REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION THE GRANGE SCHOOL

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1 REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION THE GRANGE SCHOOL 1º a 6º de Enseñanza Básica INTRODUCCIÓN GENERAL De acuerdo a las normas establecidas en el Decreto 511 del 08 de mayo de 1997, Decreto Exento Nº158 del 05 de julio de 1999 y en el Decreto Exento 107 de 20 de febrero del Ministerio de Educación y, conforme a los Planes y Programas Propios aprobados por Decreto Exento Rex. 551 de 22 de mayo de 1997, The Grange School, elaboró el presente Reglamento de Evaluación y Promoción que se aplicará a los alumnos de 1º a 6º de Enseñanza Básica, que se aplicará a partir del año escolar DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º El presente Reglamento Interno establece y complementa las normas generales de evaluación y promoción estipulados en el Decreto 511 del 08 de mayo de 1997 y sus modificaciones según Decreto Exento Nº158 del 05 de julio de 1999 y en el decreto 107 de 20 de febrero de Artículo 2º El período escolar será semestral. Los alumnos serán evaluados en todos los subsectores de aprendizaje o asignaturas del plan de estudio que así se especifiquen. Artículo 3º Los padres y apoderados recibirán dichas evaluaciones e informes correspondientes, después de cada semestre. Artículo 4º En casos debidamente justificados, el Rector del Colegio, previa consulta al (la) Jefe (a) Académico (a), al Jefe (a) de Nivel, al Profesor Jefe y al Profesor del Subsector de Aprendizaje correspondiente, podrá autorizar la eximición de hasta un Subsector de Aprendizaje o asignatura a los alumnos que acrediten tener dificultades de aprendizaje o problemas de salud. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de 1º a 6º básico TGS 1

2 DE LA EVALUACIÓN Artículo 5º La evaluación es un proceso permanente y sistemático cuya finalidad es proporcionar información para apoyar a los estudiantes en su proceso de aprendizaje. Será un medio para que los estudiantes sean capaces de apreciar sus avances (proceso y producto) y de valorar sus logros en todos los sectores y subsectores de aprendizaje. Además, proporcionará información al profesor para apoyar a los estudiantes en su progreso académico y para identificar las instancias de reforzamiento. La evaluación se realizará, preferentemente, de la siguiente forma: a. Una evaluación cualitativa descriptiva de trabajos escritos u orales, actividades, diálogos, situaciones prácticas, exposiciones, entre otros, empleando pautas de observación con opiniones del/de la profesor/a, precisando logros y destrezas adquiridas, incluyendo los cometarios pertinentes. (Evaluación formativa). b. En ciertos períodos la evaluación será cuantitativa (individual, en pareja, grupos, curso y/o nivel). c. Autoevaluaciones. Incorporación paulatina de niños y niñas en su propia evaluación. d. Cada alumno/a dispondrá de un portafolio (archivador), en el cual recopilará su proceso de aprendizaje de todos los subsectores, el que será implementado de manera paulatina. Artículo 6º La evaluación diferenciada se aplicará a todos los alumnos que presenten grados dificultades de aprendizaje o de avances, debidamente calificadas por el Colegio, ya sea en forma temporal o permanente, precisando en cada caso el período de su aplicación y las estrategias remediales a implementar. En el caso de que el alumno presente dificultades específicas en una o más asignaturas, (exceptuando idioma extranjero inglés) la evaluación diferenciada podrá ser solicitada por los apoderados de éste. Estos alumnos serán evaluados a través de un procedimiento diferenciado, previamente definido por el Jefa/o Académica/o y el profesor del subsector o asignatura, e informado a la familia del alumno, considerando las dificultades presentadas por éste. Serán requisitos básicos para hacer efectiva la solicitud: a. Evaluación del alumno, realizada por un profesional especialista externo: neurólogo, psiquiatra, psicólogo, psicopedagogos y/o educadoras diferenciales, donde se constaten las dificultades presentadas, dando cuenta claramente de la situación o problema específico del alumno, relacionado con la especialidad del facultativo, y se explicite la petición de evaluación diferenciada. Un instructivo interno Evaluación diferenciada, detallará definición, compromiso y procedimientos a seguir por los padres y el Colegio. b. Asesoría consultiva a la Psicóloga del sector. c. Aprobación del Director de Área. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de 1º a 6º básico TGS 2

3 d. Información al Jefe de Nivel y al Jefe/Coordinador de Departamento, Profesor/a de Curso o Profesor/a Jefe respectivo. e. Información del procedimiento a los padres y al alumno/a en caso que corresponda, sobre la aplicación de evaluación diferenciada. Artículo 7º Cada Subsector o asignatura informará al (la) Jefe (a) Académico (a) respectivo y a los alumnos, al inicio de cada semestre, las estrategias de evaluación que aplicará en cada curso y/o nivel y los contenidos y habilidades a evaluar en cada evento o instancia de evaluación. Artículo 8º Las inasistencias a pruebas escritas, trabajos individuales o grupales sujetos a evaluación, e interrogaciones orales prefijadas, así como en fechas determinadas como plazo final para la entrega de trabajos, entre otros, deberán ser justificadas mediante la entrega de un certificado médico o comunicación del Apoderado vía Agenda Escolar (Prep Planner). En caso que el (la) alumno (a) no cumpliere con las exigencias o plazos estipulados en el párrafo inmediatamente anterior y no presentare justificación médica en forma oportuna, será calificado con nota deficiente en el o los subsectores involucrados. Un instructivo interno: Reglamento y normativa de funcionamiento, dado a conocer previamente a toda la comunidad, establecerá los procedimientos y decisiones evaluativas finales a tomar en este tipo de situaciones. Artículo 9º Los Planes y Programas propios elaborados por el Colegio y aprobados por la Secretaria Regional Ministerial, abordan de manera orgánica el tratamiento de los Objetivos de Aprendizajes Transversales en cuanto a) la formación ética, b) crecimiento y autoafirmación personal, c) la persona y su entorno. La evaluación de dichos Objetivos de Aprendizaje Transversales, se consignará semestralmente en el Informe de Desarrollo Personal y Social en áreas de Relaciones Interpersonales, Estrategias de Estudio y Hábitos de Auto Cuidado. Estos se evaluarán como frecuencia de comportamiento deseado. A: Sobresaliente; B: Muy bueno; C: Adecuado; D: Inadecuado; E: Inaceptable Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de 1º a 6º básico TGS 3

4 DE LA CALIFICACIÓN Artículo 10º En Primero y Segundo básico, el desempeño en los subsectores de aprendizaje, asignaturas y actividades de aprendizaje, se evaluará con conceptos (esfuerzo y logros). Los conceptos indican el avance de los alumnos en relación a los criterios establecidos. Los conceptos son: Conceptos Descripción Nota MB El/la alumno/a no sólo conoce los contenidos y cumple con los 7 objetivos planteados, sino también aplica éstos autónomamente a la resolución de problemas y a situaciones nuevas. +B El/la alumno/a cumple con facilidad los objetivos planteados 6 pero que no los aplica automáticamente a situaciones nuevas. B El/la alumno/a cumple con los objetivos planteados 5 adecuadamente. S El/la alumno/a cumple con los objetivos planteados de forma 4 suficiente. -S El/la alumno/a muestra resultado levemente bajo lo suficiente 3 para aprobar. I El/la alumno/a tiene dificultades mayores en el proceso de 1-2 aprendizaje y/o el logro de objetivos es insuficiente. El rango mínimo de aprobación es S. Al término del año escolar los conceptos en Primero Segundo Básico se convierten en una escala de numérica (del 1 al 7) para fines de registrarlas en las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar. El desempeño de las asignaturas o actividades de aprendizaje será evaluado a través de notas en un rango de 1 a 7, con un decimal, aproximando la centésima. Por ejemplo, 5,45 se aproxima a 5,5 y 6,34 se aproxima a 6,3. Artículo 11º De 1º básico a 4º medio, la calificación semestral del estudiante, en cada asignatura, se hará promediando ponderadamente las calificaciones parciales obtenidas en cada período. Artículo 12º La nota mínima de aprobación es 4,0. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de 1º a 6º básico TGS 4

5 DE LA PROMOCIÓN Artículo 13º La calificación obtenida por los alumnos en el subsector de Religión, no incide en su promoción. Artículo 14º Para la promoción de 1º a 6 de enseñanza básica se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de las asignaturas, o actividades de aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases. 1) Respecto del logro de los objetivos serán promovidos los alumnos/as que: a) Aprueben todas las asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio. b) No aprueben una asignatura o actividad de aprendizaje siempre que el promedio general sea igual o superior a 4.5, incluido el no aprobado. c) No aprueben dos asignaturas o actividades, siempre que el promedio general sea igual o superior a 5.0, incluido los reprobados. 2) Respecto de la asistencia: Para ser promovido el alumno/a deberá asistir, a lo menos, el 85% de las clases del calendario escolar. Por causas de salud u otras debidamente justificadas el Rector, previa información del/de la Profesor/a Jefe, podrá autorizar la promoción de alumnos/as con porcentajes menores de asistencia. 3) De la repitencia: Los alumnos/as de 1º a 6º año de Enseñanza Básica que no cumplan con los requisitos 1 y 2 del presente artículo repetirán el curso correspondiente. Artículo 15º Situaciones especiales de alumnos regulares no consideradas en el presente reglamento (ingreso tardío a clases, ausencias a clases por periodos prolongados, finalización anticipada del año escolar, certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, la literatura, las ciencias y las artes, intercambios u otras razones), serán decididos por el área a la cual pertenecen éstos, con el (la) Jefe (a) Académico (a), Equipo Directivo, y con los profesores del curso respectivo, previa aprobación del Rector del Colegio. Artículo 16º Para convenir la finalización anticipada del año escolar de un alumno, éste debe cumplir con los siguientes requisitos: 1. Tener realizado a lo menos un semestre completo, con el registro de notas y promedios en el libro de clases digital, en todos las asignaturas del plan de estudios. 2. El apoderado debe solicitar el documento de cierre anticipado al Director de Pastoral del área respectiva, dicha solicitud debe venir respaldada por: a. Enfermedad: Certificado original del o los médicos especialistas, señalando claramente que el alumno se encuentra en tratamiento e imposibilitado de continuar en el colegio. Informe del Jefe de Nivel. Informe de la Psicóloga del colegio Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de 1º a 6º básico TGS 5

6 b. Viaje al extranjero u otra situación: Documentación original que acredite y respalde la causa por la que realiza la solicitud de situación especial de evaluación y promoción. Si el alumno requiere de hacer uso de este beneficio otra vez, durante su vida escolar, este debe ser con previa aprobación del Equipo Directivo. Artículo 17º Todas las situaciones de evaluación, quedarán resueltas dentro del período escolar correspondiente. DE LA PERMANENCIA Artículo 18º The Grange School es un colegio bilingüe. Imparte todos los subsectores de 1º a 6º año de la Enseñanza Básica y actividades de aprendizaje a través del inglés (excepto Lenguaje y Comunicación en Castellano). Es esencial que un/a niño/a adquiera una buena comprensión del idioma inglés, por lo tanto, el Colegio requiere que un/a alumno/a que repruebe en una o dos asignaturas o actividades de aprendizaje, obtenga no solamente el promedio requerido ( ) como también un promedio mínimo en inglés de 5.0 equivalente a una B. En casos que el aprendizaje de un alumno/a se viera interferido por el uso del idioma inglés como lenguaje de instrucción, éste debe retirarse del colegio al final de 2 o 3º año básico. Lo anterior se exige para asegurarse que el niño/a pueda enfrentar adecuadamente su aprendizaje a través del inglés en los siguientes años. En esta circunstancia, el colegio hará una evaluación general en castellano para informar a otro colegio sobre el desempeño del alumno/a sin la interferencia del inglés. Esta evaluación no tendrá validez de promoción dentro del Colegio The Grange. Artículo 19º Tanto para los alumnos de la básica como de la media, el Colegio puede ofrecer la repitencia, por una vez durante la vida escolar del alumno/a, siempre que el inglés no sea lo que obstaculice su aprendizaje y tal instancia sea de real beneficio del alumno/a. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de 1º a 6º básico TGS 6

7 DE LA CERTIFICACIÓN Artículo 20º Se entregará a todos los alumnos un Certificado Anual de Estudios que indique las asignaturas con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. Dicho certificado no podrá ser retenido. Además para los alumnos de 1º a 6º básico se adjuntará el Informe de Desarrollo Personal y Social. Artículo 21º Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, por curso, y de cada alumno: a. Nombre completo b. Cédula nacional de Identidad c. Fecha de nacimiento d. Sexo e. Calificaciones finales de cada subsector, asignatura y actividad de aprendizaje. f. Promedio general g. Calificación final de Religión h. Situación final i. Observaciones, en caso que se requiera. DE LAS DISPOSICIONES FINALES Artículo 22º Las disposiciones del presente reglamento deberán ser informadas a los alumnos(as), padres y apoderados del Colegio al inicio de cada año escolar. Artículo 23º El presente reglamento entrará en vigencia a contar del 03 de marzo de Artículo 24º El Rector de The Grange School, previo conocimiento de la opinión del Consejo Directivo, podrá proponer modificaciones al presente reglamento, que sean convenientes y necesarias para la gestión educativa de la comunidad escolar en conformidad con el párrafo tercero de los considerandos del Decreto 511 del 8 mayo de 1997 y su modificaciones por los Decretos Exentos 158 del 1999 y Decreto 107 de Richard R Benammar. La Reina, Febrero de Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de 1º a 6º básico TGS 7

8 REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION THE GRANGE SCHOOL 7º y 8º AÑO BÁSICO, 1º, 2º, 3º y 4º DE ENSEÑANZA MEDIA INTRODUCCIÓN GENERAL De acuerdo a las normas establecidas en el Decreto 511 del 08 de mayo de 1997, en la Resolución Exenta 798 de 1999, en el Decreto Exento Nº112 del 20 de abril de 1999, Decreto Exento Nº158 del 05 de julio de 1999, Decreto exento 107 de 20 de febrero de 2003 y del Decreto Exento Nº83 del 06 de marzo de 2001 del Ministerio de Educación y, conforme a los Planes y Programas de los Decretos Exentos Nº 40 y 220 y las resoluciones Exentas que autorizan los programas propios: Rex. 551 de 22 de mayo de 1997, la Rex 474 de 30 de diciembre de 1999, la Rex de 11/nov/2005, la Resolución exenta de 30 de diciembre de 2005, la resolución Exenta Nº del 28 de diciembre de 2001 y rex de 27 de nov 2002, The Grange School, elaboró el presente Reglamento de Evaluación y Promoción que se aplicará a los alumnos de 7º a 8º de Enseñanza Básica, y 1º, 2º, 3º y 4º Años de Enseñanza Media, que se aplicará a partir del año escolar DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º El presente Reglamento Interno establece y complementa las normas generales de evaluación y promoción estipulados en el Decreto 511 del 08 de mayo de 1997, en el Decreto Exento Nº112 del 20 de abril de 1999 y sus modificaciones según Decreto Exento Nº158 del 05 de julio de 1999, en Resolución Exenta 798 de 1999, en el Decreto Exento Nº83 del 06 de marzo de 2001 y en el decreto 107 de 20 de febrero de Artículo 2º El período escolar será semestral. Los alumnos serán evaluados en todos los subsectores de aprendizaje o asignaturas del plan de estudio que así se especifiquen. Artículo 3º Los padres y apoderados recibirán dichas evaluaciones e informes correspondientes, después de cada semestre. Artículo 4º En casos debidamente justificados, el Rector del Colegio, previa consulta al (la) Jefe (a) Académico (a), al Jefe (a) de Nivel, al Profesor Jefe y al Profesor del Subsector de Aprendizaje correspondiente, podrá autorizar la eximición de hasta un Subsector de Aprendizaje o asignatura a los alumnos que acrediten tener dificultades de aprendizaje o problemas de salud. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar TGS 8

9 DE LA EVALUACIÓN Artículo 5º La evaluación es un proceso permanente y sistemático cuya finalidad es proporcionar información para apoyar a los estudiantes en su proceso de aprendizaje. Será un medio para que los estudiantes sean capaces de apreciar sus avances (proceso y producto) y de valorar sus logros en todos los sectores y subsectores de aprendizaje. Además, proporcionará información al profesor para apoyar a los estudiantes en su progreso académico y para identificar las instancias de reforzamiento. La evaluación se realizará, preferentemente, con las siguientes intencionalidades: a. Evaluación Diagnóstica b. Evaluación Formativa c. Evaluación Acumulativa d. Evaluación Diferenciada El procedimiento y/o modalidad de estas evaluaciones podrá ser individual, en parejas y/o grupales, de trabajos escritos u orales, actividades, diálogos, autoevaluaciones, situaciones prácticas, exposiciones, entre otros, empleando pautas de observación, criterios y descriptores específicos, con opiniones del/la profesor/a, precisando logros y destrezas adquiridos. Esto supone aplicar una evaluación integral respecto del logro de diferentes tipos o dominios de aprendizaje tales como: contenidos, procedimientos (habilidades) y conductas. Artículo 6º La evaluación diferenciada se aplicará a todos los alumnos que presenten grados de avances o dificultades de aprendizaje debidamente calificadas por el Colegio, ya sea en forma temporal o permanente, precisando en cada caso el período de su aplicación y las estrategias remediales a implementar. a. En el caso de grados de avances: En el Senior School, se aplica a todos los alumnos en las asignaturas de inglés, lenguaje, matemática y ciencias naturales, incluyendo los subsectores de física, química y biología, considerando los diferentes grados de avances o habilidades que ellos presenten. Dichos avances y/o habilidades son evaluados por el profesor a cargo de la asignatura. b. En el caso de dificultades de aprendizaje: En el caso de que el alumno presente dificultades específicas en una o más asignaturas, (exceptuando idioma extranjero inglés) la evaluación diferenciada podrá ser solicitada por los apoderados de éste. Serán requisitos básicos para hacer efectiva la solicitud: i. Evaluación del alumno, realizada por un profesional especialista externo: neurólogo, psiquiatra, psicólogo, psicopedagogos y/o educadoras diferenciales, donde se constaten las dificultades presentadas, dando cuenta claramente de la situación o problema específico del alumno, relacionado con la especialidad del facultativo, y se explicite la petición de evaluación diferenciada. Un instructivo interno Evaluación diferenciada, detallará definición, compromiso y procedimientos a seguir por los padres y el Colegio. ii. Asesoría consultiva a la Psicóloga del sector. iii. Aprobación del Director de Área. iv. Información al Jefe de Nivel y al Jefe/Coordinador de Departamento, Profesor/a de Curso o Profesor/a Jefe respectivo. v. Información del procedimiento a los padres y al alumno/a en caso que corresponda, sobre la aplicación de evaluación diferenciada. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar TGS 9

10 Artículo 7º Cada sector o subsector informará al (la) Jefe (a) Académico (a) respectivo y a los alumnos, al inicio de cada semestre, las estrategias de evaluación que aplicará en cada curso y/o nivel y los contenidos y habilidades a evaluar en cada evento o instancia de evaluación. Artículo 8º Todos los alumnos deben rendir su prueba o entregar tareas/proyectos en la fecha indicada por el profesor. El Alumno que tenga permiso de Rectoría para ausentarse el día de la prueba (o fecha de entrega de tarea/proyecto) será autorizado para rendirla (o entregar su tarea/proyecto) a su regreso según lo indique el Profesor, siempre y cuando el Alumno presente, en la oficina de Pastoral correspondiente, una copia de la autorización dada por el Rector antes de ausentarse al Colegio. El Alumno que se ausente a una prueba (o no entregue su tarea/proyecto en la fecha acordada) sin la debida autorización de Rectoría, pero presente un certificado médico por su ausencia a las evaluaciones en el primer día de regreso al colegio o con anterioridad, podrá rendir su prueba (o entregar su tarea/proyecto) en la fecha que el Profesor respectivo le indique. El Alumno debe entregar el certificado médico original a la Oficina de Pastoral respectiva. Se aceptará la justificación de Apoderados por ausencia a evaluaciones, si la ausencia del alumno o alumna corresponde sólo a 1 o 2 días, y ésta debe ser firmada en la Oficina de Pastoral correspondiente. En el caso del Senior, el Alumno que no se presenta a una prueba (o no entrega su tarea/proyecto) y no cumple con lo descrito en los párrafos anteriores, será calificado con nota 1.0. Artículo 9º Los programas de los Sectores y Subsectores de Aprendizaje, abordan de manera orgánica el tratamiento de los Objetivos Fundamentales. La evaluación de los OF se realizará a través de todas las asignaturas del plan de estudios. Durante el presente año los Profesores(as) Jefes entregarán sus evaluaciones y apreciaciones en forma escrita a alumnos y padres, acompañando el informe de calificaciones del semestre. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar TGS 10

11 DE LA CALIFICACIÓN Artículo 10º El desempeño en las asignaturas se evaluará con notas en un rango de 1 a 7, con un decimal, aproximando la centésima. Por ejemplo, 5,45 se aproxima a 5,5 y 6,34 se aproxima a 6,3. Artículo 11º Se aplicará un examen final a los alumnos que: a. A raíz de ausencias prolongadas u otro motivo justificado, no hubieren sido calificados en una o más asignaturas, en uno de sus semestres. En este caso, deberán rendir examen en aquellas asignaturas en que requiera completar sus calificaciones. La nota obtenida en este, vale como nota semestral en la asignatura. Cualquier otra decisión para este tipo de casos, será determinada por el Rector y el Equipo Directivo del respectivo del sector del colegio. b. En 3º Año de Educación Media, podrían rendir examen final, aquellos alumnos que reprueben dos asignaturas y no alcancen el promedio exigido para su promoción. La ponderación de estos exámenes, en este ultimo caso, será de un 30% de la calificación final anual de la o las asignaturas rendidas. El Rector del Colegio se reserva el derecho a autorizar la rendición de los mismos. Artículo 12º La calificación semestral del estudiante, en cada sector o subsector, se hará promediando ponderadamente las calificaciones parciales obtenidas en cada período. Artículo 13º La nota mínima de aprobación es 4,0. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar TGS 11

12 DE LA PROMOCIÓN Artículo 14º La calificación obtenida por los alumnos en la asignatura de Religión, no incide en su promoción. Artículo 15º Para la promoción de los alumnos de 7º, 8º Básico, 1º, 2º, 3º y 4º Año de Enseñanza Media, se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de los subsectores de aprendizaje o asignaturas del plan de estudio y la asistencia. 1) Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos/as que: a. En 7º, 8º Básico, 1º, 2º, 3º y 4º Año de Enseñanza Media, aprueben todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio. b. En 7º, 8º Básico, 1º, 2º, 3º y 4º Año de Enseñanza Media, no aprueben una asignatura, siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio general de 4,5 o superior, incluido el subsector o asignatura no aprobada. c. En 7º, 8º Básico, 1º, 2º, 3º y 4º Año de Educación Media, no aprueben dos asignaturas, siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio general de 5,0 o superior, incluidos las asignaturas reprobados. No obstante lo anterior, en el caso de los alumnos de 3º y 4º Medio, si entre las dos asignaturas no aprobados, se encuentran las asignaturas de, Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemática, los alumnos/as, serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio final igual o superior a 5,5. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de las dos asignaturas no aprobadas. 2) Respecto de la asistencia: a. Para ser promovido el alumno/a deberá asistir, a lo menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los alumnos/as en eventos nacionales e internacionales en el área de deportes, cultura, ciencias y artes. b. Por causas de salud u otras debidamente justificadas el Rector, previa información del/la Profesor/a Jefe, Oficina Académica, Psicóloga, Jefe de Nivel, Equipo Directivo, podrá autorizar la promoción de alumnos/as con porcentajes menores de asistencia. 1) De la repitencia: a. Los alumnos/as de 7º, 8º Básico, 1º, 2º, 3º y 4º Año de Enseñanza Media que no cumplan con los requisitos de logro de objetivos y/o asistencia establecidos en presente artículo repetirán el curso correspondiente. Artículo 16º Situaciones especiales de alumnos regulares no consideradas en el presente reglamento (ingreso tardío a clases, ausencias a clases por periodos prolongados, finalización anticipada del año escolar, certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, la literatura, las ciencias y las artes, intercambios u otras razones), serán decididos por el área a la cual pertenecen éstos, con el (la) Jefe (a) de Nivel, Equipo Directivo, previa aprobación del Rector del Colegio. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar TGS 12

13 Artículo 17º Para convenir la finalización anticipada del año escolar de un alumno, éste debe cumplir con los siguientes requisitos: 1. Tener realizado a lo menos un semestre completo, con el registro de notas y promedios en el libro de clases digital, en todos las asignaturas del plan de estudios. 2. El apoderado debe solicitar el documento de cierre anticipado al Director de Pastoral del área respectiva, dicha solicitud debe venir respaldada por: c. Enfermedad: Certificado original del o los médicos especialistas, señalando claramente que el alumno se encuentra en tratamiento e imposibilitado de continuar en el colegio. Informe del Jefe de Nivel. Informe de la Psicóloga del colegio d. Viaje al extranjero u otra situación: Documentación original que acredite y respalde la causa por la que realiza la solicitud de situación especial de evaluación y promoción. En aquellos casos en que el cierre de año escolar sea solicitado por un especialista del área de Salud Mental, el alumno podrá hacer uso de este beneficio sólo una vez en el transcurso de su vida escolar, en el Senior School entre 7o básico y 4o año medio inclusive. Artículo 18º Todas las situaciones de evaluación de 7º, 8º Básico, 1º, 2º, 3º y 4º Año de Enseñanza Media, quedarán resueltas dentro del período escolar correspondiente. DE LA PERMANENCIA Artículo 19º Tanto para los alumnos de la básica como de la media, The Grange School permite la repitencia en el Colegio, por una vez durante la vida escolar del alumno/a, siempre que el inglés no sea lo que obstaculice su aprendizaje y tal instancia sea de real beneficio del alumno/a. Se exceptúa de esta norma la repitencia en Cuarto Año de Enseñanza Media. DE LA CERTIFICACIÓN Artículo 20º Se entregará a todos los alumnos un Certificado Anual de Estudios que indique las asignaturas con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. Dicho certificado no podrá ser retenido. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar TGS 13

14 Artículo 21º Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, por curso, y de cada alumno: j. Nombre completo k. Cédula nacional de Identidad l. Fecha de nacimiento m. Sexo n. Calificaciones finales de cada subsector, asignatura y actividad de aprendizaje. o. Promedio general p. Calificación final de Religión q. Situación final r. Observaciones, en caso que se requiera. Artículo 22º Obtendrán la Licencia de Enseñanza Media todos los alumnos(as) que hubieren aprobado el 4 año Medio. DE LAS DISPOSICIONES FINALES Artículo 25º Las disposiciones del presente reglamento deberán ser informadas a los alumnos(as), padres y apoderados del Colegio al inicio de cada año escolar. Artículo 26º El presente reglamento entrará en vigencia a contar del 03 de marzo de Artículo 27º El Rector de The Grange School, previo conocimiento de la opinión del Consejo Directivo, podrá proponer modificaciones al presente reglamento, que sean convenientes y necesarias para la gestión educativa de la comunidad escolar de conformidad con el párrafo tercero de los considerandos del Decreto 511 del 8 mayo de 1997 y su modificaciones por los Decretos 158 del 21 de junio de 1999 y Decreto 107 de febrero de 2003 y por los D.S. Nº 112/99 D.S. Nº 83/2001. Richard R Benammar. La Reina, Febrero de Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar TGS 14