NOVEDADES DEL NUEVO PGC

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1 1. INTRODUCCIÓN Objetivo: Aproximarnos a las normas internacionales de contabilidad. Nuestra normativa debe estar en sintonía con lo regulado en las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea. Pendiente: - En el C/P se revisarán las normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas. - Las normas sobre aspectos contables de las sociedades cooperativas en lo referente a la delimitación entre fondos propios y ajenos empezarán a regir a partir del 01 de enero de La introducción al plan explica las características fundamentales del plan y sus principales diferencias con el de Las disposiciones regulan entre otros los aspectos relativos a la transición. Como puntos a destacar estarían los siguientes: El nuevo plan es de aplicación obligatorio cualquiera que sea su forma jurídica, sin perjuicio de las especialidades de las entidades financieras. Adicionalmente se ha aprobado y publicado un Plan General para Pymes. Se mantiene, con carácter general, la vigencia de las adaptaciones sectoriales en vigor en todo lo que no se opongan a la legislación vigente. Se mantienen en vigor las resoluciones aprobadas por el ICAC, siempre que no se opongan a la segunda parte del Plan General Contable. Se revisarán a c/p. Las empresas que hayan consolidado sus cuentas atendiendo a las NIC podrán mantener las valoraciones incluidas en ellas, siempre que los criterios sean equivalentes a los del nuevo plan. La disposición transitoria séptima incluye los criterios aplicables en relación a las normas para formular cuentas consolidadas, recogidas en las normas de registro y valoración, hasta en tanto éstas sean objeto de modificación en el proceso de reforma contable. Régimen transitorio Retroactividad: Al inicio del primer ejercicio en el que la empresa tenga que aplicar este plan, este se aplicará de forma retroactiva. La contrapartida de los ajustes que deban realizarse será una partida de reservas, salvo que deban utilizarse otras partidas de patrimonio neto. Esta retroactividad tiene una serie de excepciones, que se indican en las disposiciones adicionales segunda y tercera La empresa podrá optar por dos opciones en cuanto a la información a incluir en las cuentas anuales que se inicien a partir de 1 de enero de 2008: a) No reflejar las cifras comparativas en dichas cuentas, ya que se consideraran como cuentas anuales iniciales. En cuyo caso, se deberá incluir en la memoria de dichas cuentas el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio anterior y un apartado denominado Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables en la que se expliquen las principales diferencias de criterios y su cuantificación en el patrimonio de la empresa. b) Presentar información comparativa del ejercicio anterior adaptada al nuevo plan contable, adaptando las cifras del ejercicio anterior a la nueva normativa. En este caso habrá también que incluir información en la memoria sobre las diferencias en los criterios aplicados y el impacto de la variación tanto en el patrimonio neto como en el resultado de la empresa. J&M Auditores Página 1

2 2. PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD Se siguen manteniendo las 5 partes del PGC pero cambiando su orden y contenido. 2.1 PRIMERA PARTE DEL PGC: MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD Esta primera parte sustituye a los principios contables del PGC de 1990 y pone de manifiesto la mayor atención que la actual reforma ha decidido otorgar a los aspectos conceptuales de la contabilidad. Sobre esta nueva base se soportarán las normas específicas de valoración y presentación de la información que posteriormente se desarrollan en el mismo. Se compone de seis apartados: Cuentas anuales. Imagen fiel. Enumera las CCAA obligatorias para todo empresario, así como los objetivos informativos de las mismas. Surgen dos nuevas cuentas anuales: El estado de cambios en el patrimonio neto (ECPN) y el estado de flujos de efectivo (EFE) (sustituye al cuadro de financiación). El objetivo de imagen fiel se mantiene pero con dos importantes matizaciones: - Se completa este objetivo con la referencia a la utilidad de la información para la toma de decisiones económicas por parte de los usuarios. - El concepto de imagen fiel se vincula con el concepto de sustancia sobre la forma, quedando así más concretado. Las operaciones deben analizarse atendiendo a su realidad económica, y no sólo a su forma jurídica Requisitos de la información a incluir en las CCAA. No hay grandes cambios. La información ha de ser relevante, fiable y adicionalmente comparable y clara. A excepción del requisito de que la información sea oportuna, que en este caso no se contempla, se tratan de los mismos requisitos que ya teníamos Principios contables. Son los siguientes: Empresa en funcionamiento, devengo, uniformidad, prudencia, no compensación e importancia relativa. Dónde están los principios de registro, de correlación de ingresos y gastos y el de precio de adquisición? Los dos primeros quedan resueltos mediante los criterios de reconocimiento de los elementos de las CCAA así como mediante la diferenciación conceptual de los activos, pasivos, gastos e ingresos. No obstante, la principal novedad esta relacionada con el principio de prudencia, que pierde su orientación conservadora hacia la protección del resultado y el valor contable del patrimonio. Se contempla como una condición a tener en cuenta en las estimaciones y valoraciones en condiciones de incertidumbre, no justificando la infravaloración de activos ni la sobrevaloración de pasivos. Además pierde su carácter preferencial sobre los demás principios. La tradicional imposibilidad de contabilizar beneficios no realizados se sustituye por la exigencia de que los beneficios hayan sido obtenidos en la fecha de cierre del ejercicio (pudiendo aplicar el valor razonable a los instrumentos financieros). Asimismo la referencia a pérdidas eventuales que deben ser contabilizadas tan pronto como sean conocidas se sustituye por la obligación de tener en cuenta todos los riesgos, cuyo reflejo en balance y PyG supone un pasivo y un gasto (afecta al cambio en la regulación de las provisiones de pasivo) Elementos de las cuentas anuales y Criterios de registro o reconocimiento contable de las CCAA. J&M Auditores Página 2

3 Contiene los conceptos operativos en los que se apoya el proceso de contabilización. Elementos Definición Reconocimiento Elementos que se registran en el balance Activos Bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la empresa, resultantes de sucesos pasados, de los que se espera que la empresa obtenga beneficios o rendimientos económicos en el futuro. fiabilidad. Pasivos Obligaciones actuales, derivadas de sucesos pasados, para cuya extinción la empresa espera desprenderse de recursos que puedan producir beneficios o rendimientos económicos en el futuro. Cuando sea probable la obtención de rendimientos futuros y se puedan valorar con Cuando sea probable que para la liquidación deban entregarse o cederse estos recursos y se puedan valorar con fiabilidad. Patrimonio neto Parte residual de los activos de la empresa, una vez deducidos todos sus pasivos. Elementos que se registran en la cuenta de PyG o en el estado de cambios en el patrimonio neto Ingresos Incrementos en el patrimonio neto, en forma de entradas o aumentos de valor de los activos, o de disminución de los pasivos, que no tengan su origen en aportaciones de los propietarios Consecuencia de un incremento en los recursos de la empresa, siempre que su cuantía pueda determinarse con fiabilidad. Gastos Decrementos en el patrimonio neto, en forma de salidas o disminuciones en el valor de los activos, o de aumento de los pasivos, que no tengan su origen en distribuciones a los propietarios. Consecuencia de una disminución de los recursos de la empresa, siempre que su cuantía pueda valorarse o estimarse con fiabilidad Criterios de valoración En esta parte se recoge la definición de los criterios que posteriormente se utilizarán en las normas de valoración de activos y pasivos: - Coste histórico. Ya conocido. - Valor razonable: Importe por el que puede ser adquirido un activo o liquidado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realicen una transacción en condiciones de independencia mutua. Su aplicación está condicionada a la posibilidad de obtener valoraciones fiables, debiendo ser sustituida por el coste amortizado o por su precio de adquisición o coste de producción según proceda, debiendo hacer mención en la memoria de dicho hecho y las circunstancias que lo motivan. - Valor neto realizable: Aplicable a activos, hace referencia al importe que se puede obtener por su venta en el mercado, en el curso normal del negocio, deducidos los costes estimados necesarios para llevar a cabo la enajenación, junto con los costes necesarios para terminar la producción, en el caso de materias primas y productos en curso. - Valor en uso: Valor actual de los flujos de efectivo futuros esperados, a través de su utilización en el curso normal del negocio, actualizados a un tipo de descuento adecuado. Este se utilizará para calcular el importe recuperable( mayor importe entre el valor razonable menos los costes de venta y el valor en uso). - Valor actual: Importe de los flujos de efectivo a recibir o a pagar en el curso normal del negocio, actualizados a un tipo de descuento adecuado. - Coste amortizado: el importe al que inicialmente fue valorado un activo financiero o un pasivo financiero, menos los reembolsos de principal que se hubieran producido, más o menos, según proceda, la parte imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias, mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento y, para el caso de los activos financieros, menos cualquier reducción de valor que hubiera sido reconocida, ya sea directamente como una disminución del importe del activo o mediante una cuenta correctora de su valor. J&M Auditores Página 3

4 - El tipo de interés efectivo: es el tipo de actualización que iguala el valor en libros de un instrumento financiero con los flujos de efectivo estimados a lo largo de la vida esperada del instrumento, a partir de sus condiciones contractuales y sin considerar las pérdidas por riesgo de crédito futuras. - Valor contable o en libros (Antiguo VNC) es el valor por el que el activo o pasivo se encuentra registrado en el balance, una vez deducida, en el caso de los activos, su amortización acumulada y cualquier corrección valorativa por deterioro acumulada que se haya registrado. 2.2 SEGUNDA PARTE DEL PGC: NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN Inmovilizado material Las principales diferencias respecto del PGC anterior son: - Formará parte de su valor la estimación inicial del valor actual de las obligaciones contraídas derivadas de costes de rehabilitación, desmantelamiento o retiro, siempre que den lugar al registro de provisiones. - Desaparece el valor venal y la mención a los inmovilizados materiales adquiridos a título gratuito, las donaciones se tratan en otra norma junto a las subvenciones. - Se introduce el tratamiento contable de las permutas, estableciendo la distinción entre permutas comerciales y no comerciales. En las primeras el bien recibido se valorará por el valor razonable de activo entregado, llevando las diferencias que surjan a la cuenta de PyG. Las no comerciales se valorará por el valor razonable de activo entregado con el límite del valor razonable del activo recibido. - En cuanto a la amortización, se introduce un aspecto novedoso en el cálculo de las amortizaciones, al disponer que se amortice de forma independiente cada parte de un elemento de inmovilizado material que tenga un coste significativo en relación al coste total de la partida y sea identificable por separado. - Las cuentas relativas a provisiones de activo pasan a denominarse deterioro del valor. Dicho deterioro se produce cuando el valor contable del inmovilizado supere a su importe recuperable. - Se da la posibilidad de amortizar parte de los terrenos por la parte de los costes de rehabilitación que cumplen las condiciones para formar parte del coste de los mismos. - A las inversiones inmobiliarias se les aplicará esta norma de valoración, apareciendo separadas en el balance. Se definen como los inmuebles que se tienen para obtener rentas, plusvalías o ambas Inmovilizado intangible. Cambios: - Cambio en su denominación - En general, ninguna de las definiciones contenidas en el PGC ha sido alterada significativamente, sino que se han introducido aclaraciones o matices para mejorarlas o adecuarlas a las circunstancias actuales: Por ejemplo, se en las aplicaciones informáticas se pueden incluir los gastos de desarrollo de las páginas web, siempre que su utilización esté prevista durante varios ejercicios. - La definición más novedosa es la del Fondo de comercio: Exceso, en la fecha de adquisición, del valor razonable de la contraprestación entregada en una combinación de negocios, sobre el correspondiente valor de los activos identificables adquiridos menos el de los pasivos asumidos. Además, dicho fondo de comercio no se amortizará. J&M Auditores Página 4

5 - Se indica expresamente que en ningún caso podrán reconocerse como inmovilizado intangible las marcas, cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes o cualquier otro elemento de naturaleza inmaterial que haya sido creado o desarrollado internamente por la empresa. - La rúbrica derechos sobre activos arrendados recogerá las inversiones que la empresa arrendataria realice sobre activos arrendados o cedidos en uso, cuando la operación no tenga la consideración de arrendamiento financiero y las inversiones no sean separables de los activos y aumenten su capacidad, productividad o alarguen su vida útil. - Se acepta la posibilidad de que un activo intangible tenga una vida útil ilimitada o cuando menos, indefinida. En cuyo caso no serán objeto de amortización, sino de pruebas encaminadas a determinar si han sufrido algún deterioro Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas. Los ANCMV son activos fijos (no corrientes) que han sido apartados del proceso productivo y van a ser vendidos. Según la norma de valoración indica que serán aquellos cuyo valor contable se recuperará fundamentalmente a través de su venta, en lugar de por su uso continuado y siempre que se cumplan unas condiciones ( debe ser vendido en sus condiciones actuales y su venta ha de ser altamente probable). Aparecen en un subgrupo totalmente diferenciado (58). Al reclasificarse como un activo financiero debe de valorarse por el menor de dos importes: su valor contable o su valor razonable menos los gastos de venta. En caso de que el valor razonable corregido sea menor, la pérdida se imputará a resultado del ejercicio. A partir de esta reclasificación deja de amortizarse y es solo objeto de correcciones valorativas. Grupos enajenables mantenidos para la venta se definen como el conjunto de activos y pasivos directamente asociados de los que se va a disponer de forma conjunta, como grupo, en una única transacción. Su valoración es similar a la de los ANCMV, una vez valorados se escogerá el menor entre su valor contable y su valor razonable menos los gastos de venta. En caso de que surja un deterioro del valor, asignará a los distintos activos de forma proporcional. Relacionados con los anteriores están las actividades interrumpidas. Definida como un componente de la entidad que ha sido enajenado o se ha dispuesto de él por otra vía, o ha sido clasificado como mantenido para la venta. El objetivo es presentar de forma separada los resultados de las operaciones continuadas de las interrumpidas Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar (Lo que hace es ampliar y desarrollar los criterios para considerar un arrendamiento como financiero u operativo. Además varía la forma de contabilizar el financiero.) Arrendamiento financiero: Centra su clasificación en que Se deduzcan que se transfieren sustancialmente todos lo riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de activo subyacente al contrato por lo que se va a ampliar el número de operaciones clasificables como AF. Además se establecen 6 casos en los que se presume dicha transferencia (uno ya estaba y se añaden 5 nuevos). El arrendatario registrará un activo de acuerdo con su naturaleza y un pasivo financiero. El valor de ambos será el menor entre el VR del activo arrendado y el valor actual de los pagos fijos acordados, más los gastos inherentes a la operación en que incurra el arrendatario. El tipo de interés será el implícito del contrato y la carga financiera se imputará a PyG durante la vida del contrato. El arrendador contabilizará la operación atendiendo a la norma de valoración de ingresos por ventas y prestación de servicios. J&M Auditores Página 5

6 Respecto al arrendamiento operativo, el tratamiento contable, que no varía, aparece explícitamente contemplado en la norma de valoración. En la la venta con arrendamiento financiero posterior, no se reclasifica el activo a inmaterial como hacia el anterior PGC. El importe recibido se computa como pasivo sin incluir la carga financiera como gastos financieros diferidos. La carga financiera se imputará a PyG según su devengo. La contabilidad del arrendador se hará según la norma de valoración sobre instrumentos financieros Instrumentos financieros. Es la norma más extensa del nuevo PGC. La idea fundamental que nos ayudará a entenderla es que la empresa espere recuperar la inversión en el activo financiero (o cancelar el pasivo financiero) determinará la valoración del mismo. Es decir, cuando el mercado es el medio donde la empresa espera recuperar la inversión realizada en el instrumento o, donde recurrirá para cancelar sus pasivos financieros, se utilizará el valor razonable. Para instrumentos financieros que conllevan una serie de pagos concertados entre las partes, respecto a la amortización del principal e intereses y, a través de los cuales, la entidad también recupera la inversión o cancela dicho pasivo la valoración se realizará en base al coste amortizado. Desaparecen los activos ficticios (antiguos grupos 20 y 27). Un instrumento financiero es un contrato que da lugar a una activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo o a un instrumento de patrimonio en otra. La empresa reconocerá un instrumento financiero cuando se convierta en una parte obligada del contrato o negocio jurídico conforme a las disposiciones del mismo. Los activos y pasivos financieros deberán valorarse inicialmente a su valor razonable, junto con los costes de transacción que resulten directamente atribuibles, salvo que se tratasen de instrumentos valorados a valor razonable con cambios en al cuenta de PyG, en cuyo caso se imputarán éstos directamente a resultados. Hay que destacar, que la valoración inicial en estos instrumentos no se sustenta sobre el valor razonable de la contraprestación entregada (coste histórico), sino en el valor razonable del propio instrumento en el que la empresa es ahora parte contractual. A partir de su reconocimiento se valorará a valor razonable, coste amortizado o simplemente a coste, en función de la categoría a la que pertenezcan. Las carteras de negociación, los activos y pasivos reconocidos como instrumentos derivados, los instrumentos híbridos y grupos de activos y pasivos gestionados conjuntamente en los que se produzcan inconsistencias en su valoración se valorarán a valor razonable. Estos no sufrirán correcciones por deterioro. Los activos disponibles para la venta, entendidos como aquellos que cuentan con un mercado activo con lo que tienen siempre la puerta abierta para deshacerse de ellos cuando estimen oportuno, se valorarán a valor razonable pero sus cambios se incluirán en el patrimonio neto. Pueden ser objeto de deterioro al igual que aquellos que se valoren a coste amortizado. El análisis del mismo puede hacerse tanto individualmente como en grupo y dicho deterioro, que se reflejará en la cuenta de PyG, será la diferencia entre su coste y el valor razonable en el momento en que se efectúe la valoración. La pérdida podrá revertirse, salvo que se trate de un instrumento de patrimonio. Los mantenidos hasta el vencimiento se valorarán inicialmente a VR y posteriormente a coste amortizado. Estos activos deben de contar con un vencimiento fijo, cobros establecidos o determinables y el compromiso de la empresa de mantenerlo hasta vencimiento, contando con los recursos necesarios. De no ser así hay una penalización que consiste en que la empresa no podrá tener activos como mantenidos hasta vencimiento hasta pasados dos ejercicios a partir del presente. Los préstamos y partidas a cobrar se valoraran inicialmente por su VR y posteriormente por su coste amortizado. No obstante, los créditos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, incluidos los créditos con las Administraciones Públicas, J&M Auditores Página 6

7 se podrán valorar inicialmente por su valor nominal cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo. En este caso su valoración posterior seguirá siendo a valor nominal. - En cuanto a los activos: Las carteras valoradas a coste amortizado (mantenidas hasta el vencimiento y cuentas a cobrar) pueden estar sometidas a correcciones valorativas en concepto de deterioro. La corrección valorativa a realizar será la diferencia entre el valor en libros del activo menos el que resulte de la actualización de los flujos de efectivo estimados considerando los eventos que den lugar al deterioro. La actualización deberá realizarse con la tasa efectiva del activo. En el caso de los mantenidos hasta el vencimiento, dicha actualización podrá sustituirse por el valor de mercado del instrumento. La cartera de inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas deberán valorarse inicialmente al coste, siendo éste el valor razonable de la contraprestación entregada, junto con los costes directamente atribuibles a la transacción. También se valorará a coste aquellos instrumentos de patrimonio cuando no puedan determinarse con fiabilidad su valor razonable. El deterioro de estos se determinará por diferencia entre el valor en libros y su importe recuperable, tomando para éste último en consideración el patrimonio neto de la participada corregido por las plusvalías tácitas subsistentes desde la fecha de adquisición. - En cuanto a los pasivos: El tratamiento contable no distingue tantos grupos. Nos encontramos primero aquellos que figurarán a valor razonable con cambio en resultados, bien por ser de negociación, designación o instrumentos derivados. De forma específica, se valorará a valor razonable con cambio en el patrimonio neto aquellos pasivos que surjan por la transferencia de activos disponibles para venta que no se den de baja por motivos de la implicación continuada de la empresa en los mimos. El resto, la gran mayoría, denominados débitos y cuentas a pagar, se valorarán bajo el coste amortizado, siguiendo el método de la tasa efectiva. Las reclasificaciones de un instrumento financiero a otro no están permitidas en general, salvo aquellas que se produzcan entre los activos disponibles para la venta y los mantenidos hasta el vencimiento. En cuanto a las bajas de activos financieros, la multitud de posibilidades en la actualidad obliga a únicamente permitir la baja si la empresa ha cedido o se han expirado los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo del mismo, cediendo substancialmente los riesgos y beneficios de la propiedad y sin mantener control sobre el activo. El compromiso continuo en el activo implicará no dar de baja el activo y el reconocimiento de un pasivo asociado. La baja supondrá la imputación a resultados de las cantidades acumuladas en el patrimonio neto junto con la diferencia entre el valor en libros y la contraprestación recibida. Respecto a la baja de los pasivos financieros, esta estará determinada por la extinción de la obligación, imputando a resultados la diferencia entre su valor en libros y la contraprestación entregada. En caso de intercambio de pasivos, sólo se dará de baja la antigua obligación si cuando sus condiciones sean substancialmente diferentes al nuevo pasivo financiero. Respecto a las operaciones con instrumentos de patrimonio propio deberán en todo caso registrarse en el mismo, junto con los gastos que conlleven estas transacciones, desapareciendo por tanto la cartera de acciones propias. No obstante, los gastos de emisión de estos instrumentos se considerarán gastos del periodo. Podríamos encontrarnos con instrumentos financieros que incorporan tanto elementos de pasivo como de patrimonio ( ej. Bonos convertibles al vencimiento) denominados instrumentos compuestos, debiéndose registrar el pasivo financiero por su valor razonable y el instrumento de patrimonio por la diferencia respecto al importe correspondiente al conjunto. En caso de derivados implícitos ( instrumentos que incorporan una o varias cláusulas que implican una variación en los flujos de caja) si se cumplen determinadas condiciones deberá registrarse por separado el derivado ( valorándose a VR con cambio a resultados), salvo que la empresa haya optado por tratar el instrumento financiero en su conjunto como a valor razonable con cambio en resultados. J&M Auditores Página 7

8 Es destacable la posibilidad deque se contempla en la norma respecto a la contabilidad de coberturas, por la que se permite la compensación de los cambios de valor razonable en resultados de aquellos instrumentos derivados que formen parte de una relación de coberturas con los cambios en el valor razonable de los elementos cubiertos. También es posible diferir el reconocimiento de beneficios o pérdidas de estos instrumentos en una cuenta de patrimonio hasta que el elemento cubierto afecte a resultados (coberturas de flujos de efectivo). Todo ello siempre y cuando se cumplan con los requisitos previstos en la norma Existencias Se hace referencia explícita a aquellas que necesitan un periodo superior a un año para estar en disposición de ser vendidas, obligando a reconocer los gastos financieros como mayor precio de adquisición o coste de producción de las mismas. Pondrán incluirse en el precio de adquisición los intereses incorporados a los débitos con vencimiento no superior a un año que no tengan un tipo de interés contractual, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo. Respecto al coste de producción, la imputación de costes indirectos a los productos se realizará aplicando un método de costes completo en el que la asignación de estos costes, fundamentalmente los de carácter fijo, se base en el nivel de utilización de la capacidad normal de trabajo de los factores productivos. Los anticipos a proveedores son recogidos en el nuevo PGC dentro del grupo Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar del balance de situación. Los métodos de asignación de valor serán para bienes intercambiables entre si es el PMP y, en su defecto, el FIFO y para bienes no intercambiables entre sí o que son asignados a un proyecto específico el método de identificación específica de los costes individuales. Por tanto desaparecen los métodos LIFO u otros análogos, reduciéndose las alternativas de valoración. Existencias de servicios: Se permite reconocer el coste de producción de los servicios, siempre que no se hayan reconocido los ingresos correspondientes a los mismos. Las correcciones valorativas se efectuarán cuando su valor neto de realización sea inferior a su precio de adquisición o coste de producción, no distinguiendo entre depreciaciones de carácter reversible e irreversible. El balance debe desglosar las existencias de producción según sean de ciclo largo o de ciclo corto. En la memoria se ha de especificar las circunstancias las circunstancias que motiven las correcciones de valor de las existencias por deterioro, así como el importe de los gastos financieros capitalizados en las existencias de ciclo de producción superior a un año Moneda extranjera Se introduce el concepto de moneda funcional: Aquella en la que deben de expresar las cuentas anuales. Se distingue entre partidas monetarias y no monetarias dependiendo de que se vayan a recibir o a pagar con una cantidad determinada de unidades monetarias o se trate de una cantidad indeterminada. El valor inicial se realiza al tipo de cambio al contado o tipo de cambio medio del periodo (máximo mensual) si éste no sufre variaciones significativas. Respecto a la valoración posterior dependerá: Si se trata de Partidas monetarias: Al tipo de cambio a fecha de cierre, imputando a resultados tanto las diferencias positivas como negativas. Con excepción de los activos financiero disponibles para la venta. Partidas no monetarias valoradas a coste histórico: El tratamiento contable no varía. J&M Auditores Página 8

9 Paridas no monetarias valoradas a valor razonable: Se aplicará el tipo de cambio de la fecha de determinación del valor razonable. Las diferencias que se produzcan se llevarán a resultados o al patrimonio neto, en función de si las variaciones en valor razonable para ese elemento se imputan a uno u otro. La moneda de presentación es la moneda en que se formulan las cuentas anuales, es decir, el euro Iva, igic y otros impuestos indirectos No hay cambios Impuesto sobre beneficios Se producen, en muchos casos, meros cambios en la denominación de los conceptos que ya veníamos manejando. Existe una modificación conceptual del reconocimiento del efecto impositivo, puesto que hasta ahora los débitos y los créditos eran reconocidos por la existencia de diferencias temporales (diferente imputación temporal de ingresos y gastos). Pero, qué pasa con el tratamiento en el diferimiento de impuestos en los casos de valoración de activos o pasivos con cambios en el patrimonio neto o en las combinaciones de negocios? El nuevo PGC introduce el concepto de Diferencias temporarias : Aquéllas derivadas de la diferente valoración, contable y fiscal, atribuida a los activos, pasivos y determinados instrumentos de patrimonio de la empresa, en la medida en que tengan incidencia en la carga fiscal futura. La valoración fiscal a estos efectos se denomina base fiscal. Todo esto hace que aparezcan nuevas denominaciones: - Diferencias temporales imponibles (positivas anteriormente) y diferencias temporales deducibles (negativas anteriormente). - Activos por impuesto diferido (anticipado anteriormente) y pasivos por impuesto diferido (diferidos). - La cuota líquida del impuesto viene a denominarse impuesto corriente. Se deben deberán reconocer los activos y pasivos correspondientes todas las diferencias temporarias, salvo determinados casos Ingresos por ventas y prestación de servicios Existen ciertas partidas que se imputarán directamente al patrimonio neto. La principal novedad se encuentra en el tratamiento de los intereses por el aplazamiento del pago, ya que no existe la posibilidad de contabilizarlos como ingresos a distribuir en varios ejercicios. Estos se irán llevando a resultados en función de su devengo. No obstante, dentro de la valoración de la venta de bienes y prestación de servicios podrán incluirse los intereses incorporados a los créditos con vencimiento no superior un año. Con respecto a los descuentos sobre ventas por pronto pago, pasan al subgrupo 60, por lo que pasan a considerarse como un gasto de explotación. Desaparece en la cuenta de PyG la distinción entre resultado ordinario y extraordinario, pasando a denominarse Operaciones continuadas y Operaciones interrumpidas Provisiones y contingencias. - Desaparecen las provisiones de activo. - Se clasifican en corriente o no corrientes. J&M Auditores Página 9

10 - Respecto a los pasivos contingentes que no puedan ser reconocidos como provisiones, se mantiene la obligación de informar sobre los mismos en la memoria. - Se valorarán por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar la obligación correspondiente. Cuando se trate de provisiones con vencimiento inferior o igual a un año, su importe no se ha de descontar. - La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, no supondrá una minoración del importe de la deuda, sin perjuicio del reconocimiento en el activo de la empresa del correspondiente derecho de cobro, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido. - No son objeto de provisión las reparaciones extraordinarias plurianuales del inmovilizado, que se capitalizan y amortizan, ni la obligación de revertir los activos explotados en régimen de concesión administrativa Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio Son aquellas que, a cambio de recibir bienes o servicios, incluidos los servicios prestados por los empleados, sean liquidadas por la empresa con instrumentos de patrimonio propio o con un importe en efectivo que esté basado en el valor de instrumentos de patrimonio propio, tales como opciones sobre acciones o derechos sobre la revalorización de acciones Subvenciones, donaciones y legados recibidos. Desaparecen el concepto de ingresos a distribuir en varios ejercicios del pasivo del balance. Las subvenciones de capital se incorporan con carácter general al patrimonio neto (posteriormente se imputarán a resultados según lo hagan los elementos asociados.). Se valoran a valor razonable Combinaciones de negocios. Las combinaciones de negocios consistentes en que una empresa adquiere el control de otra mediante la adquisición, por uno u otro medio, de participaciones en el capital, se contabilizarán aplicando las normas relativas a inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas. Las combinaciones de negocios entre empresas que se encuentren bajo una misma unidad de decisión se contabilizarán siguiendo normas particulares. Se enumeran una serie de criterios útiles para identificar la empresa adquirente., La contraprestación entregada por la empresa adquirente se valorará por el valor razonable de los activos entregados, de los pasivos asumidos, de los instrumentos de patrimonio entregados y de cualquier otra contraprestación adicional condicionada. En caso de reconocerse un fondo de comercio, deberá asignarse, desde la fecha de adquisición, a una unidad o grupo de unidades generadoras de efectivo. Este fondo de comercio no se amortiza, aunque debe someterse, al menos anualmente, a la comprobación del deterioro del valor. En caso de originarse una diferencia negativa, esta se considerará como un ingreso del ejercicio. Si a la fecha de del cierre del ejercicio no se pudiese concluir el proceso de valoración, las cuentas anuales se efectuarán utilizando valores provisionales Negocios conjuntos Actividad económica controlada conjuntamente (acuerdo estatutario o contractual) por dos o más personas físicas o jurídicas. Dos tipos: J&M Auditores Página 10

11 - Negocios conjuntos que no se manifiestan a través de la constitución de una empresa ni del establecimiento de una estructura financiera independiente de los partícipes (ej. UTEs y comunidades de bienes). - Negocios conjuntos que se manifiestan a través de la constitución de una persona jurídica independiente o empresas controladas de forma conjunta o multigrupo. Explotaciones y activos controlados de forma conjunta: El partícipe registrará en su balance la parte proporcional que le corresponda, en función de su porcentaje de participación, los activos, pasivos, ingresos y gastos de dichas explotaciones. Se deberán eliminar los resultados no realizados que pudieran existir por transacciones entre el partícipe y el negocio conjunto, los importes de activos, pasivos, ingresos, gastos y flujos de efectivo recíprocos, todos, en proporción a su participación. Cabe la posibilidad de integrar los estados de estas explotaciones haciendo previamente las homogenizaciones correspondientes. Empresas controladas de forma conjunta o multigrupo: El partícipe las valorará atendiendo a la norma sobre inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas Operaciones entre empresas del grupo Como regla general, se contabilizarán de acuerdo con las normas generales. En las aportaciones no dinerarias a una empresa del grupo o a aquellas en virtud de las cuales dos empresas pasan a formar parte del mismo grupo, se presumirá, salvo prueba en contrario, que se trata de una operación de permuta de carácter no comercial en el aportante de los bienes. Además en esta norma se regula el tratamiento en las operaciones ende fusión, escisión y aportación no dineraria en las que el objeto sea un negocio Cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables. Cambio en un criterio contable y errores contables: Aplicación: Se aplicará de forma retrospectiva, y su efecto habrá de calcularse desde el ejercicio más antiguo para el que se disponga de información. Registro: Este cambio motivará el correspondiente ajuste por el efecto acumulado de las variaciones de los activos y pasivos en el saldo inicial del patrimonio neto del ejercicio más antiguo presentado, así como la modificación de las cifras afectadas en la información comparativa de los ejercicios a los que les afecte el cambio. Cambios estimaciones contables: Aplicación: Si son consecuencia de obtención de información adicional, de una mayor experiencia o del conocimiento de nuevos hechos, no deben considerarse cambios de criterio contable. El cambio en estimaciones contables se aplicará de forma prospectiva. Registro: Su efecto se imputará como ingreso o gasto del ejercicio corriente o en la partida del patrimonio neto que corresponda. El eventual efecto sobre ejercicios futuros se irá imputando en el transcurso de los mismos Hechos posteriores No hay cambios significativos. J&M Auditores Página 11

12 2.3 TERCERA PARTE DE LAS CUENTAS ANUALES: NORMAS DE ELABORACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES El primer cambio fundamental tiene que ver con el objetivo de las cuentas anuales, al introducirse una puntualización fundamental se redacten con claridad, de forma que la información suministrada sea comprensible y útil para los usuarios al tomar sus propias decisiones económicas. Estar referencia a la utilidad no se encontraba anteriormente. Se añaden dos nuevos estados financieros: el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo. En la formulación de cuentas anuales se introducen tres cambios: - Las cuentas se elaborarán con una periodicidad de doce meses, salvo en los casos de constitución, escisión o fusión. - El empresario o administradores que formulen las cuentas anuales responderán de su veracidad. - La necesaria referencia a la expresión de los valores en euros. Se amplia el rango de empresas que deben presentar sus cuentas de acuerdo con el modelo normal, debiendo hacerlo también las sociedades cooperativas y las sociedades colectivas y comanditarias simples cuando a la fecha de cierre del ejercicio todos los socios colectivos sean sociedades españolas o extranjeras. Cuentas anuales abreviadas: Se actualizan los límites para formularlas abreviadas. Para el balance, ECPN y memoria abreviados: Total activo < INCN < Nº Medio de empleados < 50 Para la cuenta de PyG Abreviada: Total activo < INCN < Nº Medio de empleados < 250 Se añaden dos nuevas normas relativas a las cuentas abreviadas: - Las sociedades cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la UE, no podrán formular cuentas anuales abreviadas. - Las empresas que presenten memoria abreviada, cuando realicen operaciones cuya información en memoria esté regulada en el modelo normal, deberán incluir dicha información en la memoria abreviada. Normas comunes a las cuentas anuales Se añaden dos normas comunes que no estaban antes: - Cuando proceda, cada partida contendrá una referencia cruzada a la información correspondiente dentro de la memoria. - Las empresas que participen en uno o varios negocios conjuntos que no tengan personalidad jurídica (utes, comunidades de bienes, etc) deberán presentar esta información, atendiendo a lo dispuesto en la norma de registro y valoración relativa a negocios conjuntos, integrando en cada partida de los modelos de los distintos estados financieros las cantidades correspondientes a los negocios conjuntos en los que participen, e informando sobre su desglose en la memoria. J&M Auditores Página 12

13 Balance Comprende con la debida separación, el activo, el pasivo y el patrimonio neto de la empresa (desaparece bienes, derechos y obligaciones). Cambia, términos generales, la estructura del balance distinguiendo entre partidas corrientes y no corrientes, criterio este más complejo que el anterior de C/P y L/P Activo corriente: Activos que la empresa espera vender, consumir o realizar en el transcurso del ciclo normal de explotación. Aquellos cuyo vencimiento, enajenación o realización se espera que se produzca en el plazo máximo de un año contado a partir de la fecha de cierre del ejercicio. Los activos financieros incluidos en la cartera de negociación y el efectivo y otros activos líquidos equivalentes. Pasivo corriente: Las obligaciones que la empresa espera liquidar en el transcurso del ciclo normal de explotación. Aquellas cuyos vencimiento se produzca en el plazo máximo de un año contado a partir de la fecha de cierre del ejercicio y los pasivos financieros incluidos en la cartera de negociación. Otra novedad importante es la posibilidad que da de presentar un activo y un pasivo por su importe neto, siempre que se den una serie de condiciones. Esto se puede realizar para activos y pasivos financieros y por impuestos. Además, se formulan, normas específicas relativas a desgloses de partidas incluidas en el modelo normal, o incorporación de nuevos epígrafes para casos específicos. Cuenta de pérdidas y ganancias Recoge el resultado del ejercicio, formado por los ingresos y gastos del mismo, excepto cuando proceda su imputación directa al patrimonio neto de acuerdo con lo previsto en las normas de registro y valoración. Desaparece la categoría de extraordinario y ahora se distingue entre: - Resultado del ejercicio procedente de actividades continuadas - Resultado del ejercicio procedente de actividades interrumpidas. Por actividad interrumpida se entiende todo componente que ha sido enajenado o se ha dispuesto de él por otra vía, o bien ha sido clasificado como mantenido para la venta y se trate de una línea de negocio o área geográfica que pueda ser considerada separada del resto, o de una empresa dependiente adquirida únicamente con la finalidad de venderla en el plazo de un año desde su adquisición, etc. El formato pasa a ser de lista o vertical. Estado de cambios en el patrimonio neto Consta de dos partes: a) Estado de ingresos y gastos reconocidos, que recoge los cambios en le patrimonio neto, que recoge los cambios en el patrimonio neto derivados del resultado del ejercicio de la cuenta de pérdidas y ganancias, los ingresos y gastos que deban imputarse directamente al patrimonio neto de la empresa y las transferencias realizadas a la cuenta de pérdidas y ganancias. b) Estado total de cambios en el patrimonio neto, que informa sobre todos los cambios habidos en el patrimonio neto derivados de: todos los ingresos y gastos reconocidos; las variaciones originadas por operaciones con socios y propietarios; otras variaciones y ajustes debidos a cambios en los criterios contables y corrección de errores. Este estado complementa la información del balance y la cuenta de pérdidas y ganancias. Las cuentas de los grupos 8 y 9 harán puente para dejar registro en estos documentos. Por ejemplo, el traspaso resultado de las subvenciones de capital se contabilizarán vía estos grupos de cuentas de orden. J&M Auditores Página 13

14 Estado de flujos de efectivo Su objetivo es explicar las variaciones habidas en el efectivo y otros activos líquidos equivalentes de la empresa, suministrando información sobre su origen y utilización, clasificando los movimientos por actividades e indicando la variación neta de esta magnitud en el ejercicio. Por activos líquidos equivalentes se entiende los que figuran en el epígrafe B.VII del activo del balance, es decir, la tesorería depositada en la caja de la empresa y los depósitos bancarios a la vista; también podrán formar parte los instrumentos financieros que sean convertibles en efectivo y que en el momento de su adquisición, su vencimiento no fuera superior a tres meses, siempre que no exista riesgo significativo de cambios de valor y formen parte de la política de gestión comercial de la tesorería de la empresa. Entrando en su estructura, los flujos de efectivo se clasifican según procedan de: las actividades de explotación, las actividades de inversión y las actividades de financiación. Cuando las partidas de efectivo incluyan activos denominados en moneda extranjera, el último apartado (D) recoge el efecto en las mismas de las variaciones en el tipo de cambio. Este estado se complementa con una serie de información que hay que incluir en la memoria. Memoria. Se hacer referencia explícita a la posibilidad de inclusión de datos cualitativos correspondientes a la situación del ejercicio anterior cuando ello sea significativo, y adicionalmente cualquier otra información que otra normativa exija incluir en la memoria. Además se señala en un nuevo punto, que la información cuantitativa que se requiere en la memoria se refiera no sólo al ejercicio al que se refieren las cuentas anuales, si no también al ejercicio anterior, salvo que una norma contable indique específicamente lo contrario. Cambios más significativos: - Se amplían los requerimientos de información a incluir en la mayor parte de las notas que se mantienen. - Nueva nota sobre inversiones inmobiliarias. - Notas especificas para los arrendamientos, los instrumentos financieros, moneda extranjera, retribuciones a L/P al personal, transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio, combinaciones de negocios, negocios conjuntos, activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones interrumpidas, operaciones con partes vinculadas e información segmentada. - La nota de ingresos y gastos reduce su contenido. - La información sobre provisiones y contingencias se agrupa en una nueva nota. - Desaparece la nota sobre el cuadro de financiación. - Desaparece la nota 21, que ofrecía la posibilidad de presentar una cuenta de pérdidas y ganancias analítica. Otras cuestiones: Se mantiene el procedimiento de cálculo de la cifra anual de negocio y número medio de trabajadores. En cuanto a las empresas del grupo, multigrupo y asociadas, se amplía la definición de empresa asociada, en consonancia con los cambios legislativos recientes. Se elimina la obligación de que los estados financieros intermedios no tengan reflejo alguno en la contabilidad o se eliminen todas las anotaciones contables relacionadas con los mismos. Se incorpora una norma para la definición de lo que se considera como partes vinculadas, y se establecen los supuestos en los que una persona física o jurídica debe ser considerada como parte vinculada. J&M Auditores Página 14

15 NOVEDADES DEL NUEVO PGC PARA PYMES INTRODUCCIÓN El primer aspecto es destacar la clasificación de pequeñas empresas en dos bloques: a) Las pymes propiamente dichas. b) Las microempresas, que tienen alguna exención en la aplicación de algunos aspectos concretos del PGCPYMES. Hay que resalar la voluntariedad en aplicar este plan, si bien una vez aplicado se ha de mantener un mínimo de tres ejercicios consecutivos, salvo que pierda la facultad de aplicar este plan por reunir dos de las circunstancias conocidas durante dos ejercicios consecutivos. Si la empresa forma parte de un grupo, los importes a considerar a efectos de las condiciones son los agregados de las empresas que lo conformen. Las magnitudes contables a las que se refiere este apartado serán las que se deriven de las normas contables que hayan resultado de aplicación en el último ejercicio y, en ausencia de éste, las del PGCPymes. Aún cumpliendo las condiciones de dimensión, quedan excluidas de este plan las siguientes empresas: - Que tengan valores admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier estado miembro de la UE. - Que formen parte de un grupo de sociedades que formule o debiera haber formulado cuentas anuales consolidadas. - Que su moneda funcional sea distinta del euro. - Que se trate de entidades financieras para las que existan disposiciones específicas en materia contable. Se distinguen dos bloques: VARIACIONES RESPECTO AL PLAN CONTABLE NORMAL: 1. Un conjunto de situaciones que directamente se han eliminado. 2. Un conjunto de simplificaciones. Eliminaciones A. Las que afectan a las normas de valoración Se han eliminado las de ciertas operaciones que se consideran que este tipo de empresas no las suele realizar: - Fondo de comercio. - Instrumentos financieros compuestos. - Coberturas contables. - Pasivos por retribuciones a largo plazo al personal. - Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio. - Combinaciones de negocio. - Operaciones de fusión, escisión y aportaciones no dinerarias de un negocio entre empresas del grupo. Para ciertos elementos concretos se han eliminado algunas casuísticas planteadas, tales como: - Las referencias a la unidad generadora de activo en el marco del inmovilizado. - Se excluye la existencia de activos no corrientes y grupos enajenables, mantenidos para la venta. - Se elimina la subclasificación de activos y pasivos disponibles para la venta. - Las referencias a los entornos de altas tasas de inflación. J&M Auditores Página 15

16 - Las referidas a monedas funcionales distintas deleuro. En el caso de aparecer operaciones vinculadas con estos elementos, se deberá utilizar directamente el PG como norma supletoria, con excepción de las relativas a activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta que, en ningún caso, serán aplicables. Además, la eliminación de estas normas lleva consigo que desaparezcan: - Las vinculaciones que pueden aparecer en otras normas de valoración afectadas por ellos. - Sus referencias en las cuentas anuales, incluyendo la memoria. B. Las realizadas en el cuadro de cuentas: Han desaparecido las cuentas vinculadas a transacciones eliminadas en este plan o alguna operación de difícil realización por una pyme: Las cuentas 133 y 136 vinculadas con ajustes a cambio de valor. Las cuentas 146, provisiones para reestructuraciones, y 147, provisiones por transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio. La cuenta 177 de obligaciones y bonos convertibles. La cuenta 466, remuneraciones por aportaciones definidas pendientes de pago. El grupo 58 de activos vinculados para la venta y pasivos asociados. Los grupos 8 y 9 completos, relativos a los ingresos y gastos imputados al patrimonio. En aquellas operaciones que imputen resultados al patrimonio se manejan directamente las cuentas afectas. Simplificaciones A) Las que afectan a las normas de valoración: La simplificación más importante se centra en los instrumentos financieros. De este modo, se reduce la clasificación de estos en cuatro grupos: Préstamos y partidas a cobrar. Activos financieros mantenidos para negociar. Inversiones en patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas. Otros activos financieros. De esta manera, se han eliminado los activos mantenidos hasta el vencimiento, para la venta y los híbridos, mientras que se incorpora la categoría de otros activos financieros. La partida de Otros activos financieros plantea nuevos criterios a analizar: - Es un elemento residual que recoge al resto de los activos financieros no incluidos en las categorías anteriores, incluidos los de empresas vinculadas cuando dejan de serlo. - Su valoración inicial se hará por su precio de adquisición. Los gastos de adquisición es opcional su inclusión en el mismo, pudiendo ser imputados directamente a resultados. - Su valoración al cierre ser hará en función del tipo de título: a) Si es un instrumento de deuda, se valora por su coste amortizado y el interés se contabiliza según el criterio del coste efectivo. Se reconoce un deterioro en función de la insolvencia del deudor, siguiendo el criterio general de préstamos y partidas a cobrar, con independencia de la cotización. b) Si es instrumento de patrimonio, se mantiene el precio de adquisición y se reconoce un deterioro en función de la falta de recuperabilidad por un descenso del valor razonable siguiendo un criterio similar al de las inversiones en empresas vinculadas. J&M Auditores Página 16

17 B) Simplificaciones en las cuentas anuales Se elimina la obligatoriedad de elaborar el estado de flujos de efectivo, pudiendo presentarse voluntariamente. Los modelos contables son muy similares a los del plan normal con algunas excepciones: En el balance se eliminan: Dentro de los elementos corrientes, aquellos asociados a activos disponibles para la venta. Los ajustes por cambios en el valor del patrimonio neto. El apartado Otros instrumentos del patrimonio de los fondos propios. Se elimina el estado abreviado de ingresos y gastos reconocidos, desarrollándose una línea para ellos en el estado general único presentado. En la memoria se eliminan las referencias a los instrumentos financieros no considerados y a la casuística de la moneda funcional distinta del euro. CONTABILIDAD PARA MICROEMPRESAS El ámbito de aplicación de estas normas es el mismo que de la contabilidad simplificada: reunir durante dos ejercicios consecutivos, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias: - Que el total de las partidas del activo no supere el millón de euros. - Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los dos millones de euros. - Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a diez. La simplificación para este tipo de empresas afecta a dos aspectos concretos: - Las operaciones de arrendamiento financiero sobre activos no amortizables. En ellas, las cuotas devengadas en el ejercicio se contabilizarán como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias. En su caso, en el momento de ejercer la opción de compra, se registrará el activo por el precio de adquisición de dicha opción. En la memoria se recogerá información detallada sobres estas transacciones. - Impuesto de sociedades. Se sigue el criterio de caja y no de devengo, pues se contabilizará como gasto en la cuenta de resultados el importe que resulte de las liquidaciones relativas al ejercicio. A tal efecto, al cierre del ejercicio, el gasto contabilizado por los importes a cuenta ya pagados deberá aumentarse o disminuirse en la cuantía que proceda, registrando la correspondiente deuda o crédito frente a la hacienda pública. - Se presentará en la memoria cierta información relativa a la situación fiscal de la entidad. J&M Auditores Página 17

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