CONSIDERACIONES SOBRE LA JERARQUÍA DE LOS TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CONSIDERACIONES SOBRE LA JERARQUÍA DE LOS TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR."

Transcripción

1 CONSIDERACIONES SOBRE LA JERARQUÍA DE LOS TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR. 1 - SUSCRIPCIÓN DE LOS PRINCIPALES INSTRUMENTOS DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS POR PARTE DE LOS PAÍSES DEL MERCOSUR. El impacto de los crímenes ocurridos en la preguerra y durante la Segunda Guerra Mundial llevó al reconocimiento expreso de los derechos humanos por los Estados integrantes de la comunidad internacional 1. Después de la segunda guerra mundial surgieron una serie de declaraciones, convenios y pactos internacionales que explicitaron estos derechos, reconociendo a la persona como sujeto de derecho internacional, fundamentalmente por los Estados. Así en 1948 esta evolución comenzó con la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y meses más tarde con la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Dos años después, en 1950, la Convención Europea de Derechos Humanos, que entraría en vigencia en En los años sesenta, este panorama de instrumentos internacionales básicos se completó en el seno de las Nacionales Unidas en 1966 cuando la Asamblea General aprobó y abrió a la firma el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Protocolo Facultativo que entró en vigencia en La posguerra representó entonces el esfuerzo y la construcción de esos derechos. Es en ese diseño que se fijan parámetros protectores mínimos en el campo internacional. Y así se consolida una conciencia ética contemporánea compartida por los Estados que afecta a temas centrales relativos a los derechos humanos. 3 Ahora bien, los principales instrumentos internacionales de protección a los derechos humanos fueron ratificados en la década del ochenta por los Estados integrantes el MERCOSUR, (y asociados) fruto inclusive de la experiencia latinoamericana, del proceso de democratización. Por ejemplo, Venezuela ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos en 1977, Argentina ratificó la Convención en 1984, Uruguay en 1985, Paraguay en 1989, Chile en 1990 y Brasil en Carlos M. Ayala Corao La jerarquía Constitucional de los Tratados relativos a Derechos Humanos y sus consecuencias, p Carlos Ayala, op. cit. p Flavia Piovesan El derecho internacional de los derechos Humanos y el acceso a la justicia en el ámbito interno y en el ámbito internacional, p

2 Argentina reconoció a la Corte Interamericana en 1984, Uruguay en 1985, Paraguay en 1993 y Brasil en Asimismo fueron suscritos por todos los países integrantes del MERCOSUR y Estados asociados, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos contaba con 149 Estados- partes; el Pacto sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con 146 Estados; la Convención contra la Tortura, con 132 Estados; la Convención contra la Discriminación Racial, con 167 Estados; la Convención contra la Discriminación de la Mujer, con 167 Estados; y finalmente la Convención sobre los Derechos del Niño, con 191. Esto asegura un plano mínimo irreductible, un piso pertinente a la defensa de los derechos humanos, y no un techo, un máximo de protección. Los países integrantes del MERCOSUR y los Estados asociados, suscribieron los principales tratados de derechos humanos, sea los tratados de la ONU o los del sistema interamericano. De modo que pensar hoy en una integración regional significa pensar en una integración que pueda respetar y observar esa carga ética pertinente a la defensa de los derechos humanos. 2 - JERARQUÍA CONFERIDA A LOS TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS POR LOS PAÍSES INTEGRANTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS Tal como enseña Jiménez de Aréchaga, la cuestión de cuál norma prevalece en caso de conflicto entre las reglas de derecho internacional y las de derecho interno, es regida por el derecho constitucional de cada país. 5. Y lo mismo ocurre con la decisión que adopte cada Estado, con relación a su posición monista o dualtista sobe el derecho intencional: la determina su propia Constitución. En lo que refiere a la jerarquía de los tratados internacionales en el orden jurídico interno de cada Estado, en términos generales, las Constituciones le otorgan a estos instrumentos internacionales cuatro tipos de rango o valor: 1) supraconstitucional, 2) constitucional, 3) supralegal, y 4) legal 6 4 Flavia Piovesan, op. cit. p Jiménez de Aréchaga, Eduardo, La Convención Interamericana de Derechos Humanos como derecho interno, Revsta IIDH, San José, Instituto Interamericano de Derechos Humanos, enero-junio de 1988, pp. 27 y Carlos M. Ayala Corao La jerarquía Constitucional de los Tratados relativos a Derechos Humanos y sus consecuencias, p

3 Breves referencias a la situación existente en los países del MERCOSUR y Estados asociados: 2.a) Argentina: La Constitución Argentina resultante de la reforma de 1994, le da a los tratados en general una jerarquía superior a las leyes ; a los tratados y declaraciones vigentes sobre derechos humanos, que enumera expresa y taxativamente en el artículo 75 inciso 22, les otorga la jerarquía constitucional 7 ; y dispone que los demás tratados sobre derechos humanos, podrán gozar la jerarquías constitucional en caso de que luego de ser aprobados por el Congresos se les imponga e voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara 8 / 9 / 10 En tal sentido señala Bidart Campos que si a través del sistema de la integración regional se insertara un tratado de derechos humanos, nada obstaría a que este último alcance la jerarquía constitucional. 11 Y bien, conforme a dicha norma, los tratados sobre derechos humanos gozan de la misma jerarquía que la Constitución. Por ello, esos tratados solo pueden ser denunciados previo cumplimento de un procedimiento agravado, previsto en la Constitución: la previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada cámara. 2.b) Brasil: El artículo 4 de la Constitución de Brasil de 1988 prevé que: La República Federativa del Brasil se regirá en sus relaciones internacionales por los siguientes principios prioridad de los derechos humanos.. 7 Risso Ferrand, Derecho Constitucional, t. 1, p. 349, ed. F.C.U., Año 2005, F.C.U. 8 Art. 75 de la Constitución Argentina: Corresponde al Congreso: 22. Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niños; en las condiciones de su vigencia tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados en su caso, por el Poder Ejecutivo nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara. Los demás tratados y convenciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el Congreso, requerirán del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional. 9 V. Gordillo, Agustín, Derechos Humanos, 4ta. Ed., p. II Ver además sobre el tema: Ricardo Haro, Los Derechos Humanos y los Tratados que los contienen en el Derecho Constitucional y la jurisprudencia argentinos, Rev. Ius et. Praxis, año 9, Nº 1 págs. 63/ Bidart Campos, Germán, Tratado Elemental de Derecho Constitucional, t. VI, Ediar, BS. As. 1995, p. 590 y ss. 3

4 Y el artículo 5., apartado 2 establece que los derechos y las garantías indicados en esta Constitución no excluyen otros que deriven del régimen y los principios adoptados por ella, o de los tratados internaciones en que sea parte la República Federativa de Brasil. Señala Pablo Luis Manili 12 que el artículo 5 al mencionar a los tratados de derechos humanos como fuente colateral de derechos no enumerados en el texto constitucional hace que el derecho internacional de los derechos humanos se transforme en fuente de derechos con jerarquía constitucional a los efectos de completar el sistema de derechos y libertades fundamentales. 2.c) Chile: Fix Zamudio comentando el art. 50 de la Constitución chilena señala que la misma implica asignar primacía expresa al derecho internacional de los derechos humanos en el derecho interno. Gros Espiell y Cancado Trindades, manifiestan que el art. 5 significa atribuir a los derechos humanos garantizados en los tratados ratificados por Chila la misma jerarquía que los derechos contemplados en la Constitución. 13 P. Manili advierte que la doctrina chilena es menos optimista, entendiendo que la norma referida simplemente sigue a la Constitución española, utilizándolo como parámetro de interpretación, sin asignarle jerarquía. Pero lo que si surge a las claras es su valor como fuente complementaria de derechos, al igual que la brasileña. 14 / y d) Paraguay: La Constitución de Paraguay de 1992, regula el punto en sus artículos , , 12 Pablo Luis Manili. La recepción del Derecho Internacional de los Derechos Humanos por el Derecho Constitucional Iberoamericano, p Citados por P. Manili, op. cit. p P. L. Manili, op. cit. p Ver además sobre el tema : Miguel Angel Fernández González Visión prospectiva en relación con la regulación constitucional de los tratados internacionales, Rev. Ius et Praxis, año 9, Nº 1, págs. 493 y ss. 16 Constitución del Paraguay, Artículo 137 : La ley suprema de la República es la Constitución. Ésta, los tratados, convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados, las leyes dictadas por el Congreso y otras disposiciones jurídicas de inferior jerarquía sancionadas en su consecuencia, integran el derecho positivo nacional en el orden de prelación enunciado 17 Constitución del Paraguay. Art. 142: Los tratados internacionales relativos a los derechos humanos no podrán ser denunciados sino por los procedimientos que rigen para la enmienda de esta Constitución. 18 Constitución del Paraguay Artículo 143 : La República del Paraguay, en sus relaciones internacionales, acepta el derecho internacional y se ajusta a los siguientes principios la protección internacional de los derecho humanos. 19 Constitución del Paraguay. Artículo 145: La República del Paraguay, en condiciones de igualad con otros Estados, admite un orden jurídico supranacional que garantice la vigencia de los derechos humanos, de la paz, de la justicia, de la cooperación y del desarrollo. 4

5 Señala Pablo Luis Manili 20 que la Carta Magna paraguaya otorga a los tratados de derechos humanos una rigidez similar a la del propio texto constitucional, al exigir para su denuncia el mismo procedimiento que para reformar la Constitución. Pero nada dice acerca de la jerarquía de esos instrumentos. No obstante algunos juristas se han pronunciado en el sentido que la norma transcripta establecen implícitamente que los tratados poseen rango similar a la Constitución. Lo novedoso de la ley fundamental paraguaya es además, la referencia a los derechos humanos como enmarcados en un orden jurídico supranacional no simplemente a los tratados en la materia e) Venezuela: La Constitución de Venezuela le otorga a los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados, la jerarquía constitucional. 22 / 23 2.f) Uruguay: La Constitución de Uruguay, aún cuando en su artículo 6º 24 hace referencia a los tratados internacionales y al derecho internacional, no dispone expresamente su rango o jerarquía en el ordenamiento jurídico interno. Sin embargo, la doctrina y la jurisprudencia han llegado a concluir que en esos casos los tratados tienen rango de ley. 25 No obstante ello, refiriéndose a Tratados que consagran o reconocen derechos fundamentales la solución es distinta. En efecto, el artículo 72 de la Constitución uruguaya dispone que: La enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución no excluye los otros que sean inherentes a la personalidad humana o se derivan del a forma republicana de gobierno. 20 Pablo Luis Manili, op. cit. p V. P. Manili, op. cit. p V. Carlos M. Ayala Corao, op. cit. p Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 : Los tratados, pactos y convenciones relativo a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y en las leyes del a República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público. 24 Constitución Uruguaya art. 6: La República procurará la integración social y económica de los Estados Latinoamericanos, especialmente en lo que se refiere a la defensa común de sus productos y materias primas. Asimismo, propenderá a la efectiva complementación de sus servicios públicos. Por su parte, la jurisprudencia uruguayas reconoce igual rango a tratados y leyes y por tanto, concede prioridad a leyes posteriores nacionales, ya que cabe compartir la tesis de que la ley ulterior al tratado, inconciliable con éste, supone su derogación (sent. de la S.C.J. del 20/6/90). 25 Jiménez de Aréchaga, op. cit. p. 28; Gros Espiell Héctor, Los tratados sobre derechos humanos y el derecho interno, RUDP,

6 El referido artículo 72 ha llevado a parte de la doctrina a ensayar enumeraciones de cuáles serían los derechos, deberes y garantías no enumerados, a los que debe reconocerse rango constitucional en razón de esta disposición. Pero en la actualidad, la más recibida doctrina especializada ha concluido que no existe argumento más fuerte para demostrar que un derecho es inherente a la personalidad humana que el hecho de estar reconocido con algunas variantes- en uno, dos o más tratados internacionales ratificados por la República. Y por eso dicha regulación internacional permite disipar las dudas y atemperar los problemas que surgían al aplicar el artículo 72 de la C.N.. En efecto, tal como señalan Cajarville y Risso Ferrand, la prueba más contundente de que un derecho es inherente a la persona humana (y por ende tiene rango constitucional al encontrar hospedaje en dicho artículo 72) surge justamente de su inclusión en tratados internacionales referidos a derechos humanos. 26 En mérito a ello todos los derechos humanos no establecidos a texto expreso en la Constitución, pero contenidos en tratados internacionales ratificados por la República, tendrán no sólo rango supralegal, sino jerarquía constitucional, tal como lo impone el art. 72 de la Constitución. En este sentido la Suprema Corte de Justicia en reiterados pronunciamientos ha sostenido por ejemplo que: El derecho a la identidad del menor tiene en jerarquía de Ley fundamental (art. 75 nal. 22); por la incidencia que tiene el art. 72 de la Constitución, que permite recepcionar todos los derechos humanos que se consagran más específicamente- en las Convenciones o Pactos Internacionales. (v. sentencia Nº 201/02 S.C.J.). Tal como lo expresara Bidart Campos en un magnifico trabajo sobre Los derechos no enumerados 27, debemos ser capaces de reconocer y tutelar derechos aunque no contemos con una norma de constancia expresa que los enumere, aludiendo a tales efectos al receptáculo de los innominados. Señala el referido autor, que esta apertura hacia los derechos implícitos evita estancarse en un determinado tiempo, que pudo ser el de la sanción de la Constitución; supera lo que en ese momento no fue previsto o fue objeto de olvido o ignorancia; ahorra reformas frecuentes para actualizar el texto constitucional y, en una sola palabra, es un antídoto contra el anquilosamiento. 3 No obstante lo expuesto, aún cuando se entendiera que no corresponde atribuir jerarquía constitucional a los Tratados que regula, reconocen, o consagran derechos humanos, tal como señala A. Gordillo: no ha de olvidarse el principio de la irreversibilidad de 26 Risso Ferrand, op. cit. p. 351; Cajarville Peluffo, Juan, Reflexiones sobre los principios generales del derecho en la constitución uruguaya, págs. 168 y

7 los compromisos comunitarios ; jurídicamente no hay, pues, vuelva atrás en la Comunidad. No está permitido poner de nuevo en tela de juicio los compromisos una vez asumidos; no está admitido nacionalizar de nuevo los sectores que han pasado ya bajo la autoridad de la Comunidad. La Convención como derecho supranacional elimina, obviamente, el dogma o mito interno de cada país o gobierno como poder incondicionado o ilimitado. Si había dudas posibles al respecto, Es en el momento de prepararse para ratificar los tratados cuando cada Estado ha debido o deberá considerar y resolver los problemas de tipo constitucional que se le planteen. Cada uno es dueño de la solución que les dé; pero una vez que se ha aceptado el compromiso internacional con toda libertad, hay aquí un hecho histórico sobre el que ya no es posible volver. Lo que sería entonces inadmisible, porque se opone a la buena fe de los tratados internacionales, sería que un Estado Miembro, o una de sus autoridades, por ejemplo, una jurisdicción, tratara de poner en duda los compromisos aceptados invocando, a posteriori, obstáculos constitucionales. Del mismo modo, el artículo 27 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, aprobada por ley , establece que una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado, lo cual no puede razonablemente pretenderse aplicable sólo en las relaciones internacionales del Estado, pues ello importaría una duplicidad de interpretación contraria a la indispensable unidad del orden jurídico Y bien, la circunstancia de que todos los países integrantes del MERCOSUR hayan ratificados los principales tratados internacionales sobre derechos humanos; el hecho de que todos se encuentren sometidos a su vez a la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; y la circunstancia de que los jueces de cada uno de los estados partes del MERCOSUR y Estados asociados, puedan conferirle a los tratados sobre derechos humanos jerarquía constitucional, (o supraconstitucional) constituyen circunstancias de especial relevancia en la protección de los derechos humanos de las personas integrantes de los Estados miembros, que habilitan a avanzar en la efectiva protección de los derechos humanos en la región. 27 Bidart Campos Germán. Los Derechos no enumerados en su relación con el Derecho Constitucional y el Derecho Internacional. 28 A. Gordillo Derechos Humanos, 4ª. Ed. Fundación de Derecho Administrativos, Bs. As

Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)

Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) Primer Módulo para adultos: La Convención sobre los Derechos del Niño Temas desarrollados en este módulo: La Convención: significado, cronología, marco, Naciones Unidas, Asamblea General Enlaces de interés

Más detalles

QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS?

QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS? QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS? El Derecho Internacional es un sistema de reglas contempladas por los Estados para regular sus conductas y relaciones. El Derecho Internacional

Más detalles

COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO

COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO SOBRE LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES, A CARGO DEL DIPUTADO

Más detalles

Tratados y Derecho Informático

Tratados y Derecho Informático Tratados y Derecho Informático Min. Joel Hernández G. INTRODUCCIÓN I II III IV V LOS TRATADOS EN EL ORDEN JURÍDICO NACIONAL JURISPRUDENCIA TRATADOS VIGENTES HERRAMIENTAS PARA CONSULTA DE TRATADOS EN LÍNEA

Más detalles

Centro de Estudios de Derecho Administrativo Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Rosario Pontificia Universidad Católica Argentina

Centro de Estudios de Derecho Administrativo Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Rosario Pontificia Universidad Católica Argentina Centro de Estudios de Derecho Administrativo Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Rosario Pontificia Universidad Católica Argentina Tema: Enajenación del subsuelo de lugares afectados al dominio

Más detalles

CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONTROL DE CONVENCIONALIDAD. COMPARACIÓN

CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONTROL DE CONVENCIONALIDAD. COMPARACIÓN CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONTROL DE CONVENCIONALIDAD. COMPARACIÓN (Criterios fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos) Lic. Marcelo Richter El 'control de convencionalidad' es un

Más detalles

EL RESPETO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA UNIÓN EUROPEA

EL RESPETO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA UNIÓN EUROPEA EL RESPETO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA UNIÓN EUROPEA Durante mucho tiempo, el fundamento jurídico de los derechos fundamentales en la Unión Europea ha residido esencialmente en la referencia hecha

Más detalles

Suplemento Enero 2014

Suplemento Enero 2014 DOCUMENTOS BÁSICOS Volumen I Edición de 2010 Suplemento Enero 2014 En su 109º periodo de sesiones, celebrado del 5 al 9 de noviembre de 2012, el Consejo aprobó enmiendas al Reglamento que rige las resoluciones

Más detalles

LA MUJER Y SUS DERECHOS. Presente, no futurismo, de una realidad que ha costado mucho conseguir.

LA MUJER Y SUS DERECHOS. Presente, no futurismo, de una realidad que ha costado mucho conseguir. PARTICIPACIÓN DE LA SEÑORA MINISTRA OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS, EN CICLO DE CONFERENCIAS LA MUJER EN EL TERCER MILENIO, ORGANIZADO POR LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA (CAMPUS XOCHIMILCO),

Más detalles

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL LICENCIADA MARÍA CRISTINA BALDERAS SALAZAR. JUEZ PENAL DE PARTIDO.

Más detalles

Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 8, 9, 13 Y 19 de la Ley 1257 de 2008 y se dictan otras disposiciones

Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 8, 9, 13 Y 19 de la Ley 1257 de 2008 y se dictan otras disposiciones REPUBLlCA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL 4796 DECRETO NÚMERO DE 2011 ( 2 Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 8, 9, 13 Y 19 de la Ley 1257 de 2008 y se dictan otras

Más detalles

El Aporte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, en la construcción de un Constitucionalismo Global Latinoamericano 1

El Aporte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, en la construcción de un Constitucionalismo Global Latinoamericano 1 El Aporte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, en la construcción de un Constitucionalismo Global Latinoamericano 1 David Cordero Heredia El fenómeno de la globalización trae consigo consecuencias

Más detalles

Sentencia del Tribunal Supremo, sala tercera, de 17 de octubre de 2012 (BOE de 7 de noviembre de íd, Roj STS 6749 y 6694/2012)

Sentencia del Tribunal Supremo, sala tercera, de 17 de octubre de 2012 (BOE de 7 de noviembre de íd, Roj STS 6749 y 6694/2012) TELECOMUNICACIONES Infraestructuras comunes de telecomunicación La competencia para elaborar y firmar proyectos de infraestructuras comunes de telecomunicación no corresponde en exclusiva a los ingenieros

Más detalles

Dios, Patria y Libertad República Dominicana

Dios, Patria y Libertad República Dominicana Dios, Patria y Libertad República Dominicana En Nombre de la República, la Suprema Corte de Justicia, regularmente constituida por los Jueces Jueces Jorge A. Subero Isa, Presidente; Rafael Luciano Pichardo,

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE E DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 154/2012 Resolución nº 173/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 8 de agosto de 2012. VISTO el recurso interpuesto por D. A.R.D.L.F. en representación

Más detalles

República Dominicana TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA

República Dominicana TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA SENTENCIA TC/0368/14. Referencia: Expediente núm. TC-02-2014-0012, relativo al control preventivo de constitucionalidad de la Enmienda de DOHA al Protocolo de Kyoto de la Convención

Más detalles

PROYECTO DE LEY DE 2015

PROYECTO DE LEY DE 2015 Bogotá D.C, 30 de julio de 2015 Doctor LUIS FERNANDO VELASCO PRESIDENTE Senado de la República Ciudad, Respetado Presidente: Asunto: Proyecto de Ley Por medio de la cual se reforma la ley 1098 de 2006

Más detalles

MEMORIA DE ANÁLISIS DEL IMPACTO NORMATIVO

MEMORIA DE ANÁLISIS DEL IMPACTO NORMATIVO Ref: 05/137660.9/16 Dirección General de Contratación, Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno por el que se regula el proceso de integración del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid en

Más detalles

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS

OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS Observaciones finales del Comité contra la Tortura : Israel. 25/09/2002 A/57/44,paras.47-53. (Concluding Observations/Comments)

Más detalles

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS EN LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 10/2009.

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS EN LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 10/2009. VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS EN LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 10/2009. En lo concerniente a la acción de inconstitucionalidad 10/2009 fallada por

Más detalles

DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO*

DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO* Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO* La Asamblea General, Teniendo presentes los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas relativos

Más detalles

PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES

PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES Los Estados Miembros del Consejo de Europa, signatarios del presente Protocolo. Resueltos

Más detalles

- Cabrá considerar que la legislación de protección de datos no es aplicable en los supuestos en los que los. Gabinete Jurídico

- Cabrá considerar que la legislación de protección de datos no es aplicable en los supuestos en los que los. Gabinete Jurídico Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto sobre la seguridad de los juguetes, solicitado de esta Agencia Española de Protección de Datos

Más detalles

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor:

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor: SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE Madrid 3 de Noviembre de 2008 Excelentísimo Señor: La Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo

Más detalles

DERIVACION RESPONSABILIDAD A ADMINISTRADORES POR DEUDAS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL

DERIVACION RESPONSABILIDAD A ADMINISTRADORES POR DEUDAS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL CIRCULAR INFORMATIVA núm. 131024 DERIVACION RESPONSABILIDAD A ADMINISTRADORES POR DEUDAS CUOTAS SEGURIDAD SOCIAL Sres., Empiezan a ser frecuentes las actas de derivación de responsabilidad solidaria contra

Más detalles

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Aspectos Jurídicos y Políticos

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Aspectos Jurídicos y Políticos El Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Aspectos Jurídicos y Políticos Presentación hecha por Dante M. Negro Director del Departamento de Derecho Internacional de la OEA Abril 2012 El Sistema Interamericano

Más detalles

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Preámbulo Los Estados Partes en la presente Convención, a. Recordando que los principios de la Carta de las Naciones Unidas que proclaman

Más detalles

Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004

Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004 Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004 La consulta plantea diferentes cuestiones relativas a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,

Más detalles

Los arquitectos técnicos son competentes para redactar proyectos de obras de cambio de uso y de división de viviendas.

Los arquitectos técnicos son competentes para redactar proyectos de obras de cambio de uso y de división de viviendas. EDIFICACIÓN Atribuciones profesionales Los arquitectos técnicos son competentes para redactar proyectos de obras de cambio de uso y de división de viviendas. Antecedente normativo Cita: -Ley 38/1999, de

Más detalles

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados Los Estados Partes en el presente Protocolo, Alentados por el inmenso apoyo

Más detalles

1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre,

1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, 1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, norma que estableció como sistema ordinario y habitual

Más detalles

LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal

LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal Causo diversas reacciones el Proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a favor del Estado; es así

Más detalles

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles en materia de formación,

Más detalles

Acusamos recibo de su escrito por el que nos informa con relación a la queja promovida ante esta Institución por Dña. (...).

Acusamos recibo de su escrito por el que nos informa con relación a la queja promovida ante esta Institución por Dña. (...). ================ Ref. Queja nº 051404 ================ Asunto: Impartición de la asignatura Introducción a la Conservación y Restauración de Pinturas en la Facultad de Bellas Artes. Excmo. y Mgfco. Sr.:

Más detalles

La Convención de la ONU sobre derechos fundamentales de las personas con discapacidad. Su contenido y efectos. Ramón CORRAL BENEYTO

La Convención de la ONU sobre derechos fundamentales de las personas con discapacidad. Su contenido y efectos. Ramón CORRAL BENEYTO La Convención de la ONU sobre derechos fundamentales de las personas con discapacidad. Su contenido y efectos Ramón CORRAL BENEYTO Notario delegado en Madrid de la Fundación Aequitas Diario La Ley, Nº

Más detalles

Este Protocolo está sujeto, entre otras, a las siguientes normas legales:

Este Protocolo está sujeto, entre otras, a las siguientes normas legales: PROTOCOLO DE COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO Y LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO La Ley

Más detalles

LEGISLACIÓN Y GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN FARMACÉUTICA. 5º CURSO. GRADO EN FARMACIA.

LEGISLACIÓN Y GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN FARMACÉUTICA. 5º CURSO. GRADO EN FARMACIA. LEGISLACIÓN Y GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN FARMACÉUTICA. 5º CURSO. GRADO EN FARMACIA. Grupo III. Profesor Antonio Ramos Carrillo. TEMA INTRODUCCIÓN: La protección de la salud y la asistencia sanitaria constituyen

Más detalles

- Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional

- Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional 08 _ justicia 2004 08 _ justicia 2004 - Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional ANTECEDENTES En este supuesto (expte. 03/176/J), la persona interesada nos mostraba su disconformidad

Más detalles

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. I. Carácter preceptivo del Dictamen

ANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. I. Carácter preceptivo del Dictamen DICTAMEN: 152/13, de 18 de abril MATERIA: Recurso extraordinario de revisión DEPARTAMENTO: Gobernación y Relaciones Institucionales PONENTE: Mercè Barceló i Serramalera Recurso extraordinario de revisión

Más detalles

III.A.1.- Audiencia Provincial de Alicante, sec. 5ª, A 28-5-2008, nº 92/2008, rec. 176/2008. (EDJ 2008/137612)

III.A.1.- Audiencia Provincial de Alicante, sec. 5ª, A 28-5-2008, nº 92/2008, rec. 176/2008. (EDJ 2008/137612) III.1.- Cuestiones a resolver: generales III.A.1.- Audiencia Provincial de Alicante, sec. 5ª, A 28-5-2008, nº 92/2008, rec. 176/2008. (EDJ 2008/137612) La Audiencia Provincial estima el recurso interpuesto

Más detalles

CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES.

CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES. CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES. 3.1.- DERECHOS. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera del matrimonio, tienen derecho a igual

Más detalles

CUESTIONARIO SOBRE MEDIDAS DE LIBERTAD DE REUNION. Derecho a la libertad de reunión pacífica.

CUESTIONARIO SOBRE MEDIDAS DE LIBERTAD DE REUNION. Derecho a la libertad de reunión pacífica. CUESTIONARIO SOBRE MEDIDAS DE LIBERTAD DE REUNION. A.- Derecho a la libertad de reunión pacífica. 1.- a) La Constitución de Guinea Ecuatorial, en su artículo 13, letra k) estipula que todo ciudadano ecuatoguineano

Más detalles

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0630/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0630/2009 Informe 0630/2009 En primer lugar se comunica que la Agencia Española de Protección de Datos carece de competencias para la autorización de sistemas de vidoevigilancia, siendo su competencia la de velar

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS

PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS Legislación PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LAS REGLAS MÍNIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS Procedimiento 1 Todos los Estados cuyas normas de protección para todas las personas sometidas

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0361/2010

Gabinete Jurídico. Informe 0361/2010 Informe 0361/2010 I Se consulta, en primer lugar, si, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, resulta suficiente y adecuado la conservación

Más detalles

RECOPILACIÓN DE INSTRUMENTOS INTERNACIONALES

RECOPILACIÓN DE INSTRUMENTOS INTERNACIONALES Derechos humanos RECOPILACIÓN DE INSTRUMENTOS INTERNACIONALES Volumen I (Segunda parte) Instrumentos de carácter universal Naciones Unidas ST/HR/1/Rev.6 (Vol. I, Part 2) Oficina del Alto Comisionado de

Más detalles

Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de los permisos de paternidad por nacimiento de hija o hijo de los servidores públicos,

Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de los permisos de paternidad por nacimiento de hija o hijo de los servidores públicos, Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de los permisos de paternidad por nacimiento de hija o hijo de los servidores públicos, así como de adopción para servidoras y servidores públicos

Más detalles

La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo

La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo Por María José López González La sentencia del Tribunal Constitucional 17/2003 estableció de forma inequívoca lo que representa la rescisión de un contrato

Más detalles

ANALISIS SOBRE EL CONTENIDO DE LA ITC-BT-04 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002).

ANALISIS SOBRE EL CONTENIDO DE LA ITC-BT-04 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002). ANALISIS SOBRE EL CONTENIDO DE LA ITC-BT-04 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002). La Seguridad Industrial en España, está basada fundamentalmente, a partir del año 1992, en la

Más detalles

FALLO DEL TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA SOBRE LICITACIONES PESQUERAS

FALLO DEL TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA SOBRE LICITACIONES PESQUERAS FALLO DEL TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA SOBRE LICITACIONES PESQUERAS Abril 2011 1 Resumen Ejecutivo El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) concluyó que, desde el punto de vista

Más detalles

Declaraciones patrimoniales y de intereses en los congresos de la Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa

Declaraciones patrimoniales y de intereses en los congresos de la Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa Declaraciones patrimoniales y de intereses en los congresos de la Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa La Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa es una red de organizaciones

Más detalles

Enfoque de derechos humanos. Tema 2 Organismos y normas que protegen los DDHH. Unidad 1: Introducción a los derechos humanos.

Enfoque de derechos humanos. Tema 2 Organismos y normas que protegen los DDHH. Unidad 1: Introducción a los derechos humanos. Enfoque de derechos humanos Unidad 1: Introducción a los derechos humanos. Tema 2 Organismos y normas que protegen los DDHH Material elaborado por el IUDC para la Red EnDerechos Este obra está bajo una

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA LIBERTAD DE CULTO EN COSTA RICA

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA LIBERTAD DE CULTO EN COSTA RICA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA LIBERTAD DE CULTO EN COSTA RICA Saludo DIPUTADA SILVIA SÁNCHEZ VENEGAS En mi participación, me corresponde comentarles

Más detalles

LOS PLANES DE COMPLIANCE PENAL EN LA EMPRESA

LOS PLANES DE COMPLIANCE PENAL EN LA EMPRESA LOS PLANES DE COMPLIANCE PENAL EN LA EMPRESA La DIRECTIVA 2014/24/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE

Más detalles

ALGUNOS ASPECTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA PENSIONAL: AUXILIO FUNERARIO, PENSIÓN DE INVALIDEZ Y MESADA 13 Y 14.

ALGUNOS ASPECTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA PENSIONAL: AUXILIO FUNERARIO, PENSIÓN DE INVALIDEZ Y MESADA 13 Y 14. ALGUNOS ASPECTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA PENSIONAL: AUXILIO FUNERARIO, PENSIÓN DE INVALIDEZ Y MESADA 13 Y 14. Por: Ángela María Bedoya Murillo -Abogada Gerencia de Asuntos Legales Suramericana S.A.-

Más detalles

ESTABLECE LAS "PAUTAS DE ORGANIZACION Y ARTICULACION DEL PROYECTO DE INTEGRACION INTERINSTITUCIONAL DE NIÑOS, ADOLESCENTES Y JOVENES CON DISCAPACIDAD"

ESTABLECE LAS PAUTAS DE ORGANIZACION Y ARTICULACION DEL PROYECTO DE INTEGRACION INTERINSTITUCIONAL DE NIÑOS, ADOLESCENTES Y JOVENES CON DISCAPACIDAD ESTABLECE LAS "PAUTAS DE ORGANIZACION Y ARTICULACION DEL PROYECTO DE INTEGRACION INTERINSTITUCIONAL DE NIÑOS, ADOLESCENTES Y JOVENES CON DISCAPACIDAD" FIRMANTES: BINNER - RASINO DECRETO Nº 2703 SANTA FE,

Más detalles

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio.

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio. 1.- Del funcionamiento del Directorio. A. De la adecuada y oportuna información del Directorio, acerca de los negocios y riesgos de la sociedad, así como de sus principales políticas, controles y procedimientos.

Más detalles

CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Aprobada en Ciudad de Guatemala, Guatemala el 7 de junio de 1999, en el vigésimo

Más detalles

Las tres generaciones de los derechos humanos. 23 de marzo 2015

Las tres generaciones de los derechos humanos. 23 de marzo 2015 Las tres generaciones de los derechos humanos 23 de marzo 2015 Derechos humanos- Ética transversal Se trata de un tema cuya resolución implica alterar el curso de acción de la vida de una o miles de personas.

Más detalles

BUENOS AIRES, del Directorio del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA

BUENOS AIRES, del Directorio del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA BUENOS AIRES, VISTO las Leyes N 21.329, sus modificatorias y com plementarias; la Ley Nº 23.592; la Ley Nº 24.515 y sus modificatorias; el Decreto N 7.786/64; el Decreto Nº 1086/05; el Acta de fecha 20

Más detalles

Cuándo se pueden utilizar estos sistemas?

Cuándo se pueden utilizar estos sistemas? Capítulo uno: Por qué utilizar mecanismos internacionales para proteger los derechos laborales? 15 Cuándo se pueden utilizar estos sistemas? Por fortuna, cada vez más, las personas comienzan a comprender

Más detalles

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS)

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Decreto Ejecutivo : 36524 del 07/04/2011 Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Ente emisor: Fecha de vigencia desde: Poder Ejecutivo 10/06/2011 Versión de la norma: 1 de 1 del 07/04/2011

Más detalles

Primera edición: abril, 2012

Primera edición: abril, 2012 Primera edición: abril, 2012 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Éricka Toledo

Más detalles

Ministerio de Relaciones Exteriores. República de Colombia

Ministerio de Relaciones Exteriores. República de Colombia CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS Mayo 25 de 2011 1. CONTEXTO INTERNACIONAL 2. INCORPORACION AL ORDENAMIENTO INTERNO COLOMBIANO 3. LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 4. PASOS

Más detalles

Poder Judicial de la Nación Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de Rosario

Poder Judicial de la Nación Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de Rosario Rosario, 30 de octubre de 2014. Y VISTOS: Los autos caratulados, COLEGIO DE ABOGADOS DE ROSARIO c/ ANSES s/ Amparo Ley 16.986, Expte. N 18878/2014 de ingreso por ante este Juzgado Federal N 1, a mi cargo,

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 31/2016 C. Valenciana 2/2016 Resolución nº 127/2016 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 12 de febrero de 2016. VISTO el recurso interpuesto por D.

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2015/012

INFORME UCSP Nº: 2015/012 MINISTERIO COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2015/012 FECHA 10.02.2015 ASUNTO Impartición de formación específica por parte de los centros de formación del personal de seguridad

Más detalles

Amnistía Internacional

Amnistía Internacional No difundir antes del 5 de abril de 2005 Público Prohibiciones constitucionales de la pena de muerte Abril de 2005 RESUMEN ÍNDICE AI: ACT 50/009/2005 http://web.amnesty.org/library/index/eslact500092005

Más detalles

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006.

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. La mayoría del Tribunal en Pleno, determinó reconocer la validez de la Ley Federal de

Más detalles

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO

Más detalles

CONSULTA RELACIONADA CON LA VIGENCIA DEL REQUISITO DE DISTANCIA ENTRE DROGUERIAS

CONSULTA RELACIONADA CON LA VIGENCIA DEL REQUISITO DE DISTANCIA ENTRE DROGUERIAS Página 1 de 7 CONSULTA RELACIONADA CON LA VIGENCIA DEL REQUISITO DE DISTANCIA ENTRE DROGUERIAS CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL Consejero ponente: ENRIQUE JOSE ARBOLEDA PERDOMO Bogotá

Más detalles

LA REPARACION DEL DAÑO. JURISPRUDENCIA CUESTIONABLE.

LA REPARACION DEL DAÑO. JURISPRUDENCIA CUESTIONABLE. LA REPARACION DEL DAÑO. JURISPRUDENCIA CUESTIONABLE. El artículo 21 de la Constitución General de la República, establece que la imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial.

Más detalles

PROYECTO DE LEY DE 2014 - SENADO

PROYECTO DE LEY DE 2014 - SENADO PROYECTO DE LEY DE 2014 - SENADO Por medio de la cual se adiciona la Ley 769 de 2002, se suprime el artículo 62 de la Ley 361 de 1997 y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo

Más detalles

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos

Más detalles

www.contratodeobras.com Dictamen 2/02 (Ref. A.G. Medio Ambiente). Régimen jurídico del contrato privado que tiene por objeto la compra de un inmueble.

www.contratodeobras.com Dictamen 2/02 (Ref. A.G. Medio Ambiente). Régimen jurídico del contrato privado que tiene por objeto la compra de un inmueble. Dictamen 2/02 (Ref. A.G. Medio Ambiente). Régimen jurídico del contrato privado que tiene por objeto la compra de un inmueble. La Abogacía General del Estado Dirección del Servicio Jurídico del Estado

Más detalles

ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ley 22.509 APROBACION DE LA CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERCIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUYENDO LOS AGENTES DIPLOMATICOS, ADOPTADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE

Más detalles

Novedades legislativas

Novedades legislativas REVISTA JURÍDICA JUNIO DE 2014 ~ Sumario ~ Novedades legislativas Diversas cuestiones en relación con la aplicación de la reducción en el Impuesto sobre Sucesiones por adquisición de empresa individual

Más detalles

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos

Más detalles

Medio Ambiente: Valor Constitucional y Protección Penal

Medio Ambiente: Valor Constitucional y Protección Penal EstecapítulosepublicabajoLicenciaCreativeCommonsBY NC SA3.0 Tema2.DERECHOPENALAMBIENTAL:SIGNIFICADOYCARACTERÍSTICAS. 1.Derechopenalcomoultimaratiodelordenamientojurídico.2.ConstituciónyDerecho penal: jerarquía

Más detalles

Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad

Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad 1. Clase de Instrumento: Tratado internacional Fecha de firma: 7 de junio de 1999

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0367/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0367/2009 Informe 0367/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la adecuación a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de la comunicación de datos de

Más detalles

A) Preámbulo de la Ley 33/2007, de 7 de noviembre, de reforma de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear:

A) Preámbulo de la Ley 33/2007, de 7 de noviembre, de reforma de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear: La presente reclamación se formula al amparo del artículo 21 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la

Más detalles

ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES

ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES Conceptos y definiciones v. 1.0 Elaboración y edición:

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

1. Consideraciones previas.

1. Consideraciones previas. NOTA SOBRE EL ALCANCE JURÍDICO DEL RD 967/2014 DE 21 DE NOVIEMBRE, POR LO QUE SE REFIERE AL PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN Y DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA A TITULACIÓN Y A NIVEL ACADÉMICO UNIVERSITARIO

Más detalles

Pendiente del Respuesta por la Dirección General de Tributos

Pendiente del Respuesta por la Dirección General de Tributos Resolución al Director General de Tributos del Gobierno de Canarias, en un procedimiento tributario de comprobación de valores del ITPAJD, de la Recomendación de retrotraer las actuaciones, y notificar

Más detalles

LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 9 /1 Civil Gonzalo A. López Ebri LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Las personas con discapacidad; la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. I. LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Más detalles

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO El Alcalde del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 8 de febrero de 2012, registrado de entrada en esta Diputación Provincial el día 14, solicita informe jurídico sobre la posibilidad de contratación

Más detalles

La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Decreta. la siguiente,

La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Decreta. la siguiente, La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela Decreta la siguiente, Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO

NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO 18 de marzo de 2016 LA NUEVA CIRCULAR 2/2016 DEL BANCO DE ESPAÑA Y SU IMPACTO EN LOS INSTRUMENTOS DE EXTERIORIZACIÓN DE COMPROMISOS POR PENSIONES DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO

Más detalles

Amparo directo en revisión 406/2009. 13 de mayo de 2009. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Rosalba Rodríguez Mireles.

Amparo directo en revisión 406/2009. 13 de mayo de 2009. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Rosalba Rodríguez Mireles. DELITOS FISCALES. EL ARTÍCULO 101 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, AL ESTABLECER LOS CASOS EN QUE NO PROCEDE LA SUSTITUCIÓN Y CONMUTACIÓN DE SANCIONES O CUALQUIER OTRO BENEFICIO A LOS SENTENCIADOS POR

Más detalles

Establecido el objeto del informe y la problemática que pretende afrontar, se realizan las siguientes consideraciones: I Régimen jurídico

Establecido el objeto del informe y la problemática que pretende afrontar, se realizan las siguientes consideraciones: I Régimen jurídico INFORME DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE 17 DE ENERO DE 2008. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL. CERTIFICADOS PARA ACREDITAR HALLARSE AL CORRIENTE DE TALES OBLIGACIONES.

Más detalles

LEY N 20.720 1 CAPÍTULO X MODIFICACIONES A LEYES ESPECIALES

LEY N 20.720 1 CAPÍTULO X MODIFICACIONES A LEYES ESPECIALES LEY N 20.720 1 Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo ( ) 2 CAPÍTULO X ( ) 3 MODIFICACIONES

Más detalles

Dichos instrumentos internacionales y las reservas relativas son los siguientes:

Dichos instrumentos internacionales y las reservas relativas son los siguientes: C. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE SENADORES DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. PRESENTE. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89, fracción X, de la Constitución Política de los Estados

Más detalles

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014 37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos

Más detalles

Capítulo 14 Solución de Controversias

Capítulo 14 Solución de Controversias Artículo 140: Cooperación Capítulo 14 Solución de Controversias Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y aplicación de este Tratado y realizarán todos los esfuerzos,

Más detalles

10. Declaran que la familia es el núcleo propicio para el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes; señalan que se deben respetar los vínculos

10. Declaran que la familia es el núcleo propicio para el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes; señalan que se deben respetar los vínculos DECLARACIÓN SOBRE COMPROMISO CON LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS. Los Presidentes de los Estados Partes del MERCOSUR

Más detalles

Instrucción 13/S-131 1.- SUPUESTOS DE POSIBLE IMPUTACIÓN PENAL EN CASOS DE PÉRDIDA DE VIGENCIA DECLARADA.

Instrucción 13/S-131 1.- SUPUESTOS DE POSIBLE IMPUTACIÓN PENAL EN CASOS DE PÉRDIDA DE VIGENCIA DECLARADA. UON-SAR Asunto: Pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir por el agotamiento de la totalidad de los puntos asignados. Supuestos de imputación penal y de suspensión de la ejecución.

Más detalles