PLAN DE MEJORA URBANA DE ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA DE LA AMPLIACIÓN DEL HOTEL SUNRISE LLORET DE MAR PLAN DE MEJORA URBANA PARA LA ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PLAN DE MEJORA URBANA DE ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA DE LA AMPLIACIÓN DEL HOTEL SUNRISE LLORET DE MAR PLAN DE MEJORA URBANA PARA LA ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA"

Transcripción

1 PLAN DE MEJORA URBANA DE ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA DE LA AMPLIACIÓN DEL HOTEL SUNRISE LLORET DE MAR PLAN DE MEJORA URBANA PARA LA ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA DE LA AMPLIACIÓN DE EDIFICIO HOTELERO SITO EN C./ SÈNIA DEL BARRAL, 46, DE

2 PLAN DE MEJORA URBANA DE ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA DE LA AMPLIACIÓN DEL HOTEL SUNRISE EN ÍNDICE DOCUMENTACIÓN ESCRITA A. MEMORIA A 01. Promotor y propietario. A 02. Ámbito de planeamiento. A 03. Antecedentes. Planeamiento vigente. Parámetros de aplicación. A 04. Estado actual. A 05. Descripción y justificación de la propuesta en función de los objetivos. A 06. Relación de superficies. A 07. Cálculo de edificabilidades. B. NORMATIVA URBANÍSTICA Art. 1 Objeto y ámbito territorial Art. 2 Marco Legal Art. 3 Contenido documental Art. 4 Vinculación normativa Art. 5 Calificación del suelo Art. 6 Interpretación Art. 7 Determinaciones urbanísticas que se contemplan para lograr los objetivos. Condiciones urbanísticas. Art. 8 Integración paisajística C. GESTIÓN D. EVALUACIÓN ECONÓMICA E. PLAN DE ETAPAS F. JUSTIFICACIÓN INFORME MEDIAMBIENTAL G. MOVILIDAD SOSTENIBLE

3 DOCUMENTACIÓN GRÁFICA PLANOS INFORMATIVOS I01 SITUACIÓN - EMPLAZAMIENTO 1/2000 I02 PLANEAMIENTO VIGENTE 1/7500 I03 PLANEAMIENTO VIGENTE. DETALLE 0 I04 PL. TOPOGRÁFICO 1/200 I05 EDIFICABILIDAD INICIAL 1/400 I06 I07 I08 I09 I10 FACHADA NOROESTE ESTADO ACTUAL EDIFICIO B. C/ Sènia del Barral FACHADA NORESTE ESTADO ACTUAL EDIFICIO A y B. C/ Migdia C/ Sènia del Barral FACHADA ZONA PISCINA ESTADO ACTUAL EDIFICIO A FACHADA ZONA PISCINA ESTADO ACTUAL EDIFICIO B FACHADA SURESTE ESTADO ACTUAL EDIFICIO B PLANOS ORDENACIÓN O01 ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA PL. SÓTANO -2 y PL. SÓTANO -1 O02 ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA PL. BAJA y PL. PISO O03 PERFILES 1 a 15 EDIFICIOS C y D 1/400 1/400 1/200 O04 PERFILES 16 a 35 1/200 EDIFICIO C O05 PERFILES VESTÍBULO PLANTA BAJA 1/200 O06 FACHADA NOROESTE PROPUESTA EDIFICIO B. C/ Sènia del Barral O07 FACHADA NORESTE PROPUESTA EDIFICIO A y B. C/ Migdia C/ Sènia del Barral O08 FACHADA ZONA PISCINA PROPUESTA EDIFICIO A O09 FACHADA ZONA PISCINA PROPUESTA EDIFICIO B O10 FACHADA SURESTE ESTADO PROPUESTA EDIFICIO B O11 FACHADA SUR ESTADO PROPUESTA 1/200 EDIFICIOS C y D O12 SECCIÓN PROPUESTA EDIFICIO B O13 PLAN DE ETAPAS 1/500

4 A. MEMORIA A.01 Promotor y propietario. DOCUMENTACIÓN ESCRITA El promotor y propietario del presente Plan de Mejora Urbana de Ordenación Volumétrica es de titularidad privada y pertenece a un solo propietario, SUNRISE HOTELS S.L., con NIF número B , representado por el Sr. Manuel Hernández Sánchez, con NIF número M, en calidad de administrador. A 02. Ámbito de planeamiento El ámbito del Plan de Mejora Urbana comprende el solar situado en la C/ Sènia del Barral, 46, del suelo urbano de Lloret de Mar, donde se ubica actualmente el Hotel Sunrise. Este hotel se compone de dos edificios, el original de 7 plantas y la posterior ampliación de 5 plantas de altura. Este solar presenta una configuración poligonal irregular, una topografía abrupta y un pendiente de este a oeste que presenta un desnivel de unos 20 metros des de la cota más alta (la parte del acceso principal, des de la C/ Poeta Carner) a la más baja (el acceso des de la C/ Sènia del Barral). Este solar tiene una superficie total de 9.046,16 m². A 03. Antecedentes. Planeamiento vigente. Parámetros de aplicación. La ordenación urbanística del municipio se rige por el Plan de Ordenación Urbanística Municipal de Lloret de Mar, aprobado definitivamente por la Comissió Territorial d Urbanisme de Girona en data 21 de desembre de 2006 (DOGC 4994 de ). Como antecedente hace falta señalar que posteriormente el Ayuntamiento de Lloret de Mar promovió un expediente que contenía un conjunto de modificaciones y de corrección de errores de este POUM. Este expediente fue aprobado definitivamente por la Comissió Territorial d Urbanisme de Girona en sesión de fecha 17 de junio de 2009 (DOCG 5578 de ). Este POUM clasifica los terrenos afectados como suelo urbano, con la calificación urbanística de Zona Hotelera (clave 2.6), subzona 2.6.H.A., que es la que comprende un grupo de hoteles a los que, por sus características especiales, se les fija la edificabilidad individualmente. Concretamente, el artículo de la normativa prevé para el Hotel Ifa (actualmente llamado Hotel Sunrise) que puede aumentar el techo actual en un 10% para servicios y usos complementarios al hotel. Asimismo, en cumplimiento con el artículo 179. Subzona (2.6.H.x) (R Recurs Alçada 25/02/2010) (Mod 21/3/12), en su punto 1, indica que para todos los hoteles comprendidos dentro de la zona 2.6 H que el POUM permita ampliar su techo actual, será obligatorio con carácter vinculante y simultaneo la tramitación y actualización de la licencia ambiental de acuerdo con la ley de Intervención Ambiental (actividad). Además el apartado 2 del artículo 172 del POUM establece que para aquellas subzonas en que se prevea la posibilidad de incrementar el techo actual hotelero en un determinado porcentaje, la nueva edificación podrá agotar también este

5 incremento, siempre que se mantenga el uso hotelero y se tramite y apruebe un Plan especial que defina el resto de los parámetros de edificación, garantizando en todo caso la integración de la edificación en su entorno. Por otra parte, como antecedente, señalar que en sesión de fecha 5 de marzo de 2008 la Comissió Territorial d Urbanisme de Girona en relación con este apartado establece la interpretación que la figura de planeamiento derivado adecuada a las finalidades de lo que se propone es un Plan de Mejora Urbana de Ordenación Volumétrica, de acuerdo con lo que prevé el apartado 1.b) del artículo 68 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio (actualmente artículo 70 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto). Hace falta, también, tener en cuenta la normativa vigente del POUM referente a las plantas sótano: Artículo 79. Planta sótano 1. Es la planta o plantas situadas por debajo de aquella que tiene consideración de planta baja. 2. En todas las ordenaciones excepto en la alineación de vial, tendrá la consideración de planta sótano, referida a la cota del terreno, la que tenga el techo a menos de 1 metro por encima del nivel del suelo exterior definitivo sin tener nunca el aspecto de fachada aparente. La parte de planta semienterrada, el techo de la cual sobresalga más de 1 metro por encima de este nivel, tendrá, en toda esta parte, la consideración de planta baja. El acceso exterior a esta planta sótano tendrá un máximo de 5 metros de ancho. 3. En las plantas con consideración de sótano, no se permite el uso de vivienda ni la ubicación de habitaciones de uso residencial u hospitalario. 4. Los sótanos por debajo del primero sólo podrán destinarse a aparcamiento, instalaciones técnicas del edificio, cámaras acorazadas y similares. 5. Sólo se permitirá la construcción de plantas sótano, cuando estas puedan desaguar al alcantarillado público, aunque sea por medios mecánicos. 6. La altura libre mínima de las plantas sótano es de 2,50 m, excepto para las edificaciones existentes anteriores a la aprobación inicial del POUM, para las que se admitirá una altura libre mínima de 2,20 m. 7. La planta sótano primera no cuenta a efectos de edificabilidad y, en lo que respecta a su uso, se establece: 7.1 Su uso diferente al de aparcamiento exige un Plan especial y supone una transformación urbanística, a los efectos de aquello que dispone el artículo 68.2.a del Texto refundido de la Ley de urbanismo. En lo respecto a los sectores de suelo urbanizable que han de ser desarrollados por el planeamiento derivado, de acuerdo con el POUM, se aplicará aquello que disponga el Plan parcial. En las claves 2.4 y 2.6, únicamente será susceptible de transformación la superficie resultante de la proyección del sobre rasante. 7.2 En los casos de uso hotelero, sanitario y educativo, se podrán autorizar en el primer sótano otros usos vinculados al uso principal y que no generen una nueva actividad, a efectos de licencia ambiental, excepto del de habitaciones, sin que sea preceptivo la exigencia de un Plan especial y sin prejuicio del cumplimiento de las normativas de prevención de incendios y de intervención ambiental. 8. A los efectos de lo establecido en el artículo 132 de estas normas, sobre dotación mínima de aparcamientos, el uso urbanístico de la planta sótano diferente a la de aparcamiento cuenta a efectos de edificabilidad para el cálculo de las plazas de aparcamiento. 9. En las edificaciones plurifamiliares, cuando la planta baja se destine a vivienda, esta planta baja no podrá tener conexión directa con la planta sótano.

6 Parámetros urbanísticos de aplicación: Normativa urbanística aplicable POUM de Lloret de Mar Clave Zona Hotelera, Clave 2.6 Subzona 2.6.H.A. Superficie parcela 9.046,16 m² Edificabilidad existente * ,08 m² Art. 179 Edificabilidad ampliable permitida: 10% 1.067,11 m² Altura reguladora máxima Edificio A 21,90 m (PB + 6PP) Altura reguladora máxima Edificio B 15,80 m (PB + 5PP) Usos permitidos Hotelero Usos complementarios Servicios y usos complementarios al hotel Usos permitidos en ampliación Servicios y usos complementarios al hotel A 04. Estado actual. El hotel se compone de dos edificios construidos en varias etapas temporales. Un edificio original o principal al que denominaremos Edificio A y otro objeto de una posterior ampliación al que denominaremos Edificio B. El Edificio A se distribuye en altura en planta baja más 6 plantas piso y el Edificio B en planta baja más 4 plantas piso. Se accede a la zona de aparcamiento desde la C/ Poeta Carner donde se ubica el acceso principal a nivel de la tercera planta (+70.60) del Edificio A encontrándose la recepción en la planta primera (+63.32). Ambos edificios quedan comunicados a nivel de la planta tercera (+58.61) del Edificio A y de la planta cuarta (+61.61) del Edificio B. Exteriormente, el edificio hotelero dispone de varias áreas de estar (jardines, zonas de juegos, piscina y piscina infantil) o terrazas a distinto nivel comunicadas mediante escaleras. Desde la C/ Sènia del Barral y a través de una escalera y una vía exterior se accede directamente a la zona del bar (+58.77) y a la zona de la piscina (+58,52). Desde la zona de la piscina se accede a dos niveles superiores, el primero donde se ubica la piscina infantil (+60,15) y el segundo desde el que se realiza el acceso directo a la recepción (+63,32). Características del terreno: La parcela tiene forma poligonal irregular y presenta una topografía abrupta con una marcada pendiente de este a oeste, desde el Turó de l Estelet al frente de la c/ Sènia del Barral. Presenta un desnivel de aproximadamente unos 20 metros desde la cota más alta a +72,38 m, en la zona del aparcamiento y acceso principal, a la cota más baja a + 49,70 m, acceso desde la c/ Sènia del Barral. La superficie total de la parcela es de 9.046,16 m².

7 A 05. Descripción y justificación de la propuesta en función de los objetivos. El Plan de mejora urbana tiene por objeto determinar la ordenación volumétrica resultante en esta finca, acogiéndose a las posibilidades de ampliación que prevé el apartado 2 del artículo 179 de la normativa del POUM vigente, que permite aumentar el techo actual en un 10% para servicios y usos complementarios al hotel. Así, se prevén las siguientes actuaciones: Reforma y ampliación de la edificación existente: La construcción de un nuevo vestíbulo de acceso al hotel, en la intersección de los dos edificios actuales del hotel, denominados Edificio A y Edificio B, y con acceso directo desde la C/ Sènia del Barral. Dada la orografía del terreno, parte del vestíbulo no computa a efectos de edificabilidad por considerarse a tales efectos planta sótano. Dicha justificación queda definida en el plano de ordenación O05. Parte de la planta baja existente se reformará para ubicar los aseos para huéspedes y el maletero. Asimismo, se prolongará la escalera existente en el Edificio B dotando a éste con una salida de emergencia directamente a la C/ Sènia del Barral. La construcción de un núcleo de comunicación vertical, situado al lado del nuevo vestíbulo, y formado por una escalera de 1,40 m de ancho y dos ascensores panorámicos con capacidad para ocho personas que, desde el vestíbulo, dan acceso a las plantas superiores. Las actuaciones que tienen consideración de reforma por realizarse dentro de las edificaciones existentes Edificio A y Edificio B, son las siguientes: - En planta primera: Parte del núcleo de comunicaciones. - En planta segunda: La escalera se encuentra parcialmente en una zona reformada. - En planta tercera y cuarta: Prácticamente la totalidad de la actuación es reforma. Las tienen consideración de ampliación son: - En planta primera: Parte del núcleo de comunicaciones. - En planta segunda: Parte de la escalera, los ascensores, el vestíbulo de independencia y un salón que comunica ambos edificios. - En planta tercera y cuarta: Caja de ascensores que sobresale del plano de fachada actual. - En planta quinta hasta planta novena: Toda la actuación es ampliación, tanto la escalera y los ascensores como el vestíbulo de independencia. - En entreplanta quinta: La rampa de acceso al comedor. Construcción de una planta ático sobre el Edificio B que confronta a la C/ Sènia del Barral, retirada 3 metros de la línea oficial de calle, destinada a sala y lavabos para los clientes del hotel. El badalot de escalera se incorpora a la actuación como superficie reformada. Nuevas edificaciones: Un edificio aislado de tres plantas, denominado Edificio C y situado en el jardín posterior de la finca. De estas tres plantas, se prevén dos enterradas (la planta -2,

8 en las cotas +52,25 y +53,25, para instalaciones técnicas del complejo hotelero, y la planta -1, en las cotas +55,30 y +56,30, se destinará a una sala de usos múltiples: convenciones, reuniones, etc.) y la planta sobre rasante, situada a la cota +60,00, formada por la escalera de salida a la terraza exterior y que comunica con las dos plantas inferiores. Un edificio aislado de dos plantas, denominado Edificio D, y situado en el área del aparcamiento actual. Estas dos plantas están enterradas: la planta -2, cota +63,40, se destinará a aparcamiento para los clientes, y la planta -1, cota +66,50, a comedor. La singularidad de la implantación de las edificaciones C y D sobre los terrenos con mayor pendiente de la parcela supone que la parte frontal de las plantas sótano tengan consideración de planta baja. Estas zonas en planta baja, cuya justificación queda definida en los planos de ordenación O03 y O04, computan a efectos de edificabilidad. A 06. Relación de superficies. Superficies estado actual: Superficies construidas ACTUALES por planta: EDIFICIOS A y B Planta Superficies construidas (m²) Planta Baja 640,00 Planta Primera 700,02 Planta Segunda 515,44 Planta Tercera 1.411,67 Planta Cuarta 1.868,07 Planta Quinta 1.292,21 Planta Sexta 1.135,19 Planta Séptima 1.036,16 Planta Octava 1.036,16 Planta Novena 1.036,16 Total Superficie construida ACTUAL ,08 m² Superficies actuación (reforma y ampliación): Superficies construidas AMPLIADAS y REFORMADAS de la edificación existente: EDIFICIOS A y B Planta Sup. Ampliada (m²) Sup. Reformada (m²) Sup. Total (m²) Planta Baja 174,31* 167,80 342,11 Planta Primera 7,25 28,70 35,95 Planta Segunda 7,25 103,75 111,00 Planta Tercera 7,25 31,69 38,94 Planta Cuarta 2,87 31,69 38,94 Planta Quinta 455,61 11,92 455,61

9 Entreplanta Quinta 82,41 44,33 126,74 Planta Sexta 27,86 7,22 35,08 Planta Séptima 27,86 7,22 35,08 Planta Octava 27,86 7,22 35,08 Planta Novena 27,86 7,22 35,08 TOTAL 848,39 m² 448,76 m² 1.297,15 m² * Parte de esta superficie a efectos de edificabilidad se considera planta sótano según se muestra en los planos de ordenación O01 y O02. Superficies construidas AMPLIADAS nuevas edificaciones: EDIFICIO C Planta Sup. Ampliada (m²) Sup. Reformada (m²) Sup. Total (m²) Sótano -2 * 876,98 876,98 Sótano -1 (bajo terraza)* 876,98 876,98 Terraza 22,20 22, ,16 m² 1.776,16 m² EDIFICIO D Planta Sup. Ampliada (m²) Sup. Reformada (m²) Sup. Total (m²) Sótano -2 (Aparcamiento)* 1.375, ,70 Sótano -1 (Comedor)* 1.223, , ,50 m² 2.599,50 m² TOTAL 5.224,05 m² 448,76 m² 5.672,81 m² *a efectos de edificabilidad las superficies en planta sótano no son computables

10 A 07. Cálculo de edificabilidades Según se desprende del cálculo del techo construido que se detalla en el punto A 06 de la memoria, actualmente el conjunto edificado del hotel totaliza una superficie construida de , 08 m². En consecuencia, las superficies ampliadas previstas y computables a los efectos de edificabilidad son los siguientes: EDIFICIOS A y B Planta Superficie Ampliada (m²) Planta Baja 23,98 Planta Primera 7,25 Planta Segunda 7,25 Planta Tercera 7,25 Planta Cuarta 2,87 Planta Quinta 455,61 Entreplanta Quinta 82,41 Planta Sexta 27,86 Planta Séptima 27,86 Planta Octava 27,86 Planta Novena 27,86 698,06 m² EDIFICIO C Planta Superficie Ampliada (m²) Planta Baja (bajo terraza)** 186,40 Planta Baja (terraza) 22,20 208,60 m² EDIFICIO D Planta Superficie Ampliada (m²) Planta Baja (Aparcamiento)** 46,13 Planta Baja ( Comedor)** 64,73 110,86 m² TOTAL 1.017,52 m² **se computan las superficies situadas a más de 1,50m de la cota natural del terreno Justificación de las superficies ampliadas: Total superficie construida Actual ,08 m² Art. 179 Superficie de ampliación permitida 1.067,10 m² (10% Sup. Total construida actual según P.O.U.M.) Total superficie AMPLIADA (9,53%) 1.017,52 m² Sup. Ampliación permitida >Total sup. Ampliada computable 1.067,10 m² >1.017,52 m²

11 B. NORMATIVA URBANÍSTICA B.1 DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL Art. 1 Objeto y ámbito territorial. 1.- Constituye el objeto de este Plan de Mejora Urbana la ordenación de los volúmenes resultantes de la ampliación del Hotel Sunrise, acogiéndose a las posibilidades de ampliación que prevé en esta finca el POUM vigente. 2.- La presente normativa es de aplicación al suelo correspondiente al ámbito del presente Plan de Mejora Urbana. Este ámbito comprende el solar situado en la C/ Sènia del Barral, 46, del suelo urbano de Lloret de Mar, donde se ubica actualmente el Hotel Sunrise. Este hotel se compone de dos edificios, el original de 7 plantas y la posterior ampliación de 5 plantas de altura. Este solar presenta una configuración poligonal irregular, una topografía abrupta y un pendiente de este a oeste que presenta un desnivel de unos 20 metros desde la cota más alta (la parte del acceso principal, des de la C/ Poeta Carner) a la más baja (el acceso des de la C/ Sènia del Barral). Este solar tiene una superficie total de 9.046,16 m². Art. 2 Marco Legal 1. El Plan de Mejora Urbana para la Ordenación Volumética de edificio residencial público Hotel Sunrise, se ha redactado de acuerdo con el ordenamiento vigente en Cataluña en materia urbanística, más concretamente por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo y por Llei 3/2012, de modificació del text refós de la llei d urbanisme, aprobado por el DL1/2010, de 3 de agosto (en adelante, TRLU), y el Decreto 305/2006, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Urbanismo. 2. Las referencias a las Normas Urbanísticas del POUM lo son al POUM de Lloret de Mar, aprobada definitivamente el 21 de diciembre de 2006 por la Comissió Territorial d Urbanisme de Girona, y en lo referente a las modificaciones y corrección de errores de este POUM aprobado definitivamente por la Comissió Territorial d Urbanisme de Girona en sesión de fecha 17 de junio de 2009 (DOCG 5578 de ). Art. 3 Contenido Documental El contenido de este Plan de Mejora Urbana de Ordenación Volumétrica se ajusta a aquello dispuesto en el art. 70 Planes de Mejora Urbana del TRLU ( Text Refós de la Llei d Urbanisme ), y consta de la documentación siguiente: DOCUMENTACIÓN ESCRITA A. Memoria B. Normativa urbanística C. Gestión D. Evaluación económica E. Plan de etapas F. Justificación informe medioambiental G. Movilidad sostenible

12 DOCUMENTACIÓN GRÁFICA Planos informativos I01 SITUACIÓN EMPLAZAMIENTO I02 PLANEAMEINTO VIGENTE I03 PLANEAMIENTO VIGENTE. DETALLE I04 PL. TOPOGRÁFICO I05 EDIFICABILIDAD INICIAL I06 FACHADA NOROESTE ESTADO ACTUAL. EDIFICIO B. C/ Sènia del Barral I07 FACHADA NORESTE ESTADO ACTUAL. EDIFICIO A y B. C/ Migdia C/ Sènia del Barral I08 FACHADA ZONA PISCINA ESTADO ACTUAL. EDIFICIO A I09 FACHADA ZONA PISCINA ESTADO ACTUAL. EDIFICIO B I10 FACHADA SURESTE ESTADO ACTUAL. EDIFICIO B Planos ordenación O01 ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA. PL. SÓTANO -2 y PL. SÓTANO -1 O02 ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA. PL. BAJA y PL. PISO O03 PERFILES 1 a 15. EDIFICIOS C y D O04 PERFILES 16 a 35. EDIFICIO C O05 PERFILES VESTÍBULO PLANTA BAJA O06 FACHADA NOROESTE PROPUESTA. EDIFICIO B. C/ Sènia del Barral O07 FACHADA NORESTE PROPUESTA. EDIFICIO A y B. C/ Migdia C/ Sènia del Barral O08 FACHADA ZONA PISCINA PROPUESTA. EDIFICIO A O09 FACHADA ZONA PISCINA PROPUESTA. EDIFICIO B O10 FACHADA SURESTE PROPUESTA. EDIFICIO B O11 FACHADA SUR ESTADO PROPUESTA. EDIFICIOS C y D O12 SECCIÓN PROPUESTA. EDIFICIO B O13 PLAN DE ETAPAS Art. 4 Vinculación normativa Tienen carácter normativo: La normativa. Todos los planos de ordenación. Art. 5 Calificación del suelo El P.M.U. define la calificación del suelo como Zona Hotelera Clave 2.6, Subzona 2.6.H.A. de uso exclusivamente hotelero, de acuerdo con la actual normativa hotelera. Art. 6 Interpretación 1. Se aplican las reglas de interpretación del artículo 10 del TRLU. En la interpretación de las determinaciones que se expresan gráficamente en los planos de ordenación, tendrá preferencia aquellos en que la definición de las determinaciones sea más concreta (planos a escala más grande).

13 2. Si se produce contradicción entre diversas determinaciones, la interpretación se hará en coherencia con los objetivos y planteamientos que hayan estado explicitados. Art. 7 Determinaciones urbanísticas que se contemplan para lograr los objetivos. Condiciones urbanísticas. Los parámetros urbanísticos vienen fijados por el POUM de Lloret de Mar y además de los parámetros generales de la Zona Hotelera 2.6, Subzona 2.6.H.A. se particularizan las siguientes condiciones urbanísticas: - Ocupación sobre rasante: se fija una ocupación máxima, resultante de la ordenación volumétrica propuesta en el PMU de 4.316,53 m² (47,71 % del ámbito). La ocupación se mide por la proyección ortogonal sobre un plano horizontal de todo el volumen de la edificación incluidos los cuerpos volados, quedando excluidos los aleros máximos permitidos por la normativa específica de la zona hotelera Altura reguladora máxima: se establece una altura reguladora máxima (ARM) de 15,80 m (PB + 4PP) para el Edificio B y una ARM de 21,90 m (PB + 6PP). - Se permite sobre el Edificio B, una planta ático, sobre la altura reguladora máxima, retirada 3 metros del plano de fachada a calle o espacio público. (Art. 81. Planta ático (POUM)) - Según lo establecido en los puntos anteriores se establece un número máximo de plantas en el Edificio B de PB + 4PP +Ático. Plano de ordenación O12. - Sobre el forjado de la planta ático ampliada sobre el Edificio A y B, no se admite ningún elemento, ni de obra, ni técnico, más que los propios de impermeabilización de cubierta. - Alturas libres mínimas por planta (Art. 84 POUM): La altura libre mínima de la planta baja será de 2,80 m. La altura mínima de la planta ático será de 2,70 m entre pavimento y forjado de techo. La altura mínima de la planta sótano destinada a aparcamiento podrá ser de 2,50 m. - Se consideran plantas sótano aquellas que se sitúan enterradas o semienterradas bajo la cota de rasante. En las plantas con consideración de sótano no se permiten la ubicación de habitaciones de uso residencial. En la planta del primer sótano se permiten usos vinculados al uso principal. En los sótanos por debajo del primero no podrá destinarse a actividades diferentes a las de aparcamiento de vehículos, almacén o instalaciones técnicas del edificio. La altura libre mínima de las plantas sótano será de 2,50 m. - Para la implantación de las nuevas edificaciones, Edificio C y D, se tiene en cuenta lo expuesto en el art. 102 (POUM) sobre desmontes y terraplenes en el que se permite un desmonte máximo de 1,80 m y un terraplenado máximo de

14 1,50 m. Los muros de contención de tierras no podrán pasar la altura de 1,50 m por encima ni 1,80 por debajo de la cota natural del terreno. Se permite un antepecho o barandilla calada de hasta 0,90 m de altura por encima de los muros de contención. - En los Edificios C y D la planta baja será aquella que tiene el pavimento situado entre 1,80 m por debajo y 1,50 m por encima de la cota natural del terreno en cualquiera de sus puntos. Justificación de planta baja que se grafía en los planos de ordenación O04 y O05. - Techo edificable: se fija un techo máximo de ,15 m² sobre rasante, según establece el art (POUM) que prevé un aumento del techo actual en un 10% para servicios y usos complementarios del hotel. - Los perímetros reguladores, la ordenación volumétrica y el perfil regulador donde se han de inscribir las actuaciones objeto de este Plan de mejora urbana vienen definidos en los planos de ordenación O01, O02, O03, O04 y O05. Art. 8 Integración paisajística El POUM establece en su artículo de la normativa que se ha de garantizar, en todo caso, la integración de la edificación en su entorno. Atendiendo a la singularidad de la implantación de las edificaciones C y D con efectos sobre los terrenos con mayor pendiente de la parcela, la propuesta de introducir un seguido de plantas sótano que en la parte frontal son visibles y tienen la consideración de planta baja, supone generar una fachada de nueva creación en estos terrenos de fuerte pendiente hasta ahora no transformados, se prestará especial atención en el tratamiento estético (materiales, colores, etc.) que faciliten la integración paisajística del conjunto edificado resultante de las actuaciones prevista. Por todo ello y con el objeto de que no se produzca un impacto ambiental que desarmonice el paisaje los materiales a emplear en serán: - Vidrio en ventanas y barandillas de terrazas. - Carpintería de aluminio o PVC de color marrón oscuro. - Aplacado de piedra o mortero monocapa, ambos de color marrón oscuro, en las partes opacas (cantos de forjado y paramentos verticales). Con tal de minimizar el impacto paisajístico, la fachada de la planta sótano -1 (bajo terraza) del Edificio C, presenta una visión únicamente de la estructura (pilares), es decir que el hueco entre pilares no será de material opaco. Asimismo, se le dará tratamiento vegetal a los muros de contención que superen una altura de 2 metros. En la parte de los terrenos en que no se edifique se plantará de nuevo vegetación (árboles, plantas, palmeras.).

15 C. GESTIÓN El ámbito del presente Plan de Mejora Urbana de Ordenación Volumétrica afecta a una parcela de una única propiedad, no existen cesiones ni urbanizaciones viarias, no es necesario delimitar ningún polígono de actuación. D. EVALUACIÓN ECONÓMICA La evaluación económica del Plan contempla las obras de reforma y ampliación del edificio existente y de nueva edificación que, en síntesis, son los siguientes: Edificio A-B - La construcción de un nuevo vestíbulo de acceso al hotel. - La construcción de un núcleo vertical de comunicación. - Construcción de una planta ático como sala polivalente. Edificio C - Construcción de edificio de 2 planta bajo rasante y de dos terrazas anexas a las actuales en el jardín. Edificio D - Construcción de edificio de 2 plantas bajo rasante para aparcamiento y comedor. Los costes de construcción se determinarán en los correspondientes proyectos de reforma y ampliación de los Edificios A y B y edificación de las nuevas edificaciones, Edificio C y D, de todos modos el Plan de Mejora Urbana incorpora una valoración aproximada de presupuesto de ejecución material. El presupuesto de las obras a realizar, dentro del ámbito de actuación del presente Plan Mejora Urbana de Ordenación Volumétrica de la ampliación del Hotel Sunrise es de: Edificio A-B: un millón trescientos cincuenta y seis mil setecientos setenta y un euros con noventa y un céntimos ( ,91 ) Edificio C: un millón setenta y cinco mil noventa y tres euros con cuarenta y un céntimos ( ,41 ) Edificio D: un millón trescientos diecisiete mil cuatrocientos noventa y un euros con sesenta céntimos ( ,60 ) E. PLAN DE ETAPAS Se prevé la ejecución de las actuaciones previstas dentro del ámbito del Plan de Mejora Urbana de Ordenación Volumétrica en tres etapas, que son: ETAPA 1 (iniciada el 7 de enero de 2011) Con una duración de 1 año, corresponden a las obras de reforma y ampliación del edificio existente y de nueva edificación que son: - La construcción de un nuevo vestíbulo de acceso al hotel. - La construcción de un núcleo vertical de comunicación (escalera, ascensores panorámicos y vestíbulos de independencia).

16 - La construcción de parte del Edificio C : terrazas y la planta sótano -1 (bajo terraza). ETAPA 2 Con una duración de 1 año, corresponden a las obras de reforma y ampliación del edificio existente y de nueva edificación que son: - Construcción de una planta ático como sala polivalente en el Edificio B. - Construcción de la planta sótano -2 (bajo terraza) y la escalera que comunica la terraza con las plantas inferiores en el Edificio C. ETAPA 3 Con una duración de 1 año, corresponden a las obras de nueva edificación del Edificio D consistentes en la construcción de edifico de 2 plantas bajo rasante para uso aparcamiento (sótano -2) y comedor (sótano -1). F. JUSTIFICACIÓN INFORME MEDIAMBIENTAL Según se extrae del artículo 66 Documentación de los planes parciales urbanísticos, del DL 1/2010 Texto Refundido de la Ley de Urbanismo, de aplicación también para los Planes de Mejora Urbana según el artículo 70, en su letra i) del punto 1 dicta lo siguiente: Artículo 66 Documentación de los planes parciales urbanísticos 1. Los planes parciales se componen, formalmente, de los documentos siguientes: i) La documentación medioambiental pertinente y, como mínimo, el informe medioambiental. Asimismo, en cumplimiento con el artículo 179. Subzona (2.6.H.x) (R Recurs Alçada 25/02/2010) (Mod 21/3/12), en su punto 1, indica que para todos los hoteles comprendidos dentro de la zona 2.6 H que el POUM permita ampliar su techo actual, será obligatorio con carácter vinculante y simultaneo la tramitación y actualización de la licencia ambiental de acuerdo con la ley de Intervención Ambiental (actividad). Dadas las características que tiene el presente Plan de mejora urbana y por la poca entidad del mismo, se podría constatar, sin necesidad de estudios u otros trabajos adicionales, que no genera cambios significativos en las condiciones medioambientales. A estos efectos, según artículo 8, en su punto 2, e la Ley 6/2009 de evaluación ambiental de planes y programas, el promotor presentaría una solicitud al órgano ambiental, con tal de que éste, por medio de una resolución motivada, declare la no-sujeción del plan a evaluación ambiental. El termino para adoptar y notificar la resolución es de un mes desde la presentación de la solicitud. En el caso de que el órgano ambiental no dicte la resolución de declaración de no-sujeción en dicho plazo, la solicitud se entiende que está desestimada.

17 G. MOVILIDAD SOSTENIBLE La propuesta del Plan tiene poca incidencia en la movilidad generada, teniendo en cuenta que tiene como objeto la ordenación de los volúmenes resultantes de la ampliación del Hotel Sunrise para servicios y usos complementarios al hotel. No hay aumento en el número de habitaciones y por tanto tampoco en la ocupación. No se actúa sobre ningún sistema viario, sólo en zona de suelo de aprovechamiento privado. Se trata de un edificio residencial público, hotel, que no sobrepasa las dimensiones requeridas, según implantación singular, para que se tenga que hacer un estudio de la movilidad generada, según consta en el Decret 344/2006, de 19 de septiembre, de regulació dels estudis d avaluació de la mobilitat generada. El decreto establece que se ha de incorporar estudio de evaluación de la movilidad generada, según lo expuesto en su artículo 2 punto 3.4 sección g, en implantaciones singulares que puedan generar de forma recurrente un nombre de viajes al día superior a En el caso que nos ocupa no sobrepasamos este dato. El hotel se encuentra en un área urbana consolidada con servicios de transporte público al alcance. El acceso a la planta sótano -2, ubicada en el Edificio D, destinado a aparcamiento, tendrá un máximo de 5 metros de ancho. En la propuesta de edificación, se prevé un número de plazas de aparcamiento que ha de satisfacer como mínimo una plaza de aparcamiento por cada tres habitaciones, sean dobles o sencillas, según dicta el artículo 132 Regulación de la dotación mínima de aparcamientos según los usos (Mod. 2/3/2010) para uso hotelero. ANTONIO L. VIMA MORENO ARQUITECTO Barcelona, junio de 2012

PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA EN EDIFICIO HOTELERO

PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA EN EDIFICIO HOTELERO PLAN ESPECIAL DE MEJORA URBANA EN EDIFICIO HOTELERO PROMOTOR: SUNRISE HOTELS, S.L. EMPLAZAMIENTO: C/ Sènia del Barral nº46 17310 LLORET DE MAR (Girona) ANTONIO LUIS VIMA MORENO ARQUITECTO Rambla de Catalunya

Más detalles

MODIFICACIÓN Nº 1 DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN Y REFORMA INTERIOR DEL SECTOR CASA AMPARO-COSTANILLA DE SELLÁN (API-08-02)

MODIFICACIÓN Nº 1 DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN Y REFORMA INTERIOR DEL SECTOR CASA AMPARO-COSTANILLA DE SELLÁN (API-08-02) MODIFICACIÓN Nº 1 DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN Y REFORMA INTERIOR DEL SECTOR CASA AMPARO-COSTANILLA DE SELLÁN (API-08-02) MEMORIA y NORMATIVA DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL MARZO DE 2015 ÍNDICE 1.-

Más detalles

4. ORDENANZAS REGULADORAS DOCUMENTO DE REFUNDICION

4. ORDENANZAS REGULADORAS DOCUMENTO DE REFUNDICION 4. ORDENANZAS REGULADORAS DOCUMENTO DE REFUNDICION El contenido refundido de la Sección 14 correspondiente al Plan Parcial Las Moreras (Expte. 102/74), se completa con la incorporación de las ordenanzas

Más detalles

LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO ACTUAL - DELIMITACON A.E.Nº1 ORDENACIÓN VIGENTE ORDENACIÓN PROPUESTA MODIFICACION PUNTUAL

LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO ACTUAL - DELIMITACON A.E.Nº1 ORDENACIÓN VIGENTE ORDENACIÓN PROPUESTA MODIFICACION PUNTUAL PROYECTO: SITUACION: PROMOTOR: ARQUITECTO: MODIFICACION PUNTUAL: A.E. Nº 1 PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DE VIEIRO.- FONTIÑAS. SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA INMOBILIARIA OUTEIRO DE SAR OUDESA S.L.

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA ENERGIA SOLAR PARA PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE SANITARIA

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA ENERGIA SOLAR PARA PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE SANITARIA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA ENERGIA SOLAR PARA PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE SANITARIA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nuestro ordenamiento jurídico reconoce a los municipios competencias para aprobar ordenanzas

Más detalles

3. Otras disposiciones

3. Otras disposiciones 22 de marzo 2013 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 57 página 47 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente Resolución de 18 de marzo de 2013, de la Delegación

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ANTEPROYECTO DE LEY DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Una aspiración de los ciudadanos hoy en día es la de poder vivir en el campo y trabajar en la ciudad. La presente Ley de Viviendas

Más detalles

BOAM núm. 7.100 5 de febrero de 2014

BOAM núm. 7.100 5 de febrero de 2014 ANEXO Instrucción sobre la sistematización y racionalización de la normativa y de los criterios aplicables para la determinación del aforo 1. Ámbito de aplicación La presente Instrucción se aplica a los

Más detalles

PDAI Sector 3 industrial L Alqueria de la Comtessa Plan Parcial Sector (aprobación definitiva) NORMAS URBANÍSTICAS

PDAI Sector 3 industrial L Alqueria de la Comtessa Plan Parcial Sector (aprobación definitiva) NORMAS URBANÍSTICAS PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN INTEGRADA SECTOR 3 INDUSTRIAL L ALQUERIA. PLAN PARCIAL SECTOR 3 INDUSTRIAL L ALQUERIA. AGENTE URBANIZADOR: APLICACIÓN DE PROGRAMAS URBANÍSTICOS S.A. (APRUSA)

Más detalles

Título Séptimo. Régimen del suelo urbanizable

Título Séptimo. Régimen del suelo urbanizable Título Séptimo. Régimen del suelo urbanizable Capítulo primero. Suelo urbanizable programado Sección 1ª. CONDICIONES GENERALES Artículo 7.1.1. Definición Constituyen el suelo urbanizable programado aquellos

Más detalles

CAPÍTULO 10. NORMAS PARTICULARES PARA EL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO

CAPÍTULO 10. NORMAS PARTICULARES PARA EL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO CAPÍTULO 10. NORMAS PARTICULARES PARA EL SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO Artículo 10.1. Ámbito de aplicación 10.1.1. Delimitación Constituirán el Suelo Urbanizable Sectorizado los terrenos que el Plan General

Más detalles

Exposición de motivos.

Exposición de motivos. ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS ACTUACIONES TENDENTES AL CAMBIO DE USO DE LOCALES A VIVIENDA EN AMBITOS RESIDENCIALES CONSOLIDADOS DE SUELO URBANO. Exposición de motivos. Los poderes públicos tienen

Más detalles

JORNADA DE FORMACIÓN 13 DE JUNIO DE 2005 REV.01 FEBRERO 09. Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición

JORNADA DE FORMACIÓN 13 DE JUNIO DE 2005 REV.01 FEBRERO 09. Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición JORNADA DE FORMACIÓN 13 DE JUNIO DE 2005 REV.01 FEBRERO 09 TEMA SUPERFICIES Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición 1. Definiciones según Orden ECO Superficie útil: es la superficie

Más detalles

Texto Refundido 2 a Modificación del Plan Especial de Reforma Interior P.E.R.I.-4 "JOSÉ MARDONES" (antiguo polígono n011)

Texto Refundido 2 a Modificación del Plan Especial de Reforma Interior P.E.R.I.-4 JOSÉ MARDONES (antiguo polígono n011) Texto Refundido 2 a Modificación del Plan Especial de Reforma Interior P.E.R.I.-4 "JOSÉ MARDONES" (antiguo polígono n011) Febrero 2009 Arquitecto: Juan Barrera Portillo 2 a MODIFICACiÓN DEL PLAN ESPECIAL

Más detalles

3. DOCUMENTOS CON EFICACIA NORMATIVA.

3. DOCUMENTOS CON EFICACIA NORMATIVA. PLAN DE REFORMA INTERIOR PARA MODIFICAR LA ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE UNA PARCELA SITUADA EN LA ZONA 1 DEL CASCO URBANO DE TORREVIEJA (ALICANTE), CON OBJETO DE FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE UN HOTEL DE

Más detalles

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES.

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. artículo 204. 1. Constituyen el suelo no urbanizable del municipio de ASTILLERO los terrenos así clasificados por las presentes Normas, de acuerdo con el artículo 9

Más detalles

1 INFORMACIÓN URBANÍSTICA. 1.1 Introducción y antecedentes

1 INFORMACIÓN URBANÍSTICA. 1.1 Introducción y antecedentes 1 INFORMACIÓN URBANÍSTICA 1.1 Introducción y antecedentes El edificio del que es objeto este Estudio de Detalle está situado en un solar de proporciones rectangulares en la calle Lepanto nº 31 en el municipio

Más detalles

M.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT

M.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.- De conformidad con lo establecido en el Art. 101 y ss. De la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas

Más detalles

14. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

14. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. 1 14. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ARTÍCULO 1. Fundamento Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en el artículo 133.2 y 142 de la

Más detalles

MEMORIA VALORADA PARA LA REDACCION DEL PROYECTO PARA CREACION DE CENTRO DE RECEPCION Y EDUCACION DE VISITANTES DE LA SIERRA DE LAS VILLAS

MEMORIA VALORADA PARA LA REDACCION DEL PROYECTO PARA CREACION DE CENTRO DE RECEPCION Y EDUCACION DE VISITANTES DE LA SIERRA DE LAS VILLAS MEMORIA VALORADA PARA LA REDACCION DEL PROYECTO PARA CREACION DE CENTRO DE RECEPCION Y EDUCACION DE VISITANTES DE LA SIERRA DE LAS VILLAS 1. ANTECEDENTES ENCARGO Y PROMOTOR Se redacta la presente memoria

Más detalles

PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL CLUB RECREATIVO DEPORTIVO ASLAND

PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL CLUB RECREATIVO DEPORTIVO ASLAND PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL CLUB RECREATIVO DEPORTIVO ASLAND AVDA AGRUPACIÓN DE CÓRDOBA, S/N CÓRDOBA CLUB RECREATIVO DEPORTIVO ASLAND, S.A. OCTUBRE 2012 1 INDICE 1. Contenido y alcance del resumen

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE FINCA "LA MANUELA" PARA CENTRO DEPORTIVO 11/02/2015

ESTUDIO DE DETALLE FINCA LA MANUELA PARA CENTRO DEPORTIVO 11/02/2015 ESTUDIO DE DETALLE FINCA "LA MANUELA" PARA CENTRO DEPORTIVO 11/02/2015 ÍNDICE 1. MEMORIA...3 1.1. DEFINICIÓN Y OBJETO DEL TRABAJO...3 1.2. MARCO LEGAL...4 1.3. CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA DE ACTUACIÓN...5

Más detalles

c.a. provincia municipio mes año tipo número de orden DIRECCIÓN POSTAL MUNICIPIO A.2 CLASE DE PROMOTOR (señalar con una X lo que corresponda)

c.a. provincia municipio mes año tipo número de orden DIRECCIÓN POSTAL MUNICIPIO A.2 CLASE DE PROMOTOR (señalar con una X lo que corresponda) Mod. E.V.-1 Dirección General de Programación Económica y Presupuestaria Subdirección General de Estadística y Estudios ESTADÍSTICA DE EDIFICACIÓN Y VIVIENDA Este cuestionario está sometido al secreto

Más detalles

RESUMEN TELECOMUNICACIONES: INSTALACIÓN ANTENAS 3

RESUMEN TELECOMUNICACIONES: INSTALACIÓN ANTENAS 3 RESUMEN TELECOMUNICACIONES: INSTALACIÓN ANTENAS 3 Una asociación de empresas del sector de las telecomunicaciones reclama contra la Ordenanza reguladora de la solicitud, tramitación y control de la ejecución

Más detalles

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO A raíz del contenido de las consultas que en relación al Real Decreto 1000/2010, de 5

Más detalles

A continuación se establecen los criterios y ordenanzas que son de aplicación en el suelo urbano de la localidad de Padules.

A continuación se establecen los criterios y ordenanzas que son de aplicación en el suelo urbano de la localidad de Padules. AYUNTAMIENTO PADULES (ALMERÍA) Ayuntamiento de Padules 1.- ORDENANZAS REGULADORAS EN SUELO URBANO 1.1 AMBITO DE APLICACIÓN Las ordenanzas y criterios contenidos en el presente título II, son de aplicación

Más detalles

NORMAS URBANISTICAS Plan General de Ordenación de Avilés TITULO III TRAMITACIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS

NORMAS URBANISTICAS Plan General de Ordenación de Avilés TITULO III TRAMITACIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS TITULO III TRAMITACIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS Capítulo I Condiciones Comunes. 3.01. Actos sujetos a licencia 1. Estarán sujetos a previa licencia los actos de edificación y uso del suelo, del subsuelo

Más detalles

ANEXO NORMATIVA DE APLICACIÓN

ANEXO NORMATIVA DE APLICACIÓN ANEXO NORMATIVA DE APLICACIÓN Artículo 110 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León aprobada por Ley 5/1999, de 8 de abril (Boletín Oficial de Castilla y León de 15 de abril de 1999): modificado por la

Más detalles

MANUAL DE DETERMINACIÓN DE LAS RESERVAS PÚBLICAS DE SUELO

MANUAL DE DETERMINACIÓN DE LAS RESERVAS PÚBLICAS DE SUELO MANUAL DE DETERMINACIÓN DE LAS RESERVAS PÚBLICAS DE SUELO DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO GOBIERNO DE ARAGÓN TÍTULO: Manual de Reservas públicas de suelo. AUTOR: Servicio de Administración Urbanística de

Más detalles

APROBACIÓN PROVISIONAL TÍTULO V. INSTRUMENTOS DE POLÍTICA DE SUELO Y VIVIENDA

APROBACIÓN PROVISIONAL TÍTULO V. INSTRUMENTOS DE POLÍTICA DE SUELO Y VIVIENDA APROBACIÓN PROVISIONAL CAPÍTULO I. CAPÍTULO II. DISPOSICIONES GENERALES. DETERMINACIONES RELATIVAS A GARANTIZAR EL SUELO SUFICIENTE PARA VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL U OTROS REGÍMENES DE PROTECCIÓN

Más detalles

COMISIÓN REGIONAL PARA LA HABITABILIDAD Y ACCESIBILIDAD

COMISIÓN REGIONAL PARA LA HABITABILIDAD Y ACCESIBILIDAD COMISIÓN REGIONAL PARA LA HABITABILIDAD Y ACCESIBILIDAD Criterios para la aplicación de la normativa regional de accesibilidad tras la entrada en vigor del CTE DB SUA y del documento técnico de condiciones

Más detalles

1. Las determinaciones de esta Ordenanza en cuanto a energía solar térmica son de aplicación en los siguientes supuestos:

1. Las determinaciones de esta Ordenanza en cuanto a energía solar térmica son de aplicación en los siguientes supuestos: ORDENANZA MUNICIPAL DE CAPTACIÓN SOLAR CAPITULO I: Disposiciones Generales. Artículo 1. Objeto. El objeto de la presente Ordenanza es regular la obligada incorporación de sistemas de captación y utilización

Más detalles

Ayuntamiento de Polanco (Cantabria)

Ayuntamiento de Polanco (Cantabria) 5. FICHAS DE DESARROLLO DE LOS POSIBLES PLANES ESPECIALES EN LOS ÁMBITOS DELIMITADOS DE SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN ORDINARIA EN TERRENOS PRÓXIMOS A LOS SUELOS CLASIFICADOS COMO NÚCLEO TRADICIONAL El art.113

Más detalles

ÍNDICE 1.- MEMORIA INFORMATIVA. 2.- MEMORIA VINCULANTE

ÍNDICE 1.- MEMORIA INFORMATIVA. 2.- MEMORIA VINCULANTE ÍNDICE 1.- MEMORIA INFORMATIVA. 1.1.- ANTECEDENTES. 1.2.- AUTOR DEL ENCARGO. 1.3.- REDACTOR. 1.4.- ENCUADRE LEGAL. 1.5.- TRAMITACIÓN. 2.- MEMORIA VINCULANTE 2.1.-OBJETO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL. 2.2.-

Más detalles

NORMATIVA ESPECIAL DE AYUDAS PARA LA MEJORA DEL AISLAMIENTO ACÚSTICO DE HUECOS ARQUITECTÓNICOS Y FACHADAS EXTERIORES FRENTE AL RUIDO AÉREO AMBIENTAL

NORMATIVA ESPECIAL DE AYUDAS PARA LA MEJORA DEL AISLAMIENTO ACÚSTICO DE HUECOS ARQUITECTÓNICOS Y FACHADAS EXTERIORES FRENTE AL RUIDO AÉREO AMBIENTAL NORMATIVA ESPECIAL DE AYUDAS PARA LA MEJORA DEL AISLAMIENTO ACÚSTICO DE HUECOS ARQUITECTÓNICOS Y FACHADAS EXTERIORES FRENTE AL RUIDO AÉREO AMBIENTAL Disposiciones Generales 1.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.

Más detalles

Taller de renovación urbana: PERI en el distrito 22@bcn.

Taller de renovación urbana: PERI en el distrito 22@bcn. 18 de abril de 2007 Taller de renovación urbana: PERI en el distrito 22@bcn. Manuel Carrero de Roa, arquitecto. 1. Introducción Mediante el análisis de un caso concreto, el de una manzana incluida en el

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA CON CISTERNAS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA CON CISTERNAS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA CON CISTERNAS Según el artículo 31.2 apartado a) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) Ordenanza Fiscal nº 11 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANISTICOS

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) Ordenanza Fiscal nº 11 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANISTICOS AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) Ordenanza Fiscal nº 11 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANISTICOS Artículo 1 En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Más detalles

NORMAS URBANÍSTICAS DISPOSICIONES GENERALES Y RÉGIMEN DEL SUELO

NORMAS URBANÍSTICAS DISPOSICIONES GENERALES Y RÉGIMEN DEL SUELO CAPÍTULO 4:. (25/11/2010) 177 Sección 1ª: Categorías y Criterios de Inclusión CAPÍTULO 4:. Sección 1ª: Categorías y Criterios de Inclusión. Artículo 4.04.01.- Categorías y sectores incluidos. Dentro del

Más detalles

SOLICITUD DE DECLARACION RESPONSABLE DE INICIO DE ACTIVIDAD SUJETA A LICENCIA AMBIENTAL DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS

SOLICITUD DE DECLARACION RESPONSABLE DE INICIO DE ACTIVIDAD SUJETA A LICENCIA AMBIENTAL DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS SOLICITUD DE DECLARACION RESPONSABLE DE INICIO DE ACTIVIDAD SUJETA A LICENCIA AMBIENTAL DE ACTIVIDADES CLASIFICADAS 1. DATOS DEL SOLICITANTE - Nombre y Apellidos / Razón Social. - CIF / NIF. - Dirección.

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE PARA LA REFORMA DE VIVIENDA UNIFAMILIAR SITUACION: C/ BAILEN Nº 2 CONCEPCIÓN MARTÍN VEGA LUIS LOPEZ SANCHEZ FECHA: JULIO 2012

ESTUDIO DE DETALLE PARA LA REFORMA DE VIVIENDA UNIFAMILIAR SITUACION: C/ BAILEN Nº 2 CONCEPCIÓN MARTÍN VEGA LUIS LOPEZ SANCHEZ FECHA: JULIO 2012 ESTUDIO DE DETALLE PARA LA REFORMA DE VIVIENDA UNIFAMILIAR SITUACION: C/ BAILEN Nº 2 LOCALIDAD: PROMOTOR: ARQUITECTOS: BENAVENTE (ZAMORA) CONCEPCIÓN MARTÍN VEGA JULIO CARBAJO CARBAJO LUIS LOPEZ SANCHEZ

Más detalles

ORDENANZA FISCAL nº 4

ORDENANZA FISCAL nº 4 ORDENANZA FISCAL nº 4 DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Artículo 1º.- Establecimiento del Impuesto y normativa aplicable. 1. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 15.1 y 59.2

Más detalles

ACUERDA. Texto íntegro de las Ordenanzas

ACUERDA. Texto íntegro de las Ordenanzas APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN ESPECIAL PARA LA MEJORA DE LA ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE LA RED PÚBLICA DE EQUIPAMIENTO LOCAL DE LA MANZANA XVII DE EL SOTO. T E X T O El Ayuntamiento Pleno en su sesión

Más detalles

ORDENANZA OR-5 EDlFlCAClON ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE

ORDENANZA OR-5 EDlFlCAClON ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE ORDENANZA OR-5 EDlFlCAClON ABIERTA EN PARCELA INDEPENDIENTE Artículo 6.05.01.- Definición y ámbito de aplicación. Se trata de bloques exentos de baja altura y carácter básicamente residencial, que se sitúan

Más detalles

Borrador de Proyecto en el que se incorporan propuestas de los Órganos Consultivos del SAAD

Borrador de Proyecto en el que se incorporan propuestas de los Órganos Consultivos del SAAD Borrador de Proyecto en el que se incorporan propuestas de los Órganos Consultivos del SAAD Acuerdo sobre Criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema

Más detalles

Accesibilidad en la edificación: actuaciones del Ministerio de Fomento

Accesibilidad en la edificación: actuaciones del Ministerio de Fomento Jornadas Técnicas ACCESIBILIDAD: ACCIÓN A 360º FEMP / FUNDACIÓN ACS 17/18 Diciembre 2014 Accesibilidad en la edificación: actuaciones del Ministerio de Fomento José Luis Posada Escobar (Arquitecto) Dirección

Más detalles

PROYECTO de EJECUCION REHABILITACION DE EDIFICIO en la carretera de Canencia de MIRAFLORES DE LA SIERRA

PROYECTO de EJECUCION REHABILITACION DE EDIFICIO en la carretera de Canencia de MIRAFLORES DE LA SIERRA PROYECTO de EJECUCION REHABILITACION DE EDIFICIO en la carretera de Canencia de MIRAFLORES DE LA SIERRA Arquitecto: Propiedad: Javier Del Barrio Junquera Sol y Campo Urbanas y Rusticas sl EXPEDIENTE 06.709

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 7

ORDENANZA FISCAL Nº 7 ORDENANZA FISCAL Nº 7 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTROL DE DECLARACIONES RESPONSABLES Y COMUNICACIONES PREVIAS Artículo 1. FUNDAMENTO

Más detalles

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PRIMERA UTILIZACIÓN Y OCUPACIÓN DE EDIFICACIONES.

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PRIMERA UTILIZACIÓN Y OCUPACIÓN DE EDIFICACIONES. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PRIMERA UTILIZACIÓN Y OCUPACIÓN DE EDIFICACIONES. IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE: NOMBRE Y APELLIDOS: DNI, (NIE, PASAPORTE): CALIDAD EN LA QUE ACTÚA: EN SU PROPIO NOMBRE EN REPRESENTACIÓN

Más detalles

Los arquitectos técnicos son competentes para redactar proyectos de obras de cambio de uso y de división de viviendas.

Los arquitectos técnicos son competentes para redactar proyectos de obras de cambio de uso y de división de viviendas. EDIFICACIÓN Atribuciones profesionales Los arquitectos técnicos son competentes para redactar proyectos de obras de cambio de uso y de división de viviendas. Antecedente normativo Cita: -Ley 38/1999, de

Más detalles

ESTUDIO DE DETALLE DEL ÁMBITO DEL SUELO URBANO CONSOLIDADO ZONA 6.P.2 AVENIDA DE EUROPA PARCELA 6.P.2-3AC JEREZ DE LA FRONTERA

ESTUDIO DE DETALLE DEL ÁMBITO DEL SUELO URBANO CONSOLIDADO ZONA 6.P.2 AVENIDA DE EUROPA PARCELA 6.P.2-3AC JEREZ DE LA FRONTERA 1307-ESTUDIO DE DETALLE ESTUDIO DE DETALLE DEL ÁMBITO DEL SUELO URBANO CONSOLIDADO ZONA 6.P.2 AVENIDA DE EUROPA PARCELA 6.P.2-3AC PROMOTOR: 0 1307-ESTUDIO DE DETALLE M E M O R I A 1. INTRODUCCIÓN, PROPIETARIO

Más detalles

La sectorización que debe realizarse en un edificio deberá atender a las siguientes consideraciones:

La sectorización que debe realizarse en un edificio deberá atender a las siguientes consideraciones: ART. 4 SECTORIZACIÓN Sector de Incendios.- Se llama sector de incendios a una zona de un edificio compartimentada respecto del resto del edificio mediante elementos separadores resistentes al fuego. Los

Más detalles

MEMORIA JUSTIFICATIVA

MEMORIA JUSTIFICATIVA ESTUDIO DE DETALLE PARA LA ORDENACIÓN VOLUMÉTRICA Y DE ALINEACIONES DE LA MANZANA COMPRENDIDA ENTRE LA AVENIDA DE BENIDORM Y LAS CALLES SEIS DE DICIEMBRE, DOCTOR PÉREZ MATEO Y SECRETARIO BASILIO SALA DE

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN DE TIPO TELEFÓNICO

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN DE TIPO TELEFÓNICO ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN DE TIPO TELEFÓNICO Artículo 1. Objeto 1. El objeto de esta Ordenanza es regular las condiciones específicas a las

Más detalles

Comtes de Bell-lloc, 138 Bajos Local 1º Barcelona Tel. 934904282 Fax 934906190 info@pronai.es

Comtes de Bell-lloc, 138 Bajos Local 1º Barcelona Tel. 934904282 Fax 934906190 info@pronai.es Nombre. Polígono Camps d en Ricart Localización. Calle Industria. Polígono Camps d en Ricart. Pallejà (Barcelona) 1. Generalidades. 1.1. Objeto del proyecto. El objeto del proyecto es la construcción de

Más detalles

Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas

Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas (BOE 10 Julio) Artículo 6. Derecho de uso de vivienda militar 1. El titular del contrato

Más detalles

PLANEAMIENTO URBANISTICO (Cambios más significativos) José María Ródenas Cañada. TRLSRM 2005 LEY OTYU 2015 observaciones Artículo 96. Definición.

PLANEAMIENTO URBANISTICO (Cambios más significativos) José María Ródenas Cañada. TRLSRM 2005 LEY OTYU 2015 observaciones Artículo 96. Definición. PLANEAMIENTO URBANISTICO (Cambios más significativos) José María Ródenas Cañada TRLSRM 2005 LEY OTYU 2015 observaciones Artículo 96. Definición. Artículo 114. Definición. 1. El Plan General Municipal de

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CENTROS QUE IMPARTAN ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS.

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CENTROS QUE IMPARTAN ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS. PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CENTROS QUE IMPARTAN ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación,

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONSTRUCCIÓN Y EL USO DE PISCINAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TURÉGANO

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONSTRUCCIÓN Y EL USO DE PISCINAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TURÉGANO José Ignacio Hernangómez Barahona, Secretario del Ayuntamiento de Turégano, del que es Alcalde Presidente D. Juan Montes Sacristán, CERTIFICO: Que transcurrido el plazo para presentación de alegaciones

Más detalles

MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL AÑO 2009

MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL AÑO 2009 MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL AÑO 2009 En virtud de lo dispuesto en el artículo 168 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido

Más detalles

Informe 12/2010, de 3 de noviembre, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Informe 12/2010, de 3 de noviembre, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón. Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón Informe 12/2010, de 3 de noviembre, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

ARTÍCULO 3.- SUPUESTOS DE SUJECIÓN A LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y/O TÉCNICAS DE COMPROBACIÓN, VERIFICACIÓN Y CONTROL.

ARTÍCULO 3.- SUPUESTOS DE SUJECIÓN A LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y/O TÉCNICAS DE COMPROBACIÓN, VERIFICACIÓN Y CONTROL. ANEXO V. TASA POR LA PRESTACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTROL, SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN DE LICENCIAS, COMUNICACIONES PREVIAS Y DECLARACIONES RESPONSABLES CON MOTIVO DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

BOLETIN OFICIAL DA PROVINCIA DA CORUÑA BOPBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE A CORUÑA 4 de enero de 2010 Número 1 Página 47 Administración Local Municipal Ortigueira Aprobación definitiva da modificación

Más detalles

Cartel publicitario-pantalla luminosa. Reclamación

Cartel publicitario-pantalla luminosa. Reclamación 23/07/2010 Cartel publicitario-pantalla luminosa Reclamación Un ciudadano nos transmite que EL SERVICIO DE INSPECCIÓN DE OBRAS, con fecha 17 de febrero de 2009 le remitió informe sobre obra ejecutada sin

Más detalles

ORDENANZA FISCAL RELATIVA AL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

ORDENANZA FISCAL RELATIVA AL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ORDENANZA FISCAL RELATIVA AL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. Artículo 1º.- Naturaleza y fundamento El impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo indirecto

Más detalles

Referencia:SP/LEG/3577 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Referencia:SP/LEG/3577 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Referencia:SP/LEG/3577 DECRETO 251/2006, de 6 de junio, de regulación de las condiciones y cuantías mínimas de los seguros de responsabilidad civil exigibles para los espectáculos, las actividades recreativas

Más detalles

Artículo 2.- Adecuación al planeamiento urbanístico vigente.

Artículo 2.- Adecuación al planeamiento urbanístico vigente. ORDENANZA REGULADORA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA AUTORIZACIÓN DE OBRAS EN EDIFICIOS DE CARÁCTER RESIDENCIAL DESTINADAS A LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES.- Bases generales por las que se regula

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 124 Jueves 22 de mayo de 2014 Sec. V-B. Pág. 24243 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA 18232 Resolución del Departamento de Empresa y Empleo, Dirección General de

Más detalles

SOLICITUD LICENCIA DE OBRA y ACTIVIDAD CLASIFICADA

SOLICITUD LICENCIA DE OBRA y ACTIVIDAD CLASIFICADA SOLICITUD LICENCIA DE OBRA y ACTIVIDAD CLASIFICADA DATOS DE LAS PERSONAS SOLICITANTES Y TITULARES DE LICENCIAS Don/Doña. D.N.I./N.I.F Domicilio: Localidad: C.P. Provincia: Teléfono: En nombre propio: En

Más detalles

SUPUESTO DE HECHO. Texto propuesto:

SUPUESTO DE HECHO. Texto propuesto: INFORME SOBRE LA PROCEDENCIA DEL VISADO COLEGIAL DE LA DECLARACIÓN DE INCURSIÓN EN LA SITUACIÓN LEGAL DE FUERA DE ORDENACIÓN ESTABLECIDA POR LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA DE LA LEY 2/2010, DE 25 DE

Más detalles

ORDENANZAS Y FICHAS DE DESARROLLO

ORDENANZAS Y FICHAS DE DESARROLLO NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE VALDERAS 37 ORDENANZAS Y FICHAS DE DESARROLLO RÉGIMEN DEL SUELO URBANIZABLE NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE VALDERAS 38 10.1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y REGULACIÓN GENERAL.

Más detalles

AUTOR: AGENTE 444 POLICÍA LOCAL DE DÉNIA (ALICANTE)

AUTOR: AGENTE 444 POLICÍA LOCAL DE DÉNIA (ALICANTE) AUTOR: AGENTE 444 POLICÍA LOCAL DE DÉNIA (ALICANTE). El presente informe es una interpretación personal del autor, basado en la diferente normativa reguladora existente y no sustituye los cauces legales

Más detalles

- ARANCELES PROFESIONALES MINIMOS COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA

- ARANCELES PROFESIONALES MINIMOS COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA - ARANCELES PROFESIONALES MINIMOS COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA DEFINICIONES PREVIAS (Ref. Código de Urbanismo y Obra y del Colegio de Arquitectos de Santa Cruz) ARANCEL: Tarifa oficial

Más detalles

un espacio de exposición capaz de interactuar

un espacio de exposición capaz de interactuar 4 un espacio de exposición capaz de interactuar REPORTAJE_ El prestigioso Estudio Lamela es quien firma este envolvente Showroom Roca Madrid Gallery que cobra vida en cada ambiente texto_n. GARCÍA Un espacio

Más detalles

1. Consideraciones previas.

1. Consideraciones previas. NOTA SOBRE EL ALCANCE JURÍDICO DEL RD 967/2014 DE 21 DE NOVIEMBRE, POR LO QUE SE REFIERE AL PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN Y DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA A TITULACIÓN Y A NIVEL ACADÉMICO UNIVERSITARIO

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS MÍNIMAS DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD Y SALUBRIDAD EN LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, SEGÚN EL USO AL QUE SE DESTINEN. El artículo 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por

Más detalles

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales I. ASEPEYO es una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que con el numero 151,

Más detalles

04/03/15. Accesibilidad en comunidad de propietarios.

04/03/15. Accesibilidad en comunidad de propietarios. 04/03/15 Accesibilidad en comunidad de propietarios. Un ciudadano nos trasladó que son una comunidad de propietarios de gente mayor que pretendía bajar el portal a cota cero pero sin tener que romper la

Más detalles

2. Estarán sujetos a esta Tasa todos los siguientes supuestos:

2. Estarán sujetos a esta Tasa todos los siguientes supuestos: ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA CONCESION DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Y POR LA TRAMITACION DE PROCEDIMIENTOS PARA ACTIVIDADES NO SUJETAS A AUTORIZACIÓN O CONTROL PREVIO. Artículo

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A INMUEBLES DESDE LA VIA PÚBLICA

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A INMUEBLES DESDE LA VIA PÚBLICA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A INMUEBLES DESDE LA VIA PÚBLICA Artículo 1º.- Concepto. De conformidad con lo previsto en el artículo 20.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,

Más detalles

3. Ot r a s disposiciones

3. Ot r a s disposiciones Página 65386 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio 19473 Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en fecha 13 de noviembre de 2009

Más detalles

CÉDULAS DE HABITABILIDAD D117/2006

CÉDULAS DE HABITABILIDAD D117/2006 CÉDULAS DE HABITABILIDAD D117/2006 Decreto 117/2006, de 1 de agosto, por el que se re - gulan las condiciones de habitabilidad de las vi - viendas y el procedimiento para la obtención de la cédula de habitabilidad

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ACEITUNO (MÁLAGA)

AYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ACEITUNO (MÁLAGA) CANILLAS ACEITUNO REGLAMENTO INSTRUCCIÓN TÉCNICA URBANÍSTICA QUE SARROLLA LA ORNANZA L IMPUESTO CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Y LA ORNANZA QUE REGULA LA LICENCIA URBANÍSTICA, RELATIVA A CRITERIOS

Más detalles

V. OTRAS DISPOSICIONES

V. OTRAS DISPOSICIONES Núm. 11 Lunes, 19 de enero de 2015 Sec. V. Pág. 1027 V. OTRAS DISPOSICIONES ENAJENACIÓN DE SUELO A COOPERATIVAS Cód. Informático: 2015000800. Orden Ministerial 1/2015, de 12 de enero, por la que se determinan

Más detalles

ANALISIS SOBRE EL CONTENIDO DE LA ITC-BT-04 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002).

ANALISIS SOBRE EL CONTENIDO DE LA ITC-BT-04 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002). ANALISIS SOBRE EL CONTENIDO DE LA ITC-BT-04 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002). La Seguridad Industrial en España, está basada fundamentalmente, a partir del año 1992, en la

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 3 Ley 20/1991. Art. 7.1.2.15º Ley 20/1991. Art. 17.2.1º Ley 20/1991. Art.

Más detalles

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados

DECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados Fecha de Boletín: Miércoles, 7 de abril de 1999 Nº de Boletín: 64 DECRETO 59/1999, de 31 de marzo, por el que se regula la gestión de los. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, de acuerdo con la

Más detalles

INSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN DE LA FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DE CASTILLA LA MANCHA

INSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN DE LA FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DE CASTILLA LA MANCHA INDICE CAPÍTULO I CUESTIONES GENERALES PRIMERA.- Objeto. SEGUNDA.- Régimen Jurídico. TERCERA.- Principios de contratación. CUARTA.- Principios de publicidad y concurrencia. QUINTA.- Principio de transparencia.

Más detalles

INSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION

INSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION Instrucción de la Dirección General de Formación, por la que se establecen directrices para la gestión de las solicitudes de autorización para impartir acciones formativas conducentes a la obtención de

Más detalles

(B.O.E. de 7 de mayo de 2005)

(B.O.E. de 7 de mayo de 2005) Página 1 de 9 RESOLUCIÓN DE 29 DE MARZO DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO, POR LA QUE SE APRUEBA EL RÉGIMEN DE ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS PUNTOS DE INFORMACIÓN CATASTRAL. (B.O.E.

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL CERRAMIENTO DE FACHADAS Y OTRAS INSTALACIONES CAPÍTULO I. Ámbito y finalidad

ORDENANZA REGULADORA DEL CERRAMIENTO DE FACHADAS Y OTRAS INSTALACIONES CAPÍTULO I. Ámbito y finalidad ORDENANZA REGULADORA DEL CERRAMIENTO DE FACHADAS Y OTRAS INSTALACIONES Artículo 1. CAPÍTULO I Ámbito y finalidad El ámbito de aplicación de las presentes normas abarca a todo el suelo urbano residencial,

Más detalles

Contrato privado de compraventa

Contrato privado de compraventa Contrato privado de compraventa En a de de 200_ REUNIDOS De una parte, como parte vendedora por representación: DON, mayor de edad, estado civil casado, vecino de, con domicilio a efectos de notificaciones

Más detalles

ORDENANZAS MUNICIPALES EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÁLORA ORDENANZA FISCAL Nº 9 REGULADORA DE LA TASA REGULADORA DE LA LICENCIA

ORDENANZAS MUNICIPALES EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÁLORA ORDENANZA FISCAL Nº 9 REGULADORA DE LA TASA REGULADORA DE LA LICENCIA ORDENANZA FISCAL Nº 9 REGULADORA DE LA TASA REGULADORA DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. (1) En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2

Más detalles

Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Tramitación de las Licencias de Apertura de Establecimientos.

Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Tramitación de las Licencias de Apertura de Establecimientos. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Tramitación de las Licencias de Apertura de Establecimientos. Fecha de publicación en el BOP: 04-06-2011 BOPV nº 131, pag 43 y ss. Página 1 del doc 13 ORDENANZA

Más detalles

O30/4/2015. Orden de 30 de abril de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que

O30/4/2015. Orden de 30 de abril de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que ADMININSTRACIÓN ELECTRÓNICA: POLÍTICA DE IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN O30/4/2015 Orden de 30 de abril de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueba la política

Más detalles

BASES DE LA CONVOCATORIA 2009. Apoyo a viviendas temporales de inclusión social

BASES DE LA CONVOCATORIA 2009. Apoyo a viviendas temporales de inclusión social BASES DE LA CONVOCATORIA 2009 Apoyo a viviendas temporales de inclusión social PROGRAMA DE AYUDAS A PROYECTOS DE INICIATIVAS SOCIALES La Fundación la Caixa pretende articular iniciativas que aporten una

Más detalles

ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA SELGAR ARQUITECTES, S.L.P ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA MANZANA CALLE PILAR - AVENIDA PABLO RUIZ PICASSO - CALLE SAN JOAQUÍN Y CALLE ARAGÓN DE VINARÒS PROMOTOR : MONTERDE Y ANTONIO, SL 2012 ESTUDIO

Más detalles