CIRCULAR. Caracas, 05 de septiembre de 2003
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- Milagros Flores Olivera
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1 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Pág. 1 / 7 CIRCULAR Caracas, 05 de septiembre de 2003 PARA: ORGANISMOS INTERNACIONALES Y ENTES DEL SECTOR PÚBLICO ASUNTO: VENTA DE DIVISAS El Banco Central de Venezuela (BCV) informa que las operaciones a ser efectuadas directamente ante este Instituto por los organismos internacionales y los entes del sector público, de conformidad con lo previsto en los Artículos 11 y 25 del Convenio Cambiario N 1 de fecha 05 de febrero de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N de esa misma fecha, y reimpreso el 19 de marzo de 2003 según fuere publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N , deberán ajustarse a lo señalado a continuación: 1. Las formas VOI-05 Solicitud de Venta de Divisas para Pagos del Sector Público y Organismos, y la OI-DPI-001 Solicitud de Compra de Divisas para la Cancelación de Deuda Pública Externa Ministerio de Finanzas y Empresas del Estado, deberán ser utilizadas con carácter obligatorio. 2. Para los casos previstos en el Artículo 25, literales b), c), d), e), f), g), h), i) y j), la forma VOI-05, deberá estar acompañada de los siguientes documentos: Autorización de la máxima autoridad del organismo competente o en quien ella delegue, en el supuesto indicado en el literal b). Autorización del Ministro de Finanzas (MF), en los supuestos indicados en los literales c), f), g) y h). Autorización del Presidente de la República, por órgano del Ministro respectivo, en los supuestos indicados en los literales d), e), i) y j), y comunicación suscrita por el Ministro.
2 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Pág. 2 / 7 3. Las solicitudes de divisas por operaciones indicadas en el Artículo 11 y en el literal c) del Artículo 25, se realizarán ante el Departamento de Convenios, según se indica: Responsable del área Ubicación Teléfonos / Fax Departamento de Convenios Econ. Isabel Guerrero Econ. Jesús Hernández Piso 9 Torre Financiera, BCV. Tipo de Operación Organismo / E.Mail: iguerrer@bcv.org.ve Transferencias y Efectivo Organismos Entes del Sector Público para cumplir compromisos asumidos en moneda extranjera derivados de tratados y acuerdos internacionales, distintos al pago de la deuda pública externa. Forma de Pago Cuenta para depositar Bs. Lugar Efectivo Cheque de Gerencia Orden de Pago Efectivo-DCI Cheques-DCI MH. Fondo para órdenes de pago Agencia de Tesorería Nacional Departamento de Convenios Taquillas del Departamento de Cuentas Corrientes Sótano 1, Torre Financiera, BCV Entregadas directamente por la Oficina Nacional del Tesoro en el Departamento Agencia de Tesorería Nacional del BCV Débito en Cuenta --- La institución financiera donde el ente público tiene los bolívares deberá, a solicitud del ordenante, enviar mensaje swift al BCV autorizando a debitar su cuenta para cancelar la transacción.
3 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Pág. 3 / 7 4. Las solicitudes de divisas por las operaciones indicadas en el Artículo 25, literales b), d), e), f), g), h), i) y j) se realizarán ante el Departamento de Servicios Financieros, según se indica: Responsable del área Ubicación Teléfonos / Fax Departamento de Servicios Financieros Lic. Edgar Loyo Econ. María Gabriela Pérez Piso 9 Torre Financiera, BCV / E.Mail: dsfianalisis@bcv.org.ve Tipo de Operación Organismo Cartas de Crédito Entes del Sector Público Transferencias, Cheques y Efectivo Entes del Sector Público Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (Bandes) Banco de Comercio Exterior (Bancoex) Oficinas Ejecutoras de Proyectos financiados por Organismos Multilaterales Forma de Pago Cuenta para depositar Bs. Lugar Efectivo Cheque de Gerencia Orden de Pago Efectivo-DSFI Cheques-DSFI MH. Fondo para órdenes de pago Agencia de Tesorería Nacional Departamento de Servicios Financieros Taquillas del Departamento de Cuentas Corrientes Sótano 1, Torre Financiera, BCV Entregadas directamente por la Oficina Nacional del Tesoro en el Departamento Agencia de Tesorería Nacional del BCV Débito en Cuenta ---- La institución financiera donde el ente público mantiene los bolívares deberá, a solicitud del ordenante, enviar mensaje swift al BCV autorizando a debitar su cuenta para cancelar la transacción. 5. A los efectos de la operación prevista en el Artículo 25, literal a), deberá cumplirse con el siguiente procedimiento: Solicitar la forma OI-DPI-001 ante el MF o el BCV, la cual deberá ser consignada ante ese Ministerio. La forma OI-DPI-001 deberá estar suscrita por las personas autorizadas, cuyas firmas estén registradas en el BCV. El BCV tramitará las solicitudes de compra de divisas, una vez recibida del MF la forma OI-DPI-001, acompañada de la autorización suscrita por el Ministro de Finanzas.
4 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Pág. 4 / 7 6. Las solicitudes de divisas por la operación indicada en el Artículo 25, literal a), se realizarán ante el Departamento de Pasivos, según se indica: Responsable del área Ubicación Teléfonos / Fax Departamento de Pasivos Lic. María Virginia Uzcátegui Piso 8 Torre Financiera, BCV / E.Mail: pasint@bcv.org.ve Tipo de Operación Organismo Transferencias Cumplir compromisos derivados de la deuda pública externa, referidos al pago de capital, intereses y comisiones. Forma de Pago Cuenta para depositar Bs. Instrucción Débito en Cuenta TTT Ministerio de Finanzas 2203 QQ RR TTT Organismos Paraestatales Las empresas del estado deberán mantener en el BCV una cuenta en bolívares para debitar el contravalor de las divisas adquiridas; caso contrario, podrían utilizar la cuenta del MF, previa autorización del mismo. 7. Costos operativos: 7.1. Costos de los mensajes swift al exterior: El costo del mensaje swift al exterior, equivaldrá a 0,375 euros Cancelación del contravalor en bolívares de la operación, comisiones, gastos de télex y/o mensajes swift. Para el caso que el pago se realice en efectivo o mediante cheque, será obligatorio anexar a la forma VOI-05, la(s) planilla(s) de depósito(s) correspondiente(s) Comisiones en el exterior: En caso de que los gastos y comisiones que se generen en el exterior sean cubiertos por el ordenante, deberá notificar al BCV su forma de pago, mediante oficio suscrito por las firmas autorizadas.
5 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Pág. 5 / 7 8. Plazos para la atención de solicitudes de divisas (días hábiles): Período de Atención Forma de pago Divisa Dos (2) días Efectivo US Dólares 1 Tres (3) días Débito en cuenta US Dólares Tres (3) días Orden de Pago y/o Cheque de Gerencia A nombre del Banco Central de Venezuela US Dólares y otras divisas 9. Las solicitudes de adquisición de divisas para el fin establecido en el Artículo 25 literal f), deberán ser remitidas al BCV antes de efectuarse el viaje en misión oficial al exterior, solicitudes que serán atendidas dentro de los plazos indicados en el cuadro anterior. 10. Acceso a las áreas de seguridad: Con 48 horas de antelación al retiro del efectivo en dólares, deberá consignarse ante el Departamento de Protección y Custodia, ubicado en la Planta Baja de la Torre Financiera de este Instituto, la Forma GS-09 Solicitud de Acceso para Areas de Seguridad. 11. Nivel de autorización de la(s) solicitud(es): Las formas VOI-05, GS-09 y OI-DPI-001, deberán ser suscritas por la(s) persona(s) autorizada(s), cuya(s) firma(s) esté(n) debidamente registrada(s) en este Instituto y facultadas para la adquisición de divisas. A efectos del registro de firmas, los solicitantes deberán comunicarse con el Departamento de Cuentas Corrientes, División de Operaciones de Cuentas Corrientes, por los teléfonos y Información General: Las solicitudes de divisas tendrán un período de vigencia de 30 días continuos contados a partir de la fecha de consignación ante este Instituto. Los formularios VOI-05 y GS-09 pueden ser retirados a través de las taquillas de los Departamentos de Servicios Financieros y de Convenios, ubicados en el piso 9 de la Torre Financiera del BCV, en el horario comprendido entre las 8:30 am y 1:30 pm, o bien ser solicitados a través del correo institucional antes indicado. 1 Cuando la moneda solicitada sea distinta al US$ el plazo de atención será tres (3) días hábiles.
6 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Pág. 6 / 7 En lo que respecta al formulario VOI-05 deberá indicarse en las casillas N 14 ó N 15, los números telefónicos y fax del funcionario tramitador de la operación. El formulario OI-DPI-001 puede ser retirado en la taquilla del Departamento de Pasivos ubicado en el piso 8 de la Torre Financiera del BCV, en horario comprendido entre las 8:30 am y 1:30 pm, ante el Ministerio de Finanzas, o bien ser solicitado a través del correo institucional indicado. Las solicitudes de divisas acompañadas de los documentos respectivos, se consignarán en las taquillas de los Departamentos correspondientes en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. a 1:30.p.m, durante los días hábiles bancarios. El horario de prestación del servicio de la taquilla del Departamento de Cuentas Corrientes, División de Operaciones de Cuentas Corrientes es de 8:30 a.m. a 1:30 p.m., durante los días hábiles bancarios. Las solicitudes de divisas serán atendidas en los plazos establecidos en el punto N 8 de la presente circular, una vez cumplidos los extremos legales y procedimientos establecidos por el Banco Central de Venezuela. Para el caso de las solicitudes de divisas cuyo contravalor en bolívares sea cancelado con cargo a cuentas que las Instituciones Financieras mantienen en el BCV, el ente solicitante deberá notificar previamente a la respectiva Institución la operación requerida, a los fines de que se autorice oportunamente al BCV el débito correspondiente. Asimismo, deberán anexar a la forma VOI-05 copia de la notificación a la Institución Financiera. En el caso de operaciones que sean canceladas en efectivo, los solicitantes de divisas deberán notificar, al menos con un día de antelación a la fecha valor de la operación al Departamento de Cuentas Corrientes, División de Operaciones de Cuentas Corrientes, por los teléfonos , y Para las solicitudes de entrega de efectivo en dólares deberán anexarse a la forma VOI-05 copia de la cédula de identidad del (los) funcionario(s) autorizado(s) para retirar las divisas. Cuando los depósitos del contravalor en bolívares de las operaciones no se reciban anexos a las solicitudes de divisas, aquéllos deberán consignarse antes de la fecha valor de la operación, y dentro de los plazos previstos en el punto N 8, mediante comunicación dirigida al Jefe del Departamento respectivo que le competa ejecutar la operación. Para la entrega de divisas, el (los) funcionario(s) autorizado(s) deberá(n) presentar como documento de identificación, la cédula de identidad laminada o el pasaporte vigente, ante las taquillas del Departamento de Administración del Efectivo, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m y 1:30 p.m.
7 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Pág. 7 / 7 La información del tipo de cambio correspondiente y otra relacionada con la solicitud de divisas, podrá ser requerida en la unidad donde se consignen los formularios VOI-05 y OI- DPI-001, según se indica a continuación: Unidad Teléfonos División de Apoyo Administrativo del Departamento de Servicios Financieros / División de Apoyo Administrativo del Departamento de Convenios / División de Apoyo Administrativo del Departamento de Pasivos / Los Departamentos de Convenios, Servicios Financieros y Pasivos, están adscritos a la Gerencia de Obligaciones, cuyo titular es el Dr. Jesús Arvelo Cardozo, quien podrá ser contactado por los teléfonos y , fax y el jarvelo@bcv.org.ve. Cualquier información adicional podrá ser suministrada por los Jefes de Departamento de cada una de las Unidades respectivas. Esta circular sustituye la emitida por la Vicepresidencia de Operaciones en fecha 29/08/2002. Atentamente, Laurent Michel Mathé Vicepresidente Operaciones (E) Egidio Coelho Vicepresidente Operaciones Nacionales (E)
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