Asistencia sanitaria y salud

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1 Asistencia sanitaria y salud

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3 ASISTENCIA SANITARIA Qué personas pueden ser titulares de una cartilla de asistencia sanitaria por derecho propio? Las trabajadoras por cuenta ajena, afiliadas y en alta en situación asimilada al alta. A los efectos de esta prestación, se consideran en alta de pleno derecho, aunque la empresa incumpla sus obligaciones. Las pensionistas y perceptoras de pensiones periódicas, incluidas las perceptoras de prestación o subsidio de desempleo. Las minusválidas con minusvalía igual o superior al 33% que no tengan derecho a asistencia sanitaria por otra causa. Qué mujeres tienen derecho a estar en una cartilla de asistencia sanitaria por derecho derivado? Las esposas de los titulares. Las separadas legalmente o divorciadas que, en la fecha de efectos de la separación o divorcio, figuren en la cartilla de su cónyuge, siempre que no tengan derecho a la asistencia sanitaria por otro concepto. La mujer que, sin ser cónyuge del titular del derecho, conviva maritalmente con él, al menos con un año de antelación a la fecha de la solicitud, así como los hijos de ésta. Puede una mujer, titular de una cartilla de asistencia sanitaria, incluir en ésta, como beneficiario, a su cónyuge, padre, madre o hijos e hijas? Sí, tanto la mujer como el hombre pueden incluir a los descendientes (de ambos cónyuges o de cualquiera de ellos), hijas e hijos adoptivos y hermanos y hermanas, menores de 26 años. Excepcionalmente, las personas acogidas de hecho, (por ejemplo las niñas y los niños extranjeros acogidos temporalmente). También pueden incluir a los ascendientes del titular y de su cónyuge, así como los cónyuges de tales ascendientes por posterior matrimonio. Pero han de reunir los siguientes requisitos: Convivir con la persona titular y estar a su cargo, salvo separadas y divorciadas. No realizar trabajo remunerado alguno, ni percibir renta patrimonial ni pensión alguna superior al doble del salario mínimo interprofesional. No tener derecho a esta prestación por otra causa. Pueden estar incluidas otras personas en la cartilla sanitaria? Los huérfanos y huérfanas de padre y madre, cuando ya no tengan derecho a la pensión de orfandad y carezcan de medios. Las personas descendientes y hermanos/as de trabajadores, trabajadoras o pensionistas que carezcan de medios de subsistencia y no estén acogidas por una persona que sea titular del derecho a esta prestación. 143

4 Tienen derecho a la asistencia sanitaria las trabajadoras y los trabajadores emigrantes españoles cuando estén en España temporalmente o cuando vuelvan definitivamente? Sí, siempre que suscriban un convenio de asistencia sanitaria, por no tener derecho a la misma por otro concepto. Tienen derecho a la asistencia sanitaria las personas sin recursos económicos suficientes? Sí, pero la gestión de esta prestación está atribuida al Instituto Nacional de la Salud o, en su caso, a los órganos de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas. En Aragón estas competencias todavía no están transferidas. La asistencia tiene idéntica extensión, contenido y régimen que la prevista en el Régimen General, salvo en lo relativo al accidente de trabajo y enfermedad profesional. Cuándo nace el derecho a la asistencia sanitaria? Se tiene derecho desde el mismo día de la afiliación y se conserva: Cuando al cambiar de empresa no hayan transcurrido más de 5 días entre la baja y la comunicación de su alta en la nueva empresa. Cuando las trabajadoras o trabajadores han sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional durante todo el proceso, aunque causen baja en la Seguridad Social. Cuando las trabajadoras o trabajadores estén en situación de alta especial por huelga legal o cierre patronal, mientras dure tal situación. Cuando estén en excedencia por cuidado de hijos o hijas con reserva de puesto de trabajo, hasta su reincorporación al mismo. Cuando las trabajadoras o los trabajadores por cuenta ajena hayan sido despedidos, mientras se encuentren pendientes de sentencia ante la jurisdicción laboral, en demanda por despido improcedente o nulo. Cuándo se extingue el derecho a la asistencia sanitaria? Cuando se pierdan las condiciones requeridas para ser titular o beneficiario/a de derecho. Por fallecimiento. 144 Qué prestaciones cubre la asistencia sanitaria? Enfermedad común, accidente no laboral o maternidad, que comprende atención primaria, atención especializada, prestaciones farmacéuticas, prestaciones complementarias y servicios de información y documentación sanitaria. Accidente de trabajo o enfermedad profesional, que tiene el mismo contenido que el anterior, pero comprende, además, el suministro o renovación de los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios, la cirugía plástica y reparadora adecuada y prestaciones farmacéuticas gratuitas.

5 Qué documentos deben acompañarse a la solicitud para incluir en la cartilla de asistencia sanitaria? Dependiendo de los casos, los siguientes documentos: Libro de Familia o certificados del Registro Civil que acrediten el parentesco con la persona titular de la cartilla. Sentencia de separación o divorcio. Certificado de convivencia y dependencia económica. Certificación del Juzgado de lo Social acreditativa de que está pendiente de Sentencia firme la demanda de despido. SALUD Se tiene derecho a libre elección de especialista? Sí, siempre que del Área de Salud que le corresponda o de entre los y las especialistas existentes en el conjunto de la localidad, cuando se trate de núcleos de población superiores a habitantes. Cubre la Seguridad Social la interrupción voluntaria del embarazo? Sí, pero sólo en los siguientes supuestos: Cuando sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada. Cuando el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de delito de violación. Que se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas. Qué tiene que hacer una mujer si está en estos supuestos? Tiene que existir siempre un dictamen de un médico/a de la especialidad, en el caso de riesgo para la salud de la madre o malformaciones del feto. Tiene que haber una denuncia previa en el caso de violación. Tiene que acudir a un centro sanitario, público o privado acreditado. En todos los supuestos es necesario el consentimiento expreso de la mujer. En caso de urgencia por riesgo vital para la gestante, no es necesario ni el dictamen previo ni el consentimiento de la mujer. 145

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