Requisitos de Prevención asociados a los Grupos de Riesgo

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1 Requisitos de Prevención asociados a los Grupos de Riesgo Contenido: 1 Objeto Alcance Implicaciones y Responsabilidades Contenido Grupo 1 - Trabajos sin riesgo especial Grupo 2: Trabajos de Instalación, Operación y Mantenimiento Grupo 3: Trabajos en Torres y Mástiles Grupo 4: Trabajos en Tejados y Azoteas Grupo 5: Trabajos Verticales Grupo 6: Trabajos en Espacios Confinados Grupo 7: Trabajos con riesgo eléctrico Personal Autorizado Cualificado Grupo 8: Trabajos de Carga y Descarga Grupo 9: Recurso Preventivo Grupo 10: Trabajos de Construcción Obra Civil Grupo 11: Trabajos de Oficina Grupo 11: Trabajos de Oficina + Viajes a países de riesgo Grupo 12: Actividades Sanitarias / Trabajos con Riesgos Biológicos Requisitos para cada Grupo de Riesgo Grupo 1: Trabajos sin riesgo especial Grupo 2: Trabajos de Instalación, Operación y Mantenimiento Grupo 3: Trabajos en Torres y Mástiles Grupo 4: Trabajos en Tejados y Azoteas Grupo 5: Trabajos Verticales Grupo 6: Trabajos en Espacios confinados Grupo 7: Trabajos con Riesgo Eléctrico Personal Autorizado Personal Cualificado Grupo 8: Carga y descarga de materiales Grupo 9: Recurso Preventivo Grupo 10: Trabajos de construcción - Obra Civil Grupo11: Trabajos de Oficina Grupo 12: Actividades Sanitarias / Trabajos con Riesgos Biológicos... 21

2 1 Objeto Definir los requisitos de información y formación (teórico-práctica), equipos de protección (individuales y colectivos), medios auxiliares y reconocimientos médicos necesarios en función de los riesgos asociados a todas las actividades de instalación, diseño, pruebas, mantenimiento, supervisión y/o soporte desarrolladas por las empresas del Grupo Ericsson, conocidas hasta la fecha. 2 Alcance Toda el personal propio o subcontratado que desarrolle alguna de las actividades tipificadas y descritas en esta instrucción. 3 Implicaciones y Responsabilidades Los directores, managers y responsables del personal que realice alguna de las actividades aquí descritas son responsables de asegurar que cada trabajador tiene asignado el perfil de grupo/s de riesgo que le corresponde por la actividad que realiza, asegurándose que previo al inicio de la actividad el trabajador cumple los requisitos establecidos para cada puesto. Los directores, managers y responsables deberán revisar y mantener actualizados los perfiles de grupos de riesgos de los trabajadores bajo su responsabilidad, comunicando al servicio de prevención los cambios o modificaciones, al objeto de asegurar que todos los trabajadores cumplen los requisitos de seguridad asociados a su grupo de riesgos y por tanto son aptos para la actividad a realizar. Los responsables, Jefes de proyecto deben verificar que el personal de contratas que prestan sus servicios en los proyectos bajo su responsabilidad, cumplen los requisitos de seguridad asociados a cada grupo de riesgo. Los técnicos de prevención son los responsables de definir los requisitos y criterios de capacitación de los trabajadores, así como de gestionar la formación de cada puesto y de la selección de los Epi s. Los trabajadores son responsables de actuar en todo momento en función de la formación e información recibida, hacer el correcto uso de los equipos de protección individual asignados, cumpliendo las normas de seguridad y los procedimientos de trabajo adquiridos en la formación acorde a su actividad recibida. 4 Contenido Las actividades analizadas en las evaluaciones de riesgos de las actividades nos han llevado a la clasificación de la Aptitud/capacitación del personal en varios grupos, que acreditan a los trabajadores para la realización de funciones de distinto nivel de riesgo y dificultad técnica. Para cada uno de estos grupos se han definido, dependiendo de las actividades realizadas, los requisitos de formación necesaria en materia de seguridad, los equipos de protección individual y colectivos a utilizar, así como los reconocimientos médicos específicos necesarios.

3 4.1 Grupo 1 - Trabajos sin riesgo especial Aquellas actividades desarrolladas en obra o instalaciones, no existiendo riesgo de caída en altura, ni riesgo eléctrico (por contacto o proximidad), ni espacios confinados. Actividades incluidas: Gestión de proyectos, Ingeniería y delineación Direcciones Facultativas Coordinador de Seguridad y Salud Asistencias técnicas de obra e instalación Inspección de calidad y seguridad Adquisición de sites y replanteos Cambios o actualizaciones de software Integración y Pruebas de equipos (cuando se realizan desde las salas de control y no hay que acceder a salas de equipos) 4.2 Grupo 2: Trabajos de Instalación, Operación y Mantenimiento Aquellas actividades desarrolladas en salas de equipo tales como centrales de conmutación, nodos primarios, secundarios, etc., no existiendo riesgo de caída de altura (sí posible uso ocasional de escaleras de mano), ni acceso a espacios confinados, pueden requerir de forma esporádica manipulación de cargas, y utilización de herramientas eléctricas de mano. Actividades incluidas en este grupo: Integración de equipos Montador de transmisión, radio y conmutación, cambios o actualizaciones de hardware, instalación de equipos BSC, MSC, Maquetas, etc. Mantenimiento de red (altas de abonados, resolución de incidencias) Cambios o actualizaciones de hardware Mantenimiento de infraestructuras en centrales de telecomunicaciones Mantenimiento de radio en centrales de telecomunicaciones Trabajos de instalación, montaje, desmontaje, canalizaciones, etc en astilleros 4.3 Grupo 3: Trabajos en Torres y Mástiles Aquellas que requieren el ascenso y descenso por torres o mástiles. Actividades incluidas en este grupo: Instalación, Prueba y Mantenimiento de Radio, Minilink,etc. realizado en torres y/o mástiles (tanto equipados como desnudos). Visualizaciones, adquisiciones y/o replanteos que requieran el ascenso /descenso por torres o mástiles. Supervisión de Radio, Obra Civil o Transmisión. Auditorías / inspecciones de calidad y/o seguridad. Trabajos en postes. Trabajos que requieren ascenso y descenso por escalas fijas y /o escaleras de mano ( con riesgo de caída en altura).

4 4.4 Grupo 4: Trabajos en Tejados y Azoteas Desplazamientos por tejados y azoteas en los que existe un riesgo de caída en altura*, siendo por tanto tejados en los que es necesario el empleo de cuerdas, arneses, cintas,, equipos de seguridad para evitar la potencial caída de los trabajadores. * Tejados y azoteas (transitable o no transitable) con riesgo de caída en altura; estamos considerando todas aquellas situaciones en las que debido a la ausencia o insuficiencia de protección perimetral, riesgo en el acceso o durante el desplazamiento al punto/s de trabajo, superficie no pisable (poliéster, fibrocemento, claraboyas,..), etc. existe un riesgo potencial de caída en altura. Actividades incluidas en este grupo: Trabajos de adquisición de emplazamientos previos al replanteo (Visual, Realización de SAR s, etc. Visualización, replanteos., que van a tener que progresar por una cubierta antes de poder instalar protecciones colectivas. Personal de Obra Civil, que accede al emplazamiento previo a la instalación de elementos de sujeción colectiva. Supervisión de Radio, Obra Civil o Transmisión. Auditorías / inspecciones de calidad y/o seguridad Instalación, Prueba y Mantenimiento de Radio, Minilink, et c. realizado en azoteas y tejados con riesgo de caída de altura 4.5 Grupo 5: Trabajos Verticales Aquellas actividades que requieren el empleo de técnicas asociadas a los trabajos verticales. Actividades incluidas: Descuelgues o suspensión por fachadas, Trabajos en altura que requiera que sobresalga del cuerpo de la torre, mástil o estructura con riesgo de caída al vacío. Aquellas actividades en la que hay que recurrir a sistemas de cuerdas provisionales, por no existir medidas colectivas 4.6 Grupo 6: Trabajos en Espacios Confinados Aquellas actividades realizadas en el interior de espacios confinados * (alcantarillas, fosos, galerías, buques, etc...) * Es un recinto con aberturas limitadas para entrada y salida, con ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse atmósferas tóxicas, inflamables o con deficiencias de oxígeno y que no está concebido para una ocupación continuada por parte del trabajador. Actividades incluidas: Cualquier actividad que requiera acceso a un espacio confinado

5 4.7 Grupo 7: Trabajos con riesgo eléctrico Personal Autorizado Las actividades desarrolladas en este nivel son aquellas descritas en el RD 614/2001, para personal Autorizado. Actividades incluidas: Supresión y reposición de baja tensión Cualificado Reposición de fusibles en baja tensión. Maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones en baja tensión. Preparación de zonas de proximidad en baja tensión. Realización de trabajos en proximidad en instalaciones de alta y baja tensión. Vigilar a los trabajadores No Autorizados / Ni cualificados para la realización de trabajos en proximidad de alta y baja tensión. Las actividades desarrolladas en este nivel son aquellas que se realicen en alta tensión, o en dentro de la zona de seguridad en Alta tensión. Actividades incluidas en este grupo: Supresión y reposición de baja y alta tensión. Reposición de fusibles en baja y alta tensión. Realizar las tareas de vigilancia propias del Jefe de trabajo en trabajos de Alta tensión. Trabajos en tensión (Alta o Baja). Maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones en baja y alta tensión. Comprobar Viabilidad del trabajo y Preparación de zonas de proximidad en baja y alta tensión. Realización de trabajos en proximidad en instalaciones de alta y baja tensión. Vigilar a los trabajadores No Autorizados / Ni cualificados para la realización de Trabajos en proximidad de alta y baja tensión. Maniobras locales en alta tensión. Trabajos en emplazamientos con atmósfera explosiva siguiendo un procedimiento previo estudiado. Dirección, supervisión e instalación de trabajos de despliegue de PLC, redes de cable y celulares. Trabajos de instalación de equipamiento para PLC 4.8 Grupo 8: Trabajos de Carga y Descarga Actividades de descarga, carga y ubicación de los equipos en la instalación y/o emplazamientos. Actividades incluidas en este grupo: Movimiento manual de materiales y equipos Movimiento mecánico de materiales Trabajos de almacenero Uso de grúas para descarga y colocación de equipos y otros medios auxiliares.

6 4.9 Grupo 9: Recurso Preventivo Todas aquellas instalaciones, obras o proyectos en los que se estime oportuno la necesidad de establecer un recurso preventivo como medio de coordinación, conforme establece el RD 171/2004 y Ley 54/2003. Actividades incluidas en este grupo: Supervisión de seguridad, inspección y coordinación de obras, instalaciones o proyectos, cuando se le atribuyan las funciones del Recurso Preventivo, según se define en la legislación Dirección de obra e instalación,.., cuando se le atribuyan las funciones del Recurso Preventivo, según se define en la legislación. Todo aquel trabajador al que se le atribuyan las funciones de Recurso Preventivo según se define en la legislación vigente 4.10 Grupo 10: Trabajos de Construcción Obra Civil Aquellos oficios ligadas al ámbito de aplicación del R.D 1627/97, Seguridad en obras de Construcción. Actividades incluidas en este grupo: Jefes de Obra, Directores de Obra, Encargados de Obra, Responsables de Obra, Gestores, Especialistas, Oficios, Oficiales, Peones, y ayudantes,.., que realizan trabajos de obra civil, con o sin uso de maquinaria de obra Grupo 11: Trabajos de Oficina Todas aquellas actividades que son realizadas en edificios destinados a oficinas, o salas de control (NOC) en edificios de clientes o propios, con empleo de ordenadores como herramienta principal de trabajo. Actividades incluidas: Todos los trabajos realizados en el entorno de oficinas: unidades comerciales, gestión de proyectos, áreas comerciales, unidades de apoyo Servicios de atención al cliente (operadores de call center ) Actualizaciones de software en remoto Grupo 11: Trabajos de Oficina + Viajes a países de riesgo Descripción, actividades incluidas: Trabajos de oficina (ver punto anterior) cuya ubicación (lugar de trabajo) se encuentra en un país con riesgo sanitario, por la existencia de enfermedades tropicales que por sus características o falta de medidas preventivas (condiciones higiénico sanitarias deficientes) pueden ser fuente de riesgo para la salud de las personas que se desplazan a ellos. Relación de países, no exhaustiva potenciales de ser destino con riesgo sanitario : Centro y Sudamérica, incluido México África Oriente Medio y Próximo Asia

7 4.12 Grupo 12: Actividades Sanitarias / Trabajos con Riesgos Biológicos Actividades desarrolladas por personal médico y/o personal de enfermería. Tareas sanitarias: consultas sanitarias, realización de reconocimientos médicos, inyectables, administración de vacunas, curas locales, extracciones de sangre, etc. Dichas tareas implican un posible contacto con fluidos corporales tales como vómitos, sangre, orina, y cualquier fluido corporal potencialmente infeccioso. Actividades Incluidas: Extracción de sangre Canalización venosa periférica Suturas Administración de medicación parenteral Apoyo en aquellas técnicas donde se utilice algún tipo de aguja o catéter Manipulación de tijeras, bisturíes, agujas y/o material cortante que esté en contacto con fluidos biológicos. Curas locales Exploraciones (oro faríngea, anal, etc.) Analíticas cualitativas de orina Transporte de muestras biológicas Técnicas de Primeros Auxilios Procesos invasivos.

8 5 Requisitos para cada Grupo de Riesgo Para cada uno de los grupos de riesgo definidos vamos a determinar los requisitos que se deben cumplir para ser considerado un trabajador apto para dicha actividad. De cada uno de estos requisitos se deberá disponer de la documentación y registros que lo evidencien. La formación aquí descrita será impartida por un técnico competente en materia de Seguridad laboral. Para aquellas actividades que por su contenido técnico lo requieran la formación contará también con el apoyo de los especialistas necesarios. (Ej. Verticales, Azoteas y tejados) Todos los equipos de protección individual cumplirán su correspondiente homologación CE y normas EN El equipo de protección individual descrito para cada puesto es el mínimo y obligatorio para cumplir las exigencias establecidas. 5.1 Grupo 1: Trabajos sin riesgo especial Formación e información. Información: Formación: Es necesario información sobre los riesgos y medidas de seguridad concretas de las actividades que realizan. No se exige formación específica carga horaria recomendada, primer curso: No tiene formación presencial Reciclaje: Siempre que los métodos y/o equipos de trabajo sufran modificaciones y consecuentemente exista una revisión de la Evaluación de Riesgos. Periodicidad del reciclaje: Con cada revisión de la Evaluación de Riesgos de la actividad. Equipo de Protección Individual Casco de seguridad EN-397, Calzado de seguridad EN 345, Chaleco reflectante EN 471. Reconocimiento Médico No es necesario reconocimiento médico específico, se recomienda reconocimiento médico bienal. 5.2 Grupo 2: Trabajos de Instalación, Operación y Mantenimiento Formación e Información Información Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos asociados al puesto de trabajo

9 Formación Riesgos específicos asociados al puesto de trabajo. Puesto de montaje / instalación Puesto de mantenimiento Riesgo Eléctrico Comentarios sobre el Real Decreto 614/2001 Manejo y utilización de herramientas eléctricas de mano Real Decreto 485/1997 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. R.D 486/97 disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo Real Decreto 1215/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Real Decreto 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual Real Decreto 487/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas. Carga horaria recomendada, primer curso: 3 horas Carga horaria recomendada, curso de reciclaje: 3 horas Periodicidad del reciclaje: Cada 10 años Equipo de seguridad Casco de seguridad EN 397 Guantes Cat.II, para operaciones precisas EN Guantes Cat II resistencia mecánica EN -388 Gafas de protección, proyección de partículas EN 166 Calzado de seguridad EN 345 Chaleco reflectante EN 471 Epi s opcionales: (según los riesgos existentes) O Protectores auditivos EN 352 O Gafas de protección contra proyecciones EN 166 Reconocimientos médicos No es necesario reconocimiento médico específico, pero se recomienda reconocimiento médico bienal. 5.3 Grupo 3: Trabajos en Torres y Mástiles Formación e Información Información Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos asociados al puesto de trabajo. Formación: La formación contendrá un módulo Teórico en el que el contenido varia sensiblemente en función de si el trabajo es en el sector de telecomunicaciones (los mástiles y torres están equipados) o en el sector eléctrico en el que mástiles y torres están sin equipar.

10 Teórico: Especifico en los sistemas anti caídas utilizados por los operadores con los que actualmente o en un futuro se Trabaja. Ascenso y descenso por mástiles desnudos / Sistema alternativo Ascenso y descenso por escalas fijas. Uso de escaleras de mano Aproximación al riesgo de caída en altura, asociado a trabajos en torre y/o mástiles. Real Decreto 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Real Decreto 2177/2004, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por parte de los trabajadores de los equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura. Descripción, manejo, colocación y práctica de uso de los equipos de protección individual utilizados y exigidos por Ericsson y los operadores. Descripción y utilización de líneas de vida rígidas (UNE 353-1). Descripción y utilización de líneas de vida flexibles (UNE 353-2) Descripción, montaje, desmontaje y utilización de línea de vida rígida removible Haca- Leiter y/o Sol (UNE 353-1) Práctico: Dado que todas las líneas de vida están sujetas a las mismas normas, las rígidas UNE y las flexibles UNE 353-2, los participantes en el curso subirán todos y cada uno de ellos a una torre equipada con línea de vida rígida y a otra torre equipada con línea de vida flexible. Los alumnos deberán acceder como mínimo a la primera plataforma de trabajo y efectuarán las maniobras de amarre en la misma y desenganche de la línea y posterior amarre a la línea y desenganche de los puntos de anclaje en la plataforma, durante la estancia en la plataforma deberán demostrar saber anclarse en posición de trabajo con el cabo de doble anclaje y con la cuerda de posicionamiento, ambas por separado. Deben demostrar que saben utilizar convenientemente y con seguridad, el cabo de doble anclaje en el ascenso y/o descenso de las torres para aquellos casos, en que el carro anti caídas no se pueda utilizar, o estemos en mástiles/ torres sin equipar como son las eléctricas. También deben montar, desmontar y subir a la línea de vida rígida removible Haca- Leiter o Söl así como conocer los métodos de almacenamiento, conservación y vida útil de sus elementos. Si en un futuro se incorporase una nuevo tipo de línea de vida, distinto a los utilizados actualmente y su utilización fuese semejante a las actuales, la información y formación se podría actualizar mediante información escrita, en caso que las diferencias fuesen sustanciales, es obligatorio, previo a su utilización, haber recibido información y formación, tanto teórica como práctica.

11 Carga horaria recomendada, primer curso: 8 horas teórico-prácticas Periodicidad del reciclaje: Cada 10 años Carga horaria recomendada, curso de reciclaje: 6-8 horas teórico-prácticas Equipo de protección individual Arnés, clase C, EN 358 y EN 361 Casco sin visera y con barbuquejo EN 397 Elemento de amarre en Y EN 354 y con absorvedor de energía EN 355 Elemento de Amarre (longitud regulable) EN 354 EN 358 Guantes categoría II de resistencia mecánica EN-388 Calzado de seguridad cat.ii S5 EN 345 Chaleco reflectante EN 471 Equipo de uso colectivo Carros anti caídas, de las marcas y modelos empleadas por los operadores Reconocimiento médico Se requiere reconocimiento médico específico de alturas anual, revisado y firmado por un especialista. 5.4 Grupo 4: Trabajos en Tejados y Azoteas Formación e información Información: Formación Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos específicos asociados al puesto de trabajo La formación contendrá un módulo Teórico y otro práctico. Teórico: Legislación aplicable. Acercamiento al problema: tipos de tejados y azoteas, riesgos y medidas de seguridad Real Decreto 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Real Decreto 2177/2004, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por parte de los trabajadores de los equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura. Descripción, manejo, colocación y práctica de uso de los equipos de protección individual utilizados y exigidos como mínimos por Ericsson Específico en los sistemas de cordadas y otras técnicas de progresión necesarias para realizar con seguridad los trabajos de diseño de red, adquisición, replanteo, supervisión o inspección en azoteas no visitables, tejados y otras construcciones con riesgo de caída de altura y que no tengan previamente instaladas medidas de seguridad contra caídas de altura.

12 Práctica: Las prácticas se realizarán en emplazamientos ya existentes si es posible, de no ser así, la empresa que imparte el curso lo llevará a cabo en sus instalaciones en una maqueta, si es en tejado, tendrá un nivel de riesgo semejante a lo habitual. Los alumnos participantes en el curso realizarán las prácticas por parejas, asegurado y asegurador, y siempre que ello sea posible, personas que formen grupos de trabajo asiduos. Cuando los tejados por sus características, tengan un elevado nivel de riesgo, se recurrirá a empresas especializadas en trabajos verticales. Carga horaria Recomendada, primer curso:12 horas teórico-prácticas Periodicidad del reciclaje: Cada 10 años. Carga horaria recomendada, curso de reciclaje: 8-12 horas teórico-prácticas Equipo de Protección Individual Arnés, clase C, EN 358 y EN 361 Casco sin visera y con barbuquejo EN 397 Elemento de amarre en Y EN 354 y con absorvedor de energía EN 355 Elemento de Amarre (longitud regulable) EN 354 EN 358 Guantes categoría II de resistencia mecánica EN-388 Calzado de seguridad cat.ii S5 EN 345 Chaleco reflectante EN 471 Equipamiento que puede ser colectivo Cuerdas / Mosquetones / Cintas / Elementos de anclaje / Aseguradores Reconocimiento médico Se requiere reconocimiento médico específico de alturas anual, revisado y firmado por un especialista. 5.5 Grupo 5: Trabajos Verticales Para validar la capacidad del personal en este nivel se deberá evidenciar la acreditación de la formación recibida por una empresa autorizada y reconocida por Ericsson (GAME-SYSTEM, HCV y empresas asociadas a ANETVA) Información: Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos específicos asociados al puesto de trabajo Formación: Los criterios y carga horaria son los definidos por la empresa certificadora autorizada en sus instrucciones y métodos de trabajo.

13 Equipo de Protección Individual Los criterios de EPI s son los establecidos por la empresa certificadora autorizada en sus instrucciones y métodos de trabajo Reconocimiento médico El reconocimiento médico debe ser específico de altura y firmado por un especialista. 5.6 Grupo 6: Trabajos en Espacios confinados Formación e información Información Formación: Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos específicos asociados al puesto de trabajo Definición e identificación de espacios confinados: características, tipología Identificación de Riesgos específicos asociados a los espacio confinados (Físicos, químicos y biológicos) Comportamiento de los gases. Conceptos básicos Instrumental necesario para la autorización del ingreso a un espacio confinado. Protocolos de verificación de entrada y salida. Procedimiento para el ingreso a un espacio confinado (incluyendo el ascenso y descenso por escaleras y escalas fijas) Actuación en caso de emergencia. Equipos de rescate, normas de mantenimiento y rescate Primeros auxilios. Real Decreto 485/1997 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Real Decreto 1215/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Real Decreto 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Se realizarán prácticas de utilización de los sistemas de anti caídas en espacios confinados, y de acceso a los mismos. Carga horaria recomendada, primer curso: 6 horas Periodicidad del reciclaje: Cada 10 años Carga horaria recomendada, curso de reciclaje: 6 horas

14 Equipo de protección individual Arnés, clase C, EN 358 y EN 361 Casco sin visera y con barbuquejo EN 397 Elemento de amarre en Y EN 354 y con absorvedor de energía EN 355 Elemento de Amarre (longitud regulable) EN 354 EN 358 Guantes categoría II de resistencia mecánica EN-388 Calzado de seguridad cat.ii S5 EN 345 Chaleco reflectante EN 471 Medios Auxiliares Aparatos de medición de la atmósfera interior Lámpara portátil o linterna. Equipos de renovación de aire Elementos de salvamentos (cuerdas, etc...) Elementos de rescate (trípodes ) Reconocimientos médicos No es necesario reconocimiento médico específico, pero se recomienda reconocimiento médico anual. 5.7 Grupo 7: Trabajos con Riesgo Eléctrico Personal Autorizado Todos los trabajadores que realicen las actividades descritas para este colectivo, deberán tener la Autorización expresa de la empresa para realizar actividades como Trabajador Autorizado Formación e información Información; Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos específicos asociados al puesto de trabajo Formación: Comentarios sobre el Real Decreto 614/2001 Efectos de la corriente eléctrica sobre el cuerpo humano. Tipos de contactos. Receptores fijos y móviles. Sala de fuerza, conexiones. Equipos de transformación y baterías, emplazamientos. Centros de transformación- Trabajos en proximidad Tomas de tierra, definición, tipos, condiciones y revisiones. Las 5 reglas de oro Real Decreto 485/1997 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

15 Primeros auxilios en accidentes eléctricos. Real Decreto 1215/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Real Decreto 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Carga horaria recomendada, primer curso: 3 horas Periodicidad del reciclaje: Cada 10 años Carga horaria recomendada, curso de reciclaje: 3 horas Equipo de protección individual: Se establecen en función de sí la Actividad se realiza en alta o baja tensión, por lo que se detallan después de la formación del personal cualificado Personal Cualificado Todos los trabajadores expuestos a trabajos en tensión deberán haber recibido una formación suficiente y adecuada en riesgo eléctrico que les de la capacitación de Personal Cualificado en Riesgo eléctrico. Formación e información Información Formación: Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos específicos asociados al puesto de trabajo Será necesaria una formación académica teórico-práctica suficiente y adecuada, o una experiencia superior a 2 años en las actividades y operaciones a realizar que capaciten al trabajador como personal cualificado en Riesgos eléctrico, según se establece en el R.D 614/2001. Equipo de protección individual: Baja tensión Calzado de seguridad, EN 345 Guantes Cat. II de resistencia mecánica EN 388 (aislamiento hasta 1000v) Gafas de protección EN 166 Casco de seguridad EN 397 Con aislamiento eléctrico / Para trabajar en CT s con barbuquejo y sin visera Chaleco reflectante EN 471 Alta tensión Guantes aislantes cat. II resistencia mecánica EN 388 Guantes cat. III de material aislante para trabajos eléctricos EN (clase según tensión de trabajo) Calzado de seguridad dieléctrico EN 345 Casco de seguridad EN 347 / Con aislamiento eléctrico * en el caso de CT el casco será con barbuquejo Gafas de protección EN 166 Pantalla Facial EN 166(con protección contra arco eléctrico de cortocircuito)

16 Chaleco reflectante EN 471 Pértigas aislantes, Alfombrillas y otros dispositivos aislantes que se consideren necesarios (herramientas aislantes, puntas de prueba,..) Reconocimiento médico No es necesario reconocimiento médico específico, pero se recomienda reconocimiento médico bienal. 5.8 Grupo 8: Carga y descarga de materiales Formación e información Información: Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos específicos asociados al puesto de trabajo Formación: La formación será suficiente y adecuada según se establece en el RD 487/97 disposiciones mínimas de seguridad y salud en la manipulación manual de cargas. En aquellos casos en los que sea necesario el movimiento mecánico de materiales los trabajadores recibirán formación teórico práctica relativa al uso de las máquinas y medios auxiliares, conforme al RD 1215/97. Carga horaria recomendada, primer curso: 3 horas Periodicidad del reciclaje: cada 10 años Carga horaria recomendada, curso de reciclaje: 3 horas Equipo de Protección Individual Calzado de seguridad EN 345 Guantes Cat. II resistencia mecánica EN 388 Casco de seguridad EN 397 Chaleco reflectante EN 471 Reconocimientos médicos No es necesario reconocimiento médico específico, pero se recomienda reconocimiento médico específico de movimiento manual de materiales bienal. 5.9 Grupo 9: Recurso Preventivo Información Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos específicos asociados al puesto de trabajo Formación Las personas que actúen como recurso preventivo deberán tener una formación de 50 horas en materia de prevención de riesgos Laborales, logrando la acreditación como Técnico básico de prevención de riesgos laborales, RD 39/97. (Ver instrucción Recurso Preventivo)

17 5.10 Grupo 10: Trabajos de construcción - Obra Civil Formación e información Información: Cada trabajador habrá recibido la información de los riesgos asociados al puesto de trabajo. Formación: La formación en construcción está regulada en el ACUERDO ESTATAL DEL SECTOR DE METAL (Resolución de 3 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo). Se definen los siguientes ciclos: O Primer ciclo de formación: Nivel inicial (8h) O Segundo Ciclo de Formación: Directivos de las empresas (10h) Responsables y los Técnicos de ejecución de la actividad (20h) Mandos intermedios (20h) Delegados de prevención (50h) Administrativos (20h) Actividades del Sector del Metal en obras de construcción (20h) Nivel básico de prevención de las actividades del metal en la construcción (60h) En el Anexo III de dicho acuerdo se detallan los contenidos formativos asociados a los diferentes ciclos. Periodicidad del reciclaje: No Aplica Equipo de Protección Individual Calzado de seguridad EN 345 Guantes Cat II resistencia mecánica EN 388 Casco de seguridad EN 397 Chaleco reflectante EN 471 Epi s opcionales: (según los riesgos existentes): O Gafas de protección contra la proyección de partículas EN 166 O Protector auditivo EN 352 (compatible con el uso de casco) Reconocimientos médicos Obligatorio reconocimiento médico general anual (convenio de la construcción) Grupo11: Trabajos de Oficina Formación e información Formación e información relativa a los riesgos asociados al uso de pantallas de visualización de Datos. GR11: trabajos oficina + viajes: información sanitaria (Ad-hoc) Equipos de protección Individual No es obligatorio el uso de ningún equipo de protección individual

18 Reconocimiento Médico Se recomienda reconocimiento médico con protocolo de PVD s. GR11: trabajos oficina + viajes: se recomienda reconocimiento médico con protocolo de PVD s y viajes 5.12 Grupo 12: Actividades Sanitarias / Trabajos con Riesgos Biológicos Formación e Información Cada trabajador deberá recibir la información de los riesgos asociados al puesto de trabajo. Equipo de Protección Individual Guantes de exploración y/o estériles según Norma UNE-EN y Norma UNE EN Ropa de protección según Norma UNE-EN 340. Protección ocular (gafas, viseras, pantallas) según Norma EN 166. Guantes de protección contra riesgos térmicos Grupo II. Reconocimientos Médicos Reconocimiento médico trienal obligatorio bajo protocolo Agentes Biológicos

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