ENERGIA Y MINAS NORMAS LEGALES CONSIDERANDO:

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ENERGIA Y MINAS NORMAS LEGALES CONSIDERANDO:"

Transcripción

1 El Peruano / Sábado 22 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº se otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones FITEL, la calidad de persona jurídica de Derecho Público, adscribiéndolo al Sector Transportes y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, el numeral 7 del Artículo 7º del Reglamento de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones FITEL aprobado mediante Decreto Supremo Nº MTC, establece como una de las funciones del Directorio de FITEL, encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN, la conducción de las licitaciones y/o concursos públicos de los Programas y/o Proyectos, a ser financiados con los recursos del FITEL; Que, mediante Oficio N MTC/24, de fecha 16 de setiembre de 2014, la Secretaria Técnica del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones-FITEL solicita a PROINVERSIÓN el inicio del proceso de promoción de los proyectos Instalación de Banda Ancha Región Tumbes, Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Piura e Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Cajamarca como consecuencia de lo dispuesto por el Directorio de FITEL en la Sesión Nº , de fecha 23 de julio de 2014, y Sesión N , de fecha 27 de agosto de 2014, por el que se encargó a PROINVERSIÓN llevar a cabo el proceso de promoción de la inversión privada respectivo; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 06 de octubre de 2014, acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada los proyectos y Desarrollo Social de la Región Tumbes, Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Piura e Instalación de Banda Ancha Región Cajamarca así como establecer que la modalidad bajo la cual se promoverá la inversión privada en dichos proyectos será la establecida en el literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Oficio N MTC/24, de fecha 07 de enero de 2015, la Secretaria Técnica del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones-FITEL solicita a PROINVERSIÓN el inicio del proceso de promoción del proyecto Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Cusco ; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 01 de julio de 2015, acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el proyecto y Desarrollo Social de la Región Cusco, así como establecer que la modalidad bajo la cual se promoverá la inversión privada en dicho proyecto será la establecida en el literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, posteriormente, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 21 de julio de 2015, acordó aprobar el plan de promoción de los proyectos: y Desarrollo Social de la Región Tumbes ; Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Piura ; Instalación de Banda Ancha Región Cajamarca e Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Cusco ; Que, mediante Resoluciones Supremas N s EF, EF y EF publicadas en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de julio de 2015, se ratificaron los Acuerdos del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN que aprobaron la incorporación al proceso de promoción y la modalidad de promoción de los proyectos: Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Tumbes ; Instalación de Banda Ancha para la NORMAS LEGALES Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Piura ; e Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Cajamarca, respectivamente; Que, mediante Resolución Suprema N EF publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 02 de agosto de 2015, se ratificaron los Acuerdos del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN que aprobaron la incorporación al proceso de promoción y la modalidad de promoción del proyecto: Instalación de Banda Ancha Región Cusco ; Que, en virtud de lo establecido en el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674 concordado con la Ley Nº el acuerdo que aprueba el plan de promoción de los proyectos: Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Tumbes ; Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Piura ; Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Cajamarca e y Desarrollo Social de la Región Cusco debe ser ratificado por resolución suprema; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 21 de julio de 2015 mediante el cual se acordó aprobar el plan de promoción de los proyectos: y Desarrollo Social de la Región Tumbes ; Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Piura ; Instalación de Banda Ancha Región Cajamarca e Instalación de Banda Ancha para la Conectividad Integral y Desarrollo Social de la Región Cusco. Artículo 2º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República Alonso Segura Vasi Ministro de Economía y Finanzas José Gallardo Ku Ministro de Transportes y Comunicaciones ENERGIA Y MINAS Aprueban a ICM Pachapaqui S.A.C. como empresa calificada para efecto del artículo 3º del D. Leg. Nº 973, por el desarrollo del proyecto Pachapaqui RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº MEM/DM Lima, 13 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 973, establece que el Sector competente aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgan la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, para cada contrato;

2 NORMAS LEGALES Sábado 22 de agosto de 2015 / El Peruano Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº EF y modificado por Decreto Supremo Nº EF, establece que el Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente en que cuente tanto con el Contrato de Inversión suscrito así como con el informe del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, ICM PACHAPAQUI S.A.C., con fecha 02 de junio de 2015 celebró, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado Pachapaqui, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido por el artículo 3º del referido decreto legislativo; Que, como consecuencia de la aprobación realizada por el Sector, el Ministerio de Economía y Finanzas ha realizado la evaluación de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción respectiva, emitiendo opinión favorable a la mencionada lista presentada por ICM PACHAPAQUI S.A.C.; De conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 973 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 a ICM PACHAPAQUI S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado Pachapaqui, en adelante el Proyecto de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado el 02 de junio de Artículo 2º.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer para efecto del numeral 5.3 del artículo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de inversión, según el Contrato de Inversión a cargo de ICM PACHAPAQUI S.A.C. asciende a US$ (Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Cuarenta y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a ser ejecutado en un plazo total de tres (03) años, un (01) mes y quince (15) días, contado a partir del 15 de mayo de Artículo 3º.- Objetivo principal del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en la Primera y Segunda Cláusula del mismo y el inicio de las operaciones productivas estará constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º de dicho decreto legislativo. Artículo 4º.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señalan en el Anexo I y II de la presente resolución; y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto a que se refiere el Contrato de Inversión. Para determinar el beneficio antes indicado, se considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 15 de mayo de 2014 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el artículo anterior. 4.2 La Lista de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, según subpartidas nacionales, servicios y contratos de construcción se incluirá como un anexo al Contrato de Inversión y podrá ser modificada a solicitud de ICM PACHAPAQUI S.A.C., de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas ANEXO I LISTA DE BIENES Y SERVICIOS COMPRENDIDOS BAJO EL RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IGV PROYECTO PACHAPAQUI 5 MATERIAS PRIMAS Y PRODUCTOS INTERMEDIOS PARA LA INDU- STRIA (EXCLUIDO CONSTRUCCIÓN) 531 PRODUCTOS MINEROS PRIMARIOS Arenas silíceas y arenas cuarzosas Las demás Castinas; piedras para la fabricación de cal o de cemento 532 PRODUCTOS MINEROS SEMIELABORADOS Lingotes Las demás De sección transverasl cuadrada o rectangular, cuya anchura sea inferior al doble del espesor Los demás Con un contenido de carbono superior o igual al 0,25% en peso De espesor superior a 10 mm i igual a 10 mm De espesor inferior a 3 mm De espesor superior a 10 mm o igual a 10 mm De espesor inferior a 3 mm De espesor superior a 10 mm con un contenido de carbono superior o igual a 0,12% en peso los demás ,12% en peso Los demás ,12% en peso De espesor inferior o igual a 10 mm Los demás De espesor superior a 10 mm o igual a 10 mm De espesor inferior a 3 mm De espesor superior a 12,5 mm De espesor superior a 10 mm pero inferior o igual a 12,5 mm ,6% en peso Los demás De espesor inferior a 3 mm Los demás De espesor superior o igual a 3 mm De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm

3 El Peruano / Sábado 22 de agosto de 2015 NORMAS LEGALES De espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm De espesor inferior a 0,5 mm pero superior o igual a 0,25 mm De espesor inferior a 0,25 mm De espesor superior o igual a 1 mm pero inferior a 3 mm De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm De espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior0 igual a 1 mm De espesor inferior a 0,5 mm Los demás De espesor superior o igual a 0,5 mm De espesor inferior a 0,5 mm Emplomados, incluidos los revestidos con ina aleación de plomo y estaño Cincados electrolíticamente Ondulados Los demás Revestidos de óxidos de cromo o de cromo y óxidos de cromo Revestidos de aleaciones de aluminio y cinc Los demás Revestidos previamente de aleaciones de aluminio-cinc Los demás Los demás Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de acchura superior a 150 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrrollar y sin motivos en relieve Los demás, de espesor o igual ,6% en peso Los demás Con un contenido de carbono inferior a 0,25% en peso Los demás Los demás Estañados Cincados electrolíticamente Cincados de otro modo Pintados, barnizados o revestidos de plástico Revestidos de otro modo Chapados De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm Las demás Los demás Sin revestir, incluso pulido Cincado Revestido de otro metal común Los demás Lingotes o demás formas primarias De sección transversal rectangular Los demás o igual a 10 mm De espesor inferior a 3 mm De espesor superior a 10 mm o igual a 10 mm De espesor inferior a 3 mm De espesor superior o igual De espesor superior o igual a 1 mm pero inferior a 3 mm De espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm De espesor inferior a 0,5 mm Los demás De espesor superior o igual De espesor inferior Simplemente laminados en frio Los demás Alambron de acero inoxidable Con diámetro inferior o igual a 65 mm Los demás De sección transversal, inferior o igual a 65 mm Las demás mm Las demás mm Las demás Alambron de acero inoxidable Lingotes o demás formas primarias Los demás De grano orientado Los demás Los demás, simplemente laminados en caliente, enrollados Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar Los demás, simplemente laminados en frio Cincados electrolíticamente Cincados de otro modo Los demás De grano orientado Los demás De acero rápido Simplemente laminados en caliente Simplemente laminados en frio Los demás De acero rápido De acero silicomanganeso Los demás Barras de acero rápido Las demás Las demás barras, simplemente laminadas o extruidas en caliente De sección transversal, inferior o igual a Las demás Las demás Las demás Barras huecas para perforación De acero silicomanganeso Los demás 533 PRODUCTOS MINEROS ELABORADOS De vidrio De cerámica De silicona

4 NORMAS LEGALES Sábado 22 de agosto de 2015 / El Peruano Las demás Cuerpo de bujias Las demás Piezas aislantes de plástico Tubos y sus piezas de unión, de metales comunes, aislados interiormente Las demás 6 MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN 612 SEMIELABORADOS Cementos sin pulverizar (clinker) Cemento blanco, incluso coloreado artificialmente Las demás Cementos luminosos los demás cementos hidraúlicos Forjadas Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado inferior o igual a Las demás De sección circular, de diámetro inferior o igual a Las demás Los demás Las demás Perfiles en U, en I o en H, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm Perfiles en L Perfiles en T Perfiles en U Perfiles en I Perfiles en H Perfiles en L o en T simplemente laminados o extrudidos en caliente de altura superior o igual a 80 mm Los demás perfiles, simplemente laminados o extrudidos en caliente Obtenidos a partir de productos laminados planos Los demás Obtenidos o acabados en frío, a partir de productos laminados planos Los demás Perfiles 613 MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN ELABORADOS Bloques y ladrillos para la construcción Los demás Las demás - - Elementos prefabricados para la construcción o ingeniería civil 8 BIENES DE CAPITAL PARA LA INDUSTRIA 820 HERRAMIENTAS Máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares Los demás Los demás Los demás Los demás 830 PARTES Y ACCESORIOS DE MAQUINARIA INDUSTRIAL Bombas para hormigón Las demás bombas volumétricas alternativas Bombas de doble tornillo helicoidal, de flujo axial Las demás Con diámetro de salida inferior o igual a Las demás Con diámetro de salida inferior o igual a 300 mm Las demás De inyección Las demás Bombas elevadores de líquidos Bombas de vacío Para vehículos destinados al transporte de mercancías Herméticos o semiherméticos, de potencia inferior o igual a 0,37 kw (1/2 HP) Herméticos o semiherméticos, de potencia superior a 0,37 kw (1/2 HP) Los demás De potencia inferior a 30 kw (40 HP) Los demás Los demás De potencia inferior a 30 kw (40 HP) De potencia superior o igual a 30 kw (40 HP) e inferior a 262,5 kw (352 HP) De potencia superior o igual a 262,5 kw (352 HP) Los demás De compresores Las demás 840 MAQUINARIA INDUSTRIAL Filtros de entrada de aire para motores de encendido por chispa o compresión Depuradores llamados ciclones Filtros electrostáticos de aire u otros gases Los demás Puentes (incluidas las vigas) rodantes, sobre soporte fijo Pórticos móviles sobre neumáticos Carretillas puente Los demás Grúas de torre Grúas de pórtico Carretillas grúa Las demás Los demás Concebidos para montarlos sobre vehículos de carretera Cables aéreos («blondines») Grúas de tijera («derricks») Los demás Especialmente concebidos para el interior de minas u otros trabajos subterráneos Los demás, de cangilones Los demás, de banda o correa Los demás De orugas Las demás Niveladoras Traíllas («scrapers») Compactadoras y apisonadoras (aplanadoras) Cargadoras y palas cargadoras de carga frontal Máquinas cuya superestructura pueda girar 360º Las demás Martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares Autopropulsadas Las demás Autopropulsadas Las demás Las demás máquinas y aparatos, autopropulsados Rodillos apisonadores Los demás traíllas («scrapers»).

5 El Peruano / Sábado 22 de agosto de 2015 NORMAS LEGALES Las demás Cribadoras desmoldeadoras para fundición Cribas vibratorias Los demás Quebrantadores giratorios de conos Trituradoras de impacto Molinos de anillo Las demás Máquinas de mezclar material mineral con asfalto Los demás Para moldear elementos prefabricados de cemento u hormigón Los demás Máquinas y aparatos para obras públicas, la construcción o trabajos análogos Para la extracción Los demás Para mezclar, amasar o sobar, quebrantar, triturar, pulverizar, cribar, tamizar, homogeneizar, emulsionar o agitar Engrasadores automáticos de bomba, para máquinas Para el cuidado y conservación de oleoductos o canalizaciones similares Las demás Partes Generadores de corriente continua Motores con reductores, variadores o multiplicadores de De potencia inferior o igual a 7,5 kw Los demás Generadores de corriente continua Motores con reductores, variadores o multiplicadores de Los demás motores Generadores de corriente continua Motores con reductores, variadores o multiplicadores de Los demás motores Generadores de corriente continua Los demás Los demás Los demás Los demás Los demás De potencia inferior o igual a 7,5 kw De potencia superior a 7,5 kw pero inferior o igual a 18,5 kw De potencia superior a 18,5 kw pero inferior o igual a 30 kw De potencia superior a 30 kw pero inferior o igual a 75kW De potencia superior a 75 kw De potencia inferior o igual a 18,5 kva De potencia superior a 18,5 kva pero inferior o igual a 30 kva Los demás De potencia superior a 75 kva pero inferior o igual a 375 kva De potencia superior a 375 kva pero inferior o igual a 750 kva De potencia superior a 750 kva De corriente alterna Los demás De corriente alterna Los demás De corriente alterna Los demás De corriente alterna Los demás De corriente alterna Convertidores rotativos eléctricos balastos (reactancias) para lámparas o tubos de descarga De potencia inferior o igual a 1 kva Los demás Los demás De potencia superior a 650 kva pero inferior o igual a kva Los demás De potencia superior a kva De potencia inferior o igual 0,1 kva Los demás De potencia superior a 1 kva pero inferior o igual a 10 kva Los demás De potencia superior a 16 kva pero inferior o igual a 500 kva De potencia inferior o igual a kva De potencia superior a kva pero inferior o igual a kva De potencia superior a kva Unidades de alimentación estabilizada («UPS») Arrancadores electrónicos Los demás Para tensión de servicio inferior o igual a 250 V y para corrientes nominales inferiores o iguales a 30 A Las demás Partes De metal Los demás Electroimanes Cabezas elevadoras electromagnéticas Partes 850 OTRO EQUIPO FIJO Fusibles y cortacircuitos de fusible Para una tensión inferior a 72,5 kv Los demás Seccionadores e interruptores Pararrayos y limitadores de tensión Supresores de sobretensión transitoria («Amortiguadores de onda») Conmutadores Los demás Los demás para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual a 30 A Los demás Descargadores con electrodos en atmósfera gaseosa, para proteger líneas telefónicas Los demás Los demás Para corriente nominal inferior o igual a 30 A Los demás Contactores Los demás Los demás

6 NORMAS LEGALES Sábado 22 de agosto de 2015 / El Peruano Los demás Los demás Portalámparas Los demás Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual a 30 A Terminales para una tensión inferior o igual a 24 V Los demás Controladores lógicos programables (PLC) Los demás Para una tensión superior a V 920 EQUIPO RODANTE DE TRANSPORTE Para el transporte de un máximo de 16 personas, incluido el conductor Los demás Con motor de émbolo o pistón alternativo, de encendido por chispa Los demás Con motor de émbolo o pistón alternativo, de encendido por chispa Los demás Camiones grúa Camiones automóviles para sondeo o perforación Camiones hormigonera Los demás Los demás Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas ANEXO II LISTA DE SERVICIOS DEL PROYECTO PACHAPAQUI I. SERVICIOS 1 Servicio de estudio conceptual del Proyecto 2 Servicio de estudio de factibilidad del proyecto minero, de mina, de la planta concentradora y de la planta de relleno hidraúlico 3 Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto 4 Servicio de estudio hidrológico e hidrogeológico para soporte a línea base ambiental 5 Servicio de perforación de taladros para instalación de piezometros 6 Ensayos de laboratorio 7 Estudios metalúrgicos 8 Estudio de emplazamiento de relavera 9 Servicio de supervisión de investigaciones geotécnicas 10 Servicio de perforación de taladros para investigación geotécnica 11 Estudio caracterización geoquímica de la unidad minera pachapaqui 12 Servicio de ventilación 13 Servicio de sostenimiento mecánico 14 Servicio de mantenimiento eléctrico 15 Servicio de manejo de agua 16 Servicio de perforación 17 Servicio de comedores 18 Servicio de vestuarios 19 Servicio de mantenimiento y señalización de carreteras 20 Transporte de equipos y personal 21 Servicios de instrumentación 22 Trabajos de tuberías 23 Transporte de provisiones necesarias y materiales 24 Servicio de prueba y puesta en marcha 25 Servicio de suministro de energía eléctrica 26 Servicios electromecánicos II. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN VINCULADAS A: 1 Construcción de rampas 2 Vertederos de desmontes 3 Construcción de almacén 4 Taller de planta 5 Estación de servicio 6 Taller de mina para el mantenimiento de equipos 7 Túnel de mina para el tratamiento de aguas de mina 8 Laboratorio de análisis químico planta 9 Campamentos 10 Subestación Eléctrica de Planta 11 Centro de sumunistro de Energía de Emergencia 12 Subestación de mina 13 Reubicación e instalación de líneas de distribución 14 Sistema de bombeo 15 Presa de relaves 16 Depósito de desmonte de mina 17 Deposito de material orgánico 18 Despósito inadecuado de material 19 Comedor, facilidades médicas y edificios oficina 20 Línea de transmisión 21 Obras civiles y estructurales y obras electromecánicas 22 Estructuras metálicas 23 Carretera de acceso principal 24 Carreteras de acceso a los rellenos sanitarios 25 Construcción de socavones, galerías, cruceros by pass necesarios para la ejecución del proyecto Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas INTERIOR Autorizan viaje de personal del Ministerio a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº IN Lima, 21 de agosto de 2015 VISTOS; los Oficios DAI/207 y 220/2015, de fechas 22 de julio y 7 de agosto de 2015, de la Dirección de Asuntos Internacionales de México; y, la Hoja de Recomendación N DGSC/MININTER, de fecha 4 de agosto de 2015, de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, el Grupo de Alto Nivel de Seguridad (GANSEG) entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos, constituye un mecanismo de cooperación internacional creado para enfrentar problemas comunes en materia de seguridad y combate a la delincuencia organizada trasnacional; Que, el referido Grupo está conformado por Sub Grupos de Trabajo: Migración, Inteligencia y Seguridad Transnacional, Cooperación Jurídica y Procuración de Justicia, Seguridad Pública, Seguridad Aduanera en el Transporte de Carga, y Prevención Social de la Violencia, representados por cada uno de los organismos especializados de ambos Estados; Que, la I Reunión Técnica del Grupo de Alto Nivel de Seguridad (GANSEG) Perú - México, se llevó a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, los días 21 y 22 de octubre de 2014, contando con la asistencia de funcionarios de las instituciones involucradas conformando los respectivos Sub Grupos de Trabajo; Que, mediante los Oficios DAI/207 y 220/2015, de fechas 22 de julio y 7 de agosto de 2015, la Dirección de Asuntos Internacionales del Centro de Investigación y Seguridad Nacional de México, informó a la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior, que la II Reunión Técnica del Grupo de Alto Nivel de Seguridad (GANSEG) México Perú, se llevará a cabo en la ciudad de México Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos, los días 26 y 27 de agosto de 2015, iniciando la agenda de trabajo el día 25 del mismo mes, con actividades de

RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se establece la obligación de presentar Declaración de Importación Anticipada para unas mercancías

RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se establece la obligación de presentar Declaración de Importación Anticipada para unas mercancías RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se establece la obligación de presentar Declaración de Importación Anticipada para unas mercancías EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de las

Más detalles

Lingotes Las demás De sección transversal cuadrada o rectangular, cuya anchura sea inferior al doble del espesor.

Lingotes Las demás De sección transversal cuadrada o rectangular, cuya anchura sea inferior al doble del espesor. ANEXO I TER 7201.10.01 Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo inferior o igual al 0.5% en peso. 7201.20.01 Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo superior al 0.5% en

Más detalles

Capítulo 72. Fundición, hierro y acero

Capítulo 72. Fundición, hierro y acero Capítulo 72 Fundición, hierro y acero Notas. 1. En este Capítulo y, respecto a los apartados d), e) y f) de esta Nota, en toda la Nomenclatura, se consideran: a) Fundición en bruto las aleaciones hierro-carbono

Más detalles

ANEXO I PRODUCTOS AUTOMOTORES A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3 DEL ACUERDO

ANEXO I PRODUCTOS AUTOMOTORES A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3 DEL ACUERDO ANEXO I PRODUCTOS AUTOMOTORES A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3 DEL ACUERDO I. VEHÍCULOS I.1 Automóviles. El literal a) del Artículo 3 del Acuerdo comprende los siguientes productos - Los demás vehículos

Más detalles

Comercio Exterior Chile-Per. Perú Sector Metalúrgico

Comercio Exterior Chile-Per. Perú Sector Metalúrgico Comercio Exterior Chile-Per Sector Metalúrgico rgico-metalmecánico Noviembre de 2009 Balanza Comercial Chile- enero septiembre 2009 (miles US$) Sectores EXPORT. IMPORT. BALANZA COMERCIAL 37 Industrias

Más detalles

ANEXO I PRODUCTOS AUTOMOTORES A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3 DEL ACUERDO

ANEXO I PRODUCTOS AUTOMOTORES A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3 DEL ACUERDO ANEXO I PRODUCTOS AUTOMOTORES A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3 DEL ACUERDO I. VEHÍCULOS I.1 Automóviles. El literal a) del Artículo 3 del Acuerdo comprende los siguientes productos - Los demás vehículos

Más detalles

ARTICULO 2.- Se modifican los ARTICULOS 17 y 18 del Acuerdo que se señala en el ARTICULO 1 del presente ordenamiento, para quedar como sigue:

ARTICULO 2.- Se modifican los ARTICULOS 17 y 18 del Acuerdo que se señala en el ARTICULO 1 del presente ordenamiento, para quedar como sigue: Martes 24 de febrero de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) ACUERDO que modifica el diverso por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir de 2009 del Impuesto General de Importación para las

Más detalles

APARTADO B Siempre Viva Ct. San Diego CA Phone (619)

APARTADO B Siempre Viva Ct. San Diego CA Phone (619) APARTADO B 7201.10.01 Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo inferior o igual al 0.5% en peso. 7201.20.01 Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo superior al 0.5% en

Más detalles

CÓDIGO DESCRIPCIÓN Unidad

CÓDIGO DESCRIPCIÓN Unidad ARTÍCULO 2.- CÓDIGO DESCRIPCIÓN Unidad 7208.10.01 De espesor superior a 10 7208.10.02 De espesor superior a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 7208.10.99 Los demás. 7208.25.01 De espesor superior a 10

Más detalles

CONSIDERANDO. Que el Acuerdo de Complementación Económica No. 55 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2002;

CONSIDERANDO. Que el Acuerdo de Complementación Económica No. 55 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2002; 31 de diciembre de DIARIO OFICIAL DECRETO para la aplicación del Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, la República

Más detalles

RESOLUCION SBS Nº EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

RESOLUCION SBS Nº EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Amplían lista de sujetos obligados a informar operaciones sospechosas a la UIF - Perú, modifican la Norma para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y el Reglamento de Infracciones

Más detalles

CERTIFICACIONES Acero

CERTIFICACIONES Acero CERTIFICACIONES Acero MATERIALES ALCANZADOS POR LA NORMATIVA DE ACERO RESOLUCIÓN 404/1999 SEGÚN RESOLUCIÓN 924/1999 Y RESOLUCIÓN 148/2001 ACERO - MATERIALES ALCANZADOS POR LA NORMATIVA DE ACERO RESOLUCIÓN

Más detalles

Departamento de Compilación

Departamento de Compilación DECRETO PARA LA APLICACIÓN DEL APÉNDICE I DEL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA NO. 55, SUSCRITO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPÚBLICA ARGENTINA, LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, LA REPÚBLICA

Más detalles

APÉNDICE I SOBRE EL COMERCIO EN EL SECTOR AUTOMOTOR ENTRE LA ARGENTINA Y MÉXICO. Ámbito de aplicación

APÉNDICE I SOBRE EL COMERCIO EN EL SECTOR AUTOMOTOR ENTRE LA ARGENTINA Y MÉXICO. Ámbito de aplicación APÉNDICE I SOBRE EL COMERCIO EN EL SECTOR AUTOMOTOR ENTRE LA ARGENTINA Y MÉXICO Ámbito de aplicación Artículo 1.- Las disposiciones contenidas en el presente Apéndice se aplicarán al intercambio comercial

Más detalles

Bienes de capital en canasta A

Bienes de capital en canasta A Bienes de capital en canasta A 177 productos clasificados en el capítulo 85 del Arancel Armonizado de Colombia, que hace referencia a Máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación

Más detalles

Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía

Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía Página 1 [Año=2010] [Provincias=Andalucía] Descripción Cantidad Valor Maquinaria y equipo Fabricación de maquinaria diversa para usos específicos Fabricación de maquinaria para la industria metalúrgica

Más detalles

Instrucción Técnica Complementaria ITC-RAT 02 NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO ÍNDICE

Instrucción Técnica Complementaria ITC-RAT 02 NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO ÍNDICE Instrucción Técnica Complementaria ITC-RAT 02 NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO ÍNDICE Se declaran de obligado cumplimiento las siguientes normas y especificaciones técnicas:

Más detalles

Gráfico 1. Comportamiento del valor CIF de las importaciones totales Mayo 2012/ Fuente: DIAN. Cálculos: DANE - COMEX

Gráfico 1. Comportamiento del valor CIF de las importaciones totales Mayo 2012/ Fuente: DIAN. Cálculos: DANE - COMEX DE LA DINÁMICA DEL COMERCIO EXTERIOR Bogotá, D. C., 03 de Agosto de 2012 IMPORTACIONES ORIGINARIAS DE CHINA JAPON COREA 2007 2012 (Mayo) Resultados generales Mayo 2012 (1) En mayo de 2012, las importaciones

Más detalles

NORMAS LEGALES. Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas

NORMAS LEGALES. Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas mediante Resolución Ministerial del sector competente se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción

Más detalles

NORMAS LEGALES. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

NORMAS LEGALES. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. El Peruano / Sábado 24 de junio de 2017 nuevo Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Más detalles

AVISO AUTOMÁTICO DE IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS SIDERÚRGICOS. Secretaría de Economía (SE)

AVISO AUTOMÁTICO DE IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS SIDERÚRGICOS. Secretaría de Economía (SE) Hoja Informativa # 91 México, D.F., a 17 de diciembre de 2013. Asómate a ventanilla es única AVISO AUTOMÁTICO DE IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS SIDERÚRGICOS Secretaría de Economía (SE) A las personas físicas

Más detalles

CÓDIGO DESCRIPCIÓN Unidad Con un contenido de carbono superior al 4% en peso. Kg

CÓDIGO DESCRIPCIÓN Unidad Con un contenido de carbono superior al 4% en peso. Kg ARTÍCULO 3.- CÓDIGO DESCRIPCIÓN Unidad 7202.11.01 Con un contenido de carbono superior al 2% en peso. 7202.19.99 Los demás. 7202.21.99 Los demás. 7202.29.99 Los demás. 7202.30.01 Ferro-sílico-manganeso.

Más detalles

INGENIEROS CONSTRUCTORES ELECTRICOS Y ASOCIADOS S.A.C.

INGENIEROS CONSTRUCTORES ELECTRICOS Y ASOCIADOS S.A.C. INGENIEROS CONSTRUCTORES ELECTRICOS Y ASOCIADOS S.A.C. Ingecon electric y asociados S.A.C. Presta servicios confiables de alta calidad e innovación, a través de la elaboración de ingeniería, desarrollo

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MEM-DM

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MEM-DM Aprueban criterios técnicos conforme a lo dispuesto en los artículos 35 y 76 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM RESOLUCION MINISTERIAL Nº 501-2017-MEM-DM

Más detalles

Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015

Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 290-2015-EF

Más detalles

Principales productos importados por Perú en octubre del Descripción

Principales productos importados por Perú en octubre del Descripción Principales productos importados por Perú en octubre del 2015 1 2710192111 2 2709000000 3 8517120000 4 8703239020 5 8471300000 6 1001991000 7 8703229020 8 1507100000 Aceites de petróleo o de mineral bituminoso

Más detalles

DOCUMENTO ESTADÍSTICO. SG/de de octubre de 2011 E.3.1. or - Perú. ia - E. El Comercio Exterior de Bienes entre Perú y la Unión Europea

DOCUMENTO ESTADÍSTICO. SG/de de octubre de 2011 E.3.1. or - Perú. ia - E. El Comercio Exterior de Bienes entre Perú y la Unión Europea DOCUMENTO ESTADÍSTICO Ec ua do r- Pe rú -B oli via -C olo mb ia - Ec ua do r-p erú -Bo liv ia C olom bia - Ecuad or - Perú - SG/de 460 7 de octubre de 2011 E.3.1 ia - E lomb o C a Bolivi r - Perú Bolivia

Más detalles

REGLAMENTO DE PORTABILIDAD NUMERICA EN LOS SERVICIO PUBLICOS MOVILES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N CD/OSIPTEL

REGLAMENTO DE PORTABILIDAD NUMERICA EN LOS SERVICIO PUBLICOS MOVILES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N CD/OSIPTEL REGLAMENTO DE PORTABILIDAD NUMERICA EN LOS SERVICIO PUBLICOS MOVILES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N 044-2008-CD/OSIPTEL Lima, 29 de diciembre de 2008. MATERIA: Reglamento de Portabilidad Numérica en

Más detalles

ENERGIA Y MINAS. 16 NORMAS LEGALES Viernes 24 de marzo de 2017 / El Peruano DEBE DECIR:

ENERGIA Y MINAS. 16 NORMAS LEGALES Viernes 24 de marzo de 2017 / El Peruano DEBE DECIR: 16 NORMAS LEGALES Viernes 24 de marzo de 2017 / El Peruano DEBE DECIR: La transferencia financiera autorizada por el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial se realizará con cargo al Presupuesto

Más detalles

PARTE I GENERACION, TRANSMISION, DISTRIBUCION, UTILIZACION Y TARIFICACION DE LA ELECTRICIDAD

PARTE I GENERACION, TRANSMISION, DISTRIBUCION, UTILIZACION Y TARIFICACION DE LA ELECTRICIDAD 1 de 8 Sección 1 INDICE GENERAL PARTE I GENERACION, TRANSMISION, DISTRIBUCION, UTILIZACION Y TARIFICACION DE LA ELECTRICIDAD Sección 2 GENERALIDADES 020 Introducción 021 Estructura 022 Cómo utilizar la

Más detalles

ANEXO I-Prestaciones del contrato de obras

ANEXO I-Prestaciones del contrato de obras ANEXO I-Prestaciones del contrato de obras NACE (1) Esta división comprende: 45 Construcción -las construcciones nuevas, obras de restauración y reparaciones corrientes 45000000 45.1 Preparación de obras

Más detalles

Principales productos importados por Colombia en julio del Descripción de la posición arancelaria

Principales productos importados por Colombia en julio del Descripción de la posición arancelaria Principales productos importados por Colombia en julio del 2015 1 2710192100 2 8802400000 3 2710129900 Gasoils (gasóleo), excepto desechos de aceites y que contengan biodiésel Aviones y demás aeronaves,

Más detalles

ECONOMIA Y FINANZAS NORMAS LEGALES

ECONOMIA Y FINANZAS NORMAS LEGALES El Peruano / Miércoles 30 diciembre 2015 Con el visado l Despacho Viceministerial Políticas y Evaluación Social, la Dirección General Políticas y Estrategias, y la Oficina General Asesoría Jurídica; De

Más detalles

- Motores alternativos de combustión interna: 15, 23, 42

- Motores alternativos de combustión interna: 15, 23, 42 MAQUINARIA Y EQUIPO MECÁNICO Motores y turbinas - Motores alternativos de combustión interna: 15, 23, 42 Equipos de manipulación de fluidos - Bombas y grupos motobombas para líquidos: 6, 41, 46 - Compresores

Más detalles

GUÍA DE SERVICIOS INSPECCIONES DE EQUIPOS A PRESIÓN INSPECCIONES DE ALTA Y BAJA TENSIÓN INSPECCIONES DE ASCENSORES

GUÍA DE SERVICIOS INSPECCIONES DE EQUIPOS A PRESIÓN INSPECCIONES DE ALTA Y BAJA TENSIÓN INSPECCIONES DE ASCENSORES GUÍA DE SERVICIOS INSPECCIONES DE EQUIPOS A PRESIÓN INSPECCIONES DE ALTA Y BAJA TENSIÓN INSPECCIONES DE ASCENSORES INSPECCIONES DE GRÚAS TORRE Y GRÚAS MÓVILES AUTOPROPULSADAS SEGURIDAD EN MÁQUINAS /DIRECTIVA

Más detalles

Fecha 17/10/2017 SECRETARIA DE ECONOMIA

Fecha 17/10/2017 SECRETARIA DE ECONOMIA SECRETARIA DE ECONOMIA Fecha 17/10/2017 Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto por el que se establecen diversos programas

Más detalles

SECRETARIA DE ECONOMIA

SECRETARIA DE ECONOMIA Martes 17 de octubre de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE ECONOMIA DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS ARANCELES DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS ARANCELES DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN. DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS ARANCELES DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24/09/20) Al margen

Más detalles

CONCEPTO

CONCEPTO 8 NORMAS LEGALES Martes 30 de enero de 2018 / El Peruano Aprueban la Tabla de Valores Referenciales para efectos de determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, correspondiente

Más detalles

ANEXO I. LISTA DE ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN LA LETRA b) DEL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 1 ( 1 )

ANEXO I. LISTA DE ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN LA LETRA b) DEL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 1 ( 1 ) ANEXO I LISTA DE ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN LA LETRA b) DEL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 1 ( 1 ) División 45 Construcción Esta división comprende: las construcciones nuevas, obras de restauración y reparaciones

Más detalles

Actividades a que se refiere el apartado 1 del artículo 6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

Actividades a que se refiere el apartado 1 del artículo 6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Actividades a que se refiere el apartado 1 del artículo 6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público 45 Construcción. Esta división compren Las construcciones nuevas, obras de

Más detalles

SECCION XV METALES COMUNES Y SUS MANUFACTURAS

SECCION XV METALES COMUNES Y SUS MANUFACTURAS SECCION XV METALES COMUNES Y SUS MANUFACTURAS NOTAS. 1. Esta Sección no comprende: a) los colores y tintas preparados a base de polvo o escamillas metálicos, así como las hojas para el marcado a fuego

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas e Instituto de Gestión de Servicios

Más detalles

Instrucción técnica complementaria MIE-RAT 02: NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Y HOJAS INTERPRETATIVAS.

Instrucción técnica complementaria MIE-RAT 02: NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Y HOJAS INTERPRETATIVAS. Instrucción técnica complementaria MIE-RAT 02: NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Y HOJAS INTERPRETATIVAS. 1.Normas de obligado cumplimiento. En el ámbito del reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías

Más detalles

ITC MIE-RAT 02: "NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Y HOJAS INTERPRETATIVAS".

ITC MIE-RAT 02: NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Y HOJAS INTERPRETATIVAS. ITC MIE-RAT 02: "NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Y HOJAS INTERPRETATIVAS". 1. Normas de obligado cumplimiento. En el ámbito del reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales

Más detalles

Contenido. Complejidad económica 4 Principales sectores 5 Sectores estratégicos 6 Productos potenciales 6 Importaciones 7 Recomendación de carreras 7

Contenido. Complejidad económica 4 Principales sectores 5 Sectores estratégicos 6 Productos potenciales 6 Importaciones 7 Recomendación de carreras 7 Chihuahua Contenido Complejidad económica 4 Principales sectores 5 Sectores estratégicos 6 Productos potenciales 6 Importaciones 7 Recomendación de carreras 7 Se hace un especial agradecimiento a la Delegación

Más detalles

Jueves 6 de abril de 2017 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1

Jueves 6 de abril de 2017 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 Jueves 6 de abril de 2017 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto por el que se establecen

Más detalles

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS 556296 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que aprueba el Listado entidas que podrán ser exceptuadas la percepción l Impuesto General a las Ventas DECRETO SUPREMO N 160 2015 Ef EL PRESIDENTE

Más detalles

METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES

METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES Notas. 1. Esta Sección no comprende: a) los colores y tintas preparados a base de polvo o escamillas metálicos, así como las hojas para el marcado a fuego

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, 1 _ DECRETO Nº 114 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- II.- III.- IV.- Que por Decreto Legislativo Nº 902, de fecha 14 de diciembre de 2005, publicado en el Diario

Más detalles

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº EF/15

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº EF/15 Aprueban Tabla de Valores Referenciales para efectos de determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 022-2013-EF/15 Lima,

Más detalles

4 Presencial 3. 4 Presencial 1. 4 Presencial Presencial Presencial Presencial 3. 4 Presencial Presencial 7.

4 Presencial 3. 4 Presencial 1. 4 Presencial Presencial Presencial Presencial 3. 4 Presencial Presencial 7. SP1 Riesgos asociados a la Restauración 4 Presencial 16 SP2 SP3 SP4 SP5 Limpieza Riesgos asociados a Operadores de Puente Grúa Almacén Soldadura 4 Presencial 6 4 Presencial 13 4 Presencial 3 4 Presencial

Más detalles

Anexo a los artículos 3-02 y 3-08: Excepciones a los artículos 3-02 y Sección A - Medidas de Bolivia

Anexo a los artículos 3-02 y 3-08: Excepciones a los artículos 3-02 y Sección A - Medidas de Bolivia Anexo a los artículos 3-02 y 3-08: Excepciones a los artículos 3-02 y 3-08 Sección A - Medidas de Bolivia 1. No obstante lo dispuesto en el artículo 3-08, Bolivia podrá adoptar o mantener prohibiciones

Más detalles

N.I. 011/ 2018 NOTA INFORMATIVA

N.I. 011/ 2018 NOTA INFORMATIVA 05 de junio del 2018. N.I. 011/ 2018 NOTA INFORMATIVA DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto por el que se establece la

Más detalles

4 Presencial 6. 4 Presencial Presencial 7. 4 Presencial Presencial Presencial 21

4 Presencial 6. 4 Presencial Presencial 7. 4 Presencial Presencial Presencial 21 SP1 Riesgos asociados a la Restauración 4 Presencial 2 14 SP3 SP4 SP5 Riesgos asociados a Operadores de Puente Grúa Riesgos asociados a los Trabajos de Almacén Riesgos asociados a los Trabajos de Soldadura

Más detalles

SECCIÓN XV METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES.

SECCIÓN XV METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES. Notas: SECCIÓN XV METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES. 1. Esta Sección no comprende: a) los colores y tintas preparados a base de polvo o escamillas metálicos, así como las hojas para el marcado

Más detalles

\)e.\..icado(. 1'", MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS

\)e.\..icado(. 1', MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS -..-... _.'.., '::.'". "-...0.. h... u.. -_. ---.-...-..--.---.---...--.- -..' -.- -.----...---.-----------.--.------ o;:- /330732 \)e.\..icado( "'~ "te '". 1'", 11 J MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS Lima;2

Más detalles

SEVILLA. SP1 Riesgos asociados a la Restauración 4 Presencial 5

SEVILLA. SP1 Riesgos asociados a la Restauración 4 Presencial 5 SP1 Riesgos asociados a la Restauración 4 Presencial 5 SP2 SP3 SP4 SP5 Limpieza Riesgos asociados a Operadores de Puente Grúa Almacén Soldadura 4 Presencial 4 4 Presencial 9 4 Presencial 30 4 Presencial

Más detalles

ANEXO I TRLCSP. Esta división comprende: 45.1 Preparación de obras Demolición de inmuebles y movimientos de tierras

ANEXO I TRLCSP. Esta división comprende: 45.1 Preparación de obras Demolición de inmuebles y movimientos de tierras ANEXO I TRLCSP NACE 1 Sección F Construcción División Grupo Clase Descripción Notas 45 Construcción Esta división comprende: Las construcciones nuevas, obras de restauración y reparaciones corrientes Código

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO

Más detalles

Región Llano. frente a los acuerdos suscritos y/o en negociación. Oficina de Estudios Económicos

Región Llano. frente a los acuerdos suscritos y/o en negociación. Oficina de Estudios Económicos frente a los acuerdos suscritos y/o en negociación Oficina de Estudios Económicos 1. Importaciones totales 1.1 Importaciones por CUODE Importaciones por CUODE 2014 Variación Variación Bienes de capital

Más detalles

Uno. Decreto 222/1964, de 8 de febrero (Obras Públicas) (Boletín Oficial del Estado de 10 de febrero de 1964).

Uno. Decreto 222/1964, de 8 de febrero (Obras Públicas) (Boletín Oficial del Estado de 10 de febrero de 1964). Decreto 3650/1970, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el cuadro de fórmulas tipo generales de revisión de precios de los contratos de obras del Estado y Organismos autónomos para el año 1971. Nota

Más detalles

44426 Miércoles 31 octubre 2007 BOE núm. 261 ANEXO I ACTIVIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL APARTADO 1 DEL ARTICULO 6 NACE 1

44426 Miércoles 31 octubre 2007 BOE núm. 261 ANEXO I ACTIVIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL APARTADO 1 DEL ARTICULO 6 NACE 1 44426 Miércoles 31 octubre 2007 BOE núm. 261 ANEXO I ACTIVIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL APARTADO 1 DEL ARTICULO 6 45 Construcción Esta división comprende: 45000000 las construcciones nuevas, obras de

Más detalles

Certificado del Sistema de Gestión Ambiental

Certificado del Sistema de Gestión Ambiental AENOR certifica que la organización COPISA CONSTRUCTORA PIRENAICA, S.A. dispone de un sistema de gestión ambiental conforme con la Norma ISO 14001:2015 para las actividades: que se realiza/n en: Detalladas

Más detalles

Resolución Directoral Nº EF/75.01

Resolución Directoral Nº EF/75.01 Resolución Directoral Nº 024-2006-EF/75.01 Lima, 06 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 56º de la Ley N 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, se establecen

Más detalles

CARTAGENA Ref. SP1 Riesgos asociados a la Restauración 4 Presencial 28. SP2 Riesgos asociados a los Trabajos de Limpieza 4 Presencial 8

CARTAGENA Ref. SP1 Riesgos asociados a la Restauración 4 Presencial 28. SP2 Riesgos asociados a los Trabajos de Limpieza 4 Presencial 8 SP1 Riesgos asociados a la Restauración 4 Presencial 28 SP2 Riesgos asociados a los Trabajos de Limpieza 4 Presencial 8 SP3 Riesgos asociados a Operadores de Puente Grúa SP4 Riesgos asociados a los Trabajos

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº CD/OSIPTEL

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº CD/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 133-2014-CD/OSIPTEL Lima, 23 de octubre de 2014 EXPEDIENTE : N 00002-2014-CD-GPRC/TT Tarifa Tope del Servicio de Transporte de Internet Proyectos MATERIA : Regionales

Más detalles

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº EF/15

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº EF/15 Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales para efectos de determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2009 Lima, 16 de enero de 2009 CONSIDERANDO:

Más detalles

Certificado del Sistema de Gestión de la Calidad

Certificado del Sistema de Gestión de la Calidad AENOR certifica que la organización COPISA CONSTRUCTORA PIRENAICA, S.A. dispone de un sistema de gestión de la calidad conforme con la Norma ISO 9001:2015 para las actividades: que se realizan en: Detalladas

Más detalles

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos Gobiernos Regionales

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos Gobiernos Regionales Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos Gobiernos Regionales EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº

Más detalles

BROCHURE VIRTUAL Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Automatización Industrial, Instrumentación, Ingeniería Civil, Mecánica y Minería

BROCHURE VIRTUAL Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Automatización Industrial, Instrumentación, Ingeniería Civil, Mecánica y Minería BROCHURE VIRTUAL 2014-2015 Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Automatización Industrial, Instrumentación, Ingeniería Civil, Mecánica y Minería 1 ELECTROCONS INGENIEROS S.A ELECTROCONS INGENIEROS S.A. Somos

Más detalles

DECRETO SUPREMO N EF

DECRETO SUPREMO N EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Regionales con cargo a los recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales - FED en el Presupuesto del Sector Público

Más detalles

ANEXO - RESOLUCIÓN N 176/AGIP/17

ANEXO - RESOLUCIÓN N 176/AGIP/17 N 5142-6/6/2017 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 13 ANEXO - RESOLUCIÓN N 176/AGIP/17 ANEXO I N 5142-6/6/2017 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 14 ANEXO

Más detalles

VISTO las Actuaciones SIGEA Nros , , , , ,

VISTO las Actuaciones SIGEA Nros , , , , , Asunto: NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (NCM). Clasi ficación arancelaria de mercaderías en la citada nomencla tura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N 1.618. BUENOS AIRES,

Más detalles

ANEXO II. CONCESIONES ARANCELARIAS DE CHILE PARA PRODUCTOS INDUSTRIALES ORIGINARIOS DE TURQUIA (Referido en el Artículo 17)

ANEXO II. CONCESIONES ARANCELARIAS DE CHILE PARA PRODUCTOS INDUSTRIALES ORIGINARIOS DE TURQUIA (Referido en el Artículo 17) ANEXO II CONCESIONES ARANCELARIAS DE CHILE PARA PRODUCTOS INDUSTRIALES ORIGINARIOS DE TURQUIA (Referido en el Artículo 17) 1. Los derechos de aduana sobre las importaciones en Chile de las mercancías originarias

Más detalles

Actualización Comercio Internacional Septiembre Octubre de 2017

Actualización Comercio Internacional Septiembre Octubre de 2017 Noticias relevantes en Materia de Comercio Exterior. I. Modificación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y del Programa de Promoción Sectorial: Se aumenta

Más detalles

Anexo III: Lista de ítems arancelarios Duales a los que se les aplica el procedimiento DNA. Página 1

Anexo III: Lista de ítems arancelarios Duales a los que se les aplica el procedimiento DNA. Página 1 NCM DESCRIPCIÓN T.G.A. A.E.C. CL E/Z I/Z UVF 4009.12.10.00 Con una presión de ruptura superior o igual a 17,3 mpa 14 14 14 10 4009.12.90.00 Los demás 14 14 14 10 4009.21.10.00 Con una presión de ruptura

Más detalles

Industria siderúrgica

Industria siderúrgica Situación macroeconómica Los productos que genera la industria siderúrgica son insumos importantes para otras industrias como la automotriz, eléctrica, electrónica, metal mecánica, construcción, entre

Más detalles

- Decreto Legislativo N. 973, que establece el RER A del IGV, publicado el y norma modificatoria.

- Decreto Legislativo N. 973, que establece el RER A del IGV, publicado el y norma modificatoria. INFORME N. 064-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con el Régimen Especial de Recuperación Anticipada (RERA) del Impuesto General a las Ventas (IGV), se consulta si se tiene derecho a la devolución

Más detalles

AGENCIA ADUANAL OBREGON, S. C.

AGENCIA ADUANAL OBREGON, S. C. Boletín 2015/28 Secretaria de Economía ACUERDO que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior. Estimados clientes:

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor del Gobierno Regional del Departamento de Amazonas y Pliegos del Gobierno Nacional EL PRESIDENTE

Más detalles

CONCORDANCIAS: R.M. N MINAM (Aprueban Guía para el Muestreo de Suelos y Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos)

CONCORDANCIAS: R.M. N MINAM (Aprueban Guía para el Muestreo de Suelos y Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos) AMBIENTE Aprueban Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo DECRETO SUPREMO Nº 002-2013-MINAM Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - PDF. CONCORDANCIAS: R.M. N 085-2014-MINAM (Aprueban Guía para el

Más detalles

CATALOGO MAQUINARIA PY

CATALOGO MAQUINARIA PY CATALOGO MAQUINARIA PY Maquinarias En Arriendo Maquinaria PY S.A. brinda un servicio de excelencia en el arriendo de Maquinaria y equipos para la construcción, respaldados por más de 25 años de experiencia.

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Aprueban normas reglamentarias para la aplicación de la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 EL PRESIDENTE

Más detalles

OFERTA ACADÉMICA OFICIOS

OFERTA ACADÉMICA OFICIOS OFERTA ACADÉMICA OFICIOS ELECTRICIDAD DOMICILIARIA Conceptos básicos. Conceptos básicos de tensión, resistencia, intensidad. Ley de Ohm, Ley de Kirchhoff, circuito serie y paralelo, potencia, energía.unidades

Más detalles

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA 2 (Edición Vespertina) DIARIO OFICIAL Lunes 4 de abril de 2016 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Más detalles

ECONOMIA Y FINANZAS EDUCACION. Aprueba el Plan de Implementación al. al 2021 de la Política Nacional de Enseñanza,

ECONOMIA Y FINANZAS EDUCACION. Aprueba el Plan de Implementación al. al 2021 de la Política Nacional de Enseñanza, El Peruano / Domingo 10 de julio de 2016 ECONOMIA Y FINANZAS FE DE ERRATAS Resolución Viceministerial N 011-2016-EF/15.01 Mediante Oficio Nº 023-2016-EF/15.03, el Ministerio de Economía y Finanzas solicita

Más detalles

Descripción Los demás Surtidores para gas combustible vehicular (gas natural)

Descripción Los demás Surtidores para gas combustible vehicular (gas natural) 100 principales productos importados por Colombia desde Canadá 2006-2007 Por: Legiscomex.com Diciembre 12 del 2007 Posición 2007 Ene-sep 1001902090 ---Los demás 76.863 8704100090 --Los demás 42.815 8802309000

Más detalles

SECRETARIA DE ECONOMIA

SECRETARIA DE ECONOMIA 26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de octubre de 2015 SECRETARIA DE ECONOMIA DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN Y EL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN Y EL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN Y EL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN DIVERSOS PROGRAMAS DE PROMOCIÓN SECTORIAL (Publicado

Más detalles

DECRETO SUPREMO N EF

DECRETO SUPREMO N EF Aprueba monto de la Valorización Ajustada por puesto especializado o de dedicación exclusiva en servicios de salud pública y autoriza transferencias de partidas en el Presupuesto del Sector Público para

Más detalles

Toluca, Estado de México

Toluca, Estado de México Toluca, Estado de México Contenido Complejidad económica 4 Principales sectores 5 Sectores estratégicos 6 Productos potenciales 6 Importaciones 7 Recomendación de carreras 7 Se hace un especial agradecimiento

Más detalles

Preferencia arancelaria otorgada por Argentina a México* Principales Proveedor es VEHÍCULOS

Preferencia arancelaria otorgada por Argentina a México* Principales Proveedor es VEHÍCULOS Productos de México con posibilidad de inserción en el mercado de Argentina Código Descripción Importaciones de ARGENTINA sin MÉXICO (Prom. 2009-2011) Exportaciones de MÉXICO sin ARGENTINA (Prom. 2009-2011)

Más detalles

CAPITULO 75 NIQUEL Y SUS MANUFACTURAS

CAPITULO 75 NIQUEL Y SUS MANUFACTURAS CAPITULO 75 NIQUEL Y SUS MANUFACTURAS NOTA. 1. En este Capítulo, se entiende por: a) Barras los productos laminados, extrudidos o forjados, sin enrollar, cuya sección transversal, maciza y constante en

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DECISIÓN NO. 1 DEL ACUERDO DE INTEGRACIÓN COMERCIAL ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ, ADOPTADA EL 3 DE MAYO DE 2012. (Publicado en el Diario

Más detalles

PROTOCOLOS PRECARGADOS RENOVEFREE PLUS Y RENOVEFREE PRO

PROTOCOLOS PRECARGADOS RENOVEFREE PLUS Y RENOVEFREE PRO PUENTES GRÚA MONORAIL DUCTOS ENTERRADOS DUCTOS DE CONDUCCIÓN DE AGUA EXTERNOS CIRCUITO DE TUBERÍAS EXTERIORES CIRCUITO DE TUBERÍAS ENTERRADAS SALA DE MÁQUINAS EDIFICIO O SALA ELÉCTRICA CENTRALITA HIDRÁULICA

Más detalles