Notificaciones y Facultades de. Medios Electrónicos

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1 Notificaciones y Facultades de Comprobación a través de Medios Electrónicos Situación Presente y Futura

2 Notificaciones a través de medios electrónicos Situación previa a la publicación de 3ª Resolución de modificaciones a la RMF 2013 y presente

3 Definición y fundamento de las notificaciones electrónicas Notificación es el medio establecido en el Código Fiscal de la Federación a través del cual la autoridad fiscal da a conocer a los contribuyentes, a los responsables solidarios o a terceros, el contenido de un acto administrativo a efecto de que estén en posibilidad de cumplirlo o de impugnarlo. El artículo 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra establece: Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. De lo anterior se deriva que todo acto administrativo debe ser notificado por escrito y sustentado con los correspondientes fundamentos legales en los que la autoridad competente se soporte. Qué efectos jurídicos tienen las notificaciones? Dar a conocer al contribuyente el contenido de un acto administrativo. Iniciar el cómputo de los términos legales para la interposición de los medios de defensa.

4 Situación previa a la publicación de 3ª Resolución de Modificaciones a la RMF2013 Personalmente o por correo certificado o mensaje de datos con acuse de recibo fr. I Por instructivo en los casos y formalidades del 2º párrafo de Art 137 CFF fr. V Art 134 Notificaciones; forma de efectuarlas CFF Por correo ordinario o telegrama, por actos distintos t de los señalados en fracción ant fr II Por edictos, fallecimiento y no se conoce al representante de la sucesión fr. IV Por estrados cuando el contribuyente no sea localizable en el domicilio señalado fr. III

5 Situación presente, regulación que incide sobre las notificaciones electrónicas El legislador ha incluido en el CFF diversas disposiciones que dan el marco jurídico para que las notificaciones electrónicas estén debidamente reguladas. Notificaciones i por documento digital, it serealizarán enla página de Internet t del Servicio de Administración Tributaria Buzón Tributario (Art. 134 fr I segundo párrafo CFF y 3ª Resolución de Modificaciones a la RMF para /08/2013 Regla II Ficha 1/CFF del Anexo 1-B). Requisitos de los actos administrativos que se deban notificar (Art. 38 frs I, II, III, IV, V CFF). Documentos digitales firmados con FIEL (Art. 17-D párrafos tercero y cuarto). Verificación de integridad y autoría de los documentos digitales con FIEL (Art. 17-I CFF y Regla II RMF Ficha 3/CFF del Anexo 1-B).

6 Notificaciones electrónicas 3a Resolución de Modificaciones a la RMF 2013 Buzón Tributario Con esta nueva herramienta la SHCP a través del Servicio i de Administración i ió Tributaria i (SAT) se coloca como uno de los primeros países en América Latina a la vanguardia en la prestación de servicios tributarios a través de medios electrónicos. RFC y Contraseña para el acceso a Mi Portal en la opción Buzón Tributario Actualización de Correo electrónico y/o número de celular RII2105 R.II Confirmar la actualización del correo con solicitud generada con FIEL Back Contribuyente Notificaciones Resultados Esperados: Electrónicas Contribuyente Plan tiene Director 5 días Front Que los contribuyentes se para firmarla notifiquen electrónicamente Comunicados de una forma más ágil, con oportuna, confiable, sencilla, información de cómoda y segura así como interés emitida por el SAT conocer información de interés emitida por las SAT envía Estrategia y correo Reorganización electrónico SHCP (SAT) Comunicación Interna al recibir la confirmación del correo distintas Unidades Administrativas dependientes de ese Órgano Desconcentrado.

7 Anexo 1-B RMF para 2013 Ficha 1/CFF Notificación electrónica de documentos a través del Buzón Tributario Servicio que brinda? Notificación de Documentos digitales Cuándo se considera realizada? Dentro de los 5 días siguientes a partir de la fecha en la que el SAT envíe aviso vía correo electrónico, de que hay documento digital pendiente de notificarse en el Buzón Tributario. De no abrirlo se tendrá como realizada la notificación al sexto día contado a partir del día siguiente en que fue enviado el aviso. Qué documentos se obtienen? Documento digital (comunicado o notificación electrónica) y acuse de recibo de la notificación electrónica. Dicho documento estará disponible para consulta e impresión un período de tres meses a partir de la notificación. Procedimiento Ingresar a la página de Internet del SAT Acceder a la opción Buzón Tributario del menú principal de Mi portal Seleccionar la opción Notificaciones Electrónicas

8 Interrogantes de la forma de operar por la vía electrónica en materia de notificaciones Se deberá entender que de todos los tipos de notificaciones se efectuarán por el Buzón Tributario? De qué forma el contribuyente va a poder dar respuesta a las notificaciones realizadas por la autoridad? A través de Mi portal en sus diferentes secciones? Tienen contemplado que sea de manera presencial? En qué casos? Depende del tipo de información o documentación requerida? La autoridad asume que una vez transcurrido el plazo de cinco días, posteriores al envío del mensaje por correo electrónico, el contribuyente de manera deliberada no firma en el buzón la recepción de la notificación electrónica? Qué pasa si el contribuyente tiene saturada su bandeja de entrada? Si no lo recibe por problemas técnicos con su cuenta de correo electrónico? Se deja la responsabilidad al contribuyente de estar consultando de manera periódica el Buzón Tributario? Se tiene previsto algo para este tipo de inconvenientes?

9 Notificación Electrónica Marco Jurídico IMEF, 10 de septiembre de 2013

10 Qué es una notificación? Qué es una notificación electrónica? Marco jurídico vigente Notificación electrónica SAT Legislación que en otras materias la contemplan

11 Qué es Qué una Notificación es una notificación? Electrónica? ió La notificación es el acto mediante el cual, de acuerdo con las formalidades legales preestablecidas, se hace saber una resolución judicial o administrativa a la persona a la que se reconoce como interesado en su conocimiento i osele requiere para que cumpla unacto procesal. Pina Milán, Rafael de, Diccionario de derecho,, 1965 La notificación es el acto formal del órgano destinado a comunicar a los interesados, o a cualquier persona a que se refiera, una resolución administrativa o un escrito de un particular que una resolución mande comunicar. López Nieto y Mallo, Francisco, El Procedimiento Administrativo, 1960

12 Qué Qué es es una una Notificación notificación ió electrónica? Electrónica? Acto a través del cual la autoridad fiscal, da a conocer a los contribuyentes el contenido de un acto administrativo emitido en documento digital, por medio de mensaje de datos con acuse de recibo. Artículo 134 CFF Mensaje dedatos:la información generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología. Artículo 89 del Código de Comercio

13 Marco Jurídico Vigente LA NUEVA RELACION TRIBUTARIA Artículo 16 Constitucional Prohibición de los actos de molestia, si no es a través de mandamiento escrito por autoridad competente que funde y motive la causa. Código de Comercio Artículos 89, 89 bis, 90 y 93 Definición, validez origen formalidad de los actos emitidos mediante mensaje de datos.

14 Marco Jurídico Vigente Código Fiscal de la Federación Art. 17 D Efectos de la Firma Electrónica en los documentos digitales i Art. 17 I Verificación de autenticidad de un documento digital Art. 38 Requisitos de los Actos Administrativos a Notificar Art. 134 Formalidades Art. 135 Momento en que surten efecto las notificaciones

15 Marco Jurídico Vigente LA NUEVA RELACION TRIBUTARIA RMF 2013 II Uso del Buzón tributario II Autenticidad de documentos digitales 1/CFF, Anexo 1 B Notificación electrónica de documentos a través del Buzón Tributario 2/CFF, Anexo 1 B Verificación de documentos impresos firmados con FIEL 3/CFF, Anexo 1 B Verificación de documentos digitales (i) firmados con FIEL o (ii) acuse de recibo de la notificación

16 COMPARATIVO DE MARCO JURÍDICO Notificación electrónica SAT LA NUEVA RELACION TRIBUTARIA Resolución Miscelánea Fiscal 2013 Sistema Buzón Tributario, se accede con contraseña Notificaciones electrónicas por documento digital A través de este Buzón se efectúan las notificaciones oficiales relacionadas con los asuntos de su competencia Se genera documento digital y acuse de recibo de la notificación electrónica. dí bi l d t di it l di t d tifi 5 días para abrir los documentos digitales pendientes denotificar De no abrir los documentos en el plazo señalado, se tendrá por realizada la notificación al 6to día

17 COMPARATIVO DE MARCO JURÍDICO Legislación que en otras materias la contemplan Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo Sistema de Justicia en Línea del Tribunal, se accede con Firma Electrónica Todas las promociones pueden presentarse a través de este medio (esquema voluntario) A través de este Sistema se efectúan las notificaciones oficiales relacionadas con los asuntos de su competencia El actuario firma con FIEL y adjunta minuta electrónica resumiendo la actuación o resolución a notificar y los documentos adjuntos y envía correo electrónico a las partes informándoles que se ha dictado una actuación en su Expediente Electrónico disponible en el Sistema. 3 días para generar la constancia de notificación De no generarla en el plazo señalado, se tendrá por realizada la notificación al 4to día (adicionalmente se publica en lista y Boletín Procesal)

18 COMPARATIVO DE MARCO JURÍDICO Legislación que en otras materias la contemplan Ley de Amparo Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación, se accede con Firma Electrónica Todas las promociones pueden presentarse solicitud expresa) a través de este medio (previa A través de este Sistema se efectúan las notificaciones oficiales relacionadas con los asuntos de su competencia A las partes que decidan recibir notificaciones electrónicas les será generada una constancia de la consulta realizada, que acreditará que el usuario se hizo sabedor de una determinación judicial. 2 días para generar la constancia de notificación De no generarla en el plazo señalado, se tendrá por realizada la notificación al 3ro

19 Conclusión El sistema tributario mexicano debe avanzar en la simplificación administrativa, que a su vez fomente el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, mediante el uso de la tecnología. Por ello se dota a la autoridad fiscal de los elementos jurídicos necesarios para legalidad de los actos de notificación y su consecuente defensa. Preguntas?

20 Notificaciones a través de medios electrónicos Situación futura

21 Buzón Tributario Septiembre 2013.

22

23

24 Qué es? Qué es? Es el medio por el cual el SAT realizará la notificación electrónica de los actos administrativos.

25 En qué consiste? Es una dirección electrónica en la que el SAT le deposita al contribuyente los actos que pretende darle a conocer. Qué actos administrativos pueden notificarse de manera electrónica? El Servicio de Administración Tributaria puede notificar por Buzón tributario diferentes El Servicio de Administración Tributaria puede notificar por Buzón tributario diferentes actos administrativos, que una primera etapa, serán aquellos actos que no generen obligaciones o cargas a los contribuyentes.

26 At Actos administrativospueden i ti d notificarse por Buzón tib tributario. t i Resoluciones determinativas de créditos fiscales. Requerimientos y Multas de Control de Obligaciones. Resoluciones de Devoluciones y Compensaciones. Requerimientos de información y documentación. Documentos relacionados con PAE, por ejemplo: La orden de desalojo, cuando el inmueble se encuentra ocupado por el deudor. El oficio mediante el cual se solicita al deudor firme la escritura ante notario. Nombramiento de perito. Comunicación del avalúo. Comunicación de la adjudicación. Nombramiento de interventor. Comunicación a acreedores preferentes. Comunicación de adjudicación al mejor postor de un bien inmueble. Comunicación al contribuyente de la inmovilización de cuentas bancarias. Comunicación al contribuyente de la transferencia.

27 At Actos administrativospueden i ti d notificarse por Buzón tib tributario. t i Documentos relacionados con PAE: Liberación de cuentas bancarias. Ampliación del embargo. Aceptación de garantías. Requerimiento de información adicional en materia de garantías. Liberación de gravámenes. Ampliación de garantía. Efectividad de documentos valor. Cancelación de garantías. Respuestas a consultas sobre situaciones reales y concretas (emitidas por AGJ). Resoluciones y acuerdos a instancias y peticiones presentados por los contribuyentes, por ejemplo: Acuerdos y resoluciones emitidas conforme a los art. 36 y 37 del CFF. Acuerdos y resoluciones recaídos a promociones presentadas por los contribuyentes en términos del art. 18 CFF.

28 Código Fiscal de la Federación Artículo 134, párrafo primero, fracción I. Notificación electrónica a través de un datos con acuse de recibo. mensaje de Artículo 38, párrafo primero, fracciones I, II, III, IV y V. Requisitos de los actos administrativos que deban notificarse. Artículo 17 D, párrafos tercero y cuarto. Validez de los documentos digitales con FIEL. Artículo 17 I. Verificación de integridad y autoría de los documentos digitales con FIEL. Código de Comercio Artículo 89, párrafo tercero. Definición de mensaje de datos. Artículo 89 bis. Validez de la información contenida en mensaje de datos. Artículo 90, párrafo primero, fracción III. Presunción de que un mensaje de datos proviene del emisor cuando ha sido enviado por un sistema de información programado por el emisor. Artículo 93, párrafos primero y segundo. Cuando la ley exija la forma escrita para los actos, convenios o contratos, este supuesto se tendrá por cumplido tratándose de mensaje de datos.

29 Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF para Regla II Notificación electrónica de documentos digitales (adición). Regla II Medio de comprobación de integridad y autoría de documentos impresos o digitales firmados con FIEL del funcionario competente, o del acuse de recibo de la notificación electrónica (reforma). Anexo 1 B, fichas de procedimientos 2/CFF Y 3/CFF. Es fundamental que el contribuyente consulte de manera periódica su buzón tributario, por si existiera algún inconveniente que le impida revisar su correo electrónico; porque transcurrido elplazo establecido, se tendrá por realizada la notificación formalmente, lo cual será independiente de que haya sido o no deliberada la omisión en la recepción de la notificación electrónica.

30 Para el SAT Reducción de costos en uso de papel. Reducción de tiempos en el proceso de notificación. Aumentar la capacidad instalada de notificación. Optimiza los procesos de las unidades administrativas. Seevitan agraviosrecurrentes asociadoscon la notificación personal.

31 Para el Contribuyente Reduce tiempo en la recepción de la notificación. Certeza y seguridad del documento digital notificado. Puede notificarse en cualquier momento y en cualquier lugar. Puede verificar que el documento notificado fue emitido por el SAT. Podrá dar respuesta a las notificaciones realizadas por la autoridad. A través de Mi portal en sus diferentes secciones. Por escrito, dependiendo del tipo de información o documentación requerida.

32

33 Buzón Tributario Dentro del portal privado del contribuyente (Mi portal), se agregó el Buzón Tributario, el cual cuenta con los siguientes alcances: Consultade notificaciones pendientes. Notificación electrónica. Generación de acuse. Portal público Verificación de integridad y autoría de los documentos digitales notificados y del acuse de recibo de la notificación electrónica. Consulta del documento a través de la captura de los datos llave. Consulta del documento a través del código QR.

34 Documento firmado con FIEL.

35 Acuse de recibo de notificación electrónica.

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38 Contribuyente Paso 1 Accede al Portal privado mediante el uso de su contraseña. Paso 3 Se notifica mediante el uso de la FIEL. Paso 4 Genera acuse de la notificación electrónica. Muestra el acto administrativo notificado. Buzón Tributario Paso 2 Accede al Buzón Tributario. * Consulta Notificaciones recibidas. * La primera vez que ingrese el contribuyente deberá aceptar el aviso de uso del Buzón Tributario y actualización de correo electrónico.

39 Aviso de uso del Buzón Tributario y actualización de correo electrónico.

40 Paso 2 Introduce datos llave. Página del SAT Paso 1 Paso 3 Accede a la verificación de integridad y autoría del documento o mediante código QR. * Paso 3 Muestra los datos del funcionario. Muestra el documento notificado. * Consulta del documento a través del código QR

41 Documento firmado con FIEL.

42 Acuse de recibo de notificación electrónica.

43 Acceso a validación mediante código QR.

44 Datos llave.

45 Datos llave.

46 1. Notificación electrónica del contribuyente. 2. Verificación de integridad y autoría del documento. Documentos impresos. Documentos digitales.

47 Facultades de comprobación Situación actual

48 Facultades no oficiales de comprobación Realizar recorridos, invitaciones y censos para asesorar sobre el adecuado cumplimiento de obligaciones fiscales (Art. 33, fracc III CFF). - Solicitud de información para corregir RFC Solicitar presentación de declaraciones, avisos y demás documentos no presentados ( Art. 41, fracc. I CFF) - Multa y determinación estimada de contribuciones. Solicitud de información adicional para aclarar declaraciones y avisos de compensación (Art. 41-A CFF) - Solicitud en un plazo no mayor a 3 meses desde su presentación. Verificación de datos en el RFC (Art. 41-B CFF) Solicitud de datos, informes y documentos para programar actos de fiscalización (Art. 42-A CFF) - Multa por no proporcionar informes. 48

49 Facultades oficiales de comprobación Revisión de gabinete Solicitud de información y notificación de cualquier acto podrá realizarse por medios electrónicos (Art. 42, fr. II CFF). Desahogo de información y documentación por parte del contribuyente tib t no podrá dá realizarse hasta en tantot no entre en vigor el artículo 18 del CFF (2 Transitorio CFF 2004). 49

50 Facultades oficiales de comprobación Visitas domiciliarias Ordinarias y para verificar la expedición de comprobantes, avisos al RFC y materia aduanera (Art. 42, fr. III y V CFF). La notificación de la orden de visita domiciliaria podrá realizarse por medios electrónicos. El procedimiento deberá ser presencial. Cuando los visitados lleven su contabilidad mediante el sistema de registro electrónico, la microfilmen o graben, deberán poner a disposición de los visitadores el equipo de cómputo y sus operadores (Art. 45 CFF). 50

51 Facultades oficiales de comprobación Revisión de dictamen Presentación del dictamen por medios electrónicos (Art. 52 CFF y Regla II RMF). Requerimiento de información al Contador Público, al contribuyente y al tercero se podrá realizar por medios electrónicos (Art. 52 y 52-A CFF). Desahogo de información y documentación por parte del contribuyente no podrá realizarse hasta en tanto no entre en vigor el artículo 18 del CFF. 51

52 Demás facultades oficiales de comprobación Rectificación ió de errores y omisiones i en las declaraciones, solicitudes o avisos (Art. 42, fr. I CFF). - Solicitud de información puede ser electrónica. Avalúo o verificación física de bienes (Art. 42, fr. VI CFF). - Solicitud puede ser electrónica. Recabar de los funcionarios y empleados públicos y de los fedatarios, los informes y datos derivados de sus funciones (Art. 42, fr. VII CFF). - Solicitud puede ser electrónica. Allegarse de información para formular denuncia, querella o declaratoria al MP para que ejercite acción penal por posible comisión de delitos fiscales (Art. 42, fr. VIII CFF). - Solicitud puede ser electrónica. 52

53 Regulación que inciden sobre las facultades de comprobación El legislador ha incluido en el CFF diversas disposiciones que preparan el marco jurídico para que las autoridades fiscales en el futuro lleven a cabo sus facultades de comprobación por medios electrónicos. Presentación de declaraciones, avisos o informes a través de documentos digitalesit (Art. 31 CFF y Regla II RMF). Mediante FIEL y sellos digitales es posible autentificar los documentos de los contribuyentes y los oficios de la autoridad (Art. 17-D CFF y Regla II RMF). Comprobantes digitales fiscales obligatorios (Art. 29 y 29-B CFF y Reglas I , I y II RMF). Las notificaciones personales pueden realizarse por medios electrónicos a través del Buzón Tributario (Art. 134, fr I, 17-D, y 17-I CFF y RMF II y Anexo 1-B). Los contribuyentes deben presentar todas sus promociones vía electrónica (Art. 18 y 2º Transitorio CFF 2004).* * Sujeto a que las autoridades emitan las reglas administrativas respectivas.

54 Facultades de comprobación Situación futura

55 Índice Información. Definiciones. Proceso de Fiscalización Electrónica. Componentes electrónicos Apoyo legal Diagrama de proceso. Beneficios. i 55

56 Información México tiene 42.5 millones de contribuyentes, 27.7 millones son asalariados, 12.9 millones personas físicas y 1.9 millones personas morales. Actualmente 5.4 millones de contribuyentes cuentan con Firma Electrónica Avanzada activa, el 85% de los certificados emitidos son de personas físicas millones cuentan con Usuario y contraseña para acceso a la página SAT. 37 millones de personas tienen acceso a internet y 14.7 millones tienen un teléfono inteligente. Durante 2012 la presencia fiscal fue de 1.5% con respecto al universo de contribuyentes auditables: Auditorías: 34,666 Masivos: 65,259 56

57 Definición Revisiones electrónicas Son procesos de auditoría por conceptos específicos en los que el ejercicio de facultades de comprobación, desde la notificación hasta la conclusión, se debe realizar totalmente por medios electrónicos. Los antecedentes específicos pueden generarse automáticamente con la información de facturas electrónicas, la contenida en bases de datos del Servicio de Administración Tributaria y la proporcionada por otras dependencias y terceros. 57

58 Componentes electrónicos Buzón Tib Tributario i Por medio de este servicio se efectuarían todas las notificaciones del ejercicio de facultades, desde el inicio hasta al conclusión de la revisión electrónica. Factura electrónica Documento electrónico que cumple con los requisitos legales establecidos por el Servicio de Administración Tributaria y es equivalente a las facturas tradicionales en papel. Es el medio de comprobación de operaciones. Sistema de registro fiscal Herramienta de registro contable simplificado para personas físicas (excepto actividad empresarial). En este se reflejan todas las operaciones de impacto fiscal. Contabilidad electrónica Sistema de recepción de archivos de información contable para personas morales y físicas con actividad empresarial. 58

59 Apoyo legal Se requiere modificar el CFF para establecer el procedimiento de revisión electrónica: La revisión inicia con la notificación de una pre-liquidación que indica la irregularidad e incluye el monto a pagar. La notificación surte efectos a los 5 días de ser recibida en el Buzón. La interacción durante el procedimiento se realiza por medio del Buzón Tib Tributario. i El acto concluye en un plazo máximo de 3 meses. Adicionalmente se requiere crear la facultad de realizar revisiones electrónicas. Reforzar la consulta del Buzón Tributario por aquellos contribuyentes que reciben avisos electrónicos por el que se les notificará el inicio de facultades de comprobación. 59

60 1 2 Antecedentes específicos Envía documento al Buzón Tributario Retroalimen nta Da seguimiento al acto de fiscalización 3 Contribuyente Consulta el buzón 5 4 Auditor Analiza aclaraciones y Analiza aclaraciones y correcciones Autocorrige o aclara

61 Beneficios El contribuyente tiene conocimiento permanente del proceso de fiscalización a través del Buzón Tributario. Disminución de costos administrativos para los contribuyentes. Reducción de plazos para concluir las auditorías (3 meses). Se evitan actos de molestia al contribuyente al no asistir la autoridad al domicilio. Se propone realizar anualmente un total de 200,000 revisiones, es decir, duplicar el número de revisiones por año. 61

62 Notificaciones y Facultades de Comprobación a través de Medios Electrónicos Situación Presente y Futura

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