ÁREA DE FISCALIZACION DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO REALIZADO SOBRE EL REGISTRO DE LA DEUDA INTERNA
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- Vicente Jiménez Caballero
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1 INFORME No. DFOE-SAF de julio, 2008 DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACION DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION FINANCIERA DE LA REPUBLICA INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO REALIZADO SOBRE EL REGISTRO DE LA DEUDA INTERNA T: (506) F: (506) C: contraloria.general@cgr.go.cr S: Apdo , San José, Costa Rica
2 RESUMEN EJECUTIVO CONTENIDO PÁGINA No. 1. INTRODUCCIÓN Origen del estudio Objetivo del estudio Alcance del estudio Aspectos generales relacionados con Deuda Interna Comunicación verbal de los resultados del estudio RESULTADOS La Contabilidad Nacional no separa la porción corriente de la Deuda Interna Registro y presentación de las colocaciones de Títulos Cero Cupón como de Largo Plazo La Contabilidad Nacional no amortiza durante el plazo de vigencia de los títulos, las primas y descuentos de las colocaciones de títulos valores Suficiencia y razonabilidad de las políticas contables, notas explicativas, de la partida Deuda Interna en los estados financieros CONCLUSIONES DISPOSICIONES T: (506) F: (506) C: contraloria.general@cgr.go.cr S: Apdo , San José, Costa Rica
3 INFORME No. DFOE-SAF RESUMEN EJECUTIVO El estudio realizado permitió determinar la existencia de algunas situaciones y debilidades relacionadas con el registro, la clasificación y presentación de la Deuda Interna que afectan la calidad de dicha información. Entre esos aspectos se encuentran la no separación y presentación de la Deuda Interna en los estados financieros, como pasivo corriente y no corriente según su vencimiento; el registro y presentación como partidas de largo plazo de la colocaciones de Títulos Cero Cupón emitidos a plazos menores de 12 meses; el no registro de la amortización de los descuentos y primas derivados de las colocaciones de títulos valores; y aspectos relacionados con la suficiencia y razonabilidad de las políticas contables y notas explicativas de la partida Deuda Interna, lo cual afecta la calidad de la información que se presenta en los estados financieros. En virtud de las situaciones expuestas, esta Contraloría General dispone al Ministerio de Hacienda, en su condición de rector del Sistema de Administración Financiera de la República, y superior jerárquico del Subsistema de Contabilidad Pública, gestionar una serie de medidas que se detallan en el presente informe, para que se subsanen las debilidades indicadas y se emprendan las demás acciones que procedan respecto de lo comentado en este documento. T: (506) F: (506) C: contraloria.general@cgr.go.cr S: Apdo , San José, Costa Rica
4 INFORME No. DFOE-SAF INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO REALIZADO SOBRE EL REGISTRO DE LA DEUDA INTERNA 1. INTRODUCCIÓN. 1.1 Origen del estudio. El estudio se efectuó en cumplimiento del Plan Anual Operativo de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa del año Objetivo del estudio. Evaluar el registro, valuación y presentación de la Deuda Interna. 1.3 Alcance del estudio. El estudio comprendió el análisis de la clasificación, registro, y presentación en los estados financieros de la Deuda Interna, en su condición de corriente y no corriente según el plazo de vencimiento; el registro y presentación de la colocaciones de Títulos Cero Cupón emitidos a plazos menores de 12 meses; el registro de la amortización de los descuentos y primas derivados de las colocaciones de títulos valores; y algunos aspectos relacionados con la suficiencia y razonabilidad de las políticas contables y notas explicativas de la partida Deuda Interna que se citan en el presente informe. El estudio abarcó el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2008, y se realizó de conformidad con el manual de normas técnicas de auditoría para la Contraloría General y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización. Es importante señalar que los resultados consignados en el presente documento no agotan el tema, y esta Contraloría General estará profundizando posteriormente en el tema de Deuda Interna y otros aspectos relacionados con este rubro. 1.4 Aspectos generales relacionados con Deuda Interna La Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley N 8131, creó el Subsistema de Contabilidad Pública el cual está conformado por el conjunto de principios, normas y procedimientos técnicos para recopilar, registrar, procesar y controlar, en forma sistemática, toda la información referente a las operaciones del sector público, expresables en términos monetarios, así como por los organismos que participan en este proceso y su objeto será proporcionar información sobre la gestión financiera y presupuestaria y servir de apoyo al Sistema de Cuentas Nacionales. En este contexto, el registro contable de la Deuda Interna es una actividad que desarrolla la Contabilidad Nacional en el marco de las funciones que le establece la normativa. T: (506) F: (506) C: contraloria.general@cgr.go.cr S: Apdo , San José, Costa Rica
5 2 En ese mismo orden de ideas el Plan Contable, señala que, el pasivo corriente es el conjunto de cuentas que representan las obligaciones cuantificables contraídas por el Gobierno Central con terceros, para el financiamiento de sus actividades, en el curso habitual de sus operaciones en un plazo de doce meses o menos. Por su parte, el pasivo a largo plazo es el conjunto de cuentas que representan las obligaciones cuantificables contraídas por el Gobierno Central con terceros, en el curso habitual de sus operaciones a un plazo mayor a doce meses. Dentro del concepto de pasivo, se diferencia el concepto de Deuda Interna, que comprende las obligaciones contraídas por el Sector Público, autorizadas por las normas vigentes, que surgen como consecuencia de la realización de operaciones de financiación, tales como, la contratación de empréstitos, emisión, suscripción y colocación de bonos y títulos valores, y créditos que tienen por objeto proveer recursos líquidos, bienes y servicios, los cuales tiene un plazo definido para su pago. Según el Plan Contable 1, la deuda interna se clasifica en Deuda Pública Interna, que corresponde a las obligaciones contraídas por los entes públicos con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, residentes en el territorio costarricense; y en Deuda Pública Externa, la cual está constituida por las obligaciones contraídas con personas naturales o jurídicas no residentes dentro del territorio nacional. El rubro de Bonos y Títulos, comprende la emisión de títulos valores para la financiación de recursos, mediante la captación de ahorro, que incorporan un costo financiero, con compromiso de pago y restitución, durante un determinado período. 1.5 Comunicación verbal de los resultados del estudio. Los resultados del presente estudio fueron comunicados verbalmente al Lic. Luis Segura Amador, Subcontador Nacional en ese entonces, el 25 de junio de Además, el borrador del informe se puso en conocimiento del Subcontador Nacional, para conocer sus observaciones, mismas que fueron recibidas mediante oficio D# del 02 de julio de 2008, las cuales se valoraron e incorporaron, según correspondía, en los puntos 2.3 y 2.4 de este informe. 2. RESULTADOS En los registros de la Contabilidad Nacional al 31 de diciembre de 2007, se consignan los conceptos de deuda interna que se detallan seguidamente, por un saldo total de ,40 millones. Por su parte, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2008, se registraron en la Contabilidad Nacional, colocaciones por ,33 millones y cancelaciones por ,45 millones, lo que resulta en un incremento neto en el periodo, de ,87 millones, por lo que el saldo al 30 de abril de 2008 es de ,27 millones. Esta variación representa apenas un 0,46% de incremento neto en el total de la Deuda Interna. 1 Página 17 del Plan Contable Agosto de 2007.
6 3 Cuadro Nro. 1 Ministerio de Hacienda Detalle del saldo de conceptos de deuda interna pública, distintos de acciones al 30 de abril de 2008 cifras en millones de colones Concepto Saldo al 31 de diciembre de 2007 Colocaciones de enero a abril de 2008 Cancelaciones de enero a abril de 2008 Saldo al 30 de abril de 2008 Cambio porcentual Colocación de Titulos Valores Deuda Interna Corto Plazo 3.771, , , ,28 187% Deuda Bonificada Corto Plazo 410,82 0,00 0,00 410,82 0,00% Intereses Cupón Corrido 711,67 737, , ,83-342% Colocación de Títulos Valores Deuda Interna L.P , , , ,47 0,29% Deuda Bonificada Largo Plazo 755,65 0,00 0,00 755,65 0,00% Deuda Irredimible 0,88 0,00 0,00 0,88 0,00% TOTAL , , , ,27 0,46% Nótese que las partidas que presentan movimiento en el periodo indicado son: Colocación de Títulos Valores Deuda Interna Corto Plazo, con un 187% de crecimiento, la partida de Intereses Cupón Corrido decreció un 342% y la cuenta Colocación de Títulos Valores Deuda Interna Largo Plazo creció un 0,29%. Ahora bien, respecto de la medición, clasificación, registro y presentación de la Deuda Interna, el estudio permitió determinar algunas situaciones y debilidades en la clasificación, registro y valuación de algunas partidas relacionadas, las que se citan en los puntos siguientes. 2.1 La Contabilidad Nacional no separa la porción corriente de la Deuda Interna. La Contabilidad Nacional presentó en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2007, Títulos Valores de Deuda Interna a Corto Plazo (cuenta 2112) por la suma de 3.771,58 millones de colones 2 y Títulos Valores Deuda Interna Largo Plazo (cuenta 2211) por un monto de ,81 millones, para un total de ,39 millones. Este monto representa un 55% ( ,39 millones / ,22 millones) del total de pasivos presentado en los estados financieros a la fecha indicada. 2 El saldo presentado al 31 de diciembre del 2007 está compuesto en su totalidad por Pagarés del Tesoro, los cuales son instrumentos cuyo vencimiento es inferior a los treinta días.
7 4 Por su parte, la Tesorería Nacional reportó, al 31 de diciembre de 2007, que tenía previsto el vencimiento para el año 2008, del 26,33% del saldo de la deuda del Gobierno Central correspondiente a la suma de ,95 millones según se muestra en el cuadro siguiente: Cuadro Nro. 2 Ministerio de Hacienda Detalle de la deuda interna pública con vencimiento en el año 2008 cifras en millones Instrumento Monto TCER$ ,74 TP ,48 TP$ 7.852,44 TP$A - TP$F - TP$M ,12 TPCEM 1.964,35 TPCER ,27 TPM ,00 TPTBA 7.261,34 TPTBM - TPTBP 6.961,26 TUDEB ,22 TUDEM 5.319,75 Total ,95 Fuente: Información tomada del Informe de Deuda Pública del año 2007, de la Tesorería Nacional y Crédito Público. De lo anterior se deduce que las cifras contenidas en los estados financieros al 31 de diciembre de 2007, no presenten como pasivos corrientes, vencimientos previstos por la Tesorería Nacional para el año 2008 por la suma de ,37 millones 3, con lo cual las cifras de dichos estados financieros no reflejan apropiadamente los vencimientos de la deuda interna, afectando la calidad de la información así como las decisiones que los usuarios podrían tomar basados en dichos informes. Al respecto, el párrafo 83 de la NICSP 1 Presentación de los Estados Financieros, relacionado con la clasificación de los Pasivos Corrientes, señala lo siguiente: 83. Un pasivo debe ser clasificado como pasivo corriente cuando: /(a) se espera liquidar en el curso normal de las operaciones de la entidad, o bien; (b) debe liquidarse dentro del periodo de doce meses a partir de la fecha de emisión de 3 Vencimientos previstos por la Tesorería Nacional para el año 2008 por ,95 millones menos 3.771,58 millones que presentó la Contabilidad Nacional como deuda a corto plazo, da por resultado la cifra de ,37 millones.
8 5 los estados financieros. /Todos los demás pasivos deben clasificarse como no corrientes.. Por su parte, en el párrafo 86 de esa norma, se indica lo siguiente: 86. La entidad debe continuar clasificando como no corrientes sus préstamos a largo plazo con intereses, incluso si deben liquidarse dentro de los doce meses siguientes a la fecha de los estados financieros, siempre que se den todas las condiciones siguientes: / (a) el plazo original de los mismos fue por un periodo mayor de doce meses;/ (b) la entidad tiene la intención de refinanciar los préstamos a largo plazo; y (c) tal intención se apoya en un acuerdo para la refinanciación o para la reestructuración de los pagos, que se ha concluido antes de que los estados financieros hayan sido aprobados./ En las notas a los estados financieros debe revelarse el importe de cualesquiera obligaciones que hayan sido excluidas de los pasivos corrientes, en función de lo establecido en este párrafo, junto con la información que apoye la nueva forma de presentación.. Sobre este aspecto, es importante señalar que la Tesorería Nacional indicó, que al 22 de mayo de 2008, no se ha programado otro canje de deuda para las series próximas a vencer. 4, por lo tanto, al no existir un criterio definido sobre futuras renegociaciones, la deuda debe ser clasificada en corriente y no corriente según establece la normativa técnica contable que aplica para estos casos, para lo cual esa Contabilidad Nacional, debe realizar la acciones que considere pertinentes a efectos de subsanar esta situación. 2.2 Registro y presentación de las colocaciones de Títulos Cero Cupón como de Largo Plazo. Mediante Decreto Ejecutivo Nro del dos de noviembre del 2004, se reglamentó la emisión y colocación de valores cero cupón por parte de la Tesorería Nacional. Al respecto, en el artículo 2 se autoriza a esa Tesorería a colocar valores sin cupones, cuyo precio se ha de negociar a través de una tasa de descuento, cuya venta se hará por un monto menor al del pago futuro prometido en su valor nominal.. El artículo 6 de ese decreto, regula la vigencia de este tipo de instrumento de la siguiente manera: Artículo 6º Plazos. Se emitirá el valor Cero Cupón en plazos de tres, seis, nueve y doce meses. La Tesorería Nacional, podrá emitir otros plazos según las necesidades y conveniencias fiscales.. Respecto de las colocaciones de títulos cero cupón, emitidos a plazos menores a doce meses, el estudio permitió determinar que la Contabilidad Nacional las 4 Correo electrónico del 22 de mayo de 2008.
9 6 registra en el título 2211 Colocación de Títulos Valores Deuda Interna Largo Plazo, cuya presentación en los estados financieros de la Contabilidad Nacional es de largo plazo. En el informe del Resultado Contable del Periodo 2007, la Contabilidad Nacional presentó los siguientes conceptos de deuda cero cupón dentro de las partidas de largo plazo: Cuadro Nro. 3 Ministerio de Hacienda Saldo de las partidas de valores cero cupón en colones y dólares al 31 de diciembre de 2007, registradas y presentadas como partidas de largo plazo cifras en millones de colones Cuenta Concepto Saldo acreedor TITULOS DE PROPIEDAD CERO CUPON COLONES , TITULOS DE PROPIEDAD CERO CUPON MACRO COLONES 2.046, TITULOS DE PROPIEDAD DOLARES CERO CUPON ,14 TOTAL ,42 Fuente: Estados Financieros periodo 2007 y sus respectivas notas. Contabilidad Nacional En ese mismo orden de ideas, el análisis de una muestra de 33 transacciones relacionadas con títulos cero cupón, registradas por la Contabilidad Nacional entre el 1 de enero y el 29 de febrero de 2008, permitió determinar que emisiones de títulos cero cupón en colones, con vencimientos menores a 12 meses por un monto de ,43 fueron registrados en la partida Títulos de Propiedad Cero Cupón, una colocación en dólares por un equivalente de ,00, en la partida Títulos de Propiedad Dólares Cero cupón, para un total de ,43, ambas cuentas de presentación de largo plazo en los estados financieros. El registro de esas colocaciones en las citadas partidas contables, está establecido por el procedimiento 5 #16 Registro Transacciones Títulos Valores en la cuenta Colocación Títulos Valores Deuda Int. Corto Plazo Títulos con descuento (Cero Cupón) y los emitidos en dólares se registran en la partida , Títulos Cero Cupón $, ambas correspondientes al Largo Plazo 6. Dicho procedimiento, establece que dichos instrumentos financieros son emitidos en plazos menores de un año, siendo concordante en ese sentido con el citado decreto ejecutivo en cuanto a plazos de colocación. No obstante los plazos establecidos e indicados anteriormente, el registro se efectúa en partidas de largo plazo. 5 Manual de Procedimientos de la Unidad Registro Contable de la Contabilidad Nacional. 6 En el Plan Contable, a agosto de 2007, de la Contabilidad Nacional, se indica que en la partida 2211 COLOCACIONES TITULOS VALORES DEUDA INTERNA LARGO PLAZO, tiene por objeto Registrar los movimientos de la obligaciones contraídas por el Gobierno Central, motivadas por la colocación de inversiones en el mercado financiero, con vencimiento mayor de 12 meses..
10 7 Por otra parte, el Plan Contable de la Contabilidad Nacional, en una de sus normas técnicas relativas a Bonos y Títulos, establece lo siguiente: Todas aquellas colocaciones de Bonos o Títulos con vencimiento durante el mismo periodo, se considerarán Deuda de Tesorería, por lo que se debe clasificar dentro del pasivo corriente.. La situación expuesta en este punto, incumple lo que establece el párrafo 83 de la NICSP 1 Presentación de los Estados Financieros, relacionado con la clasificación de los Pasivos Corrientes, así como lo establecido por la misma Contabilidad Nacional en el Plan Contable, y en el decreto ejecutivo ya indicado, lo que evidentemente afecta la calidad y exactitud de la cifras presentadas en los informes contables que emite la Contabilidad Nacional. 2.3 La Contabilidad Nacional no amortiza durante el plazo de vigencia de los títulos, las primas y descuentos de las colocaciones de títulos valores. El estudio permitió determinar que la Contabilidad Nacional no amortiza, de manera sistemática durante el plazo de vigencia de los títulos 7, los descuentos y primas derivados de las operaciones de deuda interna. Sobre este particular, los registros contables de la Contabilidad Nacional al 31 de diciembre de 2007, se presentan los siguientes datos relacionados con estas partidas: 7 Mediante oficio D # del 02 de julio de 2008 el Subcontador Nacional aclara que la amortización sistemática de primas y descuentos no se realiza. Por su parte, esta Contraloría General pudo constatar que la amortización por monto total se ejecuta al vencimiento del título.
11 8 Cuadro Nro. 4 MINISTERIO DE HACIENDA Detalle de los saldos de descuentos y primas derivados de las operaciones de deuda pública interna registradas como de largo plazo en millones de colones Cuenta Concepto Monto Descuento Títulos Interés Fijo 54, Descuento Cero Cupón , Descuento Cero Cupón -Macro 81, Descuento Tasa Básica Deuda Política 0, Descuento Tudes-Macro 1.223, Descuento Títulos $Cero Cupón 842,98 TOTAL DESCUENTOS , Prima sobre titulos deuda interna Interés Fijo , Prima sobre titulos deuda interna Tasa basica 334, Prima sobre titulos deuda interna Interés Fijo $ 3.896, Prima sobre titulos deuda interna TUDES 6.313, Prima sobre titulos deuda interna TUDEB 1.515,62 TOTAL PRIMAS ,32 Fuente: Contabilidad Nacional, Estados Financieros al 31 de diciembre de 2007 y sus notas. La amortización de descuentos y primas en la emisión de instrumentos financieros no está contemplada en el procedimiento5 #16 Registro Transacciones Títulos Valores, pero sí es una Norma Técnica del Plan Contable 8 relativa a Bonos y Títulos, que establece lo siguiente: La amortización del descuento o de la prima debe hacerse en forma sistemática durante el período restante de maduración de los títulos, en las fechas estimadas para la causación de intereses.. No obstante lo anterior, la Contabilidad Nacional no ha aplicado esta norma técnica, que en el fondo establece las bases para una apropiada relación de los ingresos y gastos relacionados, todo de conformidad con el principio del devengo o de contabilidad por acumulación. Dicha omisión tiene como consecuencia, que en el estado de resultados del periodo la cuenta relativa a Gastos por Intereses no refleje los movimientos que por amortización de descuentos y primas se deban realizar en el periodo restante de maduración de los títulos emitidos, lo que le resta calidad y exactitud a la información presentada en dichos documentos. 8 A agosto de 2007.
12 9 2.4 Suficiencia y razonabilidad de las políticas contables, notas explicativas, de la partida Deuda Interna en los estados financieros. a) Información sobre las políticas contables aplicadas. Las notas explicativas a los estados financieros de la Contabilidad Nacional, al 31 de diciembre de 2007, incluyen las políticas contables, y deben contener descripciones de la base o bases de medición utilizadas al preparar los estados financieros; el grado en que la entidad ha aplicado alguna de las disposiciones transitorias de alguna de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público; y cada una de las políticas contables específicas utilizadas, que resulten necesarias para una comprensión apropiada del contenido de los estados financieros. En general las políticas contables son los principios, bases, métodos, convenciones, reglas y procedimientos adoptados por la entidad en la preparación y presentación de sus estados financieros 9. Es la administración de la entidad la que debe seleccionar y aplicar las políticas contables, de forma que los estados financieros cumplan con todos los requisitos establecidos en la normativa contable aplicable. En el tema de la Deuda Interna, el estudio permitió determinar que el Plan Contable del 2007 contiene una norma técnica relativa al tratamiento de los descuentos y primas derivados de las operaciones de deuda interna, así como otras para el tratamiento de la Deuda Interna, y por otra parte, la existencia de normativa que regula las operaciones de crédito público como lo es, por ejemplo el decreto ejecutivo ya citado es este informe. No obstante lo anterior, en los estados financieros del periodo 2007, no se contempla una política contable específica sobre el tratamiento contable de la Deuda Interna así como de los descuentos y primas originados en transacciones de crédito público, aspecto al cual la Contabilidad Nacional debe prestarle pronta atención para su corrección. b) Notas explicativas sobre la Deuda Interna. Las notas explicativas son parte integral de los estados financieros. Así lo dispone la Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público Nro. 1 (NICSP 1) Presentación de los estados financieros. En dichas notas la entidad debe presentar información acerca de las bases para la elaboración de los estados financieros, así como las políticas contables específicas seleccionadas y aplicadas para las transacciones y sucesos significativos, e incluir la información cuya revelación es exigida por las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público y que resulta necesaria para llevar a cabo una presentación razonable. Las notas a los estados financieros deben presentarse 9 Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público Nro. 1 (NICSP 1), Presentación de Estados Financieros, párrafo 40.
13 10 de forma sistemática y comprenden descripciones narrativas y análisis detallados de las partidas (o rubros) que se encuentran en el cuerpo principal del estado de situación financiera o balance general, del estado de rendimiento financiero, del estado de flujos de efectivo y el de cambios en los activos netos o patrimonio neto, así como informaciones de carácter adicional, tales como las relativas a las obligaciones contingentes o a los compromisos. En las notas se debe incluir información que las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público exigen o aconsejan presentar a las entidades, así como otro tipo de datos necesarios para conseguir una presentación razonable. Sobre el particular, en la nota explicativa número 12 al Balance General al 31 de diciembre de 2007, se indica que en la partida 2211-Colocación de Títulos Valores Deuda Interna Largo Plazo se registran los movimientos relacionados con la colocación y redención de títulos valores, con un vencimiento mayor a un año., y detalla además, el tipo de título y el saldo que componen esa partida, pero no se presenta información de utilidad para que los usuarios conozcan las condiciones de obtención y pago de ese financiamiento, tal como: tipo de títulos, fechas de vencimiento, tasas de interés, entre otros aspectos. En relación con la información relativa a los riesgos del manejo de deuda, referentes a: precio, crédito, liquidez, y flujo de efectivo, resulta importante señalar que la Tesorería Nacional en su Informe del Estado de la Deuda Pública Interna y Externa para el periodo 2007, presentó un resumen de la exposición de la deuda interna a cada uno de los siguientes factores de riesgo: Riesgo de Financiamiento, Riesgo de Tasa de Interés, y Riesgo de Tipo de Cambio, lo cual resulta en un insumo importante para fortalecer las notas explicativas correspondientes, ya en los estados financieros respectivos, no se incluye información al respecto. Sobre el particular, la NICSP 15 Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar indica que las operaciones con instrumentos financieros pueden llevar a que la entidad asuma o transfiera, a un tercero, uno o varios de los tipos de riesgo citados. Sobre esto la norma citada prescribe en el párrafo 50 lo siguiente: La entidad debe describir los objetivos y políticas concernientes a la gestión de los riesgos financieros, incluyendo también su política de cobertura, desglosada para cada uno de los tipos principales de transacciones previstas para los que se utilicen coberturas contables. Respecto de lo comentado en los incisos a) y b) anteriores, la NICSP 15 Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar, señala en el párrafo 54 lo siguiente:
14 11 Plazos, condiciones y políticas contables 54. Para cada clase de activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de capital, estén reconocidos o no en el estado de situación financiera o balance general, la entidad debe revelar información respecto a: (a) la naturaleza y alcance del instrumento financiero, incluyendo los términos y condiciones significativos que puedan afectar al importe, plazos y grado de certidumbre de los flujos de efectivo futuros; y (b) las políticas y métodos contables utilizados, incluyendo los que corresponden al reconocimiento y las bases de medición aplicadas. Asimismo, el párrafo 61 de la NICSP 15 Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar señala que en el caso de instrumentos financieros contabilizados a costo histórico, la entidad podría informar cómo trata contablemente las primas y descuentos en activos y pasivos financieros. En razón de todo lo expuesto, la situación debe ser analizada por la Contabilidad Nacional con el fin de que se realicen los ajustes y reclasificaciones que correspondan, y se adopten las demás medidas que eventualmente procedan sobre las situaciones comentadas, sobre lo cual se realizará posteriormente el seguimiento correspondiente. Sobre la situación señalada en este punto, el Subcontador Nacional, señaló, mediante oficio D# del 02 de julio de 2008, que la Contabilidad Nacional está realizando esfuerzos para que las notas explicativas contengan información que ayuden al usuario de los estados financieros a una mejor comprensión.. 3. CONCLUSIONES. El estudio realizado permitió determinar la existencia de algunas situaciones y debilidades relacionadas con el registro, la clasificación y presentación de la Deuda Interna que afectan la calidad de dicha información. Entre esos aspectos se encuentran la no separación y presentación de la Deuda Interna en los estados financieros, como pasivo corriente y no corriente según su vencimiento; el registro y presentación como partidas de largo plazo de la colocaciones de Títulos Cero Cupón emitidos a plazos menores de 12 meses; el no registro de la amortización de los descuentos y primas derivados de las colocaciones de títulos valores; y aspectos relacionados con la suficiencia y razonabilidad de las políticas contables y notas explicativas de la partida Deuda Interna, lo cual afecta la calidad y razonabilidad de la información que se presenta en los estados financieros. En virtud de lo expuesto en el presente documento, la Contabilidad Nacional debe disponer de inmediato las acciones correspondientes a efectos de subsanar a la brevedad posible, las situaciones expuestas en este documento.
15 12 4. DISPOSICIONES. Con el propósito de corregir las situaciones comentadas en este informe, y sin perjuicio de otras eventuales acciones de fiscalización que emprenda este Órgano Contralor en relación con los aspectos tratados, se giran las siguientes disposiciones, las cuales se emiten de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 párrafo segundo de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Nro y en el artículo 12, inciso c) de la Ley General de Control Interno, Nro Al Ministro de Hacienda. a) Girar las instrucciones correspondientes al Subcontador Nacional, para que se realicen las acciones necesarias para que se clasifique, registre y presente, en lo que corresponda, la Deuda Interna en corriente y no corriente, y se realicen las modificaciones pertinentes al procedimiento correspondiente del Manual de Procedimientos del Área de Registro Contable que se aplica para el registro de dicha partida Ver punto 2.1, de este informe. b) Instruir al Subcontador Nacional para que disponga lo necesario con el fin de que a la luz de la normativa vigente, se analice y valore si procede el registro de los Títulos Valores Cero Cupón como partidas de corto plazo, y se realicen, de ser necesarios, los ajustes contables que correspondan. Ver punto 2.2, de este informe. c) Girar las instrucciones que correspondan al Subcontador Nacional para que disponga las acciones necesarias orientadas diseñar e incluir dentro de las políticas contables adoptadas por la Contabilidad Nacional, políticas relativas al reconocimiento, clasificación, medición, y presentación, de la Deuda Interna y de partidas relacionadas tales como el descuento y primas derivados de la colocación de títulos valores, así como ejecutar las acciones necesarias para que las notas explicativas y de revelación contengan la información mínima sugerida por las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público. Ver los puntos 2.3 y 2.4, de este informe. d) Comunicar a esta Contraloría General, en un plazo de quince días el acuerdo adoptado para el cumplimiento de las precitadas disposiciones. Asimismo, se le solicita designar el funcionario de ese Ministerio que servirá de enlace con esta Contraloría, para efectos del cumplimiento de las disposiciones, lo cual debe ser comunicado junto con dicho acuerdo. Las disposiciones consignadas en este informe deberán ser cumplidas en el plazo de cuatro meses contado a partir del recibo del presente documento. La información que se solicita en este informe para acreditar el cumplimiento de las disposiciones anteriores, deberá remitirse, en los plazos antes fijados, a la Gerencia del Área de Seguimiento de Disposiciones de esta Contraloría General de la República.
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