DICTAMEN Nº. 281/2008, de 30 de diciembre. *
|
|
- Alejandro Salazar Jiménez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 DICTAMEN Nº. 281/2008, de 30 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X, por los daños y perjuicios que anuda a la atención sanitaria que le fue dispensada en el Servicio de Oftalmología del Complejo Hospitalario H, centro dependiente del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM). ANTECEDENTES El 30 de abril de 2004 Dª. X presentó reclamación de responsabilidad patrimonial dirigida al SESCAM por falta de atención médico quirúrgica puntual, y en todo caso fuera de los plazos establecidos, y que ha causado daños irreparables en la visión y perjuicios económicos. Alegaba la interesada que [ ] el día 21 de noviembre de 2003, cuando me disponía a revisar la graduación de las gafas que utilizaba, en la Óptica donde acudo regularmente, fui alertada por este profesional para que fuera al médico de cabecera o a Urgencias H porque tenía una enfermedad en la visión progresiva y podía perderla por completo. [] El médico de cabecera me hace una petición o documento de ínter consulta (volante), para Urgencias, personándome el mismo día, se adjunta volante e informe de Urgencias. En ese lugar me indican que me llamarán enseguida para realizar unas pruebas con carácter preferente. [ ] Dichas pruebas consistentes en una Angiografía fluoresceinica se realizan un mes después, concretamente el día 22 de diciembre de 2003, diciéndome que me llamaran para láser. Me remito a sus archivos. [] Dado el carácter de urgencia y que cada vez notaba más pérdida de visión, mis familiares se personaron en oftalmología comunicándoles que estaban llamando en esos momentos a los que se encontraban en lista de espera desde hacía seis meses y que me quedaba bastante aún para que me llamaran. Solicité la entrega de la prueba realizada para poder ir a otro especialista y me dijeron que las pruebas en cuestión no se entregaban [ ] A primeros de marzo de 2004, al ver que no me llamaban y notar que cada vez veía menos con ambos ojos, decidí acudir a la Oftalmóloga Dra, indicándome que en el ojo izquierdo no se podía recuperar ya puesto que la enfermedad en cuestión se trataba de degeneración macular y ser tarde para aplicar láser, y que dicha enfermedad estaba afectando al ojo derecho donde también tenía una catarata, procediendo inmediatamente a una intervención quirúrgica, previa repetición de la prueba de Angiografía Fluoresceinica, como se demuestra con los documentos que se adjuntan. [] Como resultado de esta intervención me encuentro muy recuperada de visión y con la tranquilidad de estar controlada. La reclamante continuaba indicando que todo este proceso me ha supuesto unos perjuicios económicos que ascienden a la cantidad de dos mil ciento ochenta y siete euros con sesenta y siete céntimos ( ), consistentes en las pruebas, la operación quirúrgica, los medicamentos necesarios, adjuntándose justificantes de los mismos. A lo que habría que añadir los perjuicios morales, secuelas y traslados ocasionados. Cantidad cuyo abono se * Ponente: Enrique Belda Pérez-Pedrero 1
2 Dictámenes Consejo Consultivo Castilla-La Mancha terminó solicitando, al considerarse la interesada perjudicada por el retraso en la atención reclamada y no recibida por el SESCAM. Tramitado el correspondiente procedimiento de responsabilidad patrimonial, se propuso la desestimación de la reclamación interpuesta, al considerar que faltaban los requisitos de nexo causal y antijuridicidad del daño. EXTRACTO DE LA DOCTRINA En cuanto al daño alegado, la interesada alega en su reclamación, primero, que la actuación médica imputada ha causado daños irreparables en la visión y perjuicios económicos, valorando éstos últimos, aportado para ello los oportunos justificantes, en euros, correspondientes a la atención médica y quirúrgica dispensada en un centro privado. Y en trámite de alegaciones, se valoraron los perjuicios morales, secuelas y traslados ocasionados en euros, si bien al final de dicha reclamación se indica que como resultado de la intervención efectuada y cuyos gastos se reclaman me encuentro muy recuperada de visión y con la tranquilidad de estar controlada. Asimismo, consta mediante informe médico aportado en trámite de alegaciones que en octubre de 2007 la paciente tenía O.D.: 0,7 y O.I.: < 0,1 [] en ojo izquierdo hay una alteración seca (cicatriz y atrofia secundaria al tratamiento con láser) y en el ojo derecho a pesar de la degeneración macular senil no hay signos de neovascularización, y que el 14 de marzo de 2004 se le realizó tratamiento con láser verde en ojo izquierdo, tratando la zona de exudación siempre extrafoveal. (Se advierte a la paciente de la posibilidad de que no tenga un resultado visual, y sea necesario retratamiento y control angiográfico). [] Asimismo, en el mismo mes se le opera la catarata de ojo derecho con un buen resultado funcional, consiguiendo agudeza visual de 0 8 en ojo derecho (ojo operado de catarata) y con una mejoría subjetiva en la visión de ojo izquierdo (-menos escotoma-). A la vista de lo indicado pueden entenderse acreditados los perjuicios económicos mencionados, si bien no se deben considerar probados ni los perjuicios morales ni los traslados que se mencionan, ya que no existen documentos o pruebas que los avalen. Y respecto a las secuelas que se mencionan tampoco deben considerarse acreditadas, teniendo en cuenta la propia afirmación de la reclamante ( me encuentro muy recuperada de visión y con la tranquilidad de estar controlada ) y el contenido del informe médico aportado. En lo que respecta a la posible existencia de relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y el daño alegado, así como en cuanto a la antijuridicidad de éste, hay que partir de que la interesada fundamenta su reclamación en un funcionamiento anormal del servicio público sanitario, ya que considera que existió una falta de atención médico quirúrgica puntual y en todo caso fuera de los plazos establecidos por la Ley de Garantías en la Atención Sanitaria Especializada (LEGASE), Ley 24/2002, de 5 de diciembre. Asocia, por tanto, la interesada los gastos de la intervención oftalmológica efectuada en un centro privado a la falta de atención sanitaria dentro de los plazos legalmente establecidos en esta comunidad autónoma. Pues bien, en el informe emitido por el Servicio de Oftalmología se dice expresamente que En todo momento nos hemos centrado en la patología de retina ya que la catarata no 2
3 ha interferido ni para el diagnóstico ni para el posible tratamiento con láser, por lo que no hemos considerado la cirugía de cataratas, que en todo caso, habríamos valorado más adelante, pero dado que la paciente no acudió a nuestra consulta, no ha habido lugar para ello. Y la instructora del expediente consideró, respecto al supuesto incumplimiento de plazos en la atención sanitaria requerida, que desde el día 22 de diciembre de 2003, fecha en que se practica la angiofluresceingrafia en el Servicio de Oftalmología del Complejo Hospitalario H y se propone intentar fotocoagulación con láser hasta la fecha en que se iba a aplicar el tratamiento, día 1 de abril de 2004, transcurren 99 días. Plazo que se encuentra dentro del objetivo de las intervenciones quirúrgicas garantizadas para el año 2003, y regulado por el Decreto 9/2003, de de tiempos máximos de respuesta, prestaciones garantizadas, tarifas y abono por gastos de desplazamiento en atención sanitaria especializada en Castilla-La Mancha, que lo fija en 180 días. Pero incluso dentro del plazo fijado como objetivo para el año 2004, que es de 120 días según el Decreto 1/2004 de A la vista de todos estos elementos de juicio tan sólo puede considerarse como cierto que no existió ningún tipo de infracción de la lex artis ad hoc en la atención y tratamientos ofertados a la paciente, puesto que el tratamiento de láser que le fue prescrito fue prevista su realización dentro de los plazos legalmente establecidos y la intervención de cataratas que le fue realizada en centro privado no era de urgencia, puesto que se pone de manifiesto que las padecía desde hacía años. Siendo más urgente el tratamiento de la degeneración macular padecida que, sin embargo, y a pesar de poder haber sido dispensado en la sanidad pública, la interesada decidió voluntariamente acudir a un centro privado para su dispensación. No existe, por tanto, relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público sanitario y el perjuicio económico alegado por la reclamante a consecuencia de la asistencia sanitaria recibida en el Servicio de Oftalmología del Complejo Hospitalario H. DICTAMEN Que no existiendo relación de causalidad entre el servicio público dispensado en el Complejo Hospitalario H y el daño alegado por Dª. X, procede dictar resolución desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial examinada. 3
4
5 5
DICTAMEN Nº. 117/2006, de 19 de julio. *
DICTAMEN 117 DICTAMEN Nº. 117/2006, de 19 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, por los daños y perjuicios derivados
Más detallesDICTAMEN Nº. 239/2007, de 19 de diciembre. *
DICTAMEN 239 DICTAMEN Nº. 239/2007, de 19 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria seguido a instancia de Dª. X por los daños y perjuicios
Más detallesDICTAMEN Nº. 65/2005, de 11 de mayo. *
DICTAMEN 65 DICTAMEN Nº. 65/2005, de 11 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública incoado a instancia de Dª. X, por los daños y perjuicios
Más detallesDICTAMEN Nº. 190/2007, de 17 de octubre. *
DICTAMEN 190 DICTAMEN Nº. 190/2007, de 17 de octubre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X a consecuencia de los daños y
Más detallesDICTAMEN Nº. 15/2008, de 30 de enero. *
DICTAMEN Nº. 15/2008, de 30 de enero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, por los daños y perjuicios sufridos en el vehículo
Más detallesDICTAMEN Nº. 69/2004, de 16 de junio. *
DICTAMEN Nº. 69/2004, de 16 de junio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública tramitado a instancia de D. X, a causa de los daños sufridos tras la
Más detallesDICTAMEN Nº. 39/2006, de 15 de marzo. *
DICTAMEN 39 DICTAMEN Nº. 39/2006, de 15 de marzo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, como consecuencia del accidente
Más detallesDICTAMEN 139 / 2007 ANTECEDENTES
DICTAMEN 139 / 2007 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de la asistencia sanitaria dispensada en el Hospital Universitario Miguel
Más detallesDICTAMEN 31/07 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero
En Logroño, a 17 de abril de 2007, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert y Pérez-Caballero, de los Consejeros D.Antonio Fanlo Loras,
Más detallesDICTAMEN Nº. 65/2001, de 29 de mayo. *
DICTAMEN Nº. 65/2001, de 29 de mayo. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública tramitado a instancia de Dª. C.M.L., a consecuencia de las lesiones
Más detallesDICTAMEN 39/99 ANTECEDENTES DEL HECHO. Antecedentes del asunto. Primero
En Logroño, a 20 de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, reunido en su sede provisional el Consejo Consultivo de La Rioja, con asistencia de su Presidente D. Ignacio Granado Hijelmo y de los Consejeros
Más detallesDICTAMEN 90/2014. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS
DICTAMEN 90/2014 (Sección 2ª) La Laguna, a 21 de marzo de 2014. Dictamen solicitado por la Excma. Sra. Consejera de Sanidad en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del procedimiento de responsabilidad
Más detallesDICTAMEN Nº. 231/2007, de 12 de diciembre. *
DICTAMEN 231 DICTAMEN Nº. 231/2007, de 12 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, por daños atribuidos a una
Más detallesA) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley:
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE TARIFA PLANA (Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero) Se ha elaborado una lista con las preguntas
Más detallesDICTAMEN Nº. 155/2007, de 12 de septiembre. *
DICTAMEN 155 DICTAMEN Nº. 155/2007, de 12 de septiembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X, por los daños y perjuicios
Más detallesPREGUNTAS Y RESPUESTAS: Derechos de los pacientes en materia de asistencia sanitaria transfronteriza
COMISIÓN EUROPEA NOTA INFORMATIVA Bruselas, 22 de octubre de 2013 PREGUNTAS Y RESPUESTAS: Derechos de los pacientes en materia de asistencia sanitaria transfronteriza Un jubilado alemán diabético se lleva
Más detallesI. ANTECEDENTES. PRIMERO.- Tuvo entrada en esta Institución queja que quedó registrada con el número de referencia arriba expresado.
Expte. DI-980/2006-8 EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Avda. Gómez Laguna, 25 50009 ZARAGOZA Asunto: Sugerencia sobre prácticas en ciclo formativo. I. ANTECEDENTES PRIMERO.- Tuvo entrada
Más detallesTipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES
Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos
Más detallesDICTAMEN 258/2013. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS
DICTAMEN 258/2013 (Sección 1ª) La Laguna, a 11 de julio de 2013. Dictamen solicitado por la Excma. Sra. Consejera de Sanidad en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del procedimiento de responsabilidad
Más detallesDICTAMEN 393/2012. (Sección 2ª) FUNDAMENTOS
DICTAMEN 393/2012 (Sección 2ª) La Laguna, a 13 de septiembre de 2012. Dictamen solicitado por la Excma. Sra. Consejera de Sanidad en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del procedimiento de
Más detallesInstrucción 13/S-131 1.- SUPUESTOS DE POSIBLE IMPUTACIÓN PENAL EN CASOS DE PÉRDIDA DE VIGENCIA DECLARADA.
UON-SAR Asunto: Pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir por el agotamiento de la totalidad de los puntos asignados. Supuestos de imputación penal y de suspensión de la ejecución.
Más detallesDICTAMEN N.º 143/2012, de 4 de julio. *
DICTAMEN N.º 143/2012, de 4 de julio. * Expediente relativo a la reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancia de D.ª Z, por los daños y perjuicios que anuda a la atención sanitaria
Más detallesDICTAMEN Nº. 148/2007, de 26 de julio. *
DICTAMEN 148 DICTAMEN Nº. 148/2007, de 26 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. Z, en nombre y representación de
Más detallesENSAYOS CLÍNICOS. Guía para padres y tutores
ENSAYOS CLÍNICOS Guía para padres y tutores PARA PADRES Y TUTORES Los niños no son pequeños adultos En este folleto encontrará información sobre los ensayos clínicos en general y los ensayos clínicos en
Más detallesFrente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su resolución de 9 de octubre de 2014.
1 Resolución de 11 de septiembre de 2014 de la Sección Sexta del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por un particular contra una publicidad de la que es responsable la compañía
Más detallesDICTAMEN Nº 58 / 2010
DICTAMEN Nº 58 / 2010 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la administración derivada de una solicitud de traslado de expediente para continuar estudios
Más detallesAntecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.
Resolución del Ararteko, de 1 de febrero de 2012, por la que se recomienda al Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián que deje sin efecto una sanción por infracción de la normativa urbanística. Antecedentes
Más detallesCopia de la reclamación efectuada por su hermana el 3 de diciembre de 2007Poder de representación otorgado por la reclamante a su abogado.
Consejo Consultivo de Aragón DICTAMEN Nº 25 / 2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de la asistencia sanitaria prestada por
Más detallesI.- DISPOSICIONES GENERALES
AÑO XXXV Núm. 80 27 de abril de 2016 9129 I.- DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Sanidad Orden de 21/04/2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento para el reintegro de
Más detallesSOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor:
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE Madrid 3 de Noviembre de 2008 Excelentísimo Señor: La Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo
Más detallesDICTAMEN Nº. 3/2005, de 19 de enero. *
DICTAMEN 3 DICTAMEN Nº. 3/2005, de 19 de enero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública seguido a instancia de D. X y otros por los daños y perjuicios
Más detallesAntecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.
Resolución 2014R-2041-14 del Ararteko, de 17de noviembre de 2014, por la que se recomienda a la Agencia Vasca del Agua URA que informe del estado de expediente sobre la situación del molino de Iurrita
Más detallesREGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES
REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES Artículo 1. El presente Reglamento se rige por lo dispuesto en
Más detallesMINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA
MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA
Más detalleshttp://www.medicosdeelsalvador.com Realizado por:
Este artículo médico salió de la página web de Médicos de El Salvador. http://www.medicosdeelsalvador.com Realizado por: Clínica de Especialidades Ramírez Amaya http://www.medicosdeelsalvador.com/clinica/ramirezamaya
Más detallesEl farmacéutico colabora con el Sistema Nacional de Salud profesional e, incluso, económicamente.
INTERVENCIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE FARMACÉUTICOS DE ESPAÑA EN EL TALLER SOBRE SERVICIOS FARMACÉUTICOS DE CALIDAD DE LA COMISIÓN EUROPEA (DCIÓN. GRAL. DE MERCADO INTERIOR)
Más detallesANTECEDENTES. Se deducen del Dictamen. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. I. Carácter preceptivo del Dictamen
DICTAMEN: 152/13, de 18 de abril MATERIA: Recurso extraordinario de revisión DEPARTAMENTO: Gobernación y Relaciones Institucionales PONENTE: Mercè Barceló i Serramalera Recurso extraordinario de revisión
Más detallesCómo actuar ante un accidente laboral?
EN UN CONTEXTO TAN HOSTIL, MÁS QUE NUNCA TE INTERESA CONOCER TUS DERECHOS! 2. PERSONAL LABORAL: PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN EL CASO DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES. Cómo actuar ante un accidente laboral?
Más detallesDICTAMEN 86/07 ANTECEDENTES DE HECHO. Antecedentes del asunto. Primero
En Logroño, a 10 de septiembre de 2007, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert y Pérez-Caballero, de los Consejeros D. Antonio Fanlo Loras,
Más detallesTUTORIAL SOBRE EL MANEJO DE LA OFICINA VIRTUAL PARA LA REMISIÓN DE INFORMES DE DOCENCIA VIRTUAL VÍA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
TUTORIAL SOBRE EL MANEJO DE LA OFICINA VIRTUAL PARA LA REMISIÓN DE INFORMES DE DOCENCIA VIRTUAL VÍA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA. COORDINADORES DE MÓDULOS/MATERIAS/ ASIGNATURAS VIRTUALES DE POSGRADOS CON
Más detallesAntecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.
Resolución del Ararteko, de 26 de mayo de 2011, por la que se concluye un expediente de queja relativo a la deducción de haberes de la nómina de un trabajador adscrito a la Diputación Foral de Bizkaia.
Más detallesAntecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: +34 945 135 118 Faxa: +34 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.eus www.ararteko.
Resolución 2016R-1710-15 del Ararteko, de 20 de abril de 2016, por la que se recomienda al Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco que revoque su resolución en un procedimiento de
Más detallesEn España hay 2,5 millones de. Usuarios de lentes de contacto, Puede seguir creciendo esta cifra?
Gaceta Business En España hay 2,5 millones de usuarios de lentes de contacto. Puede seguir creciendo esta cifra? elisenda Ibáñez Directora de IB-Tècnica y Socia Directora de GIC Retail, SL., empresas de
Más detallesAsistencia sanitaria y salud
Asistencia sanitaria y salud ASISTENCIA SANITARIA Qué personas pueden ser titulares de una cartilla de asistencia sanitaria por derecho propio? Las trabajadoras por cuenta ajena, afiliadas y en alta en
Más detallesAntecedentes. A continuación presentó una nueva petición que no fue atendida, lo que dio lugar a que acudiese a esta institución.
Resolución del Ararteko, de 31 de marzo de 2011, por la que se recomienda al SVS/Osakidetza que se adecue la aplicación de los criterios de acceso a la historia clínica recogidos en los procedimientos
Más detallesAntecedentes. Por tanto, Lanbide nos confirmó, tal y como había señalado el reclamante, que la salida que causó la resolución que dio lugar a la queja
Resolución 2015R-200-15 del Ararteko, de 14 de julio de 2015, por la que se recomienda al Departamento de Empleo y Políticas Sociales que deje sin efectos una resolución por la que se declara la obligación
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE ARTÍCULO 1º Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes 1. La actuación del Departamento de Atención al Cliente se rige por la Orden ECO/734/2004,
Más detallesDICTAMEN 49 / 2009 ANTECEDENTES
DICTAMEN 49 / 2009 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración, derivada de daños y perjuicios por deficiente asistencia sanitaria concertada
Más detallesQué requisitos deben cumplir los albaranes o notas de entrega?
Qué requisitos deben cumplir los albaranes o notas de entrega? Los albaranes o notas de entrega, pese a su frecuente uso práctico, suelen ser documentos bastante desconocidos por parte de la mayoría de
Más detallesPendiente del Respuesta por el Servicio Canario de la Salud.
Resolución al Servicio Canario de la Salud, de Recordatorio del Deber Legal de intentar las notificaciones en los domicilios idóneos antes de acudir a la vía edictal, y la Recomendación de retrotraer las
Más detalles16 de enero de 2008. I. Antecedentes
Expte. DI-1639/2007-5 Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zaragoza Plaza del Pilar, 18 50001 Zaragoza 16 de enero de 2008 I. Antecedentes Primero.- Tuvo entrada en esta Institución escrito
Más detallesf. Proyección de permanencia de la actividad, aprobando preferiblemente actividades que sean capaces de generar grupos o programas estables frente a
ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A GRUPOS Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO DE MALLÉN PARA ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 1. Bases Reguladoras Las bases reguladoras
Más detallesINFORME MOROSIDAD DIPUTACIÓN ALBACETE TERCER TRIMESTRE 2015 - DIPUTACIÓN DE ALBACETE - Cod.11375-08/10/2015
Tesorería 3T2015 INFORME DE TESORERIA SOBRE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS PREVIS- TOS EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, CON REFERENCIA AL TERCER TRIMESTRE DE 2015 El funcionario que suscribe, en cumplimiento
Más detallesREGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE MEDIACION
REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE MEDIACION Artículo 1. Aplicabilidad. El procedimiento de Mediación de la Corte Aragonesa de Arbitraje y Mediación, en adelante la Corte, de la Asociación Aragonesa de Arbitraje
Más detallesPROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS
PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS Artículo 17. Certificación del Origen 1. El certificado de origen es el único documento que certifica que las mercancías cumplen
Más detallesCICI Servicio de Información
BOLETIN OFICIAL Nº 32665 24 de junio de 2013 MINISTERIO DE SALUD Resolución Nº 673/2013 Bs. As., 14/6/2013 VISTO el Expediente 2002-5591-13-0 del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto Nº 1286 del 9 de septiembre
Más detallesUna vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes ANTECEDENTES
EQ-0905/2012.- Se recuerda el deber legal que tiene el Instituto Canario de Igualdad de actuar, en todo caso, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho, y por tanto, de ceñirse estrictamente
Más detallesSección III. Otras disposiciones y actos administrativos AYUNTAMIENTO DE INCA
Fascículo 9 - Sec. III. - Pág. 1758 Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos AYUNTAMIENTO DE INCA 438 Aprobación definitiva de las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para
Más detallesDICTAMEN 278/2015. (Sección 1ª) FUNDAMENTOS
DICTAMEN 278/2015 (Sección 1ª) La Laguna, a 22 de julio de 2015. Dictamen solicitado por la Excma. Sra. Consejera de Sanidad del Gobierno de Canarias en relación con la Propuesta de Orden resolutoria del
Más detallesDICTAMEN Nº. 29/2008, de 20 de febrero. *
DICTAMEN Nº. 29/2008, de 20 de febrero. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. Z, en representación de Dª. X, a consecuencia
Más detallesDICTAMEN Nº. 117/2010, de 7 de julio. *
DICTAMEN 117 DICTAMEN Nº. 117/2010, de 7 de julio. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de D. X, a consecuencia de los daños y perjuicios
Más detallesDICTAMEN N.º 431/2013, de 2 de diciembre. *
DICTAMEN N.º 431/2013, de 2 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial tramitado a instancias de D.ª Z, en nombre de su hijo menor de edad X, por los daños y perjuicios
Más detallesDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 30 de octubre pasado y registro de entrada en Diputación el mismo día, solicita del Departamento de Asistencia a Municipios la emisión
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS ACUDE INTERNACIONALES Campamento saharaui de Awserd
CONVOCATORIA DE BECAS ACUDE INTERNACIONALES Campamento saharaui de Awserd Durante el curso 2015/2016 se concederán cuatro becas ANÍMATE A PARTICIPAR!!! Índice INTRODUCCIÓN... 2 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO...
Más detallesInforme de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento sobre la independencia del Auditor Externo
Informe de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento sobre la independencia del Auditor Externo Madrid, 15 de febrero de 2016 INFORME DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO SOBRE LA IDEPENDENCIA DEL
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE VISITANTE DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA. (Aprobado en Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2006 y publicado en el BO-UCLM nº 97 de noviembre de 2006). EXPOSICIÓN
Más detallesConvenio de colaboración y cesión de uso de las instalaciones deportivas
Convenio de colaboración y cesión de uso de las instalaciones deportivas Ayuntamiento de Getafe 1 Habiéndose remitido a esta Secretaría General para su estudio borrador de Convenio de colaboración y cesión
Más detallesNEWSLETTER NOVIEMBRE 2014
ÍNDICE I. Accidente in itinere: cuestión de movimiento. El cambio jurisprudencial en materia de Prevención de Riesgos Laborales amplia los supuestos para la concurrencia II. La nueva Perspectiva de la
Más detallesPREGUNTAS Y RESPUESTAS PROCESO DE RELIQUIDACIÓN
PREGUNTAS Y RESPUESTAS PROCESO DE RELIQUIDACIÓN 1. Qué es una reliquidación? Se trata de un proceso que se lleva a cabo para cobrar o devolver la diferencia de precios que se produce cuando los decretos
Más detallesDICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*
Página 1 de 5 DICTAMEN Nº 8 # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Expediente relativo al proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Radio Televisión
Más detallesSerá el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes.
ARTÍCULO 13: CALENDARIO LABORAL: Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. Serán fiestas las señaladas en el Calendario laboral
Más detallesDOCUMENTO DE INSTRUCCIONES PREVIAS
DOCUMENTO DE INSTRUCCIONES PREVIAS INTRODUCCIÓN. En el actual contexto de la medicina, que abandona su carácter paternalista a favor del respeto de la autonomía del paciente surgen dos propuestas: el consentimiento
Más detallesCOMENTARIO DE SENTENCIA
1- RESUMEN DE LA SENTENCIA TRIBUNAL TRIBUNAL SUPREMO, SALA 1ª, SENTENCIA DE 19 DE MAYO DE 2005. RESUMEN DE LOS HECHOS: El actor tenía contratado un seguro de vida y accidentes con la cobertura de invalidez
Más detallesEntendiendo, por tanto, que se disponen de los elementos de hecho y de derecho necesarios, se procede a la emisión de las siguientes: Consideraciones
Resolución del Ararteko 2015R-162-15, de 16 de junio de 2015, por la que se recomienda a Lanbide que reconsidere la suspensión de una Renta de Garantía de Ingresos y la Prestación Complementaria de Vivienda.
Más detallesINFORME ASUNTO: PERSONAL/RETRIBUCIONES AA ************
ASUNTO: PERSONAL/RETRIBUCIONES Solicitud de trabajador laboral fijo en la que insta el reconocimiento de servicios previos a efectos de antigüedad, así como el abono, sólo con carácter retroactivo, de
Más detallesDICTAMEN Nº 249 / 2013
DICTAMEN Nº 249 / 2013 Materia sometida a dictamen: Reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de la asistencia sanitaria prestada por el Servicio de Dermatología
Más detallesCONCLUSIONES. De la información total que acabamos de facilitar al lector podemos realizar el siguiente resumen:
CONCLUSIONES De la información total que acabamos de facilitar al lector podemos realizar el siguiente resumen: 1º. Ha habido un incremento en el número total de consultas y reclamaciones ante las asociaciones
Más detallesI. Requisitos para el nacimiento del derecho a la protección.
REAL DECRETO 1541/2011, DE 31 DE OCTUBRE, por la que se desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores
Más detallesDICTAMEN 19/10 ANTECEDENTES DE HECHO. Primero. La indicada Letrada no adjunta a su reclamación ningún informe médico ni documentación de ningún tipo.
En Logroño, a 22 de febrero de 2010, el Consejo Consultivo de La Rioja, reunido en su sede, con asistencia de su Presidente, D. Joaquín Espert Pérez-Caballero, y de los Consejeros D. Antonio Fanlo Loras,
Más detallesX. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO
X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO 93.- Quién tiene derecho a cobrar el "paro"? La prestación por desempleo, conocida como el "paro", se abona por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), www.sepe.es, que
Más detallesDesde Yo Sí Sanidad Universal (Madrid) y Jo Sí Sanitat Universal (Valencia) queremos puntualizar algunas de las cuestiones aducidas por el hospital:
Respuesta de Yo Sí Sanidad Universal y Jo Sí Sanitat Universal al comunicado del Hospital de Dénia en relación a lo sufrido por Milagros Villalobos en dicho centro (o lo que el hospital llama el caso de
Más detallesSentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 29 de diciembre de 2014:
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 29 de diciembre de 2014: En esta sentencia cabe destacar: Las dos partes acreedoras demandantes ejercitaron una acción directa de responsabilidad, basada
Más detallesen Deficiencia Seria significa que usted deberá entregar un plan de acción correctiva para corregir permanentemente este problema, y tendrá visitas
Sentimos que era importante hablar con usted el dia de hoy sobre problemas referentes a la capacidad d de la licenciai ya que algunas veces observamos sobre capacidad d de niños al efectuar visitas al
Más detallesLos ciudadanos comunitarios y la exclusión de los ciudadanos rumanos
Los ciudadanos comunitarios y la exclusión de los ciudadanos rumanos Los ciudadanos comunitarios son aquellos con pasaporte de algún país de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islanda o Lietchtenstein o
Más detallesDICTAMEN Nº. 242/2007, de 19 de diciembre. *
DICTAMEN 242 DICTAMEN Nº. 242/2007, de 19 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria a instancia de Dª. X, Dª. Y, Dª. Z y Dª. P, como
Más detallesExpte. DI-356/2013-1. EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA Via Univérsitas, 36 50071 ZARAGOZA I.
Expte. DI-356/2013-1 EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA Via Univérsitas, 36 50071 ZARAGOZA I.- ANTECEDENTES PRIMERO.- Con fecha 20 de febrero de 2013 tuvo entrada en esta Institución
Más detallesCONTRATO DE AFILIACIÓN PERSONAS Y CONVENIOS TÉRMINOS DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MÉDICO ASISTENCIAL DE EMERGENCIA Y URGENCIA
CONTRATODEAFILIACIÓNPERSONASYCONVENIOS TÉRMINOSDELCONTRATOPARALAPRESTACIÓNDELSERVICIOMÉDICO ASISTENCIALDEEMERGENCIAYURGENCIA Entre SERVICIO DE EMERGENCIA REGIONAL (SERVICIO DE AMBULANCIA PREPAGADA) SER
Más detallesOFERTA SEGURO IMPAGO PARA RED ALQUILA
AVDA. DE FRANCIA 18 ZAGUAN 1 ESC B PL 1 2 46023 VALENCIA TELF.: 00 34 96 381 11 32 FAX.: 00 34 96 381 11 34 E-MAIL: eva@glovalmulticover.com OFERTA SEGURO IMPAGO PARA RED ALQUILA Asegurado: El Arrendador,
Más detallesExpte. DI-1547/2012-1. EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA Via Univérsitas, 36 50071 ZARAGOZA
Expte. DI-1547/2012-1 EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA Via Univérsitas, 36 50071 ZARAGOZA ASUNTO: Sugerencia relativa al expediente de dependencia de la señora... I.- ANTECEDENTES
Más detallesTiene un niño de casi tres años, escolarizado este curso en el colegio XXX en Zaragoza (justo frente a su casa).
Expte. DI-1695/2015-8 EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Parque Empresarial Dinamiza (Recinto Expo) Pablo Ruiz Picasso, 65 D 50018 Zaragoza Asunto: Atención sanitaria en Centro escolar
Más detallesPENSIÓN, RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL, DEVOLUCIÓN DE SALDOS, EXCEDENTES DE LIBRE DISPONIBILIDAD Concepto 2008013810-001 del 18 de marzo de 2008.
PENSIÓN, RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL, DEVOLUCIÓN DE SALDOS, EXCEDENTES DE LIBRE DISPONIBILIDAD Concepto 2008013810-001 del 18 de marzo de 2008. Síntesis: En el régimen de ahorro individual se permite
Más detallesGabinete Jurídico. Informe Jurídico 171/2008
Informe Jurídico 171/2008 La consulta plantea diversas cuestiones relacionadas con el acceso por una determinada persona a varias historias clínicas de personas distintas a aquélla, así como a los datos
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO (SAC) DE UNIÓN ALCOYANA SEGUROS
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO (SAC) DE UNIÓN ALCOYANA SEGUROS CAPÍTULO 1: OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN: - Artículo 1º: De conformidad con la normativa vigente de aplicación, en concreto
Más detallesI.- ANTECEDENTES. Sin embargo y pese al tiempo transcurrido, en la actualidad no se ha elaborado su Programa Individual de Atención (PIA)
Expte. DI-1648/2014-1 EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA Via Univérsitas, 36 50071 ZARAGOZA ZARAGOZA I.- ANTECEDENTES PRIMERO.- El día 8 de septiembre de 2014 tuvo entrada en esta
Más detallesSERVICIO DE BÚSQUEDA, RECOGIDA Y ALBERGUE DE ANIMALES VAGABUNDOS PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER SERVICIO DE SALUD SERVICIO DE BÚSQUEDA, RECOGIDA Y ALBERGUE DE ANIMALES VAGABUNDOS PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 1ª.- OBJETO El objeto de este Pliego es establecer las condiciones
Más detallesNORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)
NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios
Más detallesCONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH)
CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH) Los Estatutos de la Universidad de Alcalá definen como misión fundamental de esta institución la prestación
Más detalles29 de octubre de 2015. Estimada/o compañera/o:
29 de octubre de 2015 Estimada/o compañera/o: El pasado viernes, 23 de octubre, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de
Más detalles