En adelante, podrá ser también denominado el Distribuidor.
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- Juan Antonio Fuentes Robles
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1 En Miami, a de octubre de REUNIDOS: A.- DE UNA PARTE: D. MIGUEL J. LAZARO MONREAL, mayor de edad, con Número Identificación P, que interviene en nombre y representación, como Presidente de la compañía Mediterranean Diet Online, LLC (en adelante también denominada Mdiet), de nacionalidad estadounidense, Número Identificación , con domicilio legal en SW 81ST STREET, Miami, Florida, US 33183; B.- DE OTRA PARTE: D., mayor de edad, con DNI., con domicilio en., en calle., nº, con correo electrónico para comunicaciones., que interviene en su propio nombre y derecho; En adelante, podrá ser también denominado el Distribuidor. Asimismo, Mdiet y el Distribuidor podrán ser denominados en adelante de forma conjunta como las Partes, de forma individual como la Parte, o por sus propios nombres. Y, reconociéndose las Partes mutuamente la legal capacidad para contratar y obligarse, cuanto en derecho fuere menester, E X P O N E N I.- Que como consecuencia de las relaciones que vienen manteniendo Mdiet y el Distribuidor aquella adeuda a este la cantidad que se indica en la Estipulación Primera del presente documento. La cantidad adeudada será referida en adelante como la Deuda. II.- La Deuda se ha originado como consecuencia de las comisiones pendiente de pago al Distribuidor. Mdiet quiere cumplir sus compromisos económicos con los distribuidores y, con base a ello, llevan a cabo el presente documento. III.- Que el Distribuidor ha solicitado a Mdiet que les realice transferencias de dinero por las comisiones que ha generado en el plan de compensación de Mdiet. Los datos de usuario, el importe de transferencia solicitada y la fecha en que solicitó la transferencia, son los siguientes: 1
2 USUARIO IMPORTE TRANSFERENCIA SOLICITADA FECHA DE SOLICITUD TRANSFERENCIA 2
3 TOTAL Y, con base a lo anteriormente expuesto, llevan a cabo las Partes el presente documento de acuerdo, en adelante el Acuerdo, que estará sujeto a las siguientes: ESTIPULACIONES PRIMERA.- Mediante el presente documento, Mdiet reconoce adeudar al Distribuidor a la fecha del presente Acuerdo, la cantidad de. Euros (la Deuda ). SEGUNDA.- Acuerdan las Partes que Mdiet realizará el pago de la cantidad adeudada al Distribuidor, como fecha límite el día de noviembre de 2016 (en adelante también denominada la Fecha de Vencimiento ). Mdiet podrá ir realizando entregas de cantidades a cuenta de la deuda total antes de la Fecha de Vencimiento. Llegada la Fecha de Vencimiento Mdiet deberá de satisfacer al Distribuidor el importe total que le adeude, más los intereses que se pactan seguidamente. Mdiet se compromete y obliga a satisfacer al Distribuidor un interés del diez por ciento (10%) anual, calculado sobre la cantidad adeudada. En el caso de que Mdiet realizara antes de la Fecha de Vencimiento, entregas parciales al Distribuidor a cuenta de su deuda total, el cálculo de los intereses se realizará teniendo en cuenta las fechas de las entregas parciales realizadas. TERCERA.- Como muestra de agradecimiento de Mdiet al Distribuidor por el aplazamiento de pago acordado, Mdiet no le cobrará ninguna comisión ni gasto por las transferencias que se le realicen para el pago de las Deuda. Asimismo, Mdiet enviará gratuitamente al Distribuidor, si este la solicitara, la tarjeta Spark/Mdiet. CUARTA.- Al objeto de garantizar al Distribuidor el pago de la Deuda, más sus intereses, Mdiet pondrá a su disposición y al de otros distribuidores a los que también se les adeuda cantidades, uno de los siguientes bienes: 1.- Vivienda sita en. (Descripción del bien). El valor de tasación del indicado bien asciende a. Euros. 2.- Local. (Descripción del bien). El valor de tasación del indicado bien asciende a. Euros.. PROCEDIMIENTO: 3
4 1º.- El Distribuidor deber de devolver firmado el presente documento de Acuerdo, en todas sus hojas, antes del día de noviembre de 2015, a la siguiente dirección de correo electrónico: direccion@mdietline.com. 2º.- Una vez recibido el presente documento de Acuerdo firmado por el Distribuidor, Mdiet, antes del día. de noviembre de 2015, remitirá al Distribuidor documento en el que deje constancia y le comunique lo siguiente: (i) Qué bien inmueble, de los que han sido relacionados, se le asigna como garantía de la devolución de la Deuda, más sus intereses. Como quiera que cada uno de los inmuebles relacionados garantizarán la deuda de varios distribuidores, Mdiet se compromete y obliga a que la suma de la deuda, más sus intereses a la Fecha de Vencimiento, de los distribuidores a los que asigne el bien inmueble, no exceda del setenta por ciento (70%) del valor de tasación indicado para cada bien. A dicha comunicación se adjuntará copia de la tasación del bien asignado, realizada por empresa reconocida y aceptada por entidad financiera. (ii) Todos los datos del Notario (nombre, apellidos y dirección), en el que se hayan depositado por el propietario del bien los títulos de propiedad. El propietario del bien inmueble asignado otorgará ante el Notario designado escritura en la que se deje constancia de al menos las siguientes manifestaciones, instrucciones y todo lo demás que proceda, con el fin de que se pueda realizar el bien y, con el producto obtenido, se satisfaga la Deuda de cada uno de los distribuidores a los que les haya sido asignado el correspondiente bien. Conforme a ello, dicha escritura recogerá lo siguiente: 1. Descripción del bien inmueble y su valor de tasación. 2. Relación detallada de los distribuidores, junto con su correspondiente crédito, a los que se les ha asignado el bien como garantía del cobro de su deuda e intereses, cuya suma de deuda mas intereses calculados a la Fecha de Vencimiento, no podrá exceder del setenta por ciento (70%) del valor de tasación indicado para el bien. 3. Instrucción irrevocable de que dicho bien será sacado a subasta pública a requerimiento de cualquier distribuidor de los que se les ha asignado dicho bien, en el caso de que llegada la Fecha de Vencimiento no hubiera cobrado todo o parte de su deuda e intereses. 4. Realizado el requerimiento al Notario, las condiciones para la subasta del bien serán las siguientes: 4
5 a. El Notario notificará a cada uno de los distribuidores a los que se les haya asignado el bien inmueble, mediante carta certificada con acuse de recibo, lo siguiente: - Que ha sido requerido para sacar a subasta el bien. - La fecha, día y hora, que el Notario fije para la subasta del bien, que no podrá ser anterior a los sesenta días naturales siguientes al de la fecha del envío de la última carta cursada a los distribuidores, b. Las condiciones de la subasta serán las siguientes: - La subasta se celebrará en la Notaría. - La subasta se anunciará en las páginas web que libremente considere el Notario. - El tipo de la subasta será el valor de tasación. - Para tomar parte en la subasta, los interesados deberán de depositar en la cuenta que indique el Notario el diez por ciento (10%) del valor de tasación. - No se admitirán posturas inferiores al 80 % del valor de tasación. - El bien se adjudicará a quien ofrezca la mayor postura, siempre que la misma supere el porcentaje citado anteriormente. - Si no hubiere postura que supere el porcentaje indicado, el bien se adjudicará a todos y cada uno de los distribuidores que consten en la relación, y que no hayan cobrado la totalidad de su crédito. La adjudicación del bien se realizará a cada distribuidor en el porcentaje de sus respectiva deuda, más intereses a la fecha de la subasta. Si con posterioridad a esta adjudicación, cualquiera de los copropietarios ofreciere o presentare tercero interesado en la adquisición del bien, y ofreciere el 70% del valor de tasación, todos los copropietarios del bien se comprometen y obligar a venderlo en dicho precio ofertado. - En el caso de que Mdiet o cualquier tercero por cuenta de esta, depositare en la Notaría el importe adeudado por Mdiet a los distribuidores a los que el bien les garantiza la deuda y sus intereses, la subasta anunciada será suspendida y el Notario notificará a los distribuidores la consignación realizada, y les requerirá para que le indiquen un número de cuenta, donde pueda ingresarles la cantidad que les corresponda, previa acreditación de la titularidad de dicha cuenta. 5
6 c. Se incluirán todas aquellas otras cuestiones que el Notario considere necesarias para llevar a cabo el indicado proceso. SEXTA.- Acuerdan las Partes que si llegare el día. de noviembre de 2015, y el Distribuidor no hubiere remitido a Mdiet el presente documento de Acuerdo debidamente firmado, el contenido del presente documento quedará sin efecto alguno. Asimismo acuerdan las Partes, que si remitido en tiempo y forma el presente documento de Acuerdo por el Distribuidor, Mdiet no le enviara antes del día.. de noviembre de 2015 la documentación que se indica en el punto 2º del apartado Procedimiento de la Estipulación Cuarta anterior, el contenido del presente documento y el Acuerdo quedará sin efecto alguno, pudiendo el Distribuidor reclamar la deuda. En el caso de que el Distribuidor remita el documento de Acuerdo firmado antes del día. de noviembre de 2015, y de que Mdiet le envíe antes del día 12 de noviembre de 2015 la documentación que se indica en el punto 2º del apartado Procedimiento de la Estipulación Cuarta anterior, el presente Acuerdo quedará plenamente válido y en vigor, entendiéndose que el Distribuidor renuncia a todas la acciones legales de cualquier clase que pudiera ostentar frente a Mdiet. SEPTIMA.- Acuerdan las Partes que la firma del presente documento se podrá realizar en los lugares del domicilio de cada una de ellas y, una vez firmados, se lo remitirán el uno al otro por correo electrónico, sirviendo el documento firmado junto con el correo remitido como plena formalidad del Acuerdo. Y, una vez leído, en prueba de conformidad con todo lo anterior, ambas Partes firman el presente documento de Acuerdo, en el lugar y fecha al principio expresados. Mdiet Fdo: Miguel J. Lázaro Monreal Fdo:.. 6
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