casi exclusivamente los sudamericanos) Las facturas Consulares son documentos que normalmente se obtiene en el Consulado del país importador, y que son emitidos o visados por el Consulado bajo el pago de un importe determinado. El destinatario de las facturas consulares son las Autoridades Aduaneras de algunos países (en la actualidad casi exclusivamente los sudamericanos). En el caso específico de la república Dominicana debe ir redactado en español, y todos los ejemplares deben ir sellados, fechados y firmados por el Exportador y se presentará en el Consulado para su visado. Generalmente la Factura Consular se emite contra pago y a veces el importe a pagar por él es elevado. A modo de ejemplo en caso de la República Dominicana la Factura Consular, se extiende en 5 ejemplares, establecida en el formulario que venden en el Consulado al precio de 31 euros. La tarifa varía bastante dependiendo del consulado que realice la emisión o visado del documento. No existe un único documento tipo, dependerá del Consulado del país al que se exporte, la determinación de uno u otro documento normalizado. Emisores competentes La expide el Consulado del país del importador en el país del exportador. En ella se describe la mercadería y las informaciones necesarias para autorizar su entrada o fijar los derechos arancelarios en el país del importador. Se utiliza casi exclusivamente para envíos con destino a países latinoamericanos. 15

16 Modelo 16

17 Cumplimentación Datos que incluirá: Factura de mercancías embarcada por: nombre del embarcador Clase y nacionalidad del buque Nombre del Capitán Puerto de destino A la consignación de Por cuenta y orden de Marca Número de marca Número de bultos Clase de bultos. Contenido Cantidad Peso en kilos: se indicará tanto el peso bruto como el peso neto Valores Países de origen de las mercaderías Lugar, fecha y firma Instrucciones Los cónsules de la República Dominicana están obligados a exigir el cumplimiento de estas instrucciones. Todo embarque de mercaderías para la República Dominicana deberá hacerse en esta Factura Consular, que ha sido oficialmente adoptada por el servicio consular Dominicano. 17

18 4 Solicitud de apertura de crédito documentario 18

19 Características Finalidad Se trata de la solicitud que hace el importador al Banco Emisor una vez ha acordado con el exportador el pago mediante Crédito Documentario. Banco Emisor: banco elegido por el Importador. Confecciona y realiza la apertura del Crédito. Paga el crédito si se cumplen las condiciones exigidas en el mismo. Es el banco del Importador. La última versión de las Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios (UCP 600), revisión de 2007, publicada por la Cámara de Comercio Internacional lo describe como " el banco que emite un crédito a petición de un ordenante o por cuenta propia". Banco del Exportador: sólo interviene a solicitud del Exportador o del banco Emisor y dependiendo de las actividades que realice tendrá distintos nombres, siendo su función básica la de banco Notificador o avisador. Según las UCP es " el banco que notifica el crédito a petición del banco emisor". El Banco Emisor solicita a otro banco (banco Avisador) habitualmente situado en el mismo país que el Exportador, que notifique o confirme el crédito. Banco Avisador notifica al Exportador la emisión de un crédito Documentario a su favor. Cuando un exportador recibe la notificación de que han abierto a su favor un Crédito Documentario, debe revisar si las condiciones del mismo son acordes con lo pactado con el comprador. El Exportador debe tener en cuenta que si no puede cumplir alguna de las condiciones del crédito no tendrá derecho alguno a recibir el pago global o parcialmente, por lo que es fundamental que revise exhaustivamente el condicionado para saber si está o no capacitado para cumplir sus obligaciones. Una vez que el Banco Emisor tiene en su poder la Solicitud de Apertura de Crédito Documentario, estudia el riesgo de la operación solicitada y, si la aprueba, procede a la Apertura del Crédito. Existen costes distintos dependiendo de cada uno de los bancos y de la relación comercial que mantienen con sus respectivos clientes. Existe comisiones por aviso. Confirmación. Pago diferido. Modificación. Transferencia. Cancelación. Todo ello según tarifa de cada entidad. Los bancos presentan al Banco de España las distintas tarifas propuestas y éste tras un estudio de las mismas y siempre y cuando no se consideren que vulneran la ley de competencia desleal dará el visto bueno. A partir de ahí los diferentes bancos negocian con sus clientes los costes, aplicando mayores o menores descuentos según la política establecida en el banco. Pago directo: el exportador español que recibe la Notificación de un crédito a través de un Banco nacional deberá pagar una comisión de notificación. Existe un segundo caso, en el que el banco Emisor, por orden del Importador, para directamente al Banco Avisador la comisión de notificación. En este último caso existiría un Pago Indirecto por parte del Importador a su banco Emisor. En el segundo caso cobra directamente el Banco Avisador e Indirectamente el banco Emisor. Los modos de transmisión disponibles son: Teles. Swift: se basa en la red que forman todos los ordenadores conectados a dicho sistema situados en cada banco, por lo que se trata de un sistema rápido y seguro. Prácticamente la mayoría de las órdenes de pago internacionales se realizan por esta vía. 19

20 Fax. EDI (Transmisión electrónica de datos) El Crédito Documentario está regulado por las Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios de la CCI de París (revisión de 2007, publicación nº 600). Son de aplicación desde 1 de julio de Excluye todo compromiso y responsabilidad legal directa por parte de los Bancos Intervinientes, en todo lo concerniente a la aceptación. Los bancos ejecutan los mandos. Emisores competentes Banco Emisor (banco del ordenante), que, según se define en las UCP 600, es el "banco que emite un crédito a petición de un ordenante o por cuenta propia". 20

21 Modelo 21

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23 Cumplimentación Cumplimentación/Datos obligatorios: Fecha Oficina Número de póliza de comercio exterior a cargo de la que está la operación Método Aviso Tipo de Crédito Fecha y lugar de caducidad Nombre y dirección del ordenante Nombre y dirección del beneficiario Banco del beneficiario Divisa e importe Tolerancia del importe Condiciones de entrega Descripción de la mercancía Documentos requeridos Condiciones adicionales Gastos bancarios fuera de España: a cargo de quién van Periodo de presentación de los documentos Confirmación: confirmado o sin confirmar 23

24 5 Lista de contenido (packing list) 24

25 Características Inglés Packing List Francés Liste de Colisage Finalidad El packing list o relación de contenido completa la información descrita en la factura comercial, en cuanto a la mercancía, y debe ser siempre emitido por el exportador. Es un documento que tiene una gran importancia en aquellas situaciones donde se produzca un despacho aduanero físico y sirve para facilitar el reconocimiento selectivo por parte del "actuario" de aduanas. Asimismo, se hace servir para comprobar, en el momento de entrar la mercancía en el almacén, la corrección en cuanto a faltas, daños, sobras, etc. Debe contener: Indicación de la factura a la que corresponde. Fecha, nombre y razón social del vendedor y comprador. Cantidad, denominación precisa y tipo de embalaje de la mercancía, con identificación de marcas. Numeración del tipo de embalaje y el contenido de cada uno de ellos. Peso bruto y neto y cubicación. Documento en el que se hace constar detalladamente todos los bultos que componen la expedición de la mercadería y la indicación de marcas, números, volumen y peso de cada uno. Documento que acompaña a la Factura Comercial. La relación de peso es un documento que contiene una menor información que el packing list o relación de contenido. Como su nombre indica, hace referencia al peso de la mercancía objeto a exportar, siendo su uso más frecuente en países francófonos. Cuando un comprador (importador) solicita a un vendedor (exportador) una relación de peso, éste podrá emitir una relación de contenido o packing list, especificando el peso por cada tipo de embalaje Emisores competentes Empresa exportadora 25

26 Modelo 26

27 Cumplimentación Cumplimentación del Documento: Datos: observaciones Nombre del documento: lista de contenidos (bultos) o de carga. Nombre y dirección del expedidor y destinatario Número y fecha de factura Descripción de la mercancía Números de paquetes y contenidos Marcas y Numeración Número Clase Peso neto y bruto (Kg.) Volumen/Cubicación 27

28 6 Autorización administrativa global de exportación 28

29 Características Finalidad El régimen comercial de las importaciones de mercancías se establece en función de los países y territorios de origen de dichas mercancías, las cuales se agrupan en zonas (A, B, C y D) Las importaciones de mercancías se realizarán en régimen de libertad comercial a excepción de las que estén expresamente sometidas a algún tipo de restricción. Emisores competentes Secretaria de Comercio (Ministerio de Economía) o Delegaciones Provinciales 29

30 Modelo 30

31 Cumplimentación 1.- Destinatario Nombre o razón social del titular destinatario de la licencia (importador). Dirección completa incluyendo código postal, población y país Teléfono y Fax Número de IVA 2.- Número de expedición. No se rellena 3.- Periodo contingentario. Indicar el periodo contingentario al cual se refiere la restricción a la que corresponde la licencia 4.- Autoridad competente de expedición No rellenar 5.- Declarante Datos de quién presente la licencia de importación. Normalmente es el propio titular aunque en ocasiones puede ser el Agente de Aduanas o el Transitario. 6.- País de origen Indicar el país de origen y su código numérico 7.- País de procedencia Indicar el país de procedencia y su código numérico 8.- Último día vigencia No se rellena 9.- Designación de la mercancía Describir la mercancía de tal manera que sea posible su inequívoca identificación, ajustándose en lo posible a la terminología del arancel de aduanas Código de la mercancía (NC) Consignar el código arancelario a ocho dígitos Cantidad expresadas en unidades de medida del contingente Indicar la cantidad total expresadas en las unidades establecidas como unidad de medida del contingente o cuota Fianza/garantía En los casos que se exige una fianza Menciones complementarias No rellenar 14.- Visado de la autoridad competente No rellenar 31

32 7 Contrato de compraventa 32

33 Características Inglés Sales-purchase contract Francés Contrat de vente Finalidad La compraventa internacional es un acuerdo entre operadores económicos que residen en países distintos, mediante el cual una parte (el vendedor) se compromete a entregar a la otra (el comprador) unas mercancías, o a prestar un servicio, en un lugar convenido, en un plazo determinado y bajo un precio pactado. El documento se emite desde el momento de la perfección del contrato, lo que ocurre, y por tanto obliga a las partes, desde el momento en que se da la aceptación de la oferta por parte del comprador. La oferta, la declaración de aceptación o cualquier otra manifestación de intención, llega al destinatario cuando así se le comunica verbalmente o se le hace saber por cualquier otro medio, personalmente o en establecimiento, dirección postal o residencia habitual. La propuesta de celebrar un contrato dirigida a una o varias personas determinadas constituirá oferta si es suficientemente precisa e indica la intención del oferente de quedar obligado en caso de aceptación. Se considera que una propuesta es suficientemente precisa si indica las mercancías, la cantidad y el precio o medio para la determinación de éste. La oferta no podrá ser revocada si el destinatario de la misma ya ha enviado la aceptación. Se entiende por aceptación toda declaración o manifestación de la voluntad que indique asentimiento a una oferta. El silencio o la inacción, por sí solos, no constituyen aceptación. El destinatario puede indicar su asentimiento ejecutando un acto que, en virtud de las prácticas entre las partes o los usos habituales, se entienda como aceptación. En tal caso, esta surte efecto en el momento en que se ejecuta dicho acto. En todo caso, se entiende efectuada la aceptación de la oferta en el momento en que llega a conocimiento del oferente. El contrato no está sujeto a requisito alguno de forma, por lo que su propia existencia y estipulaciones pueden probarse por cualquier medio, incluso por testigos. Sin embargo, si se establece que toda modificación se haga por escrito, no podrá modificarse de otra manera. El Convenio de Viena (11.abril.1980), admite que el contrato de compraventa no tiene que celebrarse por escrito, ni está sujeto a ningún otro requisito de forma. La expresión por escrito comprende el telegrama y el télex. En la actualidad se incluye también la transmisión mediante cualquier mecanismo electrónico (por ejemplo el EDI), puesto que cuando se redactó el Convenio de Viena no se había generalizado su uso. Emisores competentes Comprador y vendedor 33

34 Modelo 34

35 35

36 Cumplimentación Los datos que debe contener, de forma obligatoria todo contrato de compraventa internacional, son: El comprador y el vendedor. Caso de tratarse de personas jurídicas, indicación específica de la calidad con que actúan las personas físicas que las representan. La definición exacta y completa de las mercancías, o servicios, en cantidad, calidad, normas y especificaciones técnicas en su caso, marcas y productos. El tipo de envase, embalaje y marcas de los bultos. El precio unitario y el precio total, expresados en monedas de uso habitual. En caso de pago aplazado, los intereses si procede. El plazo o plazos de entrega y medios de transporte en su caso. Cláusula de entrega de la mercancía, utilizando el Incoterm adecuado. Las condiciones de reembolso de la exportación. Las garantías y/o afianzamientos sobre el pago, en su caso. Las condiciones para la entrada en vigor del contrato. La reserva de dominio hasta el total pago del precio. La designación de la jurisdicción competente en caso de conflicto. Las cláusulas de fuerza mayor. La cláusula de arbitraje para dirimir conflictos en caso de producirse. La fecha y la firma de ambas partes. 36

37 8 Crédito documentario 37

38 Características Inglés Documentary credit Francés Crédit documentaire Finalidad Es una operación por la que un banco, actuando a petición de un ordenante, se compromete, de forma directa o a través de otra entidad financiera, a pagar a un beneficiario una determinada cantidad de dinero, siempre y cuando le sean presentados una serie de documentos, dentro de un plazo especificado. Su funcionamiento está regulado por las Reglas y Usos Uniformes de los Créditos Documentarios, publicadas por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) en su Publicación nº 600 (Revisión año 2007). Según se define en la UCP 600, Crédito será "todo acuerdo. como quiera que se denomine o describa, que es irrevocable y por el que se constituye un compromiso cierto del banco emisor para honrar una presentación conforme". En este sentido, cabe destacar que el concepto de "Honrar" es el siguiente, tal como se indica en las propias Reglas: " a. pagar a la vista si el crédito es disponible para pago a la vista, b. contraer un compromiso de pago diferido y pagar al vencimiento si el crédito es disponible para pago diferido, c. aceptar una letra de cambio ("giro") librada por el beneficiario y pagar al vencimiento si el crédito es disponible para aceptación". Este instrumento permite conciliar los intereses de comprador y vendedor. El primero quiere tener la seguridad de que no pagará hasta tener la certeza documental de que el vendedor ha cumplido sus obligaciones contractuales. El vendedor, por su parte, quiere tener la seguridad de que recibirá la totalidad de lo debido en el plazo y forma convenidos. El proceso de una operación de compraventa cubierta mediante crédito documentario es el siguiente: El ordenante (comprador/importador) solicita al banco la emisión del crédito en las condiciones negociadas con el beneficiario (vendedor/exportador). El banco emite el crédito, tras estudiar el riesgo, solicitando a un banco corresponsal, en el país del vendedor, que lo notifique a éste. En el país del vendedor, el banco (llamado avisador), informa al beneficiario la emisión del crédito. El exportador estudia el contenido del crédito, verificando la concordancia con los términos acordados en el contrato de compraventa. El vendedor, por un lado, envía la mercancía y, por otro, elabora y recoge la documentación adecuada, solicitada por el crédito, entregándola al banco avisador. El banco avisador revisa los documentos y los envía al banco emisor. En su caso, si el crédito lo autoriza y lo considera oportuno, abona al vendedor su importe El banco emisor revisa a su vez los documentos. Si los encuentra conformes, abona el importe al banco avisador, o se comprométela pago en el vencimiento acordado y, simultáneamente, adeuda el importe al 38

39 ordenante o fija el vencimiento en su caso. En el proceso de revisión de los documentos, los bancos son rigurosos porque, en definitiva, ellos, de acuerdo con las UCP, trabajan únicamente con documentos y únicamente deben verificar que se han cumplido las condiciones que se estipularon en el momento de la emisión del crédito. El banco pagador puede rechazar documentos que presenten reservas ; esto es, documentos que no concuerdan con lo solicitado o presentan defectos de fondo o forma. Si los defectos son subsanables, los bancos acostumbran a devolver los documentos al exportador para su rectificación. Si los defectos no pueden ser solucionados, el banco puede solicitar autorización al banco emisor quien, con autorización del ordenante, puede autorizar el pago levantando reservas. Los créditos deben emitirse siempre de forma irrevocable, en base a lo recogido por las UCP 600. Las UCP 500 permitían una emisión revocable, es decir, una emisión por la que el banco emisor podia anular su compromiso en cualquier momento. En la actualidad, el compromiso del banco emisor no puede ser anulado, salvo que todas las partes así lo acepten. Obviamente, si se hubiesen producido utilizaciones del crédito con anterioridad al proceso de anulación del compromiso, deberán ser atendidas en las condiciones de emisión. Como precauciones adicionales puede citarse: Exigir la confirmación, caso de que se tengan dudas sobre la solvencia del país o del banco emisor. Trabajar con bancos de reconocido prestigio internacional. En la medida de lo posible, hacer el crédito utilizable en España, pues de esta forma se ganan días para presentar documentación y para el cobro. Si el crédito contempla pago aplazado, tratar de obtener la aceptación del banco emisor o, en su caso, del confirmador. Un efecto aceptado por una entidad bancaria puede negociarse en condiciones muy ventajosas. Hay que decir, sin embargo, que los banco se muestran renuentes a aceptar efectos. Prefieren emitir compromisos irrevocables, o confirmaciones de pago. Emisores competentes Banco Emisor (banco del ordenante), que, según se define en las UCP 600, es el "banco que emite un crédito a petición de un ordenante o por cuenta propia". 39

40 Modelo 40

41 Cumplimentación Los datos que contiene todo crédito, son los siguientes: Fecha de emisión Indicación del tipo de crédito: irrevocable, transferible, etc. Nombre del banco emisor Nombre del ordenante Nombre del beneficiario Nombre del banco avisador El importe Periodo de validez y lugar de utilización Condiciones de pago Descripción de los productos y precios unitarios, indicando las condiciones de entrega Fechas límites para embarque, presentación de documentos Lugares de envío y entrega de las mercancías Transporte utilizado Autorización o prohibición de envíos parciales y de transbordos. Detalle de los documentos requeridos. Forma de reembolso (datos entre bancos) 41

42 9 Póliza de seguro de crédito a la exportación 42

43 Características Inglés Exports Credits Insurance Francés Assurance du crédit a l exportation Finalidad El seguro de crédito a la exportación se destina a cubrir los riesgos asociados con las operaciones de exportación, indemnizando las pérdidas que los exportadores sufren por créditos impagados relacionados con dichas operaciones. Lo habitual es que el exportador asuma una parte del riesgo. Éste, nace en el momento dela entrega de la mercancía o servicio y se extingue con el cobro del precio acordado. Riesgos hay de varios tipos: Comercial: se deriva cuando el comprador extranjero no cumple sus obligaciones contractuales o de pago frente al exportador, originando la pérdida. Se considera riesgo comercial la insolvencia de derecho del deudor (quiebra, suspensión de pagos, etc.), la insolvencia de hecho (desaparición del deudor, falta de activos, etc.), etc. El hecho asegurado puede producirse en dos momentos: antes del embarque de las mercancías, en cuyo caso estamos ante un riesgo de resolución del contrato, o después del embarque, en cuyo caso estamos ante el riesgo de crédito. Político: son los derivados de decisiones gubernamentales que impiden el cumplimiento del contrato o la transferencia y pago del precio pactado. El seguro de crédito a la exportación cubre varias categorías de operaciones: Exportación de bienes y servicios. Créditos a la exportación, tanto en prefinanciación como en postfinanciación, concedidos por entidades financieras, confirmación de créditos documentarios irrevocables y prestación de determinadas fianzas. Operaciones que implican promoción o fomento de las ventas al exterior. Operaciones triangulares realizadas por empresas españolas. Existen diversos tipos de póliza, que varían en función del riesgo a cubrir, los plazos de cobro, el tipo de operación, y el país involucrado. El importe de cobertura puede ser diferente, según el comprador sea público o privado, lo que influye también en el precio de la prima a pagar. Pólizas para operaciones de corto plazo: cubren las operaciones con aplazamientos de pago no superiores a un año. La cobertura oscila entre el 85% y el 99% en función del tipo de riesgo. La suma asegurada puede incluir los intereses pactados en contrato, los gastos de transporte y seguro de las mercancías y otros gastos accesorios. El porcentaje se aplica sobre la parte aplazada del precio de venta, cuando se trata de riesgo de crédito, y sobre el precio de coste cuando el riesgo cubierto es el de resolución de contrato. Existen pólizas por operación y pólizas abiertas. La elección de una u otra depende de la intensidad de la 43

44 actividad exportadora de la empresa. La individual se utiliza para operaciones puntuales y aisladas, con independencia de que se compongan de varias expediciones parciales. Suelen ser operaciones de bienes de equipo o grandes contratos de elevado importe. La póliza individual consta solo de condiciones generales, con semejante contenido que las pólizas flotantes, y condiciones particulares, que recogen los datos del comprador y las características concretas de la operación. Las pólizas abiertas contienen Condiciones Generales, Condiciones Particulares y Suplementos de Clasificación. Las primeras recogen las cláusulas aplicables a todos los asegurados, las segundas recogen las características propias de la operación y los suplementos de clasificación son el instrumento que utiliza el asegurador para comunicar al asegurado la clasificación crediticia de los compradores, el límite asignado a cada uno y la fecha de entrada en vigor. Una póliza de este tipo es la póliza 100 para PYME del CESCE. Pólizas para operaciones a medio y largo plazo: cubren operaciones con aplazamientos de pago superiores a 2 años. Se instrumentan mediante tres tipos de póliza: De crédito suministrador: cubre el riesgo del exportador que ha concedido, de motu propio, crédito a su cliente extranjero. El porcentaje máximo de cobertura oscila entre el 94% y el 99% dependiendo del riesgo a cubrir, que puede ser comercial o político/extraordinario. De crédito comprador: aseguran al banco financiador, en España o en el extranjero, el riesgo de impago del crédito otorgado al comprador extranjero para la adquisición de bienes y servicios españoles con plazo de reembolso superior a dos años. El porcentaje de cobertura oscila entre el 94% y el 99% según se trate de riesgos comerciales o políticos. De garantías bancarias: garantizan la recuperación de las pérdidas que pueda sufrir el banco asegurado en el supuesto de impago, por parte del exportador, del crédito que le hubiera concedido para fabricar los bienes a exportar o financiar el pago aplazado de una exportación con pedido en firme. Cobertura para operaciones especiales: Pólizas de forfaiting: cubre al banco que compra los efectos girados por el importador para cubrir su deuda con un exportador. Pólizas de operaciones de compensación: cubre los riesgos políticos representados por las decisiones que pueda tomar el gobierno del país importador y que impidan entregar al exportador las mercancías de contrapartida pactadas en el contrato. Pólizas de obras y trabajos en el extranjero: cubre a los contratistas de las pérdidas que pudieran sufrir por no poder llevar a cabo las obras contratadas, por interrupción en su ejecución o por el impago de las certificaciones de obra. La cobertura del riesgo político alcanza también al parque de maquinaria desplazada. La cobertura oscila entre el94% y el 99%. Pólizas de ejecución de fianzas: cubren la ejecución injustificada de fianzas, depositadas tanto por el exportador como por una entidad financiera que la preste en su nombre. La cobertura alcanza el 99%, tanto de fianzas condicionales como de las incondicionales o ejecutables a primera demanda. Póliza de inversiones españolas en el extranjero: cubre los riesgos de establecimiento en el exterior, de adquisición de compañías extranjeras, de participaciones en ampliaciones de capital, de créditos con duración de cinco o más años, etc. La cobertura alcanza al 99% de los riesgos políticos tales como confiscaciones, expropiaciones, imposibilidad de repatriación de capitales, revoluciones, guerras civiles, etc. Emisores competentes En España, o bien la Compañía de Seguros de crédito y Caución, o bien la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE). 44

45 Modelo 45

46 Cumplimentación Los datos que obligatoriamente contiene una póliza son: Nombre o denominación social de las partes, su domicilio, designación de asegurado y beneficiario en su caso Concepto en el cual se asegura Designación y situación de los objetos asegurados Naturaleza del riesgo cubierto Importe asegurado o alcance de la cobertura Importe de la prima, recargos e impuestos Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago Duración del contrato indicando la fecha de comienzo de sus efectos Nombre del agente o agentes, caso de producirse su intervención Especificación de la legislación aplicable Domicilio de cobro Fecha, firma y sello de la entidad aseguradora 46

47 10 Certificado Halal 47

48 Características Inglés Halal Certificate Finalidad Es el documento que exigen las autoridades aduaneras de la mayoría de los países islámicos, para acreditar que el producto alimenticio ha sido elaborado siguiendo los procedimientos ordenados por la religión musulmana. Está emitido por las autoridades islámicas en el país de origen de la mercancía. Puede expedirse en cualquier idioma, pero la aduana del país importador puede exigir, si lo desea, una copia traducida a su idioma. Emisores competentes Autoridad islámica del país de origen de la mercancía. 48

49 Modelo 49

50 Cumplimentación Los datos básicos que incorpora son los siguientes: Nombre y domicilio del exportador Nombre y domicilio del fabricante (en caso de ser distinto al exportador) Tipo de producto Nombre del producto Destino Cantidad total Fecha 50

51 11 Certificado Kosher 51

52 Características Inglés Kosher Certificate Finalidad Es el documento que exigen las autoridades aduaneras de Israel, para acreditar que el producto alimenticio ha sido elaborado siguiendo los procedimientos ordenados por la religión judía. En realidad son dos documentos: uno, emitido en el país de exportación, y que debe estar emitido por un Rabino, debidamente autorizado por la Jefatura del Rabinato de Israel. Una vez examinado este documento, el rabinato israelí emite a su vez otro, que será el que permita la entrada de los productos en Israel. La emisión de este certificado no comporta gasto alguno. Sin embargo, es conocido que el procedimiento de inspección de la elaboración de los productos conlleva aparejados unos gastos considerables. Emisores competentes Rabinato de Israel 52

53 Modelo 53

54 54

55 55

56 56

57 57

58 Cumplimentación Es un documento que siempre cumplimentará íntegramente el organismo emisor. 58

59 12 Certificado de análisis 59

60 Características Inglés Analysis certificate Finalidad En determinados países, la importación de productos, sobre todo alimenticios, debe contemplar la ausencia de determinados productos que intervienen en el proceso de elaboración de los productos, así como de componentes químicos. Ello se demuestra mediante la presentación de certificado expedido por las autoridades del país exportador. Emisores competentes Organismo correspondiente del país importador 60

61 Modelo 61

62 Cumplimentación Los datos básicos que aparecerán son: Tipo de mercancía Importador Remitente exportador Tipo de envase Método de análisis empleado Fecha de fabricación Detalle del contenido de diversos productos Fecha y firma 62

63 13 Certificado de calidad 63

64 Características Inglés Quality certificate Finalidad Es uno más de los documentos informativos, dentro del apartado de los comerciales. Salvo que sea exigida su emisión por un organismo oficial, puede ser emitido por el propio fabricante. Su contenido, por regla general, estipula que la mercancía detallada reúne las condiciones de calidad estipuladas en el contrato de compraventa. Cuando se exige su emisión por algún Organismo oficial, éste se referirá a aquellos parámetros de su competencia. Por ejemplo, si se trata de productos alimenticios, puede ser emitido por el Ministerio de Sanidad, con especificación de los productos farmacéuticos o químicos que la legislación permita. Un ejemplo puede ser el que se expone, que recoge la calidad requerida en productos destinados a uso farmacéutico. Emisores competentes Organismo dependiente de un Ministerio de Sanidad y Consumo 64

65 Modelo 65

66 Cumplimentación Cumplimentación del documento: Nombre del vendedor Nombre del comprador Clase de mercancía Tipo de análisis Parámetros requeridos Resultados obtenidos Fecha y firma 66

67 14 Certificado de cuarentena 67

68 Características Inglés Export quarentine Finalidad Es un documento expedido por el organismo competente en el país exportador, que prueba que los animales a que se refiere han pasado la cuarentena habitual para prevenir determinadas enfermedades, fundamentalmente la rabia. Ello se demuestra mediante el certificado adecuado. Emisores competentes Organismo correspondiente del país exportador 68

69 Modelo 69

70 Cumplimentación Los datos que deberán aparecer son: Especie a la que pertenece el animal Número de animales Sexo, Edad, Fecha de embarque, Nombre del comprador, Nombre del vendedor, Resultado de la inspección, Fecha de la vacuna antirábica en su caso. Fecha de otras vacunaciones en su caso Fecha y firma. 70

71 15 Certificado de cuota 71

72 Características Inglés Quota Certificate Finalidad En determinadas mercancías, consideradas Comercio de Estado, se exige en ocasiones documentación que acredite que se esta autorizado a importar y que esa expedición concreta está dentro de la cuota permitida. Sucede, por ejemplo, con la importación de arroz en Taiwán. Aunque no sea responsabilidad del exportador español, es interesante conocerlo porque en los contratos de compraventa, suele incluirse una cláusula que indica que queda todo sometido a la entrada en cuota. Por ello es conveniente asegurarse de que el importador tiene la documentación en regla. Emisores competentes Ministerio de Finanzas, en nuestro ejemplo, de Taiwan 72

73 Modelo 73

74 Cumplimentación 1. Certificado de cuota para la importación de arroz 2. Periodo considerado para la cuota 3. Aduana de Keelung 4. Aduana de Taipei 5. Aduana de Taichung 6. Aduana de Kaohsiung 7. Clase de arroz 8. Producto a base de arroz 9. Cantidad de la cuota 10. Nombre del titular 11. Sello del titular 12. Número del certificado 13. Fecha de autorización 14. Fecha de caducidad 15. Condiciones adicionales, en su caso 16. Número del certificado 74

75 16 Certificado de pedigrí 75

76 Características Inglés Pedigree Certificate Finalidad Es el documento que prueba la descendencia y genealogía de los animales vivos que se exportan. Emisores competentes Autoridad veterinaria 76

77 Modelo 77

78 Cumplimentación Aparecerán los siguientes datos: Nombre de la camada Número de orden en la camada Nombre del animal Marcas identificativas Fecha de nacimiento Sexo Datos del padre Datos de la madre Nombre y dirección del comprador Nombre y dirección del vendedor Fecha y firma 78

79 17 Solicitud de alta en el registro para solicitudes telemáticas de certificados sanitarios 79

80 Características Finalidad El objetivo de esta solicitud es ser dado de alta en la Base de Datos de operadores que pueden solicitar por vía telemática la emisión de un Certificado Sanitario de Exportación. Para ello, el operador debe presentar una solicitud y le serán facilitadas unas claves de acceso, mediante las cuales podrá realizar las solicitudes de emisión de los Certificados Sanitarios de Exportación mediante la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. El Certificado será útil para todo operador que desee presentar solicitudes de expedición de los certificados sanitarios de exportación de productos de origen animal (excepto material genético) a través de Internet, mediante la aplicación informática del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino disponible en la web de Comercio exterior (CEXGAN). Deberá presentarse la solicitud de clave de acceso en la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos (Subdirección General de Mercados Exteriores y Producciones Porcina, Avícola y Otras ; C/ Alfonso XII, ª Planta, Madrid), mediante el modelo de solicitud de certificados sanitarios de exportación. En el modelo debe constar: Nombre de empresa NIF/CIF Domicilio (calle, localidad, provincia, código postal) Teléfono Fax Dirección de correo electrónico Debe hacerse constar, además, la intención de solicitar las claves de acceso y dejar constancia del interés al: Manifestar su disposición para enviar solicitudes de emisión de certificados sanitarios de exportación mediante vía telemática. Solicitar ser registrado en el sistema de solicitud telemática de certificados sanitarios de exportación para lo que solicita la asignación de las claves de acceso correspondientes. Además, debe adjuntarse: Si el solicitante es persona jurídica, poder notarial (original o fotocopia compulsada por la Administración Central, Autonómica o Local, o bien por un notario) que acredite debidamente la representación en nombre de dicha persona jurídica. Si el solicitante es una persona física diferente del exportador, carta del exportador en la que autorice al solicitante a presentar en su nombre las solicitudes de emisión del certificado sanitario oficial de exportación, haciendo constar los datos relativos al solicitante (nombre, NIF/CIF, domicilio, teléfono, nº fax, correo electrónico). Emisores competentes Operador solicitante del Alta en el Registro. 80

81 Modelo 81

82 Cumplimentación 1. Debe incluir los datos del representante de la empresa: Nombre DNI 2. Debe incluir los datos de de la empresa solicitante: Nombre Dirección NIF/CIF Teléfono Fax Correo electrónico Datos de la escritura 3. Desea ser registrado en el sistema de solicitud telemática de certificados sanitarios de exportación y solicita la asignación de las claves de acceso correspondientes: Debe marcarse con una X 4. Fecha y firma 82

83 18 Solicitud de certificado sanitario de exportación 83

84 Características Finalidad El objetivo de este documento es la solicitud de expedición, por parte del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de un Certificado Sanitario de Exportación de productos alimentarios. Mediante este documento se pretende acreditar que la mercancía incluida en el mismo es apta para el consumo humano y cumple la reglamentación sanitaria. Lo solicita el exportador o productor, que puede o no ser el Exportador. Es un documento exigido por el comprador y solicitado por el Exportador a las Autoridades Sanitarias competentes. Para obtener el certificado de exportación deseado se presentará una solicitud de emisión del certificado mediante cualquiera de los dos procedimientos siguientes: Vía electrónica, a través de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marítimo, siempre que el operador esté registrado. En caso de no estarlo, deberá presentar una Solicitud de Alta en el Registro para Solicitudes telemáticas de Certificados Sanitarios de Exportación. En soporte papel, vía fax, correo, etc, dirigido a la Subdirección General de Acuerdos Sanitarios y Control de Fronteras. Número de fax Para utilizar el soporte papel, deberá rellenarse mecanográficamente el formulario correspondiente al producto que se desea exportar, que puede ser obtenido en la propia web del Ministerio o bien puede ser solicitado en las Oficinas de la Subdirección General de Acuerdos Sanitarios y Control de Fronteras. (Alfonso XII, 62, 3ª Planta, Madrid) o en las Dependencias y Áreas de Agricultura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno Todo operador que, por primera vez, desee presentar solicitudes de expedición de los certificados sanitarios de exportación de productos de origen animal con destino al consumo humano, deberá aportar la siguiente documentación: Si el solicitante es persona jurídica, poder notarial (original o fotocopia compulsada por la Administración Central, Autonómica o Local, o bien por un notario) que acredite debidamente la representación en nombre de dicha persona jurídica. Si el solicitante es una persona física diferente del exportador, carta del exportador en la que autorice al solicitante a presentar en su nombre las solicitudes de emisión del certificado sanitario oficial de exportación, haciendo constar los datos relativos al solicitante (nombre, NIF/CIF, domicilio, teléfono, nº fax, correo electrónico). Emisores competentes Operador solicitante del Alta en el Registro. 84

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