JUEGOS DEPORTIVOS MUNICIPALES Condiciones de Seguro y protocolo de actuación para accidentes deportivos

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1 JUEGOS DEPORTIVOS MUNICIPALES Condiciones de Seguro y protocolo de actuación para accidentes deportivos INFORMACIÓN PRELIMINAR La revisión llevada a cabo por resolución de Junta de Gobierno Local del pasado 4 de septiembre de 2012 venía a actualizar unos precios públicos que, para los servicios deportivos al ciudadano, no se habían modificado desde el 1 de enero de 2010, es decir, habían permanecido vigentes durante dos años y 8 meses. Como consecuencia de las actuales circunstancias económicas y su efecto presupuestario en las corporaciones locales, esta revisión de precios públicos ha supuesto un alza moderada, que repercute principalmente en los usuarios no empadronados en el municipio. No obstante el esfuerzo que se ha llevado a cabo desde la Concejalía de Deportes para minimizar la repercusión económica sobre los usuarios, algunas cuestiones complementarias al servicio y sus costes son ajenas a la gestión del gobierno municipal, como es el caso del seguro deportivo del que se han venido beneficiando los inscritos en los Juegos Deportivos Municipales. La revisión de prima anual que la compañía aseguradora ha planteado al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid para renovar la póliza del seguro deportivo en la temporada 2012/2013 supone un incremento exponencial de su importe anterior, que la hace inasumible en las circunstancias actuales. La compañía aseguradora fundamenta tan desproporcionada subida en una evaluación actualizada de los gastos de siniestralidad de los Juegos Deportivos Municipales repercutidos a la póliza en las últimas temporadas, cuya desmesurada cuantía la llevan a replantear la rentabilidad de la póliza con la revisión propuesta. La conclusión es que dar continuidad a las mismas condiciones de seguro al precio que se plantea desde la aseguradora ya no se puede asumir desde las arcas municipales sin repercutir el importe en las inscripciones, de forma extremadamente onerosa para el usuario. Por consiguiente la opción que viene a plantearse es que, disponer o no de un seguro deportivo específico, pase a ser algo asumido potestativamente por los participantes en los juegos deportivos municipales, conforme a sus expectativas y posibilidades, contando siempre que dispondrán de los servicios de botiquín de las instalaciones deportivas municipales así como de la cobertura sanitaria pública para las posibles urgencias hospitalarias. Considerando el carácter sobrevenido de esta situación y que no se pudo comunicar a los interesados durante el periodo de preinscripción del pasado mes de junio por no ser entonces conocida, se ha planteado una situación transitoria para la presente temporada 2012/2013, en la que se dispondrá aún de una cobertura de seguro limitada a las posibilidades económicas actuales, cuyas especificaciones de cobertura y procedimiento se detallan a continuación. Para la temporada 2013/1014 la Concejalía de Deportes dejará de gestionar por completo un seguro que no puede financiar sin encarecer severamente los precios públicos de inscripción y comprometer gravemente la accesibilidad económica para la participación en los mismos, quedando a criterio de los participantes que consideren oportuno suscribir seguros deportivos específicos, bien gestionándolo individualmente o por equipos. 1

2 INFORMACIÓN GENERAL DEL SEGURO VIGENTE EN LA TEMPORADA 2012/2013 Compañía aseguradora: REALE Número de póliza: /10 Correduría: Grupo MAYO Cobertura de la póliza para asistencia sanitaria: 1.502,53 Se trata de un seguro que cubre el gasto de asistencia sanitaria de los accidentes deportivos que pueden sufrir los participantes en las ligas y ranking de tenis y ranking de padel Juegos Deportivos Municipales hasta el límite de cobertura de la póliza. Es conveniente puntualizar de forma inequívoca las dos cuestiones siguientes - No es un seguro de asistencia sanitaria indiscriminada para los participantes, la validez de la cobertura que proporciona la póliza del seguro está condicionada a que haya tenido lugar un accidente deportivo en el contexto del seguro, que son las competiciones deportivas de los Juegos Deportivos Municipales, así como que en la gestión de la asistencia el accidentado siga estrictamente el procedimiento de actuación indicado por la aseguradora, que se describe más adelante y cuya omisión o inobservancia total o parcial puede ser causa de la no cobertura del seguro. - Si el coste por la asistencia sanitaria que precise un accidentado supera el límite de cobertura de la póliza, la compañía aseguradora se desentenderá del gasto añadido, que deberá ser asumido directamente por el accidentado. A este respecto es del mayor interés para el accidentado mantener una contabilidad del gasto sanitario que vaya consumiendo para evitar sorpresas desagradables. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE UN ACCIDENTE DEPORTIVO 1 Accidente, primera asistencia y verificación de cobertura del seguro. Cuando algún participante sufra un accidente en alguna de las competiciones de los Juegos Deportivos Municipales como consecuencia de la práctica deportiva, la primera asistencia debe hacerse en los botiquines del Polideportivo Cerro del Telégrafo o del Polideportivo Parque del Sureste, a los que deberán acudir o ser conducidos salvo que por manifiesta gravedad sea imprescindible traslado urgente a un centro hospitalario. Los participantes en ligas municipales que sufran un accidente o percance con resultado de lesión o posible lesión, se asegurarán de que el lance que ha dado lugar a la misma ha sido debidamente recogido por el árbitro del partido para que conste en el acta del mismo. Esta indicación es de la máxima importancia ya que el seguro requerirá de forma ineludible copia de dicha acta para acompañar el parte de accidente a que hubiera lugar y si se diera el caso de que el acta no recoge situación alguna que concierna al accidente y ulterior lesión, el seguro no se hará cargo de los daños sanitarios por entender que éstos pueden no haberse producido necesariamente practicando una actividad deportiva en los Juegos Deportivos Municipales, es decir, no se podrá acreditar que los daños se han producido dentro del ámbito de cobertura del seguro. La Concejalía de Deportes aplicará el máximo rigor en la exigencia de este requisito para tramitar cualquier parte de accidente al seguro. En 2

3 el caso de los participantes en los ranking de tenis y padel, cuando sea necesario formalizar el parte, se proveerá acreditación de la reserva de pista correspondiente al partido en que hubiera tenido lugar el accidente, a fin de verificar la coherencia de su fecha y hora con la primera atención recibida en los botiquines de los polideportivos y el registro de la misma. 2 Registro en botiquín, parte de accidente y asistencia en centro concertado. En los botiquines el personal sanitario municipal tras las primeras atenciones hará una valoración inicial de los daños sufridos registrando la incidencia en el libro de control de botiquín y cumplimentando el oportuno parte de accidente a si la situación requiriera que la asistencia sea derivada a un centro concertado. Dicho parte se tendrá que formalizar inexcusablemente de forma inmediata en la Unidad de Actividades Físico Deportivas de la Concejalía de Deportes a efectos de comunicación válida de parte de accidente a la compañía aseguradora y asignación de número de siniestro. Cualquier iniciativa asistencial que el lesionado lleva a cabo sin verificar previamente la asistencia y registro en botiquín y la validación del parte a la compañía aseguradora en la Unidad de Actividades Físico Deportivas será asumida por cuenta del accidentado, pudiendo ser causa de la anulación de la cobertura del seguro en lo concerniente al accidente. Si el accidente tiene lugar en fin de semana se derivará necesariamente a la CLÍNICA NUESTRA SEÑORA DE AMÉRICA, que es el centro médico concertado al caso. En este caso el accidentado presentará en este centro el parte de accidente que se le haya rellenado en el botiquín, pero no lo entregará, ya que debe conservarlo para proceder a su validación en la Unidad de Actividades Físico Deportivas el primer día hábil tras el accidente. No existen ambulancias concertadas para posibles traslados, por lo que deberán efectuarse estos por medios propios o por servicios ordinarios de urgencias, o por cuenta y cargo del lesionado. Si posteriormente procede repercutir el gasto de traslado contra la cobertura del seguro en caso, este se hará sin perjuicio del límite de la póliza, contabilizándose como un gasto sanitario más de la misma, por lo que si excede la cuantía de la cobertura deberá ser asumido por el interesado. Todos los accidentes sucedidos en fin de semana cuyo parte no se valide el primer día hábil posterior podrán quedar fuera de la cobertura del seguro por defecto de procedimiento ante la compañía. En caso de que, por las razones que pudieran concurrir, no le resultara posible al lesionado realizar la validación presencial del parte, se pondrá en contacto dentro del mismo plazo con la Unidad de Actividades Físico Deportivas, bien por teléfono al o bien por correo electrónico a la dirección ligasmunicipales@rivasciudad.es, para comunicar la situación y pedir instrucciones. 3 Especificaciones para caso de asistencia en urgencias hospitalarias En el caso de que por razones de fuerza mayor el accidente haya precisado asistencia inmediata en el servicio de urgencias de un centro hospitalario, se procederá a comunicar a la mayor brevedad a la Unidad de Actividades Físico Deportivas la situación para tratar de regularizar el procedimiento ante el seguro si efectivamente las circunstancias daban pie a la excepción recogida en este procedimiento. Se requerirá de manera imprescindible el informé médico del servicio de urgencias. 3

4 En caso de que la asistencia en servicio de urgencias de un centro hospitalario no haya tenido que llevarse a cabo por fuerza mayor, sino por decisión del lesionado contra lo indicado en este procedimiento, la cobertura del seguro quedará directamente sin efecto por incorrección de forma y entendiéndose que el accidentado ha optado por la cobertura sanitaria asistencial pública. En cualquiera de los dos casos anteriores no se facilitarán datos de póliza del seguro en el centro hospitalario aunque sean requeridos. En uno al no haberse dado parte ni haberse validado éste la cobertura del seguro aún no existe y en el otro sencillamente no procede. La no observancia de esta indicación, que puede llevar al centro hospitalario a facturar el coste asistencial a la compañía aseguradora, repercutirá directamente en el lesionado, es decir, la factura será directamente remitida al lesionado para su abono al desentenderse la compañía aseguradora de su pago. El incumplimiento o la negligencia total o parcial por parte del accidentado en la observancia de las anteriores indicaciones será causa justificada para dejar sin efecto la cobertura del seguro. 4 Pruebas diagnósticas, tratamiento, rehabilitación y cirugía. Si de los daños de un accidente deportivo, una vez formalizado parte y abierto el oportuno expediente por parte de la compañía aseguradora, se derivara la necesidad de nuevas consultas médica, pruebas diagnosticas, tratamiento terapéutico, rehabilitación o, en su caso, cirugía, todas estas actuaciones serán tramitadas previo e inexcusable informe médico que lo justifique y prescripción facultativa expresa al efecto- por mediación de la Concejalía de Deportes ante la compañía aseguradora. Cualquiera de las actuaciones aludidas solo tendrá lugar con cargo al seguro una vez autorizada por la compañía aseguradora y, en cualquier caso, hasta el límite de cobertura de la póliza, más allá de cuyo importe el seguro no se hará cargo del gasto que deberá ser asumido por el interesado. Cualquier informe, prueba médica o tratamiento debe ser emitido o prescrito por el facultativo correspondiente, quien hará constar por escrito el posible diagnóstico, informe o prescripción de manera legible y en el formato adecuado, figurando el nombre y apellidos del paciente las informaciones médicas oportunas y su firma con nº de colegiado. Cualquier informe o prescripción que omita alguno de estos aspectos o los refeje de forma incompleta o incorrecta deberá ser subsanada para su tramitación. Cualquier prueba, asistencia médica o de rehabilitación que el asegurado lleve a cabo sin autorización previa de la aseguradora comunicada a través de la Concejalía de Deportes se considerará realizada por su propia iniciativa, quedando de oficio excluida de la cobertura del seguro y siendo, por tanto, a su cuenta el gasto ocasionado, sin perjuicio de que pueda ser causa de anulación de la cobertura respecto al conjunto de los gastos del siniestro. 4

5 ACCIDENTE DEPORTIVO El lesionado acuda a Solo si el accidente sucede fuera de horario de botiquines o precisa traslado inmediato a centro hospitalario BOTIQUIN POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES - Atención sanitaria - Registro de la incidencia - Si las lesiones lo justifican, se rellena parte de accidente y se deriva a centro concertado (1) SERVICIO DE URGENCIAS HOSPITAL - Atención sanitaria - Informe médico - No se da número de póliza pues aún no se ha validado el parte ante la compañía aseguradora. Se formaliza el parte de accidente el primer día hábil tras el accidedente. Da indicaciones y comunica autorización al accidentado ACCIDENTADO Siempre informa, remite documentos y pide autorización a través de la Concejalía de Deportes CONCEJALÍA DE DEPORTES La aseguradora da nº de siniestro e instrucciones para el accidentado. CENTRO SANITARIO CONCERTADO hasta 1.502,53 de cobertura Informa y pide autorización a ENTIDAD ASEGURADORA Da autorización expresa previa Da autorización expresa previa - Diagnóstico - Pruebas - Tratamiento - Rehabilitación - Cirugía - Alta (1) En fin de semana el centro concertado será siempre la Clínica Ntra. Sra. de América 5

6 CENTROS DE ASISTENCIA SANITARIA CONCERTADOS - TEMPORADA 2012/2013 Clínica concertada para asistencia en fin de semana CLÍNICA NUESTRA SEÑORA DE AMÉRICA C/ Arturo Soria, 103 Teléfono Para diagnóstico, seguimiento de lesiones y rehabilitación, de lunes a viernes En Rivas Vaciamadrid En Arganda del Rey CENTRO MEDICO LAGOS DE RIVAS Avenida. de Levante, 126 Teléfono CENTRO MÉDICO ARGANDA Avenida de los Derechos Humanos, 12 Teléfono

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