MANUAL DE POLÍTICAS PARA EL TRÁMITE Y CONTROL DE VIÁTICOS, PASAJES Y GASTOS DE CAMPO/CAMINO

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1 ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS MANUAL DE POLÍTICAS PARA EL TRÁMITE Y CONTROL DE VIÁTICOS, PASAJES Y GASTOS DE CAMPO/CAMINO

2 Introducción El presente documento describe el procedimiento para la solicitud y autorización de viáticos y pasajes, así como para la comprobación de éstos; guiando a los servidores públicos adscritos al Organismo Público Descentralizado Régimen Estatal de Protección Social en Salud sobre la forma, requisitos y plazos que se deben cumplir, antes y después de las comisiones asignadas, a fin de que los recursos para el cumplimiento de dichas comisiones se les proporcionen oportunamente y sean comprobados de la misma forma. El Manual se integra por los siguientes apartados: Introducción Presentación Objetivo Disposiciones Generales Políticas Generales 1.- Generalidades 2.- Sujetos 3.- Autorizaciones para el otorgamiento de viáticos y combustibles 4.- De las comisiones 5.- De los pasajes 6.- Zonificación 7.- Operación de las Tarifas 8.- Gastos de Campo/Camino 9.- De la comprobación de viáticos Anexos (Formatos) El presente manual podrá ser revisado, actualizado o modificado cuando la necesidad o la ley, así lo requieran a fin de que se constituya como una herramienta de trabajo eficiente y eficaz. Presentación El Organismo Público Descentralizado Régimen Estatal de Protección Social en Salud, acorde con las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal que se deben observar, así como en apego a los principios de transparencia y acceso a la información, presenta el siguiente Manual que contiene las normas, políticas y tarifas para la aplicación de viáticos y pasajes locales, nacionales e internacionales con el objeto de regular las comisiones oficiales que han de observar los servidores públicos de este Organismo Descentralizado de la Administración Pública Estatal, derivados de las funciones o tareas a desempeñar fuera del lugar de adscripción y el horario laboral mayor al establecido. Con fundamento en el Título Tercero del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; los Lineamientos Generales y Específicos de Disciplina, Control y Austeridad Eficaz de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo; artículos 8 fracciones I y II del Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado Régimen Estatal de Protección Social en Salud (REPSS); artículo 14 fracciones I y II del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado Régimen Estatal de 1

3 Protección Social en Salud, y demás ordenamientos aplicables al ejercicio de los recursos; y con la finalidad de que sea una herramienta administrativa que facilite el trámite de viáticos, se presenta este Manual de Políticas para el Trámite y Control de Viáticos, Pasajes y Gastos de Campo/Camino. Este documento permite contar con los elementos normativos que regulen de manera homogénea la solicitud, ministración y comprobación de los viáticos y pasajes, para que los servidores públicos cumplan con el desarrollo de las actividades que se les asignen fuera de su centro de trabajo. La aplicación de este Manual pretende homologar los procedimientos y montos en materia de viáticos y pasajes, el cual contiene las tarifas nacionales e internacionales actualizadas para el ejercicio presupuestal correspondiente, así como los documentos a los que deberán apegarse los servidores públicos del REPSS. Objetivo Establecer un mecanismo de control interno así como proporcionar a las áreas de este Organismo la normatividad, criterios y procedimientos para la asignación, autorización y ejercicio de viáticos, pasajes y gastos de campo/camino, apegándose estrictamente al rango autorizado para cada una de las partidas y al otorgamiento de los recursos económicos indispensables para los servidores públicos, de conformidad con las tarifas establecidas que permitan el eficiente y oportuno desarrollo de sus actividades durante el desempeño de las comisiones oficiales, siempre y cuando sean en un lugar distinto al de su adscripción. Disposiciones Generales El presente manual es de cumplimiento general para todos los servidores públicos del REPSS, que cubran comisiones oficiales derivadas del desempeño de sus funciones dentro y fuera del País, así como para los titulares que los autorizan que coadyuvan en su asignación y comprobación correspondientes. No se podrán establecer mayores requisitos que los previstos en este Manual, salvo lo dispuesto por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Asimismo, se ejercerán los recursos destinados a viáticos, pasajes y gastos de campo/camino de manera transparente sujetándose a las restricciones y cuotas máximas señaladas en este ordenamiento. Políticas Generales Las presentes políticas y tarifas de viáticos, pasajes y gastos de campo/camino nacionales e internacionales son aplicables a los servidores públicos que sean comisionados por el REPSS para el cumplimiento de los objetivos de sus programas o para el desempeño de las funciones que tienen encomendadas, o bien a un lugar distinto al de su adscripción en los términos referidos en el apartado Asignación de viáticos, pasajes y gastos de campo/camino por niveles. 2

4 Es necesario establecer políticas claras que permitan al REPSS administrar los recursos públicos destinados a viáticos, pasajes y gastos de campo/camino con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas. En cumplimiento de la política de austeridad establecida por el Ejecutivo Estatal mediante la normatividad y conforme a cada ejercicio fiscal lo requiera, las comisiones oficiales se reducirán al mínimo indispensable. Los gastos para la realización de comisiones deberán ser los estrictamente necesarios para contribuir al eficaz y eficiente cumplimiento de los objetivos de los programas o funciones del REPSS. Los gastos por concepto de viáticos, pasajes y gastos de campo/camino para las comisiones se deben ejercer bajo criterios de austeridad y racionalidad para dar cumplimiento a los objetivos del Sistema de Protección Social en Salud (SPSS). Las políticas que a continuación se enuncian son de carácter obligatorio para todos los servidores públicos que integran el REPSS: MANUAL DE POLÍTICAS PARA EL TRÁMITE Y CONTROL DE VIÁTICOS, PASAJES Y GASTOS DE CAMPO/CAMINO. 1. GENERALIDADES COMISIÓN.- Actividades encomendadas al personal en servicio del REPSS que deban ejecutarse fuera del lugar de su adscripción a más de 50 Kilómetros, salvo las autorizadas por el Director General. VIÁTICOS.- Asignaciones económicas destinadas a cubrir los gastos de alimentación y hospedaje del personal del REPSS, cuando el desempeño de sus labores y comisiones temporales tengan que realizarse en lugares distintos al de su adscripción. PASAJES.- Asignaciones económicas destinadas a cubrir el costo de transportación del personal en los ámbitos estatal, nacional o internacional. En esta partida deberán incluirse los peajes y otro tipo de cuotas cubiertas en el traslado al lugar de la comisión. GASTOS DE CAMPO/CAMINO.- Aquellas asignaciones económicas destinadas a cubrir los gastos de alimentación u otros gastos en servicios relacionados en el desarrollo de las funciones del personal operativo en activo en localidades rurales, semiurbanas y urbanas. COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES.- Asignaciones económicas destinadas a cubrir los gastos de combustibles y lubricantes únicamente cuando el personal designado tenga que realizar la comisión en vehículo oficial; queda prohibido el uso y asignación de combustibles y lubricantes para vehículos particulares salvo casos 3

5 excepcionales y totalmente justificados, que cuenten con la autorización del Director General. La cuota de combustible se cubrirá de acuerdo a las distancias oficiales, a razón de lo siguiente: VEHÍCULOS No. De cilindros Rendimiento promedio por litro 4 6 a 8 km por litro 6 5 a 7 km por litro 8 4 a 6 km por litro El pago de viáticos y gastos de campo se ajustará a los presentes lineamientos y a las tarifas autorizadas por el Órgano de Gobierno del REPSS, siendo responsabilidad de los servidores públicos comisionados su estricta observancia y aplicación. En ningún caso podrán otorgarse viáticos como forma de complementar el sueldo y/o compensaciones de los servidores públicos. En apego al cumplimiento de la política de austeridad establecida por el Ejecutivo Estatal, únicamente deberán otorgarse viáticos por los días estrictamente necesarios para el desempeño de la comisión. 2. SUJETOS Servidores Públicos del REPSS que en el ejercicio de sus funciones sean comisionados a un lugar distinto al de su adscripción. Sólo se podrá comisionar a personal en activo, que no disfrute de periodo vacacional o de cualquier tipo de licencia NIVELES DE APLICACIÓN Las áreas deberán mantener la debida congruencia entre el nivel de gasto de viáticos y pasajes con respecto al grado de responsabilidad del servidor público, la naturaleza de la comisión desempeñada y el beneficio obtenido; para lo cual deberán apegarse a la siguiente clasificación de puestos en la aplicación de tarifas: Niveles de Aplicación I. Director General II Directores de Área III. Subdirectores IV. Jefes de Departamento y demás servidores públicos 4

6 3. AUTORIZACIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS Y COMBUSTIBLES 3.1. Toda solicitud por este concepto deberá tramitarse ante la Dirección Administrativa como mínimo con un día de anticipación a la fecha de comisión, presentando para ello el Oficio de Comisión (Anexo 1) debidamente requisitado, el cual deberá llevar la firma autógrafa, y no facsímil de quien autoriza. En casos excepcionales y justificados de comisiones de última hora la Dirección Administrativa contará con personal suplente que autorice y radiquen los recursos administrativos correspondientes. El Director General, los Directores de Área y los Subdirectores son los únicos servidores públicos facultados para autorizar al personal a su cargo comisiones oficiales al interior del país, pudiendo delegar mediante oficio la facultad de su suscripción, por lo cual no se aceptarán firmas por ausencia. La Junta de Gobierno será la autoridad facultada para autorizar comisiones oficiales al extranjero del personal del REPSS Para otorgar viáticos el REPSS deberá considerar: Los niveles de aplicación se establecen en función al cargo del comisionado según el Punto La zonificación Nacional e Internacional se encuentra establecida en el Punto Las tarifas de viáticos Nacionales e Internacionales, así como los gastos por los conceptos de transportación, hospedaje y peaje. Se encuentran señalados en el Punto 7. Para la ministración de viáticos los comisionados tramitarán el formato de Requerimientos de Viáticos (Anexo 2) adjuntando el Oficio de Comisión (Anexo 1), el cual quedará provisionalmente como justificante de la erogación y en carácter de sujeto a comprobar hasta en tanto el comisionado compruebe el monto total asignado a través del formato "Registro Único de Comisiones al Personal" (Anexo 3). Asimismo, una vez aprobado el Requerimiento de Viáticos (Anexo 2) por el Departamento de Caja éste deberá notificar a la Subdirección de Recursos Financieros para justificar la erogación. Para que el servidor público atienda la comisión los viáticos se autorizarán de acuerdo a los días estrictamente necesarios, considerando para estos efectos únicamente las noches pernoctadas y su monto se determinará de acuerdo al nivel jerárquico del comisionado y la zona que corresponda al lugar de destino establecido en la tarifa de viáticos del punto 7. 5

7 3.3. No se autorizarán viáticos cuando: a) Los recursos destinados para tal efecto sean utilizados con el objeto de sufragar gastos de terceras personas o de actividades ajenas al servicio oficial o como complementos de las remuneraciones del personal. b) El servidor público que acumule una comisión sin haberla comprobado y/o reintegrado o adeude comprobantes y/o re-embolsos por concepto de viáticos no devengados de una comisión anterior. En caso de que la comprobación este en proceso de revisión, presentando el acuse de recibo, se procederá a aprobar el viático. c) La comisión oficial se realice dentro de la zona conurbada o se encuentre a una distancia menor de 50 kilómetros del domicilio fiscal del REPSS (20 de Noviembre No. 580, Col. Álvaro Obregón, C. P , Xalapa, Veracruz) y que esté comprendida en su horario normal de labores, salvo casos excepcionales autorizados por el Director General. d) El comisionado se encuentre en periodo vacacional o de cualquier otro tipo de licencia. 4. DE LAS COMISIONES 4.1. Las comisiones nacionales o internacionales siempre deben atender los aspectos siguientes: a) La comisión debe estar relacionada con las funciones que realiza el servidor público comisionado y que sean estrictamente necesarias para dar cumplimiento a los objetivos, programas y proyectos del REPSS. b) Apegarse a criterios de austeridad y aplicación racional de los recursos y considerar lo siguiente: I. Que la comisión contribuya al cumplimiento de los objetivos, programas y proyectos del REPSS. II. III. Que el número de servidores públicos enviados a una misma comisión se reduzca al mínimo indispensable. Su autorización debe estar en función de los criterios anteriores y a los resultados esperados de acuerdo con los objetivos y metas de los programas a cargo del REPSS. Que las comisiones oficiales constituyan la justificación para la asignación de viáticos y pasajes. 6

8 4.2. Las comisiones al interior del país no podrán ser mayores a quince días naturales consecutivos, salvo lo establecido en el Punto 9.6. En casos excepcionales el Director General, los Directores de Área o los Subdirectores podrán autorizar el otorgamiento de viáticos y pasajes para comisiones que requieran mayor duración de la establecida en estas políticas, siempre y cuando dichos periodos se encuentren debidamente justificados; dicha autorización se hará mediante comunicado dirigido al Titular de la Dirección Administrativa para su registro y gestión correspondiente. Las comisiones internacionales no deberán exceder de veinte días naturales consecutivos. En caso de que la comisión sea menor de veinticuatro horas y no se requiera pernoctar sólo se cubrirán los gastos de traslado y alimentación de acuerdo a la duración de la comisión, considerando la proporción establecida en la tarifa para viáticos nacionales marcada en los Puntos 5 y La asignación de comisiones a servidores públicos se establecerán en el documento denominado Oficio de Comisión (Anexo 1), que puede ser nacional o internacional y deberá vincularse al cumplimiento de actividades prioritarias relacionadas con las funciones sustantivas del REPSS y cumplir los siguientes aspectos: a) En el anexo mencionado, se deberá establecer específicamente cada uno de los lugares a los cuales se acudirá para dar cumplimiento a la comisión. b) Las comisiones se deben asignar únicamente a servidores públicos que se encuentren en la plantilla de personal autorizada y en servicio activo, por ningún motivo deberán ser asignadas a servidores públicos que se encuentren disfrutando de periodo vacacional o de cualquier otro tipo de licencia. c) Las comisiones deben ser las estrictamente necesarias y realizarse en días laborables, salvo en casos justificados por el titular del REPSS. d) Por ningún motivo se otorgarán viáticos y pasajes para sufragar gastos de terceras personas o la realización de actividades ajenas al servicio oficial, con excepción de los eventos de protocolo. e) El Director General, podrá autorizar la asignación de comisiones ininterrumpidas, en días no laborables marcados en el calendario oficial, al personal operativo (personal eventual de brigadas, personal de MAO s, Supervisores) en función del oportuno cumplimiento de los planes anuales trabajo y metas establecidas. 7

9 4.4. No se autorizarán comisiones y sus correspondientes asignaciones de viáticos y pasajes en los siguientes casos: a) Para desempeñar servicios distintos a las funciones propias del REPSS o en alguna otra organización, institución, partido político o empresa privada. b) Otorgarlas en calidad de cortesía. c) Para desempeñar comisiones en otras Dependencias o Entidades de las Administraciones Públicas Federal, Estatal y/o Municipal, salvo en casos de que por concurrencia de programas el representante participe o apoye actividades afines o por convenio. d) Cuando se pretenda asignar a un mismo servidor público varias comisiones para desempeñarlas simultáneamente. El servidor público comisionado deberá rendir un informe al jefe inmediato que autorice la comisión. Así mismo, para efectos de comprobación se deberá utilizar el Anexos 4 en el que señalará la conclusión de los resultados de manera sucinta En caso de cancelarse una comisión de manera definitiva al área solicitante deberá notificarlo por escrito a la Dirección Administrativa a fin de efectuar lo conducente, asimismo el comisionado deberá reintegrar el importe de los viáticos otorgados en un plazo máximo de dos días hábiles contados a partir de la cancelación respectiva. En caso de diferirse la comisión será necesario que se sustituya el Oficio de Comisión y Solicitud de Viáticos y Pasajes. 5. DE LOS PASAJES La adquisición de pasajes aéreos y otros servicios de agencias de viajes que se requieran para el desempeño de la comisión, deberán requisitarse a través del Anexo 1 Oficio de Comisión y ajustarse al siguiente marco operativo: a) Los pasajes aéreos y servicios de hospedaje deberán ser adquiridos por el comisionado a través de agencias o empresas que faciliten la pronta disposición de estos servicios, con el fin de no entorpecer la operación de los objetivos del REPSS, a precio promedio inferior en el mercado que no exceda de las tarifas de viáticos y pasajes establecidas, sin evitar las medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal. Únicamente se podrá utilizar el traslado por avión a aquellas localidades que excedan de 300 kilómetros de distancia. Por excepción este medio de transporte podrá utilizarse para distancias menores, siempre que el motivo 8

10 de la comisión se relacione con la atención de situaciones derivadas de desastres naturales, contingencias y/o emergencias. El personal comisionado deberá solicitar a la Dirección Administrativa mínimo tres días antes el boleto de avión, mediante copia debidamente requisitada de los Anexos 1 y 2. Por excepción este término podrá variar siempre que él se relacione con la atención de situaciones derivadas de desastres naturales, contingencias y/o emergencias. La transportación aérea que se solicite deberá contar invariablemente con la autorización del Titular del REPSS, y se autorizará únicamente cuando sea indispensable para cumplir con los objetivos institucionales de la comisión, de acuerdo a las categorías establecidas en los Lineamientos Generales y Específicos de Disciplina, Control y Austeridad eficaz de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado, debiendo ajustarse el servicio a la categoría más económica en todos los niveles jerárquicos. Sólo se podrán adquirir en las agencias de viaje paquete todo incluido (VTP), cuando el área correspondiente justifique ante la Dirección Administrativa un ahorro con respecto al monto de la tarifa establecida para la comisión. Tratándose de transportación terrestre el otorgamiento y adquisición de pasajes se justificará en los mismos términos que los pasajes aéreos; sin embargo, en caso de que el personal comisionado utilice vehículo oficial o propio, este último bajo su estricta responsabilidad, para trasladarse al lugar de la comisión, la Dirección Administrativa deberá cubrir el costo de peajes y combustibles calculando la gasolina según el número aproximado de kilómetros a recorrer, divididos entre el número de kilómetros por litro y multiplicando el cociente por el precio de un litro de gasolina magna vigente a la fecha de la comisión de acuerdo a lo establecido en el Punto 1. Cuando por las necesidades inherentes a las actividades a desarrollar por el comisionado sea necesario la utilización de taxis se procurará en la medida de lo posible buscar taxis que expidan comprobantes (taxis de sitio o controlados), de lo contrario este gasto se deberá señalar en el formato correspondiente (Anexo 4). Así mismo, en los casos en que el personal comisionado requiera utilizar el servicio de estacionamiento procurará buscar lugares que expidan comprobantes de lo contrario este gasto se deberá señalar en el formato (Anexo 4). El REPSS podrá realizar asignaciones económicas adicionales a las de combustibles, tales como las destinadas a cubrir gastos de lubricantes, únicamente cuando el personal designado presente los Comprobantes Fiscales debidamente requisitados y realice la comisión en vehículo oficial o propio, siempre y cuando la localidad de destino se encuentre a más de 250 kilómetros de la plaza de adscripción del servidor público. 9

11 Para el pago de pasajes de autobús y tren las categorías autorizadas por nivel se describen a continuación: Tipo de Transporte Tipo Categoría Niveles de Aplicación (según lo establecido en el punto 2.1) Lujo I Autobús y Tren II Primera Clase III IV Para dar cumplimiento a los Lineamientos Generales y Específicos de Disciplina, Control y Austeridad Eficaz de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado, se procederá al arrendamiento de vehículos cuando se consideren plenamente justificados y sea indispensable para cumplir con el objetivo de la comisión, así como su contratación resulte necesaria y se justifique plenamente ante la Secretaría de Finanzas y Planeación y la Contraloría General del Estado, mediante dictamen que elabore el área usuaria el cual deberá contar con la autorización del Director General del REPSS así como la autorización del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenación de Bienes Muebles del REPSS, de acuerdo a lo siguiente: Renta de Vehículos Rubro Categoría Niveles de Aplicación Tamaño Mediano I Renta de Vehículos Tamaño Compacto II III IV *Camioneta Económica Todos los niveles de aplicación * Cuando por el volumen de equipo y/o número de pasajeros se justifique la renta de una camioneta ésta deberá ser de la categoría más económica disponible. 10

12 6. ZONIFICACIÓN Zonificación para la asignación de Viáticos Nacionales Entidad Federativa I II Aguascalientes Baja California Baja California Sur Campeche Coahuila de Zaragoza Colima Chiapas Chihuahua Distrito Federal Durango Guanajuato *Guadalupe *Juárez *Praxedis G. Guerrero Todo el Distrito Guerrero Resto del Estado *Acapulco de Juárez Hidalgo Jalisco Resto del Estado *Guadalajara *El Salto *Tlajomulco de Zúñiga *Tlaquepaque *Tonalá *Zapopan Estado de México Resto del Estado *Atizapán de Zaragoza *Coacalco de Berriozábal *Cuautitlán *Cuautitlán Izcalli *Ecatepec de Morelos *Naucalpan de Juárez *Tlalnepantla de Baz *Tultitlán Michoacán de Ocampo Morelos Nayarit Nuevo León Resto del Estado *Apodaca *General Escobedo *Guadalupe *Monterrey *Santa Catarina *San Nicolás de los Garza *San Pedro Garza García Oaxaca Puebla Querétaro de Artega Quintana Roo San Luis Potosí Sinaloa Sonora *Aconchi *Alamos *Arivechi *Arizpe *Agua Prieta *Altar *Atil *Bacum 11

13 Sonora Tabasco Tamaulipas Tlaxcala Yucatán *Bacadéhuachi *Bacanora *Bacerac *Bacoachi *Banámichi *Baviácora *Bavispe * Cumpas *Divisaderos *Fronteras *Granados *Huauchinera *Huásabas *Huépac *Mazatán *Moctezuma *Nácori Chico *Nacozari de García *Onavas *Quiriego *Rayón *Rosario *Sahuaripa *San Felipe de Jesús *San Javier *San Pedro de la Cueva *Soyopa *Tepache *Ures *Villa Hidalgo *Villa Pesqueira *Yécora *Abasolo *Burgos *Bustamante *Casas *Cruillas *Güemes *Hidalgo *Jaumave *Jiménez *Llera *Mainero *Méndez *Miquihuana *Padilla *Palmillas *San Carlos *San Nicolás *Soto la Marina *Tula *Victoria *Villagrán *Benito Juárez *Benjamín Hill *Caborca *Cajeme *Cananea *Carbó * Cucurpe *Empalme *Etchojoa *General Plutarco Elías Calles *Guaymas *Hermosillo *Huatabampo *Imuris *La Colorada *Magdalena *Naco *Navojoa *Nogales *Opodepe *Oquitoa *Pitiquito *Puerto Peñasco *San Ignacio Río Muerto *San Luis Río Colorado *San Miguel de Horcasitas *Santa Ana *Santa Cruz *Sáric *Suaqui Grande *Trincheras *Tubutama *Aldama *Altamira *Antigüo Morelos *Camargo *Ciudad Madero *El Mante *Gómez Farías *González *Guerrero *Gustavo Díaz Ordaz *Matamoros *Mier *Miguel Alemán *Nuevo Laredo *Nuevo Morelos *Ocampo *Reynosa *Río Bravo *San Fernando *Tampico *Valle Hermoso *Xicoténcatl 12

14 Veracruz de Ignacio de la Llave Zacatecas Resto del Estado *Agua Dulce *Coatzacoalcos *Coatzintla *Cosoleacaque *Las Choapas *Ixhuatlán del Sureste *Minatitlán *Moloacán *Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río *Poza Rica de Hidalgo *Tuxpan Belice Costa Rica Cuba Chile Dominicana, República Guatemala Jamaica Nicaragua Panamá Puerto Rico Venezuela Zonificación para la asignación de Viáticos Internacionales Continente Americano Países y Zonas I II III Antillas Menores* Bolivia Argentina Brasil Bahamas Canadá Bermudas Ecuador Colombia Estados Unidos El Salvador Guyana Honduras Haití Surinam Paraguay Perú Uruguay Tabla 9* En las Antillas menores están comprendidas. Granada, Guadalupe, Trinidad, San Vicente, Martinica, Tobago, Bonaire, Granaditas, Barbados, Margarita, Curazao, Sta. Lucía y Dominica. Albania Andorra Bulgaria Mónaco Polonia República Checa República Eslovaca Tabla 10 Continente Europeo Países y Zonas I II III Austria Dinamarca Hungría Irlanda Islandia Letonia Luxemburgo Noruega Rusia Alemania Bélgica España Finlandia Francia Gran Bretaña Grecia Holanda Italia Malta Portugal Rumania San Marino Suecia Suiza Afganistán Bangladesh Brunei Corea del Sur Continente Asiático Países y Zonas I II III Arabia Saudita Bután Corea, Rep. Popular China Bahrein Birmania Emiratos Árabes Unidos Filipinas 13

15 Chipre República Árabe Siria India Indonesia Irak Jordania Kuwait Líbano Nepal Pakistán Singapur Tabla 11 Hong Kong Maldivas Mongolia Taiwan Vietnam Irán Israel Japón Reino de Camboya Katar Laos Malasia Omán Siria Sri Lanka Tailandia Turquia Yemen, Rep. Arabe Yemen, Rep. Democ. Pop. Zambia Sudáfrica Mauritania Gabón Libia Angola Djibouti Gambia Leshoto Namibia Somalia Togo Zimbabwe Pakistán Singapur Tabla 12 Tabla 13 Continente Africano Países y Zonas I II III Argelia Etiopia Senegal Egipto Marruecos Mozambique Kenia Sudán Bofutatsuana Costa de Marfil Guinea Ecuatorial Sao Tome y Príncipe Suazilandia Túnez Ghana Mali Tanzania Sierra Leona Alto Volga Seychellas Botswana Burundi Cabo Verde Camerún Rep. Centro Africana Islas Comoras Congo Chad Guinea Guinea Bissau Liberia Madagascar Malawi Mauricio Níger Nigeria Ruanda Beníng Zaire Uganda Oceanía Países y Zonas I II III Todo el Continente 14

16 7. OPERACIÓN DE LAS TARIFAS Tarifas para viáticos nacionales Niveles de Aplicación Director General Directores de Área Subdirectores Concepto Hospedaje Alimentos Total Hospedaje Alimentos Total Hospedaje Alimentos Total Z O N A S I II , , , , , , , Jefes de Departamento Hospedaje Alimentos Total , , Demás Servidores Públicos Hospedaje Alimentos Total , , Para efectos de cálculo el monto destinado para alimentos tendrá la siguiente proporción: desayuno 25%, comida 50% y cena 25%. Las tarifas para viáticos internacionales (dólares) Niveles de Aplicación Z O N A I II III Director General Directores de Área Subdirectores Jefes de Departamento Demás Servidores Públicos Las cuotas de viaje y pasaje nacionales e internacionales incluyen los gastos de hospedaje, alimentación, y transporte hacia el lugar de la comisión, asimismo los gastos de la transportación local o estacionamiento, la pérdida cambiaria y cualquier otro similar o conexos que sean cubiertos por el personal y estrictamente necesarios para el desempeño de la comisión serán extraordinarios Tarifas Diferenciadas/Excepciones Cuando un servidor público acompañe a un superior jerárquico a una comisión o tratándose de eventos grupales en un hotel sede, se podrá otorgar previa autorización del Director General la misma tarifa que se asigne a dicho superior o la tarifa que cubra el hotel sede. 15

17 7.2. Estancias Tratándose de comisiones que comprendan la estancia en distintas poblaciones, entidades federativas o países, la cuota que se asigne será la que marque la tarifa aplicable en cada una de las zonas económicas o país de que se trate de acuerdo al número de días de estancia en cada lugar, lo cual deberá precisarse en el Oficio de Comisión y el Requerimiento de Viáticos y Pasajes. En los casos en que coincida la estancia en dos o más localidades o países en un mismo día se aplicará la tarifa de la zona económica o país en que se pernocte. Las tarifas para viáticos nacionales deberán cubrirse invariablemente en moneda nacional, conforme a la zona económica de que se trate a partir de la fecha de la comisión. 8. DE LOS GASTOS DE CAMPO/CAMINO 8.1 Las tarifas aplicables a Gastos de Campo/Camino Las tarifas aplicables a Gastos de Campo/Camino se asignarán de acuerdo a lo siguiente: Niveles de Aplicación Concepto Tarifa Servidores Públicos Desayuno $ pertenecientes a los MAO s (No Comida $ incluye MAO Xalapa) Cena $ Para Gastos de Campo/Camino Para Gastos de Campo/Camino, se asignarán las tarifas arriba citadas, cuando la distancia de traslado vía terrestre sea menor o igual de 50 Km y el retorno se realice el mismo día, los cuales excepcionalmente serán comprobables con sellos de permanencia. 8.3 Las tarifas establecen los montos autorizados para Gastos de Campo/Camino Las tarifas establecen los montos autorizados para Gastos de Campo/Camino, mismas que incluirán los gastos que erogue el Servidor Público durante el periodo de Trabajos de Campo, para el desarrollo de las actividades operativas del Organismo, en los lugares de tránsito y en el destino de éstos, por concepto de: Alimentación. 16

18 9. DE LA COMPROBACIÓN DE VIÁTICOS 9.1. Los recursos que se otorguen al personal comisionado por concepto de pasajes y viáticos se comprobarán en su totalidad con la documentación que ampare el gasto efectuado, misma que deberá cumplir con los requisitos fiscales dispuestos en el artículo 29-A, 29-B, 29-C y 29-D del Código Fiscal de la Federación o a través de notas de consumo que contengan la leyenda Régimen de Pequeños Contribuyentes incluyendo el Registro Federal Contribuyente (RFC) de quien expida dicho documento. La comprobación de viáticos y pasajes nacionales e internacionales será de la siguiente manera: a) Oficio de Comisión (Anexo 1). b) Requerimiento de Viáticos (Anexo 2). c) Registro Único de Comisiones al Personal (Anexo 3). d) Comprobantes Fiscales (Anexo 6). I. Talón del pasajero, pase de abordar o boleto electrónico cuando se trate de avión, para el caso de autobús boleto (talón de viajero), comprobantes de peaje y consumo de gasolina si se utiliza vehículo oficial o particular. II. Comprobante fiscal de hotel. III. Comprobante fiscal de alimentación. Será responsabilidad del comisionado anexar invariablemente en las comprobaciones de viáticos los Comprobantes Fiscales de hotel y alimentos con el desglose de impuestos correspondiente, y tratándose de pasajes el boleto de avión acompañado del pase de abordar o el boleto de pasaje terrestre. No se autorizarán por ningún motivo comprobaciones y casetas excedentes al requerimiento autorizado. En el supuesto de que por necesidades en el servicio se requiera la extensión de una comisión se deberá realizar el trámite correspondiente que cubra la nueva temporalidad. En caso de que el comprobante fiscal indique ticket anexo se deberá anexar éste. Los Comprobantes Fiscales de hotel y los correspondientes a la alimentación contendrán el desglose de gastos debidamente requisitado con cargo a la partida de viáticos. Dicha comprobación deberá ser por el total de los recursos que le fueron asignados para la realización de la comisión. 17

19 9.2. Hospedaje La documentación comprobatoria de hospedaje deberá contener la descripción de los días de ocupación; en caso de hospedarse dos o más personas en la misma habitación los comisionados solicitarán comprobante fiscal por separado a la administración del hotel. El servidor público no podrá incluir los importes por propinas ni por consumos por efectos personales tales como: souvenirs, cremas corporales, desodorantes, bloqueadores solares, pasta dental, jabones, cepillos de dientes, champú, navajas de rasurar, lociones, fijadores de cabello, libros, revistas, etc Alimentos La documentación comprobatoria de alimentos deberá especificar la fecha correspondiente. En las erogaciones generadas por consumos nacionales e internacionales, deberán descontarse los importes que correspondan al pago de bebidas alcohólicas y cigarros, los comprobantes fiscales que incurran en este supuesto deberán señalar los artículos no pagados y la cantidad por la que deben ser consideradas Pasajes Por ningún motivo se aceptará la comprobación del gasto si no se cuenta con el boleto de avión o de transportación terrestre, salvo cuando la comisión se realice en vehículo oficial o propio. Cualquier boleto extraviado lo pagará invariablemente el comisionado, salvo en casos excepcionales o extraordinarios y debidamente justificados que autorice el Órgano Interno de Control, en términos de lo dispuesto por el artículo 273 del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Cuando se adquiera en las agencias de viaje paquetes todo incluido (VTP) deberá separarse para comprobación el gasto por concepto de pasaje aéreo, hospedaje y/o alimentos adquiridos por este medio. Queda prohibida la adquisición de boletos de primera clase denominados business class o superior para vuelos nacionales. En vuelos internacionales que por tramo sencillo, es decir, viaje del comisionado de la ciudad de origen a la ciudad de destino, tengan una duración superior de cuatro horas, siempre que se cuenten con recursos presupuestarios suficientes, se podrán adquirir pasajes aéreos con categoría de negocios o su equivalente business class únicamente para el caso de los titulares superiores u otros funcionarios que se autoricen expresamente en la normativa aplicable, contando con la autorización del Titular del REPSS. 18

20 9.5. Combustible La documentación comprobatoria de combustible que se recibirá será la siguiente: Si se otorgó dinero en efectivo se presentara FACTURA que cumpla con todos los requisitos fiscalmente establecidos conforme a la ley de la materia. Si se otorgaron vales se deberá presentar TICKET ELECTRÓNICO emitido por la estación de servicio que corresponda. En ambos casos deberá anotarse a éstos el kilometraje que marca el odómetro, tipo de vehículo, modelo, color, placas y el nombre de conductor. De igual manera no se dotará de combustible si no se encuentran al corriente en sus respectivas comprobaciones, mismas que deberán realizarse a más tardar al quinto día hábil que concluya la comisión correspondiente, salvo los casos expuestos en el Punto Registro Único de Comisiones al Personal El servidor público comisionado del REPSS dentro de los cinco días hábiles siguientes al último día de la comisión deberá presentar ante la Subdirección de Recursos Financieros del REPSS, el "Registro Único de Comisiones al Personal" (Anexo 3), adjuntando la documentación comprobatoria en original y el informe de la comisión. En el caso del personal de los Módulos de Afiliación y Orientación (MAO s), debido a la distancia a la que se encuentran respecto a la sede de oficinas centrales situada en Xalapa, Veracruz, podrá remitir la documentación correspondiente a través de sus Supervisores, en un plazo no mayor a quince días hábiles. Para el caso de las comisiones consecutivas el término de los cinco quince días hábiles no serán considerados siempre y cuando dichas comprobaciones sean enviadas en el periodo consecutivo de la siguiente comisión, para que al término de las mismas solo quede pendiente la comprobación de la última comisión. La comprobación de viáticos nacionales será al 100% con comprobantes que reúnan los requisitos fiscales, asimismo no se aceptará comprobación de gastos en lugares y fechas distintas a las establecidas en la comisión. Cuando algún documento comprobatorio no cumpla con lo establecido en este Manual, procede su devolución, debiendo el comisionado reintegrar su importe a más tardar el segundo día hábil a partir de la fecha en que fue devuelto. Si pasado el lapso de los días hábiles antes señalados el comisionado no presenta la documentación comprobatoria o no realiza la liquidación respectiva, la Subdirección de Recursos Financieros al día hábil siguiente 19

21 procederá a requerir por escrito dicha comprobación mandando un oficio al Titular del Área y marcando copia al comisionado y al Titular del Órgano de Control Interno en el REPSS, suspendiendo simultáneamente cualquier otra ministración de viáticos, pasajes y/o combustibles. Si al término de tres días hábiles posteriores al haber recibido el oficio descrito en el párrafo anterior el comisionado persiste con la falta de comprobación, entonces la Dirección Administrativa del REPSS a través de la Subdirección de Recursos Humanos procederá a dar cumplimiento a la autorización previamente firmada por el comisionado para el cobro vía nómina de los recursos no comprobados en términos de la normatividad legal aplicable, en concordancia con lo señalado en el Anexo 2 Formato de Requerimiento de Viáticos, comunicándolo al Director General, los Subdirectores Jurídico, de Recursos Humanos y de Recursos Financieros, y al Órgano Interno de Control en el REPSS. En caso de que la documentación comprobatoria ampare una cantidad menor a los viáticos otorgados, el comisionado deberá reintegrar los recursos remanentes junto con los Anexos 1, 3 y 4 a la Subdirección de Recursos Financieros. Lo anterior se realizará a través de depósito en efectivo en las condiciones y cuentas bancarias que se señalan en el Anexo 7, así mismo la ficha de depósito deberá de anexarse a la comprobación correspondiente. En los remanentes de viáticos internacionales los reintegros podrán realizarse en la moneda de origen, entregando a la Subdirección de Recursos Financieros dichos recursos la cual procederá a efectuar el depósito correspondiente. En los casos de cancelación de la comisión y siempre que se cuente con el depósito o cheque original se efectuará la devolución del mismo a la Dirección Administrativa debidamente cancelado y con la justificación correspondiente, dentro de los dos días hábiles posteriores a la cancelación de la comisión. La comprobación de viáticos internacionales se realizará presentando la documentación comprobatoria del gasto según la legislación del país visitado, copia del documento que precise la fecha y destino de la comisión y los respectivos pases de abordar, así como la relación detallada de los gastos efectuados especificando claramente el concepto, moneda e importe de los mismos, firmada por el servidor público comisionado, conforme al formato del Anexo 5, según corresponda; en caso de monedas diferentes a las de las tarifas internacionales deberán presentar el comprobante de la adquisición de divisas. 20

22 9.7. DE LAS BRIGADAS DE OPERACIÓN La duración de las comisiones cuando se trate del personal eventual de los Operativos de Brigadas, será definida por el Director de Área correspondiente y autorizada por el Director General. Dicha autorización se hará mediante comunicado dirigido al Titular de la Dirección Administrativa para su registro y gestión correspondiente. Los recursos que se otorguen a este tipo de personal por concepto de viáticos y pasajes se comprobarán con la documentación siguiente: a) Oficio de Comisión (Anexo 1). b) Requerimiento de Viáticos (Anexo 2). c) Registro Único de Comisiones al Personal (Anexo 3). d) Comprobantes de peaje y consumo de gasolina si se utiliza vehículo oficial o particular. En los casos en que en las localidades rurales de comisión no se pudiesen recabar documentos comprobatorios con los requisitos fiscales el comisionado deberá justificarlos con una relación-constancia (Anexo 4), incluyendo el desglose pormenorizado de los gastos validada con su firma autógrafa y la de su jefe inmediato, así como por el Director de Área o el Subdirector a la que se encuentre asignado, así como presentar los formatos correspondientes donde se señala el gasto realizado por concepto. Estos documentos nunca serán aceptados en comisiones a localidades urbanas o lugares donde existan establecimientos que proporcionen documentación comprobatoria con requisitos fiscales. Las tarifas aplicables para este personal, que comprenderán los conceptos de alimentación (desayuno, comida y cena) y hospedaje, que serán utilizados de acuerdo a las necesidades del comisionado y conforme a la normatividad aplicable indicada por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, serán las siguientes: a) Para las Brigadas de Operación $ (cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) diarios. Las tarifas se actualizarán de acuerdo a los lineamientos que emita la Comisión Nacional de Protección Social en Salud DEL VISTO BUENO DE LA DOCUMENTACIÓN DE VÍATICOS Y PASAJES Acorde a las políticas de simplificación administrativa y con la finalidad de incrementar la eficiencia de gestión, así como la efectividad del uso del tiempo y las capacidades de los funcionarios públicos en actividades más 21

23 sustantivas, y en virtud de que los Anexos contenidos ya fueron validados y autorizados por servidores públicos facultados, se presenta para su conocimiento de la Dirección General relación detallada por comisionado durante el periodo, mediante el Anexo 8 Relación de Documentación Comprobatoria de Viáticos del REPSS para Visto Bueno (Vo. Bo.) del Director General. 10. DEL CONTROL Y VIGILANCIA. Corresponde al Órgano Interno de Control cuya adscripción corresponda al REPSS, la estricta vigilancia del cumplimiento de estas políticas y procedimientos establecidos. El Órgano Interno de Control se encargará de vigilar la correcta aplicación y destino de los recursos por concepto de viáticos y gastos de viaje para efectuar comisiones. 11. DE LAS SANCIONES. El personal activo facultado para el trámite, autorización y control de viáticos y pasajes, así como quienes tienen carácter de comisionados son responsables de las irregularidades en que incurran, haciéndose acreedores a las sanciones previstas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, sin perjuicio de aplicar las disposiciones civiles y penales correspondientes. 12. DE LA VIGENCIA. Las disposiciones contenidas en el presente Manual entrarán en vigor, una vez que sean autorizadas por la Junta de Gobierno del REPSS. Al final de cada ejercicio, las áreas que integran el REPSS podrán presentar a la Subdirección de Planeación y Evaluación las propuestas de modificación y/o actualización de las disposiciones contenidas en este Manual. La Subdirección de Planeación y Evaluación del REPSS, será el área responsable de presentar durante el primer trimestre del ejercicio que corresponda, el Proyecto de Manual debidamente actualizado a la Dirección General para su validación y en su caso, para que se presente para su autorización a la Junta de Gobierno. 22

24 Anexo 1. Formato de Oficio de Comisión

25 Folio: Clasificación: 4C3 Identificación de la unidad Responsable REPSS / / Xalapa, Veracruz a NOMBRE CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO COMISIONADO Presente Por medio del presente se le instruye cumplir la comisión que se detalla a continuación: *LUGAR DE COMISIÓN: PERIODO DE COMISIÓN: MOTIVO DE LA COMISIÓN: Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Atentamente "SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN" DIRECTOR DE ÁREA o SUBDIRECTOR NOMBRE C.c.p. Lic. Luis Felipe Serna Olivares. Subdirector de Recursos Humanos. Para su conocimiento. Presente. * En comisión a Localidades anotar el municipio al que pertenece

26 Anexo 2. Formato de Requerimiento de Viáticos

27 FORMATO DE REQUERIMIENTO DE VIATICOS FOLIO: CLASIFICACIÓN: FECHA DE SOLICITUD: NÚM. OFICIO DE COMISIÓN R.F.C. NOMBRE DEL COMISIONADO PERIODO DE LA COMISIÓN LUGAR DE COMISIÓN MOTIVO DE LA COMISIÓN HOSPEDAJE ALIMENTOS ALIMENTOS GASTOS DE CAMINO PASAJES TAXIS CASETAS COMBUSTIBLE $ DÍAS TOTAL $ DÍAS TOTAL DESAYUNO $ COMIDA $ CENA $ DÍAS $ DÍAS $ DÍAS $ $ DÍAS TOTAL TOTAL COMBUSTIBLE EFECTIVO $ TOTAL $ OBSERVACIONES VEHÍCULO SOLICITA Vo. Bo. OPERATIVO AUTORIZA NOMBRE COMISIONADO NOMBRE DIRECTOR DE ÁREA O SUBDIRECTOR NOMBRE DIRECTOR ADMINISTRATIVO Con pleno conocimiento del Manual de Políticas para el Trámite y Control de Viáticos y Pasajes, me comprometo a realizar la comprobación de los gastos efectuados en la comisión dentro de los plazos establecidos. De no realizarlo, en términos de la normatividad laboral aplicable, autorizo se haga el cargo y descuento vía nómina de los recursos no comprobados o reintegrados. Sello de Recepción C.C.P. SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS.- Conocimiento

28 Anexo 3. Formato de Registro Único de Comisiones al Personal

29 REGISTRO ÚNICO DE COMISIONES AL PERSONAL Presentar solo para comprobación de Viáticos Folio No.: Fecha: Datos de la Unidad Responsable Clave: Nombre: DIRECCIÓN GENERAL DEL RÉGIM EN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD Datos del Servidor Público Comisionado: Nombre: Cargo: Adscripción: Residencia: Nivel y Zona: Nivel Zona RFC: III III Datos Sobre Viáticos y Gastos de Viaje: Nacional: Destino Inicio Periodo Término No.Días Cuota por día Importe de Viáticos Alimentación y Hospedaje Solo Alimentación Solo Hospedaje Totales: Importe Total de Viáticos (Número) (Letra) Tipo de Transporte Vehículo Avión Autobús Tren Placas Importe $ Importe $ Importe $ Km. Salida Km. Regreso Otro: Importe $ Combustibles y Lubricantes Peajes Efectivo Vales Total Importe Total de Gastos de Viaje (Número) (Letra) Importe de otros (Traslados locales, teléfonos y telefax) (Número) (Letra) Importe Total de Viáticos, Gastos de viaje y otros otorgados: (Número) (Letra) Con esta fecha, acuso de recibido los importes aquí consignados por concepto de viáticos, así como el boleto de avión, autobús o cuota de combustible y peajes respectivos, y me doy por enterado de la comisión a realizar.concluida la comisión, me comprometo a efectuar la comprobación correspondiente en un término no mayor de tres días hábiles,en caso contrario reintegraré el importe de este anticipo. NOMBRE DEL COMISIONADO XALAPA, VER., A DE DE ANVERSO

30 REGISTRO ÚNICO DE COMISIONES AL PERSONAL Partidas Presupuestales a Afectar: Pasajes, Viáticos Nacionales para labores del campo y de supervisión y Peajes Combustibles y Lubricantes / Datos sobre la Comisión Hojas adicionales a la presente. Objetivo de la Comisión Asistir a la reunión a celebrada en la Comisión Nacional de Protección Social en Salud Principales actividades a desarrollar: Hojas adicionales a la presente. Asistir al Director General en la reunión celebrada en la Comisión Nacional de Protección Social en Salud Documentos de Comprobación De Viáticos y Gastos de Viaje: Importe $ Administrativos de la Comisión: Hospedaje (factura de hotel) Oficio de Comisión Alimentación Constancia de Permanencia Boleto de avión, autobús o tren Programas de trabajo Combustibles y Lubricantes Actas circunstanciadas Peajes Otros Traslados locales Teléfonos y telefax Gastos sin comprobantes según anexo Importe Total de Viáticos y Gastos de Viaje Comprobados: (Número) (Letra) Reintegro a favor de la Dependencia: (Número) (Letra) Reintegro a favor del Servidor Público: (Número) (Letra) Autorización Vo. Bo. OPERATIVO Vo. Bo. ADMINISTRATIVO. DIRECTOR DEL ÁREA NOMBRE DIRECTOR ADMINISTRATIVO Informe de la Comisión De acuerdo a la normatividad vigente en la materia, me permito informarle los resultados de la Comisión efectuada. Informe: Declaración: En caso de ser necesario, hojas anexas a la presente. Declaro bajo protesta de decir la verdad, que los casos contenidos en este formato son los solicitados y manifiesto tener conocimiento de las sanciones que se aplicarán en caso contrario. NOMBRE DEL COMISIONADO REVERSO

31 Anexo 4. Formato y Justificación de Gastos de Viáticos sin Comprobantes

32 SEGURO POPULAR FECHA HOJA No. RELACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE GASTOS DE VIÁTICOS SIN COMPROBANTES, EFECTUADOS EN LA COMISIÓN A DEL AL DE DE. FECHA LOCALIDADES MUNICIPIO CONCEPTO IMPORTE Subtotal: Total: $ J U S T I F I C A C I Ó N: CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 46, FRACCIONES I Y III DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO, MANIFIESTO Y DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS ASENTADOS EN ESTE FORMATO SON VERÍDICOS. EN CASO CONTRARIO, ACEPTO LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA A LA QUE ME HAGA ACREEDOR, SEGÚN LO ESTIPULADO EN EL NUMERAL 53 DEL ORDENAMIENTO CITADO. MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS ASENTADOS SON REALES Vo. Bo. OPERATIVO AUTORIZA ADMINISTRATIVO NOMBRE COMISIONADO NOMBRE DIRECTOR DEL ÁREA O BUBDIRECTOR NOMBRE DIRECTOR ADMINISTRATIVO

33 Anexo 5. Formato de la Relación de Documentación Comprobatoria

34 OTROS PEAJES PASAJES ALIMENTOS Y HOSPEDAJE Folio DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS RELACION DE DOCUMENTACION COMPROBATORIA HOJA DE NOMBRE DEL COMISIONADO: LUGAR (ES) DE COMISION: ADSCRIPCION: PERIODO DE COMISION: OF. DE COMISION No. F EC H A F OLIO D E F A C T UR A Y SER IE N OM B R E D E LA R A Z ÓN SOC IA L D EL EST A B LEC IM IEN T O RFC IM P OR T E T OT A L P OR F A C T UR A IM P OR T E GLOB A L P OR P R OVEED OR M ARCA PLACAS No. ECONOM ICO COM BUSTIBLE OTORGADO: COM BUSTIBLE CONSUM IDO: DATOS DEL VEHICULO TIPO KM. DE SALIDA KM. DE LLEGADA TOTALES (-) ANTICIPO SALDO A CARGO A FAVOR OBSERVACIONES: H A GO C ON ST A R D E LA A UT EN T IC ID A D, VER A C ID A D Y P R OC ED EN C IA D E LA C OM P R OB A C ION D E LOS GA ST OS D E C OM ISION QUE SE A N EXA N A L P R ESEN T E, R ESP ON SA B ILIZ A N D OM E EN C A SO C ON T R A R IO D E C UA LQUIER A N OM A LIA O IR R EGULA R ID A D A L R ESP EC T O, A C EP T A N D O Y A UT OR IZ A N D O EL D ESC UEN T O VÍ A N OM IN A D EL IM P OR T E P R OC ED EN T E NOMBRE Y FIRMA DEL COMISIONADO RECIBE DOCUMENTOS ORIGINALES LUGAR Y FECHA DE ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN

35 Anexo 6. Formato de Comprobación de Facturas

36 SEGURO POPULAR ESTADO: VERACRUZ. COMPROBACIÓN DE FACTURAS RECURSO "SEGURO POPULAR" VIATICOS FECHA: PROGRAMA: 103C04100 JUSTIFICACIÓN DEL GASTO: RAZON SOCIAL O NOMBRE: FOLIO FACTURA: PARTIDA PRESUPUESTAL: IMPORTE: $ COMISIONADO. Vo. Bo. OPERATIVO Vo. Bo. ADMINISTRATIVO. NOMBRE Y FIRMA DIRECTOR DEL ÁREA NOMBRE DIRECTOR ADMINISTRATIVO DEL REPSS

37 Anexo 7. Cuentas de Reintegro

38 En los viáticos otorgados a través del REPSS los remanentes se depositarán a favor de éste en atención a lo siguiente: PROGRAMA INSTITUCIÓN BANCARIA No. DE CUENTA Desarrollo Humano Oportunidades BANORTE Sistema de Protección Social en Salud (Seguro Popular) BANORTE Tabla: Cuentas de Reintegro (variarán de acuerdo al ejercicio fiscal que corresponda). En los casos excepcionales en que los recursos sean otorgados por la Subdirección de Recursos Financieros a través de las ministraciones autorizadas del presupuesto que transferirá el REPSS en donde está adscrito el comisionado, los reintegros deberán efectuarse en la institución, cuenta bancaria y a favor de quien indique el REPSS. Será estricta responsabilidad del comisionado efectuar los depósitos en las cuentas bancarias correctas, toda vez que en caso contrario los reintegros efectuados no podrán acreditarse como parte de la comprobación de viáticos respectiva.

39 Relación de Localidades del Estado de donde es necesario presentar Comprobantes de Gastos con los Requisitos Fiscales A excepción de las localidades clasificadas como rurales por el INEGI RELACIÓN DE LOCALIDADES DEL ESTADO DE DONDE ES NECESARIO PRESENTAR COMPROBANTES DE GASTOS CON LOS REQUISITOS FISCALES Acajete Acatlán Acayucan Actopan Acula Acultzingo Agua dulce Alpatláhuac Alto Lucero de Gutiérrez Barrios Altotonga Alvarado Amatitlán Amatlán de los Reyes Ángel R. Cabada Antigua, La Apazapan Aquila Astacinga Atlahuilco Atoyac Atzacan Atzalan Ayahualulco Banderilla Benito Juárez Boca del Río Calcahualco Camarón de Tejeda Camerino Z. Mendoza Carlos A, Carrillo Carrillo Puerto Castillo de Teayo Catemaco Cazones de Herrera Cerro Azul Citlaltépetl Coacoatzintla Coahuitlán Coatepec Coatzacoalcos Coatzintla Coetzala Colipa Comapa Córdoba Cosamaloapan Cosautlán de Carvajal Coscomatepec Cosoleacaque Cotaxtla Coxquihui Coyutla Cuichapa Cuitláhuac Chacaltianguis Chalma Chiconamel Chiconquiaco Chicontepec Chinameca Chinampa de Gorostiza Choapas, Las Chocamán Chontla Chumatlán Emiliano Zapata Espinal Filomeno Mata Fortín Gutiérrez Zamora Hidalgotitlán Higo, El Huatusco Huayacocotla Hueyapan de Ocampo Huiloapan de Cuauhtémoc Ignacio de la Llave Ilamatlán Isla Ixcatepec Ixhuacán de los Reyes Ixhuatlán del Café Ixhuatlancillo Ixhuatlán del Sureste Ixhuatlán de Madero Ixmatlahuacan Ixtaczoquitlán Jalacingo Jalcomulco Jáltipan Jamapa Jesús Carranza Jilotepec José Azueta Juan Rodríguez Clara Juchique de Ferrer Landero y Coss Lerdo de Tejada Magdalena Maltrata Manlio Fabio Altamirano Mariano Escobedo Martínez de la Torre Mecatlán Mecayapan Medellín Miahuatlán Minas, Las Minatitlán Misantla Mixtla de Altamirano Moloacán Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río Naolinco Naranjal Naranjos Amatlán Nautla Nogales Oluta Omealca Orizaba Otatitlán

40 RELACIÓN DE LOCALIDADES DEL ESTADO DE DONDE ES NECESARIO PRESENTAR COMPROBANTES DE GASTOS CON LOS REQUISITOS FISCALES Oteapan Ozuluama Pajapan Pánuco Papantla Paso del Macho Paso de Ovejas Perla, La Perote Platón Sánchez Playa Vicente Poza Rica de Hidalgo Pueblo Viejo Puente Nacional Rafael Delgado Rafael Lucio Reyes, Los Río Blanco Saltabarranca San Andrés Tenejapan San Andrés Tuxtla San Juan Evangelista San Rafael Santiago Sochiapan Santiago Tuxtla Sayula de Alemán Soconusco Sochiapa Soledad Atzompa Soledad de Doblado Soteapan Tamalín Tamiahua Tampico Alto Tancoco Tantima Tantoyuca Tatahuicapan de Juárez Tatatila Tecolutla Tehuipango Temapache Tempoal Tenampa Tenochtitlan Teocelo Tepatlaxco Tepetlán Tepetzintla Tequila Texcatepec Texhuacán Texistepec Tezonapa Tierra Blanca Tihuatlán Tlacojalpan Tlacolulan Tlacotalpan Tlacotepec de Mejía Tlachichilco Tlalixcoyan Tlalnelhuayocan Tlaltetela Tlapacoyan Tlaquilpa Tlilapan Tomatlán Tonayán Totutla Tres Valles Tuxpam Tuxtilla Ursulo Galván Uxpanapa Vega de Alatorre Veracruz Vigas de Ramírez, Las Villa Aldama Xalapa Xico Xoxocotla Yanga Yecuatla Zacualpan Zaragoza Zentla Zongolica Zontecomatlán Zozocolco de Hidalgo

41 Anexo 8. Relación de Documentación Comprobatoria de Viáticos del REPSS para Visto Bueno (Vo. Bo.)

42 ANEXO 9 "Relación de Documentación Comprobatoria de Viáticos del REPSS para Visto Bueno (Vo. Bo.) del Director General" Fecha: día mes año El Titular de la Dirección General del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, 44 y 45 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; 11 fracciones I y III del Decreto de Creación del REPSS; y, 17 fraccione I y III del Reglamento Interior del REPSS; hace constar que las comprobaciones de viáticos relacionadas en el siguiente cuadro han sido revisadas y cumplen con los requisitos de ley y lo establecido en la normatividad vigente, por lo que les otorga su Visto Bueno. OFICIO DE COMISIÓN NOMBRE DEL SERVIDOR ÁREA DE ADCRIPCIÓN MONTO DE LA DATOS DE LA COMISIÓN FECHA FOLIO PÚBLICO COMISIONADO COMPROBACIÓN LUGAR PERIODO SOMETE INFORMACIÓN VISTO BUENO NOMBRE DIRECTOR ADMINISTRATIVO NOMBRE DIRECTOR GENERAL

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