Ismael Igartua Agente de la Propiedad Industrial Agente de Patentes Europeas Director de Galbaian S.Coop.
|
|
- Pedro Toledo Montero
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 La patente unitaria a través de la cooperación reforzada: una exposición objetiva de un tema controvertido Los Lunes de Patentes Barcelona, 3 de octubre de 2011 Ismael Igartua Agente de la Propiedad Industrial Agente de Patentes Europeas Director de Galbaian S.Coop.
2 Programa 1) Los antecedentes. 2) La patente unitaria a través de la cooperación reforzada. 3) El sistema unificado de litigios de patentes. 4) El futuro.
3 1) Los antecedentes
4 Contexto La obtención de una protección general mediante patente en la Unión Europea es costosa y compleja. Existe un procedimiento centralizado de concesión de patentes europeas, pero tras la concesión han de validarse en cada uno de los países en los que se pretenda obtener una protección. Problemas de este sistema: Elevados costes de traducción. Diferencias en la conservación de patentes. Complejidad administrativa de registro de transferencias, licencias, etc.
5 1) Elevados costes por la traducción n y la publicación n de las patentes Necesidad de presentar una traducción de la patente a una lengua oficial del Estado en el que se quiere validar la patente europea. Mediante el Acuerdo de Londres se han reducido considerablemente estos costes en algunos países. A pesar de todo, validar una patente europea en toda la UE cuesta más de (*) En la práctica se suele optar por validar las patentes europeas sólo en algunos países. (*) Según datos de la Comisión Europea.
6 2) Diferencias en la conservación n de patentes en los Estados miembros Tasas de renovación muy diversas. Disposiciones nacionales accesorias que dificultan el mantenimiento de las patentes. Necesidad de representación por parte de un Agente nacional. 3) Complejidad administrativa de registro de transferencias, licencias, etc. El registro se ha de realizar en cada uno de los Estados en los que se ha validado la patente.
7 Solución Creación de una patente de la UE que abarque a todos los Estados miembros.
8 Patente de la UE Principal escollo: el régimen lingüístico. Existen dos posturas contrapuestas e irreconciliables: Los Estados miembros que abogan por implantar una patente de la UE para la que no sea necesaria ninguna traducción. Los Estados miembros que defienden que el régimen lingüístico de la patente de la UE debería contemplar la traducción a otras lenguas oficiales de la UE. El establecimiento de un nuevo régimen lingüístico requiere unanimidad.
9 Patente de la UE: cronología a de un fracaso 15/12/1975. Se firma el Convenio de la Patente Comunitaria (CPC). Nunca entra en vigor. 15/12/1989. Se firma el Acuerdo relativo a las patentes comunitarias. Nunca entra en vigor. 1/08/2000. La Comisión adopta una propuesta de Reglamento sobre la patente comunitaria. Régimen lingüístico: sin traducción a otras lenguas. No logra unanimidad. 3/03/2003. El Consejo adopta un planteamiento político común sobre la patente comunitaria. Traducción de las reivindicaciones a todas las lenguas oficiales. Se rechaza. 23/05/2008. La Presidencia eslovena presenta una propuesta revisada del Reglamento propuesto por la Comisión. No se llega a ningún acuerdo en cuanto al régimen lingüístico. 30/06/2010. La Comisión adopta una propuesta de Reglamento del Consejo relativo a las disposiciones sobre traducción aplicables a la patente de la UE, basada en la propuesta del 23/05/ /10/2010. La Presidencia belga propone un proyecto de orientación política inspirada en la propuesta de la Comisión. No hay acuerdo en el Consejo.
10 Ante las dificultades para llegar a un acuerdo en relación con la patente de la UE, algunos Estados miembros optan por un plan B : la patente unitaria a través de la cooperación reforzada
11 2) La patente unitaria a través s de la cooperación n reforzada
12 Patente unitaria: cronología Diciembre de Doce Estados miembros dirigen a la Comisión solicitudes en las que manifiestan su deseo de establecer entre sí una cooperación reforzada en el ámbito de la creación de una patente unitaria. 14/12/2010. La Comisión adopta una propuesta de Decisión del Consejo por la que se autoriza una cooperación reforzada. Otros trece Estados miembros solicitan participar en la cooperación reforzada. 10/03/2011. El Consejo adopta la Decisión por la que se autoriza la cooperación reforzada. 13/04/2011. La Comisión adopta las propuestas de Reglamentos para la creación de la patente unitaria. 30/05/2011. España recurre ante el Tribunal de Justicia de la UE la Decisión del Consejo de la UE que autoriza la cooperación reforzada. Italia también recurre. 23/06/2011. La Presidencia húngara invita al Consejo a adoptar un enfoque general de los dos Reglamentos. 27/06/2011. El Consejo adopta por unanimidad el enfoque general de ambos Reglamentos.
13 Qué es la cooperación reforzada? Es un mecanismo de cooperación entre algunos Estados miembros de la UE (no todos) en el marco de las competencias no exclusivas de la Unión, haciendo uso de sus instituciones y ejerciendo dichas competencias de acuerdo con sus Tratados. Su finalidad es la de impulsar los objetivos de la UE, proteger sus intereses y reforzar su proceso de integración. (Art del Tratado de la UE)
14 Cuándo se puede utilizar? Condiciones para que el Consejo de la UE autorice una cooperación reforzada: Que haya llegado a la conclusión de que los objetivos perseguidos por dicha cooperación no pueden ser alcanzados en un plazo razonable por la Unión en su conjunto. Que participen al menos nueve Estados miembros. (Art del Tratado de la UE)
15 Cooperación n reforzada para la creación n de la patente unitaria En diciembre de 2010, doce Estados miembros dirigen solicitudes formales a la Comisión indicando su deseo de establecer entre sí una cooperación reforzada para la creación de la patente unitaria. Estos Estados miembros son: Dinamarca, Alemania, Estonia, Francia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Eslovenia, Finlandia, Suecia y Reino Unido.
16 Cooperación n reforzada para la creación n de la patente unitaria (II) La Comisión adopta una propuesta de Decisión del Consejo por la que se autoriza una cooperación reforzada en el ámbito de la creación de protección mediante una patente unitaria (14/12/2010). Justifica la aplicación de una cooperación reforzada en este caso. Adelanta que, en caso de autorizarse, las medidas de aplicación de la cooperación reforzada deberán incluir dos Reglamentos: uno referido a las disposiciones sustantivas, y otro referido al régimen lingüístico.
17 Cooperación n reforzada para la creación n de la patente unitaria (III) Otros trece Estados miembros solicitan participar en la cooperación reforzada, quedando fuera únicamente España e Italia. El 10/03/2011 el Consejo adopta la Decisión por la que se autoriza la cooperación reforzada.
18 Cooperación n reforzada para la creación n de la patente unitaria (IV) El 13/04/2011, la Comisión adopta las propuestas de dos Reglamentos para la creación de la patente unitaria: 1) Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la creación de protección mediante una patente unitaria ( Reglamento de patente unitaria ). 2) Reglamento del Consejo por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la creación de protección mediante una patente unitaria en lo que atañe a las disposiciones sobre traducción ( Reglamento relativo al régimen lingüístico de la patente unitaria ).
19 Reglamento de patente unitaria Principales características de la patente unitaria: Tendría carácter unitario en todos los Estados miembros participantes. Constituiría una categoría específica de patente europea concedida por la OEP. Sería opcional y coexistiría con las patentes nacionales y europeas. Una vez concedida la patente europea, se podría optar entre: i. una patente unitaria, ii. patentes europeas validadas en determinados Estados contratantes del CPE, o iii. una patente unitaria y patentes europeas validadas en otros Estados contratantes.
20 i) patente unitaria Presentación Solicitud ES Publicación Solicitud ES Concesión patente ES 12 meses 18 meses Concesión EP 9 meses Patente unitaria Pres. EP Publicación EP
21 ii) patente europea validada Presentación Solicitud ES Publicación Solicitud ES Concesión patente ES 12 meses 18 meses Validación en ES Validación en IT Concesión EP Validación en DE Validación en FR 9 meses Pres. EP Publicación EP Validación en TR Validación en NO
22 iii) patente unitaria + patente europea validada Presentación Solicitud ES Publicación Solicitud ES Concesión patente ES 12 meses 18 meses Pres. EP Publicación EP Concesión EP 9 meses Validación en ES Validación en IT Patente unitaria Validación en TR Validación en NO
23 Cómo quedaría a el mapa europeo? Ismael Igartua Galbaian S.Coop.
24 UE Patente unitaria Resto UE No UE Estados contratantes Estados de extensión Ismael Igartua Galbaian S.Coop.
25 Reglamento de patente unitaria (II) Carácter unitario: Proporcionará protección uniforme y tendrá los mismos efectos en todos los Estados miembros participantes. Sólo podrá limitarse, ser objeto de licencia, transferirse, revocarse o extinguirse con respecto al conjunto de esos Estados miembros. En caso de limitación o revocación por falta de novedad según Art. 54(3) CPE, la limitación o revocación surtirá efecto sólo en los Estados miembros designados en la solicitud europea previa.
26 Reglamento de patente unitaria (III) Principales tareas de la OEP en relación con la patente unitaria: Gestionar las solicitudes de efecto unitario. Incluir y gestionar las inscripciones relativas a las patentes unitarias en el Registro Europeo de Patentes. Recibir y registrar las declaraciones relativas a las licencias. Garantizar la publicación de las traducciones requeridas durante el periodo transitorio. Recaudar y administrar las tasas anuales.
27 Reglamento de patente unitaria (IV) Tasas anuales: Se abonarán a la Organización Europea de Patentes. Serán progresivas. Deberán ser suficientes para garantizar el equilibrio presupuestario de la Organización Europea de Patentes. El 50% de las tasas anuales recaudadas se distribuirá entre los Estados miembros.
28 Reglamento relativo al régimen r lingüí üístico de la patente unitaria Principales aspectos: La patente unitaria se publicaría en la lengua del procedimiento e incluiría una traducción de las reivindicaciones a las otras dos lenguas oficiales de la OEP. No se exigiría ninguna otra traducción. Excepción: medidas transitorias: Expirarían cuando se dispusiera de traducciones automáticas de elevada calidad. Las traducciones no tendrían valor jurídico. En caso de litigio, el titular tendría que facilitar una traducción manual completa.
29 Reglamento relativo al régimen r lingüí üístico de la patente unitaria (II) Medidas transitorias: Durante un periodo transitorio, las solicitudes de efecto unitario irán acompañadas de una traducción completa: i. al inglés, si la lengua de procedimiento ante la OEP es el ii. alemán o el francés, o a otra lengua oficial de los Estados miembros y de la Unión, si la lengua de procedimiento ante la OEP es el inglés. Esta traducción será publicada por la OEP. No tendrá valor jurídico y será exclusivamente de carácter informativo.
30 Reglamento relativo al régimen r lingüí üístico de la patente unitaria (III) Fin del periodo transitorio: A propuesta de la Comisión, sobre la base de la evaluación objetiva periódica de la disponibilidad de traducciones automáticas de elevada calidad por parte de un comité de expertos independientes. Evaluación cada dos años a partir del sexto año siguiente a la fecha de aplicación del reglamento. Si no se pone fin antes a propuesta de la Comisión, doce años después de la fecha de aplicación del Reglamento.
31 Reglamento relativo al régimen r lingüí üístico de la patente unitaria (IV) Traducción en caso de litigio: El titular de la patente facilitará, a petición y a elección del supuesto infractor, una traducción completa a una de las lenguas oficiales del Estado miembro en el que: i. haya tenido lugar la supuesta infracción, o ii. tenga su domicilio el supuesto infractor. También facilitará un traducción completa a la lengua de procedimiento del tribunal competente, cuando así se lo solicite. El coste de las traducciones será sufragado por el titular.
32 Reglamento relativo al régimen r lingüí üístico de la patente unitaria (V) Reclamación por daños y perjuicios: El tribunal deberá tener en cuenta el hecho de que, antes de que se le haya proporcionado la traducción al supuesto infractor, éste puede haber actuado sin saber o sin tener motivos razonables para saber que estaba infringiendo la patente.
33 Reglamento relativo al régimen r lingüí üístico de la patente unitaria (VI) Gestión de un sistema de compensación: Se establecerá un sistema de compensación para reembolsar, hasta un límite máximo, todos los costes de traducción en que incurran los solicitantes que presenten su solicitud de patente en la OEP en una lengua oficial de la UE que no sea lengua oficial de la OEP.
34 Recursos ante el TJUE contra la cooperación n reforzada El 30/05/2011, España recurre ante el Tribunal de Justicia de la UE la Decisión del Consejo que autoriza la cooperación reforzada. Italia también recurre.
35 Recursos ante el TJUE contra la cooperación n reforzada (II) Principales argumentos del recurso presentado por España: No se cumplen los requisitos para utilizar un procedimiento de cooperación reforzada porque: Se vulnera el principio de no discriminación. No se utiliza como un último recurso, ya que hay aún posibilidades sin contemplar. Se refiere a áreas excluidas de la cooperación reforzada. Se utiliza la cooperación reforzada para eludir el cumplimiento de normativa de la UE que exige unanimidad en esta materia.
36 Aceptación n del enfoque general de los Reglamentos por el Consejo El 23/06/2011, la Presidencia húngara invita al Consejo a adoptar un enfoque general de los dos Reglamentos. El 27/06/2011, el Consejo adopta por unanimidad el enfoque general de ambos Reglamentos. Esto implica que se llega a un acuerdo en lo que respecta a los elementos esenciales de los Reglamentos, a la espera de la opinión del Parlamento Europeo.
37 En todo caso la patente unitaria no serviría para nada sin tribunales en donde dirimir los conflictos de infracción y validez de la misma
38 3) El sistema unificado de litigios de patentes
39 Sistema unificado de litigios de patentes El 8/03/2011 el Tribunal de Justicia de la UE dictaminó que el sistema jurisdiccional propuesto para la patente europea no era compatible con los Tratados de la Unión (Opinión 1/09). Ante esta situación, la Presidencia húngara del Consejo publicó una versión revisada del borrador de acuerdo. Actualmente, las últimas propuestas están siendo discutidas por el Consejo bajo Presidencia polaca.
40 Sistema unificado de litigios de patentes (II) Principales características de la versión revisada del borrador de acuerdo: Habrá un Tribunal de Primera Instancia, un Tribunal de Apelación y un Registro. El Tribunal de Primera Instancia estará compuesto por una División central, así como Divisiones locales y regionales en los Estados contratantes. El acuerdo estará abierto únicamente a los Estados miembros de la UE, y la UE no será una parte contratante de la misma. El acuerdo será un tratado internacional entre Estados miembros de la UE.
41 4) El futuro
42 Qué pasará con los recursos presentados por España e Italia? en relación con los Reglamentos sobre la patente unitaria? Aceptará el Parlamento Europeo la patente unitaria? con el sistema unificado de litigios de patentes?
43 Cómo afectaría a a las empresas españolas la patente unitaria?
44 Muchas gracias por su atención Ismael Igartua
PROPIEDAD INDUSTRIAL PATENTES PATENTE UNITARIA. Argentina Brasil Colombia Chile España México Perú Portugal Uruguay Venezuela
PROPIEDAD INDUSTRIAL PATENTES PATENTE UNITARIA Argentina Brasil Colombia Chile España México Perú Portugal Uruguay Venezuela Clarke, Modet & Cº 2013 Clarke Modet & Cº 2013 Índice - Antecedentes más relevantes
Más detallesESPAÑA ANTE LA PATENTE UNITARIA. Luis Gimeno Olcina Jefe de la Unidad de Recursos OEPM PhD, LLM Queen Mary College University of London
ESPAÑA ANTE LA PATENTE UNITARIA Luis Gimeno Olcina Jefe de la Unidad de Recursos OEPM PhD, LLM Queen Mary College University of London ANTECEDENTES Apoyo tradicional de España a la creación de un título
Más detallesLA MARCA COMUNITARIA
LA MARCA COMUNITARIA El registro de una marca comunitaria tiene una naturaleza unitaria que confiere a su titular efectos en el conjunto de la Unión Europea, proporcionándoles a sus titulares derechos
Más detallesVI FORUM ACPI. Sessão I: Patente Europeia de Efeito Unitário e Tribunal Unificado de Patentes Painel 1: Impacto Juridico para a Industria
VI FORUM ACPI Sessão I: Patente Europeia de Efeito Unitário e Tribunal Unificado de Patentes Painel 1: Impacto Juridico para a Industria Luis-Alfonso Durán 12 de Fevereiro de 2014 1/10 I. REGLAMENTOS SOBRE
Más detalles... (nombre completo del solicitante) nacido en...[ciudad] el...[fecha]
OFICINA DE ARMONIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR v. 9/2003 Solicitud de inscripción en la LISTA ESPECIAL DE REPRESENTANTES AUTORIZADOS EN ASUNTOS DE DIBUJOS Y MODELOS ante la Oficina de Armonización del Mercado
Más detallesPropuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO
COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 13.4.2011 COM(2011) 216 final 2011/0094 (CNS) Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la creación de protección
Más detallesCOMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 2.10.2001 COM(2001) 535 final 2000/0328 (COD) Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO A LA IMPLANTACIÓN DEL DOMINIO
Más detallesFAQ PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
FAQ PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL Qué diferencias existen entre una patente, un modelo de utilidad y un diseño industrial? Las Patentes y Modelos de Utilidad son Títulos otorgados por el Estado al
Más detallesEl Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos,
Sistema de Madrid El Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y el Protocolo concerniente a ese Arreglo: Objetivos, Características Principales, Ventajas El Arreglo de Madrid relativo
Más detallesANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional.
ANEXO II Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional Introducción 1. El Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones
Más detallesGeneralitat de Catalunya Departament de Medi Ambient Direcció General de Qualitat Ambiental
El 24 de abril de 2001, se publicó el Reglamento (CE) núm. 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter
Más detalles(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2
18. Convenio 1 sobre el Reconocimiento de Divorcios y de Separaciones Legales 2 (hecho el 1º de junio de 1970) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando facilitar el reconocimiento de los
Más detallesDESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS OBJETIVOS DEL SECTOR
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS OBJETIVOS DEL SECTOR La Sección 34 Relaciones financieras con la Unión Europea- recoge los créditos presupuestarios destinados a financiar las aportaciones españolas al Presupuesto
Más detallesPRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE
PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID
Más detallesNormativa para Trabajos Fin de Grado. Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica. Universidad de Sevilla
Normativa para Trabajos Fin de Grado Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica Universidad de Sevilla Contenido 1. Propósito... 3 2. Naturaleza... 3 3. Comisión de Centro... 3 4. Coordinador...
Más detallesEstado de los Recursos Humanos en la UNED.
Estado de los Recursos Humanos en la UNED. Estado de los Recursos Humanos en la UNED.... 1 RPT... 1 Provisión y Promoción... 2 Provisión...2 Promoción... 2 Formación... 3 Comisión gestora para la implantación
Más detalleshttp://www.oepm.es/cs/oepmsite/contenidos/pph/paises/colombia/colombia.htm
Procedimiento Acelerado de Estudio de es de Patente (PPH) entre la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) La SIC está adelantando las acciones
Más detallesMarcas 0 - PARTICIPACIÓN
Marcas 29/10/2008-31/12/2008 Hay 391 respuestas de 391 que responden a sus criterios 0 - PARTICIPACIÓN País DE - Alemania 72 (18.4%) PL - Polonia 48 (12.3%) NL - Países Bajos 31 (7.9%) UK - Reino Unido
Más detallesDECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB
DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE FONOWEB Fonoweb se compromete a respetar su privacidad y la confidencialidad de su información personal, los datos de las comunicaciones y el contenido de las comunicaciones
Más detallesAnexo de la Iniciativa Microsoft Software and Services Advisor (consultor de servicios y software de Microsoft)
Anexo de la Iniciativa Microsoft Software and Services Advisor (consultor de servicios y software de Microsoft) SI SE DESPLAZA HASTA LA PARTE INFERIOR DEL PRESENTE ANEXO DEL ACUERDO DEL PROGRAMA DE PARTNERS
Más detalleshttp://www.uspto.gov/web/offices/com/sol/og/2012/week34/toc.htm#ref14
Procedimiento Acelerado de Estudio de es de Patente (PPH) entre la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos de América (USPTO) La Superintendencia
Más detallesANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR.
ANTEPROYECTO DE LEY DE ACCESO AL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR. Artículo 1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación. 1. La presente Ley tiene por objeto regular el acceso a las profesiones
Más detallesLa empresa. Servicios generales. - Efectuar el mantenimiento de los registros concedidos.
La empresa Ochandiano & Molina es una empresa dedicada al asesoramiento técnico, jurídico y administrativo en asuntos relacionados con la Propiedad Industrial, tanto en el ámbito nacional como en el ámbito
Más detallesCAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA
CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA Artículo 25.1: Definiciones Para los efectos de este Capítulo: medida regulatoria cubierta significa la medida regulatoria determinada por cada Parte que estará sujeta
Más detallesSECCIÓN CORTES GENERALES
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS 17 de enero de 2014 Núm. 241 Pág. 1 Autorización de Tratados y Convenios Internacionales 110/000114 (CD) Convenio
Más detalles(Anuncios) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TRIBUNAL DE CUENTAS ANUNCIO DE VACANTE ECA/2015/JUR. 2 puestos de jurista (Grados AD 8-AD 9)
23.12.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 433 A/1 V (Anuncios) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TRIBUNAL DE CUENTAS ANUNCIO DE VACANTE ECA/2015/JUR 2 puestos de jurista (Grados AD 8-AD 9) Servicio
Más detallesPropuesta de REGLAMENTO (UE) DEL CONSEJO. relativo a las disposiciones sobre traducción aplicables a la patente de la Unión Europea
ES ES ES COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 30.6.2010 COM(2010) 350 final 2010/0198 (CNS) Propuesta de REGLAMENTO (UE) DEL CONSEJO relativo a las disposiciones sobre traducción aplicables a la patente de la Unión
Más detalles1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de
Más detallesNORMAS REGULADORAS. de la. INSTITUCIÓN de MEDIACIÓN de INGENIEROS (In.Me.In.) del CONSEJO GENERAL de la INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL.
( REVISION 2, DOCUMENTO ) NORMAS REGULADORAS de la INSTITUCIÓN de MEDIACIÓN de INGENIEROS (In.Me.In.) del CONSEJO GENERAL de la INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL Indice CAPÍTULO I, Ámbito de aplicación y naturaleza...3
Más detallesPara que la legislación modelo propuesta ofrezca mayor certidumbre y previsión, será necesario que aborde los siguientes temas:
DESCRIPCION DE LA PROPUESTA DEL CANADA SOBRE LA ELABORACION DE UNA LEGISLACION MODELO SOBRE JURISDICCION Y NORMAS SOBRE CONFLICTO DE LEYES, APLICABLES EN FORMA UNIFORME EN MATERIA DE CONTRATOS CON EL CONSUMIDOR
Más detallesVHIR - Innovación. Vall d Hebron Institut de Recerca (VHIR) Institut d Investigació Sanitària acreditat per l Instituto de Salud Carlos III (ISCIII)
Vall d Hebron Institut de Recerca (VHIR) Institut d Investigació Sanitària acreditat per l Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) La importància de la Protecció del Coneixement: L inici de la Transferència
Más detallesAUD 008-2014. Estudio de Auditoría 008-2014 Verificación del Licenciamiento del Software equipo de MIDEPLAN Decreto Ejecutivo Nº 37549-JP
AUD 008-2014 Estudio de Auditoría 008-2014 Verificación del Licenciamiento del Software equipo de MIDEPLAN Decreto Ejecutivo Nº 37549-JP JUNIO 2014 0 I.- INFORMACIÓN GENERAL 1.1 Nombre del Estudio Verificación
Más detallesSistemas de Gestión de Calidad. Control documental
4 Sistemas de Gestión de Calidad. Control documental ÍNDICE: 4.1 Requisitos Generales 4.2 Requisitos de la documentación 4.2.1 Generalidades 4.2.2 Manual de la Calidad 4.2.3 Control de los documentos 4.2.4
Más detallesLas preguntas más frecuentes (P+F) sobre los visados Schengen
Las preguntas más frecuentes (P+F) sobre los visados Schengen 1 QUÉ PAÍSES FORMAN PARTE DEL ESPACIO SCHENGEN? 2 QUÉ ES UN VISADO SCHENGEN? 3 NECESITO UN VISADO PARA ENTRAR EN UN ESTADO SCHENGEN? 4 SOY
Más detallesConvenio Internacional del Trabajo No. 96 relativo a las Agencias Retribuidas de Colocación (revisado en 1949)
Convenio Internacional del Trabajo No. 96 relativo a las Agencias Retribuidas de Colocación (revisado en 1949) 4. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 1 de julio de 1949 Fecha de entrada
Más detallesCómo se adoptan y supervisan los convenios y las recomendaciones internacionales del trabajo
Cómo se adoptan y supervisan los convenios y las recomendaciones internacionales del trabajo Lo intolerable en el punto de mira: un nuevo convenio internacional para eliminar las peores formas de trabajo
Más detallesANEXO 1 SCP/14/2 PRERROGATIVA DEL SECRETO PROFESIONAL EN LA RELACIÓN CLIENTE-ASESOR DE PATENTES
ANEXO 1 SCP/14/2 PRERROGATIVA DEL SECRETO PROFESIONAL EN LA RELACIÓN CLIENTE-ASESOR DE PATENTES 1. En relación al literal i, que mantiene las declaraciones de Australia, en el numeral 17 manifestamos que
Más detallesPolítica uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio
Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio Política aprobada el 26 de agosto de 1999 Documentos de ejecución aprobados el 24 de octubre de 1999 Traducción al español
Más detallesCristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012
Cristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012 GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA: SER PADRES MÁS ALLA DE LA RUPTURA. Uno de los agentes que más influye en que va a
Más detallesEL DISEÑO INDUSTRIAL EN ESPAÑA Y EN LA UNIÓN EUROPEA
EL DISEÑO INDUSTRIAL EL DISEÑO INDUSTRIAL EN ESPAÑA Y EN LA UNIÓN EUROPEA Se denomina diseño a la apariencia externa que presenta un producto como consecuencia de las características originales de línea,
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 20 de diciembre de 2001
Real Decreto 1123/1995, de 3 de julio, para la aplicación del Tratado de Cooperación en materia de patentes, elaborado en Washington el 19 de junio de 1970. Ministerio de Industria y Energía «BOE» núm.
Más detallesEl Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos,
El Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y el Protocolo concerniente a ese Arreglo: Objetivos, Características Principales, Ventajas Publicación de la OMPI No. 418(S) ISBN 92-805-0741-9
Más detallesConvención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958
Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Artículo I 1. La presente Convención se aplicará al reconocimiento y la
Más detallesLa Red Europea de Defensores del Pueblo Declaración
La Red Europea de Defensores del Pueblo Declaración Declaración adoptada en el VI Seminario de Defensores del Pueblo nacionales de los Estados Miembros de la UE y de los países candidatos; Estrasburgo,
Más detallesREGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO
REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO Exposición de motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por
Más detallesALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS. Subvenciones 2015 fomento de solicitudes de PATENTES y modelos de utilidad españoles y en el exterior RESUMEN-
Subvenciones 2015 fomento de solicitudes de PATENTES y modelos de utilidad españoles y en el exterior RESUMEN- OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS Bases: Orden IET/940/2013 (BOE 29-05-2013) Convocatoria
Más detallesApoyo a solicitudes de registro de derecho de propiedad intelectual
3.1. Apoyo a solicitudes de registro de derecho de propiedad intelectual Introducción Los derechos de propiedad intelectual cobran cada vez mayor importancia, tanto por su valor económico como por su carácter
Más detallesPolítica de la base datos WHOIS para nombres de dominio.eu
Política de la base datos WHOIS para nombres de dominio.eu 1/7 DEFINICIONES En este documento se usan los mismos términos definidos en los Términos y Condiciones y/o las normas para la solución de controversias
Más detallesComité Permanente sobre el Derecho de Patentes
S SCP/17/7 ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 20 DE OCTUBRE DE 2011 Comité Permanente sobre el Derecho de Patentes Decimoséptima sesión Ginebra, 5 a 9 de diciembre de 2011 PROPUESTA DE LA DELEGACIÓN DE DINAMARCA
Más detallesPreguntas frecuentes sobre Propiedad Industrial La Universitat de València genera de forma continua resultados de investigación de mayor o menor
Preguntas frecuentes sobre Propiedad Industrial La Universitat de València genera de forma continua resultados de investigación de mayor o menor aplicación en el mercado, que deben ser protegidos por su
Más detallesGeneralidades. DOCUMENTOS DE PATENTES COMO FUENTE DE INFORMACION TECNOLOGICA
DOCUMENTOS DE PATENTES COMO FUENTE DE INFORMACION TECNOLOGICA Generalidades. Cuando una persona ha realizado una invención lo más conveniente es protegerla obteniendo un derecho de Propiedad Industrial.
Más detalles1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos en las Enseñanzas de Grado y Máster conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales de la Universidad de Murcia El Real
Más detallesCondiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes
Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes General (1) Estas Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación (en adelante
Más detallesNIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS
NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros
Más detallesInternet como herramienta de comercialización: dificultades fiscales. Vilagarcía de Arousa, 26 de abril de 2010
Internet como herramienta de comercialización: dificultades fiscales. Vilagarcía de Arousa, 26 de abril de 2010 IMPUESTO SOBRE EL VINO. SITUACIÓN hasta 1/04/2010 TIPO CERO EN ESPAÑA ALTA FISCALIDAD EN
Más detallesAcceso de los Psicólogos a la Profesión. Psicólogo General Sanitario
Acceso de los Psicólogos a la Profesión Psicólogo General Sanitario Informe elaborado por Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos Noviembre de 2011 LEGISLACIÓN APLICABLE Ley 44/2003, de 21
Más detallesPreguntas más frecuentes
Preguntas más frecuentes 1. Qué es una patente? 2. Por qué patentar? 3. Qué requisitos debe cumplir una invención para ser patentable? 4. Se puede patentar y publicar a la vez? 5. Qué se considera inventor
Más detallesFUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES
Introducción FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, en su artículo
Más detallesDECISIÓN DE LA COMISIÓN
26.6.2014 ES L 186/103 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 24 de junio de 2014 relativa a la comercialización para usos esenciales de biocidas que contengan cobre [notificada con el número C(2014) 4062] (Los textos
Más detallesLas Relaciones Públicas en el Marketing social
Las Relaciones Públicas en el Marketing social El marketing social es el marketing que busca cambiar una idea, actitud o práctica en la sociedad en la que se encuentra, y que intenta satisfacer una necesidad
Más detallesLA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS
LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS 1. Qué es la mediación? la mediación es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en EL que dos o más
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259 Martes 29 de octubre de 2013 Sec. III. Pág. 87492 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 11320 Orden ECD/1997/2013, de 24 de octubre, por la que se establecen las
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS
Más detallesCONVENIO 131 RELATIVO A LA FIJACION DE SALARIOS MINIMOS, CON ESPECIAL REFERENCIA A LOS PAISES EN VIAS DE DESARROLLO
CONVENIO 131 RELATIVO A LA FIJACION DE SALARIOS MINIMOS, CON ESPECIAL REFERENCIA A LOS PAISES EN VIAS DE DESARROLLO TEXTO ORIGINAL. Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el jueves 26
Más detallesFIN-NET RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS TRANSFRONTERIZOS ENTRE CONSUMIDORES Y PROVEEDORES DE SERVICIOS: GUÍA DEL CONSUMIDOR
FIN-NET RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS TRANSFRONTERIZOS ENTRE CONSUMIDORES Y PROVEEDORES DE SERVICIOS: GUÍA DEL CONSUMIDOR Este folleto contiene información sobre: Qué hacer si tiene queja de su
Más detallesGrupo de Trabajo sobre el Servicio de Acceso Digital a los Documentos de Prioridad
S WIPO/DAS/PD/WG/3/3 ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 23 DE MAYO DE 2011 Grupo de Trabajo sobre el Servicio de Acceso Digital a los Documentos de Prioridad Tercera reunión Ginebra, 12 a 15 de julio de 2011 ASPECTOS
Más detallesPreguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos
Más detallesDinamarca :Ley de Igualdad de Género (Consolidación) Ley de Consolidación Nº 553 del 2 de julio 2002
Dinamarca :Ley de Igualdad de Género (Consolidación) Ley de Consolidación Nº 553 del 2 de julio 2002 Una Ley de consolidación de la ley sobre igualdad de género, enmendada por la sección 4 de la Ley Nº
Más detallesVisto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, el artículo 127, apartado 6, y el artículo 132,
L 314/66 1.12.2015 DECISIÓN (UE) 2015/2218 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 20 de noviembre de 2015 sobre el procedimiento para excluir a empleados de la presunción de que sus actividades tienen una incidencia
Más detallesConvenio de la Haya. Convenio de protección al niño y cooperación en adopción internacional
Convenio de la Haya Convenio de protección al niño y cooperación en adopción internacional RECONOCIENDO que para el desarrollo armónico de su personalidad, el niño debe crecer en un medio familiar, en
Más detalles2.2 Las estancias deberán efectuarse en universidades de uno de los países elegibles para participar en el programa ERASMUS+. 1
Convocatoria de ayudas para la movilidad del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cantabria en el marco del Programa Erasmus+, Curso académico 2014-2015. El Vicerrectorado de Internacionalización
Más detalles4.4.1 Servicio de Prevención Propio.
1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con
Más detallesEL DELEGADO DE PREVENCIÓN
EL DELEGADO DE PREVENCIÓN Y OTRAS CUESTIONES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS QUE ME INTERESAN www.osalan/euskadi.net Indice.: Quién es el Delegado de Prevención? 2.: A quién le corresponde la representación
Más detallesGrado en Criminología y Seguridad
Grado en Criminología y Seguridad Datos del título Denominación del Título: Graduado o Graduada en Criminología y Seguridad por la Universidad de Cádiz Rama de Conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora
REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora Artículo Primero. Asset Administradora General de Fondos S.A. (la Administradora
Más detallesMINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA
SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones
Más detalles22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor
22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 20 de diciembre de 1996 Fecha de entrada en vigor
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Más detallesCONFERENCIA DIPLOMÁTICA SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
OMPI Organización Mundial de la Propiedad Intelectual Ginebra CRNR/DC/94 Rev. ORIGINAL: Inglés FECHA: 15 de abril de 1997 CONFERENCIA DIPLOMÁTICA SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS
Más detallesFETE-UGT reclama un plan de recuperación de la condiciones sociolaborales del profesorado
Horas de enseñanza anuales. Datos OCDE Y UE21 El profesorado español está por encima de la media de la Unión Europea y de la OCDE en horas de enseñanza al año, tanto en Primaria como en Secundaria FETE-UGT
Más detallesASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones
ANEXO V ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones Para los efectos del presente Anexo: «autoridad requerida» significa toda autoridad administrativa designada para este
Más detallesLA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MAGISTERIO DE EMPLEO Y CONTRATADO * 1. INTRODUCCIÓN
NOTAS LA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MAGISTERIO DE EMPLEO Y CONTRATADO * 35.088.36(46) Por MANUEL LÓPEZ RODRÍGUEZ Sumario: 1. Introducción. 2. Maestros interinos y Maestros sustitutos. 3. Configuración,
Más detallesACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Con el presente acuerdo de confidencialidad (en lo sucesivo denominado ACUERDO) Nombre completo de la institución asociada al proyecto PINE (en adelante, referido con su acrónimo
Más detallesLEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
NOTA: SOLO SE INCLUYEN AQUELLOS ARTÍCULOS O APARTADOS QUE HACEN REFERENCIA O TIENEN RELACIÓN CON EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración
Más detallesgestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa
gestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa 45 46 Entendiendo la gestión económica como los procedimientos establecidos para la ejecución de los presupuestos
Más detallesTASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES
TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES Art. 1.- Fundamento jurídico. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el art. 106 de la Ley 7/1985,
Más detallesComité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore
ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 28 DE MARZO DE 2013 Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore Vigésima cuarta sesión Ginebra, 22 a 26 de
Más detallesHORAS DE TRABAJO SEMANALES, DEL PROFESORADO EN EUROPA, EN EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA, SECUNDARIA INFERIOR (ESO) Y SECUNDARIA SUPERIOR (BACHILLERATO)
DE TRABAJO SEMANALES, DEL PROFESORADO EN EUROPA, EN EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA, SECUNDARIA INFERIOR (ESO) Y SECUNDARIA SUPERIOR (BACHILLERATO) GABINETE TÉCNICO Septiembre 2013 DE TRABAJO SEMANALES, DEL
Más detallesLA TARIFA PLANA, LA CREACIÓN DE EMPLEO Y SU COSTE PARA LAS PENSIONES.
LA TARIFA PLANA, LA CREACIÓN DE EMPLEO Y SU COSTE PARA LAS PENSIONES. En el último Debate sobre el Estado de la Nación, el presidente del gobierno, anunció como iniciativa estrella unas medidas para potenciar
Más detallesPolítica de registro del dominio.bbva
Política de registro del dominio.bbva Política de registro del dominio.bbva 1. Admisibilidad Solo BBVA y sus filiales podrán inscribir un nombre de dominio en el TLD de.bbva. Si el usuario inscrito deja
Más detallesGuía práctica. Red Judicial Europea en materia civil y mercantil
Uso de la videoconferencia para obtener pruebas en materia civil y mercantil en virtud del Reglamento (CE) nº 1206/2001 del Consejo de 28 de mayo de 2001 Guía práctica Red Judicial Europea en materia civil
Más detallesSENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 5 de mayo de 2015 (*)
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 5 de mayo de 2015 (*) «Recurso de anulación Establecimiento de una cooperación reforzada Patente unitaria Reglamento (UE) nº 1260/2012 Disposiciones sobre
Más detallesACUERDO DE ACREDITACIÓN Nro. 16. Carrera de Contabilidad y Finanzas. Universidad de Lima
ACUERDO DE ACREDITACIÓN Nro. 16 Carrera de Contabilidad y Finanzas Universidad de Lima El Consejo Académico del Instituto Internacional para el Aseguramiento de la Calidad, IAC, reunido en la Ciudad de
Más detallesCIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS
CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS ENTRADA, ESTANCIA Y RESIDENCIA EN ESPAÑA TRAS EL INGRESO DE BULGARIA Y RUMANÍA EN LA UNIÓN EUROPEA EL 1 DE ENERO DE 2007. Internet: www.mtas.es http://extranjeros.mtas.es/
Más detallesBolsa POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES BANESTO BOLSA
BANESTO BOLSA INDICE 1. ALCANCE... 3 2. AMBITO DE APLICACIÓN... 4 3. CONSIDERACIÓN DE FACTORES... 6 a. Precio... 6 b. Costes... 6 c. Rapidez... 6 d. Probabilidad de la ejecución y la liquidación... 6 e.
Más detallesREGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO
REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO PREÁMBULO El Real decreto 1393/2007, del 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone
Más detallesNormativa de Permanencia y Condiciones de Matrícula para titulaciones de Grado
Normativa de Permanencia y Condiciones de Matrícula para titulaciones de Grado Aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad CEU Cardenal Herrera de fecha 11 de marzo de 2014. I. Disposiciones
Más detallesEl Gobierno del Reino de España y el Gobierno Federal de Austria (en lo sucesivo denominados «las Partes»),
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO FEDERAL AUSTRIACO RELATIVO AL INTERCAMBIO Y PROTECCION MUTUA DE LA INFORMACION CLASIFICADA («BOE núm. 30/2013, de 4 de febrero de 2013») Acuerdo
Más detalles