REGLAMENTO DE GESTIÓN TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE GESTIÓN TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI"

Transcripción

1 O TORONJO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI BACS ADMINISTRADORA DE ACTIVOS S.A.S.G.RC.I. Sociedad Gerente DEUTSCHE BANK S.A. Sociedad Depositaría ORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI CLÁUSULAS PARTICULARES

2 TORONTO TRUST SPECLAL OPPORTUNITIES FCI REGl^^MENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE GESTIÓN (en adelante/ el "REGLAMENTO") regula las relaciones contractuales entre la SOCIEDAD GERENTE (en adelante, la "GERENTE"), la SOCIEDAD DEPOSITARÍA (en adelante, la "DEPOSITARÍA") y los inversores (en adelante, los "CUOTAPARTISTAS"), y se integra por las CLÁUSULAS PARTICULARES que se exponen a continuación y por las CLÁUSULAS GENERALES establecidas en el artículo 44 del CAPÍTULO XI de las NORMAS (N.T. 2001) de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (en adelante las "NORMAS"). El texto completo y actualizado de las CLÁUSULAS GENE- RALES se encuentra en forma permanente a disposición del público inversor en la página web de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES en y en los locales o medios afectados a la atención del público inversor de la GERENTE y la DEPOSITARÍA. FUNCIÓN DE LAS CLÁUSULAS PARTICULARES. El rol de las CLÁUSU- LAS PARTICULARES es complementar las referencias efectuadas por las CLÁUSU- LAS GENERALES, o incluir cuestiones no tratadas específicamente en las CLÁUSU- LAS GENERALES pero dentro de ese marco general. MODIFICACIÓN DE LAS CLÁUSULAS PARTICULARES DEL REGLAMENTO, Las CLÁUSULAS PARTICULARES del REGLAMENTO que se exponen a continuación, pueden modificarse en todas sus partes mediante el acuerdo de la GERENTE y la DEPOSITARÍA, sin que sea requerido el consentimiento de los CUOTAPARTISTAS. Toda modificación deberá ser previamente aprobada por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. Cuando la reforma tenga por objeto modificar sustancialmente la política de inversiones o los ACTTVQS AUTORIZADOS en

3 O TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITI ES FCI el CAPÍTULO 2 de las CLÁUSULAS PARTICULARES o aumentar el tope de honorarios y gastos o las comisiones previstas en el CAPITULO 7 de las CLAUSULAS PARTICULARES/ establecidas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 inc. c) de la ley deberán aplicar las siguientes reglas: (i) no se cobrará a los CUOTA- PARTISTAS durante un plazo de QUINCE (15) días corridos desde la publicación de la reforma, la comisión de rescate que pudiere corresponder según lo previsto en el CAPÍTULO 7, Sección 6, de las CLÁUSULAS PARTICULARES; y (ii) las modificaciones aprobadas por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES no serán aplicadas hasta transcurridos QUINCE (15) días desde su inscripción en el REGISTRO PÚBLI- CO DE COMERCIO y publicación por DOS (2) días en el BOLETÍN OFICIAL y en un diario de amplia difusión en la jurisdicción de la GERENTE y la DEPOSITARÍA. La reforma de otros aspectos de las CLÁUSULAS PARTICULARES del REGLA- MENTO estará sujeta a las formalidades establecidas en el artículo 11 de la ley , siendo oponible a terceros a los CINCO (5) días de su inscripción en el RE- GISTRO PÚBLICO DE COMERCIO, la que se realizará previo cumplimiento de la publicidad legal. MODIFICACIÓN DE" LAS "CLÁUSULAS GENERALES DEL REGLAMENTO. Las CLÁUSULAS GENERALES del REGLAMENTO sólo pueden ser modificadas por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. Las modificaciones que realice la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES al texto de las CLÁU- SULAS GENERALES se considerarán incorporadas en forma automática y de pleno derecho al mismo a partir de la entrada en vigencia de la Resolución aprobatoria. En caso que la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES introduzca modificaciones al texto de las CLÁUSULAS GENERALES, la GERENTE y la DEPOSITARÍA deberán informar las modificaciones ocurridas realizando una publicación por DOS (2) días en un diario de amplia difusión en la jurisdicción de la GERENTE y la DEPOSITA- RÍA. Esta obligación se tendrá por cumplimentada con la publicación que a estos

4 TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI efectos realice la CÁMARA ARGENTINA DE FONDOS COMUNES DE INVER- SIÓN en representación de sus asociadas por DOS (2) días en un diario de amplia difusión en la jurisdicción de la GERENTE y la DEPOSITARÍA. ORDEN DE LAS CLÁUSULAS PARTICULARES. Únicamente para facilitar la lectura y comprensión del REGLAMENTO, las CLÁUSULAS PARTICULARES refieren en el encabezamiento de cada uno de sus CAPÍTULOS al CAPITULO correspondiente de las CLÁUSULAS GENERALES, incorporándose CAPÍTULOS especiales de CLÁUSULAS PARTICULARES para aquellas cuestiones no tratadas específicamente en las CLÁUSULAS GENERALES. CAPÍTULO 1: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 1 PE LAS CLÁUSULAS GENERALES "CLÁUSULA PRELI- MINAR" 1. SOCIEDAD GERENTE: la GERENTE del FONDO es BACS Administradora de Activos Sociedad Anónima Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión, con domicilio en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El sitio web de la GERENTE: 2. SOCIEDAD DEPOSITARÍA: la DEPOSITARÍA del FONDO es Deutsche Bank S.A. El sitio web de la DEPOSITARLA: 3. EL FONDO: el fondo común de inversión se denomina Toronto Trust Special Opportunities FCI (el "FONDO"). CAPÍTULO 2: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 2 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "EL FONDO"

5 TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI 1. OBJETIVOS Y POLÍTICA DE INVERSIÓN: Las inversiones del FONDO. se orientan a: 1.1. OBJETIVOS DE INVERSIÓN: el objetivo primario de la administración del PONDO es obtener una apreciación del patrimonio del FONDO mediante ingresos corrientes y ganancias de capital por la compra y venta de ACTIVOS AUTORIZA- DOS POLÍTICA DE INVERSIÓN: la administración del patrimonio del PONDO procura lograr los mejores resultados administrando el riesgo asociado, identificando y conformando un portafolio de inversiones con grados de di versificación variables según lo aconsejen las circunstancias del mercado en un momento determinado/ en el marco previsto por las NORMAS y el REGLAMENTO. La administración del FONDO diversificará sus inversiones entre los distintos ACTIVOS AUTORI- ZADOS dependiendo de, entre otros factores, las condiciones de mercado particulares y los factores macroeconómicos locales, regionales o globales que sean pertinentes para el FONDO. La GERENTE podrá establecer políticas específicas de inversión para el FONDO, como con mayor detalle se explica en el CAPÍTTJLQ 13, Sección 7 de las CLÁUSULAS PARTICULA- RES. 2. ACTIVOS AUTORIZADOS: con las limitaciones generales indicadas en el CAPÍTULO 2, Sección 6 de las CLÁUSULAS GENERALES, las establecidas en esta Sección y las derivadas de los objetivos y política de inversión del PONDO detenninados en la Sección 1 del CAPÍTULO 2 de las CLÁUSU- LAS PARTICULARES, el FONDO puede invertir:

6 TORONJO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI 2.1. Hasta el CIEN POR CIENTO (100%) del patrimonio neto del FONDO en ACTIVOS AUTORIZADOS de renta fija o de renta variable: 1. Acciones y cupones de suscripción de acciones. 2. Certificados de participación de fideicomisos financieros. 3. Certificados de Valores Negociables (CEVA), cuyo subyacente sean ACTIVOS AUTORIZADOS de renta fija o de renta variable, en todo de acuerdo con las regulaciones y limitaciones que a estos efectos establezca la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. 4. Cuotapartes de fondos comunes de inversión (con la denominación legal que corresponda en la jurisdicción que los regule) administrados por otra GERENTE, registrados en la República Argentina o en las Repúblicas Federativa del Brasil, del Paraguay, Oriental del Uruguay y de Chile u otros países que se consideren asimilados a éstos, según lo resuelva la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES en los términos del artículo 13 del decreto 174/ Cédulas y letras hipotecarias. 6. Obligaciones negociables. 7. Títulos valores representativos de deuda de fideicomisos financieros. 8. Valores negociables representativos de deuda a corto plazo emitidos de acuerdo con el régimen especial instituido en el CAPÍTU- LO VI "Oferta Pública Primaria" de las NORMAS. 9. Cheques de pago diferido y pagarés cotizables en mercados autorizados por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, con cobranza y compensación mediante entidades autorizadas por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES a tal efecto. Para los che-

7 TORONJO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI.. ques de pago diferido y pagarés cotizables en mercados autorizados por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES que no sean avalados, la DEPOSITARÍA deberá prestar conformidad al mecanismo de cobranza y compensación mediante entidades autorizadas por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES a tal efecto. Si 'Sewf. /<?. ~ los cheques de pago diferido no se valuaran a mercado, la inversión se limitará al VEINTE POR CIENTO (20%) del patrimonio neto. 10. Títulos de deuda pública nacional, provincial y municipal, letras del tesoro, y títulos emitidos por otros entes u organismos, descentralizados o autárquicos, pertenecientes al sector público, cumpliendo en su caso con las reglamentaciones pertinentes Hasta el CUARENTA POR CIENTO (40%) del patrimonio neto del FONDO en LEBACs'y NOBACs internas en los términos de la Comunicación "A" 5206 (y normas que la modifiquen, complementen o reemplacen) del Banco Central de la República Argentina (en adelante "BCRA"). Las inversiones en LE- BACs y NOBACs deberán realizarse respetando los límites máximos que establezca el BCRA. Asimismo, en tanto la Comunicación "A" 5206 no sea modificada en este aspecto, las CUOTAPARTES del FONDO sólo podrán ser suscriptas por inversores residentes en el país Hasta el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del patrimonio neto del FONDO en: 1. Certificados de depósito en custodia (ADRs, BDRs, GDRs, GDSs, etc.).

8 O TORONTO TRUSTSPECIAL OPPORTUNITIES FCI 2. Certificados de depósitos argentinos (CEDEAR), en todo de acuerdo con las regulaciones y-limitaciones que a estos efectos establezca la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. 3. Participaciones en fondos de inversión (con la denominación legal que corresponda en la jurisdicción que los regule) no registrados en la República Argentina y no alcanzados por la SECCIÓN 2.1. precedente, incluyendo Exchange Traded Funds (ETF). En todos los casos alcanzados por esta Sección, la GERENTE informará las inversiones realizadas por medio del acceso "Hechos Relevantes" de la AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA, incluyendo la jurisdicción en la cual han sido registrados los fondos de inversión extranjeros, y el nombre del organismo extranjero que los controla Hasta el VEINTE POR CIENTO (20%) del patrimonio neto del FONDO en: 1. Depósitos a plazo fijo en entidades financieras autorizadas por el BCRA. 2. Inversiones a plazo emitidas por entidades financieras autorizadas por el BCRA en virtud de la Comunicación "A" 2482, sus modificatorias o normas que la complementen o reemplacen. 3. Operaciones activas de pase o cauciones admitiéndose la tenencia transitoria de los valores negociables afectados a estas operaciones, y operaciones de préstamo de valores negociables, como prestamistas o colocadores, sobre los valores negociables que compongan la cartera del FONDO y que cuenten con oferta pública autorizada y negociación en la República Argentina, conforme la nor-

9 TORONTO TRUSrSPECIAL OPPORTUNITIES FCI mativa aprobada por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES que resulte de aplicación Hasta el DIEZ POR CIENTO (10%) del patrimonio neto del FONDO en divisas Todas las inversiones del FONDO deberán realizarse respetando los límites vigentes o los límites máximos que la COMI- SIÓN NACIONAL DE VALORES establezca en el futuro (sin necesidad de modificación del REGLAMENTO), debiendo cumplir -de corresponder- con el margen de liquidez previsto o que prevean las NORMAS Al menos el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del patrimonio neto del FONDO deberá invertirse en ACTIVOS AU- TORIZADOS emitidos y negociados en la República Argentina y/o en las Repúblicas Federativa del Brasil, del Paraguay, Oriental del Uruguay, de Chile u otros países que se consideren asimilados a éstos, según lo resuelva la COMISIÓN NA- CIONAL DE VALORES, en los términos del artículo 13 del decreto 174/93. Las operaciones, con instrumentos financieros derivados (que solo podrán tener finalidad de cobertura) deberán ser consistentes con los objetivos de inversión del FONDO, y la exposición total al riesgo de mercado asociada no podrá superar el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del patrimonio neto del FONDO. Por exposición total al riesgo se entenderá cualquier obligación actual o potencial que sea consecuencia de la

10 TORONTO TRUSTSPECIAL OPPORTUNITIES FCI utilización de instrumentos financieros derivados. Se consideran operaciones con instrumentos financieros derivados autorizadas a los swaps u otros derivados de tasa de interés con contraparte entidades financieras, a los contratos de futuros/ opciones, y otras operaciones habilitadas por los mercados autorizados por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES o mercados extranjeros autorizados para que el FONDO realice operaciones. Las operaciones con derivados se realizarán conforme lo dispuesto por el art 41, inc. (c) del CAPÍTULO XI de las NORMAS y/o las normas que en un futuro lo complementen y/o modifiquen. La GERENTE procurará que en ningún caso las operaciones de futuros se cierren mediante la entrega física de un subyacente que no sea un ACTIVO AUTORIZA- DO. Si, no obstante, resultare necesario en interés del FONDO recibir la entrega física de un subyacente distinto de un ACTI- VO AUTORIZADO, la GERENTE comunicará de inmediato la situación a la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, informando las medidas que adoptará para la disposición de ese subyacente Son ACTIVOS AUTORIZADOS los valores negociables, instrumentos financieros y otros activos financieros (de renta fija o variable, de carácter público o privado, nacionales o extranjeros) mencionados previamente en este CAPÍTULO 2 (con la denominación legal que corresponda en el caso de países distintos de la República Argentina). Se deja establecido que se consideran: (i) como ACTIVOS AUTORIZADOS de renta fija todos aquellos que producen una renta determinada, ya sea al 10

11 O TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI momento de su emisión o en un momento posterior durante la vida de dicho activo, en forma de interés o de descuento, y (ii) como ACTIVOS AUTORIZADOS de renta variable todos aquellos que no produzcan una renta determinada (ya sea determinada al comienzo o en un momento ulterior) en la forma de interés (fijo o variable) o de descuento El FONDO se encuadra en el inciso a) del art. 29 del CAPÍTU- LO XI de las NORMAS. *. 3. MERCADOS EN LOS QUE SE REALIZARÁN INVERSIONES: adicionalmente a los mercados referidos por el CAPÍTULO 2, Sección 6.14, de las CLÁUSULAS GENERALES (y/o las normas que en un futuro lo complementen y/o modifiquen), las inversiones por cuenta del FONDO se realizarán según lo determine la GERENTE, en los siguientes mercados en el exterior: BRASIL: Bolsa de Valores de Sao Paulo; Bolsa de Valores do Río de Janeiro, Bolsa de Mercadurías e Futuros, Bolsa de Valores Regionales, Bolsa de Valores do Paraná, Bolsa de Valores Bahía-Sergipe-Alagoas. CHILE: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa Electrónica de Chile. CHI- NA: "Bolsa de Valores de Shanghai, Bolsa de Futuros de Shanghai y Bolsa de Valores de Censen. COLOMBIA: Bolsa de Bogotá, Bolsa de Medellín. ECUADOR: Bolsa de Valores de Quito y Bolsa de Guayaquil. ESTADOS UNIDOS: Bolsa de Valores de New York (NYSE), American Stock Exchange (AMEX); Bolsa de Valores de Philadelphia, NASDAQ, EASDAQ, OTC; New York Futures Exchange, Chicago Mercantíle Exchange, Chicago Board Options Exchange, Chicago Board of Trade. INDIA: Bolsa Nacional de Valores de India, Bolsa de Valores de Bombay y Bolsa de Valores de Calcuta. MÉXICO: Bolsa Mexicana de Valores. PARAGUAY: Bolsa de Va-

12 s~\- TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI lores de Asunción. PERÚ: Bolsa de Valores de Lima. VENEZUELA: Bolsa de Valores de Caracas. URUGUAY: Mercado de Valores de Montevideo, Bolsa de Valores de Montevideo, Bolsa Electrónica de Valores del Uruguay S.A. CANADÁ: Bolsas de Toronto, Montreal y Vancouver; Toronto Futures Exchange. UNIÓN EUROPEA: Bolsa de Valores de Barcelona, Bolsa de Valores de Madrid, Bolsa de Valores de Bilbao, Bolsa de Valores de Valencia, Bolsas y Mercados Españoles, Bolsa de Valores de Viena, Bolsa de Fondos Públicos y Cambios de Bruselas, Bolsa de Valores de Copenhague, Bolsa de París, Bolsa de Berlín, Bolsa de Valores de Francfort, Bolsa de Valores de Hamburgo, Bolsa de Munich, Bolsa de Valores de Milán, Bolsa de Luxemburgo, Bolsa de Valores de Árnsterdam, Bolsa de Opciones Europea, Mercado de Futuros Financieros de Ámsterdam, Bolsa de Valores de Oslo, Bolsa de Valores de Lisboa, Bolsa de Valores de Estqcolmo, Mercado de Opciones de Estocolmo, Bolsa de Valores de Londres, Bolsa Internacional de Valores del Reino Unido y República de Irlanda; Bolsa Internacional de Futuros Financieros de Londres. HONG KONG: Bolsa de Valores de Hong Kong; Bolsa de Futuros de Hong Kong. JAPÓN: Bolsa de Valores de Tokio; Bolsa de Valores de Osaka; Bolsa de Valores de Nagoya. SINGA- PUR: Bolsa de Valores de Singapur. TAILANDIA: Bangkok Stock Exchange. INDONESIA: Indonesian Stock Exchange. AUSTRALIA: Australian Stock Exchange Ltd. SUDÁFRICA: Mercado de Valores de Johannesburgo. SUIZA: Bolsa de Valores de.zúrich, Bolsa de Ginebra, Bolsa de Basilea, Bolsa Suiza de Opciones y Futuros Financieros. Las inversiones que se realicen en Mercados OTC (Qver ihe Counter) se ajustarán a las pautas fijadas por el art 21 del CAPÍTULO XIV de las NORMAS. 4. MONEDA DEL FONDO: es el Peso de la República Argentina o la moneda de curso legal que en el futuro lo reemplace. 12

13 O TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI CAPÍTULO 3: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 3 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "LOS CUQTAPARTIS- TAS" 1. MECANISMOS ALTERNATIVOS PE SUSCRIPCIÓN: con la aprobación previa de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, y la aceptación de la DEPOSITARÍA, se podrán realizar suscripciones mediante la transferencia de fondos, ordenes vía telefónica, por fax, por terminales de computación adheridas a las redes bancarias, cajeros automáticos u otros medios autorizados por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. 2. PLAZO DE PAGO DE LQS RESCATES: el plazo máximo de pago de los rescates es de CINCO (5) días hábiles. En el pago de los rescates, se pueden utilizar las distintas modalidades que permiten los sistemas de pagos nacionales o internacionales, respetando las disposiciones legales aplicables y reglamentarias que resulten de aplicación. Cuando se verificaren rescates por importes iguales o superiores al QUINCE POR CIENTO (15%) del patrimonio neto del FONDO, y el interés de los CUQTAPARTISTAS lo justificare por no existir la posibilidad de obtener liquidez en condiciones normales en un plazo menor, la GERENTE podrá establecer un plazo de preaviso para el ejercicio del derecho de rescate de hasta TRES (3) días, informando su decisión y justificación mediante el acceso "Hechos Relevantes" de la AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA. 3. PROCEDIMIENTOS ALTERNATIVOS DE RESCATE: con la aproba-. ción previa de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, y la aceptación de la DEPOSITARÍA, se podrán realizar rescates mediante la transferencia 13

14 TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCi de fondos, ordenes vía telefónica, por fax, por terminales de computación adheridas a las redes bancadas, cajeros automáticos u otros medios autorizados por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. CAPÍTULO 4: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 4 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "LAS CUOTAPARTES" En el supuesto contemplado en el CAPÍTULO 4, Sección 1 de las CLÁUSULAS GE- NERALES, las cuotapartes del FONDO serán escritúrales con registro a cargo de la DEPOSITARÍA. El valor de la cuotaparte se expresará con hasta SEIS (6) decimales, precediéndose al redondeo del último, en más si es superior o igual a CINCO (5) y no considerándolo en caso de ser menor a CINCO (5). El FONDO emitirá TRES (3) clases de cuotapartes, conforme se describe con más detalle en el CAPITULO 13 Sección 10 de las CLÁUSULAS PARTICULARES. 1. CRITERIOS ESPECÍFICOS DE VALUACIÓN: conforme con lo previsto en el CAPÍTULO 4, Sección 3 de las CLÁUSULAS GENERALES, se aplicarán los siguientes criterios específicos de valuación: 1.1. Para los valores negociables en general, se tomará el precio de los mercados autorizados por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES con mayor volumen en la especie que se trate, de conformidad con lo dispuesto en las CLÁUSULAS GENERA- LES (art. 44, CAPÍTULO XI,'de las NORMAS, y/o las normas que en un futuro lo complementen y/o modifiquen) Los cheques de pago diferido o pagarés negociables en mercados autorizados por la COMISIÓN NACIONAL DE VALO- RES, se valuarán según el siguiente detalle: (i) con negociación en el mercado el día de valuación: el precio de cierre; (ii) sin 14

15 o TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI negociación en el mercado el día de valuación; se tomará el monto nominal del título valor aplicando diariamente la parte proporcional de la tasa de descuento anual del último día en que se hubiesen negociado títulos valores de similares características Para las operaciones activas de pases y cauciones se tomará el capital invertido devengando diariamente la parte proporcional de la tasa interna de retorno La valuación de certificados de valores negociables (CEVA), cédulas y letras hipotecarias, títulos valores representativos de deuda de fideicomisos financieros y certificados de participación en fideicomisos financieros que coticen o se negocien en mercados autorizados por la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, se tomará el precio de cierre del mercado en el que se hubiera negociado el mayor volumen, Si alguno de los activos mencionados no tuviera cotización disponible a la fecha de cálculo del valor de la cuotaparte, se tornará el monto nominal del valor negociable del último día en que fue valuado y se le aplicará diariamente la parte proporcional de la tasa de retorno anual del último día en que fue negociado Las cuotapartes de fondos comunes de inversión registrados en la República Argentina se valuarán a la última cotización de cierre disponible, obteniendo dicho valor de conformidad con lo estipulado por los arts. 27 y 28 de la ley Las participaciones en fondos de inversión no registrados en la República Argentina (incluyendo los Exchangé Traded Fuñas), se valuarán tomando el último valor disponible publicado por la respectiva sociedad gerente, utilizando como fuente los va-

16 TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITJES FCI TEXTO APROBADO POR LA COM ISIÓN NACIONAL DE VALORES POR RESOLUCIÓN lores publicados por Bloomberg o Reuters, y en defecto de negociación o cotización, se utilizará otra rúente de similares características considerada apropiada por la GERENTE Las operaciones de préstamo de valores negociables como prestamista o colocador sobre los valores negociables con oferta pública que compongan'la cartera del FONDO se valuarán, por un lado los valores negociables a la cotización de cierre del mercado autorizado por la COMISIÓN NACIONAL DE VA- LORES que correspondiere y por el otro, devengando diariamente la parte proporcional de la tasa interna de retorno aplicable. 2. UTILIDADES DEL FONDO: los beneficios devengados al cierre de cada ejercicio anual o menor período determinado por la GERENTE, podrán -a sólo criterio de la GERENTE-: (i) ser distribuidos a los CUOTAPARTIS- TAS, conforme el procedimiento que sea previamente aprobado por la DEPOSITARÍA y la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (el que deberá incluir la forma y medios de difusión de la distribución y su publicidad por el acceso "Hechos Relevantes" de la AUTOPISTA DE LA IN- FORMACIÓN FINANCIERA); o (ii) en su defecto, integrarán de pleno derecho el patrimonio del FONDO y se verán consecuentemente reflejados en el valor de la cuotaparte del FONDO. CAPÍTULO 5: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 5 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "FUNCIONES DE LA GERENTE" No existen CLÁUSULAS particulares para este CAPÍTULO. REGLAMENTO DE GESTIÓN TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCl 16

17 TORONTOTRUSTSPECIAL OPPORTUNITIES FCI CAPÍTULO 6: CLAUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 6 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "FUNCIONES DE LA DEPOSITARÍA" No existen CLÁUSULAS particulares para este CAPÍTULO. CAPÍTULO 7: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 7 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "HONORARIOS Y GASTOS A CARGO DEL FONDO- COMISIONES DE SUSCRIPCIÓN Y RESCATE" 1. HONORARIOS DE LA GERENTE: el límite anual máximo referido por el CAPÍTULO 7, Sección 1 de las CLÁUSULAS GENERALES es: Para las cuotapartes Clase A: SEIS POR CIENTO (6%). Para las cuotapartes Clase B: CINCO POR CIENTO (5%). Para las cuotapartes Clase C: CINCO POR CIENTO (5%). En todos los casos, el porcentaje máximo indicado es anual, y se calcula sobre el patrimonio neto diario del FONDO, devengándose diariamente y percibiéndose mensualmente, y se le agregará el Impuesto al Valor Agregado de ser aplicable. 2. COMPENSACIÓN POR GASTOS ORDINARIOS: el límite anual máximo referido por el CAPÍTULO 7 Sección 2 de las CLÁUSULAS GENERA- LES es el TRES POR CIENTO (3%) anual -calculado sobre el patrimonio neto del FONDO- respecto de todas las clases de cuotapartes del FONDO. Estarán a cargo del FQNPO e incluidos en el porcentaje indicado los gastos considerados necesarios por la GERENTE y la DEPOSITARÍA para la 17

18 'O TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI gestión, dirección, administración y custodia del FONDO, incluyendo aunque no limitándose a publicaciones, impresiones/ honorarios profesionales (servicios de contabilidad, auditoría y asesoramiento legal para el FONDO, y calificación de riesgo si la GERENTE decidiera calificar al FONDO), gastos por servicios de custodia de los bienes de] FONDO, y gastos por servicios de registro de cuotapartes del FONDO y gastos bancarios. 3. HONORARIOS DE LA DEPOSITARÍA: el límite anual máximo referido por el CAPÍTULO 7 Sección 4 de las CLÁUSULAS GENERALES es del DOS POR CIENTO (2%). El porcentaje máximo indicado (aplicable a todas las clases de cuotapartes del FONDO) es anual, y se calcula sobre el patrimonio neto diario del FONDO, devengándose diariamente y percibiéndose mensualmente, y se le agregará el Impuesto al Valor Agregado de ser aplicable. 4. TOPE ANUAL: el límite anual máximo referido por el CAPÍTULO 7 Sección 5 de las CLÁUSULAS GENERALES para cada clase de cuotaparte es: Para las cuotapartes Clase A: es del ONCE POR CIENTO (11%). Para las cuotapartes Clase B: es del DIEZ POR CIENTO (10%). Para las cuotapartes Clase C: es del DIEZ POR CIENTO (10%). En todos los casos, el porcentaje es anual, y se calcula sobre el patrimonio neto diario del FONDO,.devengándose diariamente y percibiéndose mensualmente, y se le agregará el Impuesto al Valor Agregado de ser aplicable. 5. COMISIÓN DE SUSCRIPCIÓN: la GERENTE puede establecer comisiones de suscripción, las que se calculan sobre el monto de suscripción, sin exceder los límites fijados a continuación: REGLAMENTO DE GESTIÓN TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FC) 18

19 'O TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI Para las cuotapartes Clase A: es del DOS POR CIENTO (2%). Para las cuotapartes Clase B: es del DOS POR CIENTO (2%). Para las cuotapartes Clase C: es del DOS POR CIENTO (2%). Al porcentaje indicado se le agregará el Impuesto al Valor Agregado de ser aplicable. La GERENTE deberá informar mediante el acceso "Hechos Relevantes" de la AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA, y en todos los locales de atención al público y en todos los demás lugares en donde se ofrezca y se comercialice el FONDO la existencia de comisiones de suscripción. 6. COMISIÓN DE RESCATE: la GERENTE puede establecer comisiones de rescate, las que se calculan sobre el monto del rescate, sin exceder el límite del TRES POR CIENTO (3%). La comisión de rescate puede variar de acuerdo al tiempo de permanencia del CUOTAPARTISTA en el FONDO, lo que la GERENTE deberá informar mediante el acceso "Hechos Relevantes" de la AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA y en todos los locales de atención al público y en todos los demás lugares en donde se ofrezca y se comercialice el FONDO. Al porcentaje indicado se le agregará el Impuesto al Valor Agregado de ser aplicable. 7. COMISIÓN DE TRANSFERENCIA: la comisión de transferencia será equivalente a la comisión de rescate que hubiere correspondido aplicar según lo previsto en la Sección 6 precedente. CAPÍTULO 8: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 8 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN DEL FONDO"

20 TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI 1. HONORARIOS DE LA GERENTE Y DEPOSITARÍA EN SU ROL DE LIQUIDADORES: se aplican las establecidas en el CAPÍTULO 7 de las CLÁUSULAS PARTICULARES. CAPÍTULO 9: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 9 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "PUBLICIDAD Y ES- TADOS CONTABLES" 1. CIERRE DE EJERCICIO: el ejercicio económico-financiero del FONDO cierra el 31 de diciembre de cada año. CAPÍTULO 10: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 10 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "SOLUCIÓN DE DIVERGENCIAS" 1. OPCIÓN POR LA JUSTICIA ORDINARIA: en e] supuesto previsto en el CAPÍTULO 10 Sección 1 de las CLÁUSULAS GENERALES, el CUOTA- PARTT3TA podrá en todos los casos realizar su reclamo ante la justicia ordinaria competente. CAPÍTULO 11: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 11 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "CLÁUSULA IN- TERPRETATIVA GENERAL" No existen CLÁUSULAS particulares para este CAPÍTULO. 20

21 :o TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI CAPÍTULO 12: CLÁUSULAS PARTICULARES RELACIONADAS CON EL CAPÍTULO 12 DE LAS CLÁUSULAS GENERALES "MISCELÁNEA" No existen CLÁUSULAS particulares para este CAPÍTULO. CAPÍTULO 13: CLÁUSULAS PARTICULARES ADICIONALES RELA- CIONADAS CON CUESTIONES NO CONTEMPLADAS EN LOS CAPÍ- TULOS ANTERIORES 1. HORARIO PE CORTE PARA SUSCRIPCIONES Y RESCATES: el valor diario de la cuotaparte será aplicable a todas las solicitudes de suscripción y rescate de las cuotapartes del FONDO recibidas en un día hábil hasta las 15:00 horas. Para las operaciones de suscripción y rescate recibidas en horario posterior, el valor de la cuotaparte a aplicar será el determinado el siguiente día hábil. Si la suscripción generara algún sobrante del aporte, se lo incorporará al haber de] FONDO, salvo que el suscriptor disponga expresamente de otro modo. 2. RIESGO DE INVERSIÓN: ni (i) el rendimiento o pago de las obligaciones derivadas de los ACTIVOS AUTORIZADOS; ni (ii) la solvencia de los emisores de los activos que integran el patrimonio del FONDO; ni (iii) la existencia de un mercado líquido secundario en el que coticen los activos que integran el patrimonio del FONDO, están garantizados por la GERENTE, por la DEPOSITARÍA, o por sus sociedades controlantes o controladas. En función de lo expuesto, queda establecido que la GERENTE y la DEPOSI- TARÍA, en tanto ajusten su actuación a las disposiciones legales pertinentes y al REGLAMENTO, no asumirán responsabilidad alguna por las cir- REGLAMENTO DE GESTIÓN TORONJO TRUST SPEGIAL OPPORTUNITIES FCl 21

22 o TORONJO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI REGLAMENTO DE GESTIÚN TIPO cunstancias mencionadas. EL VALOR DE LAS CUOTAPARTES DEL FONDO, COMO EL DE CUALQUIER ACTIVO FINANCIERO, ESTÁ SUJETO A FLUCTUACIONES DE MERCADO, Y RIESGOS DE CARÁCTER SISTÉMICO QUE NO SON DIVERSIFICA- BLES O EVITABLES, QUE PUEDEN INCLUSO SIGNIFICAR UNA PÉRDIDA EN EL CA- PITAL INVERTIDO. Los potenciales inversores, previo a la suscripción de cuotapartes del FONDO, deben leer cuidadosamente los términos del RE- GLAMENTO, del que se entregará copia a toda persona que lo solicite. TODA PERSONA QUE CONTEMPLE INVERTIR EN EL FONDO DEBERÁ REALIZAR, ANTES DE DECIDIR DICHA INVERSIÓN, Y SE CONSIDERARÁ QUE ASÍ LO HA HECHO, SU PROPIA INVESTIGACIÓN SOBRE EL FONDO Y SU POLÍTICA DE IN- VERSIONES, INCLUYENDO LOS BENEFICIOS Y RIESGOS INHERENTES A DICHA DECISIÓN DE INVERSIÓN Y SUS CONSECUENCIAS IMPOSITIVAS Y LEGALES. 3. CUMPLIMIENTO DE NORMAS DEL RÉGIMEN CAMBIARIO: se encuentran vigentes en materia cambiaría y de ingreso y egreso de capitales a la República Argentina diversas y numerosas normas que limitan y restringen el acceso al mercado de cambios, entre dichas restricciones se encuentran el decreto 616/05, la Resolución del Ministerio de Economía y Producción 637/2005, y diversas reglamentaciones del BCRA. La normativa cambiaría establece restricciones al libre acceso al mercado de cambios que pueden limitar la política de inversiones del FONDO y que los GUO- TAPARTISTAS deberán valorar al tiempo de realizar suscripciones o solicitar rescates. 4. FORMULARIOS DEL FONDO: los formularios de suscripción y rescate deberán contener de manera precisa e individualizada la moneda y jurisdicción de suscripción y rescate. 22

23 TORONTO TRUST S PECIAL OPPORTUN ITIES FCI O "v- y i' 5. ESTADO DE CUENTA Y MOVIMIENTOS: la entrega de la documenta- ción referida en el CAPÍTULO 3, Sección 6 de las CLÁUSULAS GENERA- LES, deberá contener el detalle de la tenencia del CUOTAPARTISTA describiendo la moneda y jurisdicción de suscripción. 6. FORMA DE PAGO DEL RESCATE. MONEDA DE LAS SUSCRIPCIO- NES: el pago del rescate se realizara en la moneda y jurisdicción en que fue hecha la suscripción. Para las suscripciones y rescates podrán utilizarse las distintas modalidades que permita el sistema de pagos/ conforme las disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación. EL FONDO NO RECIBIRÁ SUSCRIPCIONES EN MONEDA EXTRANJERA NI EN ACTI- VOS AUTORIZADOS NO ACREDITADOS EN CUENTAS DEL FONDO EN LA REPÚBLICA ARGENTINA. 7. POLÍTICAS ESPECÍFICAS DE INVERSIÓN: respetando las limitaciones generales y específicas previstas en el REGLAMENTO, la GERENTE puede establecer políticas específicas de inversión. Dicha política de inversión específica de ningún modo puede desnaturalizar la política de inversión fijada para el FONDO (en el CAPÍTULO 2, Sección 1 y 2 de las CLÁUSU- LAS PARTICULARES) y deberá adecuarse a las NORMAS. Para ello, la GERENTE presentará a la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, para su consideración, copia certificada de la parte pertinente del acta de directorio con la decisión de adoptar una política de inversión específica para el FONDO. Una vez notificada la falta de observaciones y la conformidad de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES con relación a la documentación presentada, la GERENTE procederá su difusión mediante la AUTO- PISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA y su inclusión en su sitio web debiendo además ponerla a disposición del 23

24 V I o TORONJO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCI público en el domicilio de la GERENTE y en los demás locales de atención al público inversor. SE RECOMIENDA A LOS CUOTAPARTISTAS O INTERE- SADOS CONSULTAR EN EL SITIO WEB DE LA GERENTE Y/O EN EL DE LA COMI- SIÓN NACIONAL DE VALORES LA EXISTENCIA DE CRITERIOS ESPECÍFICOS DE INVERSIÓN, LOS QUE PUEDEN VARIAR DURANTE LA VIGENCIA DEL FONDO. 8. PUBLICIDAD: los honorarios, comisiones y gastos del PONDO, así como toda otra información relevante estará a disposición de los interesados en las oficinas de la GERENTE, su sitio web y en todo lugar donde se ofrezca la suscripción de cuotapartes del FONDO. 9. SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE SUSCRIPCIÓN Y/O RESCATE: cuando ocurra un acontecimiento grave o se trate de un día inhábil que afecte un mercado en los que opera el FONDO y en donde se negocien ACTIVOS AUTORIZADOS que representen al menos el DIEZ POR CIEN- TO (10%) del patrimonio neto del FONDO, y esas circunstancias impidan a la GERENTE establecer el valor de la cuotaparte, ese día será considerado como situación excepcional en el marco de lo dispuesto por el artículo 17 del decreto 174/93. En ese caso la GERENTE ejercerá su facultad de suspender la operatoria del FONDO (comprendiendo suspensión de suscripciones y/o de rescates y/o de valuación de cuotaparte) como medida de protección del FONDO. Esta situación deberá ser informada en forma inmediata por la GERENTE por medio del acceso "Hechos Relevantes" de la AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA. 10. CLASES DE CUOTAPARTES: el FONDO emitirá TRES (3) clases de cuotapartes, pudiendo ser enteras o fraccionarias, con hasta SEIS (6) decimales. A los efectos de determinar la clase de cuotapartes se aplicarán las si- 24

25 TORONTOTRUSTSPECIALOPPORTUNITIES FCI guientes reglas: Las suscripciones de cualquier importe realizadas por personas físicas corresponderán a la Clase A Las suscripciones realizadas por personas jurídicas o cualquier sujeto que no califique como persona física, corresponderán a la Clase B La Clase C se conformará por las suscripciones de (i) personas físicas en relación de dependencia con la GERENTE, o cualquiera de las empresas o sociedades controlantes o vinculadas a la GERENTE (incluyendo a Banco Hipotecario S.A. y BACS Banco de Crédito y Securitización S.A.), u otras empresas con las cuales la GERENTE hubiera celebrado un acuerdo para fomentar el ahorro individual, así.como.el cónyuge y.los.ascendientes o descendientes en primer grado de consanguinidad; (ü) personas físicas (y en este caso, el cónyuge y los ascendientes o descendientes en primer grado de consanguinidad o afinidad) que revistan la calidad de jubilados o pensionados en razón de una relación de dependencia con la GE- RENTE, o cualquiera de las empresas o sociedades controlantes o vinculadas (incluyendo a Banco Hipotecario S.A. y BACS Banco de Crédito y Securitiz ación S. A.), o una persona jurídica con la cual la GERENTE hubiera celebrado un acuerdo para fomentar el ahorro individual; y (iii) personas físicas (y en este caso, el cónyuge y los ascendientes o descendientes en primer grado de consanguinidad o afinidad) que revistan la calidad de miembros titulares o suplentes del directorio, sindicatura u órganos similares de la GERENTE, o cualquiera de las empresas o sociedades controlantes o vinculadas (incluyendo a Ban- 25

26 TORONTO TRUSTSPECIAL OPPORTUNITIES FCI ~S *T".) co Hipotecario S.Á. y BACS Banco de Crédito y Securitizació S.A.), o una persona jurídica con ia cual la GERENTE hubiera celebrado un acuerdo para fomentar el ahorro individual, o cualquiera de sus empresas o sociedades controladas o vinculadas. En ningún caso se establecerá para esta clase de cuotapartistas la obligación de aportes periódicos o ninguna otra condición de inversión que desvirtúe el carácter voluntario y de naturaleza no previsional del ahorro canalizado mediante el FONDO. Los acuerdos celebrados, con carácter previo, serán informados y puestos a consideración de la COMISIÓN NA- CIONAL DE VALORES COMERCIALIZACIÓN PE LAS CUOTAPARTES: la comercialización de las cuotapartes del FONDO estará a cargo de la GERENTE, o de cualquier agente colocador que sea designado conjuntamente por la GERENTE y la DEPOSITARÍA, con la aprobación de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. 12. FUNCIÓN DE CONTROL DE LA DEPOSITARÍA SOBRE LAS INVER- SIONES: Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el CAPITULO 6 de las CLÁUSULAS GENERALES del REGLAMENTO y en un todo de acuerdo con el art. 4 de la ley , en lo que hace a la función de control de las inversiones a cargo de la DEPOSITARÍA establecida en el CAPÍTU- LO 6, Sección 1.2 de las CLÁUSULAS GENERALES, la DEPOSITARÍA deberá controlar que las inversiones a ser realizadas por la GERENTE sean inversiones que: (i) se ajusten a los ACTIVOS AUTORIZADOS establecidos en el CAPÍTULO 2, Sección 2 de las CLÁUSULAS PARTICULARES, y (ü) se ajusten a los "Objetivos y Política de Inversión" establecidos en el 26

27 O TORONTO TRUST SPECIAL OPPORTUNITIES FCl Capítulo 2, Sección 1 de las CLAUSULAS PARTICULARES; sin hacer ana lisis alguno acerca de la oportunidad y mérito de tales inversiones. 13. CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO: se encuentran vigentes en materia de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo,, diversas y numerosas normas de cumplimiento obligatorio. Sin limitación, la ley y sus modificatorias/ incluyendo las leyes , 26,683, los decretos 290/07 y 918/12, y las Resoluciones 1 y 52/2012, 121/2011, 229/2011 -y sus modificatorias- de la Unidad de Información Financiera, y el CAPÍTULO XXII de las NORMAS. Como consecuencia de esas normas los CUOTAPARTISTAS deberán proveer a la GE- RENTE y/o la DEPOSITARÍA y/o a los agentes colocadores, según sea pertinente, la información que les sea solicitada conforme la normativa aplicable actualmente, o la que en un futuro esté vigente. La GERENTE facilitará a la DEPOSITARÍA, cuando le sea requerido, la información de identificación y conocimiento de los clientes que esté en su poder, o reciba de los agentes colocadores. VÍCTOR ROLANDO DIBBERN PREStDBíTE t^p^^ vello de Certificaciones de númoro- REGLAMENTO DE GESTIÓN T

28 ESTER N. _U ESCRIBA MATRJCUL/ C

29 D IÑANSKY NA I 3574 Buenos Aires, " ' de Mayo de. En mi carácter de escribano Titular del Registro CERTIFICO: Que la/s firma que obra/n en el documento que adjunto a esta foja, cuyo requerimiento de certificación se formaliza simultáneamente por ACTA número 083 del LIBRO numero, es/son puesta/s en mi presencia por la/s persona/s cuyo/s nombre/s y documento/s de identidad se menciona/n a continuación así como la justificación de su identidad. VÍCTOR. ROLANDO DIBBERN, DNI , quien expone comparece, en su carecer de Presidente de la sociedad con 10 iomicilio legal en ésta Ciudad denominada BÁCS ADMINISTRADORA DE ACTIVOS S.A. SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN, 12 ;on facultades amplias y suficientes para éste acto, justificando la existencia legal y la' 13 L ' }ersonería con la siguiente documentación: a) Con el primer testimonio de la escritura' 14 de constitución de Inversora Toronto S.A.S.G.FCI, de fecha , pasada por< I ' < 15 ante el escribano de ésta Ciudad Ricardo H, Merovich, adscripto al registro 351, al F< I : 16p27; e inscripta en la IGI bajo el N 104 del L 112, T A de SA el , b) 17?rimer Testimonio de escritura de fecha , pasada por ante el Escribano' i 18 Vlerovich, mencionado, inscripta en la IGJ bajo el N 7056, del L 117, T A de SA el ; c) Primer Testimonio de escritura de fecha , por ante el escribano de' 20 esta Ciudad Norberto Estrin a cargo del Registro 217 al folio 1496 inscripta en la IGJ< i 21 bajo el N 913: del L 123, T A de SA el ; d) Primer Testimonio de fecha i , por 3a que se cambia el nombre social a FCMC ARGENTINA FINANCIAL I : 23 CORPORATION S.A.S.G.FCI., pasada por ante el Escribano Estrin, inscripta en la IGJ< 24bajo el N 14652, del L 3, T de SA el ; e) Primera copia de fecha , pasada por ante el Escribano Raúl Luis Arcondo, adscripto al registro 1521

30 u- F ; ál F 1676, inscripta en la IGJ bajo el N 7757 del L 39 T de Soc. por acciones el <:<í) ^ : f) Primera Copia de fecha , pasada por ante el Escribano Raúl i:<i') '-tuis Arcondo, adscripto al registro 1521 al F 3590, inscripta en la IGJ bajo el N ni' '1JÍ6.948 del L 41 T de Soc. por acciones el ; g) Primera Copia de escritura íhde fecha 21/06/2012 pasada por ante la escribana de esta ciudad Elizabeth A. Córdoba oí)) r r i;jyi J'íidscripta al registro 453, pasada al folio 3.413, la que ha sido inscripta en la IGJ bajo el '(i ;ÍNTO L 60, T de SA el 23/07/2012, por la que se cambia la denominación social a tí) '" BACS Administradora de Activos S.A.S.G.F.C.I.A, h) Acta de Asamblea General ':',' >."''Ordinaria N 31 del 31/10/2012 del libro de actas de Asambleas número 1 rubricado en í;! Ía IGJ bajo el N , el , por la que el compareciente es designado ( Director Titular y h) Acta de Directorio del 31/10/2012 de! libro de actas de Directorio m ik 3, rubricado en la IGJ bajo el N el por la que se distribuyen %>s cargos y el señor Víctor Rolando Dibbera es designado presidente de la sociedad, 1-1$ ^oda documentación que en original he tenido a la vista, doy fe; persona individualizada.'en los términos del inciso c) del articulo 1002 del Código Civil, acreditando identidad la exhibición de la documentación mencionada, de todo lo que doy fe ESTES^LUÑANSKY ^ESCRIBANA MATRICULA

31 Buenos Aires, 15 de mayo de 2013.En mi carácter de escribano titular del Registro Notarial CERTIFICO: Que la/s firmas.- que obra/n en el documento que adjunto a esta foja, cuyo requerimiento de certificación se formaliza simultáneamente por ACTA número del LIBRO número } es/son puesta/s en mi presencia por la/s persona/s cuyo/s nombre/s y documento/s de identidad se menciona/n a continuación así como la justificación de su identidad. Carola Rosa BURG. con Documento Nacional de Identidad y Martín Ignacio DIEZ, con Documento Nacional de Identidad personas de mi conocimiento, doy fe, quienes intervienen a este acto en su carácter de mandatarios de la entidad bancaria denominada DEUTSCHE BANK S.A. con sede social en la calle Tucumán 1 piso 14 de esta Ciudad cuya existencia legal se justifica con la Escritura de reforma parcial y reordenamiento del Estatuto de fecha 9 de enero de 1998 pasada al folio 75 del Registro 310 de esta Ciudad, que se inscribió por ante la Inspección Genera! de Justicia el 29 de enero de 1998 bajo el N 1068 del Libro-123, Tomo A. de Sociedades Anónimas. Justifican su.mandato con las respectivas escrituras de poder general pasadas por ante mi el escribano certificante el 29 de abril de 2008 al folio 363 y 16 de marzo de 2010 a! folio 138 del presente Registro a mi cargo y contienen suficientes facultades para este otorgamiento.- El documento cuya firma certifico consiste en Reglamento de Gestión para la regulación de relaciones contractuales. CONSTE

32 íjt) H1 fil) F í'í J 33 fl I) KM

33 V Ano del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 Hoja: 1 úmero Correlativo I.G.J.: Vf J^ CUIT:. SOCIEDAD ANÓNIMA Razón Social : ADMINISTRADORA DE^ACTIVOS S'&^'OC.GTE.DE FOND.COM.DE antes): slúmero de Trámite: C.Trám. Descripción REFORMA DE REGLAMENTO DE GESTIÓN URGENTE y/o instrumentos privados: 14/ /5/13 ' Inscripto en1 este Registro bajo, el del libro: '63, tomo: - de: SOCIEDADES POR ACCIONES numero: 8650 / C.C.: 1 Buenos Aires, 01 desunió de 2013 COORDINADOR OPTO. REQKtRAL INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA * *

34

BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO. bst ASSET MANAGEMENT Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A.

BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO. bst ASSET MANAGEMENT Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. bst ASSET MANAGEMENT Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. ADMINISTRADOR BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO FST PESOS CLÁUSULAS PARTICULARES 1 CLÁUSULAS PARTICULARES FUNCIÓN

Más detalles

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN LOMBARD ACCIONES LIDERES REGLAMENTO DE GESTIÓN CLAUSULAS PARTICULARES

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN LOMBARD ACCIONES LIDERES REGLAMENTO DE GESTIÓN CLAUSULAS PARTICULARES FONDO COMÚN DE INVERSIÓN LOMBARD ACCIONES LIDERES REGLAMENTO DE GESTIÓN CLAUSULAS PARTICULARES Entre Patagonia Inversora S.A. Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión, que en lo sucesivo será denominada

Más detalles

Texto aprobado por la CNV según Resolución N 14.959 del 18/11/04

Texto aprobado por la CNV según Resolución N 14.959 del 18/11/04 Entre Administradora de Títulos y Valores Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A., que en lo sucesivo será denominada la Gerente, y Banco de Valores S. A., en adelante la Depositaria, se ha

Más detalles

BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO. bst ASSET MANAGEMENT S.G.F.C.I.S.A. ADMINISTRADOR REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES

BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO. bst ASSET MANAGEMENT S.G.F.C.I.S.A. ADMINISTRADOR REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES bst ASSET MANAGEMENT S.G.F.C.I.S.A. ADMINISTRADOR BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO FST EMPRESAS ARGENTINAS FONDO COMUN DE INVERSIÓN ABIERTO PYMES CLÁUSULAS PARTICULARES 1 CLÁUSULAS PARTICULARES

Más detalles

PELLEGRINI S.A. GERENTE DE FONDOS COMU- NES DE INVERSIÓN Agente de Administración de Productos

PELLEGRINI S.A. GERENTE DE FONDOS COMU- NES DE INVERSIÓN Agente de Administración de Productos PELLEGRINI S.A. GERENTE DE FONDOS COMU- NES DE INVERSIÓN Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva FCI BANCO DE LA NACIÓN AR- GENTINA Agente de Custodia de Productos de Inversión Colectiva

Más detalles

Itaú Asset Management - GOAL ACCIONES BRASIL

Itaú Asset Management - GOAL ACCIONES BRASIL FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GOAL ACCIONES BRASIL Inscripto bajo el Nro. 71 Aprobado por Resolución Nro. 10240 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) Última modificación aprobada por Resolución Nro. 16109

Más detalles

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN INVERTIR GLOBAL REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN INVERTIR GLOBAL REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES FONDO COMÚN DE INVERSIÓN INVERTIR GLOBAL REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES Entre Balanz Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. y Banco de Valores S.A. se ha convenido el siguiente

Más detalles

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GAINVEST CAPITAL REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GAINVEST CAPITAL REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO Entre Gainvest S.A. Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión y Deutsche Bank S.A. se ha convenido el siguiente Reglamento: FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE GESTIÓN (en adelante, el REGLAMENTO

Más detalles

BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO BST ASSET MANAGEMENT S.A.S.G.F.C.I. ADMINISTRADOR REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES

BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO BST ASSET MANAGEMENT S.A.S.G.F.C.I. ADMINISTRADOR REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES BST ASSET MANAGEMENT S.A.S.G.F.C.I. ADMINISTRADOR BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO FST ACCIONES FCI CLÁUSULAS PARTICULARES 1 CLÁUSULAS PARTICULARES FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO

Más detalles

GUIA PARA EL TRAMITE DE SOLICITUDES DE NEGOCIACION EN EL MAE

GUIA PARA EL TRAMITE DE SOLICITUDES DE NEGOCIACION EN EL MAE GUIA PARA EL TRAMITE DE SOLICITUDES DE NEGOCIACION EN EL MAE SECCION II EMISORES ADMISIBLES PARA SOLICITAR LA NEGOCIACIÓN DE VALORES NEGOCIABLES EN EL MAE REQUISITOS GENERALES Y ESPECIALES 1.- Emisores

Más detalles

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GAINVEST CRECIMIENTO REGLAMENTO DE GESTIÓN CLAÚSULAS PARTICULARES

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GAINVEST CRECIMIENTO REGLAMENTO DE GESTIÓN CLAÚSULAS PARTICULARES FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GAINVEST CRECIMIENTO REGLAMENTO DE GESTIÓN CLAÚSULAS PARTICULARES Entre Gainvest S.A. Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión y Deutsche Bank S.A., se ha convenido el siguiente

Más detalles

Fondo Común de Inversión Alpha Renta Capital Reglamento de Gestión

Fondo Común de Inversión Alpha Renta Capital Reglamento de Gestión Fondo Común de Inversión Alpha Renta Capital Reglamento de Gestión Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. ICBC Investments Argentina SA Sociendad Gerente de Fondos Comunes de Inversión

Más detalles

FONDO COMUN DE INVERSION

FONDO COMUN DE INVERSION FONDO COMUN DE INVERSION FIMA Fondo Común de Inversión Abierto PYMEs GALICIA ADMINISTRADORA DE FONDOS SOCIEDAD ANONIMA SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION ( Sociedad Gerente) BANCO DE GALICIA

Más detalles

Fondo Común de Inversión Alpha Renta Fija Global Reglamento de Gestión

Fondo Común de Inversión Alpha Renta Fija Global Reglamento de Gestión Fondo Común de Inversión Alpha Renta Fija Global Reglamento de Gestión Inscripto en IGJ bajo el número 4638, del libro 63, de Sociedades por Acciones con fecha 19/03/2013. Habilitación del BCRA: Comunicación

Más detalles

Fondo Común de Inversión Alpha Renta Fija Serie 1 Reglamento de Gestión

Fondo Común de Inversión Alpha Renta Fija Serie 1 Reglamento de Gestión Fondo Común de Inversión Alpha Renta Fija Serie 1 Reglamento de Gestión Inscripto en IGJ bajo el número 4638, del libro 63, de Sociedades por Acciones con fecha 19/03/2013. Habilitación del BCRA: Comunicación

Más detalles

bst ASSET MANAGEMENT S.G.F.C.I.S.A. ADMINISTRADOR BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES

bst ASSET MANAGEMENT S.G.F.C.I.S.A. ADMINISTRADOR BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES bst ASSET MANAGEMENT S.G.F.C.I.S.A. ADMINISTRADOR BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO FST RENTA FCI CLÁUSULAS PARTICULARES 1 CLÁUSULAS PARTICULARES FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE

Más detalles

Fondo Común de Inversión Alpha Ahorro

Fondo Común de Inversión Alpha Ahorro Fondo Común de Inversión Alpha Ahorro REGLAMENTO DE GESTIÓN Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) SA Sociedad Depositaria ICBC Investments Argentina SA Sociedad Gerente de Fondos Comunes

Más detalles

bst ASSET MANAGEMENT S.G.F.C.I.S.A. ADMINISTRADOR BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES

bst ASSET MANAGEMENT S.G.F.C.I.S.A. ADMINISTRADOR BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES bst ASSET MANAGEMENT S.G.F.C.I.S.A. ADMINISTRADOR BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. CUSTODIO FST AHORRO FCI CLÁUSULAS PARTICULARES 1 CLÁUSULAS PARTICULARES FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE

Más detalles

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN MEGAINVER FINANCIAMIENTO PRODUCTIVO REGLAMENTO DE GESTIÓN CLÁUSULAS PARTICULARES

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN MEGAINVER FINANCIAMIENTO PRODUCTIVO REGLAMENTO DE GESTIÓN CLÁUSULAS PARTICULARES FONDO COMÚN DE INVERSIÓN MEGAINVER FINANCIAMIENTO PRODUCTIVO REGLAMENTO DE GESTIÓN CLÁUSULAS PARTICULARES Entre Megainver S. A. Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión, que en lo sucesivo será

Más detalles

IAM RENTA CRECIMIENTO FCI. Autorizado por la Comisión Nacional de Valores mediante Resolución Nº 17.665 del 23 de abril de 2015

IAM RENTA CRECIMIENTO FCI. Autorizado por la Comisión Nacional de Valores mediante Resolución Nº 17.665 del 23 de abril de 2015 IAM RENTA CRECIMIENTO FCI Autorizado por la Comisión Nacional de Valores mediante Resolución Nº 17.665 del 23 de abril de 2015 Industrial Asset Management Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión

Más detalles

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN INVERTIR GLOBAL REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN INVERTIR GLOBAL REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES FONDO COMÚN DE INVERSIÓN INVERTIR GLOBAL REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES Entre Balanz Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. y Banco de Valores S.A. se ha convenido el siguiente

Más detalles

1822 RAICES VALORES NEGOCIABLES

1822 RAICES VALORES NEGOCIABLES 1822 RAICES VALORES NEGOCIABLES FONDO COMUN DE INVERSION REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE GESTIÓN (en adelante, el REGLAMENTO ) regula las relaciones

Más detalles

Las sanciones por incumplimiento son únicamente dos:

Las sanciones por incumplimiento son únicamente dos: Modificaciones al encaje régimen normativo de préstamos personales y prendarios. Reglamentación de la asistencia a proveedores no financieros de crédito. Con el objeto de implementar determinados mecanismos

Más detalles

SUPERFONDO COMBINADO F.C.I. REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES SEGÚN RESOLUCIÓN Nº

SUPERFONDO COMBINADO F.C.I. REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES SEGÚN RESOLUCIÓN Nº SUPERFONDO COMBINADO Fondo Común de Inversión SANTANDER RÍO ASSET MANAGEMENT GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN S.A. BANCO SANTANDER RÍO S.A. Administrador Custodio CLÁUSULAS PARTICULARES 1 FUNCIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE GESTION TIPO HF ACCIONES LIDERES Cláusulas Particulares

REGLAMENTO DE GESTION TIPO HF ACCIONES LIDERES Cláusulas Particulares REGLAMENTO DE GESTION TIPO Cláusulas Particulares FUNCION DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE GESTION (en adelante, el "REGLAMENTO") regula las relaciones contractuales entre la SOCIEDAD GERENTE (en adelante,

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 12 de diciembre de 2009 Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan

Más detalles

1822 RAICES RENTA EN PESOS

1822 RAICES RENTA EN PESOS 1822 RAICES RENTA EN PESOS FONDO COMUN DE INVERSION REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE GESTIÓN (en adelante, el REGLAMENTO ) regula las relaciones

Más detalles

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN AXIS RENTA VARIABLE REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN AXIS RENTA VARIABLE REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO Entre Axis Sociedad Gerente de fondos Comunes de Inversión S.A. (en adelante, el ADMINISTRADOR ) y Deutsche Bank S.A. (en adelante, el CUSTODIO ) se ha convenido el siguiente Reglamento: FUNCIÓN DEL REGLAMENTO:

Más detalles

BANCO DE VALORES S.A. Agente de Custodia de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión

BANCO DE VALORES S.A. Agente de Custodia de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión SBS ASSET MANAGEMENT S.A.S.G.F.C.I. Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión BANCO DE VALORES S.A. Agente de Custodia de Productos de Inversión Colectiva

Más detalles

Itaú Asset Management - GOAL PESOS

Itaú Asset Management - GOAL PESOS FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GOAL PESOS Inscripto bajo el Nro. 151 Aprobado por Resolución Nro. 11020 de la Comisión Nacional de Valores Última modificación aprobada por Resolución Nro. 16366 de la CNV del

Más detalles

CONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO BBVA GARANTIZADO OPORTUNIDAD CHINA

CONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO BBVA GARANTIZADO OPORTUNIDAD CHINA Folio No.: Fecha: / / Hora Código Agencia Código Sucursal Código Agente Estado CONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO BBVA GARANTIZADO OPORTUNIDAD CHINA Antecedentes de la Sociedad Administradora:

Más detalles

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN AXIS RENTA FIJA REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN AXIS RENTA FIJA REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO Entre Axis Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. (en adelante, el ADMINISTRADOR ) y Deutsche Bank S.A. (en adelante, el CUSTODIO ) se ha convenido el siguiente Reglamento: FUNCIÓN DEL REGLAMENTO.

Más detalles

Superintendencia de. Pensiones

Superintendencia de. Pensiones Superintendencia de Pensiones VISTOS: a) El D.L. No 3.500, de 1980 y el D.F.L. No 10 1, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; b) El artículo 45 bis del D.L. No 3.500 de 1980, modificado

Más detalles

Fondo Común de Inversión Alpha Mercosur Reglamento de Gestión

Fondo Común de Inversión Alpha Mercosur Reglamento de Gestión Fondo Común de Inversión Alpha Mercosur Reglamento de Gestión Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. Inscripto en IGJ bajo el número 4638, del libro 63, de Sociedades por Acciones con

Más detalles

RJ DELTA EMPRESAS ARGENTINAS FONDO COMUN DE INVERSION ABIERTO

RJ DELTA EMPRESAS ARGENTINAS FONDO COMUN DE INVERSION ABIERTO RJ DELTA EMPRESAS ARGENTINAS FONDO COMUN DE INVERSION ABIERTO PYMEs F.C.I. (Aprobado por la Comisión Nacional de Valores mediante Resolución Nº 15985 del 25 de Septiembre del 2008 e inscripto en IGJ el

Más detalles

DELTA FEDERAL I F.C.I

DELTA FEDERAL I F.C.I DELTA FEDERAL I Fondo Común de Inversión RJ DELTA FUND MANAGEMENT S.A. SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN BANCO DE VALORES S.A. Sociedad Gerente Sociedad Depositaria CLÁUSULAS PARTICULARES

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº 104 2010 EF

DECRETO SUPREMO Nº 104 2010 EF Modifican el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004 98 EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.

MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

PELLEGRINI S.A. GERENTE DE FONDOS COMU- NES DE INVERSIÓN Agente de Administración de Productos

PELLEGRINI S.A. GERENTE DE FONDOS COMU- NES DE INVERSIÓN Agente de Administración de Productos PELLEGRINI S.A. GERENTE DE FONDOS COMU- NES DE INVERSIÓN Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva FCI BANCO DE LA NACIÓN AR- GENTINA Agente de Custodia de Productos de Inversión Colectiva

Más detalles

LOMBARD CAPITAL F. C. I. REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLAUSULAS PARTICULARES

LOMBARD CAPITAL F. C. I. REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLAUSULAS PARTICULARES LOMBARD CAPITAL F. C. I. REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLAUSULAS PARTICULARES Entre Patagonia Inversora S.A. Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión, que en lo sucesivo será denominada la Gerente,

Más detalles

POLÍTICA DE MEJOR EJECUCIÓN

POLÍTICA DE MEJOR EJECUCIÓN PME Versión: 0.3 Entrada en vigor: Septiembre de 2015 Aprobaciones: POLÍTICA DE MEJOR EJECUCIÓN Fecha: 18/09/2015 Página 1 de 10 ÍNDICE 1. Objetivo...3 2. Alcance: Resumen de criterios a considerar...3

Más detalles

A continuación se detallan las modificaciones introducidas al referido reglamento Interno.

A continuación se detallan las modificaciones introducidas al referido reglamento Interno. Santiago, 28 de Septiembre de 2015 Señor(a) Partícipe Presente. Ref: Modificación Reglamento Interno de Fondo Mutuo Scotia Leader Administrado por Scotia Administradora General de Fondos Chile S.A. De

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO SANTANDER MONETARIO SANTANDER ASSET MANAGEMENT S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS. N Confirmatorio.

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO SANTANDER MONETARIO SANTANDER ASSET MANAGEMENT S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS. N Confirmatorio. CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO SANTANDER MONETARIO SANTANDER ASSET MANAGEMENT S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS Nº. Fecha. Hora. Código Agente. N Confirmatorio. Nombre Agente. Por este

Más detalles

MAF RENTA ARGENTINA 2. Resolución CNV N 17581 Registro N 634

MAF RENTA ARGENTINA 2. Resolución CNV N 17581 Registro N 634 REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE GESTIÓN (en adelante, el REGLAMENTO ) regula las relaciones contractuales entre el AGENTE DE ADMINISTRACIÓN DE

Más detalles

Fondo Común de Inversión Alpha Recursos Naturales Reglamento de Gestión

Fondo Común de Inversión Alpha Recursos Naturales Reglamento de Gestión Fondo Común de Inversión Alpha Recursos Naturales Reglamento de Gestión Industrial and Commercial ICBC Bank of China (Argentina) S.A. Inscripto en IGJ bajo el número 4638, del libro 63, de Sociedades por

Más detalles

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Hoja N 1.- CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES 1. De conformidad con lo dispuesto en el Párrafo Octavo del Título III, Artículos 39 a 52 de la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, en

Más detalles

PROSPECTO DE LA CARTERA COLECTIVA ABIERTA SURAMERICANA RENTA FIJA

PROSPECTO DE LA CARTERA COLECTIVA ABIERTA SURAMERICANA RENTA FIJA DE LA CARTERA COLECTIVA ABIERTA SURAMERICANA RENTA FIJA Sociedad administradora. La Sociedad Administradora es Administradora de Carteras Colectivas Suramericana S.A., entidad legalmente constituida mediante

Más detalles

FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS PORVENIR ALTERNATIVA ESPECIAL ACCIONES CEMENTOS ARGOS

FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS PORVENIR ALTERNATIVA ESPECIAL ACCIONES CEMENTOS ARGOS La Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., en adelante PORVENIR, pone a disposición de sus afiliados al Fondo de Pensiones Voluntarias Porvenir, En adelante el FONDO,

Más detalles

Itaú Asset Management - GOAL RENTA GLOBAL

Itaú Asset Management - GOAL RENTA GLOBAL FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GOAL RENTA GLOBAL Inscripto bajo el Nro. 259 Aprobado por Resolución Nro. 11835 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) Última modificación aprobada por Resolución Nro. 16109

Más detalles

RJ DELTA RENTA IV F.C.I

RJ DELTA RENTA IV F.C.I RJ DELTA RENTA IV Fondo Común de Inversión RJ DELTA FUND MANAGEMENT S.A. SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN BANCO DE VALORES S.A. Sociedad Gerente Sociedad Depositaria CLÁUSULAS PARTICULARES

Más detalles

FONDO COMUN DE INVERSION AL DESARROLLO ARGENTINO FCI

FONDO COMUN DE INVERSION AL DESARROLLO ARGENTINO FCI FONDO COMUN DE INVERSION AL DESARROLLO ARGENTINO FCI ALLARIA LEDESMA FONDOS ADMINISTRADOS SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION S.A. (Sociedad Gerente) DEUTSCHE BANK S.A (Sociedad Depositaria)

Más detalles

REGLAMENTO DE GESTIÓN FONCAIXA DINERO 12, F.I.A.M.M.

REGLAMENTO DE GESTIÓN FONCAIXA DINERO 12, F.I.A.M.M. REGLAMENTO DE GESTIÓN FONCAIXA DINERO 12, F.I.A.M.M. - 1 - CAPITULO I. DATOS GENERALES Artículo 1.- Artículo 2.- Artículo 3.- Denominación y régimen jurídico. Objeto. Duración. CAPITULO II. LA SOCIEDAD

Más detalles

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO 1 I. ASPECTOS GENERALES 1. Objeto. Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A. (en

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO LARRAINVIAL AHORRO ESTRATÉGICO. Razón Social: LARRAÍN VIAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A.

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO LARRAINVIAL AHORRO ESTRATÉGICO. Razón Social: LARRAÍN VIAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO LARRAINVIAL AHORRO ESTRATÉGICO A. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES N ***** 1. ADMINISTRADORA Razón Social: LARRAÍN VIAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. R.U.T.:

Más detalles

PLUSFONDO MIXTO, F.P.

PLUSFONDO MIXTO, F.P. PLUSFONDO MIXTO, F.P. DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA DE INVERSIÓN DEL PLUSFONDO MIXTO, F.P. La vocación inversora del Fondo se define como un fondo de Renta Fija Mixta. El objetivo del

Más detalles

MAF MONEY MARKET. Resolución CNV N 17019 Registro N 637

MAF MONEY MARKET. Resolución CNV N 17019 Registro N 637 REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE GESTIÓN (en adelante, el REGLAMENTO ) regula las relaciones contractuales entre la SOCIEDAD GERENTE (en adelante, la GERENTE ), la SOCIEDAD

Más detalles

FONDO COMUN DE INVERSION AL RENTA MIXTA FCI

FONDO COMUN DE INVERSION AL RENTA MIXTA FCI FONDO COMUN DE INVERSION AL RENTA MIXTA FCI ALLARIA LEDESMA FONDOS ADMINISTRADOS SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION S.A. (Sociedad Gerente) DEUTSCHE BANK S.A. (Sociedad Depositaria) REGLAMENTO

Más detalles

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN GESTION FINANCIERA PROCEDIMIENTO DE INVERSIONES TEMPORALES

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN GESTION FINANCIERA PROCEDIMIENTO DE INVERSIONES TEMPORALES Página 1 de 6 1. OBJETIVO Administrar, a título de inversión, los excedentes financieros del ejercicio de la corporación, a través de entidades financieras acreditadas para tal fin. 2. ALCANCE Inicia desde

Más detalles

RESOLUCIÓN No. 1 SOBRE LIMITES DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES.

RESOLUCIÓN No. 1 SOBRE LIMITES DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES. RESOLUCIÓN No. 1 SOBRE LIMITES DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES. CONSIDERANDO: Que el artículo 97 de la Ley 87-01 de fecha 9 de mayo del 2001, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social,

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios

Más detalles

TR HOTEL AJRDÍN DEL MAR, S.A.

TR HOTEL AJRDÍN DEL MAR, S.A. CERTIFICADO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DE DETERMINADAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL QUE FORMAN PARTE DE LAS NORMAS DE ORDENACIÓN Y DISCIPLINA DEL MERCADO

Más detalles

Diario Oficial de la Federación

Diario Oficial de la Federación Cuadro comparativo RESOLUCION que modifica las reglas a las que habrán de sujetarse las sociedades y fideicomisos que intervengan en el establecimiento y operación de un mercado de futuros y opciones cotizados

Más detalles

COPIA PARA EL CLIENTE

COPIA PARA EL CLIENTE COPIA PARA EL CLIENTE Madrid, INFORMACIÓN MiFID La Unión Europea aprobó una serie de Directivas y de Reglamentos conocidas como MIFID. Esto ha supuesto en el ordenamiento jurídico español, la modificación

Más detalles

SOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS. Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas

SOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS. Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL SOCIEDADES LABORALES Y LABORAL PARTICIPADAS Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS

Más detalles

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 2 DIARIO OFICIAL Miércoles 6 de diciembre de 2006 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO RESOLUCION que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de

Más detalles

CMA PROTECCION FONDO COMÚN DE INVERSIÓN REGLAMENTO DE GESTIÓN

CMA PROTECCION FONDO COMÚN DE INVERSIÓN REGLAMENTO DE GESTIÓN CMA PROTECCION FONDO COMÚN DE INVERSIÓN REGLAMENTO DE GESTIÓN CLÁUSULAS PARTICULARES REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO. CLÁUSULAS PARTICULARES REGLAMENTO DE GESTION FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO DE GESTIÓN

Más detalles

FUNCIÓN DE LAS CLÁUSULAS PARTICULARES.

FUNCIÓN DE LAS CLÁUSULAS PARTICULARES. REGLAMENTO DE GESTION GAINVEST INFRAESTRUCTURA FONDO COMUN DE INVERSION ABIERTO PARA PROYECTOS PRODUCTIVOS DE ECONOMIAS REGIONALES E INFRAESTRUCTURA CLÁUSULAS PARTICULARES FUNCIÓN DEL REGLAMENTO. El REGLAMENTO

Más detalles

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia

Más detalles

CAPITULO XIV NORMAS APLICABLES A LOS CREDITOS, DEPOSITOS, INVERSIONES Y APORTES DE CAPITAL PROVENIENTES DEL EXTERIOR

CAPITULO XIV NORMAS APLICABLES A LOS CREDITOS, DEPOSITOS, INVERSIONES Y APORTES DE CAPITAL PROVENIENTES DEL EXTERIOR CAPITULO XIV NORMAS APLICABLES A LOS CREDITOS, DEPOSITOS, INVERSIONES Y APORTES DE CAPITAL PROVENIENTES DEL EXTERIOR 1. Este Capítulo establece las normas aplicables a las operaciones de cambios internacionales

Más detalles

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 051-2000-EF-77.15. (Ver Anexo de la presente Resolución, publicado el 05 de diciembre de 2000)

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 051-2000-EF-77.15. (Ver Anexo de la presente Resolución, publicado el 05 de diciembre de 2000) Procedimientos de apertura de cuentas bancarias y acreditación de los responsables de su manejo, en las Unidades Ejecutoras del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2001 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 051-2000-EF-77.15

Más detalles

BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A.

BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A. CIRCULAR 5/2016 NORMAS DE CONTRATACIÓN DE ACCIONES DE SOCIEDADES DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, VALORES EMITIDOS POR ENTIDADES DE CAPITAL RIESGO (ECR) Y VALORES EMITIDOS POR INSTITUCIONES DE INVERSIÓN

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 240-2014/SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 240-2014/SUNAT FACILITAN LA INSCRIPCIÓN Y BAJA DE INSCRIPCIÓN DE TRABAJADORES DEL HOGAR Y SUS DERECHOHABIENTES ASÍ COMO LA MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE DICHOS SUJETOS EN EL REGISTRO DE EMPLEADORES

Más detalles

COMUNICACION INTERNA Nº 13.042

COMUNICACION INTERNA Nº 13.042 Santiago, 5 de febrero de 2016 REF.: Inscripción e inicio de cotización de cuotas de Compass Private Debt Fondo de Inversión. COMUNICACION INTERNA Nº 13.042 Señor Corredor: Cumplo con informar a usted,

Más detalles

CONDICIONES FINALES PRIMERA EMISION DE BONOS SIMPLES AVALADOS BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A.U.

CONDICIONES FINALES PRIMERA EMISION DE BONOS SIMPLES AVALADOS BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A.U. CONDICIONES FINALES PRIMERA EMISION DE BONOS SIMPLES AVALADOS BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A.U. 600.000.000 euros Emitida al amparo del Folleto Base de Renta Fija y Estructurados

Más detalles

1. Custodia de valores, títulos valores e instrumentos financieros físicos y desmaterializados, emitidos y negociados en Colombia.

1. Custodia de valores, títulos valores e instrumentos financieros físicos y desmaterializados, emitidos y negociados en Colombia. ANEXO SOLICITUD DE SERVICIOS, quién en adelante se denominará como el DEPOSITANTE, representada en este acto por, mayor de edad, vecino de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía No., en su condición

Más detalles

ASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO. -Última comunicación incorporada: A 5603-

ASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO. -Última comunicación incorporada: A 5603- ASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO -Última comunicación incorporada: A 5603- Texto ordenado al 02/07/2014 TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE ASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES

Más detalles

Ence Energía y Celulosa, S.A. R.M.M, h. 14.837. F.33. T.2.363 general y 1.720, secc. 3ª libro sociedades. N.I.F.: A-28212264

Ence Energía y Celulosa, S.A. R.M.M, h. 14.837. F.33. T.2.363 general y 1.720, secc. 3ª libro sociedades. N.I.F.: A-28212264 INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ENCE ENERGÍA Y CELULOSA, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE AUTORIZACIÓN AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PARA EMITIR VALORES NEGOCIABLES DE RENTA FIJA

Más detalles

Política de Salvaguarda de Activos

Política de Salvaguarda de Activos ORGANIZACIÓN Fecha de publicación 5 de agosto de 2015 Banco Mediolanum Número de publicación 000045 Número de versión 02 Política de Salvaguarda de Activos Aprobado por el Consejero Delegado el 7 de abril

Más detalles

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GAINVEST BALANCEADO REGLAMENTO DE GESTIÓN CLAÚSULAS PARTICULARES

FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GAINVEST BALANCEADO REGLAMENTO DE GESTIÓN CLAÚSULAS PARTICULARES FONDO COMÚN DE INVERSIÓN GAINVEST BALANCEADO REGLAMENTO DE GESTIÓN CLAÚSULAS PARTICULARES Entre Gainvest S.A. Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión, que en lo sucesivo será denominada la Gerente,

Más detalles

Modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones 01/08/2014

Modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones 01/08/2014 Plan de Pensiones de Segurcaixa Adeslas 31.- Guía Resumen CREACIÓN Y ACTUALIZACIONES FECHA VERSIÓN NATURALEZA DEL CAMBIO Nº PAG. 10/10/2014 01 Actualización 8 Pág.:2/8 1 2 El viernes 1 de agosto 2014,

Más detalles

Texto Sistematizado del Decreto 754/2000

Texto Sistematizado del Decreto 754/2000 Texto Sistematizado del Decreto 754/2000 Con las modificaciones introducidas mediante los Decretos 3.605/2000, 183/2003, 1.707/2003, 1.438/2004 y 1.309/2011 La Plata, 22 de marzo de 2000 Visto el expediente

Más detalles

UNIFONDO PENSIONES XI, F.P.

UNIFONDO PENSIONES XI, F.P. UNIFONDO PENSIONES XI, F.P. DECLARACIÓN COMPRENSIVA DE PRINCIPIOS DE POLÍTICA DE INVERSIÓN DEL UNIFONDO PENSIONES XI, F.P. La vocación inversora del Fondo se define como un fondo de Renta Fija Corto Plazo.

Más detalles

NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO

NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO NOTA MONOGRÁFICA I BANCARIO 18 de marzo de 2016 LA NUEVA CIRCULAR 2/2016 DEL BANCO DE ESPAÑA Y SU IMPACTO EN LOS INSTRUMENTOS DE EXTERIORIZACIÓN DE COMPROMISOS POR PENSIONES DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO

Más detalles

MANUAL DE OPERACIONES DEL MERCADO DE VALORES EXTRANJEROS

MANUAL DE OPERACIONES DEL MERCADO DE VALORES EXTRANJEROS MERCADO DE VALORES EXTRANJEROS ( 130.000 ) MANUAL DE OPERACIONES DEL MERCADO DE VALORES EXTRANJEROS Aprobado mediante Oficio N 07055 de la Superintendencia de Valores y Seguros, de fecha 10 de diciembre

Más detalles

REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO

REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO Desarrollo Argentino II Fondo Común de Inversión Abierto para Proyectos Productivos de Economías Regionales y de Infraestructura INVESTIS ASSET MANAGEMENT S.A.S.G.F.C.I. Sociedad Gerente BANCO DE VALORES

Más detalles

MERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A.

MERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A. i MERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A. ROSARIO DE SANTA FE 235-5000 CORDOBA TEL. FAX (0351) 5352827-5352828-5352829 A los Señores Agentes y Sociedades de Bolsa Presente Córdoba, 25 de Septiembre de 2008

Más detalles

COMPASS NATURAL RESOURCES II Fondo Común de Inversión REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES

COMPASS NATURAL RESOURCES II Fondo Común de Inversión REGLAMENTO DE GESTIÓN TIPO CLÁUSULAS PARTICULARES COMPASS NATURAL RESOURCES II Fondo Común de Inversión INVESTIS ASSET MANAGEMENT S.A. Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión BANCO DE VALORES S.A. Sociedad Depositaria CLÁUSULAS PARTICULARES FUNCIÓN

Más detalles

POLIZA DE RENTA VITALICIA DIFERIDA. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 04 049

POLIZA DE RENTA VITALICIA DIFERIDA. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 04 049 POLIZA DE RENTA VITALICIA DIFERIDA Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 04 049 ARTICULO 1º: DEFINICIONES AFILIADO: El trabajador incorporado al sistema de pensiones de vejez, de invalidez

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE FONDO MUTUO DEUDA ESTATAL UF 3-5 AÑOS. a) Nombre del fondo mutuo: Fondo Mutuo DEUDA ESTATAL UF 3-5 AÑOS

REGLAMENTO INTERNO DE FONDO MUTUO DEUDA ESTATAL UF 3-5 AÑOS. a) Nombre del fondo mutuo: Fondo Mutuo DEUDA ESTATAL UF 3-5 AÑOS REGLAMENTO INTERNO DE FONDO MUTUO DEUDA ESTATAL UF 3-5 AÑOS A) CARACTERÍSTICAS DEL FONDO 1. Características Generales a) Nombre del fondo mutuo: Fondo Mutuo DEUDA ESTATAL UF 3-5 AÑOS b) Razón social de

Más detalles

GAINVEST INFRAESTRUCTURA FONDO COMÚN DE INVERSIÓN ABIERTO PARA PROYECTOS PRODUCTIVOS DE ECONOMÍAS REGIONALES E INFRAESTRUCTURA

GAINVEST INFRAESTRUCTURA FONDO COMÚN DE INVERSIÓN ABIERTO PARA PROYECTOS PRODUCTIVOS DE ECONOMÍAS REGIONALES E INFRAESTRUCTURA GAINVEST INFRAESTRUCTURA FONDO COMÚN DE INVERSIÓN ABIERTO PARA PROYECTOS PRODUCTIVOS DE ECONOMÍAS REGIONALES E INFRAESTRUCTURA Estados Contables al 30 de junio de 2013 junto con los Informes de los Auditores

Más detalles

- el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y

- el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. * * * MEDIDAS TRIBUTARIAS (BOE 28-02-15) PDF (BOE-A-2015-2109

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892)

REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892) REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892) PAUTAS GENERALES: Artículo Primero: Todo aquel aspirante a la titularidad y/o adscripción a un registro notarial deberá

Más detalles

MARIVA ASSET MANAGEMENT S.A.S.G.F.C.I. CLAUSULAS GENERALES

MARIVA ASSET MANAGEMENT S.A.S.G.F.C.I. CLAUSULAS GENERALES REGLAMENTO DE GESTION TIPO CAPÍTULO 1: CLÁUSULA PRELIMINAR Entre el AGENTE DE ADMINISTRACIÓN DE PRODUCTOS DE INVERSIÓN COLECTIVA DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN -definido en el Capítulo 1, Sección 1 de

Más detalles

PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA.

PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. Sleg3777 26-6-2008 PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. El objeto de la presente orden es desarrollar el marco normativo para las operaciones

Más detalles

BANCO CREDIT SUISSE MEXICO, S. A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Credit Suisse México. Notas a los Estados Financieros

BANCO CREDIT SUISSE MEXICO, S. A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Credit Suisse México. Notas a los Estados Financieros BANCO CREDIT SUISSE MEXICO, S. A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Credit Suisse México Notas a los Estados Financieros Resumen de las principales políticas contables- La preparación de los

Más detalles

Capítulo I. Procedimiento general para tramitar una solicitud de pensión presentada ante la institución competente del otro Estado contratante

Capítulo I. Procedimiento general para tramitar una solicitud de pensión presentada ante la institución competente del otro Estado contratante Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro III, Título IV, Letra A Solicitudes de Pensión en virtud del D.L. N 3.500 de 1980, de trabajadores con residencia actual en el otro Estado contratante

Más detalles

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.

Más detalles

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08 1-2013 Junio, 2013 ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN APROBADO EL 24 DE MAYO DE 2013, RELATIVAS A LA FACILITACIÓN DE LA ENTRADA Y PERMANENCIA EN ESPAÑA

Más detalles

DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY No. 18.930 QUE MODIFICA EL RÉGIMEN DE LAS ACCIONES AL PORTADOR

DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY No. 18.930 QUE MODIFICA EL RÉGIMEN DE LAS ACCIONES AL PORTADOR Departamento de Sociedades Newsletter, Agosto 2012 DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY No. 18.930 QUE MODIFICA EL RÉGIMEN DE LAS ACCIONES AL PORTADOR El Poder Ejecutivo reglamentó la ley que modifica el régimen

Más detalles