Manual de Políticas y Procedimientos Para el Trámite de Viáticos y Pasajes MANUAL DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL TRÁMITE DE VIÁTICOS Y PASAJES

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1 MANUAL DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL TRÁMITE DE VIÁTICOS Y PASAJES 1

2 ÍNDICE 1. OBJETIVO 3 2. NORMAS Y POLÍTICAS Sujetos Definiciones Comisiones Autorizaciones Restricciones Erogaciones que se pueden efectuar con la asignación de viáticos Otorgamiento de pasajes nacionales De la comprobación Comprobación de viáticos y pasajes nacionales Principales requisitos legales, fiscales y administrativos que debe cubrir la 7 documentación comprobatoria de gastos en el caso de viáticos nacionales Responsabilidades relativas a los viáticos y pasajes nacionales Otorgamiento de pasajes locales con o sin pernocta Reintegros 8 3. TARIFAS Operación de la Tarifa Tarifas de viáticos FORMATOS 11 Solicitud de viáticos 11 Comprobación de viáticos 12 2

3 1. OBJETIVO La Fundación de la Universidad Veracruzana A.C., acorde con las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal que se deberá observar, da a conocer el siguiente documento que contiene las normas, políticas y tarifas para la aplicación de viáticos y pasajes locales y nacionales, con el objeto de regular las comisiones oficiales que habrán de observar los trabajadores de las diferentes áreas y departamentos de la Fundación, derivados de las funciones o tareas a desempeñar fuera del lugar de adscripción y el horario laboral sea mayor al establecido. 2. NORMAS Y POLÍTICAS 2.1 Sujetos: Las presentes normas, políticas y tarifas de viáticos nacionales y pasajes son aplicables a los trabajadores que sean comisionados para el cumplimiento de los objetivos de sus programas o para el desempeño de las funciones que tienen encomendadas, o bien a un lugar distinto al de su adscripción en los términos referidos en el apartado. 2.2 Definiciones: Para efectos del presente manual, se entenderá por: Comisión: Es la tarea o función oficial conferida al personal, para que realicen por razones de su empleo o cargo, sus actividades en un sitio distinto al de su lugar de adscripción. Comprobante: Documento que sirve de prueba de un desembolso en efectivo, y que reúne requisitos fiscales y administrativos señalados en la normatividad vigente. Comprobación de viáticos: Documento mediante el cual, el trabajador comisionado declara los gastos efectivamente erogados durante la comisión, registrando por una parte los comprobados que reúnan requisitos fiscales (facturas); y por otra el desglose de los gastos permitidos para erogar por concepto de viáticos. Lugar de adscripción: Aquel en que se encuentra ubicada el área o el centro de trabajo y cuyo ámbito geográfico delimita el desempeño de la función del trabajador. Oficio de Comisión: Documento oficial que debe contener la autorización y designación del trabajador comisionado, así como el objetivo, sus funciones, la temporalidad, destino y duración de la comisión, que servirá como justificante de la erogación que se realice. 3

4 Pasaje: Asignación destinada a cubrir el costo de transportación del lugar de adscripción del trabajador, al lugar o lugares en que se efectuará la comisión oficial y viceversa, de carácter nacional. Tarifa: Tabla que consigna los montos máximos diarios por nivel y zona, que se otorgan por concepto de viáticos. Transporte Local: Es el servicio consistente en el traslado del trabajador comisionado, a través del transporte público urbano o de taxi, cuyo costo es cubierto mediante la asignación del viático, en el transcurso de una comisión oficial. Peajes: Es el pago que se efectúa como derecho para poder circular por un camino (Casetas). Viático: Asignación destinada a cubrir los costos por hospedaje, alimentación, pasaje, transporte local, combustible, peajes o estacionamiento a usar con motivo de la comisión y llamadas telefónicas oficiales o tarjeta telefónica prepagada, durante el desempeño de una comisión oficial. Requisito Fiscal. Se entiende por éste a la información que debe cumplir la documentación comprobatoria de viáticos y pasajes que proporcione el trabajador comisionado, que se encuentra contenida en el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y las leyes fiscales y/o tributarias respectivas. Requisito Administrativo: Son los datos de control interno que debe cumplir la documentación comprobatoria de viáticos y pasajes. 2.3 Comisiones: Las comisiones nacionales siempre deben atender los aspectos siguientes: - La comisión debe estar relacionada con las funciones que realiza el trabajador comisionado y que sean estrictamente necesarias para dar cumplimiento con los objetivos de la Fundación. - Estar determinadas en el calendario de trabajo de las unidades administrativas conforme a programas prioritarios, salvo que se trate de comisiones derivadas de situaciones urgentes, imprevistas y plenamente justificadas. - Apegarse a criterios de austeridad y aplicación racional de los recursos, y considerar lo siguiente: Que la comisión contribuya al mejoramiento de la operación y productividad de la Fundación. El número de trabajadores que sean enviados a una misma comisión deben reducirse al mínimo indispensable. Su autorización debe estar en función de los criterios anteriores y a los resultados esperados de acuerdo con los objetivos y metas de los programas a cargo. 4

5 2.4 De la Autorización: El desempeño de cualquier tipo de comisión oficial deberá contener la autorización del titular del programa y en su caso el trabajador de mayor jerarquía dentro del área de trabajo. La autorización del oficio de comisión constituye la justificación para la asignación de viáticos y pasajes. La Fundación de la Universidad Veracruzana, A.C. autorizará en forma anual las erogaciones por conceptos de pasajes y viáticos de acuerdo con el presupuesto elaborado. No se autorizarán comisiones que tengan por objetivo desempeñar servicios de alguna organización, institución, partido político o empresa privada diferente. 2.5 Restricciones: Queda prohibido a los titulares de las áreas administrativas facultadas, en quien se delegue la responsabilidad para asignar comisiones: 1. Autorizar el pago de viáticos y pasajes para sufragar gastos de terceras personas o de actividades ajenas al servicio oficial. 2. Efectuar erogaciones de viáticos y pasajes, que no obedezcan al estricto cumplimiento de funciones o comisiones debidamente autorizadas. 3. Cubrir con los recursos asignados a las partidas antes señaladas, complementos a las remuneraciones del personal. 4. Otorgar boletos de viaje con fines de cortesía o promoción social. 5. Asignar comisión alguna al personal que se encuentre disfrutando de período vacacional. 6. Otorgar viáticos a trabajadores que adeuden comprobantes y/o reembolsos por concepto de viáticos no devengados, de comisiones anteriores. 2.6 Erogaciones que se pueden efectuar con la asignación de viáticos Hospedaje: Sólo se podrá efectuar una erogación diaria por concepto de hospedaje. Transporte Local: El transporte local, consiste en el traslado del trabajador comisionado, prestado mediante servicio público urbano o de taxi, según corresponda en los siguientes casos: a) Del punto de origen, a la terminal. b) Que requiera en el lugar en donde se desarrolle la comisión. c) De la terminal, a su punto de origen. Para efectos del presente manual, no se considera transporte local el arrendamiento de vehículos. 5

6 La comprobación mediante el Desglose de gastos por concepto de transportación local, no será válida cuando el trabajador se traslade en vehículo oficial o particular y se le cubran las cuotas de peaje y gastos de combustible o registre erogaciones por concepto de estacionamiento, excepto en caso fortuito o fuerza mayor. Combustible: El pago de esta erogación será cuando el comisionado se traslade en vehículo oficial o particular siempre y cuando el vehiculo particular tenga un contrato en comodato con la Fundación. Peajes: La erogación de las casetas será solo por la comisión oficial. El registro de las erogaciones por combustible y peajes, sólo se podrá realizar cuando el trabajador se traslade en vehículo oficial o particular. Estacionamiento: Lugar de paga donde se puede dejar el vehículo de la comisión por tiempo determinado. Alimentación: Los trabajadores comisionados, podrán registrar hasta tres erogaciones por concepto de alimentos por día de calendario, sin rebasar el monto autorizado de viáticos y no deben contener bebidas alcohólicas. Llamadas telefónicas oficiales: Las erogaciones que por concepto de llamadas telefónicas oficiales efectúe el trabajador comisionado, no deberán exceder de $50.00 diarios; a menos que se encuentren desglosadas en la factura de hotel, en caso de que se haya asignado teléfono celular, por ningún motivo se aceptarán erogaciones adicionales por llamadas telefónicas facturadas en el hotel así como tarjetas telefónicas. 2.7 Otorgamiento de pasajes nacionales Los trabajadores que autoricen la asignación de pasajes, seleccionarán el medio de transporte idóneo considerando los aspectos siguientes: a) Lugar de destino y medios de transporte existentes. b) Trascendencia de las funciones a desarrollar. c) Ventajas en los costos de los diversos medios de transporte y en las clases o modalidades del servicio. Queda prohibida la adquisición de boletos de primera clase y clase de negocio ( business class o clase premier ) o equivalentes. Si el trabajador comisionado se traslada en vehículo propio, deberá comprobarlo debidamente y justificar el motivo de utilización de su vehículo, a fin de que se le otorgue la cuota respectiva por concepto de combustible, a razón de 1 litro por cada 5 kilómetros recorridos, del lugar de adscripción al lugar en que se realizó la comisión, y así mismo se cubrirán las cuotas de peaje efectivamente erogadas. 2.8 De la comprobación Las áreas ejecutoras, deberán verificar los días efectivos de comisión reportados por el personal, con objeto de validar que la fecha de emisión de la factura de hotel se encuentre dentro del período de la comisión. 6

7 En el término de tres días hábiles posteriores al término de la comisión, el trabajador comisionado será responsable de proporcionar a la Unidad de Contabilidad de la Fundación a través de sus respectivas coordinaciones administrativas, la comprobación de los viáticos recibidos. En los casos que se cancele y/o reprograme una comisión, se dará conocimiento de esta circunstancia a la Coordinación Administrativa dentro del término de 24 horas, para los trámites correspondientes. Si la cancelación es definitiva el comisionado tendrá que hacer el reintegro total del efectivo entregado para viáticos. En el formato de comprobación de viáticos se anexará la siguiente documentación: Comprobación de Viáticos y pasajes nacionales Talón del pasajero o boleto electrónico en el caso de avión, o en su caso boleto de autobús (talón de viajero); comprobantes de peaje y consumo de gasolina en caso de utilizar vehículo oficial o particular. Factura de hotel. Factura de alimentación. Comprobantes de aquellos gastos permitidos en este Manual Principales requisitos legales, fiscales y administrativos que debe cubrir la documentación comprobatoria de gastos en el caso de viáticos nacionales. Documentos originales Asegurarse que los comprobantes fiscales recabados con motivo de la comisión cumplan con las siguientes características: 1. Los documentos deberán estar a nombre de Fundación de la Universidad Veracruzana A.C. (Forzosamente debe incluir las siglas A.C.), con Registro Federal de Contribuyentes FUV KI4 y como domicilio fiscal el ubicado en CALLE VERACRUZ NO 46 INT 2 Y 3 FRACCIONAMIENTO POMONA Código Postal Con el Impuesto al Valor Agregado desglosado. 3. Facturas pegadas en hojas tamaño carta y firmadas por el comisionado en el cuerpo de la factura sin obstruir dato alguno del comprobante. 4. No tener remarcaciones, tachaduras ni enmendaduras. 5. En caso de que la factura indique ticket anexo se deberá anexar el ticket correspondiente. Cuando las facturas de hotel contemplen alimentación, deberán venir desglosados. Cuando el importe total de los gastos relacionados en el desglose pormenorizado de los mismos sea superior al monto de los viáticos otorgados, el responsable de la comprobación de los recursos lo aceptará siempre y cuando esté debidamente justificado y autorizado por el responsable del área y deberá reintegrarse, solicitándolo dentro de la comprobación de viáticos Responsabilidades relativas a los viáticos y pasajes nacionales Cabe mencionar que de conformidad con lo señalado en el artículo 109, fracción XIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de viáticos, cuando sean efectivamente erogados en servicio del patrón y se compruebe esta circunstancia con documentación de terceros que reúna los requisitos fiscales. 7

8 2.8.4 Otorgamiento de pasajes locales con o sin pernocta Los pasajes locales se pagarán al personal en activo, por concepto de transportación derivada del traslado de su lugar de adscripción a otro diferente, dentro de la zona conurbada de la ciudad de que se trate, en los siguientes casos: 1. Cuando para la realización de las actividades ordinarias o extraordinarias de carácter oficial el trabajador deba transportarse de su lugar de adscripción a otra instalación. 2. Cuando por razones del servicio, sea necesario que el trabajador inicie o termine sus labores fuera de su lugar de adscripción. En ningún caso las áreas administrativas podrán asignar pasajes locales para complementar las remuneraciones del personal. En casos excepcionales y justificados, y por razones de seguridad, se autorizará el pago de transportación local (taxi) al personal que por necesidades de operación del servicio, que requieran el traslado de su lugar de adscripción a otro diferente y la labor se diera con salida posterior a las 20:00 horas, y que no cuenten con vehículo propio Reintegros El trabajador comisionado, reintegrará directamente a la unidad ejecutora dentro de los tres días hábiles siguientes al término de la comisión los importes no erogados, o de aquellos comprobantes que no cumplan con los requisitos fiscales y/o administrativos. 3. TARIFAS 3.1 Operación de la tarifa Las tarifas establecen los montos máximos de la asignación autorizada para el pago de viáticos, en períodos mayores o inferiores de 24 horas, estableciendo cuotas por zona geográfica local y nacional, mismas que incluyen los gastos de hospedaje y alimentación, que son erogados por el personal en el desempeño de la comisión conferida. Los gastos de naturaleza distinta a los descritos en el párrafo anterior, que se realicen durante la comisión, previa justificación, podrán cubrirse con cargo a la partida específica, atendiendo a la suficiencia presupuestaria así como a los lineamientos de austeridad vigentes. En la comprobación de los viáticos, para la alimentación de las personas, el trabajador no podrá incluir consumos de bebidas alcohólicas ni efectos personales tales como: souvenirs, cremas corporales, desodorantes, bloqueadores solares, pasta dental, jabones, cepillos de dientes, shampoo, navajas de rasurar, lociones, fijadores de cabello, libros, revistas, etc. En ningún caso se podrán erogar recursos para el pago de terceras personas, por lo que, el trabajador deberá abstenerse de desglosar este tipo de gastos. Asimismo, se reitera que los viáticos son otorgados de manera 8

9 individual y que su comprobación debe ser de la misma forma; por lo tanto no se aceptarán facturas de hotel donde estén relacionados más de dos trabajadores comisionados a menos que el oficio de autorización establezca el número de personas comisionadas y la persona responsable de los viáticos. La dotación de viáticos, en períodos mayores a 24 horas, será en función de las pernoctas, y el documento comprobatorio indispensable será la factura de hotel debidamente requisitada, que ampare las noches que hizo uso del servicio; en el caso de que el último día de la comisión no se pernocte, y el trabajador en el cumplimiento de su labor realice algún gasto, se estará en la posibilidad de otorgar viáticos con tarifa sin pernoctar, es decir, en la misma comisión se pueden mezclar las diferentes tarifas establecidas para viáticos, quedando bajo responsabilidad y consideración del área ejecutora, el uso adecuado de este último precepto. Cuando por necesidades del servicio, la comisión incluya la permanencia de los trabajadores en varias poblaciones o entidades federativas distintas, la cuota que se asigne será la que marque la tarifa correspondiente a cada una de ellas, de acuerdo con el número de días de estancia en cumplimiento de la comisión. En los casos excepcionales en que coincida la estancia en dos o más localidades en un mismo día, se aplicará la tarifa de la localidad en que se pernocte. Al personal que por necesidades del servicio se le comisione por tiempo menor a 24 horas y tenga que regresar el mismo día a su lugar de adscripción, se le otorgarán las cuotas que se marcan en la tarifa correspondiente y que comprenden los conceptos de alimentación, transporte local y cualquier otro gasto similar, siempre y cuando el lugar de comisión se encuentre a una distancia mayor de 50 kilómetros de su lugar de adscripción. 9

10 3.2. Tarifa de Viáticos Región de origen Lugar de la Comisión Xalapa Ver-Boca del Río Córdoba-Orizaba Poza Rica-Tuxpan Coatza-Mina México Alimentos Hospedaje Alimentos Hospedaje Alimentos Hospedaje Alimentos Hospedaje Alimentos Hospedaje Alimentos Hospedaje Xalapa Veracruz-Boca del Río Córdoba-Orizaba Poza Rica-Tuxpan Coatza-Mina México

11 SOLICITUD DE VIATICOS 4. Formatos Lugar y fecha Por medio del presente solicito el monto de viáticos para la comisión a la que fui designado y que a continuación se detalla: Nombre: Datos Generales del Comisionado Puesto: Área y región a la que pertenece: Datos de la Comisión Lugar (Ciudad y Estado): Días de comisión : Motivo: Tipo de viáticos Boletos Gasolina Taxis Peajes Alimentos Hospedaje Otros Total Solicitado Ajuste Total Autorizado Importe autorizado Importe en letra $ El interesado declara que: El importe recibido será ejercido exclusivamente en los conceptos correspondientes de viáticos autorizados. Observaciones Firmas Comisionado Autorizó Jefe inmediato del comisionado Revisión y entrega de los viático Área administrativa 11

12 COMPROBACIÓN DE VIÁTICOS Lugar y fecha Nombre: Puesto: Área y región a la que pertenece: Lugar (Ciudad y Estado): Días de comisión : Datos Generales del Comisionado Datos de la Comisión Desglose de viáticos Tipo de viáticos Fecha No. de comprobante Proveedor Importe Total de gastos comprobados $ Importe entregado para viáticos $ Diferencia (Efectivo a entregar o importe por cobrar) $ Firmas Comisionado Vo.Bo. Jefe inmediato del comisionado Recibido Área administrativa 12

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